Voces indígenas de Tagual La Pó como referencial de una política pública de protección de territorios

Jorge Eduardo Vásquez Santamaría
Fundación Universitaria Autónoma de las Américas, Colombia

Voces indígenas de Tagual La Pó como referencial de una política pública de protección de territorios

Revista Científica Guillermo de Ockham, vol. 14, núm. 2, 2016

Universidad de San Buenaventura

Resumen: El rescate de las voces indígenas en sus lenguas maternas y en sus lugares de origen, se trazó como el medio para respetar y valorar el pensamiento ancestral como principio esencial de simbolización del territorio, objeto de protección que desde las voces indígenas del resguardo Tagual La Pó, dio cuerpo al flujo decisional originario que nutre la construcción del referencial de una política pública en el Departamento de Antioquia. Las voces indígenas fueron rescatadas a partir de instrumentos de historia oral que indagaron por las representaciones e interpretaciones sobre el territorio, las relaciones que se entablan con él, y las realidades territoriales definidas como problemas públicos que en la actualidad victimizan a los integrantes del resguardo Tagual La Pó, identificando el distanciamiento con las experiencias de comunidades indígenas de las subregiones de Urabá y del Suroeste del departamento de Antioquia.

Palabras clave: territorio, voces indígenas, política pública, referencial, flujo decisional.

Abstract: The rescue of indigenous voices in their native languages and in their hometowns, was plotted as the means to respect and value the ancestral thinking as an essential principle of symbolization of the territory, the subject of protection from indigenous voices of the guard Tagual La Pó, gave body to the decisional flow that nourishes the original construction of referential public policy in the Department of Antioquia. Indigenous voices were rescued from instruments oral history inquired by representations and interpretations of the territory, the relations established with him, and territorial realities defined as public problems that currently victimize members of the guard Tagual La Pó, identifying the distance from the experiences of indigenous communities in the subregions of Southwest Urabá and Antioquia department.

Keywords: territory, indigenous voices, public policy, decisional flow.

Introducción

La construcción del referencial de una política pública de protección de territorios indígenas del departamento de Antioquia se adscribe a la línea de investigación en “Derecho, conflicto e internacionalización”, campo de conocimiento en el que fueron enmarcados tres escenarios concretos de problematización: Primero la conmemoración de los 20 años de la Constitución Política de 1991, acontecimiento que reavivó debates sobre la situación de gran cantidad de materias agendadas por la constituyente como objeto de desarrollo legislativo, acciones administrativas y protección judicial. La celebración del segundo aniversario de la Norma Suprema que representa el pacto colectivo del Estado a través del cual se definieron los valores y fines para la protección y garantía de los derechos humanos, y donde el individuo es el fin del ordenamiento jurídico y de la acción estatal, han motivado la indagación de aquellas esferas de la realidad social más violadas y vulnerables que justamente resultan como pilares del Estado Social de Derecho. En nuestro caso se indaga a los pueblos indígenas, con los cuales fuera de tener una deuda histórica no han resultado ajenos a las consecuencias del conflicto, armado y no armado, puesto que han sido forzosamente desplazados de sus territorios tanto por grupos al margen de la ley, por fuerzas del Estado y por multinacionales, lo que ha desencadenado la pérdida del territorio, y con ello, de todo su acervo cultural, histórico, social e identitario ancestral a partir del cual se teje la cosmovisión del colectivo.

El segundo escenario de problematización recae sobre los esfuerzos y activismo de los pueblos indígenas en el marco del segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, que se conmemoró entre 2005 y 2014[3] por declaración de la ONU, luego de un primer decenio entre 1995 y 2004, y declararse 1993 como año internacional de las poblaciones indígenas del mundo. (Organización de las Naciones Unidas, 2013).

Finalmente el tercer escenario se define desde las conversaciones entre los actores del conflicto armado interno realizadas en La Habana, Cuba, de donde se desprende una de las manifestaciones mas claras y delicadas de la victimización de las comunidades indígenas. Homicidios, torturas, desplazamientos forzados, reclutamiento de menores y violencia sexual contra mujeres, son algunos de los flagelos que diversas comunidades indígenas padecieron a manos de los distintos actores del conflicto. Estas realidades se suman a las ya existentes, que hacen de las comunidades indígenas una minoría de atención prioritaria.

De acuerdo con ACNUR 18 pueblos indígenas están en peligro de desaparecer de los apenas 87 que han sobrevivido a los avatares de la colonización (ACNUR, 2012). Conforme lo señalado por la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) 32 pueblos indígenas presentan una situación especial de los 102 existentes, toda vez que cuentan con menos de 500 personas. Según la Corte Constitucional son 35 grupos los que están en peligro de extinción a causa del conflicto y del desplazamiento (Auto 004 de 2009 y Auto 382 de 2010).

