TEMA CENTRAL
Transformaciones del trabajo social costarricense a partir de la inteligencia artificial1
Transformations of Costa Rican Social Work through Artificial Intelligence
Transformaciones del trabajo social costarricense a partir de la inteligencia artificial1
Revista de Ciencias Sociales (Cr), vol. I, núm. 187, pp. 61-81, 2025
Universidad de Costa Rica
Recepción: 20 Enero 2025
Aprobación: 04 Junio 2025
Resumen: La política social asistencial costarricense cambió a partir de la implementación del Sistema Nacional de Registro Único de Beneficiarios del Estado, un sistema que no solo reproduce la lógica de focalización y hace uso de la Inteligencia Artificial para la selección de la población, sino que impacta los procesos de trabajo de profesionales históricamente insertos en dichos espacios socio-ocupacionales. Ante este escenario, el artículo analiza el impacto de dicho sistema en el rol de Trabajo Social dentro de los programas de carácter asistencial a partir del año 2017.
Palabras clave: competencia profesional, política social, algoritmo, pobreza, subsidio.
Abstract: Costa Rican social welfare policy changed with the implementation of the “Sistema Nacional de Registro Único de Beneficiarios del Estado”, a system that not only reproduces the logic of targeting and uses Artificial Intelligence for population selection, but also impacts the work processes of professionals historically embedded in these socio-occupational spaces. Given this scenario, this article analyzes the impact of this system on the role of Social Work within welfare programs since 2017.
Keywords: occupational qualifications, welfare policy, algorithme, poverty, grants.
1. Introducción
El Estado costarricense marcó un nuevo rumbo en la política social de carácter asistencial a partir de la aprobación de la Ley No. 9137 que refiere a la creación del Sistema Nacional de Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE) en el año 2013 y la priorización de su uso para la atención de la pobreza según la Directriz N° 060-MTSS-MDHIS en el 2019.
Bajo esta línea, la consolidación del sistema se diferencia de otras transformaciones de la política social asistencial2 al hacer uso de la Inteligencia Artificial (IA) como parte de los mecanismos de focalización de la población objetivo —entre los que se encuentran los Programas Sociales Selectivos— (Cascante y Castro, 2024). Dichos Programas Sociales Selectivos en Costa Rica son financiados principalmente con recursos provenientes del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF)3y cuentan con funciones de asistencia y promoción social (Barahona et al., 2015); sin embargo, existen otros programas sociales con características similares que ostentan otras fuentes de financiamiento.
Al ser la política social la forma en la que el Estado busca hacer frente a la llamada cuestión social (Fallas, 2023), los cambios que se efectúen en esta —entre las cuales se encuentra el SINIRUBE— repercuten tanto en el acceso de la población como en los procesos de trabajo, competencias y atribuciones históricamente asignadas a la profesión, al ser el espacio predominante para la intervención de Trabajo Social.
Por ello, el presente artículo se planteó como interrogante principal: ¿De qué manera impacta la implementación del SINIRUBE en el rol de Trabajo Social dentro de los programas de carácter asistencial, específicamente en los desarrollados en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)? Instituciones que cuentan con un convenio vigente desde el año 2017 (Álvarez, 2021).
En aras de dar respuesta al problema de investigación se planteó como objetivo general el discutir el impacto del SINIRUBE en el rol de Trabajo Social dentro del Programa de Apoyos Económicos del INA y Régimen No Contributivo (RNC) de la CCSS a partir de su formalización en el año 2017.
La importancia del tema propuesto radica no solo en comprender las configuraciones en el rol de Trabajo Social, sino en ubicarlas dentro de las potenciales expresiones de desprofesionalización resultado de la tecnificación de los procesos de trabajo; una antesala necesaria para la defensa del ejercicio colectivo profesional.
2. Estado de la cuestión
Con el fin de comprender la discusión asociada con la política social asistencial y la tecnificación de los procesos de trabajo, se llevó a cabo una revisión de antecedentes investigativos en repositorios y bases de datos de acceso público publicados principalmente a partir del año 2010, año en que según Cascante y Castro (2024) se presentó en corriente legislativa el proyecto de Ley del SINIRUBE.
En el ámbito internacional —sobre todo a nivel suramericano— investigaciones como las desarrolladas por Ambort (2016), Biaggio y Verón (2010), De Morales y Migoto (2012), Eroles, (2019), Lijterman (2016), Mario (2017, 2019), Morales (2011), Pereira y Dos Santos (2017) y Santarém (2012), tienden a exponer la materialización de determinadas políticas asistenciales en programas institucionalizados por el Estado, la reproducción de mecanismos de focalización y condicionalidad, y el rol de Trabajo Social en espacios específicos a partir de la elaboración del informe social.
En Costa Rica, se reconoce el aporte de Vásquez (2014), quien refiere que la asistencia social es comprendida principalmente a partir de dos perspectivas: como resultado histórico de la lucha de clases subalternas y como un conjunto de prácticas directas o indirectas del aparato estatal, con el aparente objetivo de compensar la exclusión de las clases trabajadoras; dicho posicionamiento es concordante con lo mencionado por Monge y Zamora (2019), quienes reconocen que al instrumentalizarse la política social asistencial, el Estado demanda profesionales —entre las que destacan en Trabajo Social— que operen de forma racional diversas manifestaciones de la cuestión social.
Al vincular la tecnificación de los procesos de trabajo con Trabajo Social, investigaciones como las desarrolladas por Guillén y Ramos (1999) destacan como la llegada de la denominada “sociedad de la información” se constituyó en un desafío de la profesión para dar nuevas respuestas a las mismas preguntas planteadas regularmente para hacer frente a las desigualdades sociales, destacando —al igual que lo han mencionado autores como Dos Santos (2010)— que el reto se encuentra no en la denominación positiva o negativa per se de la tecnología, sino en las maneras en que se usa y se deja de usar en un contexto histórico en el que inevitablemente se encuentra presente en la diversidad de relaciones sociales que se construyen. Por lo tanto, destacan como riesgo la despersonalización de la atención brindada a la población usuaria.
Más recientemente, Alonso (2016) menciona que el entendimiento del uso y relevancia de las herramientas tecnológicas no solo es un reflejo del cambio generacional y la apertura que existe hacia estas, sino también del remplazo de tareas, la mejora de procesos y la innovación. Las reflexiones respecto al uso de la tecnología en la intervención social arrojan su necesidad cuando mejora la funcionalidad, usabilidad, facilidad de mantenimiento, flexibilidad en los servicios y genera un costo más reducido, como elementos no solo operativos sino también desde la ética de la profesión.
En palabras de Fernández (2019), la misma intervención del Trabajo Social demanda que la comprensión del funcionamiento de las tecnologías y su impacto individual y colectivo, prestando especial interés en si su función puede ser una causa o una consecuencia de los objetos de intervención o una herramienta útil para solucionar o mitigar los mismos.
Los antecedentes a nivel nacional destacan como la tecnificación de los procesos de trabajo inició desde la década de los años noventa con el Sistema de Información de Población Objetivo (SIPO) del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) (Araya, 2010; Conejo, 2013; Corrales et al., 2018; López, 2005; Monge, 2022; Monge y Rivera, 2005; Oviedo, 2009; Rojas, 2011); mientras que en el RNC de la CCSS predominó el uso de mediciones basadas en la Línea de Pobreza y Línea de Pobreza Ampliada (Ballestero y Camacho, 2005; Bolaños y Cascante, 2023a, Campos, 2015).
