Resumen: La Justicia Abierta contiene un componente esencial de participación pública que sirve a las instituciones de justicia para diseñar e implementar un enfoque de justicia centrada en las personas. El uso de datos y evidencia sobre las necesidades jurídicas de las personas, el desarrollo de la capacidad de las personas profesionales de la justicia para realizar un trabajo basado en evidencia y la creación de entornos propicios para la innovación de justicia forman parte de la visión de Justicia Abierta y a la vez son necesarias para desarrollar, de manera participativa, un enfoque de justicia centrada en las personas que contribuya a un acceso más igualitario a la justicia. La Alianza para el Gobierno Abierto es la principal plataforma para la implementación de reformas de justicia basadas en la participación pública y puede servir para acelerar la adopción de este enfoque en el marco de reformas de Justicia Abierta.
Palabras clave: Justicia Abierta, justicia centrada en las personas., Gobierno Abierto, Alianza para el Gobierno Abierto..
Abstract: Open Justice encompasses a crucial component of public participation that aids justice institutions in designing and implementing a people-centered approach to justice. Using data and evidence regarding people’s legal needs, enhancing the capacity of justice professionals to engage in evidence-based work, and fostering environments conducive to justice innovation are integral to the vision of Open Justice. These activities are necessary fer the participatory development of a people-centered approach to justice, which contributes to a more equitable access to justice. The Open Government Partnership is the main platform for the implementation of justice reforms based on public participation and can serve to accelerate the adoption of this approach in the framework of Open Justice reforms.
Keywords: Open Justice, People-centered justice., Government, Open Government Partnership..
Artículos
Justicia Abierta y participación pública para un enfoque de justicia centrada en las personas
Open Justice and public participation for a people-centered approach to justice
Recepción: 13 Julio 2023
Aprobación: 23 Noviembre 2023
La visión de Justicia Abierta inspira desde hace ya algunos años a un número creciente de países en la construcción de sistemas de justicia más transparentes, responsables y que dan lugar a la ciudadanía en el diseño y la co-creación de soluciones que mejoran el acceso a la justicia. En un contexto histórico en el cual se habla de una cuarta revolución industrial (Schwab, 2017) que viene a armonizar y entrelazar diversas tecnologías y saberes (tales como la digitalización, la automatización, la analítica de datos, o la biología), nuestras sociedades deben prepararse para adoptar un cambio radical en las formas de producir, trabajar, intercambiar y convivir. Las instituciones de justicia no son ajenas a esta ola de cambio, por lo que precisan abrirse y adaptar sus procedimientos a las nuevas exigencias y posibilidades que plantean las nuevas capacidades tecnológicas para la información, el conocimiento, el procesamiento y el intercambio, que se conjugan con una ciudadanía interconectada, más informada y activa, que busca tener un rol muy distinto al que tenía hace siglos o meramente décadas, cuando estas instituciones fueron inicialmente diseñadas.
Según un cálculo reciente, existen en el mundo unos 5100 millones de personas (aproximadamente dos tercios de la población mundial) que carecen de un acceso significativo a la justicia. Esta carencia, entendida como “brecha de justicia”, es tanto un reflejo de un sinfín de desigualdades estructurales existentes como un factor que contribuye a perpetuar esas mismas desigualdades (Task Force on Justice, 2019a). Construir un enfoque de justicia centrado en las personas, impuesto como una necesidad ante este contexto urgente y desafiante, debe surgir como resultado de la implementación de una visión de Justicia Abierta que permita la participación de las personas en el diseño de políticas que las pongan, a la par que a sus necesidades jurídicas insatisfechas, en el centro de la provisión de justicia.
Este capítulo busca ofrecer una argumentación sobre de qué manera la necesaria conversación entre la justicia y las personas a las que sirve debe tener lugar en el marco de reformas de Justicia Abierta que canalicen la participación pública para construir una justicia centrada en las personas. Asimismo, ofrece algunos casos concretos en los que esto está ocurriendo, en particular en el marco de compromisos de reforma del sector justicia co-creados e implementados a través de la Alianza para el Gobierno Abierto (de aquí en más OGP, por las siglas de su nombre en inglés, Open Government Partnership). Finalmente, el capítulo plantea algunas premisas a tener en cuenta para las reformas que vienen, con vistas a lograr mejores resultados y acelerar el proceso de adopción de un enfoque de justicia centrada en las personas por parte de más instituciones de justicia, tomando como punto de partida la implementación de una visión de Justicia Abierta.