El peligro de desaparición de los pueblos indígenas reconocido por el poder judicial contrasta con las garantías por él promulgadas con base en la Norma Fundamental[4]. Disposiciones como las de los artículos 8, 9, 10, 63, 329 y 330 se conjugan en un entramado de tensiones con figuras colectivas como el territorio, el ambiente y las políticas públicas, sin dejar de lado las obligaciones que se desprenden de normas como el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo – OIT, y la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de la Organización de las Naciones Unidas[5].

La desidia del Estado y el gobierno colombiano devela la ausencia de diligencia para poner en funcionamiento instituciones y políticas a partir de normativas de distinta naturaleza que no solo contengan sino que respeten el pensamiento ancestral de estos colectivos minoritarios. A ello se suma el auge de los proyectos mineros y de infraestructura para la prestación de servicios que amenazan los territorios ancestrales, su autonomía jurisdiccional, y la segregación en los escenarios urbanos. Si bien el Estado no resuelve de manera concreta su indiferencia ante la extinción de los pueblos indígenas, la sociedad civil no muestra tampoco un interés real en hacer notar que esta población vulnerable está siendo desatendida, tal vez porque aún se siguen considerando pueblos sin civilización ni cultura, o simplemente porque son diferentes, lo que acrecienta la brecha social, y aumenta la legitimidad de un mero poder simbólico de lo jurídico en contrapeso a la ineficacia en la realización de derechos.

(…) el 63% de la población indígena vive bajo la línea de pobreza y el 47,6% no tiene los ingresos para adquirir una canasta de alimentos que cubra los requerimientos alimenticios mínimos diarios (línea de miseria). El 34,53% no tiene acceso a la salud. La tasa de analfabetismo entre 15 y 49 años es de 24,1%, mientras la de la población mestiza es seis veces menor, y solamente el 50% entre los 5 y los 25 años asiste a alguna institución educativa. De otra parte, 3 de cada 5 indígenas no tienen acceso a acueducto, 4 de cada 5 no tienen acceso a alcantarillado y 2 de cada 5 no tienen acceso a energía. La población indígena tiene una cobertura en acueducto 4 veces menor a la de los mestizos, 3.2 veces menor en alcantarillado y 9.3 veces menor en servicio de energía. (Justicia Global y Derechos Humanos de la Universidad de los Andes, 2009 citado por Konrad Adenuader Stiftung, 2012).

Si bien la realidad indígena debería ser reconocida como común u ordinaria, en un contexto como el colombiano no es así, puesto que la territorialización se define mayoritariamente en términos jurídico políticos de desarrollo, generando la perpetuación de un choque entre los esfuerzos por la defensa de los territorios y las imposiciones jurídicas y políticas del Estado. De ello se desprenden importantes bienes jurídicos que dan cuenta de la construcción de una acepción no indígena sobre el territorio como recurso que no se corresponde con políticas en las que los pueblos indígenas mantienen su voz de lucha y su invitación a la movilización por la reivindicación de su inclusión y autonomía.

La realidad de los pueblos indígenas debería ser un eje común en un sistema jurídico liderado por una Constitución adoptiva del Estado Social de Derecho, en un escenario político de diálogos para la superación de la confrontación armada del conflicto interno, desde el que se promueva tanto legislación garantista (promotora de acciones afirmativas), que les reconozca su naturaleza de personas de especial protección; como la obligación de recibir el legado y elaboración indígena para la construcción del Estado Nación.

El objeto de estudio de esta investigación se concentra en los pueblos indígenas asentados en el departamento de Antioquia, toda vez que en él habitan 28.000 individuos de tres grandes familias: los Emberá, los Tule y los Zenu (Medellín Portal Educativo, 2014) cifra similar a la ofrecida por la Gobernación de Antioquia, que el censo de 2010, sin contar la población asentada en el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, fijó que en las seis subregiones las comunidades son: Urabá (11.908), Occidente (7.106), Suroeste (4.266), Bajo Cauca (6.295), Nordeste (567) y Magdalena Medio (68) (Gobernación de Antioquia, 2010).

Del total de 30 mil 210 indígenas, realmente son 28 mil 192 quienes viven en comunidades del área rural y los que cuentan con la organización del Cabildo, en su mayoría pertenecen al grupo étnico Emberá con 20 mil 383 habitantes; luego está el grupo étnico Senú con 8 mil 560 habitantes, y con menor población está la comunidad Tule (kuna) con 1.267 habitantes.

Los municipios con mayor población indígena son en su orden: 1. Dabeiba con 4.206 pobladores indígenas; 2. Frontino con 2.802; 3. Turbo con 2.067; 4. Necoclí con 1.984; 5. Chigorodó con 1.885; 6. Jardín con 1.740; 7. Murindó con 1589; y 8 Zaragoza con 1426 (Gobernación de Antioquia, 2010).

