DOSIER: Qualidad, aprendizaje y evaluación sistémica: discursos de los organismos internacionales para los países latinoamericanos

Evaluación de la práctica pedagógica en el contexto de la educación superior en Colombia

Evaluation of pedagogical practice in the context of higher education in Colombia

Avaliação da prática pedagógica no contexto do ensino superior na Colômbia

Tomás Sánchez-Amaya
Universidad Distrital Francisco José de Caldas (UD), Colombia
Luisa Carlota Santana-Gaitán
Universidad Distrital Francisco José de Caldas (UD), Colombia
Martha Janet Velasco-Forero
Universidad Distrital Francisco José de Caldas (UD), Colombia

Evaluación de la práctica pedagógica en el contexto de la educación superior en Colombia

Educar em Revista, vol. 40, e94436, 2024

Setor de Educação da Universidade Federal do Paraná

Recepção: 14 Fevereiro 2024

Aprovação: 25 Julho 2024

RESUMEN: La evaluación en tanto praxis y condición humana se instaló en el acontecer educativo. Aquella permea: acciones, procesos, currículos, programas, saberes, sujetos e instituciones, al punto que parece inimaginable cualquier acción educativa (pedagógica, formativa) que no esté acompañada de diversas formas evaluativas. La práctica pedagógica, instalada con la relevancia que actualmente la caracteriza, en tanto ámbito de formación, no escapa a la acción evaluativa. Este ejercicio versa sobre el análisis de lo efectivamente dicho sobre la evaluación de las prácticas pedagógicas en algunas instituciones de educación superior (públicas) de nuestro país, particularmente, en algunos de sus programas académicos orientados a la formación de licenciados en diversas áreas del conocimiento. La pesquisa, de corte documental, analítico y descriptivo, contiene conceptualizaciones y caracterizaciones; sentidos, teleologías e intencionalidades; criterios; escenarios y sujetos; procedimientos e instrumentos; sistemas de valoración, etc., que entran en juego en esta acción de evaluar las prácticas pedagógicas institucionalizadas.

Palabras clave: Evaluación, Prácticas Pedagógicas, Educación Superior, Maestros en Formación.

ABSTRACT: The evaluation as praxis and human condition was installed in the educational event. That permeates: actions, processes, curriculums, programs, knowledge, subjects and institutions, to the point that any educational action (pedagogical, formative) that is not accompanied by various evaluative forms seems unimaginable. The pedagogical practice, installed with the relevance that currently characterizes it as an area of ​​training does not escape evaluative action. This exercise deals with the analysis of what is actually said about the evaluation of pedagogical practices in some (public) higher education institutions in our country, particularly in some of their academic programs aimed at training licensed in various areas of knowledge. The research, documentary, analytical and descriptive, contains conceptualizations and characterizations; senses, teleologies and intentions; criteria; scenarios and subjects; procedures and instruments; evaluation systems, etc., that come into play in this action of evaluating institutionalized pedagogical practices.

Keywords: Evaluation, Pedagogical Practices, Higher Education, Teachers in Training.

RESUMO: A avaliação como práxis e condição humana foi instalada no evento educativo. Isso permeia: ações, processos, currículos, programas, saberes, disciplinas e instituições, a tal ponto que qualquer ação educativa (pedagógica, formativa) que não seja acompanhada por diversas formas avaliativas parece inimaginável. A prática pedagógica, instalada com a relevância que atualmente a caracteriza, como área de formação, não escapa à ação avaliativa. Este exercício trata da análise do que realmente se diz sobre a avaliação das práticas pedagógicas em algumas instituições de ensino superior (públicas) do nosso país, nomeadamente em alguns dos seus programas acadêmicos destinados à formação de licenciados em diversas áreas do conhecimento. A pesquisa, documental, analítica e descritiva, contém conceituações e caracterizações; sentidos, teleologias e intenções; critério; cenários e assuntos; procedimentos e instrumentos; sistemas de avaliação, etc., que entram em jogo nesta ação de avaliação de práticas pedagógicas institucionalizadas.

Palavras-chave: Avaliação, Práticas Pedagógicas, Ensino Superior, Professores em Formação.

Introducción

Se ha dicho que la evaluación hace parte de la condición de los seres humanos y que a través de diferentes formas, modelos, estilos, perspectivas, prácticas, discursos…, le ha acompañado a lo largo de la historia; sin embargo, en los últimos tiempos ha cobrado tal resonancia que, paulatinamente hemos venido concibiéndola como: necesidad, obligación, deber, derecho, práctica cotidiana, en fin, como un estado permanente, sin el cual, no sería posible sopesar las acciones, las proyecciones y las relaciones humanas.

Algunos investigadores han identificado la génesis de la evaluación en latitudes distantes de la educación y de la pedagogía (Casanova, 1988; Pacheco; Díaz-Barriga, 2000; Stufflebeam; Shinkfield, 1995) e indican que, gradualmente, fue incursionando en los sistemas educativos y sociales, para instalarse poco a poco, hasta llegar a convertirse en lo que hoy se señala: una cultura que ha extendido sus redes sobre el conjunto de las acciones humanas y sobre su condición. Por supuesto, las acciones educativas, formativas y pedagógicas, no han escapado a sus redes, pues esta cultura panevaluativa, opera de múltiples modos, sobre el ser y el acontecer de las instituciones, los sujetos, los saberes, las relaciones y los procesos institucionalizados.

