Políticas públicas y gubernamentales sobre infancias y juventudes
Racionalidades de los dispositivos de cuidado institucional y de los procesos de adopción infantil
Rationalities of institutional care devices and child adoption processes
Racionalidades de los dispositivos de cuidado institucional y de los procesos de adopción infantil
Política y Cultura, núm. 53, pp. 39-59, 2020
Universidad Autónoma Metropolitana

Recepción: 11 Noviembre 2019
Aprobación: 20 Abril 2020
Resumen: Desde una perspectiva etnográfica, se analizan diferentes dimensiones de la vida social que atraviesan la existencia y el funcionamiento de los hogares convivenciales, dispositivos de cuidado institucional que albergan niños que eventualmente pueden ser orientados hacia la adopción en el conurbano bonaerense, Argentina. Se sostiene que predomina una racionalidad valorativa, asociada con las esferas en donde predominan las relaciones personales y afectivas, que favorece la existencia de un orden normativo alterno que estructura las relaciones sociales entre los actores intervinientes y que modula algunas de las formas en que se produce la adopción de niños.
Palabras clave: etnografía, racionalidades, órdenes normativos, adopción de niños.
Abstract: This article analyzes from an ethnographic perspective the different dimensions of social life that cross the existence and the function of residential care institutions (hogares convivenciales). This kind of spaces gives shape to devices that eventually can promote the adoption of children in the conurbano bonaerense, Argentina. This article argues that a value rationality predominates, associated with the spheres where personal and affective relationships are the main focus. This situation promote the existence of an alternative normative order that structures social relations and give shape of a different type of adoption of children.
Keywords: ethnography, rationalities, normative orders, adoption of children.
introducción
El interés es indagar las relaciones sociales que tienen como epicentro los dispositivos de cuidado institucional (denominados “hogares convivenciales) del “campo” de protección de la infancia,1 en tanto estos lazos son una “ventana estratégica” para avanzar en el análisis de algunos de los procesos a partir de los cuales se gestan las adopciones de niños en el conurbano bonaerense.2 El análisis, antes que centrarse en las normas jurídicas y en sus instituciones, se preocupa por identificar las relaciones sociales en las que los individuos de carne y hueso están vinculados con otros, y las racionalidades que organizan tales relaciones.
Este trabajo se aparta de una visión normativa del mundo social que conceptualiza a los hombres y mujeres como sujetos “racionales y abstractos, libres de lazos personales”.3 Por el contrario, interesa aquí indagar cómo los actores sociales se ven implicados en las relaciones sociales en las que participan y a qué obligaciones permanecen sujetos según los diferentes sentidos y valoraciones puestos en juego. Al indagar cómo los actores sociales implicados dotan de sentido a esas relaciones sociales en razón de sus intereses y valores, antes que pensar en racionalidades excluyentes o puras (las “racionalidades legales” frente al “humanitarismo”; una racionalidad instrumental –asociada con la esfera económica– frente a una valorativa –asociada con las esferas donde predominan las relaciones personales y afectivas–), entendemos que éstas se revitalizan o flexibilizan según los “contextos de interacción”4 en los que los agentes intervienen.
En el conurbano bonaerense, diferentes actores sociales conforman el campo de protección a la infancia: agentes administrativos de las oficinas de promoción y protección de derechos (los Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos dependientes de los municipios –SLPPD–, y los Servicios Zonales –SZPPD–, dependientes del Organismo Provincial de la Niñez y la Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires), agentes judiciales (juzgados de familia y asesores de incapaces), y los agentes de los “hogares convivenciales” (instituciones que albergan a niños, niñas y adolescentes alejados de sus grupos de convivencia) que nuclean “voluntarios” interesados en “colaborar” bajo diferentes formas.5
Este artículo se enmarca en una investigación mayor para la cual realicé trabajo de campo en el periodo 2009-2013 en hogares convivenciales (admi-nistrados por organizaciones sociales), juzgados de familia y oficinas de promoción y protección de derechos, todos ubicados en el conurbano bonaerense.6 A partir de entrevistas semiestructuradas (a agentes judiciales, administrativos de las organizaciones sociales, miembros de los grupos domésticos de los niños, así como colaboradores de los hogares convivenciales), de observación participante en los ámbitos mencionados (el seguimiento de casos, más el registro de conversaciones informales), así como del trabajo con fuentes (registro y sistematización de legajos administrativos, expedientes judiciales, informes institucionales, leyes, resoluciones y decretos, etcétera) indagué el dominio de prácticas institucionales que hacen a la transferencia de la responsabilidad sobre los niños de unos adultos hacia otros.
eslabones de una cadena de protección
En su gran mayoría, los niños que pueblan los hogares convivenciales ubicados en el conurbano bonaerense provienen de esa área, así como de los barrios más pobres de la zona sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se trata de niños que antes de su ingreso a instituciones de este tipo estaban en situación de calle, o bien residían en villas miseria o en casas tomadas. Son niños que –a los ojos de los agentes estatales encargados de su protección– no recibían los cuidados que se presume o se sostiene son adecuados y necesarios, o que permanecían solos mucho tiempo o sobre quienes se ejercían actos de violencia, maltrato o abuso sexual.