Los pueblos indígenas, que ya son una minoría poblacional de especial protección a nivel nacional, también son una minoría amenazada en Antioquia, y en ella cobra especial importancia el resguardo Tagual La Pó, en el nordeste del departamento. Ellos también son víctimas históricas recurrentes de conflictos, especialmente el armado, el cual atenta contra sus territorios como patrimonio del modelo de vida. Situaciones como la que representa Tagual La Pó exigen superar la indagación de directrices normativas como primordiales referentes nominales de reconocimiento y protección de derechos, y en contraposición, promover en perspectiva sociojurídica la relación de esos pueblos con el territorio a partir de la carga simbólica expresada por medio de sus voces en lengua materna, las cuales han sido excluidas o aminoradas por influencia de los conflictos y el ejercicio del poder, en un escenario constitucional en el que resultan ser una institución fundamental para la construcción de la democracia. En ese orden se hace pertinente revivir la relación existente entre los pueblos indígenas y el territorio como bien jurídico a proteger, mediante el rescate de flujos de decisión que construyan referentes para políticas públicas que respondan a las necesidades territoriales reales de estos pueblos. La pregunta de investigación que orientó este trabajo fue: ¿En qué sentidos las voces de los pueblos indígenas del departamento de Antioquia constituyen un referencial de política pública para la defensa del territorio? a partir de la cual se presenta el rescate del flujo decisional de Tagual La Pó, componente que contribuye a la construcción del referencial de política pública de protección de territorios.

Método

Atendiendo a la naturaleza sociojurídica del objeto de estudio, inscrito en un campo científico de tipo interdisciplinar, el diseño metodológico propuesto parte del modelo de investigación cualitativo acompañado del enfoque histórico hermenéutico, el cual fue trabajado a partir del territorio, la política pública, el flujo decisional y el referencial de política como categorías predefinidas principales.

El territorio se aborda en este caso como un concepto cultural (Zapata, 2010) toda vez que es la materia a partir de la cual se define el orden simbólico que permite el desarrollo comunal de los colectivos indígenas, posibilitando la permanencia y transmisión de sus tradiciones, pensamientos, anhelos y necesidades. El Territorio más que categoría es categorizador cultural, “signo cuyo significado se construye desde dos lugares: desde los códigos socio-culturales en los que se inscribe y desde los códigos de quienes lo interpretan” (Rincón y Echavarría, 2000: 25); de ello que: “Para los pueblos indígenas de Antioquia, el territorio es centro de desarrollo cultural y cosmogónico y no debe convertirse en escenario de guerra o conflicto” (ONIC, 2013). Para la categoría de política pública se privilegió la elaboración de Muller (2002) que la explica cómo “(…) un proceso de mediación social, en la medida que el objeto de cada política pública es tomar a cargo los desajustes que pueden ocurrir entre un sector y otros, o aun, entre un sector y la sociedad global”. Señala que el enfoque de las mismas es una construcción de representaciones sociales de la acción pública y de las relaciones entre el Estado y la sociedad, para agregar el concepto de referencial de una política, por medio del cual se refiere al conjunto de normas, imágenes y expectativas que posibilitan o restringen el funcionamiento del sistema político y del régimen político para solucionar los problemas sociales, figura que se edifica a partir de la confluencia de flujos decisionales, entendidos en nuestro caso como ejercicios de participación democrática activa donde los sujetos asumen el rol de actores políticos en dinámicas que posibilitan la gobernanza, involucrándose en términos de formulación de política, pero también de proposición de alternativas, ejecución de las mismas, y evaluación para revitalizar posteriores formulaciones.

En el citado contexto metodológico y teórico se dio lugar a la realización de entrevistas y grupos focales como instrumentos de oralidad que permitieron rescatar el flujo decisional. La implementación de los instrumentos de historia oral se organizó en un trabajo de campo con seis comunidades indígenas de las subregiones de Urabá, Suroeste y Nordeste de Antioquia desde el segundo semestre de 2014 hasta el segundo semestre de 2015. En esas zonas se emprendió la construcción del referencial de política pública articulada al enfoque de ciclo, lo que dio lugar a la descripción de las realidades problemáticas y la interpretación de las mismas a partir de las narrativas, testimonios e historia oral obtenida en los resguardos de El Volao, en el municipio de Necoclí, y las comunidades Las Playas y La Palma distribuidas en los municipios de Turbo y Apartadó, todas de la subregión de Urabá. La comunidad La María o Marcelino Tascón en el municipio de Valparaiso, y la comunidad Karmata Rua, distribuida entre los municipios de Andes y Jardín, ambas de la subregión de Suroeste, y con la comunidad Tagual La Pó, del municipio de Segovia, en el Nordeste de Antioquia.

