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Diferencias en la percepción de prejuicio, discriminación, no discriminación y afrontamiento, entre personas con y sin sobrepeso

Differences in the perception of prejudice, discrimination, non-discrimination, and coping between people with and without overweight

Claudia Estrada-Goic
Centro de Estudios en Psicología Social, Departamento de Psicología, Universidad de Magallanes, Chile
Carolina B. Sepúlveda Muñoz
Universidad de Magallanes, Chile
Paula C. Adriazola González
Universidad de Magallanes, Chile
Sofía P Seissus Cárcamo
Universidad de Magallanes, Chile
Pablo A. Sánchez Herrera
Universidad de Magallanes, Chile

Diferencias en la percepción de prejuicio, discriminación, no discriminación y afrontamiento, entre personas con y sin sobrepeso

Interdisciplinaria, vol. 41, núm. 1, pp. 3-4, 2024

Centro Interamericano de Investigaciones Psicológicas y Ciencias Afines

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Recepción: 30/12/21

Aprobación: 16 Enero 2023

Resumen: El sobrepeso corporal transciende su potencial impacto en la salud física y se constituye en un estigma social visible de quienes lo poseen, además de ser considerado objeto de su responsabilidad personal. El estudio compara a personas con y sin sobrepeso en su percepción de prejuicio, discriminación, la utilidad de dos normas para no discriminar (igualdad/equidad) y las técnicas de afrontamiento más utilizadas. La hipótesis a la base fue que las personas de ambas muestras tendrían diferencias en la forma y en el grado que adoptaban estos fenómenos. Un total de 241 personas con sobrepeso y 215 personas sin sobrepeso se autocategorizaron como tales, y respondieron a instrumentos midiendo las variables ya señaladas. Los resultados principales indicaron que las personas con sobrepeso se veían a sí mismas como objeto de prejuicio sutil, mientras que las personas sin sobrepeso dijeron que se ejerce, comparativamente, más prejuicio manifiesto y maltrato interpersonal hacia las personas con sobrepeso. Con respecto a las normas de no discriminación, ambos grupos concordaron con la utilidad de la norma de equidad, entendida como la aplicación de condiciones diferenciales compensatorias para los miembros de un grupo estigmatizado. Las personas con sobrepeso adhirieron más a la norma de la igualdad, entendida como la aplicación de las mismas reglas para las personas de grupos con y sin características estigmatizadas. Se concluye que existen diferencias en la percepción de ambos grupos y se discuten estos resultados en sus consecuencias potenciales para las relaciones intergrupales y en las políticas públicas de no discriminación.

Palabras clave: prejuicio, discriminación, normas sociales, afrontamiento, sobrepeso.

Abstract: Prejudice and stigmatization are problems that are not linked to a particular society or culture, compromising the coexistence of two kinds of people: individuals who possess characteristics that can be evaluated as negative, and those who devalue people who possess such characteristics. In modern societies, what in some cultures was considered a positive virtue, today is seen as a stigma that comes from a negative stereotype. Being overweight implies being seen as a sick, negligent and inactive person, transcending the scope of what organic health is and conditioning those who are overweight to become part of a socially stigmatized group. The purpose of this investigation is to evaluate both the impact of the overweight observer’s perception and the normal-weight observer’s perception. In addition, it will be described the breadth of the problem as a modern social stigma. A total of 241 people who perceived themselves as being overweight and 215 people who considered themselves as being normal-weight participated in this research. Both groups answered instruments that measured prejudice against overweight people in two different versions: one focused on the perception of being prejudiced and the other focused on the perception of prejudicing against people with overweight. When it comes to discrimination, it was measured through self and heteronomous perception, as the case may be. It also looks for the existence of interpersonal abuse towards the stigmatized group as well as the proposed non-discrimination norms. As a consequence, the instrument measures two norms for confronting discrimination: the norm of equity, which seeks to equalize competence conditions between the groups, and the norm of equality, which aims to establish the same rules for everyone. The four specific strategies for coping with discrimination-related stress are: discrimination minimization, intra group comparison, attribution to discrimination, and selective disengagement. It is postulated that both stigmatized and stigmatizing groups will differ not only in their number, but also in the degree to which different perceptions of the phenomenon are presented. The results of our investigation are aligned with our hypotheses. The main analysis indicates a higher perception of being the object of subtle prejudice in overweight people (M = 2.70, SD = 1.12), while those who belong to the group of normal-weight (M = 2.30, SD = 1.11) outnumber the group of overweight people in terms of adherence to manifest prejudice and interpersonal abuse (t (454) = -3.92, p = .001). Both groups agree on focusing on equity, as a non-discrimination norm, in order to effectively confront discrimination and promote fair and respectful treatment (t (454) = 0.90, ns). A greater preference is observed in the focusing on equality, as the non-discrimination norm by the overweight group (F (1, 452) = 379.2, p = .001). They indicate that they wish, in order not to feel discriminated against, to be considered equal to normal weight people and that the same rules and conditions apply to them. Therefore, in relation to the stigmatized and stigmatizing groups, the differences shown are in all types of prejudice, even though the neutral point indicated a low score in prejudice. Nevertheless, in the stigmatizing group the average is higher in manifest prejudice and total prejudice, perceiving that they prejudice more of what is known as manifest prejudice. Alternatively, the stigmatized group indicates perceiving a greater reception of subtle prejudice. Finally, the stigmatizing group (normal weight people) claims to commit more interpersonal abuse than the stigmatized group perceives to be the object (t(454) = 8.12, p = .001). The stigmatized group (overweight people) (M = 3.99, SD = 0.88) declares that they use more the coping strategy of minimizing discrimination, unlike the stigmatizing people (M = 3.46, SD = 0.85), t(454) = -6.48, p = .001. The latter, on the other hand, mention that they use significantly more the strategies to cope with discrimination, such as those of attribution to discrimination and selective disengagement t(454) = 3.30, p = .001. These results are discussed to understand how a visible and controllable stigma is experienced, their potential consequences for intergroup relations.