Las medidas excepcionales de protección a partir de las cuales se decide la separación de los niños de su medio familiar, son instrumentadas por los agentes administrativos –pertenecientes a los SLPPD– y, por su parte, los agentes judiciales del fuero de familia son quienes realizan “el control de legalidad” de dicha medida.7
Los hogares convivenciales administrados por organizaciones sociales –tanto laicas como religiosas– que alojan a niños/as y adolescentes que han sido separados de sus grupos domésticos, firmaron un convenio con el organismo provincial a cargo de las políticas destinadas a la infancia y a la adolescencia, a partir del cual reciben una beca (en dinero) por cada niño que alojan y, a su vez, se comprometen a “asegurar al niño la protección y cuidado necesario para su bienestar”.8
En efecto, los agentes de los hogares convivenciales son quienes cotidianamente se encuentran cara a cara con los niños y con los miembros de sus familias, los evalúan y promueven distintas acciones a fin de revincular o no a los niños con éstas. Parte de su trabajo es elaborar “informes” en los cuales consignan las visitas de los miembros de sus grupos domésticos al hogar, cómo es el desempeño de esos adultos con sus niños, las características de esos vínculos, el comportamiento de los niños en la institución, su rendimiento escolar, su estado de salud y, si así fuera, las vinculaciones que los niños comienzan a establecer con personas que –como veremos– se acercan a los hogares para “ayudar”. Estos informes escritos, elaborados por los profesionales de los hogares o sus directivos, son luego remitidos a las oficinas de promoción y protección de derechos y a los juzgados de familia, conformando así los legajos o “carpetas” administrativas y los expedientes judiciales. De modo que aquello que es registrado o asentado en esos informes, constituye el material (los relatos de las visitas, los estados anímicos de los niños al cabo de éstas, las evaluaciones de los grupos familiares, etcétera) sobre el cual luego se fundan las decisiones sobre el futuro de los niños internados.
Por lo tanto, los hogares convivenciales forman parte del circuito jurídico-burocrático a partir del cual se decide la separación definitiva o el retorno del niño a su familia.
Estos procesos serán analizados desde una perspectiva que se aparta de una mirada normativa basada en el binomio legalidad/ilegalidad dado que para tornar inteligibles las modalidades en que se resuelven los futuros de los niños, es necesario indagar “otros órdenes de normatividad –quizás menos formalizados– que están constantemente interactuando, reforzando o compitiendo por la legalidad oficial”.9
Para atender esos otros órdenes de normatividad focalizamos las relaciones sociales que enlazan a los actores sociales participantes de esta trama de relaciones sociales10 y a partir de la cual se configura el desenlace de esas medidas. Analizar esas tramas implica centrarnos en circuitos de intercambio (de bienes simbólicos y materiales), en prácticas formales e informales, en lógicas y sentidos que estructuran esas redes de relaciones.
el universo social de los hogares convivenciales: racionalidades y prácticas
Como indican algunos autores, las organizaciones privadas destinadas a la protección de la infancia tuvieron históricamente una activa intervención en este campo.11 Sin embargo, esto no significa que la participación y el rol cumplido por estas organizaciones no gubernamentales se hayan mantenido indemnes a lo largo del tiempo, por el contrario, se fueron modificando según los diferentes contextos sociohistóricos y, en particular, afectadas por los cambios en el tipo de relación establecida entre el mercado y el Estado, y entre éste y la sociedad civil.12 Actualmente, los hogares convivenciales podrían inscribirse en lo que en los últimos años se ha denominado el “tercer sector” –en oposición al sector público y al sector empresario–, dado que está compuesto por organizaciones privadas sin fines de lucro que persiguen propósitos de bien público.13
Las organizaciones sociales cubren un amplio abanico de instituciones que tienen objetivos, modos de hacer y de administración diversos. A su vez, éstas no realizan sus actividades en un pie de igualdad, no todas cuentan con los mismos recursos para hacer frente a su tarea. Si bien todos los hogares convivenciales debieron amoldarse a la vinculación con agencias estatales y, a su vez, todos los que celebraron un convenio reciben las subvenciones de las agencias estatales, algunos de ellos se encuentran más atados a esas transferencias de dinero –y a los lineamientos de la política pública– que otros. Los hogares que dependen estrechamente de las subvenciones estatales –que suelen ser insuficientes o nulas en muchos casos– se encuentran más atados a los vaivenes de la política estatal.
Otros hogares convivenciales son administrados por organizaciones de gestión privada de gran tamaño, que nuclean diferentes instituciones para niños, de dimensiones desmesuradas en comparación con otras, que se configuran como un gran soporte para las agencias estatales en la atención de casos, no sólo por su extensión territorial (su ramificación en diferentes zonas del conurbano bonaerense) sino también por la diversidad de modalidades de atención.
Además, otra tendencia por parte de algunas de las organizaciones sociales que administran hogares convivenciales fue imitar el funcionamiento de las empresas, adoptando técnicas de marketing, de reclutamiento y de formación del personal.
