Resumen: Las políticas públicas de conservación en Cataluña comienzan en la década de los setenta del siglo pasado como respuesta a una demanda de la sociedad civil, con una preocupación creciente por los impactos negativos del desarrollismo franquista, y se configuran como un instrumento de ordenación del territorio. A partir de entrevistas cualitativas a informantes de distintos perfiles que tuvieron un especial protagonismo en esta etapa, este artículo estudia la institucionalización de la conservación de la naturaleza en Cataluña entre 1970 y 1988, analiza el papel de las administraciones involucradas y muestra la relevancia del cambiante contexto político-social del periodo en este proceso.
Palabras clave: Áreas protegidas, conservación, política ambiental, ordenación territorial, Cataluña.
Articles
Áreas protegidas en Cataluña (1970-1988): demandas sociales, conservación y ordenación del territorio

Recepción: 20 Septiembre 2022
Aprobación: 04 Marzo 2023
1. Introducción
El sistema de espacios naturales protegidos de Cataluña está formado por 184 espacios de especial valor ecológico, que suponen alrededor del 30% de la superficie del territorio catalán y del 10% de su superficie marina. Con alguna excepción anterior, este sistema se comenzó a configurar a finales del siglo XX. Es, pues, relativamente reciente, pero, aun así, ha generado una abundante literatura en la que predominan los análisis sobre los valores naturales de las distintas áreas protegidas y en la que destaca la elaboración de la primera evaluación del sistema, coordinada y editada por Mallarach y Comas (2008). Más escasos son los estudios de carácter histórico, como el realizado por Boada y Rivera (2000) sobre las propuestas e iniciativas conservacionistas en Cataluña anteriores a 1978, o las investigaciones de GilFarrero (2018, 2022a, 2022b) sobre la aparición del concepto de patrimonio natural en Cataluña y su implantación en la segunda mitad del siglo XX, que ponen el foco de atención en los conflictos ambientales asociados a la creación de áreas protegidas.
Desde la antropología social, el estudio del desarrollo e implantación de áreas protegidas y los conflictos sociales generados a raíz de los cambios de uso del suelo y las resignificaciones ambientales que introducen ha tenido un desarrollo más que notable. Reflejo de las distintas líneas de investigación que han dominado en las últimas décadas en el campo de lo que denominamos antropología de la conservación (Adams y Hutton, 2007; Brockington, 2002; Holmes y Cavanagh, 2016; West, Igoe y Brockington, 2006), en Cataluña destacan los trabajos vinculados a los conflictos con el desarrollo turístico y la mercantilización de la naturaleza, las contradicciones de los procesos de activación patrimonial, las tensiones con la introducción o reintroducción de carnívoros y el vínculo entre conservación y gestión comunal de montes (Beltran y Vaccaro, 2007, 2011, 2017; Estrada y Vaccaro, 2022; Ferrer y Pons-Raga, 2022; Pons, 2019). Son trabajos que dialogan y forman parte del desarrollo también notable que ha experimentado el campo de la antropología de la conservación en España desde la década de los noventa del siglo pasado (Beltran, Pascual y Vaccaro, 2008; Beltran y Santamarina, 2016; Cortés y Beltran, 2018; Pascual y Escalera, 2011; Pascual y Florido, 2005; Santamarina, De la Cruz y Coca, 2018).
Aunque la mayoría de los estudios en Cataluña han centrado su análisis en los efectos que ha tenido la implantación de áreas protegidas en las poblaciones locales, ha habido también un esfuerzo por reflexionar sobre las lógicas de gestión, los diseños gubernamentales y la nueva arquitectura política e institucional que acompaña a la introducción de políticas de conservación (Beltran y Vaccaro, 2014, 2019; Pons, Ferrer, Beltran y Vaccaro, 2021; Vaccaro y Beltran, 2010, 2019). Sin embargo, ha faltado un estudio más sistemático sobre los procesos mediante los cuales se ha construido la administración conservacionista, es decir, la manera como se han implementado las figuras de protección en el territorio y se han instituido los organismos que han asumido las políticas de conservación.
