ARTÍCULOS
Ética y derecho, aciertos y desaciertos
Ética y derecho, aciertos y desaciertos
Utopía y Praxis Latinoamericana, vol. 25, núm. 91, pp. 217-231, 2020
Universidad del Zulia
Recepción: 15 Mayo 2020
Aprobación: 22 Agosto 2020
Resumen: Desde los primeros iurisconsultos romanos, existen reiteradas referencias en torno a la ética y tal es así que, actualmente existen trabajos tan profundos y creativos en torno a la ética por autores de la talla de Coutore, Calamendari, Ossorio, Smith, Habermas, Apel, Hart, Aramburo y Machado, Fernández Bulté y esto por solo citar a algunos que han tratado el tema desde la filosofía del derecho. Mucho papel, tinta y pluma se ha empleado desde Platón hasta hoy, a través de la ética, dilucidar cuando el comportamiento humano es bueno, correcto, que es obligatorio o que es permitido.
Palabras clave: Ética, moral, derecho, código de ética, sociedad.
Abstract: From the first Roman iurisconsults, there are repeated references about ethics and such is so, there are currently such deep and creative works around ethics by authors such as Coutore, Calamendari, Ossorio, Smith, Habermas, Apel, Hart, Aramburo and Machado, Fernández Bulté and this just to mention some who have treated the issue from the philosophy of law. Much paper, ink and pen has been used from Plato until today, through ethics, to elucidate when human behavior is good, correct, that is mandatory or that is allowed.
Keywords: Ethics, moral, law, code of ethics, society.
INTRODUCCIÓN
La costumbre devenida en ley, en las primeras formaciones sociales, no solo es la primera fuente de derecho, sino que, en si misma determinaba que era bueno y que no, lo correcto e incorrecto, lo obligatorio y que no era obligatorio, lo permitido y lo no permitido, era el reflejo de lo bien visto según los cánones de esas primeras formaciones sociales, donde no existían aún, las concepciones de estado y de derecho. A simple vista podemos ver que esos elementos, que determinaban el actuar del hombre, en esas primeras formaciones sociales constituyen lo que conocemos hoy día como categorías éticas, mientras que la costumbre, es la primera fuente de derecho o primera forma en que se manifestó el derecho o lo que conocemos hoy como discurso jurídico.
Empero, ¿qué es la ética y qué es discurso jurídico?, ¿Qué relación existe entre ambos?, “la ética es un tipo de saber de los que pretende orientar la acción humana en un sentido racional” (Cortina, 2014, p. 17) y se refiere a “la formación del carácter de las personas, de las instituciones y de los pueblos” (Cortina, 2013, p.34). Puede decirse que la ética, aborda la naturaleza de las acciones humanas en la vida social, es el estudio y reflexión acerca de la moral. Posteriormente, antes de analizar qué es discurso jurídico y cuál es su relación con la ética, es necesario, ver su génesis y tendencias.
Zellig Harris utilizó por primera vez la denominación Análisis del Discurso (Harris 1952a, pp. 1-30) (Harris 1952b, pp. pp. 427-494), para hacer referencia al estudio sistemático del lenguaje oral y escrito. El análisis del discurso, no solo surge como teoría, sino que, fue insertándose gradualmente en varias disciplinas, entre ellas la lingüística, la antropología, la filosofía etc. Aparejada a esta disciplina, Karl-Otto Appel desarrolla su teoría del discurso, de ella emana una ética que simboliza la posibilidad real que tiene toda comunidad de llegar a la existencia ética, ética del discurso, que a su vez se muestra como una ética de la esperanza, de la aplicación y de la transformación de la realidad. Mientras, Jürgen Habermas aborda los problemas teóricos de la moral, de la lengua y de la sociedad de manera conjunta en el marco de una teoría integral de la racionalidad comunicativa, desde una perspectiva ética.
El fenómeno jurídico, no escapa de estos análisis del discurso. El jurista y filósofo, Robert Alexy plantea como su centro de análisis: ¿cómo son posibles la racionalidad y el conocimiento prácticos? esta cuestión se orienta por una teoría de la racionalidad práctica, cuya esencia es el concepto de razón práctica (Alexy, 1995, p. 94), este autor, desde la filosofía práctica de Habermas y Apel, construye su teoría de la argumentación jurídica. Alexy plantea además que, el discurso jurídico, es un caso especial del discurso práctico en general, ambos pueden ser tratados en el marco de una teoría del discurso jurídico integral, ésta se propone alcanzar la mayor racionalidad posible en argumentaciones prácticas que tengan como propósito determinar lo que el derecho permite, prohíbe o manda.