Keywords: prejudice, discrimination, social norms, coping, overweight.

Introducción

La Organización Mundial de la Salud (OMS, 2021) define al sobrepeso y la obesidad como una acumulación excesiva de grasa corporal que puede ser perjudicial para la salud. Reconoce que puede ser el resultado de diversas causas tales como la genética, el uso de fármacos o el desbalance energético, así como también de cambios sociales y ambientales con efecto en la forma de vida, la cultura y las nuevas formas de trabajo y transporte. A nivel individual, es tratado como un fenómeno multidimensional en el que confluyen una condición física, un asunto estético y la asignación de cualidades psicológicas (Energici et al., 2017). Se lo considera un motivo de estigmatización social, ya que tener sobrepeso o ser gordo es un atributo evaluado como negativo por quienes no lo poseen, y que se construye a partir de un estereotipo devaluado (Energici et al., 2017). Un estigma puede constituirse a partir de cualquier característica definida como anti normativa en un contexto social y cultural determinado (Rodríguez y Adelaido, 2022; Stafford y Scott, 1986; Wolfzun et al., 2022) que conduce a la desvalorización del grupo social que lo posee. El estereotipo de los individuos con sobrepeso incluye la percepción de que son personas indisciplinadas, inactivas, poco atractivas, con falta de autocontrol, desagradables, holgazanas, torpes y vulgares (Harrison et al., 2016; Robinson et al., 1993; Vartanian et al., 2013). El sobrepeso, entonces, se presenta como una condición indeseable que se vincula con características negativas, tales como la condición de estar enfermo, ser asexuado y poseer poco valor social (Lee et al., 2021; Quirós, 2021). Como estigma puede ser caracterizado por poseer efectos negativos en lo físico, ser altamente visible, y en nuestra cultura, percibido como bajo el control personal de quien lo presenta (Crandall, 1994; Weiner et al., 1988). Como categoría social estigmatizada, tener sobrepeso corporal puede conducir a experimentar prejuicio, el que se manifiesta en el desarrollo de desagrado o rechazo hacia personas que presentan sobrepeso corporal (Brochu, 2020; Gómez-Pérez et al., 2017). Una característica importante de este tipo de prejuicio es que se presenta habitualmente como un fenómeno social de patologización de la gordura corporal (Quirós, 2021). Además, los ámbitos en el que tanto el prejuicio como la discriminación se ejercen sobre esta categoría social son múltiples, e incluyen distintas esferas de la vida como el trabajo, la vida familiar y el espacio público, pudiendo presentarse durante todo el ciclo vital (Allon, 1982; DeJong y Kleck, 1986; Dobson y Rose, 2022; Sobal, 2008).

Al igual que otros grupos que experimentan prejuicio y discriminación, las personas con sobrepeso corporal sufren consecuencias producto de estas vivencias. Los estudios sobre la cuestión indican impacto en la salud mental (Gallardo, 2021), trato injusto en contextos sanitarios (Bautista-Díaz et al., 2019), bienestar psicológico disminuido (Gómez-Pérez et al., 2017) disminución en el rendimiento académico (Puhl y Heuer, 2009) y de acceso al trabajo (Rivas, 2015), entre otros.

Ser parte de un grupo estigmatizado socialmente es estresante y exige que los individuos busquen compensar esta situación activando mecanismos defensivos (Cárdenas et al., 2021; Croizet y Leyens, 2003). Estas formas de enfrentamiento pueden ser tanto a partir de estrategias individuales como colectivas, las cuales pueden resultar paradójicamente estresantes para quienes las ejercen, en particular las que implican reconocerse como víctima de una injusticia y estar dispuesto a la confrontación (James et al., 1984). En el caso del estigma debido al sobrepeso corporal, la estrategia individual más estudiada es la de la movilidad social a través de la pérdida de peso (Mazurkiewicz et al., 2021). Esta estrategia requiere que la persona vea su sobrepeso como una cuestión controlable y lo enfrente intentando eliminar el estigma (Schwarzer y Weiner, 2015). Las estrategias grupales específicas utilizadas para afrontar el estrés del estigma de poseer sobrepeso corporal han sido escasamente descriptas. Dentro de las estrategias colectivas se encuentran movimientos tales como el body positive, que busca promover la aceptación por el cuerpo sin regirse por los cánones actuales de belleza, reparando la salud mental deteriorada por la discriminación (Cwynar-Horta, 2016).

Las estrategias individuales de afrontamiento del prejuicio

Si bien se han descripto estrategias de afrontamiento del estrés general que provienen del modelo de Lazarus y Folkman (1984), también se han mencionado mecanismos específicos asociados con el enfrentamiento del estrés de pertenecer a un grupo estigmatizado. Croizet y Martinot (2003) describieron la existencia de al menos tres estrategias. La primera de ellas es la comparación con otras personas estigmatizadas, que consiste en que quienes poseen un estigma protegen su autoestima buscando compararse con otras personas de su categoría social. Así evitarían la devaluación que podría producirse al compararse con personas del grupo dominante o no estigmatizado. Como estrategia de comparación social intragrupal, permite que el individuo estigmatizado tenga mayores probabilidades de ocupar un lugar valioso en el contexto de su propio grupo, y para que ocurra, la persona debe poseer una alta identificación con él (Rowley et al., 1998). Por ejemplo, una persona con sobrepeso se compara con otros que comparten el estigma y se puede decir a sí misma que su situación es comparable o menos severa que la de ellos (Crocker y Major, 1989; Major et al., 2002). Como consecuencia de la utilización de esta estrategia, el sujeto consigue una valoración positiva dentro de su grupo estigmatizado, disminuyendo así la importancia de la evaluación general. Sin embargo, esta estrategia mantiene la valoración negativa del grupo estigmatizado, imposibilitando el progreso colectivo hacia la no discriminación (Major et al., 2002).