A esta Introducción le sigue una sección 2, en la cual se plantean definiciones fundamentales sobre qué es Justicia Abierta, su origen, sus distintos sentidos y, en particular, su vínculo con otras reformas del sector justicia en los países de América Latina durante el pasado reciente. En la sección 3 se plantea de qué manera la visión de Justicia Abierta fundamenta la implementación de mecanismos de participación pública en un contexto de apertura de la justicia en general, en qué consiste el enfoque de justicia centrada en las personas y de qué manera la Justicia Abierta hace posible y puede acelerar su implementación. En la sección 4, entretanto, se plantea qué es la OGP, su rol en expandir la visión de Justicia Abierta y cuáles son los principales compromisos de justicia que tomaron como base la puesta en marcha de mecanismos de participación pública en la justicia, brindando más detalles sobre 3 de ellos, tomados como ejemplos de buenas prácticas. La sección 5 contiene conclusiones de lo expuesto con anterioridad y algunas ideas a tener en cuenta en el futuro para seguir avanzando en la construcción de una justicia centrada en las personas a través de la visión de Justicia Abierta. La sección 6 contiene la bibliografía utilizada para este artículo.
Durante la última década, la apertura se convirtió en un concepto intrínsecamente atractivo para inspirar reformas en los procesos de toma de decisiones públicas en las instituciones democráticas (Ingrams, Piotrowski y Berliner, 2020). Esto se vio materializado en el surgimiento de la filosofía de Gobierno Abierto, concepto que se discute desde mediados del siglo XX (Parks, 1957) pero que recién en las últimas décadas se cristalizó como una nueva cultura de gobernanza, basada en prácticas y políticas públicas innovadoras y sostenibles inspiradas en los principios de transparencia, rendición de cuentas y participación pública que, como tales, buscan fomentar la democracia y el crecimiento inclusivo (OECD, 2016).
El concepto de gobernanza que encarna la filosofía de Gobierno Abierto tiene como premisa fundamental que las instituciones deben dejar atrás la postura tradicional de opacidad, unilateralidad y omnisciencia que caracterizó históricamente la gestión de los asuntos públicos (Lobel, 2004), rediseñar sus procesos de toma de decisiones en función de incluir a actores no estatales y redes informales involucrados y fomentar, así, un abordaje colectivo de las problemáticas comunes. Desde esta nueva perspectiva, el nivel de apertura se mide en función de hasta qué punto las personas pueden monitorear y tener injerencia real en los procesos de gobierno. Para ello, deben establecerse canales que les permitan a estas acceder a información relevante sobre cómo funciona el Estado y participar de manera directa en la toma de decisiones gubernamentales (Meijer, Curtin y Hillebrandt, 2012). Este pasaje de una concepción tradicional gerencial de la burocracia moderna hacia otra, más centrada en la experiencia y las necesidades de las personas, tiene por objetivo final hacer a la provisión de bienes públicos más ágil, cercana y adecuada a las necesidades de estas (Santiso, Ubaldi y González-Zapata, 2022).
Al tiempo que la filosofía de Gobierno Abierto comenzó a afianzarse, se manifestó la necesidad desde su comunidad de práctica de reconocer que las reformas de apertura no son, en los hechos, potestad exclusiva del Poder Ejecutivo (rama del Estado que se considera que es la que “gobierna” por excelencia). Por el contrario, los impulsos de apertura pueden involucrar bien a instituciones pertenecientes a otros poderes del Estado (Legislativo, Judicial), o a cualquier tipo de institución u organización, tanto pública como semipública, situada en cualquier nivel del Estado (ya sea nacional, regional o local).
Dicho reconocimiento tuvo como corolario la difusión de un término más general y abarcativo como es el de Estado Abierto (Oszlak, 2017), entendido como una dinámica colaborativa amplia, que abarca a todos los actores clave de la agenda nacional de Gobierno Abierto, incluidos los poderes Legislativo y Judicial, instituciones independientes y descentralizadas, gobiernos e instituciones subnacionales, donde cada actor involucrado mantiene su propio margen de acción, pero participa de sinergias con vistas a mejorar el impacto y el aprovechamiento de los beneficios comunes (OECD, 2016).