A partir de lo expuesto, es posible notar que el estudio del rol del Trabajo Social en la asistencia social ha sido efectuado por diversos autores y autoras, quienes exponen que la implementación de la tecnología y más específicamente de los llamados sistemas de información ha llegado a configurar la participación, competencias y atribuciones de la profesión, así como el acceso de la población a los programas que se enmarcan dentro de dicha política social. No obstante, la producción de conocimiento asociada con el impacto del SINIRUBE en Costa Rica es reducida; ya que únicamente se cuenta con el aporte de Cascante y Castro (2024) –de autoría propia– que reconstruyen la historia del sistema.
3. Referente teórico
La comprensión teórico-metodológica del tema en estudio se ubica dentro de la triada compuesta por las categorías Estado, Política Social y Trabajo Social4; en articulación con lo discutido, la comprensión de los sistemas de información se ubica tanto en la particularidad de la política social de carácter asistencial, escenario en el que el Estado instrumentaliza y le permite a la profesión de Trabajo Social reproducirse, como en las tendencias del llamado capitalismo de la vigilancia.
A grandes rasgos, el Estado, según Poulantzas (1977), es una forma de organización de las clases dominantes que representa el interés político del bloque al poder; asimismo, es una condensación material entre de fuerzas y fracciones de clase, que en su contradicción emanan políticas para su funcionamiento. En este sentido:
[…] captar el Estado como condensación material de una relación de fuerzas, significa que hay que captarlo también como un campo y un proceso estratégicos, donde se entrelazan nudos y redes de poder, que se articulan y presentan, a la vez, contradicciones y desfases entre sí (Poulantzas, 1977, p.163).
Bajo su rol regulador de las relaciones sociales, el Estado cumple una función social en tres planos: el económico, el político y el ideológico (Fallas, 2021); en cuyo caso interesa como a nivel político el Estado legitima determinadas formas de institucionalidad democrática que responden a sus intereses, mientras que a nivel ideológico incorpora determinados intereses de sectores subalternos y de la clase trabajadora, para convertirlos en políticas y programas.
En este contexto, la política social refiere a una forma de operacionalización de las demandas aceptadas en la agenda pública y la materialización de intereses del Estado; la cual, responde a un conjunto de prácticas —en materia de atención y promoción— que el Estado desarrolla de forma directa o indirecta con el supuesto objetivo de compensar la exclusión de las clases subalternas con una doble estrategia:
[…] lo asistencial como mecanismo de estabilización de las relaciones sociales es la óptica de la acción estatal, y como forma concreta de acceso a recursos, servicios y a un espacio de reconocimiento de sus derechos y de su ciudadanía social, es contrapartida lo que buscan los excluidos y los subalternos (Yazbek, 2004, p.137).
Dentro de la política social asistencial Bolaños y Cascante (2023b) destacan dos categorías centrales: la focalización y la condicionalidad, las cuales forman parte de los procesos de trabajo de la profesión. En primer lugar:
La focalización se comprende como la tendencia que tienen los programas de asistencia social de dirigirse a personas en condiciones críticas de pobreza, según los métodos de medición que se establezcan en cada país y que priorizan variables de orden económico y de ingreso familiar, las cuales excluyen particularidades esenciales de otros sectores (Bolaños y Cascante, 2023b, p.12).
Es decir, la focalización se presenta de manera a priori dentro de la misma lógica meritocrática del Estado que fomenta alcanzar “al más pobre de los pobres”. Por su parte, la condicionalidad se presenta a posteriori —una vez que la población ha logrado acceder— como una responsabilidad compartida o un cambio conductual, en la que las personas deben de cumplir determinados compromisos “[…] que le permite a los entes estatales verificar que las personas no se alejen de los márgenes establecidos para el grupo focalizado” (Bolaños y Cascante, 2023b, p.13).
Una de las principales configuraciones de la política social asistencial deviene en las llamadas transferencias monetarias5, las cuales “[…] reproducen la relación social del dinero, pero su adquisición no es producto de la venta y compra de la fuerza de trabajo para la obtención de un salario, sino de la asistencia reflejada en un monto económico determinado” (Bolaños y Cascante, 2023b, p.9).
Bajo este marco general de entendimiento se encuentra Trabajo Social, profesión que en la división social y técnica del trabajo ubica a la política social como su campo de reproducción histórica (Fallas, 2023), totalidad constituida de múltiples dimensiones dentro de las cuales interesa destacar la técnico-operativa. Dicha dimensión refiere a la articulación de instrumentos y técnicas para operacionalizar la acción profesional, la cual lejos de reducirse a la recopilación de información llega a enriquecer el quehacer profesional cuando —bajo los límites de la autonomía relativa— se descubre, construye y de-construye las interrelaciones que subyacen a nivel societal (Aguiar y Méndez, 2016).
No obstante, lo expuesto es insuficiente para entender el impacto de los sistemas de información en el Trabajo Social si no se enmarca en un entendimiento global, en el que ha emergido el denominado capitalismo de la vigilancia: “[…] una lógica que impregna la tecnología y que la pone en acción. El capitalismo de la vigilancia es una forma de mercado que resulta inimaginable fuera del medio ambiente digital” (Zuboff, 2020, p.30).
En palabras de la autora, la sociedad se encuentra viviendo una versión del capitalismo en que libertad e ignorancia van estrictamente de la mano; si bien, Zuboff (2020) refiere a una connotación del libre mercado que busca sacar ventaja del conocimiento para expandir su libertad —a partir de grandes empresas que existen actualmente—, destaca la desposesión de la vida humana en la que ya no solo se visualizan como consumidoras sino como fuente de materia prima gratuita que se traducen en datos de comportamiento.
Dicha desposesión de la vida humana y traducción de datos a los que se hace mención se comprenden de manera instrumentalizada en un nivel político e ideológico dentro de la lógica estatal —según lo explicado por Fallas (2021)— para el análisis de los sistemas de información social, ya que de alguna manera se busca la modificación conductual y adiestramiento de las personas profesionales que alimentan o hacen uso del SINIRUBE como parte de sus procesos de trabajo; así como de las personas usuarias que quedan a expensas del conocimiento decisorio a partir de los datos con los que cuente el sistema:
El capitalismo de la vigilancia actúa por medio de unas asimetrías de conocimiento sin precedentes, y del poder que se acumula con ese conocimiento. Los capitalistas de la vigilancia lo saben todo sobre nosotros, pero sus actividades están diseñadas como lo están para que no pueden ser conocidas por nosotros. Acumulan montañas ingentes de nuevos conocimientos extraídos de nosotros, pero no para nosotros. Predicen nuestros futuros para el beneficio de otros, no para el nuestro (Zuboff, 2020, p.25).
En su reproducción, el capitalismo de la vigilancia hace uso de diferentes formas de tecnología, entre las que se encuentran las plataformas y los algoritmos, una forma intrínseca de la vida diaria y representación de poder por sus capacidades computacionales para trabajar con datos, crear infraestructuras similares a “cajas negras” y al agregar nuevas formas de inequidad para la sociedad (Siles, 2023).
4. Metodología
La investigación desarrollada se caracterizó por ser un estudio de tipo exploratorio-descriptivo. Baptista et al. (2014) reconocen que el carácter exploratorio deviene de la necesidad de profundizar un tema poco estudiado y el carácter descriptivo refiere a la forma en que se detallará cómo es y cómo se manifiesta el objeto de investigación.
Como parte del planteamiento metodológico, el estudio dispuso de cuatro categorías centrales con sus respectivas sub-categorías, tal como se muestra en la tabla 1:

Categorías y sub-categorías de análisis
Fuente: Elaboración propia a partir de la revisión teórica y de antecedentesLa investigación involucró el desarrollo de tres fases fundamentales: una fase de recopilación de información a partir de fuentes primarias y secundarias de información; una fase de procesamiento y análisis de información; y una fase para la síntesis y organización de los hallazgos expuestos.