Los instrumentos de historia oral empleados se guiaron por un conjunto de preguntas organizadas en tres bloques. Primero se trabajó a partir de interrogantes relacionados con el territorio: ¿Qué representa para ustedes el territorio? ¿Cómo se relacionan ustedes con el territorio? ¿Cuál es la relación que más desean mantener con el territorio? Un segundo momento se centralizó en la pregunta: Desde su lenguaje, sus diálogos y narrativas ¿Cómo explican ustedes el territorio en su comunidad? El bloque mas amplio se concentró en los problemas vinculados con el territorio, especificando que inicialmente se proponen preguntas a partir de los hallazgos en investigaciones tomadas como precedentes: ¿Su territorio presenta problemas ambientales? ¿Presenta problemas de prestación y atención en salud? ¿Problemas en la prestación y calidad de la educación? ¿Presenta problemas por el conflicto armado? Luego de indagar por los problemas identificados en investigaciones precedentes como ejercicio de validación de las realidades encontradas en las fuentes documentales, se propusieron preguntas de ampliación y reconstrucción de los problemas actuales:¿Ustedes en su territorio tienen actualmente otro tipo de problemas? ¿Cuál es el problema que creen es el más grave? ¿Qué alternativas proponen ustedes para darle solución a ese problema? ¿Cómo comunican ustedes la existencia de este tipo de problemas a autoridades del Estado?

Este escrito presenta parte del referencial de política pública construido desde las voces indígenas de la comunidad Tagual La Pó a través de su Gobernador, el ex Gobernador, uno de los maestros y tres líderes de la comunidad, sin que fuera posible contar con participación de mujeres. Con el referencial se describen las realidades sociojurídicas que los excluyen y victimizan; se exponen las interpretaciones sobre de las representaciones del territorio realizadas por la comunidad, y se evidencian formas a partir de la cuales se relacionan con él. La construcción del referencial se apoya en el Reglamento Interno del resguardo, fuente de información de construcción propia de la comunidad que se constituye en un referencial normativo para la política pública desde el cual se ponderan y valoran los insumos orales que resultan de las voces indígenas que permitieron rescatar el flujo decisional.

Representaciones e Interpretaciones del Territorio en Tagual La Pó

Siguiendo la misma tendencia que las comunidades de la subregión de Urabá y del Suroeste de Antioquia, las voces de Tagual La Pó exponen el significado del territorio desde un enfoque materno, de sobrevivencia, identidad y localización con y para el mundo, exaltando algunas de las razones que lo reafirman como objeto colectivo de protección. En palabras del Gobernador: “Territorio es donde ocupan los indígenas, una comunidad indígena, es territorio donde se ocupa, y es territorio indígena un territorio colectivo de la comunidad indígena.” (EGTP, 6 de diciembre de 2015), representación coincidente con la del ex Gobernador, quien expuso: “territorio para nosotros significa, es, donde vivimos todos los indígenas, donde trabajamos, donde hacemos casa, donde están las quebradas, donde están los bosques, donde están todas las supervivencias de los indígenas” (EEGTP, 6 de diciembre de 2015).

Los testimonios de las autoridades del resguardo fueron refrendados tanto por el Maestro, que compartió: “territorio hace parte de la vida cotidiana de los pueblos indígenas, porque allí vivimos, allí nacimos y todo lo que ella produce es para nosotros” (EMTP, 6 de diciembre de 2015) al igual que uno de sus líderes: “territorio es donde nosotros nos resguardamos, donde viven nuestras familias y es lo que debemos cuidar.” (EL1TP, 6 de diciembre de 2015).

Si bien las voces indígenas de Tagual La Pó resultan coincidentes con las representaciones de las demás comunidades indagadas en Antioquia, la interpretación que se potencializa sobre el sentido del territorio para una política pública se identifica en los referentes expresados sobre las formas de relación con el territorio, así como la selección de aquella forma que desean mantener como la relación debida. Sobre la relación que tienen las comunidades con el territorio:

Gobernador: “(…) la relación, a pues, el territorio primera parte es colectiva, ocupada por la comunidad indígena y tiene su reglamento; habitan 419 indígenas, 188 menores” (EGTP, 6 de diciembre de 2015). Ex – Gobernador: “Nos relacionamos con el territorio, principalmente bregar a cuidarlo y proteger muchas cosas, de la naturaleza, proteger la biodiversidad que hay entre las montañas las plantas, las creencias, las culturas todo eso, hay que proteger mucho” (EEGTP, 6 de diciembre de 2015). Líder 1: “el territorio es lo mejor que puede tener el ser humano porque es lo que nos da el comer de nuestra vida” (EL1TP, 6 de diciembre de 2015).