Este ejercicio analítico se articula sobre los siguientes cuestionamientos: ¿de qué hablamos cuando aludimos a la evaluación de la práctica pedagógica?, ¿qué elementos se deben evaluar y bajo qué criterios?, ¿es posible universalizar las formas y las prácticas evaluativas que discurren sobre las mismas prácticas, con independencia de los contextos en que aquellas se desarrollan?, ¿cómo se realiza la evaluación de estas acciones y procedimientos formativos?, ¿qué instrumentos serían los más apropiados para realizar la evaluación de la práctica pedagógica?, ¿qué momentos de la acción pedagógica deben ser acompañados por la evaluación?, ¿qué sujetos e instancias intervienen en el acto valorativo?, ¿cuáles son las intencionalidades de la acción evaluativa de la práctica pedagógica?, ¿qué usos sociales e institucionales se dan a los resultados de la evaluación de la práctica pedagógica? En fin, ¿cuál es el horizonte de sentido que permite analizar, los procesos educativos teóricos y prácticos que constituyen el núcleo de la formación profesional docente y que se ponen en contexto a través de la práctica pedagógica?

Una tentativa de respuesta a estos interrogantes constituye el propósito de este ejercicio, que acude al análisis de diversas fuentes documentales de orden teórico y metateórico, prescriptivo-normativo y, epistemológico-metodológico referidas a la práctica pedagógica y a su evaluación. En tal intencionalidad se develan categorías de análisis como: concepciones (de evaluación y práctica pedagógica); propósitos de la evaluación; aspectos constitutivos de la práctica que son objeto de valoración; escenarios y sujetos (y sus roles) en el ejercicio de valoración; sentido de la evaluación; y, procedimientos e instrumentos de la acción evaluativa.

Metodología

Este artículo se deriva de una investigación documental, analítica y descriptiva, que usó como instrumental metodológico la caja de herramientas foucaultiana: la arqueología, la genealogía y una analítica de la subjetividad, en perspectiva de historiar el saber y de analizar las relaciones de poder y de problematizar lo relativo a las formas de subjetividad inherentes o correlativas a la práctica pedagógica, a su funcionamiento y a su evaluación. La indagación versó sobre lo efectivamente dicho respecto de la evaluación de las prácticas pedagógicas en algunas instituciones de educación superior (públicas) de nuestro país y particularmente, en algunos programas académicos orientados a la formación de licenciados en diversas áreas del conocimiento.

La pesquisa acentúa sobre conceptualizaciones y caracterizaciones; sentidos, teleologías e intencionalidades; criterios valorativos; escenarios y sujetos; procedimientos e instrumentos; sistemas de valoración, etc., que entran en juego en esta acción de evaluar las prácticas pedagógicas institucionalizadas; toda vez que, de manera paulatina y permanente, se ha hecho natural y necesaria, la incorporación de estrategias de evaluación en orden a la optimización y la mejora de tales prácticas.

Dos tipos de insumos constituyen los fundamentos (teóricos y prácticos) de este artículo: una masa documental constituida por normativas institucionales referidas a la práctica pedagógica y su evaluación y la información recabada mediante la aplicación de entrevistas a seis (6) profesores universitarios encargados de orientar la práctica pedagógica. Los análisis realizados evidencian una polifonía de normas, de prácticas, de procesos, de escenarios, de situaciones, de instrumentos, de insumos en los cuales, también diversos sujetos, ponen en escena estas vivencias en perspectiva del ejercicio próximo de la labor magisterial de los maestros en formación.

Resultados y discusión

En las fuentes analizadas se hallan descripciones, referencias, teorizaciones y prescripciones sobre la evaluación de las prácticas pedagógicas: formas, procedimientos, insumos, instrumentos, acciones, etc., que permiten la concreción del ejercicio de valoración, promoción y reconocimiento, o de reprobación; aquellas contienen también, un significativo repertorio de elementos relativos o correlativos a la evaluación de las prácticas (modos, estrategias, instrumentos, mecanismos, acciones, sujetos, instituciones, contextos, diseños, desarrollos, proyectos, resultados, cumplimiento, puntualidad, dedicación de tiempo, atención a estudiantes, planes de práctica, criterios, seminarios tutoriales, talleres, acompañamiento en el aula, talleres de aula, tutorías, espacios de socialización, etc.) todo lo cual deriva en formas de heteroevaluación, coevaluación, autoevaluación y metaevaluación de las mismas.

La evaluación puede caracterizarse como praxis en sí misma (Cavalli, s.d.), tal como sostienen también Apolinar y Zapata (2013) al considerar su dimensión reflexiva-crítica-procesual de los aspectos formativos que configuran la formación magisterial, por cuanto “constituye la base para generar mejoras tanto en los mismo procesos de formación como de la acción de los estudiantes que inician y finalizan sus prácticas en los diferentes espacios en los que su labor es demanda por la comunidad educativa y la sociedad” (Apolinar; Zapata, 2013, p. 87); más si se considera que la puesta en escena de la evaluación se ordena al mejoramiento de la práctica pedagógica (Toro, 2001), lo cual redunda en el acompañamiento del educando y de su proceso formativo (Materón; Lizarazo; Mora, 2006), y que habría de incidir en el mejoramiento de la calidad de la educación.

En el nivel institucional, la evaluación (en una diversidad de formas, momentos, propósitos, intencionalidades…), se instaló como una práctica integrada e integral de todos los procesos académicos, administrativos, investigativos, y más, en los formativos, al modo de una cultura panevaluativa que todo lo regula, todo lo gestiona, todo lo controla, todo lo determina.

Conceptualizaciones sobre la evaluación de la práctica pedagógica

Los documentos normativos examinados no definen propiamente lo que conciben como evaluación de la práctica pedagógica, aunque describen con cierto detalle sus procedimientos, los instrumentos, las acciones, los propósitos y las herramientas puestas en escena en tal ejercicio; no obstante, la evaluación de la práctica pedagógica puede entenderse, siguiendo los lineamientos de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), como “el resultado de la valoración cualitativa y cuantitativa del trabajo de los desarrollos académicos, administrativos y comunitarios del maestro en formación (...) de acuerdo con los criterios definidos semestralmente por el Comité de Práctica Pedagógica Investigativa” (UPTC, 2015, art. 28).