Fuentes primarias: profesionales en Trabajo Social que al momento del estudio laboraban en el INA, RNC de la CCSS, SINIRUBE y Departamento de Trabajo Social y Psicología del Poder Judicial.
Fuentes secundarias: producción bibliográfica documental y producción bibliográfica institucional. Interesó,sobre todo, los informes elaborados por la CGR, Memorias de las instituciones que conforman los Programas Sociales Selectivos investigados, FODESAF, Planes de Nacionales de Desarrollo, Defensoría de los Habitantes, entre otros.
Las actividades planteadas dispusieron de una serie de técnicas e instrumentos, sintetizadas en revisión documental y entrevistas.
Como parte del acercamiento al objeto de estudio, durante los meses de octubre a diciembre del 2023 y en octubre del 2024 fueron entrevistadas quince personas profesionales; tres de las cuales correspondieron a trabajadoras sociales vinculadas con el SINIRUBE, seis de la CCSS, cinco del INA y una del Poder Judicial. En aras de resguardar su privacidad y no poner en riesgo su labor profesional resultado de la opinión recabada, los datos obtenidos son expuestos de manera anónima en la tabla 2:

Fuentes primarias de la investigación, 2023-2024
Fuente: Elaboración propia a partir de las personas entrevistadas.A pesar de que se intentó entablar comunicación con otras nueve personas consideradas relevantes para la investigación, no fue posible efectuar una entrevista por falta de respuesta o disponibilidad en sus agendas.
La información fue procesada por medio de matrices Excel y posteriormente incorporada en el presente informe con apoyo durante el año 2023 del estudiante Bach. Kendall Fabricio Castro Salas.
5. Resultados
A continuación, se exponen los principales resultados y discusión de los hallazgos de la investigación.
5.1. Trabajo Social en el RCN: pérdida de autonomía y la tecnificación de los procesos de trabajo
En noviembre del año 2023, el Seguro de Pensiones de la CCSS contaba con 60 personas profesionales en Trabajo Social (Persona 5, comunicación personal, noviembre 2023) distribuidas en las 77 sucursales y agencias distribuidas a lo largo del país (Dirección de Comunicación Organizacional, 2023). En general, el colectivo profesional ha centrado históricamente sus funciones en procesos relacionados con el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y el RNC de pensiones, a través de la elaboración de Informes Sociales, charlas de apoyo, prestaciones sociales, labores en comisiones, supervisión y coordinación, entre otros aspectos (Campos, 2015).
Los procesos de trabajo efectuados por Trabajo Social previo y posterior a la implementación del SINIRUBE se posicionan en tres momentos (año 2012, 2017 y 2020), centrados principalmente en los cambios del art. 3. Requisitos para tener por cumplido el estado de necesidad de amparo económico inmediato del Reglamento del RNC efectuadas por la Junta Directiva de la CCSS.
Durante el año 2017, la Junta Directiva de la CCSS discutió la modificación de los artículos 3º, 8º, 17º y 18º del Reglamento del Programa de RNC. En la sesión Nº 8905 fue planteada la propuesta de mejora por la Dirección Administración de Pensiones bajo argumentos asociados con: la tenencia de bienes muebles o inmuebles, la documentación solicitada para las personas adultas mayores extranjeras y la necesidad de valorar las redes de apoyo de personas adultas mayores (Junta Directiva, 18 de mayo de 2017). De manera adicional, se hizo referencia a la incorporación de la Ficha de Información Social (FIS) del IMAS y el disponer de las personas cogestoras sociales para contar con más información de la población —específicamente la adulta mayor—. La alusión del SINIRUBE no fue un tema discutido inicialmente en Junta Directiva de la CCSS, sino que emergió durante la discusión de la tenencia de bienes de la población solicitante del RNC (Junta Directiva, 18 de mayo de 2017).
Por otra parte, en la sesión Nº 8907 del año 2017, la discusión giró en torno a la determinación de pobreza de las personas solicitantes a partir de la FIS; empero se mantenía la posibilidad de determinar la insatisfacción de necesidades en caso de no contar con dicha información, el uso de la línea de pobreza ampliada a partir de las llamadas “necesidades especiales” y la definición de grupo familiar (Junta Directiva, 25 de mayo de 2017). Es decir, si bien se había dejado de efectuar una única medición directa de la línea de pobreza liderada por las y los trabajadores sociales según los parámetros del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y se incorporaron dos sistemas ajenos a la institución (FIS y SINIRUBE), el colectivo profesional contaba con autonomía relativa para hacer uso de otros métodos de medición —en caso de no haber información en los otros sistemas— o de la línea de pobreza ampliada para gastos asociados con discapacidad o enfermedad.
Con base en el acta consultada, resalta en el discurso asociado con la reforma al Reglamento del RNC por parte de las personas integrantes de la Junta Directivas, el énfasis dado a la necesaria disminución de trámites, la relevancia de homologar el criterio de la CCSS al IMAS y el reconocimiento de la labor desarrollada por el personal de Trabajo Social para llevar a cabo la valoración socio-económica en RNC:
La señora Presidenta Ejecutiva señala que, en este momento, se está en un proceso de transición. Anteriormente, muchos de los estudios los realizaban las trabajadoras sociales de la Institución (casi un 100%). Ahora en la coordinación con el IMAS (Instituto Mixto de Ayuda Social) se ve el sistema para ver si las personas están en condición de pobreza. Se ha encontrado que no todos los adultos mayores tienen Ficha FIS porque, de alguna manera, hay una oferta mayor para poblaciones más jóvenes y los adultos mayores se quedan ahí, aunque estén en condición de pobreza (Junta Directiva, 25 de mayo de 2017, p.63).
Es propiamente en la sesión Nº 9112 del año 2020 donde se llevó a cabo un cambio sustantivo en el Reglamento del RNC al centralizar la medición de pobreza a lo indicado en la Ficha de Inclusión Social del SINIRUBE —sin posibilidad de hacer uso de otras mediciones—. De manera específica, se efectuó una reforma a los artículos 3º, 5º y 8º, así como se derogó el artículo 28º según recomendación brindada por la Dirección Administración de Pensiones. El justificante para llevar a cabo la reforma se fundamentó en la Directriz N° 060-MTSS-MDHIS que priorizaba la atención de la pobreza mediante el uso del SINIRUBE del año 2019 —el cual cita como parte de las instituciones obligadas a su uso al RNC de la CCSS—.
Uno de los argumentos utilizados por parte de la Dirección Administración de Pensiones en la discusión de Junta Directiva se centró en la agilización del trámite, el incremento en la capacidad resolutiva, el facilitar el trámite para las personas usuarias y la automatización del proceso, lo cual permitiría simplificar la gestión y aumentar la productividad de la organización. A pesar de ello, para el año 2024 se carecía aún de informes o discusiones que evidencien la agilización de procesos a los que se hace referencia; incluso, Castro (2023) refiere al desconocimiento de “[…] estudios de impacto o evaluativos de la operatividad del SINIRUBE como medida de simplificación de trámites (o no) para las personas usuarias de los servicios de asistencia social” (p.39).
Es ante dicho cambio sustantivo que se dejó de lado la posibilidad de implementar otros métodos de medición de pobreza por parte de las personas profesionales en Trabajo Social de Pensiones de la CCSS, debido a que la constatación de dicha condición fue delegada a lo establecido en el SINIRUBE; así como se trasladó la potestad de actualizar la información socioeconómica a través de la ficha al IMAS. La única excepción que posibilita a Trabajo Social emitir un criterio se centra en la determinación de estado de abandono, en caso de no tener clasificación según SINIRUBE (Junta Directiva, 20 de julio de 2020).