A diferencia de las pretensiones de participación, cumplimiento de políticas, restauración ambiental y conservación de las costumbres y prácticas ancestrales que sobresalen en las comunidades de Urabá y Suroeste, en el caso del Nordeste con Tagual La Pó emergen relaciones con el territorio caracterizadas por la demanda de grandes esfuerzos, luchas y desgastes para los indígenas. Lo anterior se deja leer en las representaciones de conservación y respeto por la tierra, las dificultades de los dirigentes indígenas frente a la manutención de los recursos, pero sobretodo, en el claro control de información que se manifestó en casi todas las entrevistas, donde el número de habitantes y su crecimiento en el tiempo se reiteró al igual que la fecha de constitución del resguardo, así como la clarificación de datos que definen su identidad, aspectos que serán expuestos mas adelante, que abren la puerta a las problemáticas públicas actuales de este resguardo, y que siembran la idea del temor por la desaparición. La diferenciación que define las representaciones y relaciones con el territorio en Tagual La Pó se acentúan desde la referenciación de la relación anhelada con dicho recurso:

¿Cuál es la relación que más desean mantener con el territorio? Ex – Gobernador: “lo que más desea uno, quiere mantener con el territorio ojalá tener buen trabajo, buena administración, proyectos productivos, proyectos que sostienen” (EEGTP, 6 de diciembre de 2015). El Maestro ilustró: “que no se les quite más el lugar, el espacio, que les sea permitido expandirse, en todo lo relacionado con el lugar donde habitan (…) lo que más me gustaría en cuestión de territorio es que más normalmente esto estuviera lleno de mucha vegetación, donde ninguna máquina, ningún extranjero venga, y venga a dañar el seno de la tierra porque nos puede perjudicar, no a nosotros sino a todo el entorno” (EMTP, 6 de diciembre de 2015).

De las voces indígenas emergió tanto una representación del territorio como una relación con el mismo basada en la presencia de amenazas, evidentes y actuales, la vulnerabilidad frente a los proyectos mineros y la llegada de foráneos e inversionistas que retan directa e indirectamente al resguardo indígena.

La ubicación de esta población indígena en el departamento de Antioquia es estratégica. El municipio de Segovia es una jurisdicción que se ha definido en los últimos años por la presencia de un conflicto abierto y con profundos momentos de recrudecimiento, debido principalmente a la riqueza del subsuelo y los intereses Estatales, paraestatales y extranjeros[6]sobre la explotación de los recursos minerales. En medio de esta realidad el resguardo Tagual La Pó requiere de un trato diferencial de parte de la agenda pública, sumado a que se trata de una comunidad indígena que fácilmente encaja en las 32 definidas en riesgo por la Corte Constitucional, la ONIC o ACNUR.

La preocupante situación de Tagual La Pó se sustenta a partir de algunas condiciones internas y propias del resguardo. Si bien no se cuenta con la fecha de registro del Reglamento Interno, de él se desprende como fecha de constitución del resguardo el 24 de mayo de 1996 con apenas 374 habitantes, cifra que en el registro de la Gobernación de Antioquia de 2004 se ubicó en 25 familias que sumaban 268 personas, pero que en datos de la Gerencia de Asuntos Indígenas de la misma Gobernación en 2013, el resguardo contaba con un total de 472 habitantes, distribuidos 46 en el asentamiento La China, 29 en Urudrua, y 397 en Tagual La Pó (Gobernación de Antioquia, 2015).

La escases de población debe asociarse con las dificultades para la defensa y mantenimiento de un territorio altamente codiciado por agentes externos. La primacía que redunda en las representaciones sobre el valorado bien colectivo constan también en el Reglamento Interno del resguardo, al cual atribuyen una tenencia desde 1940, lo que define a los indígenas como originarios en un vínculo ancestral y cultural que justifica la mas alta jerarquía de las normas creadas por el resguardo en el Reglamento Interno:

Artículo 1. Derecho Mayor: Este reglamento será regido bajo el permiso de los espíritus y conocimientos ancestrales de nuestros hermanos mayores que de generación en generación nos han trasmitido y nosotros como sus hijos hemos venido recorriendo sus caminos, en sus tradiciones, usos, costumbres, diversos pensamientos y sentires como pueblos originarios, donde lo más fundamental es el respeto a la vida, a la lucha constante de la resistencia en defensa de nuestros territorios, a la defensa de la autonomía, la paz y la armonía con la madre tierra y todos los seres que en ella habitan.

El reconocimiento de las normas del resguardo y los cometidos axiológicos fijados en el artículos 1 se acompañan de los principios de Unidad (Artículo 2) Derechos Humanos (Artículo 3) Responsabilidad (Artículo 4) y Honestidad (Artículo 5) derroteros a partir de los cuales se guía el funcionamiento de las comunidades del resguardo y se motiva la acción del mismo para la defensa del territorio.

