Servicios
Descargas
Buscar
Idiomas
P. Completa
Juvenicidio en El Salvador: de la Mano Dura al estado de excepción
Jeannette Aguilar Villamariona
Jeannette Aguilar Villamariona
Juvenicidio en El Salvador: de la Mano Dura al estado de excepción
Juvenicide in El Salvador: From the Firm Hand to the State of Exception
Anuario de Estudios Centroamericanos, vol. 50, pp. 1-47, 2024
Universidad de Costa Rica
resúmenes
secciones
referencias
imágenes

Resumen: Este artículo tiene como objetivo examinar los procesos de aniquilamiento físico y simbólico de las juventudes que se han producido en los países centroamericanos, principalmente en aquellos que han optado por el populismo punitivo como política de Estado, a la luz de la categoría analítica de juvenicidio. Se analiza como un caso de estudio, el estado de excepción adoptado en El Salvador por el gobierno de Nayib Bukele, como un dispositivo juvenicida que, pese a mantener una continuidad histórica con las políticas de Mano Dura, está llevando a niveles sin precedentes, el encarcelamiento, el asesinato y el borramiento físico y simbólico de amplios segmentos de las juventudes marginadas y sus perspectivas de futuro.

Palabras clave: jóvenes, juvenicidio, estado de excepción, estigmatización, detenciones. .

Abstract: The objective of this article is to examine the processes of physical and symbolic annihilation that have occurred in Central American countries, mainly in those that have opted for punitive populism as a state policy, using of the analytical category of juvenicide. The permanent State of Exception adopted in El Salvador, by the government of Nayib Bukele, is analyzed as a case study, as a youth-killing device that, despite maintaining historical continuity with Mano Dura policies, is leading to unprecedented levels the imprisonment, murder and physical and symbolic erasure of large segments of marginalized youth and their future prospects.

Keywords: young people, juvenicide, state of exception, stigmatization, arrests.

Carátula del artículo

Dossier

Juvenicidio en El Salvador: de la Mano Dura al estado de excepción

Juvenicide in El Salvador: From the Firm Hand to the State of Exception

Jeannette Aguilar Villamariona
Universidad Nacional, Costa Rica
Anuario de Estudios Centroamericanos, vol. 50, pp. 1-47, 2024
Universidad de Costa Rica

Recepción: 13 Junio 2024

Aprobación: 29 Agosto 2024

Introducción

Centroamérica ha sido considerada desde la primera década del siglo XXI una de las regiones sin conflicto armado con las mayores tasas de letalidad intencional del globo. Un informe publicado en 2006 señalaba que en la región habían sido asesinadas 14 257 personas, es decir un promedio de 40 personas al día (Banco Mundial, 2006). En los años siguientes, el escenario de muertes violentas en esta región era aún más desgarrador, particularmente en los países del norte centroamericano (Guatemala, Honduras y El Salvador), cuya alta incidencia de violencia mortífera llegó a ubicarla como la subregión más violenta del planeta. En 2009, El Salvador registró una tasa de 71.2 homicidios/100 000 habs.; mientras que Honduras y Guatemala registraron tasas de 64.8 y de 45.4 homicidios/100 000 habs., respectivamente. Estas tasas de homicidios representaban entre 7 y 12 veces la media global (6.2) y entre 2 o 3 veces la media latinoamericana.

Cifras de homicidios de Guatemala, Honduras y El Salvador correspondientes al período 2009-2012, revelan que 57 786 personas fueron asesinadas en estos tres países en un período de cuatro años (Fundaungo, 2017). Esto representa un promedio anual de 14 447 víctimas de muertes violentas, la mitad de las cuales no alcanzaron a cumplir los treinta años. En efecto, estos datos resultan extremadamente alarmantes cuando se analiza la dimensión cuantitativa de las vidas perdidas y su mayor impacto entre la población joven.1 Los registros oficiales de las últimas dos décadas indican de forma consistente que alrededor de la mitad de las vidas cegadas en esta vorágine criminal eran personas entre 15 y 29 años.2 La elevada mortalidad violenta que afecta a este grupo poblacional ha llevado a que estos países registren las tasas de muertes juveniles más elevadas a nivel global.

En 2014, el Salvador exhibió una tasa de 296.5 muertes/100 000 jóvenes, Honduras de 167.4 y Guatemala de 91.9. La envergadura del aniquilamiento juvenicida que ha tenido lugar en la región, se dimensiona aún más cuando se contrasta con la media mundial de muertes juveniles de ese año, estimada aproximadamente en 16/100 000 personas jóvenes (Hernández Bringas, 2022). Esto significa que un joven hondureño tendría 10 veces mayor probabilidad de morir asesinado que un joven de un país europeo o asiático, mientras que esta probabilidad aumenta a 18 en el caso de una persona salvadoreña entre estas edades (Ídem).

Este patrón etario característico de la violencia homicida no ha cambiado sustantivamente en estos países pese a la progresiva reducción de muertes violentas experimentada en los últimos años. Incluso en El Salvador, cuyas cifras oficiales muestran desde 2019 una reducción sin precedentes, la mitad de las personas que fueron asesinadas en 2021 no llegaron a cumplir los 30 años (IML, 2021). Esto sugiere que, aunque haya cambios en las formas predominantes de violencia, las vidas juveniles siguen altamente expuestas a la violencia letal y a la violencia simbólica, lo que nos remite al carácter estructural y no coyuntural de la violencia que afecta a las juventudes, principalmente a aquellas que enfrentan procesos de precarización (Muñoz y Feixa, 2022).

En efecto, en Centroamérica las violencias extremas que se expresan tanto en forma de asesinatos o desapariciones perpetradas por pandillas, ejecuciones extralegales de la policía y grupos de exterminio, como en el encarcelamiento masivo que llevan a cabo los gobiernos de El Salvador y Honduras desde 2022 bajo estados de excepción, tienen como principales depositarias a las juventudes precarizadas. Este escenario nos remite a un patrón masivo y sistemático de muertes violentas de personas jóvenes, que visto en perspectiva histórica podría alcanzar dimensiones genocidas y de aniquilamiento generacional, fenómeno que se corresponde con lo que José Manuel Valenzuela denominó hace una década, juvenicidio.

Si bien el debate sobre el juvenicidio como categoría analítica está abierto y en proceso de construcción (Bonvillani, 2022), es un concepto que permite nombrar y visibilizar la muerte física y simbólica de colectivos juveniles estigmatizados y borrados por su condición social o adscripción identitaria, como un fenómeno estructural de sociedades neoliberales que considera a determinados grupos como descartables (Valenzuela, 2017; Reguillo, 2015). Se produce un proceso de estigmatización de sectores juveniles a partir del entrecruzamiento de su condición de clase, raza, género, oficio, preferencia sexual, adscripción identitaria y sus correspondientes construcciones ideológicas que los segrega y desacredita, y los construye en el imaginario colectivo como amenaza y peligro a los que hay que eliminar (Valenzuela, 2015; Nateras, 2015).

En los últimos años, paralelo al deterioro democrático y de restricción de derechos que enfrentan algunos países de la región centroamericana, se reporta un nuevo incremento de la represión y violencia estatal bajo políticas de Cero Tolerancia aplicadas bajo criterios de selectividad contra las juventudes marginadas. Un caso emblemático de juvenicidio publicitado ahora como receta de exportación, es el proceso de criminalización y encarcelamiento en masa de juventudes precarizadas que está realizando el Estado salvadoreño bajo la figura del estado de excepción, y que ha sido replicado en menor escala en Honduras. Mediante un clima de alarmismo y populismo punitivo, estos dos países han instalado por decreto, regímenes de excepción permanentes que están favoreciendo un clima de abusos y atropellos generalizados, principalmente en contra de la población juvenil de bajos recursos, quienes están bajo sospecha permanente de ser pandilleros, por vivir en una comunidad pobre o tener determinada apariencia.

Desde marzo de 2022, el gobierno de Nayib Bukele amparado en un decreto de suspensión de derechos que hasta finales de 2024 había sido renovado sucesivamente en 33 ocasiones, ha autorizado que policías y militares capturen a cualquier persona sin necesidad de investigación previa, ni orden administrativa o judicial, bajo la sospecha de que puedan ser pandilleros o colaboradores de esos grupos. Esto ha otorgado a las fuerzas de seguridad un amplio margen de discrecionalidad, que ha dado como resultado la detención de más de 80 000 personas, en su mayoría hombres jóvenes, residentes de comunidades excluidas.

Organizaciones de Derechos Humanos han documentado entre marzo de 2022 y marzo 2024 más de 6305 denuncias sobre tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas (Azul Originario et al., 2024), así como más de 300 muertes bajo custodia de personas que mayoritariamente carecían de vínculos comprobados con grupos de pandillas (Bernal, 2024).

Una estrategia similar se emula en Honduras desde diciembre de 2022, motivada por el apoyo popular que granjean las estrategias de populismo punitivo. Al igual que ocurre con la medida salvadoreña, en Honduras ya se registra un incremento de denuncias de detenciones ilegales, torturas, presuntas ejecuciones extralegales, desapariciones forzadas, abusos sexuales y otros atropellos ejecutados por las fuerzas de seguridad en contra de residentes de comunidades empobrecidas (OACNUH, 2023; Pérez, 2024).

Así las cosas, este artículo3 tiene como objetivo examinar los procesos de aniquilamiento físico y simbólico de colectivos juveniles estigmatizados que se han producido en los países centroamericanos, principalmente en aquellos que han optado por el populismo punitivo como política de Estado, a la luz de la categoría analítica de juvenicidio. Se analiza como un caso de estudio, el estado de excepción adoptado en El Salvador por el gobierno de Nayib Bukele, como un dispositivo juvenicida que, pese a mantener una continuidad histórica con las políticas de Mano Dura, está llevando a niveles sin precedentes el encarcelamiento, la criminalización, la deshumanización y el borramiento físico y simbólico de amplios segmentos de las juventudes marginadas y sus perspectivas de futuro.

Esta violencia institucional extrema basada en la suspensión de diversos derechos y ejecutada con alto grado de crueldad bajo la justificación de restaurar el orden y la seguridad, ha sido dirigida de forma selectiva a residentes de comunidades de bajos ingresos, quienes son etiquetados y perseguidos de manera indiscriminada como pandilleros-terroristas, aunque no haya pruebas de su participación en estos grupos.

La estrategia mediática y discursiva oficial de satanización del enemigo interno, junto a los históricos procesos de estigmatización y criminalización de las juventudes de sectores populares, ha instalado en el imaginario colectivo, procesos de legitimación de prácticas de aniquilamiento, que está colocando a amplios segmentos de las juventudes marginadas en un elevado riesgo de exterminio generacional. En este contexto, amparado en la nueva guerra contra las pandillas se están produciendo en El Salvador diversas formas de juvenicidio físico y simbólico. Se trata de procesos juvenicidas que inician con la precarización de las juventudes y continua con su estigmatización y criminalización, principalmente de identidades juveniles desacreditadas, que los coloca en un elevado riesgo de persecución, éxodo forzado, encarcelamiento, asesinato y exterminio progresivo (Valenzuela, 2017).

A nivel metodológico, se hace una aproximación de tipo descriptivo de indicadores cualitativos y cuantitativos de distintas formas de borramiento físico y simbólico que se encuadran en la categoría de juvenicidio propuesta. Para ello, se efectuó una amplia revisión bibliográfica de documentos de política, artículos académicos, informes de organizaciones de derechos humanos que han documentado graves casos de violaciones a los derechos humanos y un análisis de estadísticas oficiales y bases de datos disponibles sobre muertes juveniles violentas y población privada de libertad.

El juvenicidio como categoría conceptual

Es un concepto inicialmente propuesto por José Manuel Valenzuela para nombrar y visibilizar formas de violencia extrema que han afectado a las decenas de miles de jóvenes en México, desde el inicio de la llamada guerra contra las drogas en 2006, durante el gobierno de Felipe Calderón (Valenzuela, 2015). El concepto cobró centralidad y un mayor desarrollo a partir de la desaparición forzada de 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, en septiembre de 2014 a manos de agentes estatales y grupos del crimen organizado. Si bien las líneas iniciales de discusión teórica fueron propuestas por Valenzuela hace una década, se trata de una categoría en desarrollo que ha sido enriquecida colectivamente por diferentes académicos, quienes desde distintos contextos y geografías han ampliado los marcos interpretativos del concepto y aportado al desarrollo del que se prefigura como un amplio campo de estudio sobre las diversas modalidades de violencias en contra de las juventudes (Valenzuela, 2015; Valenzuela, 2019, Bonvillani, 2022).