Lo expuesto convirtió al RNC de la CCSS en el primer programa que comenzó a hacer uso del SINIRUBE, bajo el discurso de simplificar el proceso de selección de las personas beneficiarias (Acón y Tijerina, 2023), lo cual:
[…] es un potencial riesgo para el colectivo de profesionales en Trabajo Social que se encuentran insertos/as en espacios socio-ocupacionales del sector asistencia social y llevan a cabo procesos de trabajo asociados con el estudio socio-económico e Informe Social; puesto que, el SINIRUBE no sólo se implementa como sistema de consulta —según se expone en los marcos normativos existentes— sino que según criterio de las autoridades políticas tomadoras de decisiones, su criterio profesional llega a encontrarse relegado a lo dictado por la automatización de una forma de Inteligencia Artificial (Cascante y Castro, 2024, p.152) [subrayado propio].
Con base en el Reglamento del Programa de RNC vigente desde el año 2020, el Instructivo del Programa de RNC del 2023 y las entrevistas efectuadas, es posible sintetizar los principales cambios en los procesos de trabajo efectuados por Trabajo Social, previo y posterior a la implementación del SINIRUBE, en la tabla 3:

Principales componentes de los procesos de trabajo de Trabajo Social en RNC previo y posterior a la implementación del SINIRUBE
Fuente: Elaboración propia a partir de la consulta a profesionales y revisión de normativa.Tal como puede evidenciarse, a partir de la implementación del SINIRUBE en el programa de RNC no se llevaron a cabo cambios asociados con el objeto de intervención, el proceso de otorgamiento, monto ni condicionalidad de la transferencia monetaria; el impacto de dicho sistema en los procesos de trabajo de la profesión se concentra en el proceso de solicitud, la valoración socio-económica, el uso de técnicas, la aprobación, el seguimiento, la tecnificación de procesos y la medición de la pobreza.
Previo al SINIRUBE, las personas solicitantes de RNC efectuaban el proceso de solicitud directamente en las sucursales de la CCSS, para lo cual se requería del criterio emitido por Trabajo Social para rechazar o aprobar la pensión; al implementarse el sistema las personas Administradoras o Jefaturas de Sucursales cuentan con la potestad de negar la solicitud de RNC de las personas solicitantes si dicho sistema indica que no se encuentran en situación de pobreza o pobreza extrema (persona 3, comunicación personal, octubre 2023; persona 5, comunicación personal, noviembre 2023).
Por otra parte, la valoración socioeconómica en RNC involucraba previo a SINIRUBE la elaboración de un Informe Social, para el cual se hacía uso de diferentes técnicas y se consultaban variadas fuentes de información (Campos, 2015). Con la implementación del sistema, según el artículo 26 del Instructivo del Programa de RNC,
Solicitudes de personas viudas para verificar la convivencia.
Tipología de indigencia.
Casos de indigencia o viudez que cuenten con nuevos elementos de prueba.
Cuando personas solicitantes mayores de edad no se encuentren ubicados en lugar, tiempo y espacio —según dictamen médico— o cuenten con alguna limitación de salud o adicción que le impida decidir por ellas mismas; y se requiera nombrar una persona endosataria de la pensión.
Casos referidos por la Estrategia Plan Puente o el Programa Inserción a la Comunidad.
Casos “por investigar” según registro de SINIRUBE (Dirección Administración de Pensiones, 2023).
Con base en la clasificación del Manual: Consulta Registro de Información Socioeconómica RIS en SINIRUBE aquellos casos catalogados como “por investigar” son referidos a Trabajo Social con el fin de que se actualice la información respectiva en el sistema (persona 3, conversación personal, octubre 2023).
A pesar de que el personal de Trabajo Social de Pensiones de la CCSS cuentan con el perfil de ingreso en SINIRUBE para llevar a cabo el llamado “estudio socioeconómico”, dicha opción no involucra la emisión de un criterio profesional, únicamente refiere a la solicitud de documentación y la incorporación en el sistema:
Estudio socioeconómico: Es una persona que es profesional en ciencias sociales (Trabajo Social, Psicología, Orientación, entre otros). Se dedica al análisis de los hogares y la directa asignación de un beneficio. Tiene un acceso alto en el sistema para conocer diversas situaciones, tales como: vulnerabilidad social, violencia física, sexual y otras (SINIRUBE, s.f., p.17).
Como parte de la intervención profesional, las técnicas de recopilación de información cambiaron también, debido a que —en los casos no designados— ya no se requiere el efectuar un Informe Social; por ende, se prescinde de la valoración socio-domiciliar y de la entrevista para la recopilación de información. A su vez, no es necesario consultar otros sistemas de información pues se asume que SINIRUBE se alimenta de datos proporcionados y actualizados de diferentes instituciones (persona 8, comunicación personal, noviembre 2023).
Como parte de la intervención profesional, las técnicas de recopilación de información cambiaron también, debido a que —en los casos no designados— ya no se requiere el efectuar un Informe Social; por ende, se prescinde de la valoración socio-domiciliar y de la entrevista para la recopilación de información. A su vez, no es necesario consultar otros sistemas de información pues se asume que SINIRUBE se alimenta de datos proporcionados y actualizados de diferentes instituciones (persona 8, comunicación personal, noviembre 2023).
La aprobación de la pensión de RNC involucra el otorgamiento de la transferencia monetaria, siempre y cuando el sistema indique que se encuentre en situación de pobreza o pobreza extrema; es decir, las mismas personas Administradoras o Jefaturas de Sucursales dependen del SINIRUBE para proceder (persona 8, comunicación personal, noviembre 2023). De igual forma, el otorgamiento dependerá de la lista de espera y de que se cuente con disponibilidad presupuestaria (persona 3, comunicación personal, octubre 2023).
La connotación focalizadora de la política social asistencial en RNC dejó de estar en el criterio de las personas profesionales mediado por las posibilidades existentes a nivel normativo, a pasar a un proceso mediado por la injerencia de algoritmos que de una u otra forma determinan la situación de pobreza que sustenta la decisión:
…el criterio profesional de nosotros pasó totalmente a segundo plano, totalmente a un segundo plano, digamos ahora la instancia decisoria fundamental es SINIRUBE y nosotros intervenimos sólo en casos muy específicos […]. Nosotros vacilábamos el puro inicio que ahora nos íbamos a convertir en digitadoras del SINIRUBE, porque las actualizaciones es como ser un digitador y nada más cambiar datos (persona 3, comunicación personal, octubre 2023).
Un aspecto que el personal mencionó que cambió a partir de la implementación del SINIRUBE refiere al seguimiento dado a las personas que cuentan con el otorgamiento vigente de RNC —denominado “en curso de pago”—. Previo al SINIRUBE, las personas profesionales reportaban dificultades para llevar a cabo el seguimiento, debido a la gran cantidad de casos (persona 11, comunicación personal, noviembre 2023).
En la actualidad, no solo se le asigna al colectivo profesional el seguimiento de casos solicitados por las personas Administradoras o Jefaturas de Sucursales, sino también por interés institucional; por ejemplo, en el 2023 se solicitó verificar casos de personas adultas mayores de 90 años (persona 13, comunicación personal, noviembre 2023).
Todo lo anterior denota una mayor tecnificación de los procesos de trabajo, ya que más que un sistema de consulta el SINIRUBE se constituye desde la interpretación normativa y su implementación en RNC de la CCSS en un criterio determinante para el acceso de la población, que se encuentra por encima, tanto del criterio de las personas profesionales en Trabajo Social como de otras instancias aprobadoras.