Este reconocimiento de que la apertura no necesariamente se termina en el Ejecutivo, sino que debe ser adoptada como principio por parte de todo el aparato estatal, es el que lleva a definir a la Justicia Abierta como la implementación de una filosofía de Gobierno Abierto por parte de las instituciones encargadas de la provisión de justicia (Elena y Mercado, 2018), entendidas en un sentido amplio como los poderes judiciales, tribunales, juzgados, ministerios públicos responsables de la acusación penal, procuradurías o fiscalías, ministerios públicos de la defensa o defensorías, consejos de la magistratura, fuerzas policiales y de seguridad, ministerios de justicia (a menudo proveedores directos de servicios de asistencia legal, métodos alternativos de resolución de controversias, mecanismos de asistencia a víctimas, entre otros servicios) e instituciones penitenciarias.
Existen dos sentidos para el término Justicia Abierta: uno originario y otro actual (Hess y Koprivica Harvey, 2019). El sentido originario se refiere al conjunto básico de normas, enraizadas en algunos sistemas legales (en particular en aquellos países que se rigen por el derecho común o common law, de raíz anglosajona), según las cuales el desarrollo de un proceso judicial debe tener lugar de manera transparente y con carácter fundamentalmente público. Por otra parte, su sentido más actual debe situarse en un contexto global de transformación profunda del vínculo entre el Estado y las personas, en el cual brindar a estas últimas un mejor entendimiento de la justicia (esto es, su funcionamiento, su apego a la ley y, en definitiva, el rol que cumple como reguladora de los intercambios sociales) contribuye a fortalecer el Estado de derecho, acrecentar la legitimidad de las decisiones que produce y transformar el servicio de justicia en uno más centrado en las personas y la satisfacción de sus necesidades legales.
En este último sentido, en el caso particular de América Latina la gobernanza que plantea la Justicia Abierta se entronca con una corriente precedente de reformas institucionales implementadas por el sector justicia desde las últimas décadas del siglo XX, que impulsó profundos cambios culturales, procesales y políticos en pos de mayor transparencia, participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos contextos de consolidación democrática de estos países, con la premisa de fortalecer el rol de la justicia como garante de la democracia y del cumplimiento de los Derechos Humanos (Herrero, 2019).
Si bien, como se indicaba al inicio de este capítulo, la apertura se convirtió en los últimos años en un concepto cuyo valor intrínseco fue en aumento a medida que inspiró a un número creciente de reformas del Estado, también es cierto que dicha apertura requiere, a fin de adquirir mayor incidencia y propósito, de articulación con mecanismos de participación pública para la toma de decisiones. Establecer una regulación para consagrar el derecho al acceso a la información y el derecho a saber, publicar información relevante o datos reutilizables en formatos abiertos son pasos básicos en cualquier política de Gobierno Abierto, que deben ser complementados con instancias participativas que les otorguen un papel activo a las personas en los procesos de diseño y mejora en la provisión de bienes y servicios públicos (Hilgers e Ihl, 2010).
Avanzar en la implementación de políticas de Gobierno Abierto requiere, una vez emprendido ese camino, un salto cualitativo desde la transparencia hacia la co-creación, esto es, del ideal de mantener una ciudadanía informada hacia el de crear personas usuarias activas e, inclusive, co-productoras y co-diseñadoras de los servicios públicos que las involucran, en el marco de una gobernanza abierta y colaborativa (Moon, 2019). El rol de las personas no debe ser el de meras receptoras o destinatarias de los datos e información publicados, sino que estas deben contar con posibilidades concretas de participar, en distintos grados, en la toma de decisiones. Esta participación puede tomar forma de co-definir cuáles datos revisten un mayor valor y deben ser publicados de manera prioritaria, hasta participar en la reforma o la creación de servicios públicos en base a una perspectiva que las ponga en el centro.
En el caso de la justicia, las características intrínsecas de la función jurisdiccional son a menudo interpretadas como un limitante para implementar estas políticas de participación pública. Esto es así porque se presupone una necesidad de reinterpretar aquellas políticas de apertura implementadas desde otras instancias de gobierno, como el poder Ejecutivo o el Legislativo, a fin de adaptarlas a las particularidades del procedimiento de toma de decisiones prevalente en la Justicia formal, que consiste en una magistratura o tribunal que realiza la justicia por medio del derecho y es responsable por las decisiones que toma (Jiménez-Gómez, 2017).