La segunda estrategia es la atribución del prejuicio a la discriminación: para defenderse de la vivencia de ser discriminado, se asume una posición de víctima en la que una amplia gama de experiencias devaluativas son atribuidas al prejuicio del que se es objeto. Esta estrategia le permite proteger su autoestima de vivencias negativas, de rechazo o fracaso en la idea de que no es su mérito o esfuerzo personal lo que ha determinado su experiencia negativa y que, por lo tanto, se es objeto de una injusticia (Major y O’Brien, 2005). Así, lo vivido no es atribuido al sí mismo sino al grupo al que pertenece. Sobre la base de este mecanismo podría encontrarse una particular sensibilidad al estigma que se posee, haciendo que la persona sea particularmente vigilante al comportamiento de su entorno (Mendoza-Denton et al., 2002; Pinel, 2002). Estudios han mostrado que también el uso de esta estrategia se relaciona positivamente con la identificación endogrupal (Branscombe et al., 1999; Schmader, 2002; Sellers y Shelton, 2003). Es una estrategia particularmente efectiva para enfrentar el prejuicio manifiesto brindando protección a la autoestima, pero es poco eficaz frente al prejuicio sutil o encubierto (Major et al., 2002). Estudios en población con sobrepeso han mostrado que quienes han sido objeto de rechazo en un contexto amoroso, en el que el estigma es relevante, señalan que se debe a su sobrepeso en mayor proporción que en otros (Crocker y Lawrence, 1999). Esta estrategia de enfrentamiento puede tener como consecuencia que se generalice la atribución de experiencias negativas a la discriminación, limitando la autoconsciencia de las propias fortalezas y debilidades en tanto individuo (Aronson e Inzlicht, 2004). Además, quienes usan esta estrategia suelen aumentar su devaluación por parte del grupo dominante (Kaiser y Miller, 2001).

La tercera estrategia es el desanclaje selectivo: para protegerse de la discriminación, se evita realizar actividades o comprometerse en acciones que fomenten la visibilidad o importancia de su estigma, dirigiendo sus esfuerzos hacia otras características socialmente deseables. Sobre la base de este mecanismo podría encontrarse una orientación a confirmar la expectativa cultural del estereotipo, evitando las áreas de desempeño en las que se señala que fallará (Major y O’Brien, 2005). Se puede presentar reduciendo la importancia del área desvalorizada o disminuyendo la validez de la medida que se utiliza para establecer el éxito en un dominio socialmente valioso. Algunos estudios han mostrado que aquellos que se sienten fuertemente identificados con dominios en los que su grupo estigmatizado es valorado negativamente, se sienten más amenazados en su autoestima y bienestar personal (Aronson et al., 1999; Steele et al., 2002). Sin embargo, prescindir de estas áreas para preservar su autoestima podría traer consecuencias negativas y afectar el bienestar personal del sujeto. Una persona con sobrepeso corporal que se sienta juzgada cuando va un gimnasio podría abandonar esta actividad que es beneficiosa para su salud física y/o mental.

Una cuarta estrategia proviene de la teoría de la identidad social (TIS) de Tajfel (1984), quien propone que una forma de enfrentar el estrés es minimizando la discriminación. Para proteger la propia autoestima, no se detectan los actos prejuiciosos y discriminatorios al mismo nivel que los que se observan hacia el grupo (Ruggiero y Taylor, 1995, Ruggiero y Taylor, 1997). Como individuo, se ve a sí mismo menos afectado por la discriminación que el colectivo de su categoría social. En la base de este mecanismo se encuentra la creencia en un mundo justo en los que las personas buenas no son maltratadas injustamente (Jost y Major, 2001). Al preguntarle a una persona con sobrepeso si ha sido objeto de discriminación en forma de maltrato interpersonal, ella podría proteger su autoestima al percibir que, aunque le ha ocurrido, ha sido significativamente menos que al resto de su grupo.

Cada estrategia descripta es más o menos eficaz, dependiendo de la persona, de su nivel de identificación con su grupo y del contexto de discriminación en el que se encuentre. Las nuevas formas de prejuicio han afectado también a los mecanismos de afrontamiento, haciendo que aquellas que habían resultado eficaces contra el prejuicio tradicional o abierto, no lo sean en estas nuevas versiones (Barreto y Ellemers, 2015; Dovidio y Gaertner, 1998; Feagin y Sikes, 1994).

Tipos de prejuicio y discriminación asociados al sobrepeso corporal

La cuestión del prejuicio, tanto ejercido como experimentado, ha interesado ampliamente a la psicología social, debido a su impacto en la convivencia y el bienestar social (Palacio et al., 2020). Una constatación importante es que, a pesar de los aportes de la psicología social sobre esta temática, el prejuicio no ha disminuido, sino que ha variado a formas de expresión más adaptativas y menos devaluadas socialmente (Cárdenas et al., 2011). Dentro de las numerosas propuestas para dar cuenta de este fenómeno está la de Pettigrew y Meertens (1995), quienes proponen la existencia de dos formas de prejuicio, el manifiesto y el sutil. El prejuicio manifiesto es aquel que se muestra de forma abierta, rechazando o expresando disgusto por alguien que es miembro de un grupo social. En el caso de las personas con sobrepeso corporal podría manifestarse en agresiones verbales conectadas con el estereotipo negativo, por ejemplo indicarle que su condición responde a su falta de control al consumir alimentos, o comunicarle que no desea relacionarse con ella en ningún plano, por su sobrepeso corporal (Crandall, 1994). Como forma de expresión, por su condición de manifiesto, este prejuicio es percibido claramente, tanto por quien lo ejerce como por quien lo sufre. Quien discrimina puede reconocer que está siendo hostil con la persona con sobrepeso corporal y podrá o no aportar justificaciones basadas en el estereotipo negativo del estigma. Quien es discriminado, por su parte, podrá interpretar con claridad que está siendo objeto de una agresión basada en su estigma. Estas formas abiertas de discriminación pueden conducir a quien las recibe, a desarrollar atribuciones de sus desventajas al hecho de ser constantemente discriminado. Es decir, el ser objeto de prejuicio flagrante podría dificultar el análisis de su participación individual en los aspectos desventajosos de su experiencia vital individual. Como consecuencia, podrían otorgar una mayor importancia a la atribución causal externa de su disminución de oportunidades o desempeño. También es posible postular que ser objeto de prejuicio manifiesto conduce a que las personas estigmatizadas se orienten hacia el interior de su grupo buscando la reafirmación positiva lejos del grupo dominante – agresor y una posición o estatus relativo más favorable. El prejuicio manifiesto, entonces, podría ser afrontado preferentemente utilizando la comparación intragrupo, la asignación del prejuicio a la discriminación y la minimización de la misma.