Ahora bien, en su abrumadora mayoría, en estas instituciones predomina una racionalidad valorativa (asociada con las esferas donde predominan las relaciones personales y afectivas) en la que subyacen componentes morales y emocionales. Los agentes de los hogares convivenciales, en el desarrollo de su tarea, traban relaciones sociales en las que predominan las relaciones personales, afectivas, aquellas que se establecen cara a cara, los intercambios no mercantiles y en donde recurrentemente las acciones realizadas por los actores sociales se justifican en sentimientos y emociones. Como planteó un agente de uno de los hogares encargado de desarrollar fondos mediante proyectos solidarios, la tarea de estas instituciones lleva una gran proporción de “humanitarismo”, sobre todo porque “se trata de estar con niños, de cuidarlos, cobijarles, darles afecto”. Aunque también aclaró que entiende que el hogar es necesario administrarlo como una “pequeña empresa”.14 Así, en estas instituciones predomina una lógica que se basa en las relaciones personales entre los involucrados pero estos actores sociales no desconocen las racionalidades imperantes en la esfera económica, ni la impersonalidad de la burocracia estatal con la que interactúan a diario.
El término “humanitario” nos remite a un conjunto de valores que los actores de los hogares utilizan en muchas oportunidades para legitimar su tarea: la solidaridad, el altruismo, la ayuda desinteresada y el componente emocional involucrado en el trabajo efectuado “en pos de los niños”. Es decir, pese a recibir fondos escasos y a destiempo (ya que también se ven obligados a sortear los vericuetos burocráticos de la administración estatal que suponen largos tiempos de espera y una gran cantidad de trámites), estos agentes deciden involucrarse en este tipo de tareas.
Para volver inteligible los cursos de acción o sentidos que se alejan de la racionalidad instrumental del mercado o de los lazos impersonales que carac-terizan a la administración estatal, apelamos al trabajo de Marcel Mauss quien –como es sabido– investigó aquellos intercambios en que quedan implicados los actores sociales a partir de la triple obligación: dar, recibir y devolver.15 A partir de estos intercambios no mercantiles (que se hacen bajo la forma de presentes, gentilezas) se establece una trama de relaciones sociales instituidas a partir del acto de donar.16 Este planteo permite analizar los intercambios que se realizan a partir de las relaciones personales que los individuos efectúan, y las normas más informales que también guían o condicionan las vinculaciones entre los sujetos.
Siguiendo esta perspectiva, se plantea que la labor de los agentes de los hogares convivenciales cobra legitimidad en tanto cuenta con un componente moral, ya que ellos dan más de lo que reciben (pese a que los “costos” son altos). Estos actores sociales son recompensados en “capital simbólico”,17 ya que se entregan a una actividad que requiere abnegación, en pos de la crianza de los niños. Es decir, “las donaciones o inversiones a fondo perdido son recuperables en la medida en que aseguran una contradonación más valiosa en forma de reconocimiento”.18 Sin embargo, el reconocimiento es un bien simbólico del que no disponen uniformemente los hogares convivenciales.
Muchos de éstos son retribuidos por la tarea desinteresada que prestan a los niños por medio de donaciones,19 la cuales conforman una entrada no menor (aunque variable y discontinua en el tiempo) de bienes y servicios para que los hogares convivenciales puedan sostener su funcionamiento. Así, éstos reciben donativos en bienes materiales –tales como muebles, ropa y calzado para los niños, etcétera– y en servicios, personas que realizan algún tipo de actividad sin percibir remuneración monetaria. Estas tareas completan un abanico de posibilidades: reparaciones de todo tipo, actividades recreativas para los niños (dentro y fuera de la institución, salidas y paseos a lugares públicos y a las casas de los voluntarios, incluso vacaciones) como también su traslado y acompañamiento a diferentes instituciones (a hospitales, tribunales, etcétera) y profesionales (médicos, psicólogos, etcétera). En el próximo apartado analizamos cómo el trabajo voluntario con los niños se transforma en un verdadero plus para los hogares convivenciales.
Recapitulando, interesa resaltar que los agentes de los hogares conviven-ciales caracterizan su tarea enfatizando su carácter solidario y desinteresado antes que como ofertantes de un servicio que el Estado contrata. Ello así porque antes que ser partícipes de una racionalidad instrumental (asociada con la esfera económica), este tipo de instituciones legitiman su trabajo y su existencia en el campo de la protección de la infancia a partir de nociones tales como el altruismo, el involucramiento personal y la movilización de valores morales, sentimientos y emociones. De este modo, los agentes de los hogares convivenciales anclan su desempeño en un universo social donde explícita o implícitamente el beneficio o los intereses particulares resultan impropios o inconvenientes.
la protección de la infancia entre las donaciones y las colaboraciones
Con el fin de llevar a cabo sus tareas, los hogares convivenciales cuentan con la presencia de profesionales (psicólogos y trabajadores sociales habitualmente, quienes conforman el equipo técnico), del director/a y de los empleados denominados operadores (mujeres, en su abrumadora mayoría) que son quienes se encuentran la mayor parte del tiempo con los niños y a quienes en la jerga institucional se les conoce como “tías”. Además de ese plantel estable, estas entidades cuentan con personas que colaboran con el cuidado de los niños y el sostenimiento de las instituciones (como se señaló, con donaciones, trabajo ad honorem, acompañamiento de los niños a turnos médicos y el dictado de talleres). En algunas instituciones estas personas son llamadas “voluntarios”, y en otras “padrinos”. Como se puede apreciar, ambos términos subrayan la acción positiva y complementaria que estas personas ejercen en la crianza de los niños. En este trabajo se opta por denominarlos colaboradores, con el objetivo de hacer notar que unifican tanto acciones orientadas al cuidado y crianza de los niños como al mantenimiento de los hogares convivenciales.