El Acuerdo 248 de 2012 del Consejo de la Facultad de Educación de la Universidad de Antioquia (UdeA), a través del cual se fija el Reglamento de Prácticas Académicas para los programas de pregrado de la Facultad de Educación refiere que la evaluación “es un componente fundamental de las prácticas pedagógicas”, tiene un carácter formativo que se relaciona con variables constitutivas de la acción pedagógica “como educación, formación, enseñanza, aprendizaje, didáctica, investigación formativa, currículo, maestro y estudiante” (UdeA, 2012, art. 20).

Por su parte, el reglamento de la práctica pedagógica de la Licenciatura en Recreación de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) sostiene que la evaluación es “el resultado del análisis del desarrollo del proceso de práctica entre los distintos desempeños esperados que logran los estudiantes, que se verán reflejados en los aprendizajes a lo largo del proceso y se sustentarán con una socialización en las instituciones donde se realizó la práctica y, otra, general al interior de la licenciatura” (UPN, 2013, art. 22).

El documento La práctica educativa en el Proyecto Curricular de Licenciatura de Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana (UD, 2016, p. 8), tras realizar un análisis sobre: los componentes del Campo Investigativo Pedagógico y la fundamentación de la práctica pedagógica del proyecto; los lineamientos generales de la práctica; la propuesta metodológica (procedimientos e instrumentos), refiere a las estrategias de seguimiento, desarrollo y evaluación de las prácticas en consonancia con los aportes de Ordoñez Pachón y Díaz Flórez (citados en el documento) quienes consideran la evaluación como práctica colegiada ordenada a la verificación del cumplimiento de acciones que permite al sujeto observarse y construir sentido sobre sí, el otro, los otros sujetos u objetos.

Sentido de la evaluación de la práctica pedagógica

La supracitada normativa que prescribe las prácticas pedagógicas y sus procesos valorativos, en la Universidad de Antioquia (UdeA), señala que la evaluación implica un “conjunto de acciones pedagógicas que favorecen y propician la interacción, la comunicación y la participación de todos los actores involucrados en las prácticas pedagógicas, para alcanzar la comprensión y la cualificación de los procesos que son objeto de transformación” (UdeA, 2012, art. 21); además, la evaluación del practicante (maestro en formación) es realizada sobre la totalidad del proceso formativo (implícito en la práctica) y con base en las competencias (pedagógicas, disciplinares, cognitivas, comunicativas, investigativas y actitudinales) logradas por los estudiantes (UdeA, 2012, art. 22). Este proceso valorativo, además de considerar diferentes niveles de desarrollo, debe atender “la diversidad personal, cultural, étnica y social de los maestros en formación, y será definido con base en los criterios presentados y en las actividades, en las fechas de cumplimiento y en los porcentajes asignados, para ponderar la nota definitiva: de uno a cinco” (UdeA, 2012, art. 22, parágrafo 1).

El Acuerdo de cooperación académica de la Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana de la UD señala que la práctica pedagógica es una construcción permanente que se desarrolla a lo largo de todo el proceso educativo, ocupa un lugar relevante en el proceso formativo e investigativo del futuro maestro, por cuanto permite “la formulación de criterios de formación, de evaluación y de operacionalización del componente investigativo pedagógico” (UD, 2016b, p. 3), en perspectiva de la integración teórica y metodológica, de la flexibilidad curricular, de la continuidad misma de los procesos formativos y de la concreción en las prácticas particulares.

Por su parte, el reglamento específico de la práctica indica que los dos primeros niveles se ordenan al diseño y ejecución de “una propuesta de innovación e investigación pedagógica”, de manera que los elementos constituyentes de las mismas: Inserción al espacio escolar; Identificación y construcción de un problema; Diseño, ejecución y evaluación de una propuesta de intervención; Sistematización y análisis de su propia práctica docente, comportan, en cuanto tales, prácticas evaluativas (UD, s.d., art. 34).

Sobre el sentido de la evaluación de la práctica pedagógica, es pertinente también, oír las voces de los docentes que, a nivel institucional orientan estos espacios formativos (asignaturas):

Tanto en los discursos prescriptivos como en los derivados de la propia praxis, se evidencia un sentido formativo de la evaluación en relación con los avances logrados por los practicantes (maestros en formación) en su rol de hacerse maestros; esta dimensión formativa de la evaluación se complementa con otras características que emergen de las fuentes analizadas: continua, integral, participativa, flexible, en que la autoevaluación tiene un lugar central, por cuanto los docentes en formación “van construyendo unos criterios que desarrollan reflexibilidad sobre su quehacer profesional” (E. Hernández, comunicación personal, 20 de abril de 2021).

Criterios de evaluación de las prácticas pedagógicas

En virtud de la autonomía concedida a las instituciones de educación superior y extendida a los programas académicos - o proyectos curriculares según los lineamientos curriculares de la Universidad Distrital -, no existen criterios universales de evaluación de las prácticas pedagógicas, toda vez que a nivel de programas o de instituciones, las reglamentaciones propias determinan los criterios a través de los cuales se pone en escena la acción evaluativa.

La norma que reglamenta las prácticas pedagógicas e investigativas (disciplinares, interdisciplinares y de profundización) de los programas de licenciatura (en las modalidades presencial y a distancia) en la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC, 2015) señala que los criterios de evaluación de las prácticas pedagógicas, por cuanto “se desarrollan como parte de una asignatura” son determinados por cada programa académico (UPTC, 2015, art. 27). Los resultados evaluativos se derivan de “la valoración cualitativa y cuantitativa del trabajo de los desarrollos académicos, administrativos y comunitarios del maestro en formación (...) de acuerdo con los criterios definidos semestralmente por el Comité de Práctica Pedagógica Investigativa” (UPTC, 2015, art. 28); la nota mínima aprobatoria de la práctica es 3.0, calificación que debe ser reportada al final del periodo (semestre) como única nota (UPTC, 2015, art. 29).