Por otra parte, el prejuicio sutil es aquel que se manifiesta de forma indirecta, menos abierta, habitualmente en expresiones frías y distantes (Cárdenas et al., 2011). Según Frey y Gaertner (1986) son expresiones encubiertas a las que subyacen sentimientos como incomodidad, inseguridad, disgusto, rechazo y miedo. Este tipo de prejuicio en el caso de las personas con sobrepeso corporal podría expresarse en el distanciamiento de los miembros de dicho grupo, no ser capaz de sentir o expresar empatía por sus dificultades cotidianas, y considerar que pueden ser una subcultura que no comparte valores positivos, como la salud física, por lo que no es posible construir lazos de amistad con ellos (Frey y Gaertner, 1986; Meertens y Pettigrew, 1997; Pettigrew y Meertens, 1995). El carácter sutil en las expresiones de prejuicio provoca en quien las recibe que no pueda reconocerlo con facilidad, resultando altamente pernicioso al disminuir la capacidad de enfrentar las situaciones que por lo general generan ambigüedad atribucional (Krolikowski et al., 2015). Esta dificultad para ser combatido dificulta que disminuya de manera rápida y efectiva el estrés que produce (Quiles del Castillo, 2003). El afrontamiento de este tipo de prejuicio oculto podría llevar al uso de estrategias tales como la minimización de la discriminación. Al enfrentar la ambigüedad atribucional del prejuicio, una alternativa sería negar su existencia mientras se reconoce que existe para la categoría social.

Quienes discriminan a otros de manera sutil pueden no reconocerse como prejuiciosos en sus pensamientos y podrían no sopesar el daño que pueden causar (Cárdenas et al., 2007). Las diferencias de percepción del estigmatizado y el estigmatizador pueden ocurrir tanto en la interpretación de la presencia, en el tipo de prejuicio, y en la envergadura del prejuicio presente en una interacción entre miembros de ambos grupos que se manifiesta en la discriminación. A pesar de la lógica inherente en esta última afirmación, no existen estudios que aborden simultáneamente la perspectiva de un grupo estigmatizado socialmente y de la población que no lo está.

El maltrato interpersonal, como forma de discriminación, puede presentarse igualmente de forma sutil o manifiesta (Jones et al., 2013). En su forma sutil el maltrato podría darse en situaciones en que las personas con sobrepeso corporal se sienten tratadas con menos amabilidad que los demás o que no se les presta atención a sus dudas o requerimientos. El maltrato manifiesto puede evidenciarse, por ejemplo, en faltas de respeto contenidas en comentarios o comportamientos fundamentados en el sobrepeso de quien los recibe, trato injusto, burlas o miradas despreciativas (Allon, 1982; Crandall, 1994).

El problema de la discriminación, sin importar la forma que presente, es que su resolución no consiste simplemente en buscar el abandono de dichos comportamientos. La percepción acerca de qué significa no discriminar, desde quien es la víctima y desde el victimario, puede diferir como ocurre con la mirada del prejuicio y la discriminación cuando el foco está en uno u otro grupo (Van Laar y Levin, 2006).

La cuestión de la no discriminación

La no discriminación es una norma social general que se considera parte de los principios fundamentales de los derechos humanos (Díaz García, 2013). Existe cierto consenso con respecto a que, como norma social, no discriminar a otro no es un comportamiento natural o instintivo y que, por lo tanto, es el resultado de una construcción social. Se propone que existen dos normas globales de no discriminación que buscan enfrentar dos corrientes generales de este problema (Pager y Shepherd, 2008). Una de ellas es la norma de la igualdad, que enfrentaría la discriminación debida al trato diferenciado por causa del estigma. La otra es la norma de la equidad, que se ocuparía de aquellos casos en que la discriminación ocurre cuando los miembros de un grupo son tratados de manera igualitaria. Al aplicar procedimientos y reglas que han sido construidas de forma tal que favorecen a un grupo por sobre otro, se profundizan las desventajas del estigmatizado (Reskin, 1998). En un caso, no discriminar consiste en no tratar de manera desigual, mientras que en el otro se trataría de no aumentar la desigualdad ya existente utilizando reglas injustas, reconociendo los obstáculos que las personas han debido y deben enfrentar (Iheduru-Anderson y Wahi, 2021). La norma de no discriminación de la igualdad (NND Igualdad) establece que las diferencias deben evitarse tanto en la percepción de los otros como en su trato. En el caso de las personas con sobrepeso corporal, la regla de “somos todos iguales” impediría considerar el peso como un obstáculo para alcanzar el desarrollo y el bienestar, compitiendo en las mismas condiciones que cualquier otro ser humano (Kymlicka, 1996; Mosquera et al., 2009). La igualdad de oportunidades se basa en la idea de que el mérito individual y la competencia son alcanzables para todos, sin excepción, por lo que es exigible mostrando cercanía con formas de prejuicio sutil (Bonilla-Silva, 1997). Se han descripto algunas consecuencias individuales negativas en personas de grupos discriminados que adoptan esta NND porque las conduce a disminuir su sensibilidad para significar experiencias de discriminación como tales. De esta forma, la búsqueda de la igualdad aminora la alerta que le permite a la persona atribuir obstáculos y frustraciones en su vida cotidiana que no son producto de su competencia, sino de la discriminación de la que es objeto (Croizet y Leyens, 2003).