Los problemas públicos territoriales de Tagual La Pó

Mientras en los resguardos de Urabá y del Suroeste de Antioquia las dificultades de expansión de las jurisdicciones resultaron ser el principal problema público actual para una política dirigida a los indígenas, en Tagual La Pó contextos como el ambiental, el educativo y la salud figuraron como realidades complejas que aquejan a la población, al mismo tiempo que el conflicto armado interno cobró vigencia en las voces de los indagados, fenómeno no conocido por comunidades del Suroeste, y definido como pasado por las de Urabá.

Sobre los problemas ambientales y de salud

La minería reaparece al preguntar por los problemas ambientales del territorio, en palabras del Gobernador: “(…) problema ambiental, pues por aquí por cuestiones de minería, la minería, eso sí pues, (…) sobre cuestiones de depures de tierra, muchas veces la talación también, eso son los dos puntos que se ven aquí, (…) cuando hay mina ya la quebrada se trae contaminada”. La realidad ambiental descrita por el testimonio del Gobernador toca directamente con los problemas de salud del resguardo: “¿si se contaminan las aguas, ustedes de donde la sustraen para la propia alimentación? nosotros últimamente tenemos acueducto ¿se los coloco quién? ¿El municipio? si, me entregaron el 7 de octubre ¿de este año (2015)? Sí ¿y antes como era lo del agua? cogido así de la quebrada, recogida en manguera y le arrimaban a las casas ¿la procesaban para poderla consumir? No, así cruda, natural” (EGTP, 6 de diciembre de 2015).

En la entrevista con el ex Gobernador del resguardo y el maestro la tendencia fue idéntica: “Hay problemas ambientales con la naturaleza, la madera, la minería, el yacimiento de agua, todo eso, hay varias cosas que… no sé.” ¿Cuál es el más importante? ¿En territorio? es el agua (EEGTP, 6 de diciembre de 2015). “Todo es por la tala de árboles, porque cuando yo llegue acá en el 2003 eso es impresionante la tala de árbol, por el comercio que ha tenido en este momento hay madera basta que no se puede, ni sirve para construir casa. ¿Y la minería? La minería lo mismo (…) no hay forma de que puedan sostener a la familia, el cultivo, muy poquito, y si lo hacen, pero de todas formas corren detrás de las minas porque es el sustento que hay en estos momentos, entonces lo que lleva a uno a pensar en cuestión de territorio que hay que cultivar, trabajar, porque lo hemos dicho a ellos que no simplemente vamos a vivir nuestros hijos de la minería sino que hay que tener otra visión distinta (EMTP, 6 de diciembre de 2015).

Sobre los problemas educativos

A las adversidades la falta de educación parece no dar tregua ni ofrecer un porvenir diferente en manos de la propia comunidad como actora empoderada para emprender el cambio sobre problemas interconectados entre sí. La realidad de la educación se define entre la falta de recursos, manifestó el Gobernador: “no tenemos escuela propia ¿les enseñan segovianos? No ¿ustedes mismos? indígena, propio.” (EGTP, 6 de diciembre de 2015). En palabras del maestro la realidad educativa adquiere una definición mas completa y similar a la expresada por los resguardos de Urabá y Suroeste: “(…) es que a nivel educativo manejamos el mundo de dos formas, el mundo emberá y el mundo occidente, entonces nos toca hacer, dictamos también lo de nosotros si dictamos lo de afuera entonces. La prioridad de ustedes es enseñar la lengua nativa, ¿cómo se llama la lengua? emberá chamil, y también enseñamos lo de español, entonces hacemos las dos cosas al mismo tiempo ¿deben enseñar los dos idiomas? porque el emberá de todas maneras en la familia en donde viven hablan mucho el emberá, pero entonces qué pasa, nos metió otro idioma según la ley, el Ministerio de Educación por el emberá una tercera lengua que es el inglés, también lo estamos manejando los niños con ese inglés.” (EMTP, 6 de diciembre de 2015).

Debe destacarse que el Reglamento Interno del Resguardo prevé como responsabilidad del Cabildo la de resolver los problemas ambientales, territoriales, de educación y salud (Artículo 15 # 5), además de apoyar a los estudiantes según las necesidades educativas (Artículo 15 # 9), la educación de los menores de edad está prevista como una obligación en proporción igualitaria para las parejas que se separen (Artículo 36) además de prever acciones para promover la educación encaminada a evitar enfermedades sexuales (Artículo 43) y reconocerla como el medio a través del cual se responsabiliza a los padres con el cuidado y estado de salud de sus hijos (Artículo 47). Las disposiciones anteriores se unen a las previstas en el capítulo V, artículos 58 a 62, donde se reglamenta el perfil docente para el resguardo, el incumplimiento de sus funciones, el abuso y mal ejemplo a sus alumnos, los actos de desobediencia hacia las autoridades indígenas, y la violación y abuso de docente a estudiante.