Aunque el concepto de juvenicidio surge inicialmente para visibilizar el asesinato físico de jóvenes en América Latina, su acepción no está referida a cualquier asesinato o muerte juvenil. Su sentido alude a aquellas muertes juveniles violentas de carácter masivo y sistemático, encuadradas como exterminio (Valenzuela, 2019). Es decir que no se trata del asesinato aislado de personas jóvenes, sino de un patrón de muertes violentas que adquiere un sentido de aniquilamiento progresivo de determinados grupos etarios subalternizados, en el que hay una responsabilidad ineludible del Estado al colocarlos en una condición de precarización e indefensión, que los deja expuestos a diversas vulneraciones, incluyendo el riesgo de encarcelamiento, desaparición y asesinato.

El carácter estructural, sistemático y masivo de las muertes juveniles violentas que adquiere dimensiones de exterminio generacional, ha llevado a que, en casos como el mexicano o el brasileño se le atribuya una naturaleza genocida. De hecho, Valenzuela coloca el genocidio en la genealogía del concepto de juvenicidio al definirlo como un proceso de exterminio o aniquilación sistemática de las juventudes portadoras de identidades desacreditadas por la estigmatización, la discriminación, el racismo y la xenofobia (Valenzuela, 2015).4 Feffermann (2015) por su parte, utiliza directamente el concepto de genocidio de forma amplia, para referirse al aniquilamiento de generaciones enteras de juventudes afrobrasileñas afectados por el encarcelamiento en masa y las ejecuciones sumarias de la policía y grupos paramilitares.

Si bien el juvenicio como categoría conceptual no tiene un desarrollo jurídico-doctrinario, ni ha sido tipificado penalmente en el ámbito de la justicia internacional como ocurre con el genocidio, ambos conceptos enfatizan la idea de un patrón de violencia sistemática en contra de un grupo específico de la población, dirigido a destruirlo o exterminarlo.

Por su parte, Muñoz y Feixa (2022, p. 4) consideran que “el uso del neologismo juvenicidio aporta una nueva forma de mirar y categorizar esas muertes como un fenómeno estructural y no como algo meramente coyuntural”. Al respecto, un elemento que sustantiva estas violencias, las historiza y dota a la categoría de un importante poder explicativo, es su carácter procesual, al señalar el juvenicidio no como un evento particular y aislado, sino como el resultado final de las condiciones estructurales de pobreza, precarización y criminalización de grupos juveniles subalternos, bajo un contexto de tolerancia, impunidad y responsabilidad del Estado (Valenzuela, 2019). Se trata de una sucesión de condiciones convergentes que degradan gradualmente las vidas de los jóvenes, estigmatizándolos, deshumanizándolos y colocándolos en una situación de creciente vulnerabilidad que les impide de construir sus proyectos de vida.

El juvenicidio es la consumación de un proceso que inicia con la precarización de la vida de los jóvenes, la ampliación de su vulnerabilidad económica y social, el aumento de su indefensión ciudadana, la criminalización clasista de algunas identidades juveniles y la disminución de opciones disponibles para el desarrollo de proyectos viables de vida frente a una realidad definida por la construcción temprana de un peligroso coqueteo con la muerte (Valenzuela, 2019, pp. 64-65).

Se trata del aniquilamiento físico y moral de vidas juveniles como resultado de las condiciones estructurales de injusticia social y procesos de exclusión, estigmatización y devaluación de ciertas identidades juveniles, que se inscriben en estrategias de gobernanza necro política. Como señala Reguillo (2015, p. 67) “la eliminación y desaparición sistemática de jóvenes es un proyecto del necro poder”, sustentado en un sistema que administra la muerte de aquellas personas consideradas desechables por el proyecto neoliberal.

Pero la condición juvenil perse no hace aniquilables a todas las personas jóvenes. Como sostiene Reguillo (2015) los jóvenes no son matables solo por el hecho de ser jóvenes. Es decir, la categoría etaria solo opera como eje explicativo del juvenicidio cuando se la cruza con la pertenencia social, producto de un orden socioeconómico-cultural desigual, para “colocar estas muertes en escenarios sociales más amplios que incluyen procesos de precarización económica y social” (Valenzuela, 2015, p. 15).

En tal sentido sostiene Valenzuela que,

En los procesos de exclusión social se produce una precarización simbólica y cultural de las juventudes marginadas basadas en el estigma, los prejuicios, el racismo, el sexismo, y la homofobia, que deriva en la construcción social de identidades desacreditadas y desacreditables (Ídem, p. 43).

La desacreditación de las juventudes precarizadas, agravada en el contexto centroamericano por construcciones discursivas y estrategias simbólicas que equiparan a los jóvenes pobres con pandilleros en escenarios de crisis de seguridad, no solo convierten a amplios colectivos juveniles en descartables para el proyecto neoliberal, sino en objetos “matables” desprovistos de su condición de sujetos de derechos.

Como señala Nateras (2015, pp. 103-104) en el imaginario de los estados neoliberales, tales sujetos sociales, “afean” el paisaje del capital, y, además, desde sus narrativas y discursos, como actores “desechables”, y, porque son los que supuestamente los hacen fracasar, por lo tanto, se les sitúa tanto, factibles de ser desaparecidos y asesinados, simplemente por su adscripción identitaria, su clase social o su etnia.

Bajo este contexto se construye un marco ideológico que naturaliza, justifica e incluso promueve el exterminio físico y moral de grupos juveniles subalternizados, concebidos como peligro y amenaza. Esto se agudiza bajo narrativas en las que determinadas identidades juveniles son utilizadas por los Estados para construir un enemigo interno al que hay que combatir, como ha ocurrido durante las últimas dos décadas con las pandillas en los países del norte centroamericano. Ello llevó a estas naciones a justificar la puesta en marcha de una maquinaria de encarcelación masiva de juventudes marginadas y mecanismos de exterminio físico y simbólico, que derivó a la vuelta de pocos años en un aumento de la violencia estatal y paraestatal y en procesos de inercia criminal.

Mas recientemente, diversas formas de juvenicidio físico y social están siendo justificadas bajo un estado de excepción en países como El Salvador y Honduras. En el caso salvadoreño, la suspensión de derechos y garantías del debido proceso de forma indefinida, en un entorno de autoritarismo y excesiva arbitrariedad, está facilitando una brutal represión en comunidades pobres y gravísimos atropellos a los derechos humanos en las cárceles, donde se está produciendo un aniquilamiento progresivo de vidas juveniles del que no hay precedente en la historia reciente.

El juvenicidio en el contexto de las estrategias de Mano Dura

En el contexto de los conflictos armados internos que asolaron a gran parte de los Estados centroamericanos de finales del siglo XX, se institucionalizaron estrategias de represión dirigidas a eliminar a todo aquel considerado enemigo interno y a instaurar un estado de miedo colectivo. Cálculos estimativos de organizaciones de derechos humanos y Comisiones de la Verdad indican que alrededor de 200 000 personas fueron asesinadas o desaparecidas en Guatemala (CEH, 1999), 75 000 en El Salvador (Comisión de la Verdad, 1992) y 30 000 en Honduras, en el marco de la violencia bélica y la violencia represiva que se desplegó como parte de las políticas contrainsurgentes en la región, con el apoyo del gobierno norteamericano.

Si bien no existen registros oficiales que permitan precisar los perfiles de las víctimas, informes de Comisiones de la Verdad o de Esclarecimiento histórico de Guatemala y El Salvador, indican que la mayoría de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos como torturas, desapariciones y ejecuciones extrajudiciales, eran personas jóvenes, de la clase trabajadora y miembros de una organización social, político-militar, eclesial o comunitaria, marcadas como opositoras por los regímenes militares de la época (Conabúsqueda, 2020; Comisión de la Verdad, 1992; CEH, 1999). Una situación similar, aunque en menor escala ocurrió en Honduras, país que, si bien no vivió formalmente un conflicto armado interno, fue un enclave regional estratégico de Estados Unidos para operaciones contrainsurgentes en la región, donde también hubo detenciones, desapariciones forzadas y asesinatos con motivaciones políticas (CONADEH, 1994). La evidencia recabada en informes de la época sugiere que la mayoría de las personas asesinadas por sus ideas políticas durante las dictaduras militares y los conflictos internos en Centroamérica, eran personas menores de cuarenta años.

Finalizados los conflictos armados internos, la ausencia de Estados que garantizaran el bienestar de la población junto a los procesos de transformación de la violencia que desencadenaron continuas crisis de seguridad, convirtieron a las personas jóvenes en protagonistas de la violencia criminal, en su doble dimensión de víctimas y victimarios. La precarización material y el abandono estatal de las juventudes, junto a los sistemáticos procesos de criminalización, colocaron a este segmento poblacional en una condición de mayor exclusión social. Esos jóvenes precarizados que en épocas anteriores eran invisibles, fueron expuestos y construidos por los medios de comunicación como emblema de amenaza bajo figuras estereotipadas y criminalizadas como la del pandillero. “El juvenicidio requiere hacerlos visibles para hacer creíble su condición criminal y amenazante” (Valenzuela, 2017, p. 39).

La represión selectiva hacia jóvenes de barrios populares como principal respuesta estatal a la delincuencia, junto a la ausencia de políticas de prevención social dejaron a las juventudes sin opciones, atrapados entre la violencia estatal y la de grupos criminales, lo que agudizó su vulnerabilidad ante distintas modalidades juvenicidas. La figura del pandillero y sus repertorios de violencia condensaron el máximo emblema de peligro y el estigma permanente de criminal, merecedor de los peores castigos. Esas adscripciones identitarias desacreditadas, construidas social y políticamente como identidades proscritas (Valenzuela, 2012; Nateras, 2015) a partir de las estrategias de Mano Dura, fueron designadas como responsables absolutas de la violencia y de los principales males de las sociedades centroamericanas posconflicto. De esta manera, el manodurismo como enfoque de política criminal ha jugado un rol central en producir un sustento ideológico y un entramado legal, institucional y social para la instalación de procesos juvenicidas en la Centroamérica contemporánea.

Con el inicio de la guerra contra las pandillas declarada por los países del norte de Centroamérica, en sus distintas versiones de Mano Dura en la primera década del siglo XXI,5 los homicidios dolosos y nuevas formas de violencia extrema se incrementaron significativamente, lo que transformación de las dinámicas de la violencia criminal y sucesivas crisis de seguridad. Entre 2003 y 2006 los homicidios pasaron de 36 a 64/100 000 habs. en El Salvador (Aguilar, 2019); mientras que en Guatemala las tasas crecieron de 35 a 45/100.000 habs. (PNUD, 2007). En Honduras los homicidios/100 000 habs. aumentaron de 50 a 55/100 000 habs., entre 2002 y 2008 (IUDPAS, diversos años).

La mayoría de estos asesinatos tuvieron como principales blancos a adolescentes y personas jóvenes, configurándose un progresivo aniquilamiento generacional. Como señala Valenzuela (2015) no se trata de muertes juveniles aisladas, sino de un patrón sistemático de muertes violentas a gran escala, en las que la condición etaria y la extracción social juegan un papel central.

Asimismo, de forma contraproducente al impacto que buscaban generar, estas estrategias de persecución penal y los respectivos procesos de criminalización de las juventudes, no solo favorecieron las condiciones para que los homicidios y otros delitos graves como las extorsiones aumentaran, sino contribuyeron a que, en menos de una década las pandillas transitaran de una expresión cultural generacional, a grupos de delincuencia organizada (Aguilar, 2019).

Uno de los factores que facilitó el proceso de profesionalización de las pandillas, fue el encarcelamiento masivo de pandilleros y jóvenes marginados bajo políticas penitenciarias deshumanizantes que reforzaron su estigma de peligrosidad. Su segregación carcelaria en función de su adscripción identitaria (MS13, Barrio 18 u otras pandillas) favoreció dentro de las cárceles, su cohesión, articulación y organización como redes criminales a escala nacional (Cruz, 2007; Aguilar, 2007). Las capturas masivas de jóvenes pobres bajo la sospecha de ser pandilleros, ofreció a los liderazgos de las pandillas dentro de las cárceles, una base social y un ejército de nuevos miembros que fueron cooptados y obligados a enrolarse a estos grupos.

Paralelamente, en cada crisis de seguridad y durante la ejecución de políticas de Cero Tolerancia, han resurgido en los tres países comandos armados que han operado como grupos de “limpieza social”. Durante las coyunturas de las Manos Duras de la primera década del siglo XXI, organizaciones de derechos humanos documentaron en estos países, el asesinato de miles de jóvenes bajo modalidades de ejecución extralegal (Samayoa, 2011).