No obstante, la Justicia Abierta no entiende como participación pública que las decisiones judiciales sean producto de un proceso participativo, ni plantea morigerar la responsabilidad de las personas a cargo de tomarlas según los procedimientos preestablecidos. La implementación de mecanismos de participación pública consiste, de acuerdo con esta visión, en tomar las trayectorias y necesidades legales de las personas como insumo y ponerlas en el corazón de las respuestas otorgadas por los sistemas de justicia. En otras palabras, lo que busca la Justicia Abierta en relación con la participación pública no es otra cosa que proveer al sistema de las herramientas para construir una provisión de justicia desde un enfoque de justicia centrada en las personas.
El enfoque de justicia centrado en las personas se define como la perspectiva que toma a las personas como punto de partida y las coloca en el centro para el diseño, la provisión, la implementación y la evaluación de políticas públicas, servicios y procedimientos legales, tanto dentro como fuera del sistema de justicia. Se trata de un enfoque que tiene en cuenta las perspectivas y necesidades de comunidades específicas, incluidas las personas en situaciones desaventajadas y en situaciones vulnerables, como por ejemplo mujeres, minorías, personas de bajos recursos, entre otras, y plantea la meta de garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todas ellas (OECD, 2023).
Este enfoque parte de la premisa básica de que, en la práctica, es necesario desviar el foco de las dinámicas (que a menudo son, de hecho, inercias) y procedimientos propios de las instituciones de justicia para pasar a priorizar las necesidades de las personas, en particular aquellas en situaciones menos aventajadas, a la hora de realizar la justicia, a fin de garantizar un acceso más igualitario a la realización de justicia (McCoubrey, 2022). Como primer paso, este enfoque plantea la realización de un mapeo que dé cuenta de las necesidades de justicia de las personas, las formas en que resuelven sus problemas de justicia y los obstáculos que enfrentan al hacerlo. Una vez alcanzado un mayor nivel de comprensión de estas trayectorias y experiencias con la justicia, se propone diseñar instituciones de justicia e intervenciones políticas para satisfacer las necesidades de estas de manera más efectiva (World Justice Project, 2023).
El enfoque de justicia centrada en las personas comprende tres ejes de acción. El primero consiste en ayudar a las personas a reconocer sus propias necesidades jurídicas, lo que implica que comprendan y reconozcan la dimensión legal de un problema personal, familiar o social que atraviesan en su vida cotidiana, identifiquen sus derechos y responsabilidades, y comprendan sus opciones a fin de poder resolverlos con equidad. El segundo es brindarles a las personas la capacidad y el apoyo que necesitan para actuar y lograr superar sus necesidades jurídicas, lo que les supone empoderarse y ponerse en movimiento, de manera conducente, a fin de resolver su problema o conflicto dentro de un marco institucional. En tercer lugar, este enfoque supone crear un sistema institucional que sea más efectivo para procesar y resolver conflictos y satisfacer así necesidades jurídicas, que esté dotado de mayor capacidad de gestionar y dar una solución equitativa y oportuna a las necesidades y problemas legales de las personas (Rodríguez, 2019).
Para poder avanzar en este enfoque, las instituciones de justicia deben dejar atrás el denominado “modelo de túnica” o “modelo de toga” (del inglés robe model), imperante en buena parte del sistema de justicia formal, que supone que la profesión legal debe funcionar como una comunidad cerrada y autosuficiente, y que cualquier saber por fuera del derecho es redundante para la resolución de conflictos o el desarrollo de política pública de justicia (Task Force on Justice, 2019b). Esto supone para las instituciones de justicia, en la mayoría de los casos, dar lugar a prácticas innovadoras que a menudo están fuera de las prácticas habituales, pero que pueden apalancarse mediante la implementación de una visión de Justicia Abierta.