Esta reglamentación describe una gama de responsabilidades de los maestros en formación (UPTC, 2015, art. 31) que pueden leerse en clave de criterios valorativos toda vez que se convierten en condiciones de posibilidad para la aprobación o reprobación de la práctica, así, por ejemplo: la asistencia a las jornadas de inducción organizadas por el Comité; el cumplimiento con los lineamientos y compromisos establecidos por este organismo; el conocimiento, acatamiento y observancia de los reglamentos de las instituciones en que se realiza la práctica y los reglamentos de la Universidad; la asistencia al desarrollo de la práctica; el cumplimiento de las horas semanales a lo largo de toda la práctica; la permanencia en la institución y el desarrollo de todas las actividades programadas como parte del proceso formativo; la presentación del plan de actividades a desarrollar semanalmente (con los respectivos ajustes si a ello hubiere lugar); la presentación del proyecto pedagógico de aula para la realización de la práctica, en correspondencia con el contexto institucional y social; la asistencia y participación en las reuniones de práctica programadas por el asesor; la elaboración y socialización (en la Universidad y en la Institución) de un trabajo escrito como resultado del proyecto pedagógico de aula, en perspectiva de su publicación; la asistencia a la jornada de socialización de las prácticas programadas por el Comité.

La Universidad del Atlántico (UA), prescribe que cada programa académico determina los criterios y mecanismos de evaluación y de calificación de la práctica “pero deberá como mínimo existir una evaluación por los respectivos tutores tanto por parte de la universidad como de la empresa y una autoevaluación del estudiante” (UA, 2011, p. 7).

La perspectiva formativa de la evaluación de las prácticas pedagógicas que refiere la normativa sobre esta materia de la Universidad de Antioquia (UdeA), exige considerar como condición esencial de valoración, diversas formas y prácticas evaluativas (autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación), así como también “los acuerdos básicos logrados por consenso entre los actores involucrados: maestros en formación, asesores, coordinadores y centros de práctica” (UdeA, 2012, art. 21); y los resultados (avances teóricos y metodológicos) se deben socializar en eventos que integren diferentes niveles de las prácticas.

La reglamentación describe los criterios que han de tenerse en consideración para la valoración del informe final de la práctica, así como de los trabajos de grado: “Aporte del trabajo a la temática estudiada; Tratamiento del tema, fuentes y metodología; Solidez y coherencia teórica y metodológica; Estilo y redacción; Correcta citación de la bibliografía y de las fuentes” (UdeA, 2012, art. 23). El trabajo es calificado, por parte del jurado con los conceptos cualitativos: Aprobado; Aprobado con modificaciones; No aprobado” (UdeA, 2012, art. 24). Una vez aprobado el informe final, sus autores deben realizar “una sustentación oral de los resultados investigativos derivados de la propuesta de práctica pedagógica ante la comunidad académica de la Facultad” y como alternativas de difusión y divulgación (interna y externa) “efectuarán una actividad de socialización en los centros de práctica o en eventos locales, regionales o nacionales” (UdeA, 2012, art. 25), en los cuales puedan participar otros programas académicos o instituciones educativas y, en la medida de lo posible, con retransmisión regional a través de herramientas TIC; al término de estos procedimientos, “los estudiantes entregarán al Coordinador de prácticas del Programa, el trabajo de grado según las normas del Sistema de Bibliotecas, para ser remitido al Centro de Documentación de la Facultad” (UdeA, 2012, parágrafo 3).

En el Reglamento de la Práctica Pedagógica de la Licenciatura en Recreación de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN, 2013) se leen diversos elementos (criterios) correlativos a la evaluación de la práctica pedagógica, así, por ejemplo, que su registro es condición de posibilidad de realización y por tanto de evaluación; la normativa determina también, lugares, tiempo y modos definidos por la Universidad y por la institución educativa en que se desarrolla (UPN, 2013, art. 11). Los procesos valorativos pueden conducir a dos posibles resultados: 1) que la práctica pedagógica se apruebe, si se cumple con todos los requerimientos fijados en el reglamento y tras el cabal cumplimiento de todas sus acciones y procesos; 2) la no aprobación de la práctica pedagógica, que puede ocurrir por las subsiguientes razones: “Por inasistencias (3) a la Práctica Pedagógica, incluidas tutorías, de conformidad con el Reglamento Estudiantil (UPN, 2013, art. 26); por el incumplimiento de los reglamentos de la Universidad o de la institución en que se realiza la práctica; y, “Por incumplimiento con las asignaciones pedagógicas por parte del tutor de prácticas y valoración” (UPN, 2013, art. 13). Las causales de no aprobación (pérdida) de la práctica quedan en firme luego de un procedimiento previo de investigación y sanción.

El reglamento de la práctica pedagógica de la Licenciatura en Humanidades y Lengua Castellana de la Universidad Distrital (UD, s.d., art. 35) explicita unos lineamientos generales de la evaluación de estos espacios formativos, así: La evaluación final del Docente en Formación la hace el Docente de Práctica, teniendo en cuenta el concepto del Docente Titular, la preparación de clase y su desempeño en el aula, la participación en los seminarios y talleres previstos, la entrega oportuna de informes de gestión y las propuestas didácticas, de investigación, proyectos de aula que surgen desde las Prácticas; también tiene en cuenta la autoevaluación y la asistencia.