La norma de la equidad sugiere que es necesario ser consciente no sólo de las diferencias visibles de una persona estigmatizada, sino también de las dificultades que un individuo ha enfrentado por pertenecer a uno u otro grupo a lo largo de su vida. Por ejemplo, estudios en mujeres con sobrepeso han indicado que son rechazadas por sus pares a partir de los tres años de edad y que sus familias están menos dispuestas a invertir en su educación formal (Crandall, 1995; Jarvie et al., 1983). El presupuesto a la base es que no discriminar es buscar condiciones de equiparidad que permitan a esas personas alcanzar una posición de bienestar y de ejercicio de sus derechos fundamentales equivalente a la de aquellos que no pertenecen a grupos discriminados. Aunque ha mostrado ser una norma útil para enfrentar la discriminación en algunos contextos, también ha sido objeto de juicio por sus consecuencias paradojales (Kirby y Kaiser, 2020; Tori y Andoh, 2022;Tubino, 2005). La búsqueda de equidad ha conducido a la generación de normas formales que se han clasificado como de discriminación positiva (afirmative action) (Wieviorka, 2004). Estas acciones compensatorias se han traducido en políticas como la existencia de cuotas preferenciales o de condiciones de acceso a trabajos, estudios, etc. Las críticas provienen de estudios que señalan que discriminar positivamente continúa siendo una forma de discriminación, puesto que pone el acento en el hándicap del otro, lo que podría afectar su autoimagen y autoeficacia. Por otra parte, las acciones afirmativas conducen a que parte del grupo no discriminado perciba que está siendo objeto de injusticia por no tener las mismas políticas de acceso que aquellos que sí pertenecen a dichos grupos, provocando sentimientos de resentimiento y aumentando la hostilidad intergrupal (Marcinko y Taylor, 2021; Sherif et al., 1961). Incluso se ha reportado que pueden conducir al reforzamiento de la estigmatización y a la autopercepción de baja competencia, afectando el desempeño cognitivo (Hope y Bañales, 2019).

Las normas de no discriminación de la equidad y la igualdad no funcionan de la misma manera en el logro del cumplimiento de la no discriminación. Dependen del contexto en que se aplican y, en particular, del estigma y la percepción social del mismo. Dado que el estigma siempre implica una asimetría de poder, y que las normas sociales se convierten en políticas públicas particulares que son dictadas, en su mayoría, desde los grupos dominantes que creen poseer una visión consensual de la aplicación de la norma (López et al., 2008), es que se requiere investigar el problema.

La presente investigación tiene como objetivo general estudiar la adherencia de dos normas de no discriminación (NND Igualdad / NND Equidad) en dos grupos de participantes, aquellos que se identifican como con y sin sobrepeso. La hipótesis a la base es que ambos grupos mostrarán diferencias en su manera de entender la no discriminación efectiva hacia las personas con sobrepeso. Asimismo, interesa comprender cómo esta adherencia de las NND se relaciona, en cada grupo, con la percepción de prejuicio y discriminación hacia las personas con sobrepeso y con las técnicas de afrontamiento del estrés que se utilizan. En otras palabras, es un estudio sobre la percepción y heteropercepción de la presencia de prejuicio y discriminación hacia las personas con sobrepeso, y de la forma como se piensa que este problema puede ser abordado desde lo normativo.

Método

Participantes y diseño

Un total de 456 personas participaron en el estudio. Se les preguntó si se consideraban a sí mismas con o sin sobrepeso y se les solicitó completar este dato en el cuadernillo correspondiente. Un 53.1 % de los participantes se consideró una persona con sobrepeso y el resto (46.9 %), sin sobrepeso (normopeso). No se incluyeron participantes con infrapeso. La muestra general estuvo compuesta por 30.1 % de hombres (Medad = 38.75 años, DEedad = 11.86) y 69.9 % de mujeres (Medad = 35.40 años, DEedad = 11.16). La moda del nivel socioeconómico se situó en clase media, con una distribución leptocúrtica. Se utilizó un muestreo no probabilístico por conveniencia.

Instrumentos

La totalidad de los instrumentos utilizaron escalas Likert (1: totalmente en desacuerdo, hasta 5: totalmente de acuerdo).

Escala de Prejuicio Sutil y Manifiesto (Pettigrew y Meertens, 1995)

Está compuesta por 20 ítems, diez que miden prejuicio sutil y diez, prejuicio manifiesto. Para efectos de este estudio, se utilizó la versión adaptada y validada para su uso en población chilena (Cárdenas et al., 2007; Cárdenas, 2011). Se utilizaron 14 de los 20 ítems, que son aquellos que permitieron su adaptación a la categoría social estudiada. Esta selección fue anterior a la toma de muestra y fue validada por jueces expertos y la aplicación piloto que permitió establecer que la adecuación permitía niveles adecuados de comprensión de los ítems. Esta escala se usó en dos versiones, una de ellas para ser respondida por personas objeto de discriminación – personas con sobrepeso corporal y otra por personas que evalúan que tan discriminado es el miembro de otro grupo – personas sin sobrepeso. Se obtuvo una fiabilidad (alfa) de .70 para la escala manifiesta y .65 para la sutil.

Escala de Percepción de Maltrato Interpersonal (Baeza, 2019)

Esta escala, compuesta por 16 ítems, ha sido utilizado por su autora para medir maltrato interpersonal en el contexto de la atención de salud. Por ello, para su uso en este estudio, fue necesaria su adaptación, luego de la cual se conservaron 11 de los 16 ítems. Este proceso consistió en la selección de los ítems que permitían su uso al evaluar el maltrato interpersonal social. Dicha selección fue validada por la autora de la escala original y sometida a una prueba piloto para determinar la comprensión adecuada de los ítems. En la escala resultante, el participante debe indicar qué tan frecuente cree que ocurran o no formas de maltrato en el diario vivir de las personas con sobrepeso corporal. Se aplicó en dos versiones, una para personas con sobrepeso y otra para personas sin sobrepeso, y se evaluó su percepción de la experiencia del otro grupo. El índice de fiabilidad de esta escala fue .95.