Este apartado explica cómo la presencia de colaboradores en los hogares convivenciales se constituye en un bien preciado para las autoridades y el equipo técnico de los hogares, de cara a los actores sociales que componen el campo de las instituciones de protección a la infancia (los agentes de los juzgados de familia, de las asesorías de incapaces y de las oficinas de promoción y protección de derechos de los niños).
Resulta de interés para la argumentación que se elabora, resaltar la presencia de los colaboradores, ya que para los hogares se transforma en un verdadero plus en diferentes sentidos. Por un lado, una de las modificaciones que se intentaron promover con la adopción de la Convención Internacional de los Derechos del Niño en Argentina, fue la remoción de ciertas prácticas institucionales características de las “macroinstituciones”. Una de éstas refiere a la concentración –al interior de estos grandes institutos que predominaron hasta bien entrado el siglo XX–, de la escuela, la atención médica, los deportes o las actividades recreativas. Desde hace algunos años, los niños asisten a la escuela, al hospital o al centro de salud, a clubes, colonias, etcétera, fuera de los hogares. Por lo tanto, estas actividades extramuros implican tener una cantidad de personal suficiente para acompañar a los niños a cada turno médico, a la colonia, a los cumpleaños de los compañeros de la escuela, a las actividades recreativas y, en ocasiones, a los juzgados de familia, a las asesorías o a los servicios de promoción y protección.
Por otro lado, existe aún una porción de adolescentes alojados en hogares convivenciales que llevan varios años internados y algunos de ellos ya no mantienen lazos con ningún referente afectivo o familiar. Entonces, fundamentalmente en esos casos, la presencia de colaboradores en los hogares significa la posibilidad de “salir” del hogar y pasar los fines de semana y los días de fiesta de fin de año con personas ajenas al hogar convivencial y en un ámbito familiar.20
Pero también, desde el punto de vista de la administración del hogar, contar con colaboradores que deseen hacerse responsables por unos días u horas de los niños significa descomprimir tareas para las operadoras que trabajan ahí (sobre todo los fines de semana y los días de fiesta). Por ejemplo, en una audiencia en un juzgado de familia, una coordinadora de un servicio local expresó:
Esto ustedes no tienen por qué saberlo, pero en el Local recibimos mucha presión por parte de los hogares para que en las fiestas los chicos puedan pasarla con sus familias, fuera del hogar. Entonces, en las fiestas quieren tener la menor cantidad de chicos adentro del hogar (nota de campo, audiencia en un juzgado de familia, Lomas de Zamora, 12 de marzo de 2012).
Pero, además, contar con colaboradores que ofrecen cuidar de los niños (llevarlos de paseo, festejarles el cumpleaños de una manera particular, etcétera) durante los días de fin de semana o durante unas semanas de vacaciones, también es un recurso más para demostrar la calidad de su trabajo. Así, a partir de este tipo de actividades realizadas por personas que no reciben un pago en dinero, los hogares cosechan su buena reputación, su prestigio, en fin, bienes simbólicos que asumen ese carácter al ser distinguidos y valorados por los agentes sociales de este campo institucional.
Sumado a ello, contar con este tipo particular de donación (los paseos y las vacaciones a cargo de los voluntarios) es una característica de los hogares que realizan “una buena y comprometida tarea con los niños”, dado que en los últimos años se fortaleció el postulado normativo según el cual los niños no deben vivir en hogares, dado que la “institucionalización es un mal en sí mismo”.21 Esta noción se basa en el supuesto de que la familia es el mejor medio para la crianza de los niños. Por lo tanto, que éstos tengan acceso a experimentar lo que significa vivir en familia –mientras se resuelve el retorno a su familia o su ingreso a otra– es promovido por las autoridades de los hogares convivenciales y es aceptado por los otros agentes sociales (oficinas de promoción y protección de derechos, asesorías de incapaces y tribunales de familia) que supervisan la medida excepcional de protección de derechos.
Audiencia en un tribunal de familia por el “control de legalidad” de una medida excepcional de protección de derechos. La magistrada, el oficial auxiliar de la asesoría de incapaces y la trabajadora social del tribunal están entrevistando a un grupo de cuatro hermanos (tres varones y una nena) que se encuentran viviendo en un hogar convivencial hace casi dos años. Luego de unas preguntas que realiza la magistrada para conocer las actividades cotidianas que llevan a cabo los niños, la directora del hogar explica que los niños salen los fines de semana con voluntarios del hogar. Explica que el grupo de hermanos sale junto a dos familias distintas (de vacaciones y junto a ellos pasaron las fiestas). La magistrada quiere saber cómo se sintieron durante ese tiempo que los niños pasaron con las familias. Los chicos dicen que muy bien. El mayor de los niños relata sonriendo que durante una de las salidas probó por primera vez medialunas. La magistrada centró su mirada primero en el niño, después lo hizo en sus hermanos y luego esbozó una sonrisa (nota de campo, audiencia en un tribunal de familia, Lomas de Zamora, 28 de marzo de 2012).