Algunos de los casos más emblemáticos fueron investigados y judicializados debido a la presión de las organizaciones de derechos humanos, lo que develó un patrón de prácticas paralegales dentro de las corporaciones policiales. Por ejemplo, en Guatemala, la Comisión Internacional contra la Corrupción-CICIG investigó la existencia de una estructura criminal creada en 2004 dentro de la policía y que operaba desde el Ministerio de Gobernación para ejecutar reos (CICIG, 2019). Estas investigaciones determinaron que esta estructura participó entre 2005 y 2007 en el asesinato de privados de libertad en las cárceles de Pavón y El Infiernito. Entre los procesados por este caso, se encuentran el exdirector de la policía guatemalteca, Ervin Sperisen, el ex ministro de Gobernación Carlos Vielmann, y el ex presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei quien en esos años se desempeñó como director del sistema penitenciario (EFE, 2014).

En Honduras, la violencia extralegal en contra de los jóvenes alcanzó dimensiones genocidas en el contexto de las políticas antipandillas, que originó en 2001, la visita del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias, de Naciones Unidas. Un monitoreo de la organización Casa Alianza develó que, solo en 2002, 1569 niños, niñas y adolescentes habían sido presuntamente ejecutados en Honduras (Samayoa, 2011, p. 241). Tal situación se vio agravada en los años siguientes por la mayor estigmatización de jóvenes marginados y el creciente uso del ejército en las acciones punitivas, como lo revelaron informes del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y de organizaciones de sociedad civil (CEM-H, COIPRODEN y CPTRT, 2006).

La amplia evidencia documentada en torno a las estrategias de Mano Dura, muestra que estas medidas propiciaron un contexto social y político que agudizó la violencia criminal y la violencia institucional, principalmente la que se dirigió contra las juventudes pobres en forma de represión y violencia letal de las fuerzas de seguridad y grupos paramilitares. Bajo estos contextos de criminalización sistemática y deshumanización del enemigo interno se fue constituyendo un marco de justificación social y política que convirtió en matables a los considerados sujetos de peligrosidad. “La sociedad escoge un protagonista de la violencia actual, víctima y actor –la juventud– que entonces corporifica el estigma de responsable por el peligro generalizado” (Feffermann, 2015, p. 171).

El juvenicidio letal ejecutado por fuerzas estatales y paraestatales durante las estrategias de Mano Dura, generó con posterioridad fenómenos de inercia criminal que otorgó a los jóvenes mayor protagonismo en las dinámicas de violencia, tanto en su calidad de víctimas, como de victimarios. Solo en El Salvador, en tres décadas de posguerra han sido asesinadas más de 100 000 personas, de las cuales alrededor de la mitad no alcanzó a cumplir los treinta años (Aguilar, 2019).

Una década después de las políticas de Mano Dura en la región, una nueva guerra contra las pandillas fue declarada en El Salvador bajo el gobierno de Salvador Sánchez Cerén (2014-2019). Bajo las llamadas Medidas Extraordinarias de Seguridad, el gobierno desplegó batallones especiales y unidades militares élites para reprimir comunidades pobres6 y formuló un amplio pliego de reformas penales Adhoc que ampliaban los delitos, las circunstancias y condiciones para facilitar el juzgamiento y la condena de pandilleros.

Adicionalmente, se estableció en las cárceles una política de suspensión de derechos que sometió a la población pandillera recluida, a un régimen de encierro especial que incluyó entre otras medidas, el confinamiento en las celdas las veinticuatro horas, con derecho a solo una hora de sol tres veces por semana (D.L.321). Las reformas establecieron además el uso de celdas especiales de castigo a discreción de las autoridades, la suspensión de visitas de familiares y de defensores, y restricciones en el acceso a agua, alimentación y servicios de salud a los privados de libertad (Aguilar, 2019). Bajo esta política, se incrementaron en un 300 % los casos de presos diagnosticados de TBC (Tuberculosos carcelaria)7 y las muertes bajo custodia (DGCP, 2016).

Paralelo a la deshumanización que se impuso en las cárceles, se incrementaron de forma exponencial en los territorios, los asesinatos de civiles a manos de las fuerzas de seguridad. Bajo los llamados enfrentamientos armados, las autoridades de seguridad justificaron el asesinato de miles de personas. Datos de la Policía Nacional Civil (PNC) indican que entre 2014 y 2019 se habrían registrado 2514 enfrentamientos armados, con un saldo de 2025 muertes, de las cuales el 96.6 % eran presuntos pandilleros (OUDH, 2020). La mayoría de las víctimas de estas muertes extrajudiciales, eran jóvenes y adolescentes de comunidades de bajos recursos.

Aunque estas muertes fueron justificadas por el gobierno bajo el argumento de la legítima defensa, indicadores como el cociente de letalidad utilizado internacionalmente para establecer el uso desproporcionado de la fuerza, mostraron, por ejemplo, que para 2016, por cada policía o militar muerto, hubo 59 contendientes civiles muertos. Ello develó una dimensión de la desviación policial en el uso de la fuerza letal, que sugería la existencia de un patrón de ejecuciones extralegales del que no había precedente en la posguerra (Aguilar, 2019; PDDH, 2019). La relatora para las Ejecuciones Extrajudiciales de Naciones Unidas expresaba en el informe de su visita en 2018:

Las entrevistas realizadas con sobrevivientes y testigos del llamado “enfrentamiento armado” señalaron patrones similares, altamente preocupantes, durante estos “enfrentamientos”. En particular, presuntos miembros de pandillas son asesinados al estilo ejecución, y la escena del crimen es manipulada por los responsables de los asesinatos o por otros, incluso colocando armas y drogas junto a los cuerpos” (Callamart, 2018, p. 9).

Bajo este clima de violencia estatal, se incrementaron significativamente en los territorios los abusos policiales y la violencia extralegal de las fuerzas de seguridad. Un informe de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) basado en la investigación de casos denunciados, estableció presunta responsabilidad de la institución policial en la ejecución de al menos 116 personas, 70 % de las cuales eran adolescentes y jóvenes entre los 13 y 24 años (PDDH, 2019).

En ese contexto, las fuerzas de seguridad salvadoreñas fueron responsables entre 2014 y 2019 de ejecuciones extralegales, y desapariciones forzadas de niños y jóvenes. En varios de los casos investigados, las víctimas habían sido previamente objeto de acoso policial, intimidación, amenazas y malos tratos en sus entornos comunitarios. Todo ello se produjo en un contexto institucional legitimador de abusos y excesos que favoreció las actuaciones ilegales de muchos agentes policiales, incluyendo la manipulación y alteración de la escena del delito (PDDH, 2019).

En concreto, estas políticas de Mano Dura profundizaron a lo largo de las últimas dos décadas, los procesos de exclusión y estigmatización de las juventudes marginales al etiquetarlos como sujetos de peligrosidad y enemigos del Estado, y dejarlos sin opciones entre la violencia de grupos criminales y de actores estatales. Se trata de políticas criminalizantes que han contribuido a una mayor exclusión de las juventudes pobres al perpetuar el ciclo de la violencia-precarización. Corresponde a lo que Valenzuela ha denominado juvenicidio social, en el que su estigmatización criminal puede verse como una forma de matar sus oportunidades de movilidad social, al negarles su dignidad, sus derechos y alternativas de reintegración social (Valenzuela, 2019).

Diseñadas bajo una lógica necro política, las Manos Duras como política criminal han sustentado y vehiculizado los procesos juvenicidas al justificar bajo el argumento de la persecución del enemigo interno pandillas, una amplia criminalización de las juventudes marginadas, su encarcelamiento masivo y el exterminio de miles de jóvenes en esta subregión centroamericana.

El estado de excepción como dispositivo juvenicida

Esta sección describe y analiza el estado de excepción en El Salvador, como un dispositivo juvenicida que ha permitido justificar y legitimar prácticas juvenicidas sin precedentes en la historia reciente, al llevar al extremo los procesos de criminalización y deshumanización de las juventudes pobres, su encierro masivo y aniquilamiento físico y moral.

La precarización económica de las vidas juveniles como inicio del proceso juvenicida

El Salvador es uno de los países centroamericanos con mayor proporción de población joven. Más de la mitad de su población (54.5 %) son personas menores de 35 años (BCR, 2024), por lo que el potencial productivo de este segmento poblacional es determinante en el desarrollo del país. Sin embargo, un importante sector de las juventudes salvadoreñas enfrenta condiciones de precariedad, exclusión social y abandono estatal. El Informe sobre Desarrollo Humano El Salvador 2018, indicaba que el 41.8 % de las personas entre 15 y 29 años vivían en hogares pobres multidimensionales. La movilidad social de las juventudes se ve limitada por la falta de empleo y la precariedad de los puestos disponibles. En 2019 la tasa de desempleo juvenil alcanzó el 13.6 %, es decir el doble de la tasa nacional, mientras que en 2020 uno de cada cuatro jóvenes salvadoreños entre los 15 y 24 años no estudiaba ni trabajaba (Digestyc, 2020).

Esta situación de exclusión laboral y de expulsión económica se ha visto agravada por el acoso y la violencia que ejercen tanto las pandillas como la policía y el ejército en comunidades estigmatizadas, lo que ha obligado a miles de jóvenes a desplazarse internamente o a huir fuera del país. Todo ello en un contexto de abandono sistemático del Estado hacia las juventudes, que se expresa en la ausencia de políticas dirigidas a ese sector de la población, en la precaria institucionalidad y en los exiguos presupuestos asignados a este sector.

En 2024 fue disuelto el Instituto Nacional de Juventud (Injuve), ente encargado de ejecutar la Política Nacional de Juventud. Contrario a la promesa de Nayib Bukele de apoyar el desarrollo de las personas jóvenes, durante su gobierno el presupuesto para programas de desarrollo juvenil sufrió una reducción del 67 % al pasar de 8.4 USD millones en 2018 a 2.75 millones en 2023, hasta su disolución a finales de 2023 (Portillo, 2023). Una situación similar ocurrió con el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (Insaforp), entidad que durante tres décadas ejecutó un sistema de formación técnica y profesional en el que las juventudes figuraban entre sus principales beneficiarios. Actualmente se ha reducido el presupuesto para educación y cultura, y hay una menor presencia del Estado en los territorios, salvo la que se ejerce bajo formas de ocupación militar en barrios estigmatizados, y en las que hay un ensañamiento particular en contra de adolescentes y hombres jóvenes, ahora acentuado por el estado de excepción.

Para Valenzuela, el abandono estatal hacia los segmentos juveniles que precariza sus vidas y limita sus oportunidades, puede ser el inicio del proceso juvenicida que luego se ve profundizado por su estigmatización y criminalización.

El juvenicidio inicia con la precarización de la vida de las y los jóvenes, la ampliación de su vulnerabilidad económica y social, el aumento de su indefensión ciudadana y la disminución de opciones disponibles para que puedan desarrollar proyectos viables de vida (Valenzuela, 2015, p. 12).

En efecto, las condiciones de exclusión social que enfrentan las personas jóvenes en países como El Salvador, amplía las brechas de desigualdad en el ejercicio de sus derechos. Ello los coloca en una condición de des ciudadanización que los expone progresivamente a otras formas de juvenicidio como la criminalización, el encarcelamiento en masa y su aniquilamiento físico.

Uno de los mecanismos que en el caso centroamericano ha acelerado los procesos juvenicidias, han sido los discursos políticos en los que se exalta de forma espectacularizante una imagen deshumanizada y animalizada de las pandillas o cualquier asociación con ellas, con las que se promueve el miedo colectivo. Esta retórica liderada por Nayib Bukele y amplificadas por un ingente aparato propagandístico en el que presenta a estos grupos como subhumanos o bestias, genera las condiciones para que cualquiera que esté bajo sospecha de ser pandillero o colaborar con ellos, sea visto como merecedor de los peores castigos, incluyendo su desaparición y muerte. “Así, el miedo tiende a estar en la génesis de procesos de estigmatización sobre determinados grupos sociales, que buscan legitimar la perpetuación de las desigualdades, la elaboración de políticas institucionales de exclusión y hasta el genocidio” (Feffermann, 2015, p. 169).

El encarcelamiento en masa de las juventudes marginadas

A finales de marzo de 2022 fue aprobado en El Salvador un régimen de excepción, mediante un decreto legislativo a iniciativa del Consejo de ministros (D.L. No.333). La medida fue ejecutada tras una escalada de homicidios provocados por las pandillas el último fin de semana de marzo de 2022 en el que fueron asesinadas 87 personas. La matanza habría sido una contra respuesta de la Mara Salvatrucha ante la ruptura de un presunto acuerdo que el gobierno salvadoreño entabló con estos grupos, según lo revelaron investigaciones periodísticas y reportes del departamento de justicia de Estados Unidos [@TheJusticeDept,15 de noviembre de 2023]; (Flores, 2020; Martínez, Cáceres y Martínez, 2021; Pineda y EFE, 2023; Azul Originario, et al., 2024, pp. 23-25). Los acuerdos pactados incluyeron incentivos económicos para mantener bajas las tasas de homicidios y asegurar apoyo político al partido oficial, Nuevas Ideas (Office of Foreign Assets Control, OFAC, en Cristosal, 2023, p. 12).