Escala de Adhesión a Normas de No Discriminación (NND) (Estrada, 2020)

Este instrumento mide la adhesión a la norma de la igualdad (10 ítems) y a la norma de la equidad (10 ítems) como formas de no discriminación. Fue construido a partir de la definición de cada concepto, realizando el procedimiento de evaluación por parte de jueces expertos y su aplicación piloto a una muestra de 300 personas. El índice de fiabilidad para la NND de igualdad fue de .74, y el de NND de equidad fue de .86. Las afirmaciones utilizadas se ajustaron a cada muestra, por ejemplo: “como persona con sobrepeso no necesito que me traten de forma diferente a cualquier otra persona” o “las personas con sobrepeso viven circunstancias especiales y difíciles durante el día a día que pueden ser compensadas por la sociedad para darles igualdad de oportunidades”.

Escala de Estilos de Afrontamiento frente al Estigma (Estrada, 2021)

Esta escala utilizó una estrategia similar a la escala de afrontamiento del estrés de Lazarus y Folkman (1984), en la que se presentan alternativas de comportamiento. La escala mide cuatro estrategias de afrontamiento debido a la discriminación: 1. Desanclaje específico, 2. Minimización de la discriminación, 3. Asignación del prejuicio a la discriminación y 4. Comparación intragrupo. Cada una de estas estrategias fue medida por cuatro ítems, completando el instrumento un total de 16 (índices alfa desde .72 hasta .80, considerados aceptables dado el número de ítems de cada subescala). Algunos ejemplos de las afirmaciones utilizadas son: “Creo no ser muy bueno para los deportes por mi sobrepeso, eso hace que invierta mi energía en otras actividades en que tengo mayor éxito”, ”Cuando pienso en las demás personas que sufren de sobrepeso me doy cuenta de que yo no he sido tan discriminado por esa causa”, “Me he dado cuenta de que muchas cosas malas que me pasan se deben a que tengo sobrepeso” y “Aunque tener sobrepeso puede ser una desventaja, igual he podido lograr muchas cosas que otras personas con sobrepeso no”. Las afirmaciones para la muestra sin sobrepeso fueron adaptadas.

Procedimiento

Los participantes fueron reclutados mediante las redes sociales para participar en un estudio en línea sobre “Técnicas de afrontamiento y normas de no discriminación utilizadas por personas con y sin sobrepeso corporal”. Se utilizó la plataforma de formularios de Google en la que un enlace guiaba, inicialmente, a un consentimiento informado que establecía los derechos de los participantes, particularmente referidos al uso confidencial y anónimo de sus respuestas. Posteriormente, respondían a los instrumentos presentados en un orden fijo para toda la muestra. Este proceso tomaba aproximadamente 30 minutos y al terminar, se les agradecía su participación. A aquellos que deseaban recibir un informe personal de sus resultados se les solicitó información básica de contacto. Sus informes fueron desarrollados y enviados utilizando un método de doble ciego, a fin de permitir que sólo el destinatario conociera sus resultados.

Plan de análisis

Se realizaron análisis descriptivos para determinar si los promedios en cada medida podían ser interpretados como bajos, neutros o altos comparados con la media aritmética teórica de la escala (M = 3.0). Se efectuaron análisis de comparación de medias (pruebas t independientes) que permitieron responder a la existencia o no de diferencias de percepción de ambos grupos (con y sin sobrepeso) en las variables del estudio. Se realizaron análisis de correlación de Pearson para observar las relaciones entre las variables según el grupo de pertenencia. Finalmente, se llevó a cabo un análisis de varianza siguiendo el procedimiento de GLM de medidas repetidas, con el fin de contrastar simultáneamente el efecto de pertenecer al grupo con o sin sobrepeso (factor intersujeto) y de la adhesión simultánea a las dos normas de no discriminación propuestas, Equidad – Igualdad (factor intrasujeto), y de observar la presencia de efectos simples y de interacción. Ni el género del participante ni su clasificación socioeconómica fueron incluidos en los análisis, ya que presentaron sistemáticamente invarianza.

Resultados

Al evaluar cada promedio comparándolo con el punto teórico neutro de la escala, fue posible establecer que ambos grupos adhieren bajo a la percepción de que existe prejuicio sutil, manifiesto y total hacia las personas con sobrepeso. De igual manera, las cuatro técnicas de afrontamiento al estrés por poseer el estatus de estigmatizado fueron vistas, por ambos grupos, como de uso frecuente. Al consultarles acerca de la percepción que tienen sobre el ejercicio del prejuicio sutil y manifiesto hacia las personas con sobrepeso, acordaron en que existe, aunque en niveles bajos. Con respecto a la percepción de maltrato interpersonal, mientras las personas con sobrepeso indicaron que se da en niveles bajos, las personas sin sobrepeso señalaron que es ejercido en niveles altos (ver Tabla 1).

Al comparar los participantes que se declararon con y sin sobrepeso, se observaron diferencias en los promedios en todas las variables medidas, a excepción de la adhesión a la NND de la igualdad y el uso de la estrategia de afrontamiento en comparación a la del intragrupo. Las personas con sobrepeso superaron a las sin sobrepeso en su adhesión a la NND de la igualdad (t(454) = -6.16, p = .001, IC95%[-.38, -.20]), en la percepción de prejuicio sutil hacia las personas con sobrepeso (t(454) = -3.92, p = .001, IC95%[-.62, -.21]) y en el uso de la estrategia de afrontamiento de minimización de la discriminación (t(454) = -6.48, p = .001, IC95%[-.69, -.37]). Las personas sin sobrepeso, por su parte, mostraron promedios superiores en la percepción de prejuicio manifiesto (t(454) = 6.01, p = .001, IC95%[.33, .64]), en maltrato interpersonal (t(454) = 8.12, p = .001, IC95%[.60, .98]), en técnicas de afrontamiento de la atribución del prejuicio a la discriminación (t(454) = 4.96, p = .001, IC95%[.25, .57]), y en minimización de la discriminación (t(454) = 3.33, p = .001, IC95%[.13, .51]). Es decir que el grupo no estigmatizado percibió, aunque en bajo nivel, que las personas con sobrepeso sufren principalmente de un tipo de prejuicio directo, que se manifiesta en abierto rechazo social hacia dichas personas, mientras que el grupo estigmatizado dijo sufrir más de prejuicio sutil (ver Tabla 1).