En la cita del registro del trabajo de campo, los voluntarios con los que cuenta el hogar son puestos de relieve. Ello, por un lado, se debe a que disponer del trabajo desinteresado de voluntarios, de alguna manera, es una forma de señalar que hay otras personas que conocen el trabajo que esas instituciones llevan a cabo, le confieren valor y, por lo tanto, suman colaboración. A su vez, es interesante recalcar que para los agentes judiciales y administrativos la presencia de los voluntarios en los hogares no llama su atención. Antes bien, estos actores sociales (los voluntarios) forman parte del escenario tradicional y cotidiano de los hogares convivenciales que alojan niños/as y adolescentes.
Asimismo, vale señalar que la porción de la infancia destinada a estos espacios proviene de los sectores sociales con las necesidades básicas insatis-fechas. Ello colabora en la construcción de una imagen de niños necesitados de cuidados, de protección. Esos actores sociales orientan sus acciones a prote-gerlos, por lo tanto, se constituyen en agentes legítimos al asumir el compro-miso moral de proteger a aquellos que no pueden hacerlo por sí mismos.22
En el próximo apartado incorporamos otro enfoque sobre la presencia de personas que donan su tiempo, su trabajo y cierto tipo de bienes, para iluminar las modalidades a partir de las cuales los individuos se ven envueltos en relaciones de intercambio y los intereses a los que están asociados.
vínculos que se eligen, vínculos que constriñen
Como se indicó, este trabajo se inspira en el planteo maussiano para explorar los intercambios como momentos de construcción o fortalecimiento de lazos sociales, donde los sujetos se ven constreñidos a dar, recibir y devolver dones aparentemente gratuitos y voluntarios, pero que en realidad tienen un carácter coercitivo e interesado.23 Es decir, que en esos mismos actos de intercambio, las personas “ocultan, finalmente, los intereses que –en tanto socios de diferentes circuitos de intercambio– tienen para asegurar la continuidad de sus relaciones”.24 A partir de estos actos, los sujetos se “‘acreditan’ moralmente, adquieren ‘autoridad’ para participar en la vida”.25 Por ello, en este apartado focalizo aquellas reglas e intereses en juego que guían los comportamientos de diferentes actores sociales involucrados en la crianza de los niños alojados en hogares convivenciales, y tomo distancia de aquellas interpretaciones que priorizan las implicancias del cumplimiento o no de las normas jurídicas. Así, para tornar inteligibles esos comportamientos es necesario examinarlos a partir de las relaciones que vinculan a los agentes judiciales, administrativos, de los hogares convivenciales (entre ellos, los colaboradores).
Con el objetivo de llevar a cabo este análisis se relata un caso de un hogar convivencial revelado durante el trabajo de campo. Este hogar, ubicado en la zona sur del conurbano bonaerense, se dedica a albergar niños/as que fueron separados de su grupo familiar. En respuesta a aquellos casos en los cuales las niñas y los niños llevan ya varios años de permanencia en la institución, el hogar creó un programa que tiene por objetivo “sostener afectivamente”, a partir de “familias de voluntarios” que “acompañan” a las niñas y los niños que no reciben “visitas” o que no cuentan con ningún miembro familiar o referente afectivo con los que puedan realizar paseos recreativos, con quienes puedan salir los días de fiesta de fin de año, que asistan a los actos escolares, etcétera. Para constituirse en voluntarios del hogar, diferentes familias son evaluadas por la psicóloga y la trabajadora social de la institución, luego, también deben participar en reuniones grupales con otros colaboradores. Este programa, según explicó la autoridad del hogar, estaba reconocido por el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia.
En este hogar conocí a Georgina y Jessica que –en ese momento– tenían 9 y 7 años respectivamente, y también tenían la experiencia de haber pasado por varios hogares y de diferentes tipos. Este tránsito institucional comenzó cuando –desde que tenían pocos meses de vida– fueron separadas de su madre para ser alojadas en un programa llamado “Amas externas” (sus otras hermanas se hallaban en diferentes instituciones).26 Es en este hogar donde ambas niñas dejaron de deambular por otras instituciones gracias a que ahí conocen a Martín y a Daniela, un matrimonio que se presenta en el hogar con ganas de colaborar y pasa exitosamente las evaluaciones previstas por el programa de la institución.
Martín y Daniela, luego de una serie de embarazos que no prosperaron y que comprometieron seriamente la salud de ella, se decidieron por la adopción para “terminar de formar la familia”, según me expresaron cuando comenzaron a relatar las experiencias que vivieron a lo largo de seis años, hasta que conocieron a las niñas. No voy a extenderme en puntos que no hacen al objeto de análisis, sólo menciono que ese relato fue elaborado de una manera tal que los fortalecía en una posición moralmente positiva, en tanto habían rechazado una serie de ardides que otras parejas sí llevaron a cabo y, sumado a ello, otras personas (entre ellas, profesionales) habían querido lucrar con su deseo hecho necesidad.