El decreto del régimen de excepción contempla la suspensión de derechos a toda la población salvadoreña, como la inviolabilidad de las comunicaciones, el derecho a la defensa al momento de ser detenido, la ampliación de la detención administrativa de 3 a 15 días y el derecho de reunión y asociación.8 Contraviniendo la Constitución de la República en lo relativo al uso de poderes de excepción, el decreto ha sido prorrogado de forma sucesiva durante más de 33 meses por la Asamblea Legislativa hasta el cierre de este trabajo.9

Su aplicación está basada en una política de capturas masivas y arbitrarias, principalmente de personas jóvenes residentes en comunidades de bajos recursos sin investigación previa, ni orden administrativa o judicial, bajo la sospecha de pertenecer o colaborar con una pandilla. A fin de abultar la estadística de detenciones y mostrar los éxitos de la estrategia, las autoridades de seguridad impusieron al inicio del estado de excepción, cuotas de detención diarias a policías y soldados, según denunció el Movimiento de Trabajadores de la Policía a medios de comunicación como la DW y la BBC (Amaya, 2020). El sindicato policial señaló la imposición de mil detenciones diarias a la Policía, lo que llevó a que el primer mes de vigencia del régimen de excepción se capturara a más de 20 000 personas (CIDH, 2024, p. 115).

La exigencia de cuotas ha incentivado una mayor arbitrariedad en las capturas y ha llevado al encarcelamiento indiscriminado de docenas de miles de personas, en las que la apariencia, su condición económica y etaria parecen ser los principales criterios de selectividad. Este patrón de detención ha diversificado los perfiles de los detenidos, que van desde familiares o vecinos de pandilleros o presuntos pandilleros, hasta jóvenes alcohólicos callejizados, personas con discapacidades físicas y psicosociales, personas diversas o cualquiera que a criterio policial o militar parezca “sospechosa” o incluso se haya puesto “nerviosa” (CIDH, 2024; Cristosal, 2023; Azul Originario et al., 2024).10 (Error 1: La referencia Azul Originario et al., 2024 debe estar ligada) (Error 2: El tipo de referencia Azul Originario et al., 2024 es un elemento obligatorio) (Error 3: No existe una URL relacionada)

El enemigo en estas incursiones se vuelve la población que vive en la localidad, la estigmatización territorial, expande la lógica de la criminalización; de esta forma todos sus habitantes la viven, convirtiéndose en sospechosos potenciales y son criminalizados (Feffermann, 2015, p. 168).

Ello ha dado lugar a una masificación de capturas y atropellos sin precedentes que ha derivado en un nuevo juvenicidio físico y simbólico, al producir un acelerado borramiento de juventudes en los territorios, ya sea por su encarcelamiento masivo, por su desplazamiento forzado de las comunidades o por su asesinato. Al utilizar propagandísticamente las detenciones y exponer públicamente a los detenidos como pandilleros-terroristas se está produciendo un juvenicidio simbólico de diversos segmentos juveniles que los anula como sujetos de derechos y los expone a ser asesinados, como efectivamente está ocurriendo en las cárceles salvadoreñas.

Organizaciones de derechos humanos han denunciado que miles de personas han sido detenidas preventivamente con base a denuncias anónimas o a actas policiales espurias, y procesados bajo reformas penales Adoc aprobadas para facilitar su juzgamiento y condena sin investigación, evidencias, ni individualización de la responsabilidad penal. El amplio pliego de reformas penales regresivas que han acompañado el régimen de excepción incluye la imposición de la prisión preventiva obligatoria, limitación del derecho a la defensa, irrespeto al debido proceso, ineficacia de habeas corpus y extensión de los plazos máximos de detención prisión preventiva que establecía el Código Penal (HRW, 2024; CIDH, 2024). Con esta última reforma, se corre el riesgo de que una persona puede pasar detenida de forma indefinida, sin ser juzgada y sentenciada.

Se trata de un subsistema penal diseñado Adoc para facilitar la detención, el juzgamiento y la condena de decenas de miles habitantes de zonas periféricas, principalmente jóvenes. Un Estado penal ya no solo caracterizado por sistemas precarios de impartición de justicia que opera bajo un doble estándar de clase, sino diseñado para perseguir bajo criterios de selectividad penal a miembros de grupos subalternos: jóvenes, pobres, racializados, quienes son anulados de sus derechos y juzgados sin las garantías básicas del debido proceso. Se trata de un nuevo formato de juvenicidio al que podríamos llamar juvenicio penal.

Las reformas también instauraron por primera vez en el país la figura de jueces sin rostro y la realización de audiencias masivas con cientos de detenidos en donde no se juzga la responsabilidad individual, sino la pertenencia a estructuras delincuenciales. Ello ha dado lugar a que personas sin vínculos con pandillas sean agrupadas y procesadas penalmente junto a numerosos miembros de la pandilla que operaba en su zona de residencia, bajo la figura de agrupaciones ilícitas (Cristosal, 2022; CIDH, 2024). Todas estas vulneraciones han sido posibles bajo la captura del órgano judicial, en la que Nayib Bukele nombró jueces y magistrados obedientes a su proyecto político.

La masividad, arbitrariedad e ilegalidad de las capturas realizadas bajo el estado de excepción no tiene precedente en la historia salvadoreña. Solo en el primer mes fueron capturadas 20 000 personas, el equivalente al 50.8 % de la totalidad de la población carcelaria existente previo al régimen de excepción, que rondaba los 39 338 internos (Urbina, 2022). El acelerado y continuo ritmo de crecimiento de las capturas llevó a duplicar en menos de 6 meses a la población privada de libertad. Según el Ministerio de Justicia y Seguridad, en los primeros cinco meses de régimen de excepción habían sido capturadas 51 241 personas [@seguridadSV 29 de agosto de 2022] lo que equivale a un promedio de 10 000 detenciones al mes. Si bien a finales de 2022 el promedio mensual de capturas se redujo a 2000, los detenidos sobrepasaron las 60 000 personas [@seguridadSV 19 de diciembre de 2022]. A diciembre de 2023, las capturas durante veintiún prórrogas de régimen de excepción habían alcanzado las 75 163 personas (Figura 1).


Figura 1
Total de personas detenidas en el régimen de excepción (marzo 2022-diciembre 2023)
Nota. Datos del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública publicados en CIDH (2024).

Respecto a la población penitenciaria total, datos del VII Censo de Población y VI de Vivienda 2024 indican que, a finales de 2023 la población carcelaria alcanzaba las 107 055 personas (BCR, 2024).11 Esto representa un incremento del 172 % respecto a la registrada antes de la aplicación del régimen de excepción, que en ese momento registraba una tasa de ocupación de 136 % (Figura 2) (Prison Insider, 2021).


Figura 2
Población penitenciaria en El Salvador, período 2000-2023
Nota. DGCP (2000-2022) y BCR (2024).

Con esta población penitenciaria la tasa de privados de libertad a finales de 2023 fue de 1775 /100 000 habs. En marzo de 2024, El Salvador alcanzó las 1816 personas presas por cada 100 000 habs., la más alta del mundo.12 Esta tasa de prisionalización representa cinco veces la media de las Américas (357) y trece veces la media global (140).13

Si bien en las últimas dos décadas, la apuesta por el manodurismo como política de seguridad tuvo como resultado directo un progresivo aumento de la población penitenciaria, nunca se alcanzaron las tasas de encarcelamiento registradas durante el gobierno de Bukele. El vertiginoso aumento de la población privada de libertad en un período tan corto es posiblemente un fenómeno sin parangón a nivel internacional. Este acelerado incremento ha llevado a que la población privada de libertad supere las 100 000 personas, en un país con seis millones de habitantes y menos de 21 000 km2. A finales de 2023, cerca del 2 % de la población salvadoreña guardaba prisión, porcentaje que aumenta al 3.3 % en el caso de la población masculina a nivel nacional.14

Este vertiginoso y poco planificado crecimiento de la población penitenciaria ha generado una crisis humanitaria sin precedentes debido al elevado hacinamiento y sobrepoblación carcelaria, las deplorables condiciones de algunos centros y el desborde de servicios básicos y capacidades del sistema. A excepción del Centro de Confinamiento para el Terrorismo (CECOT) que no está al máximo de su capacidad, se estima que el resto de los centros penales en su conjunto exhiben un 357 % de hacinamiento. Tales condiciones junto a las denuncias de torturas, violencia sexual, denegación de auxilio, y tratos crueles, inhumanos y degradantes, nos remiten a escenarios de extrema deshumanización y exterminio progresivo (HRW, 2023; Amnistía Internacional, 2023; Azul Originario et al., 2023, 2024).

El agua es chuca (sucia); aquí no se toma; a veces que nos castigan y nos toca orinar en las cubetas o hacernos necesidades adentro de la cubeta porque nos cierran las puertas y en la misma cubeta que nos orinamos, solo la enjuagan, ahí nos reparten el fresco, el café (…) y no nos sacan las cubetas donde hacemos necesidad, toda la noche pasan ahí dos cubetas y eso hiede (Mujer trans, Aspidh, en Informe OSC, Azul Originario et al., 2024, p. 71).

Si bien la masividad de las capturas ha ampliado el perfil de personas detenidas, persiste una afectación mayoritaria de adolescentes y personas jóvenes. El 52 % de las personas capturadas bajo el estado de excepción hasta agosto de 2022, tenían entre 12 y 30 años al momento de la captura. Estos datos reafirman que la condición etaria ha sido un criterio relevante de discriminación en la política de detenciones masivas.

Existe particular preocupación entre organizaciones de derechos humanos por las graves vulneraciones que enfrentan los niños y niñas detenidas, cuya población ha crecido significativamente desde la vigencia del régimen de excepción. Esto marca una mayor tendencia al procesamiento penal de personas menores de edad, respecto a años anteriores. Entre marzo y agosto de 2022, 1098 menores de edad habían sido enviados a detención provisional, incluidos 21 niños entre 12 y 13 años (HRW, 2023). Es preciso señalar que el gobierno de El Salvador no publica de manera oficiosa información desagregada de los detenidos, salvo cifras generales que divulga en redes o que ha remitido en comunicaciones formales a solicitud de organismos internacionales.

Una nota diplomática enviada por el gobierno salvadoreño a la CIDH en el marco de la preparación del informe de país: Estado de excepción y derechos humanos (CIDH, 2024), indicaba que, al 27 de junio de 2023, al cumplirse 15 meses de régimen de excepción, 2826 niños y adolescentes entre 12 y 17 años habían sido detenidos y procesados por la fiscalía general de la República (CIDH, 2024, p. 131). Esto representaba el 4 % del total de personas detenidas. Esta cifra podría aumentar significativamente debido a las reformas a la ley penal juvenil y a las prácticas de acoso policial y perfilamiento de menores de edad que mantienen en escuelas e institutos públicos que derivan en nuevas detenciones.

Un informe de la Embajada de Estados Unidos en El Salvador (2024) indicaba que, entre marzo de 2022 y diciembre de 2023, 3319 menores de edad habían sido detenidos bajo el régimen de excepción. Testimonios recabados por Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) indican que las niñas y niños detenidos guardan prisión en condiciones deplorables; han sido sometidos a graves vulneraciones y tratos abusivos, incluyendo en algunos casos a golpizas, torturas y agresiones sexuales, así como a violaciones al debido proceso (HRW, 2024). La protección especial de que gozan las personas menores de edad en la legislación salvadoreña y en instrumentos internacionales ratificados por El Salvador, ha sido vulnerada por el estado de excepción y las reformas a la legislación penal juvenil que han reducido la edad de imputabilidad penal a 12 años y aumentado desproporcionadamente las penas (Azul Originario et al., 2024; Cristosal, 2022; HRW, 2024).

Con esta regresiva reforma se estableció que niñas, niños y adolescentes de 12 a 15 años pueden ser juzgados y condenados con hasta 15 años de prisión, mientras que los de 16 a 17 años podrían recibir penas de hasta 20 años de prisión, sin posibilidad de ser sustituidas por medidas alternas a la prisión, como lo establecen los principios internacionales sobre justicia penal juvenil. Bajo estas condiciones y de continuar la política de capturas arbitrarias, miles de adolescentes podrían ser detenidos y condenados a largas condenas, con los devastadores impactos que el encarcelamiento prolongado tiene en las vidas de los más jóvenes.