Tabla 1.
Resultados descriptivos y comparativos de las variables según grupo (Sobrepeso/Sin sobrepeso)
VariablesSobrepesoComparaciónpunto neutro(M = 3.0)Sin sobrepesoComparaciónpunto neutro(M = 3.0)Comparaciónambos grupos
MDEtpMDEtptp
NND Igualdad4.660.49-52.80.0014.380.51-39.8.0010-6.2.001
NND Equidad3.540.97-08.78.0013.630.970-9.5.0010-0.9n.s.
Prejuicio Sutil2.701.120-4.02.0012.301.110-9.3.0010-3.9.001
Prejuicio Manifiesto2.180.91-14.00.0012.670.800-6.0.0010-6.0.001
Prejuicio Total2.410.55-17.00.0012.560.830-7.7.0010-2.2.020
Maltrato Interpersonal2.351.110-9.05.0013.140.930-2.2.032-08.2.001
AF Comparación Intragrupo3.530.910-9.09.0013.560.82-10.0.0010-0.4n.s.
AF Atribución a la Discriminación3.270.920-4.53.0013.680.81-12.2.0010-5.0.001
AF Desanclaje Selectivo3.301.110-4.17.0013.620.91-10.0.0010-3.3.001
AF Minimización Discriminación3.990.88-17.40.0013.460.850-8.0.0010-6.5.001
Nota: NND: Norma de No Discriminación; AF: Técnica de afrontamiento

Las medidas de correlación indican que las variables del estudio se conectan de forma diferencial según los participantes con y sin sobrepeso corporal. La primera diferencia importante se observa en la relación entre la adhesión a la NND de la equidad y la percepción de que las personas con este estigma social son objeto de prejuicio manifiesto. Mientras que en las personas con sobrepeso esta relación es positiva y significativa, en el grupo de personas sin sobrepeso es significativa pero inversa (z = 11.84, p = .001). Esto significa que las personas con sobrepeso tienen una mayor percepción del prejuicio manifiesto y de que la norma de no discriminación a aplicar es la de la igualdad. Por el contrario, las personas sin sobrepeso perciben que el prejuicio manifiesto disminuye la adhesión a la equidad.

Para el caso del maltrato interpersonal hacia las personas con sobrepeso corporal, no hay asociación de esta variable con la NND de la equidad, mientras que en aquellos sin sobrepeso existe una relación inversa y estadísticamente significativa (z = 6.86, p = .001). Por tanto mientras mayor maltrato interpersonal perciben las personas con sobrepeso que es ejercido sobre las personas con sobrepeso corporal menos están de acuerdo con la necesidad de aplicar la norma de la equidad compensando las potenciales dificultades y obstáculos, y viceversa. Finalmente, mientras en los participantes con sobrepeso el uso de la NND de la equidad se acompaña de la declaración de utilizar las cuatro técnicas de afrontamiento propuestas, esta relación es ausente en el caso de los participantes sin sobrepeso (ver Tabla 2).

Tabla 2.
Correlaciones entre variables de percepción y normas de no discriminación
12345678910
1. Norma ND Igualdad.05-.01**-.07**-.06**-.01**-.07**-.02**.04**-.20**
2. Norma de ND Equidad.25**-.31**-.36**-.08**-.16**-.43**-.31**.34**-.25**
3. Prejuicio Sutil-.22**-.25**-.40**-.49**-.49**-.45**-.55**-.48**-.20**
4. Prejuicio Manifiesto-.23**-.39**-.73**-.60**-.21**-.40**.38**.29**-.14**
5. Prejuicio Total-.25**-.36**-.89**-.96**-.23**-.02**-.13**-.14**-.03**
6. Maltrato Interpersonal-.09**.10**-.36**-.28**-.33**-.32**-.54**.38**-.07**
7. AF Comparación Intragrupo-.01**-.03**-.45**-.40**-.45**.38**-.45**.47**-.21**
8. AF Atribución discriminación.06**-.09**-.50**-.46**-.51**-.44**-.67**.51**-.17**
9. AF Desanclaje selectivo-.10**-.07**-.45**-.40**-.45**-.46**-.63**-.63**-.19**
10. AF Minimización discriminación-.08**-.24**-.50**-.46**-.51**-.19**-.54**-.50**.39**
* Significativo al .05; ** Significativo al .01Nota: Sobre la diagonal se encuentran las correlaciones de la muestra con sobrepeso. Bajo la diagonal se encuentran los sin sobrepeso.

Se realizó un análisis de varianza GLM de medidas repetidas con el factor de pertenecer al grupo con o sin sobrepeso (factor intersujeto) y de la adhesión simultánea a las dos normas de no discriminación propuestas, Equidad – Igualdad (factor intrasujeto). Los resultados indican un efecto principal del tipo de norma que señala que ambos grupos adhieren más a la norma de la igualdad (F(1, 452) = 379.2, p = .001). El efecto de interacción significativo se produce porque las personas con sobrepeso adhieren significativamente más a la NND Igualdad mientras que presenta niveles similares a las sin sobrepeso en el caso de la NND de la Equidad, F(1, 452) = 14.6, p = .001. Es decir, las personas con sobrepeso prefieren ser tratadas de manera igualitaria, con las mismas exigencias y reglas que aquellos que no tienen esta condición. (ver Figura 1).