Por su parte, el documento que prescribe los acuerdos de cooperación suscritos entre el proyecto curricular y diversas instituciones educativas refiere también algunos criterios de evaluación que comportan “un acompañamiento efectivo, un trabajo cooperativo y una evaluación continua mediante [la cual] el maestro o maestra titular, acompañará de manera permanente el trabajo de aula y hará una evaluación escrita cada periodo académico” (UD, 2016a, p. 2); asimismo, enuncia unos criterios generales de evaluación, a saber: 1) la entrega oportuna de todos y cada uno de los documentos mencionados como productos escritos, en cuyos contenidos se observará lo siguiente: claridad, cumplimiento del propósito del documento, información suficiente con respecto a tal propósito, posibilidad de verificación de la información, mediante la sustentación oral o con otros productos asociados; 2) el informe de la coordinación de práctica en la institución escolar, que incluya aspectos como: valoración del desempeño académico del practicante, cumplimiento de los objetivos propuestos, actitud frente al proceso, la institución y la Universidad, compromiso con las labores asignadas y con la vida institucional, capacidad de resolver los problemas que afronta durante la práctica, producción de documentos (UD, 2016a, p. 3).

Se puede colegir, según lo dicho, que existen criterios suficientes y claros para la evaluación de las prácticas pedagógicas; asimismo, se puede apreciar una riqueza de acciones para su valoración. Ello no obsta, por supuesto para que, al amparo de las libertades de cátedra, de enseñanza y de aprendizaje, los maestros orientadores de las prácticas, pongan en escena otro vasto instrumental evaluativo para cualificar estos procesos formativos.

Escenarios y sujetos (y sus roles) en el ejercicio de valoración

Las prácticas pedagógicas discurren en una variedad de escenarios en los que participan diversos agentes, con distintas funciones; en tales escenarios, los sujetos ponen en circulación temas y problemas relativos a la didáctica, al currículo, a la evaluación de los aprendizajes, a la investigación, a la comunicación y a la interacción escolar, que configuran “objetos de estudio de la formación docente y preocupaciones cotidianas de la práctica pedagógica en el aula” (UD, 2016a, p. 2) y que confluyen en los procesos evaluativos.

Es bien sabido, tal como sugiere (Figueroa, 2015) que los primeros antecedentes respecto de las prácticas pedagógicas se hallan en las escuelas normales, algunas de las cuales devienen en normales superiores, y estas como el caso de las normales de Tunja y de Bogotá, constituyeron los cimientos para la creación de facultades de educación (y posteriormente universidades, como la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, con sede en Tunja y la Universidad Pedagógica Nacional, con sede en Bogotá, respectivamente); no obstante, dado que el propósito de este análisis son las prácticas pedagógicas en la educación superior, el estudio se centra en este nivel educativo, particularmente de algunas instituciones de educación superior y en su seno las facultades de educación y sus programas académicos. De allí trascienden a diversas instituciones educativas (ya sean públicas o privadas y de diferentes niveles educativos) y se proyectan a organizaciones sociales gubernamentales y no gubernamentales (barriadas, juntas administradoras locales, juntas de acción comunal, organizaciones comunitarias, etc.); a empresas de diversa índole económica y social; y a una variedad de instituciones como: Corporaciones Autónomas Regionales, Centros de Ciencia y tecnología, Centros y grupos de investigación, parques naturales (locales y nacionales), museos, alcaldías, casas culturales, centros recreativos y deportivos, hospitales, jardines infantiles, cárceles, bibliotecas, etc.

Los papeles y las responsabilidades - evaluativas - de los agentes que intervienen en las prácticas pedagógicas son enunciados en los documentos prescriptivos analizados; cabe señalar, además, que algunas de las reglamentaciones evidencian la institucionalización de cuerpos colegiados (comités de currículo, comités de práctica, comités de área) que desempeñan diferentes roles en el desarrollo y la evaluación de las prácticas.

La evaluación de la práctica pedagógica investigativa de profundización, según la reglamentación de la UPTC (2015, art. 28) es responsabilidad del profesor (o profesional titular) de la institución en que se desarrolle la práctica, del asesor de la misma y del propio estudiante (maestro en formación); por su parte, el Comité de Práctica Pedagógica Investigativa tiene la responsabilidad de definir, además de los criterios valorativos, los porcentajes de valoración de los formados; el diseño de los instrumentos de evaluación y la periodicidad de las valoraciones parciales (UPTC, 2015, art. 29).

En la Universidad del Atlántico, el documento Procedimiento para el desarrollo de prácticas académicas (UA, 2011, p. 1) indica que las instancias responsables de la evaluación de las prácticas (cuando éstas constituyen opción de grado) son el Comité Misional de Investigación y el Comité Curricular (de programa); de igual manera, en el marco de la autonomía “deberá como mínimo existir una evaluación por los respectivos tutores tanto por parte de la universidad como de la empresa y una autoevaluación del estudiante” (UA, 2011, p. 7); no obstante, las calificaciones parciales y finales de la práctica, son responsabilidad directa del docente tutor. Una figura relevante en la valoración de las diferentes modalidades de prácticas (las contenidas en los planes de estudios, la práctica como opción de grado y la práctica solicitada por el estudiante), es el jurado evaluador, pues, cuando los estudiantes realizan la entrega del informe final de la práctica “se asigna el jurado evaluador [quien] evalúa y califica el informe final, y entrega el resultado final en la Facultad” (UA, 2011, p. 8)1. Por su parte la Reglamentación de prácticas académicas estudiantiles del programa de Farmacia de esta misma institución, prescribe que la evaluación es responsabilidad de los tutores de prácticas “previa revisión y seguimiento de los Coordinadores de Práctica de cada uno de los Campos de desempeño” (UA, 2010, art. 10). El seguimiento debe ocurrir, por lo menos tres veces al semestre (inducción, seguimiento y valoración final) de las prácticas académicas e implicar a todos los actores del proceso: estudiantes, tutores y docentes tutores.