La presencia de la guerra en un territorio de oro

Tagual La Pó es un resguardo indígena que todavía padece los avatares del conflicto armado interno de Colombia. Ese temible problema público que parecía superado en la construcción del referencial en las comunidades de Urabá y Suroeste reposiciona las amenazas del conflicto a los territorios indígenas en Segovia:

Gobernador: “esta comunidad ha sido muy sufrida, lo único que yo tengo para decirle es que esta comunidad es de resistencia, no tengo más para decir.” (EEGTP, 6 de diciembre de 2015).

Ex Gobernador: “si eso se ha presentado continuo, continuo porque siempre los grupos armados se han trajinado en nuestro territorio y también lo han violado, nuestros derechos, ósea, la regla de la leyes indígenas la han violado y eso sea frenteado aquí.” (EGTP, 6 de diciembre de 2015).

Maestro: “el conflicto armado en el 2003 era fuerte, siempre se ha presentado, en este momento está casi muy controlado porque los líderes hemos tenido capacidad de decir a ellos que en el resguardo no pueden quedarse más de cinco minutos, pasen no que no pueden pasar, que pasen, pero que no se demoren, en este momento está muy controlado pero el conflicto armado siempre nos han reventado mucho.” (EMTP, 6 de diciembre de 2015).

La presencia del conflicto se refleja desde el año 1996 con el Reglamento Interno. Junto con las disposiciones sobre amenazas (Artículo 70) daño a los bienes y cultivos de los comuneros, o su hurto (Artículo 71 y 72) y porte de armas al interior de la comunidad (Artículo 73) se lee: “Cuando un ó una joven es reclutado en contra de su voluntad, el Cabildo, su familia, con el apoyo del Consejo de Gobierno de la OIA pueden solicitar al grupo armado la liberación del joven o la joven. Cuando un comunero o comunera se une a las filas de un grupo armado ilegal de manera voluntaria, se le solicitará que se retire de la comunidad para evitar riesgos para su familia y a la comunidad.” (Artículo 69).

Conclusiones

La construcción del referencial de una política pública de protección de territorios indígenas en Antioquia encuentra como uno de sus potenciales el flujo decisional, consolidado a partir de la priorización de la historia oral como determinante desde el cual se recrean las problemáticas públicas de grupos poblacionales minoritarios, insumo que puede y debe promover un nuevo ciclo en la agenda pública de las autoridades competentes del departamento de Antioquia.

Las voces de los pueblos indígenas del resguardo Tagual La Pó dan lugar a un referencial que altera los consensos identificados en las subregiones de Urabá y Suroeste de Antioquia. El enfoque diferencial que exigen los indígenas se debe particularizar y especializar aun mas en el caso del resguardo del municipio de Segovia, donde los problemas ambientales, en salud y educación siguen vigentes, y concurren con los derivados y agravados por el conflicto armado interno. Las premuras sobre el territorio colectivo se agravan por variables relacionadas por la explotación minera, lo que devela la construcción de un referencial donde la postura de las autoridades del Estado se caracterizan por la falta de presencia, debilidad en las acciones emprendidas por el reconocimiento, protección y defensa de una comunidad que no logra superar el umbral de los 500 habitantes, y la desigualdad respecto a las comunidades de las otras subregiones en el respaldo a proyectos de la comunidad.

Referencias

Colombia, Corte Constitucional (1998) Sentencia SU – 747.

Colombia, Corte Constitucional (2009) Auto 004.

Colombia, Corte Constitucional (2010) Auto 382.

Gerencia Indígena de la Gobernación de Antioquia. (2015) Respuesta derecho de petición Nro. R 201400432957 de septiembre de 2014.

Gobernación de Antioquia (2010) Censo consolidado de las comunidades indígenas en Antioquia 2010. Recuperado de: http://www.antioquia.gov.co/index.php/noticias-2011-febrero/5040-antioquia-hogar-de-28192-indigenas

Konrad Adenuer Stiftung (KAS) (2009) Situación de los pueblos indígenas de Colombia. Recuperado de http://www.kas.de/wf/doc/kas_17956-544-4-30.pdf

Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) (2010) Palabra dulce, aire de vida: Forjando caminos para la pervivencia de los pueblos indígenas en riesgo de extinción en Colombia. Recuperado de www.onic.org.co

Organización de las Naciones Unidas (ONU) Segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo (2005 – 2014). Recuperado de http://www.un.org/es/events/indigenousday/second.shtml

Organización de las Naciones Unidas (ONU) Temas Mundiales. Pueblos Indígenas. Recuperado de http://www.un.org/es/globalissues/indigenous/

Agencia de la ONU para los refugiados (ACNUR) El trabajo de la ACNUR con los pueblos indígenas. Recuperado de http://www.acnur.org/t3/pueblos-indigenas/pueblos-indigenas-en-colombia/

Resguardo Indígena Tagual La Pó (s.f) Reglamento Interno. Recuperado de: http://siic.mininterior.gov.co/sites/default/files/upload/SIIC/ReglamentosInternos/ri_tagual_-_la_po.pdf

Rincón Patiño, A. & Echeverría, M. C. (2000) Ciudad de territorialidades: Polémicas de Medellín. Medellín, Colombia: Universidad Nacional de Colombia sede Medellín, Centro de Estudios del Hábitat Popular (CEHAP).