Dentro de los principios fundamentales de la teoría del discurso de Alexy, encontramos “El discurso jurídico” (IIJ-UNAM, 2017, pp. 147 y ss.), como medio de justificación o afirmación de una norma, es decir, un juicio jurídico. La justificación jurídica va en dos direcciones: la justificación interna y la justificación externa. La interna trata de determinar si una afirmación normativa se puede derivar, desde un punto de vista estrictamente de lógica formal, de las premisas que se hacen valer. El objetivo de la justificación externa es la demostración de la verdad del contenido de las premisas.
Posteriormente, Ricardo Entelman, explica de forma más práctica, que el concepto de discurso jurídico hace referencia primero, al discurso producido por las autoridades u órganos [1] investidos con esta capacidad y segundo, a lo que él denomina como “discurso producido por los juristas”, que no es otra cosa que la interpretación de lo primero (Entelman, 1982, p. 39), su aporte es relevante porque, al igual que otros autores, plantea la necesidad del estudio de las reglas de formación del discurso jurídico y que estas, no son reglas referidas a los registros lingüísticos de las expresiones, sino, más bien, reglas de identificación, es decir, reglas de designación de los sujetos que tendrían a su cargo el proceso discursivo (Frutos, 2004, p.1).
Stricto sensu, la teoría del discurso jurídico será el análisis y crítica científica relativa a la manifestación del fenómeno jurídico en una sociedad determinada. Sensu lato, el discurso jurídico se manifiesta en dos direcciones fundamentales, primeramente, es el proceso de creación de las normas jurídicas y, en segundo lugar, la interpretación y aplicación por parte de los operadores del derecho.
ACTUALIDAD DEL TEMA
La cuestión ética no deja de ser un tema de actualidad, no escapa de la mirada de las ciencias en general. Autores foráneos recalcan la unicidad que debe existir entre la ética, la moral y el derecho (Bueno, 1996, p. 69). La influencia de la ética en el discurso jurídico europeo contemporáneo, la relación entre ética y derecho, cuenta con trabajos serios en el campo de la filosofía del derecho, se puede encontrar entre ellos, La ética y el derecho en Adam Smith,[2] siendo objeto de estudio su teoría de los sentimientos morales, sus aportes a la jurisprudencia, otro trabajo similar es La relación entre ética y derecho en Jürgen Habermas,[3] donde se aborda la relación entre ética y derecho en la filosofía política del siglo XX, la ética discursiva del derecho, a partir del carácter normativo de la teoría del derecho, la tensión estructural del derecho, la relación entre ética y moral en la doctrina filosófico-política, la complementariedad entre derecho y moral, derecho y razón práctica, legitimidad de los sistemas jurídicos, con especial énfasis en el marco de la globalización.
En cuba, el teórico y filósofo del derecho José Walter Mondelo García, en su libro Constitución y Orden Jurídico en la Revolución Cubana de 2019, reflexiona en torno a la ética y el discurso jurídico al decir “¿qué puede esperar el ciudadano común envuelto en un proceso judicial de la decisión de los jueces que lo resolverán? La respuesta dependería no tanto de las normas, sino de los hombres que las interpretan y aplican de acuerdo con sus preferencias ideológicas, convicciones religiosas, morales, políticas, así como prejuicios y fobias, pues los jueces, togados y todo, siguen siendo seres humanos” (Mondelo, 2019. p. 6), y es que, en el campo del derecho, influyen una serie de elementos, que envuelven desde el cliente que solicita los servicios del abogado, pasando por los estudios de las pruebas, hasta conseguir la verdad material emitida por la decisión del juez, decisión que estará condicionada no solo por la norma legal a aplicar, sino, por cuestiones propias, ideológicas, religiosas u otros condicionamientos.