En cuanto al género, los datos de privados de libertad reportados por el Censo de Población 2024 (107 055) indican que si bien hay un predominio de personas del sexo masculino (94 112), se registraron 12 943 niñas y mujeres privadas de libertad, lo que corresponde al 12 % de la población carcelaria (BCR, 2024). En 2021, previo al régimen de excepción, el porcentaje de mujeres privadas de libertad correspondía al 7.4 %, lo que indica un aumento de la criminalización de las mujeres. La situación de gravísimos atropellos, y riesgos que están enfrentando las niñas y mujeres detenidas en las cárceles bajo el régimen de excepción, es de dimensiones incalculables.

Asimismo, los registros oficiales no desagregan a personas de la diversidad sexual, reflejo de los binarismos de género y de la discriminación que predomina en las políticas penitenciarias y bajo las cuales la administración penitenciaria clasifica y asigna a la población privada de libertad a los establecimientos penitenciarios. La invisibilización y falta de reconocimiento de identidades sexuales diversas, expone a miembros de estas comunidades a gravísimas vulneraciones y atropellos dentro de las cárceles, como lo han documentado organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación (Azul Originario et al., 2023, 2024; CIDH, 2024). Desde el inicio del estado de excepción hasta septiembre de 2023, un conglomerado de OSC había registrado 95 denuncias y documentado diversos testimonios de graves abusos y discriminación que están enfrentando miembros de minorías sexuales en las cárceles del Régimen (Hurtado, Claros y Molina, 2024; Azul Originario et al., 2023).

En el caso de las mujeres trans, se les obliga a quitarse su expresión de género femenino mediante acciones como cortarles el cabello y asignarle vestimentas asociadas al género masculino. Además, se les coloca en celdas con hombres, situación que las expone a sufrir violencia sexual y física por parte de otros reclusos (Informe OSC, Azul Originario et al., 2024, p. 55).

La persecución selectiva de personas jóvenes, de extracción social baja y pertenecientes a grupos subalternizados y los abusos extremos que han sufrido en las cárceles y en los territorios, están recogidos en miles de denuncias documentadas por organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales como Amnistía Internacional, HRW y la CIDH. Un registro unificado de 6305 denuncias de víctimas de violaciones a derechos humanos recabadas por siete organizaciones entre el 27 de marzo de 2022 y el 22 de marzo de 2024 (Azul Originario et al., 2024), constata la selectividad de la estrategia punitiva hacia las juventudes marginadas, principalmente hacia hombres pobres y racializados.

Del total de víctimas registradas por las OSC hasta marzo de 2024, el 78.4 % son hombres, el 15.1 % mujeres y el 0.4 % se identifican como hombres y mujeres trans. Del universo de casos registrados, el 55.5 % tenía entre 13 y 30 años al momento de la denuncia, seguido del grupo entre 31 y 59 años (34.4 %). Entre las víctimas que denunciaron, se registraron 16 242 afectaciones de derechos, referidos principalmente a detenciones arbitrarias, violaciones al debido proceso, allanamiento de morada, tratos crueles, inhumanos y degradantes y hostigamientos de fuerzas de seguridad (Ídem, p. 58).

Las denuncias han sido activadas por las familias de las víctimas o por algunos de los detenidos que han sido liberados. El relato de los sobrevivientes que decidieron dar su testimonio nos remite a agravios y hechos de deshumanización extrema que ofenden la dignidad humana (Azul Originario et al., 2023, 2024; HRW, 2022, 2024; CIDH, 2024).

La figura penal de agrupaciones ilícitas

La arbitrariedad de las detenciones se expresa además en la ambigüedad e imprecisión de las figuras penales bajo las cuales han sido detenidas la inmensa mayoría de las personas. Durante los primeros cinco meses de estado de excepción, el 80 % de personas habían sido detenidas bajo el delito de agrupaciones ilícitas, mientras que el 16 % fue acusado de organizaciones terroristas. Solo el 4 % fue acusado de un delito concreto como un homicidio, feminicidio, desaparición o agresión sexual, entre otros (HRW, 2024).

Se trata de una figura que no penaliza ninguna conducta delictiva concreta, sino la agrupación o asociación de personas con la finalidad de delinquir. En el caso salvadoreño, es un tipo penal creado principalmente para criminalizar la pertenencia a maras o pandillas, por lo que en su aplicación median criterios subjetivos como la apariencia física, la extracción social, el lugar de residencia o determinadas características estéticas o identitarias asociadas a las pandillas, como los tatuajes, el estilo de cabello o la ropa. Aunque es una figura jurídica difusa y extremadamente vaga en su definición, es el delito bajo el que han detenido en el pasado a la gran mayoría de personas en El Salvador, ante la recurrente falta de capacidad investigativa de la fiscalía general de la República para probar su participación delictiva en un delito concreto.

En el actual contexto salvadoreño, policías y soldados amparados en el decreto de excepción, han llevado al límite el uso de esa figura, al aplicarla con un amplio margen de discrecionalidad a cualquier persona que deseen detener. Su aplicación responde generalmente a estereotipos que suelen aplicarse de forma discriminativa, principalmente a hombres jóvenes y de escasos recursos, que a discrecionalidad del criterio policial sean considerados sospechosos de pertenecer o colaborar a un grupo pandilleril. Este derecho penal de autor que ha prevalecido desde las políticas de Mano Dura, tiene un fuerte sesgo clasista y etario en tanto favorece la discriminación de sectores vulnerables y la sobre crimina-lización de las personas jóvenes y de bajos recursos.

Aún más, los casos documentados por las OSC sugieren que, bajo el actual estado de emergencia, policías y soldados ya no solo presumen culpable al que encaje con determinados estereotipos, sino que detienen de forma indiscriminada, y posteriormente bajo actas policiales espurias justifican la aplicación del delito de Agrupaciones ilícitas (CIDH, 2024; Azul Originario et al., 2023, 2024).

Este extremo de arbitrariedad, profundizado por el estado de excepción que facilita la detención de cualquier “sospechoso”, fue confirmado por el propio director de la policía salvadoreña, Mauricio Arriaza Chicas, quien en conferencia de prensa el 14 de febrero de 2023, aseguró que “El policía es un juez de la calle que tiene criterios para poder detener, identificar e individualizar a cualquier persona” (Policía Nacional Civil [@PNC]14 de febrero de 2023). Ello evidencia la distorsión respecto a las facultades de los órganos de justicia que prevalece entre las autoridades responsables de garantizar la legalidad, lo que ha facilitado la instauración de un estado policiaco arbitrario y abusivo.

Entidades de derechos humanos señalan que miles de personas han sido detenidas por denuncias anónimas, presunciones o sospechas sin fundamento legal de un policía o soldado, basadas en la apariencia, la portación de tatuajes y el lugar donde residen, así como en venganza por conflictos previos con algún policía quienes sin ninguna prueba les adjudican la calidad de colaboradores de las pandillas.

Joven de 20 años: Miembros de la PNC y la FAES llegaron a su casa en horas de la noche, sin orden de detención; ni siquiera preguntaron su nombre, pero sí cuantos hombres había en la casa y si tenía hermanos, al responder que sólo era él le dijeron: “a pues vos nos vas a acompañar”. Un soldado pidió a los demás que no lo detuvieran: “para qué se lo van a llevar”; pero otro respondió que era por investigación. Lo subieron en un vehículo gris de placas particulares, no le dijeron por qué delito lo detenían, únicamente que estaba en investigación (Testimonio de víctima. Informe Cristosal, 2023, p. 24).

Casos documentados indican que, ante la falta de sustento para justificar las capturas y el cuestionamiento de los detenidos y sus familias sobre las razones de la detención, algunos policías arguyen que están siguiendo “órdenes del presidente”. Otros han sido capturados bajo la justificación de que “se pusieron nerviosos” ante el interrogatorio de un policía (CIDH, 2024; Azul Originario et al., 2023; HRW, 2022). Ese grado de arbitrariedad sin límite responde a la urgencia del gobierno salvadoreño de usar el número de las capturas como indicadores de éxito y propaganda de la política de seguridad.

Los testimonios de familiares y personas que han logrado salir de las cárceles, indican que, a diferencia de lo que ocurrió durante la Mano Dura, bajo el régimen de excepción se ha institucionalizado una política de atropellos y agravios generalizados en contra de sectores de bajos recursos. Su aplicación se ha extendido de forma arbitraria y deliberada a miles de jóvenes que han sido detenidos por el mero hecho de vivir en una zona estigmatizada, por tener determinado aspecto, por ser familiar o vecino de un pandillero, o por haber sido señalado de colaborar con pandillas, entre otras razones.

Joven de 23 años detenido en julio de 2022: era un emprendedor que trabajaba en un negocio familiar dedicado a la venta de alimentos, no tenía antecedentes penales y no había sido detenido con anterioridad. En el mes previo a su detención recibió amenazas por parte de un vecino que se encontraba en estado de ebriedad quien le dijo que “si quería, lo podía denunciar a la policía y decir que era pandillero” (Testimonio de familiar, Tomado de Informe Cristosal, 2023, p. 24).

En muchos casos, las capturas se extendieron a varios miembros del grupo familiar o a terceros que intervinieron en la detención por alegar violación a sus derechos, lo que ha dado lugar a capturas colectivas. Bajo ese contexto, la figura del pandillero que encarna al enemigo interno sinónimo de terrorista se ha vuelto cada vez más difusa, extendiéndose a segmentos juveniles diversos: músicos, grafiteros, jóvenes con tatuajes artísticos o determinada estética, estudiantes de escuelas e institutos públicos, jóvenes universitarios y profesionales, jóvenes obreros o con discapacidades físicas y cognitivas. Miles de ellos han sido fichados bajo la etiqueta de pandillero y expuestos públicamente con la carga estigmatizante y de rechazo que en un país como El Salvador concitan estas “identidades juveniles satanizadas”.

En la actualidad, el clima de rechazo y animadversión exacerbado como nunca por la estrategia discursiva oficialista hacia quienes son etiquetados como “pandillero”, conlleva también una fuerte carga aporofóbica producto de la mayor criminalización de la pobreza. El enemigo interno se va extendiendo a toda la población precarizada, considerada desechable para el proyecto neoliberal. Todo esto ocurre en un contexto donde la estrategia gubernamental de proyectar la imagen de El Salvador como un país “próspero y seguro” avanza a costa del sacrificio de las vidas de los más jóvenes y de los más pobres.

En concreto, el régimen de excepción como política de control social ha institucionalizado una serie de políticas, prácticas y discursos juvenicidas que están posibilitando la desaparición física y simbólica de miles de jóvenes, ya sea debido al desplazamiento forzado de sus territorios, su encarcelamiento o su asesinato al interior de las cárceles salvadoreñas, cuya magnitud real en las actuales circunstancias es aún difícil de estimar.

Las cárceles como escenario de tortura, desaparición y muerte

Dentro de las cárceles cuya población interna ya sobrepasa las cien mil personas, muchos están sufriendo innombrables vejaciones, según testimonios de personas liberadas. Hacinamiento extremo, deprivación o racionalización de comida y agua; denegación de asistencia médica, violencia sexual y atroces torturas son parte de los tratos inhumanos y degradantes que han padecido muchos detenidos según han documentado organismos de derechos humanos (HRW, 2023, 2024; Cristosal, 2022; 2023; Azul Originario et al., 2023, 2024; Amnistía Internacional, 2023; CIDH, 2024).

Vi a un muchacho que tenía 22 años, que fue de los primeritos que murió dentro de la celda donde yo estaba. Le habían fracturado las costillas y todos, como por seis días, pasamos gritando que le ayudaran, pero sólo llegaban a verlo y decían los custodios “cuando se muera, me llaman”. Y prácticamente así fue, porque no le hicieron caso hasta que un día, en la mañana que salimos al conteo, ya él tenía varias horas de haber fallecido (Testimonio sobre tortura, negación de atención médica y fallecimiento. Tomado de Azul Originario et al., 2024, p. 68).

Organizaciones no gubernamentales han registrado 244 muertes bajo custodia desde el inicio del régimen de excepción hasta el 29 de febrero de 2024. Hasta mayo de 2024 Socorro Jurídico había contabilizado 301 víctimas mortales. El 48 % de ellas podrían constituir muertes violentas o provocadas por torturas debido a los signos encontrados en los cadáveres de las víctimas (EFE, 2024). Además de hombres principalmente jóvenes, entre las víctimas se encuentran bebés que nacieron en las cárceles, así como niñas, mujeres y personas adultas mayores. Asimismo, se han documentado abortos provocados por los malos tratos infringidos por custodios a reclusas embarazadas (Cristosal, 2023).

Con las esposas, se las ponen en las manos y las cuelgan de una tela ciclón. Usted queda topando el suelo con los dedos gordos de los pies”. Durante ese castigo, la sindicalista asegura que vio que a la muchacha “le salía un montón de sangre (…) Ahí estuvo ella guindada todo el día y toda la noche. Cuando la bajaron, al siguiente día, yo le di 36 toallas porque ella había quedado mal. Yo le dije que pidiera que le hicieran un legrado, pero como no lo sacaban a uno ni a consulta, ella perdió el bebé” (Testimonio sobre tortura contra mujer en centros penales. Tomado de Azul Originario et al., 2024 p. 70).