Efecto principal y de interacción entre el grupo de pertenencia y la adhesión a las normas de no discriminación
Figura 1.
Efecto principal y de interacción entre el grupo de pertenencia y la adhesión a las normas de no discriminación

Discusión y conclusión

El estudio tuvo como objetivo estudiar la adherencia de dos normas de no discriminación (NND Igualdad / NND Equidad) en dos grupos de participantes, aquellos que se identifican en las categorías sociales con y sin sobrepeso. En la dirección de la predicción propuesta, los participantes de ambos grupos muestran perfiles de adhesión diferentes a las normas de no discriminación propuestas. Aunque ambos grupos prefieren a la NND de la igualdad como forma de no discriminar a las personas con sobrepeso, los participantes del grupo estigmatizado (con sobrepeso) son quienes adhieren más a ella. La NND de la equidad no sólo presenta menos adhesión general que la otra norma, sino que es seleccionada en forma similar por ambos grupos. En otros términos, las personas con el estigma de poseer sobrepeso tienden a negar el peso social de su estigma, y declaran que están dispuestos al tratamiento igualitario en mayor proporción que los participantes de la población general. Este resultado es compatible con la declaración del grupo con sobrepeso de que tienden a enfrentar el estrés de la estigmatización utilizando la técnica de afrontamiento de la minimización de la discriminación. Evitar verse a sí mismo en tanto individuo como objeto del prejuicio y la discriminación muestra una relación positiva con la adherencia de la norma de la igualdad. Una posible interpretación de estas evidencias es que son el resultado del autoestigma. El sobrepeso es un estigma que trasciende lo individual y que depende, como todos ellos, de un conjunto de influencias culturales e ideológicas (Bermúdez-Román et al., 2015). En la cultura actual el sobrepeso es percibido como parcialmente controlable, lo que conduce a la auto estigmatización, es decir, a verse como objeto de responsabilidad personal en el acto de pertenecer a este grupo (Vatanasin y Dallas, 2022; Veelen et al., 2020). El preferir la norma de la igualdad representa una forma de negación de los obstáculos que posicionan a las personas con sobrepeso frente a condiciones de acceso a la educación, trabajo y salud, desbalanceadas con respecto a las normopeso (Energici et al., 2017). La igualdad, en este caso, podría representar una autoexigencia de ser tratado como una persona sin sobrepeso, aun en contextos donde las diferencias previas existen (Mosquera et al., 2009).

Además, en la dirección de lo predicho, la percepción del prejuicio y la discriminación son moderadas por el grupo al que se pertenece. No existe consenso ni respecto al grado ni a la forma en que se ejerce el prejuicio y la discriminación hacia las personas con sobrepeso corporal. Los resultados muestran que las personas con sobrepeso corporal perciben que el prejuicio, en todas sus formas, es bajo, al igual que el maltrato interpersonal (discriminación). Además, el prejuicio sutil es visto como más prevalente que el manifiesto. Este resultado podría ser también el efecto de la minimización de la discriminación que, como mecanismo defensivo de la autoestima, impulsa a las personas estigmatizadas a evadir el verse a sí mismos como objeto de prejuicio (Ruggiero y Taylor, 1997). También podría ser el resultado de la autoestigmatización del grupo con sobrepeso corporal que, en la consideración de que es legítimo el trato que recibe, lo significa como menos hostil de lo que otros lo hacen (Gómez-Pérez et al., 2017). Lo anterior se acompaña de un puntaje menor en la percepción de que se ejerce maltrato interpersonal hacia las personas con sobrepeso.

Los miembros del grupo potencialmente estigmatizador (sin sobrepeso) no parecen distinguir comportamientos o pensamientos dañinos hacia el otro grupo, a pesar de lo pernicioso que resulta para las personas que reciben el prejuicio y la discriminación (Cárdenas et al., 2007; Easter, 2013).

Las diferencias observadas entre la autopercepción y la heteropercepción de la problemática de la “gordofobia” conduce a la reflexión sobre la cuestión de quién o quiénes son las personas que pueden posicionarse adecuadamente para lograr la no discriminación. Por una parte, está el problema del contexto actual en el que las políticas públicas, que buscan contribuir al bienestar de todos los miembros de una comunidad, suelen ser decididas por miembros del grupo dominante o potencialmente estigmatizador, que cree comprender la visión de quien sufre el estigma y sus consecuencias. Esta evidencia inicial indica que en el caso de un estigma social que es visible y percibido como controlable, los miembros no estigmatizados tendrían dificultades para significar como importantes los comportamientos que ellos mismos y otros de su categoría social realizan. Esto afecta su empatía y su capacidad de reparar las consecuencias de sus actos (Cárdenas et al., 2007). Aún peor, son las propias personas afectadas de la valoración social negativa las que parecen “identificarse con su agresor”, autoimponiéndose exigencias de mayor igualdad y menor equidad (Vatanasin y Dallas, 2022).

Esta investigación presenta limitaciones evidentes porque se aproxima al problema del estigma sin considerar que los estigmas suelen interactuar en las personas (se puede poseer varios simultáneamente) y que no todos son equiparables. Aquellos estigmas considerados controlables no necesariamente mostrarán perfiles de adhesión a normas de no discriminación similares a aquellos considerados no controlables, invisibles, etc. Futuras investigaciones deberán avanzar en la comprensión de estos aspectos e introducir nuevas variables moderadoras y mediadoras del fenómeno. Por otra parte, su carácter no experimental impide que los resultados logren un alcance explicativo, por lo que se requiere evidencia adicional que confirme estos hallazgos y profundice en las preguntas que quedan abiertas a partir de este estudio. Se hacen necesarios estudios que repliquen los resultados, así como otros experimentales y/o que profundicen en la subjetividad del fenómeno.

Este primer estudio pretende problematizar la cuestión de la importancia de la posición del observador como miembro o no de una categoría social estigmatizada al momento de evaluar la dimensión del problema del prejuicio y la discriminación, y la adhesión a normas de no discriminación para enfrentarlo. En este sentido, se hace una contribución a la consideración inicial de Goffman (1963) de que no se trata de características en sí mismas, sino de la interacción entre ellas y de la cultura en la que los grupos se relacionan.

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