La cuestión ética, a pesar de ser objeto de análisis en investigaciones en el campo del derecho, presentadas en congresos nacionales e internacionales, carece actualmente de estudios de rigor científico más elevados. Hablamos de ética en distintas esferas de actuación del licenciado en derecho, de ética en el uso de las tecnologías de las informáticas y las comunicaciones, de ética médica y Bioética y de sus principios (Amaro, 2012, pp. 3-6), pero, a la luz de la actualización de los modelos económicos y actuales, no cuestionamos, crítica y científicamente, el fenómeno jurídico desde una postura ética.
Es imperiosamente necesario que el licenciado en derecho conozca a fondo, desde la naturaleza de su misión hasta las reglas que rigen su conducta, todo lo cual, si se tiene en cuenta que nuestra profesión y actuación nos lleva a análisis detallados y discursos grandilocuentes plasmados en papel y, no es sorpresa encontrar, desde los primeros iurisconsultos romanos, reiteradas referencias en torno a la ética y tal es así que, en la actualidad, existan trabajos tan profundos y creativos en torno a la ética por autores de la talla de Eduardo J. Coutore, Piero Calamendari, Angel Ossorio, Adam Smith, Jürgen Habermas, Karl-Otto Apel, Herbert Lionel Adolfus Hart, Gustavo Bueno, Mariano Aramburo y Machado, Robert Alexy, Lorenzo Peña, Nancy Chacón Arteaga , Julio Fernández Bulté y esto, por solo citar a algunos.
Pero, ¿cuáles son los elementos que influyen en la formación del discurso jurídico?, ¿este obedece solo a formas de expresiones, giros lingüísticos, costumbres o cultura? En este punto, una vez visto el surgimiento y evolución del discurso jurídico, como teoría de análisis e interpretación científica, se verá la génesis de la ética, motivo de reflexión y debate desde la antigüedad y su influencia en la creación del sentido del derecho, no como norma sino como reflejo de los cambios sociales.
Según Zacarías Torres Hernández, la ética es parte de la Axiología o teoría de los valores y esta última, es parte de la filosofía (Torres, 2014, p. 9). Refiere este autor que, para Aristóteles la ética es la ciencia práctica que versa sobre la naturaleza y el objeto de la acción humana, se ocupa de las virtudes morales que no son innatas, ni las transmite simplemente el maestro al discípulo, se adquieren mediante la práctica y se pierden por falta de ésta. Es fácil advertir que, en cuanto a la ética Aritosteliana, existe una relación con el ius naturale (Fernández, 2006, p. 12 y ss.), pareciera que la primera, fuera el resultado de la segunda.
Con Ética a Nicómaco, Aristóteles consagra definitivamente el sentido y alcance de la ética para el mundo occidental colocando sus pilares fundamentales, al expresar:
Cualquier arte y cualquier doctrina, y asimismo toda acción y elección, parece que a algún bien es enderezada. Por tanto, discretamente definieron el bien los que dijeron ser aquello a lo cual todas las cosas se enderezan. Pero parece que hay en los fines alguna diferencia, porque uno de ellos son acciones y otros, fuera de las acciones, son algunas obras; y donde los fines son algunas cosas fuera de las acciones, allí mejores son las obras que las mismas acciones (Aristóteles, 1970, p.13).
Posteriormente, la Ilustración alemana fue testigo de uno de los pensadores europeos más influyentes, Immanuel Kant. Su obra filosófica trascendió las fronteras del debate entre el empirismo y el racionalismo alemán, Fichte, Schelling, Hegel y Schopenhauer, en su momento, se vieron expandiendo el sistema kantiano, el idealismo alemán. Su pensamiento es de un peso enorme en él discurso ético de la época y contemporánea, todo ello plasmado en sus tres obras críticas: Critica de la razón pura de 1781, Crítica de la razón práctica, de 1788 y, Crítica del juicio o de la facultad de juzgar, de 1790. Critica de la razón práctica, centrada en su idea de la filosofía de la moral, ejerció una enorme influencia en el desarrollo posterior de la ética y la moral, basta nombrar como ejemplo la obra Doctrina de la ciencia de Johan Gottlieb Fichte de 1796, fiel continuador de la filosofía crítica kantiana. Las reflexiones y debates, en torno a la ética y la moral en gran parte del siglo XX, toman como referencia, la segunda obra critica kantiana.
La ética Kantiana apunta a dos direcciones opuestas, la primera, la ética empírica, reflejo de lo anterior a él y, la segunda, la ética formal, que hace referencia a su punto de vista reflejado en la segunda de sus obras críticas, marcando con sus reflexiones al respecto, un punto de inflexión entre la labor filosófica anterior y la moderna.