El gobierno salvadoreño y las autoridades de justicia se han negado a explicar y dar información sobre los fallecidos dentro de los centros penales, lo que ha impedido conocer oficialmente el número de muertes bajo custodia que han podido ocurrir desde la entrada en vigor del régimen de excepción (Azul Originario et al., 2023, 2024, HRW y Cristosal, 2022; Cristosal, 2022, 2023). De acuerdo con el Movimiento de Víctimas del Régimen (MOVIR), un colectivo de familias afectadas, en la mayoría de las muertes conocidas, las familias no recibieron una notificación oficial sobre el fallecimiento de su familiar. Ninguna autoridad informó a la familia sobre las circunstancias de la muerte. La noticia de los decesos llegó generalmente a través de funerarias privadas o de redes sociales de familiares de otros internos que informan sobre fallecidos en centros asistenciales (Cristosal, 2023; Azul Originario et al., 2023, 2024).

En su mayoría, las muertes obedecen a enfermedades desarrolladas por las condiciones infrahumanas en las que han estado detenidos y ante la falta de asistencia médica, mientras que muchos otros, muestran signos de haber sido vapuleados, estrangulados, torturados, e incluso heridos con arma blanca o de fuego, según han podido documentar las organizaciones no gubernamentales. Una de las causas de muerte descrita recurrentemente en los reportes forenses, es la asfixia mecánica o por inmersión. Se trata de uno de los métodos de tortura más utilizados en El Salvador por los cuerpos de seguridad durante el conflicto armado (Cristosal, 2023).

Joven de 23 años: falleció el 18 de abril de 2022. El cadáver presentaba señales de golpes en varias partes del cuerpo, quebraduras en pies y manos, llagas en la espalda en forma alargada tipo quemadura, lo que evidencia que pudo ser víctima de tortura. El cadáver fue entregado a la familia en un ataúd cerrado. El IML determinó que se trató de “muerte súbita” (Informe Cristosal, 2023, p. 32).

El contexto de torturas y violencia extrema que parece haberse institucionalizado en las cárceles salvadoreñas bajo el régimen de excepción, junto al agravamiento de las condiciones de habitabilidad, acceso a agua, comida y atención médica, sugieren que las muertes bajo custodia podrían ser muchísimas más que las registradas por las organizaciones de derechos humanos. Debido a que las autoridades no han dispuesto de un sistema de registro y comunicación oficial accesible a los familiares sobre el lugar donde las personas se encuentran detenidas y, a la incomunicación en la que permanecen detenidos, existe el riesgo de que muchos privados de libertad hayan muerto y sus restos estén en una fosa común, sin que sus familias hayan sido informadas. En muchos casos, las personas fallecidas tenían carta de libertad de un juez, pero los directores de los centros penales se negaron a liberarlos.

La organización Socorro Jurídico Humanitario ha denunciado además con base a testimonios de personas que han sido liberadas, la existencia de fosas clandestinas en cárceles como el Centro Penal de Izalco (Vilches, 2024). La denuncia sobre ejecuciones extrajudiciales dentro de las cárceles y la presunta existencia de fosas clandestinas en prisiones ha sido presentada por un grupo de organizaciones defensoras de derechos humanos ante el relator especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias (Lemus, 2023). Organismos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha expresado su preocupación sobre los procedimientos de notificación a las familias y el manejo de los cuerpos (CIDH, 2024).

La justificación que me dieron en el penal fue que no me avisaron porque tienen a 21 mil privadas de libertad y que solo cuatro personas están gestionando toda esa información. Y que algo se tuvo que haber traspapelado para no tener información sobre los paraderos de los parientes (Familiar cuya madre detenida falleció en custodia y fue enterrada en una fosa común).

Es la necro política en su expresión más descarnada, en la que las personas muertas bajo custodia son tratadas como restos sin valor. Al ser enterrados como desconocidos, sin documentación apropiada se configura una desaparición burocrática post morten por parte del Estado. El tratamiento indigno de los cuerpos, la privación de los rituales funerarios, y del derecho a un entierro digno que les permita a las familias procesar su duelo, contraviene los estándares internacionales de derechos humanos.

En noviembre de 2023, un grupo de organizaciones de sociedad civil presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), 327 denuncias de desapariciones forzadas ocurridas bajo el estado de excepción. En todos los casos sistematizados, estas desapariciones estuvieron precedidas por detenciones ilegales y arbitrarias de policías o militares y se caracterizaron por la negación de información sobre el paradero de las personas privadas de libertad (Cristosal et al., 2024; Magaña, 2023). En este escenario, El Salvador estaría ante el retorno de la ominosa figura del detenido-desaparecido, práctica utilizada por el Estado salvadoreño durante el pasado conflicto armado para eliminar disidencias políticas.

En adición, las autoridades se niegan a brindar información sobre el paradero de las personas detenidas o a reconocer tales detenciones. Ello ocurre de forma masiva, sistemática y repetitiva lo que evidencia, al menos, que las autoridades del más alto nivel tienen conocimiento de la situación. Dicha práctica deliberada pretende generar terror y sometimiento de los familiares de las personas detenidas. En algunos casos, la negativa a dar información sobre las personas detenidas obedece a que las autoridades buscan ocultar torturas y las condiciones inhumanas en que son mantenidas en prisión).

Desde un plano jurídico, en cada caso en el que las autoridades se niegan a brindar información sobre el paradero de los detenidos, se configura una desaparición forzada. Dada la masividad de las capturas, el régimen de incomunicación en que mantienen a los detenidos y la negativa de las autoridades a informar sobre su paradero y condición física y mental, se estaría frente a una práctica masiva y sistemática de desapariciones forzadas, que podría ser constitutiva de crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de la Corte Penal Internacional.15

Si bien en la literatura sobre juvenicidio no se ha profundizado sobre una de sus formas más atroces—la desaparición forzada, el caso salvadoreño podría ser emblemático en ilustrar en el proceso juvenicida su desenlace más cruel: el borramiento material e inmaterial de miles de vidas juveniles, que en poco tiempo han sido sacados de circulación y desaparecidos de los escenarios sociales y comunitarios, y de la esfera económica, mientras languidecen en condiciones infrahumanas en los calabozos del Régimen. Se trata de docenas de miles de personas condenadas a la muerte moral y física que están siendo exterminadas mediante un juvenicidio “gota a gota” (Muñoz, 2015).

El Estado punitivo profundiza el ciclo de precarización-violencia y los procesos juvenicidas

Con el inicio del régimen de excepción, la violencia estatal hacia los residentes de comunidades de bajos recursos se agudizó. La victimización que ejercían las pandillas en forma de torturas, extorsión, violencia sexual, amenazas y otros delitos en las comunidades, es realizada hoy por las fuerzas de seguridad. Los abusos, atropellos, el acoso y la intimidación que ya sufrían las personas jóvenes en comunidades empobrecidas por parte de policías y soldados, se han generalizado y agudizado bajo el estado de excepción y ante la ausencia de instancias y jueces independientes.

Esto ha provocado que muchos adolescentes y jóvenes abandonen sus casas, sus proyectos de vida y huyan de sus comunidades a otras zonas de país, o emigren en condiciones de elevado riesgo y vulnerabilidad. Según la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el número de salvadoreños desplazados de manera forzada por violencia e inseguridad en 2022 fueron 259 395, lo que representó un aumento del 20 % respecto al año previo.16 Esta institución reporta que ese mismo año hubo 42 763 peticiones nuevas de asilo de salvadoreños en otros países, sugiriendo una tendencia incremental respecto a años anteriores (Bernal y Sandoval, 2023).

Registros de los últimos años de OSC indican que han crecido significativamente los casos de desplazamiento forzado por amenazas de fuerzas de seguridad, sustituyendo con ello al agente “pandillas”, que en el pasado provocó más del 60 % de estos éxodos. En dos años de estado de excepción organizaciones de derechos humanos documentaron 669 casos de desplazamiento forzado interno, provocados en un 76 % por agentes de la policía (Azul Originario et al., 2024, pp. 87-88).

Respecto a los diversos impactos sociales, un informe de Amnistía Internacional publicado a un año del estado de excepción señalaba: “Las organizaciones de la sociedad civil han denunciado mayor incidencia de trabajo infantil y deserción escolar entre los menores de edad de las familias afectadas; aumento del desplazamiento forzado, un alza en los casos de desintegración familiar, y una mayor carga en las labores de cuidados en las mujeres (Amnistía Internacional, 2023).

Joven de 24 años: se dedicaba a la pesca y murió en la ambulancia antes de ingresar al Hospital Nacional Zacamil. Su cuerpo presentaba una perforación que traspasaba uno de sus hombros y laceraciones en las rodillas, pero la esquela del IML determinó que murió a consecuencia de “edema pulmonar”. Mientras estuvo detenido su familia llevó paquetes alimenticos a “Mariona”, incluso, hicieron un depósito de $150.00 dólares para sus gastos. El impacto de la muerte provocó que su esposa de cinco meses de embarazo perdiera a su hijo (Testimonio de familiar de joven asesinado. Tomado de Cristosal, 2023, p. 32).

Ha sido visible la feminización de los impactos del régimen al ser las mujeres las que han asumido la búsqueda en cárceles, las que procuran insumos y apoyo legal a sus detenidos, y sobre quienes está recayendo la carga del trabajo productivo y de cuidados de las niñeces y adultos mayores que han quedado en abandono ante la detención de los que ejercían el rol de proveedores o el trabajo de cuidados (Alas, 2022; Avelar, 2023). Se estima que al menos 100 000 niñas y niños han sido afectados por la detención de algún familiar bajo el régimen de excepción (Connectas, 2023; Orellana, 2023; Urbina, 2024).

Un informe del Servicio Social Pasionista da cuenta de los gravísimos impactos psicosociales, económicos, familiares y de segregación comunitaria que enfrentan las niñeces afectadas por la detención de sus padres bajo el régimen de excepción. La vulnerabilidad e indefensión y el hambre que enfrentan muchas niñas las está obligando a prostituirse para procurar su sostenimiento y la de sus hermanitos menores.

El encarcelamiento socava las oportunidades económicas y, al debilitar los lazos familiares, despoja a las comunidades pobres de capital social. El encarcelamiento masivo es, por tanto, un componente clave en un sistema de desigualdad: una estructura social en la cual las desigualdades sociales son autosostenibles y quienes están abajo tienen pocas perspectivas de movilidad ascendente (Western, citado por De Georgi, 2015, p. 84).

La mayor precarización y desestructuración social que parece estar provocando la política de seguridad del gobierno de Nayib Bukele al enfocar su maquinaria de encarcelación masiva a sectores populares, está profundizando los factores de exclusión que durante décadas han alimentado el crimen y la violencia en El Salvador. Sin políticas de prevención social de la violencia, ni programas sociales dirigidos a grupos vulnerables y bajo un ajuste fiscal que está precarizando más la educación, la cárcel y la muerte parecen ser las únicas ofertas del gobierno salvadoreño a los jóvenes de bajos recursos. Esta situación, lejos de ofrecer soluciones sostenibles a los problemas de seguridad y desarrollo que ha enfrentado El Salvador, está ampliando los escenarios de pobreza, violencia y muerte que han nutrido el perverso círculo de exclusión-violencia.

Reflexiones finales

El fracaso de los Estados centroamericanos para proveer unos mínimos de bienestar, inclusión y alternativas legales de movilidad social para amplios segmentos de las juventudes, atribuible en buena medida al modelo neoliberal que se implantó en el período transicional, ha convertido a diversos colectivos juveniles en sujetos desechables y prescindibles para el mercado. Ante la progresiva negación de los derechos y la ampliación de la desigualdad producto de los sucesivos ajustes estructurales, países como El Salvador están avanzado en la consolidación un Estado carcelario como herramienta de contención y control social de las clases subalternas. Se trata de un proyecto necro político de Estado penal que se ha ido consolidando a lo largo de dos décadas, cuyo propósito transciende la persecución del crimen y el castigo del delincuente.

Bajo ese escenario, sectores de la población juvenil, estigmatizados por su condición socioeconómica, raza, o adscripción identitaria, han sido construidos social y políticamente como el enemigo interno al que hay que aniquilar, eficaz herramienta para movilizar el miedo colectivo, particularmente en períodos electorales. Estas adscripciones identitarias proscritas han experimentado desde las Manos Duras, un exterminio físico progresivo y un juvenicido simbólico y social, al ser marcados de por vida con el estigma de criminales-terroristas y consecuencia de ello, anulados como ciudadanos, despojados de sus derechos y deshumanizados y degradados dentro de los recintos carcelarios.