Por medio de la novia de un amigo –trabajadora social de un juzgado de familia– se enteran de la existencia del hogar. Los agentes de esa institución evaluaron que ellos comenzarían a “acompañar” a Georgina y Jessica. A partir de ahí, Martín y Daniela empezaron a dispensarles ciertos “bienes de cuidado” que colaboraron en la construcción del vínculo afectivo entre ellos y las niñas.27 Así, eran ellos quienes se presentaban en la escuela con motivo de los actos escolares, quienes llevaban y acompañaban a las niñas a los diferentes turnos médicos, quienes los fines de semana las llevaban de paseo y les compraban una serie de alimentos que no consumían dentro del hogar (y que las chicas altamente valoraban). Pero estos actos generosos no llegaban a compararse con los efectos positivos que la vinculación con estos adultos les generó a las niñas. Así, los lazos afectivos que se fueron tramando entre ellos repercutieron positivamente en el desarrollo emocional de Georgina, pero aún más en el de Jessica. Esto quedaba claramente reflejado en los informes que los agentes del hogar enviaban al SLPPD y al juzgado donde se tramitaba la medida de protección excepcional que recaía sobre las niñas. En éstos, las profesionales del hogar informaban que Jessica –que había ingresado a la institución con un presunto diagnóstico de autismo, luego de haber transitado siete años en diversos hogares– había modificado muchas pautas de conducta, podía relacionarse mejor con el entorno y comenzaba lentamente a comunicarse con el resto de las personas, independientemente de su hermana mayor. Estos informes del hogar también eran ratificados por aquellos que elaboraba la psicóloga del hospital donde asistía la niña, secundada por alguno de los dos voluntarios de la pareja. Así, frente al juzgado que intervenía, el hogar –gracias a la vinculación con estos colaboradores– fortalecía su rol y acumulaba capital simbólico: ganaba prestigio y disponía de un capital de confianza que el juzgado –al ver los buenos resultados– le prodigaba. Estas recompensas sociales posibilitaban que el hogar hiciera uso de otro beneficio: cierto margen de autonomía en su accionar.
A su vez, Daniela y Martín se enorgullecían de los cambios positivos que notaban en las niñas, pero comprendían que, gracias al crecimiento y forta-lecimiento del vínculo con ellas, también ellos se hallaban más involucrados en ese vínculo y, por lo tanto, supeditados a la relación que los unía al hogar donde las conocieron. Es decir, si el hogar les había dado la posibilidad de estrechar lazos con dos niñas –anhelo que guio su búsqueda durante seis años–, el matrimonio estaba interesado en mantener los enlaces que los unían a la institución ya que ésta oficiaba de intermediario entre su deseo de “completar la familia” y el juzgado que lo podría hacer posible.
De este modo, el matrimonio se convirtió en “deudor” del hogar. A pesar de haber ofrecido cuantiosos bienes de cuidado a las niñas (y que, al mismo tiempo, resultaban en colaboraciones para el funcionamiento del hogar), la deuda contraída no alcanzaba a saldarse dado que el valor de la infancia es inestimable,28 y a los niños se los conceptualiza como seres únicos, irremplazables, al menos en estos contextos de interacción, donde el objetivo primero es “formar una familia”. Así, para Daniela y Martín los agentes del hogar se constituían en personas especiales, capaces de hacer factible algo que hasta hace poco tiempo era inalcanzable.29 Así, en esta relación las posiciones sociales del hogar y del matrimonio no eran simétricas, ya que uno de los polos gozaba de mayor jerarquía.
Pero quienes ocupaban el otro polo estaban interesados en recrear y fortalecer esa relación hasta tanto el juzgado se decidiera y, finalmente, les otorgara la guarda con fines de adopción. Así, por ejemplo, cuando llegaron las fiestas de fin de año y la autoridad del hogar les comentó que Natalia30 –una joven que vivía en el hogar– no tenía con quien festejar esas fechas, Daniela y Martín se ofrecieron espontáneamente a invitarla al festejo de Navidad junto a su familia y a las niñas.
Así, mientras el matrimonio y el hogar se volvían socios tácitos de estos intercambios, aún faltaba resolver la situación en que se encontraban las niñas con respecto a su familia biológica, la cual estaba compuesta por su madre, Silvia, y seis hermanos más, dos de ellos tenían hijos y vivían con sus respectivas parejas, y en algunas oportunidades fueron a ver a las niñas al hogar y también las egresaron durante dos fines de semana. Como sucede en la mayoría de estos casos, la familia de origen de las niñas pertenecía a los sectores populares, una de las hermanas y su madre vivían en una villa miseria de la capital federal, y la otra hermana vivía en un partido del noroeste del conurbano bonaerense. A lo largo de los años de internación de las niñas en diferentes instituciones, el contacto con la madre fue esporádico. En el caso de las hermanas que tenían hijos, las dos más grandes ya eran mayores y se habían independizado, por lo tanto, el vínculo con la familia de origen no dependía sólo de Silvia.
Cuando las niñas ingresaron en el nuevo hogar, la mamá de las nenas fue citada en el juzgado y acordó visitar a las niñas en esa nueva institución en que vivían. Ahí se presentó y junto con los profesionales del equipo técnico se establecieron días de visita y llamadas telefónicas al hogar (dado que no podía asistir todas las semanas). Pero, al cabo de unos meses, el hogar informa al juzgado que la madre no mantenía lo pautado y que tampoco las hermanas se ponían en contacto con las niñas. Mientras, éstas seguían afianzando el vínculo con los voluntarios, quienes puntualmente las visitaban, les hacían pequeños obsequios, las llevaban a los diferentes turnos médicos y las ayudaban con las tareas escolares.