El Acuerdo 284 de la Universidad de Antioquia (UdeA, 2012, arts. 26-27) contempla el rol evaluador de los asesores y de los centros de prácticas, respectivamente. La evaluación de los asesores implica aspectos de orden conceptual, pedagógico y didáctico, relaciones personales y la evaluación formativa; la evaluación de los centros es responsabilidad de los maestros en formación, de los asesores y del coordinador de práctica del programa y se considera como criterio para el sostenimiento de los convenios entre la universidad y la institución en que se desarrolla la práctica. Señala, por otra parte, que el Comité de Prácticas pedagógicas es el organismo encargado de definir los instrumentos cualitativos y cuantitativos de evaluación para los asesores de prácticas pedagógicas, conforme a las normas institucionales y de velar por su implementación (UdeA, 2012, art. 26).

La Universidad Distrital (UD) en el reglamento de la práctica pedagógica del proyecto curricular de Licenciatura en Humanidades y Lengua Castellana explicita algunas funciones específicas de los agentes de la práctica pedagógica, así: la evaluación final del Docente en Formación la realiza el Docente de Práctica, teniendo en cuenta el concepto que el Docente Titular realice sobre la preparación de clase y su desempeño en el aula, la participación en los seminarios y talleres previstos, la entrega oportuna de informes de gestión y las propuestas didácticas, de investigación, proyectos de aula que surgen desde las Prácticas. La valoración debe también considerar la autoevaluación del estudiante y la asistencia a las diversas actividades propuestas (UD, s. d., art. 35). Estos mismos requerimientos se plasman en el syllabus (programa) de las prácticas, pues, las responsabilidades asumidas por los docentes en formación en cada una de las prácticas (seminario de prácticas y desenvolvimiento en el espacio escolar), constituyen criterios de valoración por parte del profesor titular y de la coordinación de las prácticas, teniendo siempre en consideración la autoevaluación del docente en formación.

Las prescripciones señaladas en las normativas institucionales acerca de las funciones de los agentes intervinientes en las prácticas hallan su correlato en la experiencia de los profesores que orientan su desarrollo, según se refiere a continuación:

Procedimientos e instrumentos puestos en escena en la acción evaluativa

El reglamento de las prácticas de la Universidad del Atlántico (UA) señala varios instrumentos que se incluyen en los procesos de evaluación: el informe confidencial de la práctica (Encuesta Empleadores), realizado por el supervisor de la práctica, en el que se plasma el “desempeño del estudiante durante el período de práctica en la organización”; la memoria de la práctica, documento cuyo propósito es “recabar, por parte del alumno, información respecto al trabajo realizado en su periodo de práctica y que es presentado para su evaluación, al docente tutor de la práctica” (UA, 2011, p. 5). Al finalizar la práctica, el estudiante debe presentar al docente tutor y al supervisor designado por la institución, un informe “en el que sistematiza creativa, crítica y propositivamente su experiencia” (UA, 2011, p. 8). Por su parte, el reglamento de la práctica del programa de Farmacia (aunque no presenta un instrumento específico) prescribe la metodología de evaluación, en correlación con la normativa general de la Universidad, e indica que la calificación es la resultante de la sumatoria de tres cortes valorativos, con los siguientes porcentajes: Primera evaluación: 30%; Segunda evaluación, 40%; Tercera Evaluación 30% (UA, 2010, art. 10).

Según se mencionó más arriba, el reglamento de la práctica pedagógica de la Universidad de Antioquia pone especial énfasis en la dimensión formativa de la evaluación de las prácticas pedagógicas, esta perspectiva implica considerar, como condición esencial, diversas formas y prácticas evaluativas (autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación), así como también “los acuerdos básicos logrados por consenso entre los actores involucrados: maestros en formación, asesores, coordinadores y centros de práctica” (UdeA, 2012, art. 21).

Una lectura analítica de los documentos prescriptivos sobre las prácticas pedagógicas de la licenciatura en Humanidades y Lengua Castellana permite identificar un variado instrumental que se pone en escena en la práctica pedagógica: seminarios tutoriales, talleres, acompañamiento en el aula, talleres de aula, tutorías, espacios de socialización (UD, 2016a, p. 5-7) correlacionado con prácticas evaluativas como heteroevaluación, coevaluación y autoevaluación (UD, s. d., art. 53) que se concretan en los procesos de seguimiento al desarrollo de las prácticas (evaluación de los proyectos), en virtud de ello, “se asume que la evaluación depende de los lineamientos de la educación en general y de la concepción del acto pedagógico por parte de la institución educativa” (UD, 2016b, p. 8). Respecto de la evaluación propiamente dicha de la práctica, el documento del syllabus refiere que la evaluación del desempeño de los estudiantes se somete a las disposiciones institucionales, en principio “sujeta a los tres cortes o periodos de evaluación según calendario académico, y asignación porcentual correspondiente. Se sugiere en los anexos formatos y criterios de evaluación y de seguimiento al desempeño del docente en formación para la auto y coevaluación” (UD, 2016b, p. 8).

Las voces de quienes ponen en escena las prácticas pedagógicas también se dejan escuchar frente a los procedimientos de valoración y al repertorio de instrumentos usados con el propósito de evaluar estas asignaturas (espacios académicos o curriculares), así, por ejemplo:

Cada institución y programa académico tiene, en términos generales, reglamentados los procedimientos evaluativos y definidos -con relativas claridades- los instrumentos de evaluación, por ejemplo, en términos de temporalidades (cortes), porcentajes y escalas de calificación; sin embargo, al amparo de la libertad de cátedra, cada maestro pone en escena diversos procedimientos e instrumentos (prácticas evaluativas) que dotan el ejercicio valorativo de una amplia gama de posibilidades, en el orden de constituirse en una dimensión formativa que seguramente, permeará el futuro ejercicio docente de los maestros en formación.