En contraposición a la superioridad de las verdades teológicas respecto a la racionalidad del hombre, planteadas por Santo Tomás de Aquino, aparece la ética formal kantiana, cimentada sobre la base de que la razón teórica desemboca en la razón práctica a través de la formulación de juicios imperativos, vaciando todo el contenido empírico de la ética hasta la fecha y posicionándolo a un nivel universal a priori de la experiencia y autonomía. En otras palabras, la obediencia a lo bueno, a lo correcto, a lo obligatorio y a lo permitido le viene al hombre desde sus condicionamientos internos, no de la ley y, de esta manera ve la luz, el imperativo categórico kantiano por el cuál, el hombre, mediante este mandamiento autónomo, despojado de toda idea religiosa o ideológica, obedece a aquellas categorías éticas (Kant, 1780, Sección I, p.4).
PENSAMIENTO ÉTICO EN CUBA
Contemporáneamente a Kant, pero en la etapa colonial cubana, la ética se unía a los ideales libertarios. La obra del Padre Félix Varela y Morales, se identifica con la filosofía, la ética y la economía, donde están implícitos los conceptos de independencia, anti-anexionismo, anti-esclavismo y revolución, pensamientos que fueron el resultante lógico del desarrollo y profundización del pensamiento político cubano de la época. La moral, la virtud, el deber, la dignidad, el decoro, el honor, la vergüenza son los componentes éticos cultivados en la obra del Padre Varela.
Por otro lado, el pensamiento ético de José de la Luz y Caballero representa, en el campo de las ideas morales, la unidad entre lo universal y lo específico. Para Luz y Caballero la concepción del interés colectivo es el fundamento del bien moral, pues el interés individual se transforma en egoísmo. También resalta el quehacer educativo como medio para el perfeccionamiento humano, su punto de vista acerca de la moralidad de los actos humanos, parte fundamentalmente de su intencionalidad y, por último, vincula el patriotismo como supremo interés de la mayoría. Mientras que, para Enrique José Varona, las concepciones éticas, se conforman bajo la influencia del naturalismo que se desarrolló en la segunda mitad del siglo XIX, sus interpretaciones acerca del fenómeno moral aparecen sistematizadas en la tercera parte de sus Conferencias Filosóficas de 1882. El punto de partida de su pensamiento ético consiste en considerar a la moral como un objeto de estudio de carácter natural que debe ser abordado con rigor científico.
Posteriormente, el humanismo martiano, es el reflej del pensamiento ético del Padre Varela, de Luz y Caballero, de Céspedes y Agramonte. El humanismo martiano se erige como la cumbre del pensamiento ético en cuba, constituyendo la más elevada expresión de la ética desdoblada en los sentimientos de liberación nacional. La trascendencia ético martiana estriba en que el Apóstol fue un vivo ejemplo de coherencia entre el pensamiento y acción en el ámbito moral. José Julián Martí Pérez, nunca pensó ni planteó algo que no estuviera dispuesto a concretarlo.
El humanismo martiano, cumbre del pensamiento ético de Martí, llama a la lucha, con el propósito de crear una patria y un mundo de justicia y equidad, constituye, la fuente de inspiración de la generación del centenario, especialmente en Fidel Alejandro Castro Rus. El pensamiento ético de Fidel es profundamente humanista-martiano, vivo reflejo de su actuación en todas las esferas y en su búsqueda incesante de la verdad, la justicia y la equidad. La ética en Fidel, fue auténticamente transformadora, vivo reflejo de un pensamiento revolucionario anterior, encontrando su manifestación suprema en la revolución cubana que, con su inmensa carga humanística, es protagonista de los ideales ético-sociales de diversas generaciones de cubanos. El deber, el cultivo de la virtud, la justicia, la honestidad e integridad, fueron entre otros, sus más altos valores morales.
LA ÉTICA EN EL SIGLO XX
El Siglo XX contemporáneo, refleja el conocimiento ético precedente, la ética comienza a ser vista como un conjunto de principios generales que ayudan a determinar las reglas de conducta (Russell, 1972, pp. 418-482) y como teoría o ciencia del comportamiento moral de los hombres en sociedad (Sánchez, 1974, p. 16), mientras que su objeto de estudio son las leyes de la licitud o moralidad de los actos y su fundamento (Gambra, 1989, p. 28).