En primer lugar, a fin de realizar el enfoque de justicia centrada en las personas, las instituciones de justicia deben poder generar y contar con datos y evidencia sobre los problemas y experiencias de las personas con la justicia, en términos de cuáles son sus necesidades legales y cuáles sus condiciones de partida para poder resolverlos. Para poder generar y contar con estos datos, las instituciones de justicia necesitan repensar sus estructuras de gobernanza, en el sentido de fortalecer la apertura, la transparencia y la rendición de cuentas. Por otra parte, liberar el potencial de estos datos supone que estos sean publicados en formatos abiertos para su reutilización por parte de personas usuarias, así como otras instituciones y organizaciones, para la creación de valor mediante el análisis, la generación de conocimiento, el monitoreo de las políticas implementadas y la innovación legal.
Como segundo paso, realizar el enfoque de justicia centrada en las personas requiere desarrollar la capacidad de las personas profesionales de la justicia para poder realizar un trabajo basado en evidencia y abandonar o repensar, en algunos casos, procedimientos adoptados desde hace décadas pero que ya perdieron el foco de las necesidades de las personas. Ello supone para estas personas desarrollar las habilidades y la capacidad de generar, recopilar y difundir información, evidencia y datos actualizados, inclusivos, representativos y confiables. Por otra parte, la participación de las personas usuarias, tanto actuales como potenciales, es fundamental para escuchar el otro lado de la campana y poder contar con un insumo invaluable en este sentido. Dicha participación puede llevarse a cabo a través de mecanismos formales, como foros ciudadanos, encuestas de satisfacción, jornadas de trabajo con datos abiertos, como hackathones o datathones, o bien de manera informal a través de la escucha activa de personas usuarias mediante redes sociales.
El tercer paso consiste en generar y dar lugar, hacia el interior de las instituciones de justicia, a liderazgos y equipos que comprendan la necesidad de generar entornos propicios para la innovación, enfocados en lograr políticas de justicia que funcionen mejor, para la mayor cantidad de personas posible, de la manera más eficiente posible (De Langen y Muller, 2022). En este sentido, generar un ecosistema de innovación abierta requiere de todos los elementos mencionados precedentemente, con vistas a obtener como resultado final un rediseño de aspectos de la prestación del servicio de justicia desde la perspectiva de las personas usuarias, donde tanto estas últimas como aquellas que prestan el servicio resulten empoderadas y contribuyan a alimentar mecanismos basados en evidencia pública para apoyar la prestación de dicho servicio (OECD, 2021).
Una vez establecidos los principios de la visión de Justicia Abierta y explicado de qué manera estos pueden contribuir a la realización de un enfoque de justicia centrada en las personas, es preciso brindar información sobre la arena en la cual las instituciones de justicia llevan a cabo el diseño y la puesta en práctica de estas iniciativas de reforma.
La OGP es la principal plataforma multilateral a nivel internacional para el impulso de reformas de Gobierno Abierto. Lanzada en el año 2011, cuenta en la actualidad con cerca de 80 gobiernos nacionales y más de 100 gobiernos subnacionales participantes, que establecen de manera conjunta con organizaciones de la sociedad civil planes de acción bianuales. Cada Plan de Acción se compone de varios compromisos de reforma que encarnan los valores de Gobierno Abierto (divididos en los ejes de transparencia, rendición de cuentas y participación pública), cuya ambición y posterior realización es evaluada por un mecanismo compuesto por personas expertas independientes1.
Los compromisos emitidos en el marco de OGP tienen como objetivos diversas áreas de la gestión pública, entre las cuales se encuentra la justicia. El subconjunto de compromisos de justicia se enfoca principalmente en las temáticas de acceso a la justicia (esto es, ayudar a las personas a reconocer soluciones legales para sus problemáticas cotidianas y mejorar los niveles de acceso a soluciones asequibles para esos problemas), y Justicia Abierta, entendida en este contexto como un necesario primer paso para abordar cuestiones de equidad e independencia en materia de justicia (OGP, 2021).
Entre los años 2011 y 2022, se contabiliza un total de 312 compromisos emitidos destinados al sector justicia, de los cuales 129 consistieron en la creación de instancias de participación pública a través de foros (formales o informales), mecanismos u otro tipo de herramientas con la finalidad de permitir a las personas consultar, comentar o proporcionar retroalimentación sobre las acciones de las instituciones públicas2. Algunas consideraciones que pueden destacarse respecto de ese listado de 129 compromisos de Justicia basados en la participación pública son:
Según la distribución geográfica de los compromisos, la mayor parte de estos (un total de 72) fueron elaborados por gobiernos, tanto nacionales como locales, pertenecientes a las Américas (que, según las categorías geográficas utilizadas por OGP, comprende a América Latina y América del Norte). Entretanto, 28 se sitúan en Europa, 18 en África y Medio Oriente y 11 en la región de Asia y Pacífico.