Reflexiones finales

Los marcos normativo y teórico analizados refieren a la importancia de las prácticas pedagógicas en el proceso de formación de los futuros profesionales (de la educación) y, por considerarlas de carácter práctico más que teórico, son asignaturas que se aprueban o se reprueban, a diferencia de otras asignaturas de los planes de estudio que pueden ser convalidables, habilitables, homologables, etc. En este contexto, la reglamentación de las prácticas en la UPTC, prescribe que, por su carácter teórico-práctico, estos espacios formativos no son objeto de validación, de habilitación, de homologación, ni de asignación de segundo calificador (UPTC, 2015, art. 25), salvo en caso de internacionalización de los programas, previo juicio y análisis del comité de currículo del programa. Lo propio puede leerse en la normativa de la Universidad de Antioquia, pues, dadas las características de las prácticas, “no serán procesos susceptibles de revisión por un jurado calificador”, condición que aplica también para el Trabajo de Grado (UdeA, 2012, art. 22).

Es posible identificar una correlación entre el desarrollo de las prácticas pedagógicas y la implementación de procesos de investigación; o mejor sería decirlo, las prácticas se constituyen en fuentes muy importantes para diversas propuestas investigativas. Dicha correlación se videncia, quizá, en los cambios normativos operados a partir de la Ley 30 de 1992, en la perspectiva de formalizar la relación entre las funciones misionales de las IES (Díaz Soler, 2020). Sobre este respecto, el syllabus de las prácticas pedagógicas del programa de Licenciatura en Humanidades y Lengua Castellana de la Universidad Distrital, señala como uno de los objetivos de formación: “Promover el diseño, ejecución y evaluación de propuestas didácticas encaminadas a la cualificación de procesos en lenguaje como una dimensión metodológica y filosófica para la educación, desde perspectivas investigativas e innovadoras” (UD, 20016a, p. 2).

Son significativamente abundantes las referencias de corte normativo institucional sobre la evaluación de la práctica pedagógica, más si se toman en consideración las reformas establecidas por el Ministerio de Educación Nacional que se operaron a partir del año 2016. Con mayor o menor detalle las referidas reglamentaciones describen una fina filigrana de prácticas evaluativas que operan permanentemente sobre actores, instituciones, instancias, ámbitos, procesos, acciones, procedimientos, temporalidades, grados, niveles; en fin, una enorme variedad saberes, poderes y sujetos relativos o correlativos a la práctica pedagógica se constituyen en objeto perpetuo de y para la evaluación.

La práctica pedagógica se ha constituido en uno de los elementos centrales de los procesos de formación de los licenciados en Colombia, más, si tenemos en consideración la entrada en vigencia de las recientes normativas expedidas por el Ministerio de Educación Nacional sobre la materia, en particular el Decreto 2450 de 2015 (Colombia, 2015) y las resoluciones 02041 de 2016 (Colombia, 2016) y 18583 de 2017 (Colombia, 2017) a través de las cuales se establecen, ajustan y reglamentan las características de calidad de los programas de Licenciatura en la perspectiva de la obtención, renovación o modificación de su registro calificado.

Las instituciones de educación superior y en su seno los programas académicos o proyectos curriculares (como se denominan en la UD), como resultado de sus procesos de implementación de los currículos, han puesto en marcha múltiples experiencias relacionados con los procesos de formación de los educandos (en los programas de licenciatura), a tales procesos se les denomina -entre otros tantos modos- prácticas formativas, prácticas pedagógicas, prácticas profesionales, prácticas intensivas, prácticas investigativas, etc., y estas han venido a constituirse en la espina dorsal de la formación de los futuros maestros.

Cabe señalar finalmente, que el estudio de corte descriptivo-exploratorio, razón por la cual se hace énfasis en lo efectivamente dicho en los documentos normativos institucionales y nacionales, así como en la experiencia propia de los informantes (profesores que orientan las prácticas en diferentes programas académicos); en consecuencia, una analítica relacionada con la subjetividad implícita en los procesos evaluativos de las prácticas pedagógicas, de escapa a los propósitos de este artículo y podría ser objeto de posteriores indagaciones.

Referencias

APOLINAR, Ginna; ZAPATA, Lady. Evaluar la práctica pedagógica que desarrollan los estudiantes de la Licenciatura en Psicología y Pedagogía de la Universidad Pedagógica Nacional. Universidad Pedagógica Nacional, 2013. http://repository.pedagogica.edu.co/bitstream/handle/20.500.12209/2165/TE- 15722.pdf?sequence=1&isAllowed=y

CASANOVA, María Antonia. Evaluación de la calidad educativa. Espanha: La Muralla, 1988.

CAVALLI, Ada Beatriz. La evaluación de la práctica pedagógica. Revista Iberoamericana de Educación. [s.d.] https://rieoei.org/historico/deloslectores/877Cavalli.PDF

COLOMBIA. Presidencia de la República. Ministerio de Educación Nacional. Decreto No. 2450 de 2015. Por el cual se reglamentan las condiciones de calidad para el otorgamiento y renovación del registro calificado de los programas académicos de licenciatura y los enfocados a la educación, y se adiciona el Decreto 1075 de 2015 (p. 25). Ministerio de Educación Nacional, 2015. https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-357048_recurso_1.pdf

COLOMBIA. Ministerio de Educación Nacional. Resolución Nº. 02041 de 2016. Por la cual se establecen las características específicas de calidad de los programas de Licenciatura para la obtención, renovación o modificación del registro calificado. Ministerio de Educación Nacional, 2016. https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-356982_recurso_1.pdf

COLOMBIA. Ministerio de Educación Nacional. Resolución Nº. 18583 de 2017. Por la cual se ajustan las características específicas de calidad de los programas de Licenciatura para la obtención, renovación o modificación del registro calificado, y se deroga la Resolución 2041 de 2016. Ministerio de Educación Nacional, 2017. https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/compilacion/docs/resolucion_mineducacion_18583_2017.htm

COLOMBIA. Presidencia de la República. Ministerio de Educación Nacional. Decreto No. 1278 de 2002. Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente (p. 1-17), (2002a). Ministerio de Educación Nacional.