En una oportunidad en que la madre de las niñas asiste al hogar, la trabajadora social de esa institución mantuvo una conversación con Silvia. Fruto de ese encuentro se labró un acta en donde la madre expresó que “respetará lo que las niñas quieran hacer”. En el próximo informe al juzgado, el hogar transmitió lo sucedido entre la madre de las niñas y la profesional del hogar, solicitó una audiencia al magistrado interviniente para que escuche a las niñas, y otra para que conozca al matrimonio voluntario.
Se celebró una audiencia en la que las niñas solicitaron al magistrado convivir con el matrimonio colaborador. En la segunda audiencia, el magistrado conoció al matrimonio y éste expresó su voluntad de adoptar a las niñas. Ante esta situación, desde el juzgado se resolvió citar a la madre a una audiencia, donde los agentes judiciales relataron la vinculación que las niñas establecieron con el matrimonio y la voluntad de éstas de ser adoptadas por ellos. Silvia prestó su consentimiento para que las dos niñas compartan más tiempo con el matrimonio colaborador y, si ellas así lo deseaban, que sean adoptadas por éste. Así, Silvia también realizó una cesión al renunciar a su condición de madre en pos del deseo de sus hijas. Por este acto, Daniela y Martín me explicaron que tienen un profundo agradecimiento a la madre de las niñas, ya que su decisión hizo posible la concreción de la guarda con fines de adopción de las niñas. Pero a su vez, el matrimonio me relató que el juez les “agradeció” hacerse responsables de las niñas, ya que si ellos no se hubieran ofrecido “las niñas seguirían viviendo en una institución”.
A partir del trabajo llevado a cabo con las niñas y con los voluntarios, éstas pudieron dejar el hogar e integrarse a una familia. Esta exitosa experiencia se transforma en un éxito para los agentes del hogar a partir de la cual suman prestigio. Un tipo de capital que adquiere sentido ya que esa institución también contaba con otros casos donde intervenía el mismo juzgado.
Si bien la adopción se concretó –primero a partir de una guarda y luego con el juicio de adopción– y las niñas dejaron el hogar, el lazo social entre el matrimonio (y las niñas) y el hogar no se rompió. Como señalé, la donación otorgada por el hogar era tan inconmensurable que el matrimonio se vio compelido a mantener en el tiempo diversas retribuciones, diferentes expre-siones de gratitud.
En este proceso vale referir, aunque sea brevemente, las experiencias que transitaron las niñas ya que ellas, desde su posición social, sostuvieron lazos sociales que valoraban y que, a la vez, las constreñían. Una de esas experiencias refiere a las demostraciones de agradecimiento que –una vez ya adoptadas– igualmente las niñas se sienten compelidas a realizar. Así, durante los momentos que ellas participaron de las entrevistas realizadas al grupo familiar, intentaron dotar de nuevos sentidos a sus acciones en los inicios de la vinculación con el matrimonio –aquellos actos que podían ser interpretados como “ingratos” o “desconsiderados” para con el cuidado que les prodigaron Daniela y Martín–, con el fin de ratificar la elección de constituir una “familia” con el matrimonio. En ese sentido, los actos de cuidado prodigados a las niñas, como diría Mauss, generan una deuda moral entre el donatario y el donador, amarrándolos en una misma trama de obligaciones.
Recapitulando, a partir del encadenamiento de las relaciones de intercam-bio los actores sociales se vieron envueltos (por momentos como donadores, en otros, donatarios) en vínculos sociales que –según las motivaciones de cada uno– no deseaban quebrar. Estas relaciones de reciprocidad generan compromisos entre los socios de los intercambios sociales, en los cuales no sólo se intercambian bienes materiales, sino también bienes simbólicos (testimonios de gratitud, de reconocimiento, de respeto, prestaciones y capitales de autoridad) que colaboran en el fortalecimiento de las posiciones sociales de esos actores, pero también los envuelven en relaciones de dependencia. Estas relaciones, si son leídas a la luz del planteo maussiano, permiten visualizar las normas sociales (la gratitud, la bondad, el reconocimiento, la no búsqueda del interés personal) que rigen la vida de los sujetos en contextos de interacción a partir de identificar los comportamientos de individuos de carne y hueso. Así, antes que centrar el análisis en el orden jurídico, se colocó el foco en órdenes morales y afectivos que regulan las relaciones sociales y los comportamientos de los actores sociales involucrados en estos procesos en los que se orientan los niños y las niñas hacia la adopción, señalando las obligaciones recíprocas en las que se envuelven y que los constriñen a mantener ciertos lazos y a debilitar otros.
palabras finales
Este trabajo tuvo por objetivo dar cuenta –alejándose de una mirada normativa que diagnostique en qué medida las prácticas se alejan de los ordenamientos legales– de las diferentes dimensiones de la vida social que atraviesan la existencia y el funcionamiento de los hogares convivenciales. La perspectiva asumida buscó restituir la complejidad de las prácticas cotidianas y los sentidos que los agentes sociales les confieren en determinados “contextos de interacción”.