Estos procesos juvenicidas en sus distintas modalidades (crimina-lización, encarcelamiento, desaparición forzada y su aniquilamiento progresivo cárceles) y los correspondientes marcos ideológicos que han justificado durante décadas el exterminio de las pandillas, están siendo transferidos en la actualidad a amplios segmentos juveniles desfavorecidos, bajo un estado de excepción prolongado que suspende derechos y garantías ciudadanas.

Bajo este escenario, el sujeto de peligrosidad se amplía y se expande a través de figuras penales ambiguas y difusas en la que las personas de clases populares, principalmente jóvenes, son a priori presumidos culpables. Ya no se trata de controlar el crimen, ni de perseguir a las pandillas, sino de contener a la población empobrecida, estigmatizada como clase peligrosa, “en la que la conservación del orden de clase y la conservación del orden público se confunde” (Feffermann, 2015, p. 178).

El estigma de pandillero endilgado a las personas detenidas bajo el estado de excepción las despoja de sus derechos y las hace merecedoras de tratos crueles inhumanos y degradantes. En el llamado “Modelo Bukele”, la cárcel no se trata de justicia; se trata de encierro como castigo y suplicio que evoca deshumanización, tortura y muerte. Los atroces testimonios recogidos dan cuenta de ello. Bajo el régimen de excepción, las cárceles se han convertido en lugares de exterminio paulatino y desaparición forzada, en escenarios de un juvenicio gota a gota. Un dispositivo de miedo colectivo que busca además aleccionar y quebrar cualquier asomo de disidencia ante el creciente descontento ciudadano.

En este escenario, el juvenicidio físico y simbólico está alcanzando en El Salvador, niveles sin precedentes bajo el estado de excepción, principalmente a través del encarcelamiento masivo y la desaparición forzada de docenas de miles de jóvenes, que ha supuesto un borramiento masivo de sus vidas y trayectorias en las comunidades y en la sociedad. Con más de ochenta mil capturas desde la vigencia del régimen de excepción y más de cien mil personas privadas de libertad, la mayoría de ellas jóvenes, El Salvador es hoy en día el país con la tasa más alta de encarcelamiento del globo.

En ese contexto, es posible sostener retomando a Manuel Valenzuela, que un nuevo juvenicidio como crimen de Estado está ocurriendo en El Salvador. Estamos ante el borramiento físico, simbólico y social de amplios colectivos juveniles; la anulación de sus proyectos y trayectorias vitales, y el asesinato material e inmaterial de miles de jóvenes, quienes por su condición de clase son estigmatizados como pandilleros, marcados públicamente como terroristas, y acusados como enemigos del Estado.

Se trata de una estrategia necro política en la que los órganos de Estado y sus agencias de seguridad y defensa se han articulado bajo una demagogia punitiva para construir un Estado carcelario, como dispositivo de control social y modificación de la estructura social. Es una política que busca hacer desaparecer aceleradamente de la esfera pública a las “otredades”; esos grandes segmentos de población precarizados que son vistos como amenaza o estorbo porque desmontan la imagen de país próspero y seguro que el gobierno de Nayib Bukele busca promover.

En efecto, el borramiento en corto tiempo de la esfera pública de miles de vidas precarizadas mediante una feroz maquinaria de encierro masivo que puede catalogarse como un juvenicidio social, responde tanto a la necesidad del Estado de instaurar el miedo colectivo, ante el creciente descontento, como de disponer de mecanismos propagandísticos y dispositivos que faciliten la mercantización y regulación de la vida de aquellos grupos que consideran descartables. Todo ello en un contexto regional en el que las estrategias necro políticas sustentadas en la encarcelación masiva y en la administración de la muerte y en la encarcelación masiva ganan terreno y se promueven como recetas de exportación.

El impacto socioeconómico y psicosocial entre las víctimas de estos atropellos, sus familias, en el tejido social de las comunidades y en la sociedad en general, es de una dimensión aún desconocida, en una sociedad que ya estaba severamente precarizada en el plano socioeconómico, afectada en su salud mental y fracturada en su entramado social.

Material suplementario
Información adicional

Jeannette Aguilar Villamariona: Salvadoreña. Msc. en Psicología comunitaria, Universidad Centroamericana José Simeón Cañas-UCA, El Salvador, y doctoranda en Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Costa Rica. Investigadora social y exdirectora del Instituto de Opinión Pública, de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA), de El Salvador.