Una evidente forma de tecnificación a partir del uso de la IA refiere a la medición de la pobreza, al ser el SINIRUBE un método predictivo de medición (Agresti, 2007) que dejó de lado la posibilidad de particularizar en los gastos a través de la medición de “necesidades especiales” según la línea de pobreza ampliada que existía previamente:
Pobreza ampliada para los casos de invalidez y PCP [parálisis cerebral profunda]; algunos casos de vejez que, por supuesto, por el deterioro funcional del adulto mayor, también ellos tienden a tener en necesidades especiales muy propias, como por ejemplo cuidador. […] en algunos grupos familiares sí es una necesidad, porque tal vez la red de apoyo familiar no tiene condiciones para el cuido. Entonces también en esos casos, por decirte algo, era una cuestión flexible, nos permitía considerarlo según los casos, la línea de pobreza ampliada y la línea de pobreza básica (persona 3, comunicación personal, octubre 2023).
A diferencia de la posibilidad de catalogar de diferentes formas a los núcleos familiares que existía en el RNC (familia unipersonal, monoparental, reconstruida, hermanos/as mayores de edad que regresaron al hogar paterno mientras los padres se encuentran ausentes por razón de muerte o abandono) o que incluso permite actualmente la FIS del IMAS, la connotación de núcleo familiar dentro de la Ficha de Inclusión Social del SINIRUBE involucra: “Hogar: Corresponde a un núcleo conformado por una persona o varias, con o sin vínculos sanguíneos, que son residentes habituales de una vivienda. En esta unión se comparte un mismo presupuesto y se consumen en común los alimentos” (SINIRUBE, s.f., p.6). Esto cambió la determinación de los ingresos que afectan la medición de pobreza que previamente desarrollaba RNC; a su vez, se incorporó una agrupación de las personas bajo la noción de “vulnerable” que carece de efectividad (persona 4, comunicación personal, octubre 2023).
5.1.1. “San SINIRUBE”: su imposición y carácter incuestionable
No existe un criterio unificado entre el personal profesional entrevistado respecto al SINIRUBE: por un lado, se evidenció una aceptación del SINIRUBE como oportunidad para implementar cambios en los procesos de trabajo, mientras que, por otro lado, se ha adoptado una postura cuestionadora de su uso que resalta la afectación —presente y futura— para el colectivo profesional. En esta segunda línea, una de las personas entrevistadas se refirió al sistema como “San SINIRUBE” (persona 11, comunicación personal, 2023) resultado de su imposición y aceptación acrítica, tanto dentro del discurso político como ante las posibilidades de hacerle frente.
Bajo esta misma línea, existe un consenso parcializado respecto a la “disposición de datos oportunos, veraces y precisos”; en palabras de la persona 3: “No siempre está actualizada [la información], porque a veces hay personas que parecen con registros del 2020, del 2021, del 2019 y ellos dicen que supuestamente, cada vez que uno lo abre se actualiza” (comunicación personal, octubre, 2023).
El “eliminar las duplicidades de las acciones interinstitucionales” no es una finalidad que compartan la mayoría de profesionales de trabajo social entrevistados, debido a que consideran que no es una labor que corroboren directamente desde Pensiones de la CCSS (persona 11, comunicación personal, noviembre de 2023). En este sentido, el algoritmo que caracteriza al SINIRUBE no ha alcanzado un nivel de análisis ni de “inteligencia” que lleve a cabo una diferenciación de las duplicidades por finalidad de las transferencias monetarias y no solo por cantidad de designaciones por núcleo familiar.
Por otra parte, el “proponer a instituciones públicas y gobiernos locales una metodología única para determinar niveles de pobreza” es una finalidad cumplida parcialmente para las personas entrevistadas, ya que a pesar de que reiteradamente se hizo mención a un único método predictivo de medición de pobreza, se considera que el algoritmo utilizado es insuficiente pues de igual forma deja de lado situaciones particulares (persona 4, comunicación personal, octubre 2023).
La “simplificación y reducción del exceso de trámites y requisitos” es una finalidad compartida por gran parte del colectivo entrevistado; pese a lo expuesto, la complejidad se presenta en aquellos casos en los cuales las personas carecen de la ficha respectiva y en cumplimiento del artículo 10 del Instructivo de RNC desde la CCSS carecen de la posibilidad de apelar directamente en la institución y, por ende, deben acudir al IMAS:
Si la persona no tiene un criterio […] que le permita hacer la solicitud de pensión, de igual forma tiene que ir a IMAS para que la actualicen, entonces de igual forma va a tener que gastar tiempo y demás. Y en el IMAS tampoco es que lo van a atender ya, entonces más bien es un retraso que va a sufrir la persona en la presentación de su trámite (persona 8, comunicación personal, noviembre 2023).
Como última finalidad, la mayoría de las personas entrevistadas no consideran que el SINIRUBE permita que el RNC “llegue efectivamente a los colectivos más empobrecidos”, puesto que algunos datos desactualizados y la medición homogenizada de pobreza pasa por alto características de la población que anteriormente podía ser contemplada. De igual forma, independientemente de la existencia del sistema, tanto las listas de espera como los tiempos para que los fondos sean girados continúan siendo un entrabamiento que vive la población que opta por RNC (Alfaro et al., 2021).
5.2. Trabajo Social en el INA: SINIRUBE dentro las alternativas del ejercicio profesional
Las 57 personas profesionales en Trabajo Social que laboraban para el INA en el año 2023 (INA, 2023a) dentro de los 21 Centros de Formación distribuidos en nueve Unidades Regionales (INA, 2023b) —denominadas Personas Formadoras para el Trabajo según el Manual de clases institucionales (INA, 2022) — se encontraban relacionadas con el Programa de Ayudas Económicas, un acompañamiento durante la permanencia de la población estudiantil en el INA y apoyo al proceso de etapa productiva o práctica en la empresa.
En relación con la investigación, el proceso que interesa estudiar se asocia con el Programa de Ayudas Económicas en tres momentos: en el año 2017 con la firma del convenio de cooperación entre el SINIRUBE y el INA, en el 2020 con una reforma al Reglamento de ayudas económicas a personas participantes en servicios de capacitación y formación profesional del INA —vigente desde el 2013—, y en el 2021 con la adición tanto del art. 21 bis en la Ley Nº 9931 como de la emisión del Reglamento general de apoyos económicos para el bienestar estudiantil del INA. Ambas versiones del Reglamento de ayudas económicas publicadas en los años 2010 y 2013 —con reforma del año 2018— carecen de una mención específica del SINIRUBE; empero, su relevancia radica en una única agrupación de las “ayudas económicas” y en las finalidades para lo cual podían destinarse.
Es propiamente en la reforma que se realiza en el año 2020 al Reglamento de ayudas económicas que se hace mención del SINIRUBE en torno a la calificación (inciso a. del artículo 7) y a la priorización del uso del sistema como medición de la condición socioeconómica (artículo 15).
El Reglamento aprobado en el 2021 no solo representa una modificación de forma a través de su nueva denominación a Reglamento general de apoyos económicos para el bienestar estudiantil, sino que evidencia sustantivamente un interés del Estado costarricense a través de la implementación de la primera fase de la Ley Nº 9931 Fortalecimiento de la formación profesional para la empleabilidad, la inclusión social y la productividad de cara a la revolución industrial 4.0 y el empleo del futuro.
Dicha fase involucró una reforma a la Ley Nº 6868 Ley Orgánica del INA para ofrecer servicios de formación y capacitación alineados con el Sistema Nacional de Formación; mientras que la segunda fase se orienta en la ejecución de becas, condiciones de formación y capacitación, y la tercera fase se centrará en llevar a cabo los ajustes requeridos (Jara, 2021).