Es evidente que, para Johan Hessen y Ricardo Gambra, la ética ocupa un lugar preponderante en el desarrollo del pensamiento filosófico, es parte de uno de esos tres brazos que dan lugar al estudio de todas las cosas, dígase, la Teoría de la Ciencia o Epistemología, la Teoría de los Valores o Axiología y la Teoría del Universo o Cosmología (Torres, 2014, Mapa Conceptual, p. 4), para estos dos autores, no se pueden concebir ideas completas o estudiar los quehaceres humanos sin el estudio de la ética como parte de la axiología o como parte de la conducta del individuo solo o formando grupos.
Hasta este punto, es evidente que la reflexión en torno a la ética en el ámbito nacional, difiere de la foránea, al ir incorporándole los conceptos de independencia, anti-anexionismo, anti-esclavismo del Padre Varela, la unidad y búsqueda del interés colectivo de la Luz y Caballero, el humanismo martiano y altruismo, justicia y equidad de Fidel. Siguiendo esta misma línea, Nancy Chacón Arteaga afirma que “[…] la ética se transforma en una rama de la filosofía o en una ciencia filosófica que estudia la moral en su integridad y el comportamiento humano en las diferentes esferas de actuación” (Chacón, 2002, p. 1).
La reflexión ética cubana trasciende la formación del carácter del hombre y su orientación racional, se eleva y su discurso se apega a principios universalmente conocidos.[4] Principio del respeto de la dignidad e igualdad humana. Principio de la libertad, responsabilidad y creatividad humana. Principio de la universalidad de las relaciones de intercambios recíprocos, o principio de dar y recibir relativo a las prohibiciones universales, no robar, no mentir, no matar y no tener relaciones sexuales ilícitas y sus prescripciones morales, piedad filial, fidelidad conyugal, fraternidad y lealtad, comunes a gran parte de las religiones y culturas, la justicia cósmica, retribución divina o ley del Karma, la equidad y la justicia, la regla de oro: tratar a los demás como quisiera ser tratado y la regla de Plata: no hagas a los demás lo que no quisieras para ti, la prioridad de dar sobre recibir; valores de la generosidad, altruismo, desinterés, caridad y solidaridad (más vale dar que recibir), no des esperando ganancias, nadie busque su interés sino el del prójimo, cuando tú hagas limosna, no sepa la izquierda lo que hace la derecha, la más pura acción está en el servicio desinteresado y, el valor absoluto o supremo del amor incondicional.
Principio del desarrollo moral humano a través de tres etapas, a) formación moral desde la edad infantil, b) el crecimiento moral durante la adolescencia y la juventud, c) la madurez moral en la edad adulta. Principio de los tres niveles de la moralidad, a) el de la autoridad, b) el de la reciprocidad, c) el del amor incondicional. Principio de la universalidad del propósito individual y el propósito para el conjunto. Principio de la elevación progresiva del valor humano. Principio del progreso y desarrollo humano a través de la cooperación centrada en un propósito común. Principio de la universalidad del orden tanto en la naturaleza como en la sociedad humana y Principio de la finalidad o sentido último de la vida humana y del universo.
De acuerdo a los principios enumerados anteriormente, puede arribarse a la conclusión de que, en la ética confluyen un conjunto principios, reflejo de la evolución del hombre como ente individual y social, estos principios constituyen modelos de aspiración humana, aunque estos, no determinan los modos de actuación de todos los hombres. Desde estas perspectivas, se verá que la ética y la moral guardan estrecha relación y que han estado condicionadas por factores históricos, políticos y sociales, mientras que el derecho, como ente normativo y regulador de la conducta humana, igualmente ha estado condicionado por factores históricos, políticos y sociales.
PROBLEMAS ACTUALES Y SIGNIFICACIÓN PRACTICA DEL TEMA
Los avances tecnológicos, los resultados alcanzados en las ciencias médicas y la biotecnología, las nuevas visiones en las ciencias sociales resultado de tiempos tan cambiantes y las formas de aproximación al tema desde perspectivas tan disimiles, el papel de las ciencias jurídicas como ente regulador de esos tipos de relaciones sociales, exigen el constante replanteo del tema ético, pues esta, envuelve y trasciende a las ciencias jurídicas en su esfera especulativa concreta, es decir, el campo de las ideas.