Información adicional

redalyc-journal-id: 152

Referencias
Aguilar, J. (2007). Los resultados contraproducentes de las políticas antipandillas. ECA: Estudios centroamericanos, 62(708), 877-890.
Aguilar, J. (2019). El impacto de las maras y pandillas en los procesos electorales en el triángulo norte centroamericano: el caso de El Salvador. En Encrucijadas de la democracia (pp. 123-153). Instituto Universitario en Democracia, Paz y Seguridad.
Alas, S. (20 de abril de 2022). Régimen de excepción ha sido doble impacto para las mujeres. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Regimen-de-excepcion-ha-sido-doble-impacto-para-las-mujeres-20220419-0077.html
Amaya, A. M. (25 de mayo de 2020). Policía de El Salvador: régimen deja inocentes en la cárcel. DW. https://www.dw.com/es/polic%C3%ADa-de-el-salvador-r%C3%A9gimen-de-excepci%C3%B3n-deja-inocentes-en-la-c%C3%A1rcel/a-61920853
Amnistía Internacional. (2023). Detrás del velo de la popularidad: Represión y regresión en materia de derechos humanos en El Salvador. https://www.amnesty.org/es/documents/amr29/7423/2023/es/
Avelar, B. (10 de junio de 2023). Madres a la fuerza: el impacto silencioso del régimen de excepción en El Salvador de Bukele. El País. https://elpais.com/internacional/2023-06-10/madres-a-la-fuerza-el-impacto-silencioso-del-regimen-de-excepcion-en-el-salvador-de-bukele.html
Azul Originario, Centro de Estudios de la Diversidad Sexual y Genérica, Cristosal, FESPAD, Idhuca, Red Salvadoreña de Defensoras de Derechos Humanos y Servicio Social Pasionista. (2023). Informe anual sobre violaciones a derechos humanos durante el estado de excepción en El Salvador. https://sspas.org.sv/sspas/wp-content/uploads/2023/04/SSPAS.-Informe-regimen-de-excepcion.pdf
Azul Originario, Centro de Estudios de la Diversidad Sexual y Genérica, Cristosal, FESPAD, Idhuca, Red Salvadoreña de Defensoras de Derechos Humanos y Servicio Social Pasionista. (2024). El modelo Bukele: seguridad sin derechos humanos. El Salvador a dos años de régimen de excepción. https://sspas.org.sv/sspas/wp-content/uploads/2024/05/Informe-regimen-de-excepcion-2024.pdf
Banco Central de Reserva. (2024). Informe de resultados VII Censo de Población y VI de Vivienda 2024. https://censo2024.bcr.gob.sv/wp-content/uploads/tablas-geoportal/informe-resultados-censo-poblacion-vivienda-el-salvador-2024.pdf?download=1
Banco Mundial. (2006). Crimen y violencia en Centroamérica. Un desafío para el desarrollo. Banco Mundial.
Bonvillani, A. (2022). Juvenicidio: un concepto parido por el dolor. Reflexiones desde una revisión bibliográfica. Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud, 20(3), 1-26. https://dx.doi.org/10.11600/rlcsnj.20.3.5548
Bernal, D. y Sandoval, W. (15 de junio de 2023). 58 637 salvadoreño obtuvieron refugio a nivel internacional por inseguridad. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/58637-salvadorenos-obtuvieron-refugio-a-nivel-internacional-en-2022-por-inseguridad-20230614-0090.html
Bernal, D. (8 de octubre de 2024). Socorro Jurídico ya tiene registro de 317 muertes en penales durante régimen de excepción. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Socorro-Juridico-ya-tiene-registro-de-317-muertes-en-penales-durante-regimen-de-excepcion-20241008-0088.html
Callamard, Agnes. (2018). “Declaración final de la misión El Salvador”, OACNUDH, Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas.https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22634&LangID=S
CEM-H, COIPRODEN y CPTRT. (2006). Informe presentado al Comité de Derechos Humanos. Octubre de 2006. 88 período de sesiones. https://www.corteidh.or.cr/tablas/29034.pdf
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2024). El Salvador: Estado de excepción y derechos humanos. https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/2024/Informe_EstadoExcepcionDDHH_ElSalvador.pdf
Comisión de la Verdad. (1992). De la locura a la esperanza. La guerra de 12 años en El Salvador. Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador. https://digitallibrary.un.org/record/183599?ln=es#record-files-collapse-header
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. (1994). Los Hechos hablan por sí mismos. https://www.dhnet.org.br/verdade/mundo/honduras/tnm_honduras_los_hechos_hablan_por_si_mismos.pdf
Comisión para el Esclarecimiento Histórico. (1999). Guatemala, memoria del silencio. Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas. https://www.undp.org/es/guatemala/publicaciones/guatemala-memoria-del-silencio
Conabúsqueda. (2020). La Desaparición Forzada en el Contexto del Conflicto Armado de El Salvador Una primera aproximación al fenómeno. CONABÚSQUEDA. https://arpas.org.sv/wp-content/uploads/2020/08/Documento-Informe-Oficial_FINAL-190820-1.pdf
Connectas. (2023). Los huérfanos del régimen de excepción. El Diario de Hoy y Connectas. https://www.connectas.org/especiales/huerfanos-del-regimen/articulo-huerfanos-del-regimen.html
Cristosal. (2023). Un año bajo el régimen de excepción: una medida permanente de represión y de violaciones a los derechos humanos.https://cristosal.org/ES/wp-content/uploads/2023/07/Informe-1-ano-regimen-de-excepcion_digital.pdf
Cristosal, FESPAD, DPLF, Idhuca, ORMUSA y SSPAS. (2024). Informe de organizaciones de sociedad civil de El Salvador al Grupo de Trabajo de Naciones Unidas (WGEID) sobre desapariciones forzadas o involuntarias. https://www.dplf.org/sites/default/files/informe_al_grupo_de_trabajo_de_onu_sobre_desapariciones_forzadas_e_involuntarias_wgeid_sobre_el_salvador.pdf
Cruz, J. M. (2007). El barrio transnacional: las maras centroamericanas como red. En F. Pisani, N. Saltalamacchia, A. Tickner y N. Barnes (Eds.), Redes transnacionales en la Cuenca de los Huracanes (pp. 357-381). Miguel Angel Porrúa.
De Giorgi, A. (2015). Cinco tesis sobre el encarcelamiento masivo. Nova Criminis, 10, 69-111.
Embajada de Estados Unidos en El Salvador. (2024). El Salvador Reporte sobre la Trata de Personas 2024. https://sv.usembassy.gov/es/official-reports/tip-2024/#small-call-out-carousel
DIGESTYC. (2020). Encuesta de hogares de propósitos múltiples 2020. https://www.bcr.gob.sv/documental/Inicio/busqueda/135
EFE. (11 de junio de 2024). Las muertes de detenidos durante el régimen de excepción en El Salvador superan las 300. EFE. https://efe.com/mundo/2024-06-11/el-salvador-muertes-de-detenidos-en-excepcion-superan-las-300/
EFE. (6 de junio de 2014). “Cadena perpetua” para Erwin Sperisen en Suiza. EFE. https://www.plazapublica.com.gt/content/cadena-perpetua-para-erwin-sperisen-en-suiza
Feffermann, M. (2015). Genocidio de la Juventud Negra: deconstruyendo mitos. En J. M. Valenzuela (Coord.), Juvenicidio: Ayotzinapa y las vidas precarias en América Latina y España (pp. 165-196). NED Ediciones.
Flores, R. (5 de septiembre de 2020). Fiscalía investiga negociación entre Gobierno y MS-13. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Fiscalia-investiga-negociacion-entre-Gobierno-y-MS-13-20200904-0100.html
Fundaungo. (2017). Evolución de los homicidios en el triángulo norte de Centroamérica, 2009-2016. Aportes al debate sobre seguridad ciudadana. https://www.fundaungo.org.sv/products/evolucion-de-los-homicidios-en-el-triangulo-norte-de-centroamerica-2009-2016--2/455
Hurtado, P., Claros, R. y Molina, J. (26 de marzo de 2024). El régimen de excepción también impacta a la comunidad LGBTI, a dos años de su implementación. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/El-regimen-de-excepcion-tambien-impacta-a-la-comunidad-LGBTI-a-dos-anos-de-su-implementacion-20240326-0067.html
Hernández Bringas, H. (2022). Homicidios en América Latina y el Caribe: magnitud y factores asociados. Notas de Población, 113, 119-144. https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/697cad82-e48a-462d-8c38-b3be76914106/content
HRW y Cristosal. (2022). “Podemos detener a quien queramos”. Violaciones generalizadas de derechos humanos durante el régimen de excepción en El Salvador.https://www.hrw.org/es/report/2022/12/07/podemos-detener-quien-queramos/violaciones-generalizadas-de-derechos-humanos
HRW. (2022). El Salvador: Evidencias de graves abusos durante el régimen de excepción. Detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas de corta duración y muertes bajo custodia. https://www.hrw.org/es/news/2022/05/02/el-salvador-evidencias-de-graves-abusos-durante-el-regimen-de-excepcion
HRW. (27 de enero de 2023). El Salvador: Filtración de base de datos apunta a abusos a gran escala. Human Rights Watch. https://www.hrw.org/es/news/2023/01/27/el-salvador-filtracion-de-base-de-datos-apunta-abusos-gran-escala
HRW. (2024). Su hijo no existe aquí. Violaciones de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes durante el régimen de excepción en El Salvador. https://www.hrw.org/es/report/2024/07/16/su-hijo-no-existe-aqui/violaciones-de-derechos-humanos-de-ninos-ninas-y
Lemus, L. (12 de abril de 2023). Organizaciones advierten a ONU sobre presuntas fosas clandestinas en cárceles. El Salvador.comhttps://www.elsalvador.com/noticias/nacional/organizaciones-advierten-onu-fosas-clandestinas-carcles/1053791/2023/
Magaña, Y. (12 de noviembre de 2023). El Salvador: organizaciones y gobierno discuten ante CIDH sobre desapariciones forzadas en excepción. AP. https://apnews.com/world-news/general-news-62040be8780ce1c1bafcb588ca0d6ebb
Martínez, O, Cáceres, G. y Martínez, O. (23 de agosto de 2021). Gobierno de Bukele negoció con las tres pandillas e intentó esconder la evidencia. El Faro. https://elfaro.net/es/202108/el_salvador/0000025668-gobierno-de-bukele-negocio-con-las-tres-pandillas-e-intento-esconder-la-evidencia
Muñoz, G. y Feixa, C. (2022). Presentación: Juvenicidios: una mirada global. Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud, 20(3),
Muñoz, G. (2015). Juvenicidio en Colombia: crímenes de Estado y prácticas socialmente aceptables. En J. M. Valenzuela (Coord.), Juvenicidio: Ayotzinapa y las vidas precarias en América Latina y España (pp. 131-164). NED Ediciones.
Nateras, A. (2015). El aniquilamiento identitario infanto-juvenil en Centroamérica: el caso de la Mara Salvatrucha (MS-13) y la pandilla del Barrio 18 (B-18). En J. M. Valenzuela (Coord.), Juvenicidio: Ayotzinapa y las vidas precarias en América Latina y España (pp. 99-130). NED Ediciones.
OACNUDH. (2023). Informe sobre la situación de los derechos humanos en Honduras. A/HRC/55/22. Naciones Unidas.
Orellana, J. (1 de octubre de 2023). Régimen de excepción deja en abandono y lastima a la niñez salvadoreña. El Salvador.comhttps://www.elsalvador.com/noticias/nacional/estado-de-excepcion-regimen-gabriela-bukele-ninos-dia-del-nino-el-salvador-ninez/1093618/2023/
PDDH. (2019). Informe especial sobre las ejecuciones extralegales atribuidas a la Policía Nacional Civil en El Salvador, período 2014-2018. Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.
Pérez, I. (7 de febrero de 2024). Un año de estado de excepción en Honduras, ¿inspirado en el modelo Bukele? Plaza Pública. https://www.plazapublica.com.gt/centroamerica/reportaje/un-ano-de-estado-de-excepcion-en-honduras-inspirado-en-el-modelo-bukele
PNUD. (2007). Informe estadístico de la violencia en Guatemala. Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia del PNUD Guatemala.
Policía Nacional Civil [@PNC]. (14 de febrero de 2023). El policía es un juez de la calle que tiene criterios para poder detener, identificar e individualizar a cualquier persona” @Director_PNC https://x.com/PNCSV/status/1625592644662444032?lang=es
Portillo, D. (2 de septiembre de 2023). Juventud no tendrá representación en Dirección de Integración. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Juventud-no-tendra-representacion-en-Direccion-de-Integracion-20230901-0095.html
Prison Insider. (2021). El Salvador. Ficha de país. https://www.prison-insider.com/es/fichapais/el-salvador-2021?s=vue-d- ensemble#129824
Pineda, S. y EFE. (28 de febrero de 2023). Bukele y las pandillas: informe de la fiscalía de Nueva York revelaría cómo dos funcionarios de El Salvador pactaron con la MS-13Bukele y las pandillas. Prensa Libre. https://www.prensalibre.com/internacional/bukele-y-las-pandillas-informe-de-la-fiscalia-de-nueva-york-revelaria-como-dos-funcionarios-de-el-salvador-pactaron-con-la-ms-13/
Reguillo, R. (2015). La turbulencia en el paisaje: de jóvenes, necropolítica y 43 esperanzas. En J. M. Valenzuela (Coord.), Juvenicidio: Ayotzinapa y las vidas precarias en América Latina y España (pp. 59-78). NED Ediciones.
Samayoa, C. V. (2011). Ejecuciones Extrajudiciales de Jóvenes Estigmatizados en Centroamérica: Estudio de Situación de Guatemala, El Salvador y Honduras, 2009. COFADEH, IECCP, FESPAD.
Urbina, J. (14 de junio de 2022). Régimen de excepción duplicó la población carcelaria. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Regimen-de-excepcion-duplicola-poblacion-carcelaria-20220613-0067.html
Urbina, J. (1 de febrero de 2024). 100,000 menores de edad han sido afectados por el régimen de excepción. La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/100000-menores-de-edad-han-sido-afectados-por-el-regimen-de-excepcion-20240131-0075.html
Valenzuela, J. M. (2015). Remolinos de viento: juvenicidio e identidades desacreditadas. En Juvenicidio: Ayotzinapa y las vidas precarias en América Latina y España (pp. 15-58). NED Ediciones.
Valenzuela, J. M. (Coord.). (2015). Juvenicidio: Ayotzinapa y las vidas precarias en América Latina y España. NED Ediciones.
Valenzuela, J. M. (2017). Ayotzinapa: juvenicidio, necropolítica y precarización. En M. Moraña y J. M. Valenzuela, Precariedades, exclusiones y emergencias. Necropolítica y sociedad civil en América Latina (pp. 37-52). Gedisa.
Valenzuela, J. M. (2019). Trazos de sangre y fuego: bio necro política y juvenicidio en América Latina. Editorial UCR.
Vilches, A. (15 de octubre de 2024). Socorro Jurídico denuncia fosa clandestina en centro penal de Izalco. Diario Co Latino. https://www.diariocolatino.com/socorro-juridico-denuncia-fosa-clandestina-en-centro-penal-de-izalco/
Notas
Notas
1 Si bien se tomará como base la definición de persona joven establecida por Naciones Unidas que contempla a personas entre 15 y 24 años, no siempre se disponen de estadísticas oficiales desagregadas bajo ese rango etario.
2 Para un análisis del comportamiento histórico de los registros oficiales de muertes violentas véase en el caso de El Salvador: Anuarios del Instituto de Medicina Legal, de la Corte Suprema de Justicia. Los registros oficiales de homicidios y otros delitos fueron puestos en reserva por el gobierno de Nayib Bukele desde 2022 por lo que ya no es posible acceder mediante solicitudes de acceso a información pública, ni a través de sitios oficiales a registros completos y desagregados de muertes violentas como en el pasado, lo que impide contrastar y verificar los resultados que en materia de seguridad publica el gobierno. En el caso de Honduras véase los boletines nacionales anuales que publica el Observatorio de la Violencia del Instituto Universitario en Democracia, Paz y Seguridad (IUDPAS), de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. https://iudpas.unah.edu.hn/areas/observatorio-de-la-violencia/boletines-del-observatorio-2/boletines-nacionales/; y en el caso de Guatemala, no ha existido una práctica gubernamental de publicar en sitios oficiales información estadística de incidencia delincuencial. Véase para estos años UNData: http://data.un.org/DocumentData.aspx?q=homicide&id=432 y Fundaungo (2017): Evolución de los homicidios en el triángulo norte de Centroamérica, 2009-2016: https://www.fundaungo.org.sv/products/evolucion-de-los-homicidios-en-el-triangulo-norte-de-centroamerica-2009-2016--2/455
3 Este artículo fue preparado en el marco del Programa Publicare, durante una estancia como profesora-investigadora invitada en la Universidad de Costa Rica.
4 El genocidio está referido a la eliminación sistemática de un grupo por motivo de raza, etnia, religión, política o nacionalidad (Valenzuela, 2019).
5 En Honduras se impulsó en 2002 el Plan Libertad Azul, bajo la administración de Ricardo Maduro; en El Salvador, se lanzaron entre 2003 y 2006 los planes Mano Dura y Súper Mano Dura, durante los gobiernos de Francisco Flores y Antonio Saca respectivamente, mientras que, en Guatemala, se impulsó el Plan Escoba durante la administración del gobierno de Alfonso Portillo, a partir de agosto de 2003.
6 El entonces secretario de gobernabilidad Hato Hasbún durante el lanzamiento público de estas unidades élites, se refirió a ellas como “Batallones de limpieza”.
7 Datos de la DGCP indicaban que la población privada de libertad diagnosticada con TBC aumentó en un 339 % entre 2014 y 2016, al pasar de 96 a 422 casos en el contexto de las Medidas Extraordinarias de Seguridad en cárceles.
8 A partir de la quinta prórroga al estado de Excepción no se incluyó la suspensión de los derechos de reunión y asociación.
9 La Constitución de la República de El Salvador establece en su Art. 30 que “el plazo máximo suspensión de las garantías constitucionales no excederá de 30 días. Transcurrido este plazo podrá prolongarse la suspensión por igual período y mediante nuevo decreto, si continúan las circunstancias que la motivaron. La suspensión de garantías constitucionales solo puede justificarse bajo circunstancias de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad general, o de graves perturbaciones del orden público (Art. 29). Tales circunstancias son inexistentes en El Salvador, por lo que su prorroga continua desde marzo de 2022 tiene visos de inconstitucionalidad.
10 A menos de un mes de la entrada en vigor del régimen de excepción, el Movimiento de Trabajadores de la Policía Nacional Civil había recibido al menos 15 denuncias de agentes policiales que aseguraban se les estaba imponiendo cuotas diarias de capturas a cada patrulla, incluso en lugares donde no había presencia de pandillas. Ello ha obligado a los policías a detener arbitrariamente a cualquier persona, principalmente jóvenes pobres y personas en situación de vulnerabilidad social como indigentes, personas con discapacidades físicas o cognitivas (BBC News Mundo, 22 de abril de 2022).
11 Los registros de la población penitenciaria fueron categorizados en el universo poblacional del Censo de Población como “registros administrativos” y extraídos de los conglomerados departamentales de población publicados.
12 Este cálculo se ha realizado utilizando los datos poblacionales más recientes del VII Censo de Población y VI de Vivienda 2024 que indica que la población salvadoreña residente en el territorio nacional asciende a 6 029 976 personas.
13 Un reciente informe del Word Prison Brief (2024) ubica a El Salvador como el país con la tasa de personas privadas de libertad más alta del mundo, con 1659 presos por cada 100 000 habs. Sin embargo, la estimación se realizó con base a los datos censales de 2007 y no con los del Censo 2024, cuya población se ha reducido a 6 029 976, por lo que esta tasa sería superior.
14 Al tomar como base los datos del Censo de Población y Vivienda 2024, en el que los hombres alcanzan los 2 848 533, la población masculina recluida en una cárcel o bartolina (91 112) a finales de 2023 representan el 3.3 % de este segmento poblacional a nivel nacional.
15 Diferentes organizaciones nacionales que han documentado miles de graves casos de violaciones a los derechos humanos ya han comenzado a activar mecanismos de justicia universal y a señalar la posible configuración de delitos de lesa humanidad.
16 Estas cifras incluyen los que ya tienen estatus de refugiado, los solicitantes de asilo y los desplazados internos.

Figura 1
Total de personas detenidas en el régimen de excepción (marzo 2022-diciembre 2023)
Nota. Datos del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública publicados en CIDH (2024).

Figura 2
Población penitenciaria en El Salvador, período 2000-2023
Nota. DGCP (2000-2022) y BCR (2024).
Buscar:
Contexto
Descargar
Todas
Imágenes
Visor de artículos científicos generados a partir de XML-JATS por Redalyc