Al tomar en cuenta el Reglamento General de apoyos económicos para el bienestar estudiantil del INA vigente desde el año 2021 —que ha sido sujeto de reformas de parte de sus artículos en el año 2023 y 2024— y las entrevistas llevadas a cabo a las personas profesionales en Trabajo Social, los cambios que se han efectuado en torno a los procesos de trabajo —previo y posterior al SINIRUBE— se sintetizan en la tabla 4.

Principales componentes de los procesos de trabajo de Trabajo Social en Apoyos Económicos previo y posterior a la implementación del SINIRUBE
Fuente: Elaboración propia a partir de la consulta a profesionales y revisión de normativa.Con base en lo expuesto, a partir de la implementación de SINIRUBE no se denotan cambios asociados con el proceso de aprobación, otorgamiento, seguimiento, focalización y condicionalidad. Cabe destacar que el cambio en el objeto de intervención —de ser un apoyo económico para la finalidad de los estudios en el Reglamento aprobado desde 2013 a dar becas dentro de las mismas empresas privadas en Reglamento aprobado en 2021— no es resultado de la implementación de SINIRUBE, sino de la orientación que el Estado costarricense ha adoptado en torno al INA.
Tomando en cuenta lo mencionado, el Reglamento general de apoyos económicos, específicamente, el artículo 4 de definiciones y el artículo 5 que detalla los tipos de apoyo económico, es evidente en la tabla 5 una diferenciación entre “ayuda económica” y “beca” desde la lectura del espacio institucional.

Servicios de apoyo económico indicados en el Reglamento general de apoyos económicos para el bienestar estudiantil del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA)
Fuente: Elaboración propia a partir del Reglamento de apoyos económicos del INA (2021).A su vez, el cambio en la solicitud de las denominadas ayudas económicas hacia un proceso digitalizado, ya había sido implementado desde la pandemia (Jara, 2020); no obstante, el formulario de solicitud que completan las personas solicitantes que se encuentran en SINIRUBE es más reducido que el utilizado por aquellos casos que no cuentan con información en el sistema (persona 9, comunicación personal, noviembre 2023).
Tal como se ha evidenciado, uno de los principales cambios evidente se relaciona con la valoración socioeconómica; con base en el artículo 50 del Reglamento de apoyos económicos se priorizó el uso del SINIRUBE a menos que la persona estudiante no cuente con registro:
Artículo 50. De los criterios de estudios socioeconómicos. Los criterios para medir la condición socioeconómica de una persona estudiante del INA que solicita ayuda económica serán los establecidos por el SINIRUBE, de manera que se considerará suficiente la utilización de los registros de información disponibles en dicho sistema. En el caso de que el SINIRUBE no cuente con el registro de información de la persona estudiante, el INA podrá aplicar el mecanismo alterno propio de la institución con el fin de otorgar de forma oportuna la ayuda solicitada. Se podrá recibir documentación de forma electrónica, almacenándolos en el repositorio correspondiente [subrayado propio].
Por ende, no en todos los casos las personas profesionales en Trabajo Social deben proceder con la elaboración de un Informe Social y con la aplicación de técnicas como la entrevista y revisión documental, ya que solo con la presentación de la cédula por parte de las personas solicitantes es suficiente: “[…] si la persona ya está incluida en SINIRUBE cambia porque entonces SINIRUBE automáticamente le va a solicitar el visto bueno […]; solamente le va a solicitar la cédula de identidad” (persona 14, comunicación personal, noviembre 2023).
Pese a ello, según lo indicado en el inciso d. del artículo 51 del Reglamento de apoyos económicos, la condición socioeconómica puede ser constatada tanto por lo indicado en SINIRUBE como a través del estudio efectuado por el personal de trabajo social del INA; lo cual posibilita que en aquellos casos en los que la población no califique por el sistema cuenten con valoración por parte de la profesión. Lo expuesto, evidencia que a pesar de priorizarse la medición de la pobreza a partir de lo estipulado en SINIRUBE, el personal puede implementar lo indicado en el Sistema de Información Institucional de Ayudas Económicas (SIAE) que posibilita una medición multidimensional; a su vez para el caso de becas no solo se prioriza la población por pobreza o pobreza extrema, sino también por vulnerabilidad (art. 73 del Reglamento de apoyos económicos).
A su vez, permite evidenciar un cambio asociado con una mayor tecnificación de los procesos de trabajo que prioriza el uso del SINIRUBE sin restar posibilidad al criterio de Trabajo Social; lo cual agiliza el trámite para la población que califica según los parámetros establecidos del sistema y ha permitido llevar a cabo otras labores: “¿Tecnificado?, pues ha simplificado, yo le podría decir simplificado […]; creo que también ha permitido […] tener más tiempo para para generar criterio técnico, para hacer visitas domiciliares” (persona 12, comunicación personal, diciembre 2023).
5.2.1. El SINIRUBE: un medio de consulta más
La opinión brindada por las personas profesionales entrevistadas del INA constata una visión en su mayoría negativa del cumplimiento de los fines del SINIRUBE en aspectos relacionados con “mantener una base de datos actualizada”, “control de los programas sociales”; “disponer de datos oportunos, veraces y precisos”, y “garantizar que los beneficios lleguen a los sectores más empobrecidos”.
Dicho posicionamiento se basa en las quejas recibidas por parte de la población usuaria y según lo percibido por diferentes profesionales que consultan el sistema, quienes consideran que la información dispuesta no siempre se encuentra actualizada: “la plataforma muchas veces no está actualizada o que muchas veces la plataforma los cataloga como “no pobre” porque no está actualizado” (persona 12, comunicación personal, diciembre 2023).
En lo referente a duplicidades, el colectivo consultado considera que al no encontrarse actualizada la información no es posible tener certeza de si un mismo beneficio económico está siendo asignado a la misma persona (persona 14, comunicación personal, noviembre 2023); de igual forma la “metodología única para determinar niveles de pobreza” ha reducido el contacto con aquellas personas que califican por medio de SINIRUBE, debido a que no se hace necesaria la intervención profesional.
Tal como se mencionó, la “simplificación y reducción de trámites” se ha presentado sobre todo para las personas postulantes del INA que realizan su trámite de solicitud en línea (Jara, 2020) y para quienes califican por medio de SINIRUBE (persona 14, comunicación personal, noviembre 2023).
Al no haber una afectación directa sobre el criterio profesional, en tanto, sigue estando presente como una alternativa complementaria a lo indicado por SINIRUBE, las personas profesionales consideran que su postura no es cuestionada siempre y cuando se encuentre fundamentada (persona 2, comunicación personal, noviembre 2023). En general, las personas profesionales consideran no encontrarse “atadas” al SINIRUBE pues en el margen de su autonomía relativa consultan el sistema y su criterio puede colocarse por encima de este (persona 6, comunicación personal, noviembre 2023); tal como lo indica el artículo 51 del Reglamento general de apoyos económicos.
A pesar de lo expuesto, la connotación política e interés económico que prevalece en el INA ha conllevado históricamente a realizar cambios normativos en la institución; por ende, el criterio profesional no está exento de ser cuestionado si en algún momento se encuentra fuera de los intereses de los grupos tomadores de decisiones (persona 6, comunicación personal, noviembre 2023), entre los cuales según el artículo 5 de la Ley Nº6868 Ley Orgánica del INA y la revisión de los perfiles de las personas integrantes se encuentran representantes de sectores empresariales del país.
5.3. Trabajo Social ante el SINIRUBE, ¿qué hacer?
Ante las transformaciones en los procesos de trabajo de Trabajo Social en RNC de la CCSS y en el Programa de Ayudas Económicas del INA es posible puntualizar una serie de retos para Trabajo Social.