En línea con este factor geográfico de predominancia de las Américas, los principales gobiernos en términos de cantidad de compromisos de justicia pública emitidos basados en participación pública son: Argentina (10 compromisos); Uruguay (8); Brasil, Costa Rica, Estados Unidos y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (6); Francia, Indonesia y México (5).
Entre los compromisos de justicia basados en la creación de instancias de participación pública, algo más de la mitad (69 compromisos) se basan en el uso de tecnologías de la información y el conocimiento (esto es, sistemas de información como portales, sitios web y otras soluciones de gobierno electrónico) que buscan automatizar o bien hacer más eficientes los procesos gubernamentales. Por otra parte, 48 implican la construcción de capacidades a través de mejorar los sistemas, procesos e infraestructura institucional del gobierno con la finalidad de lograr o acelerar resultados y 40 la implementación de datos abiertos3.
De los 129 compromisos, hay 41 que las instituciones emisoras consideran, por diseño, dirigidos en particular a reformar la rama judicial del gobierno. De esta manera, entre las subtemáticas de justicia, la más frecuentemente mencionada es la de Justicia Abierta (71 compromisos), seguida de acceso a la justicia (46) y sistema penitenciario y correccional (42)4.
Entretanto, de aquellos compromisos que finalizaron su ciclo y fueron evaluados, 29 fueron considerados como que contribuyeron efectivamente a abrir el gobierno5. A continuación, se brindan más detalles sobre algunos de estos compromisos con la finalidad de destacar las buenas prácticas implementadas, en particular en cuanto a la implementación de instancias de participación ciudadana para la creación de un servicio de justicia más centrado en las personas.
Austin, United States - 2019 - Inclusion in Court Contracting: la Corte Comunitaria del Centro de Austin (DACC) es un tribunal local de rehabilitación enfocado en casos que involucran a personas que enfrentan cargos menores, muchas de las cuales se encuentran en situación de calle. El segundo plan de acción de la ciudad de Austin estableció, a través de este compromiso, un mecanismo de consulta a personas usuarias finales como parte de los procesos de resolución de contrataciones públicas establecidos a través de la DACC, para la adquisición de bienes y servicios tales como viviendas permanentes y transitorias, o soluciones de almacenamiento para personas sin hogar (OGP, 2019).
Colombia- 2017 - Participación Ciudadana en la consolidación del componente de Justicia Comunitaria en el Sistema de Estadísticas de Justicia (SEJ): el sistema de justicia de Colombia prevé la implementación de métodos alternativos de resolución de conflictos, basados en normas sociales, para la resolución de controversias. Mediante este compromiso incluido en el tercer plan de acción, el Ministerio de Justicia y del Derecho acercó estos mecanismos a las personas mediante la diseminación de información relevante a través del Sistema de Estadísticas en Justicia (SEJ), generando un espacio de participación ciudadana en el marco de un proceso más amplio de construcción participativa para la definición de la información a publicar (OGP, 2017).
Argentina - 2015 - Plataforma para la participación ciudadana y el acceso a la información de la justicia Justicia 2020: Justicia 2020 fue una iniciativa de participación ciudadana que tuvo lugar entre los años 2015 y 2019, liderada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina. Consistió en foros de discusión virtuales y presenciales, abiertos a cualquier persona, donde se debatieron, bajo la modalidad de mesas de trabajo, diversos aspectos vinculados a la reforma de la justicia implementados por el gobierno nacional, a fin de tomar como insumo las experiencias y saberes de personas usuarias del sistema de justicia y ciudadanía en general sobre aspectos tales como la accesibilidad a los datos judiciales, el acceso a la justicia o el régimen penal juvenil (OGP, 2015).
La Justicia Abierta es una visión que plantea la extensión de los principios y herramientas del Gobierno Abierto a las instituciones del sector justicia. Esta visión impulsa una agenda de cambio y contiene las herramientas que las instituciones necesitan para poder diseñar un servicio de justicia más ajustado a las necesidades y experiencias de las personas, que considere a estas últimas como una parte activa, las ponga en el centro de la provisión de justicia y les otorgue voz en los procesos de reforma.