COLOMBIA. Presidencia de la República. Ministerio de Educación Nacional. Decreto No. 1279 de 2002. Por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales, (2002b). https://tinyurl.com/2cc379yq

DÍAZ SOLER, Carlos Jilmar. La práctica pedagógica: ¿un problema? En: ZAMUDIO, Guillermo Bustamante; AHUMADA, Germán Carvajal; SOLER, Carlos Jilmar Diaz; RIVERA, Jerson Dubán Ramírez. Metodología e investigación. Una discusión a propósito de la teoría de campo. Universidad Pedagógica Nacional, 2020. p. 143-162. https://doi.org/10.2307/j.ctv14rmpg5.1

FIGUEROA, Claudia. Orígenes, Formación y proyección de las Facultades de Educación en Colombia 1930 - 1954. Revista Historia de la Educación Latinoamericana, v. 8, p. 201-220, 2015. https://tinyurl.com/29az2msv

MATERÓN, Solangel; LIZARAZO, Roxana; MORA, Diana. Evaluación de las prácticas pedagógicas adoptadas por los docentes en formación de las facultades de educación, filosofía y teología de la universidad de San Buenaventura, sede Bogotá: una propuesta educativa para mejorar la calidad de los futuros profes [Universidad San Buenaventura], 2006. http://biblioteca.usbbog.edu.co:8080/Biblioteca/BDigital/38000.pdf

PACHECO, Teresa; DÍAZ-BARRIGA, Ángel. (Coord.) Evaluación académica. México: CESU-UNAM/Fondo de Cultura Económica, 2000.

TORO, Juan Quevedo. La evaluación y la practica pedagógica del docente. Praxis, v. 1, p. 30-34. 2001. https://revistas.unimagdalena.edu.co/index.php/praxis/article/view/496/478

STUFFLEBEAM, Daniel; SHINKFIELD, Anthony. Evaluación sistemática, guía teórica y práctica. Espanha: Paidós, 1995.

UdeA - UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA. Acuerdo 284 de 2012. Por el cual se deroga el Acuerdo 148 de 2004, y se define el Reglamento de Prácticas Académicas para los programas de pregrado de la Facultad de Educación de la Universidad de Antioquia de la sede Medellín y las sedes Regionales. Medellín: Universidad de Antioquia, 2012. http://www.udea.edu.co/wps/portal/udea/web/inicio/unidades- academicas/educacion/practicas-pedagogicas/estudiantes/reglamento-practicas

UA - UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO. Facultad de Química y Farmacia. Reglamentación de Prácticas Académicas Estudiantiles Programa de Farmacia. Atlántico: Universidad del Atlántico, 2010. p. 22.

UA - UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO. Procedimiento para el desarrollo de Prácticas Académicas.Atlántico: Universidad del Atlántico, 2011. p. 10. http://apolo.uniatlantico.edu.co

UD - UNIVERSIDAD DISTRITAL Francisco José De Caldas. Facultad de Ciencias y Educación. Comité de Práctica Docente, P. C. de L. en E. B. con É. en H. y L. C. Reglamento de Prácticas Docentes. Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Facultad de Ciencias y Educación. Comité de Práctica Docente Proyecto Curricular de Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana, (s.d.).

UD - UNIVERSIDAD DISTRITAL Francisco José de Caldas. Facultad de Ciencias y Educación. Proyecto Curricular de Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana. Acuerdo de cooperación académica. Práctica Pedagógica I y II-2016. IED. Antonio José de Sucre. No publicado, 2016a.

UD - UNIVERSIDAD DISTRITAL Francisco José de Caldas. Facultad de Ciencias y Educación. Proyecto Curricular de Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana. La práctica educativa en el Proyecto Curricular de Licenciatura de Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana. No publicado, 2016b.

UPN - UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL. Consejo Académico. Acuerdo Nº. 018 de 2013. Por el cual se expide el Reglamento de Práctica Pedagógica del Proyecto Curricular de la Licenciatura en Recreación. Universidad Pedagógica Nacional, 2013.

UPTD - UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA. Consejo Académico. Resolución 37 de 2015. Por la cual se establecen los lineamientos para las Prácticas Pedagógicas Investigativas de los Programas de Licenciatura Presencial y a Distancia de la UPTC. Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, 2015. p. 18. www.uptc.edu.co/secretaria_general/consejo_academico/resoluciones_2015/index.html

Notas

APOYO/FINANCIAMIENTO No aplica.
1 Las normas referidas a la Universidad del Atlántico no corresponden específicamente con programas de formación de licenciados; sin embargo, considerando la correlación que existe entre las prácticas profesionales, las prácticas formativas, las prácticas académicas y las prácticas pedagógicas, se estima pertinente para el análisis, aludir a lo que acontece con estos procesos formativos en diversos campos de conocimiento, más cuando en el ejercicio profesional docente, a tenor de las normas vigentes en Colombia (decretos 1278 y 1279 de 2003) el profesional egresado de un programa de educación superior puede desempeñarse como profesor en los diversos niveles educativos del país (Colombia, 2002a; 2002b).
DISPONIBILIDAD DE DATOS DE INVESTIGACIÓN No aplica.
COMO CITAR ESTE ARTIGO SÁNCHEZ-AMAYA, Tomás; SANTANA-GAITÁN, Luisa Carlota; VELASCO-FORERO, Martha Janet. Evaluación de la práctica pedagógica en el contexto de la educación superior en Colombia. Educar em Revista, Curitiba, v. 40, e94436, 2024. https://doi.org/10.1590/1984-0411.94436

Autor notes

El artículo fue revisado por Andrés Felipe Morantes - E-mail: amorantes@unal.edu.co. Luego de ser diseñado, fue sometido a la validación del autor(es) antes de su publicación.
HMTL gerado a partir de XML JATS por