5.3.1. Conocimiento técnico reducido respecto al SINIRUBE
Así como la política social asistencial costarricense se ha caracterizado por su connotación focalizadora, el elemento innovador que se presenta en la lógica del Estado es la IA; no obstante, por parte del personal de Trabajo Social consultado existe un conocimiento reducido respecto a esta y sobre todo, cómo funciona en la lógica del SINIRUBE.
A nivel general, el conocimiento y la ética —no desarrollada a profundidad en el presente artículo, pero reiterada por Alonso (2016)— se consideran las alternativas para que profesionales de las Ciencias Sociales puedan hacer frente a la IA, particularizada en este caso en el SINIRUBE y en el colectivo de Trabajo Social.
Si bien, todas las personas profesionales consultadas del RNC e INA mencionaron haber recibido una capacitación inicial respecto al SINIRUBE, los conocimientos compartidos se centraron en aspectos técnicos relacionados con el perfil de acceso, las funciones y fuentes desde las cuales se alimenta el sistema. Mientras que la funcionalidad y explicabilidad del algoritmo sigue siendo un vacío:
[…] digamos, adentrarme en la herramienta, no lo puedo, no se lo puedo definir. Puedo explicarle más o menos desde el momento que se fue forjando cómo se ha ido manejando. Entonces el SINIRUBE pues es una herramienta que este tiene, que incluye varias variables para el que es la evidencia y que al final de cuenta con los algoritmos, este yo me lo imagino, o sea dentro de mi mente lo meten todo en la licuadora y sale un producto como el resultado (persona 5, comunicación personal, noviembre de 2023).
En palabras de Fernández (2019), la misma intervención del Trabajo Social demanda que se comprenda el funcionamiento de las tecnologías y su impacto individual y colectivo, prestando especial interés en si su función puede ser una causa o una consecuencia de los objetos de intervención o una herramienta útil para solucionar o mitigar los mismos; el no hacer frente al desconocimiento en torno al funcionamiento de dichos sistemas generan asimetrías de poder, en este caso para la población profesional e, incluso, para las personas usuarias (Zuboff, 2020).
5.3.2. Invisibilización del criterio profesional
La articulación de la focalización y de la IA en el SINIRUBE ha generado —sobre todo en el RNC de la CCSS— la invisibilización de criterio profesional de trabajadoras y trabajadores sociales; este resultado engrosa con mayor fuerza la desprofesionalización que se ha gestado en otros espacios ocupacionales. En pocas palabras, la desprofesionalización es un proceso que descalifica a una profesión y conlleva a la pérdida de autonomía de su ejercicio, control de su saber y de su reconocimiento social; en palabras de Hernández (2018), dicho proceso en Trabajo Social es evidente en el transcurso de las mismas transformaciones que el Estado ha emprendido en su accionar por medio de la política social.
Para el caso estudiado, la desprofesionalización conlleva a una pérdida de competencias, atribuciones profesionales y de autonomía. Las competencias y atribuciones refieren a “[…] aquello que es posible o no de hacer por parte de cada uno de los que tienen un título profesional reconocido de trabajador/a social” (Valencia, 2021, p.255); en torno al SINIRUBE, las competencias y atribuciones son establecidas en los perfiles de acceso que denotan una posibilidad de consulta y de alimentar información, aun así existe una noción tecnócrata del rol profesional que reduce las posibilidades de dar una lectura más allá de la información que el sistema permite colocar (persona 3, comunicación personal, octubre de 2023).
En otra línea, la autonomía “[…] equivale a pensar en el ejercicio responsable de la libertad, lo cual conlleva la capacidad —y el poder— tanto de dar respuesta a la pregunta del por qué [sic] de nuestras decisiones y acciones, como de hacernos cargo de sus consecuencias” (Aquín et al., 2012, p.305). De igual forma, el construir márgenes de autonomía refiere a un proceso de posicionamiento político que requiere enmarcarse en teoría que permita analizar y explicar cómo se comporta la realidad social (Moleres et al., 2016). Aun así, el uso del SINIRUBE transgrede la autonomía de las personas profesionales de RNC de la CCSS, en tanto no existe posibilidad de tomar otra decisión y mucho menos, de dotar de argumentos una justificante para que parte de la población pueda acceder a la transferencia monetaria:
[…] sí se ha afectado considerablemente la autonomía profesional, porque no, o sea, no nos permiten externar nuestro criterio respaldado con una investigación que científica que es válida, que es formal, respaldada con técnicas, o sea, no, no tiene ningún sentido, nuestro criterio quedó invisibilizado (persona 4, comunicación personal, octubre de 2023).
Al prestar atención a las categorías que subyacen los procesos de Trabajo Social es evidente que la política social en el contexto neoliberal es cada vez más restrictiva y utiliza instrumentos estandarizados y tecnocráticos, captados por criterios políticos y administrativos, utilizados y reglamentados como simples recolectores de información e instrumentos de control, revestidos de legalidad pero ausentes de legitimidad profesional, bajo los supuestos de la eficacia y la eficiencia, que conlleva a recortes de presupuesto, eliminar derechos y sustituir “[…] la identidad de los documentos específicos del trabajo social, despojándoles de todo el contenido para el que fueron creados, para finalmente negarles sus posibilidades como generadoras de sentidos y estructuradoras de procesos interactivos que retroalimenten el ejercicio profesional” (Aguiar y Méndez, ٢٠١٦, p.١٥).
La tecnología, según Dos Santos (2010), por sí misma no promueve la desprofesionalización del Trabajo Social a través de la restricción y estandarización tecnocrática de procesos de trabajo; a pesar de que las Tecnologías de Información se han utilizado para intereses asociados con la automatización de procesos y reducción de la demanda de fuerza de trabajo, su concretización como instrumento e influencia en ámbitos de índole económico, político y social pueden o no reforzar la lógica de la sociedad capitalista, tal como lo es la atención de personas usuarias y la implementación de políticas que garanticen el acceso a derechos.
5.3.3. Judicialización de la política social asistencial
Ante la imposibilidad de las personas trabajadoras de RNC de la CCSS de emitir un criterio profesional que diste de lo indicado en SINIRUBE, las poblaciones demandantes de la asistencia social quedan sujetas a activar otros mecanismos de denuncia y exigibilidad.
En este caso, las potestades constitucionales y legales establecidas para el Poder Judicial abren la posibilidad para que el Juzgado de Trabajo y Seguridad Social conozca los procesos que involucren demandas ante la CCSS. Al enmarcarse la Seguridad Social dentro de la noción de Trabajo, el artículo 70 de la Constitución Política refiere la jurisdicción de trabajo como dependiente del Poder Judicial y el artículo 430 del Código de Trabajo —según los cambios efectuados a partir de la Ley Nº 9343 Reforma Procesal Laboral del año 2016— establece entre las competencias que le corresponden a los Juzgados de Trabajo el atender cuestiones de carácter contencioso con motivo de la aplicación de legislación de seguridad social y sus reglamentos.
En palabras de Briones (2019), la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se ha pronunciado reiteradamente respecto a la restricción en la cantidad de personas beneficiarias de las pensiones, entre las cuales destaca el RCN de la CCSS que en su orientación inicial alude a la protección económica de personas vulnerables. Dicho planteamiento es coincidente al realizar una revisión de las 484 Resoluciones de la Sala Segunda en contra de la CCSS por denegación de RNC en el periodo comprendido entre 2019 y 2023, de las cuales en 160 se hace mención al SINIRUBE y en 155 (el 96,88%), la Sala Segunda se declaró a favor de la designación o mantención de RNC para las personas demandantes detallado en la Figura 1:

Cantidad de Resoluciones de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia en contra de la CCSS por denegación de RNC, Costa Rica, periodo 2019-2023
Fuente: Elaboración propia (2024) a partir de consulta al sistema Nexus de Poder Judicial.Al llevar a cabo una revisión aleatoria de las Resoluciones, es posible notar que para la Sala Constitucional, la FIS del SINIRUBE es un requisito deseable mas no no indispensable y que el criterio forense de profesionales en Trabajo Social del Poder Judicial ha sido considerado en algunos casos para establecer la condición de pobreza de las personas demandantes.