Los agentes de los hogares convivenciales con los que se realizó la investigación participan en una serie de relaciones sociales e interacciones que, según el contexto, estos actores asumen una racionalidad donde imperan los lazos impersonales y el cálculo (racionalidad asociada con la economía, desde una definición modélica), así como aquella que está en sintonía con la lógica del don, donde se revitalizan las relaciones personales.
Sin embargo, como señalamos en el cuerpo del texto, los agentes de los hogares convivenciales optan por identificarse con aquellas prácticas asociadas con un mundo social donde priman las donaciones voluntarias que realizan diferentes tipos de personas. Definirse desde actividades que implican el compromiso, la renuncia al interés personal en función del beneficio de los niños, es un recurso adoptado por los actores sociales de estas instituciones, para fundar la legitimidad de su trabajo y su ubicación en el campo de las instituciones dedicadas a la protección de la infancia.
En este sentido, estos agentes delimitan su trabajo por fuera de la esfera económica y se definen como actores sociales que siguen lógicas ajenas a ésta. Es decir, construyen una frontera entre formas de transacciones mercantiles y formas no mercantiles asociadas con los lazos personales que pueden generar con otros grupos domésticos, empresas, agencias estatales, etcétera. En esa otra esfera, aquella donde sí son premiados con bienes simbólicos, también está presente el cálculo y la búsqueda de prestigio, estatus y reconocimiento tanto por los agentes judiciales, administrativos y todas aquellas personas o empresas que puedan colaborar de alguna manera. A su vez, en el caso de los bienes de cuidado que los colaboradores prodigan a los niños (que redundan también en el sostenimiento y reproducción de los hogares convivenciales), se trata de una forma “legítima” de hacer ingresar el dinero en esferas de la vida social tradicionalmente opuestas al mercado y asociadas con los sentimientos, con las moralidades, con el desinterés y el don, para fortalecer las fronteras entre esas esferas.
A su vez, es a partir de su buena reputación que los agentes de los hogares convivenciales presentan proyectos que luego los poderes ejecutivos de los estados (provinciales, de la capital federal, etcétera) reconocen y financian.
Con la profundización y ampliación del movimiento a favor de los derechos de niños, niñas y adolescentes se extendió la necesidad de generar transformaciones en los dispositivos de cuidado institucional para evitar los efectos de la despersonalización que la internación provoca. Así, tales dispositivos elaboran nuevos programas y proyectos –o participan activamente de los creados por organismos estatales– con el fin de generar espacios de vida y de cuidado más respetuosos de las necesidades y de los derechos de la población que albergan. En ese sentido, que los niños y los jóvenes cuenten con personas ajenas a estos dispositivos que puedan brindarles cuidado, acompañamiento y ayuda en la vida social más allá de los límites de esas instituciones, resulta central para proyectar el egreso y su vida futura. Y ello es fundamental en aquellas situaciones en las que la adopción o el egreso con algún familiar no se avizora como una posibilidad.
Sumado a ello, para los dispositivos de cuidado institucional, acumular y disponer de un capital de confianza genera que las oficinas de promoción y protección de derechos no duden en seleccionar ese hogar para enviar algún caso que estiman “difícil”. Sumado a ello, ese capital de confianza también se traduce en autonomía para los agentes de los hogares que, a su vez, redunda en un mayor margen para incidir en la evaluación de cuáles relaciones son más aptas que otras (esto es, qué adultos son los más adecuados) para asegurar la “buena crianza” de los niños. Este capital simbólico que se acumula, posibilita que en la atención cotidiana de las medidas excepcionales de protección de derechos, los agentes institucionales sean reconocidos por algunos agentes administrativos o judiciales como “voces autorizadas”. Esto significa que las manifestaciones de esas voces son consideradas, gozan del beneficio de la legitimidad y no son cuestionadas.
En este “contexto de interacción” las relaciones personales se tornan legí-timas para vincular a agentes sociales de diferentes instituciones, lazos sociales que poco se asemejan a los vínculos puntuales e indiferentes a las cualidades personales que se desenvuelven en la esfera económica. Es a partir de las relaciones de intercambio –donde se truecan favores, bienes de cuidado, permisos– que los actores sociales de este campo institucional se vinculan. Lazos que los sujetos están interesados en mantener y en dinamizar. En este marco se dan algunos procesos en que se orientan los niños a la adopción. Éstos proveen de prestigio a los actores que a su turno se ubican en el rol de donadores: de guardas, de bienes de cuidado, de posibilidades de conectarse con niños, de consentimientos para la entrega en adopción, de autorizaciones y permisos.
Por lo tanto, en un universo social donde predominan los valores tales como la caridad, la generosidad y el altruismo, la adopción es valorada positivamente en tanto permite insertar a los niños en nuevas familias donde serían “correctamente” criados. Este trabajo tomó distancia de un análisis que privilegia las normas estatuidas para intentar comprender aquellos órdenes de normatividad “alternativos” (basados en argumentos, valores y legitimidades) que pueden estar constantemente interactuando, reforzando o compitiendo por la legalidad oficial.31 Conocerlos permite reflexionar sobre las alternativas existentes, o las posibles, y posibilita una cabal ponderación de sus efectos.
Referencias
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Notas