Zapata, J. (2010). Espacio y Territorio sagrado. Lógica del “ordenamiento” territorial indígena. Medellin: Universidad Nacional de Colombia.

Entrevista Gobernador Tagual La Pó (EGTP) 6 de diciembre de 2015.

Entrevista ex Gobernador Tagual La Pó (EEGTP) 6 de diciembre de 2015.

Entrevista Maestro Tagual La Pó (EMTP) 6 de diciembre de 2015.

Entrevista Líder 1 Tagual La Pó (EL1TP) 6 de diciembre de 2015.

Notas

[1] Resultado de investigación “Voces de los pueblos indígenas del departamento de Antioquia como referencial de Política Pública para la defensa de los territorios”, del Grupo de Investigaciones Orbis Iuris de la Facultad de Derecho de la Fundación Universitaria Autónoma de las Américas, en la línea “Derecho, conflicto e internacionalización”. El autor es investigador principal; como auxiliares: Patricia A. Barrientos B., Diana Arias, Vanessa Villa y Andrés Felipe Cardona B., estudiantes del programa de Derecho de la Fundación Universitaria Autónoma de las Américas.
[2] Abogado y Magister en Derecho de la Universidad de Medellín. Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Pontificia Bolivariana, y en Docencia Investigativa Universitaria de la FUNLAM. Líder del grupo de investigaciones Orbis Iuris de la Facultad de Derecho de la Fundación Universitaria Autónoma de las Américas. jorge.vasquez@uam.edu.co
[3] El fomento de la no discriminación y de la inclusión de los pueblos indígenas en la elaboración, aplicación y evaluación de la legislación, las políticas, los recursos, los programas y los proyectos en todos los niveles; El fomento de la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas en las decisiones que afectan directa o indirectamente a sus estilos de vida, a sus tierras tradicionales, su integridad cultural o cualquier otro aspecto de sus vidas; La redefinición de las políticas de desarrollo para que incluyan una visión de equidad y espero de la diversidad cultural y lingüística de los pueblos indígenas; La adopción de políticas, programas, proyectos y presupuestos que tengan objetivos específicos para el desarrollo de los pueblos indígenas, con parámetros concretos, e insistiendo en particular en las mujeres, los niños y los jóvenes indígenas; La creación de mecanismos de supervisión estrictos y la mejora de la rendición de cuentas a todos los niveles en lo tocante a la aplicación de los marcos jurídicos, normativos y operacionales para la protección de los pueblos indígenas y el mejoramiento de sus vidas. Dónde está el número
[4] Véase por ejemplo la Sentencia T – 001 de 2012, Sentencia T – 129 de 2011, Sentencia T – 282 de 2011, Sentencia C – 139 de 1996, Sentencia C – 694 de 2003, Sentencia T-769 de 2009, Sentencia C – 139 de 1996, Sentencia T 496 de 1996.
[5] El peligro de desaparición de los pueblos indígenas resulta más problemático cuando se piensa en la situación del territorio. Los territorios son necesarios para que los indígenas puedan desarrollar sus formas de vida en comunicación con las tradiciones que en ellos se hacen lugares comunes para constituir la identidad. Cuando no se tiene un lugar propio es difícil sentirse autónomo y libre. En este sentido el artículo 13 de la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas queda sin fuerza cuando afirma: “1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas, así como a mantenerlos”. El artículo 25 afirma que los pueblos indígenas “tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras”. Por su parte el artículo 26 reza: “1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido. 2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma”. En muchos casos dicha propiedad no viene siendo solemnizada con suficiencia por el Estado, sumado a las debilidades de las políticas y estrategias necesarias para garantizarles la autonomía que dicha propiedad otorga, y la falta de títulos sobre sus tierras, lo que afecta el derecho real a oponerse a que en ellas se den combates entre actores armados o se hagan explotaciones mineras.
[6] Una aproximación a la conflictiva realidad minera del municipio de Segovia se puede apreciar en el texto “Conflicto y colaboración en la minería de oro en Segovia y Remedios”, de Jorge Eduardo Cock y Wilfredo López, en el libro Aglomeraciones Mineras y Desarrollo Local en América Latina, compilado por Rudols M. Buitelar (2001). El Informe Especial “Minería, conflictos sociales y violación de derechos humanos en Colombia”, del Centro de Investigación y Educación Popular – CINEP, programa por la paz (2012)
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