Por otra parte, los Juzgados de Trabajo y Seguridad Social abordan casos de RNC; sin embargo, no se cuenta en el registro estadístico facilitado con detalles asociados con SINIRUBE, únicamente con la cantidad de casos terminados por año y según motivos de término —no relevantes para el presente estudio—. Entre el año 2019 y 2023, se cuenta con 2131 casos terminados del RCN en los Juzgados Laborales de Primera Instancia (Solano y Vargas, comunicación personal, noviembre de 2024).
Cabe mencionar que dichos Juzgados construyen parte de su criterio a partir de la elaboración de preguntas judiciales que son planteadas al Departamento de Trabajo Social y Psicología del Poder Judicial; las cuales se basan en Lineamientos económicos emitidos por dicha instancia (persona 15, comunicación personal, octubre de 2024). En este caso, durante el periodo comprendido entre 2019 y 2023 se han elaborado 3300 criterios asociados con RNC, los cuales no refieren específicamente a resoluciones emitida por SINIRUBE pero sí demuestran la cantidad de criterios técnicos que se solicitan por denuncias que se presentan ante la CCSS por esta pensión.
Si bien, los criterios técnicos emitidos por Trabajo Social no son vinculantes para los Juzgados, las personas profesionales sí cuentan con autonomía para hacer uso del método de pobreza que consideren pertinente (línea de pobreza, necesidades básicas insatisfechas o pobreza multidimensional); incluso hacen uso de la canasta básica derivada de la discapacidad según lo había recomendado el Consejo Nacional de la Persona con Discapacidad (CONAPDIS) años atrás (persona 15, comunicación personal, octubre de 2024).
Lo expuesto permite evidenciar como el Estado costarricense en el marco de sus contradicciones ha emanado una lógica focalizadora de la política social, tal como lo exponen Bolaños y Cascante (2023b), que dista en ocasiones de lo que el Poder Judicial considera debe ser contemplado; una lógica en la que el criterio invisibilizado de Trabajo Social en RNC de la CCSS llega a ser sustituido por el criterio profesional de Trabajo Social del Poder Judicial.
5.3.4. Organización y posicionamiento gremial
Finalmente, lo expuesto conlleva a reflexionar cómo el SINIRUBE requiere organización y posicionamiento gremial; una lucha que no es meramente interna, sino que también requiere de reconocimiento de la profesión por parte de las autoridades políticas tomadoras de decisiones, tal como se hizo referencia en Cascante y Castro (2024)7.
Desde el gremio de Trabajo Social del INA no se han llevado acciones colectivas en contra del SINIRUBE debido a que el sistema no se ha visualizado como una amenaza ni una restricción al criterio profesional. Mientras que en el caso de las trabajadoras y trabajadores sociales de RNC de la CCSS ha existido manifestación de preocupaciones a lo interno —principalmente en reuniones con la Gerencia de Pensiones— que no han escalado a instancias como la Junta Directiva de la institución (persona 11, comunicación personal, noviembre de 2023).
El mayor acercamiento fue el efectuado ante el Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica (COLTRAS), quien a través de su Unidad de Investigación (2021) emitió un informe posterior a la respuesta de 6 de las 17 instituciones mencionadas en la Directriz N° 060-MTSS-MDHIS y la consulta a profesionales de la Gerencia de Pensiones de la CCSS.
Una acción que no es propia de los espacios institucionales estudiados refiere a la efectuada por parte de la coalición “Caravana Dorada” que agrupa a representantes de Organizaciones de Bienestar Social pro-Personas Adultas Mayores. En relación con el SINIRUBE, en el año 2023, la coalición se pronunció en contra de la exclusión de personas adultas mayores en condición de vulnerabilidad o riesgo social de los programas financiados por el CONAPAM, así como al uso del SINIRUBE como único medio de medición de pobreza; excluyendo por ende el criterio de profesionales en Trabajo Social. Esto se vio materializado a partir del voto Nº 2024-011052 de la Sala Constitucional que obligó al CONAPAM a retomar la atención de personas adultas mayores en riesgo social insertas en los Hogares de Larga Estancia, aspecto que aun no abarca a la población usuaria del Programa Red de Cuido (Alpízar, 2024).
6. Conclusiones
La implementación del SINIRUBE evidencia no solo un nuevo rumbo en la política social de carácter asistencial —por la reproducción de la connotación focalizadora y al incorporar como nuevo factor la IA—, sino que abre paso a cambios en los procesos de trabajo desarrollados por Trabajo Social y se constituye en un riesgo para la reproducción profesional en determinados espacios socio-ocupacionales —como lo es RNC de la CCSS—.
En sus propias contradicciones, el Estado costarricense no solo ha instrumentalizado históricamente bajo sus intereses a la profesión de Trabajo Social para que la población acceda a los denominados programas sociales selectivos; sino que en la actualidad ha abierto el portillo para que ya ni siquiera sea necesario contar directamente con ella. Una reflexión que dista entre la desprofesionalización y la potencial desaparición de la categoría profesional.
Asimismo, es notable la función ideológica que el Estado costarricense ha reproducido a través del discurso de supuesta agilización de los servicios brindados a la población usuaria de los programas de carácter asistencial; escenario en el que la IA se torna un criterio de alguna manera “incuestionable” —sobre todo en RNC de la CCSS— mientras se desvirtúa el criterio de profesionales en Trabajo Social y se le restan los pocos espacios anteriormente posibles a partir del ejercicio de la autonomía relativa.
La focalización es el primer elemento que históricamente ha caracterizado la política social asistencial costarricense, la cual incide directamente en los procesos de trabajo estudiados de Trabajo Social que involucran la implementación de SINIRUBE. Sin embargo, la comprensión de la transferencia monetaria desde la lógica estatal deviene en una mayor o menor autonomía relativa para el colectivo profesional.
Por un lado, aquellas transferencias monetarias consideradas un “gasto” —tal como el caso de RNC de la CCSS— cumplen desde el discurso de “el más pobre de los pobres” una función económica de mayor racionalización y, por ende, privilegian procesos que agilicen responder a los colectivos poblacionales que demandan la asistencia social —sobre todo para aquellos a quienes se les niega—. Esto se complementa con las posibilidades que el ente financiador brinda, en este caso FODESAF, que establece de antemano “pobreza” y “pobreza extrema”.
Mientras que, por otro lado, la transferencia monetaria que reproduce la lógica de la transferencia monetaria condicionada implementada décadas atrás por el Banco Mundial para fomentar la reproducción de la fuerza de trabajo —tal como en el caso del Programa de Apoyos Económicos del INA— cuenta con posibilidad de focalizar bajo criterio profesional y abre la puerta a que desde la autonomía relativa, el colectivo de trabajadoras y trabajadores sociales pueda encaminar los recursos a aquellos colectivos que califican bajo los marcos normativos existentes y según su criterio fundamentado. Dicha posibilidad se enmarca en el financiamiento que dispone el INA, el cual no restringe las posibilidades a “pobreza” y “pobreza extrema” sino que permite incluir a personas bajo la noción de “vulnerable”.
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Notas
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