Seguidamente veremos que, este tema tiene una gran significación práctica, además de que existe una imperiosa necesidad de que se desarrollen nuevos trabajos y estudios sobre el tema, dado que, en las carreras de derecho, la ética en el ejercicio de la profesión no es una materia que se estudie o sea objeto de análisis profundo, sino que, con suerte, se lo hace tangencialmente. Tampoco existe material práctico y fácil de entender en torno a la influencia ética en el discurso jurídico, a pesar de los trabajos presentados en congresos u otros eventos regionales.
La segunda significación práctica del tema, acorde a nuestros tiempos y sociedad, es el hecho del cuestionamiento ético constante de la sociedad en su conjunto a través de acciones determinadas, que justifican el hecho de que retomen las ideas de Albert Schweitzer cuando expresó: “Hoy vivimos bajo el signo del colapso de la civilización, porque desde el siglo XIX, las ideas éticas en que se cimentaba la civilización erran por el mundo, empobrecidas e indefensas” (Schweitzer, 1962, p. 35 y ss.),[5] argumentación pesimista, pero aún más profunda y más generalizada, si se tienen en cuenta que, algunos, trastocan los valores morales y los sucesos de inconducta profesional que se suceden con demasiada frecuencia, llevando al descrédito nuestra actividad, hechos que se contraponen al proceso de fortalecimiento y determinación de continuar la transición al socialismo, al desarrollo de la cultura económica, jurídica, tributaria y medio ambiental.
Por último, si de ética se trata, desde Platón con sus diálogos Gorgias, Fedón y La república con su ética individual y pública, pasando por la Ética Nicomáquea de Aristóteles, luego por el punto de inflexión filosófico infringido por el sistema kantiano entorno a la filosofía y la ética, y más tarde por la Ética para Amador de Sabater y, otros tantos que han quedado en la oscuridad y olvidados, todos ellos apuntan a que, ha sido permanente la necesidad del ser humano, de encontrar o definir qué pautas de comportamiento debemos seguir desde posturas éticas. Mucha pluma, tinta y papel se ha empleado desde entonces, intentando a través de la ética, dilucidar cuando el comportamiento humano es correcto y cuando no lo es.
CONCLUCIONES
La sistematización del tema, redunda en el aporte de material bibliográfico práctico, donde se integra estudios éticos adaptados a las nuevas condiciones socioeconómicas contemporáneas, sin perder de vista los condicionamientos ideológicos, intelectuales, políticos, sociales y jurídicos alcanzados por las sociedades modernas, todo ello en función de la formación de los egresados de la carrera de derecho. El perfeccionamiento de los códigos de ética, su aceptación por parte de los profesionales del derecho, depende en gran medida, de la formación profesional que este haya recibido en el pregrado. La ética y la moral no debe ser subestimada, su respeto se traduce en transparencia en la actuación del profesional del derecho. La cuestión ética trasciende fronteras y nacionalidades, en la actualidad no existe, por lo general, profesión alguna alejada de la cuestión ética. La vida económica, política y social contemporánea progresa y, la ética, debe marchar a la par de estos desarrollos, erigiéndose como fuente de análisis y cuestionamientos de estos propios avances.
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Notas
[2] Ver en: Uialdón Benítez, Enrique: Ética y derecho en Adam Smith, Director de la tesis: José Luis Villacañas Berlanga, Universidad de Murcia, España 2007, Consultada el 12 de enero de 2020 en: https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=165624
[3] Ver en: Jauregui Fonellosa, Santiago: Relación entre ética y derecho en Jürgen Habermas, Directora de la tesis: Maria Elósegui Itxaso, Universidad de Zaragoza, España, 2009, Consultada el 12 de enero de 2020 en: https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=187082
[4] Ver en CANO, Miguel A.: Principios éticos universales, academia.edu, Documento Word, 2019. Consultado el 21 de febrero de 2020. Identificador: https://www.academia.edu/14689172/Principios_eticos_universales
[5] Ver en: BALUAT, Sergio: “La ética en el ejercicio profesional de la abogacía”, Consultado el 21 de enero de 2020. Disponible en: http://www.academia.edu/download/54518000/etica-en-el-ejercicio-de-la-abogaacia.pdf