La justicia centrada en las personas es aquella que deja atrás una concepción según la cual lo más importante son las instituciones y sus procedimientos de siempre, los cuales muchas veces se justifican únicamente en que las cosas siempre se han hecho así, porque esta concepción a menudo impide a las personas más vulnerables comprender la dimensión legal de su cotidianeidad y reconocer sus propias necesidades jurídicas, poder resolver de manera efectiva sus conflictos, de la misma manera que les genera trabas a las mismas instituciones para poder gestionar y dar una solución más equitativa y oportuna a las necesidades y problemas legales de las personas.
Este enfoque novedoso requiere de datos y evidencia públicos sobre las necesidades legales y condiciones de partida de las personas en su trayectoria con la justicia, rediseñar procedimientos anticuados que ya no responden a las necesidades de estas y de liderazgos y equipos audaces, que estén abiertos a la innovación y comprendan la importancia de escucharlas para generar soluciones para la provisión de justicia que funcionen mejor, para la mayor cantidad de ellas posible, de la manera más eficiente posible. La visión de Justicia Abierta, debido a su énfasis en la generación y uso de evidencia, en la creación de instancias de gobernanza abierta y colaborativa, en la innovación y, en particular, en la importancia de involucrar a las personas en el co-diseño y la toma de decisiones en materia de política pública de justicia, debe ser un vehículo para empoderar a las personas y permitirles participar de un rediseño de la prestación del servicio de justicia desde una perspectiva que las ponga en el centro.
OGP juega un rol importante a nivel global, y en particular en América Latina, para plantear e impulsar las reformas de Justicia Abierta necesarias para poder concretar este enfoque. Las reformas, planteadas mediante compromisos ante esta plataforma, se centran en hacer más eficientes y participativos los procedimientos institucionales, construir las capacidades para lograr mejores resultados e implementar políticas de acceso a la información y la evidencia necesaria mediante datos abiertos. Existe evidencia a estas alturas de que son varias las instituciones de justicia que encontraron en OGP el espacio propicio para abrir la puerta a las personas y trabajar con ellas en un co-diseño de la política pública de justicia que contribuyó a ponerlas en el centro de la escena.
Plantear una agenda de trabajo que ponga el énfasis en generar más compromisos de justicia es, por lo tanto, imperioso y debería tener en cuenta estas premisas:
A fin de ganar en términos de ambición y apertura del gobierno, la creación de compromisos de Justicia Abierta en el marco de OGP debería, por diseño, incluir en todos los casos hitos basados en la participación pública, y centrarse en aquellas soluciones de justicia que acerquen a las instituciones hacia un enfoque de justicia centrada en las personas.
La provisión de justicia supone la participación de instituciones pertenecientes tanto a la órbita del poder Ejecutivo como del Judicial. Para la creación de compromisos enfocados en el sector justicia debe, por lo tanto, adoptarse un enfoque más transversal, en el cual exista un mayor involucramiento de las instituciones de la rama Judicial en tomar para sí la participación pública como forma de crear una justicia más centrada en las personas.
La realización de un enfoque de justicia centrado en las personas debe poner especial énfasis en las trayectorias de justicia de individuos y colectivos en situaciones de mayor vulnerabilidad, tales como mujeres, poblaciones LGBTIQ+, minorías étnicas, lingüísticas o religiosas, personas con discapacidades o de bajos recursos. Estas son las personas cuyo vínculo con la justicia suele presentar mayores obstáculos, motivo por el cual la evidencia recolectada debe incluir variables que sirvan para informar sobre su situación particular. En el mismo sentido, debe asegurarse su participación positiva en los procesos participativos de rediseño y creación de soluciones de justicia, a fin de que sus experiencias y necesidades se vean contempladas.
En materia de innovación de justicia, toda herramienta que se desarrolle para mejorar la gestión y resolución de casos y que surja como resultado, entre otros factores, de la implementación de la visión de Justicia Abierta (por ejemplo, iniciativas de inteligencia artificial generativa entrenadas en base a repositorios de resoluciones judiciales publicadas en formatos abiertos) debe contar con un marco ético para su uso que incluya, por diseño, el enfoque de justicia centrada en las personas.