El principal objetivo de este artículo es abordar esta carencia y analizar los procesos de creación e implantación de la administración conservacionista autonómica en Cataluña (1970-1988), lo que fuera el inicio de la configuración del actual sistema de áreas protegidas. Como veremos, el caso catalán tiene unas particularidades que desplazan el inicio de la etapa estudiada a principios de la década de los setenta. El periodo considerado comienza, pues, en los últimos años de dictadura franquista y se extiende a través de la Transición, hasta los inicios del despliegue del actual sistema de áreas protegidas. Atendiendo especialmente a las cambiantes circunstancias políticas, económicas y sociales, el artículo estudia el desarrollo de políticas conservacionistas, la creación de áreas protegidas y la muy estrecha vinculación entre movimientos sociales, academia y administración pública a través del testimonio de personas que tuvieron un papel relevante en este proceso, de su visión, intereses, discursos y conflictos. A lo largo del trabajo veremos algunas singularidades del despliegue de las áreas protegidas en Cataluña, que no resulta de una mera proyección de las competencias autonómicas, sino que responde a una demanda de la sociedad civil que, en el contexto de la Transición y con una creciente conciencia acerca de los desastres del desarrollismo, se moviliza de distintas maneras para incorporar los conflictos ambientales a la agenda política. Estas reivindicaciones conservacionistas se caracterizan por el apoyo académico, la importancia de la visión de conjunto del país y la vinculación de la protección ambiental con la idea de ordenación territorial.
Sin embargo, antes de centrarnos en el periodo de estudio (1970-1988), cabe hacer referencia a iniciativas proteccionistas anteriores, que tienen relevancia para este trabajo porque hay una cierta continuidad entre las instancias que las protagonizan y aquellas que impulsarán décadas más tarde el despliegue del sistema actual. La mayoría de las propuestas previas al periodo considerado no se llevaron a cabo, como las que se hicieron a principios de siglo para la creación de distintas áreas protegidas o el Pla de Distribució en Zones del Territori Català (Regional Planning) de la Generalitat de Catalunya[1], publicado en 1932, en el marco de la Segunda República (1931-1939), y que aspiraba a desarrollar una planificación territorial en la que se definían áreas a proteger y las bases de un sistema de espacios naturales para todo el territorio catalán (Boada y Rivera, 2000; Casado, 2010; Paluzie, 2001; Soler, 2010). La Guerra Civil (1936-1939) y la dictadura franquista (1939-1975) no permitieron su ejecución, pero, con la restauración de la democracia, el mencionado plan fue tenido en cuenta en la planificación territorial de la administración autonómica (Gil-Farrero, 2020) y muchas de las zonas identificadas en su día hoy forman parte del Pla d’espais d’interès natural (PEIN)[2].
En cambio, hubo algunos espacios naturales que sí lograron algún tipo de protección. En 1928, a partir de una propuesta de la Diputación de Barcelona, el rey Alfonso XIII firmó el decreto de creación del Patronato de la Montaña del Montseny (Barcelona), con finalidades de repoblación forestal, salud pública y turismo[3]. En 1950 se constituyó el Patronato Nacional de la Montaña de Montserrat (Barcelona), con finalidades culturales y artísticas, de fomento del turismo y de repoblación forestal[4]. Por último, en 1955 se declaró la primera área protegida destinada, de forma específica, a la conservación de la naturaleza y su uso público, el Parc Nacional d’Aigüestortes i Estany de Sant Maurici[5] (Pirineo de Lleida), en el cual, hasta la década de los setenta se observaron claras disparidades entre lo que decía la normativa conservacionista y cómo se aplicaba (Gil-Farrero, 2022a). Esto era una característica compartida por el resto de las áreas protegidas españolas, dado el “exiguo soporte jurídico de los espacios protegidos” y “la inexistencia de apoyo político y técnico” (Mulero, 2002, p. 34), así como la ausencia de un presupuesto adecuado (Muñoz, 2001). La Ley de Parques Nacionales de 1916[6], que creaba esta figura, y su desarrollo posterior[7], que en 1917 añadía la figura de sitio nacional y en 1927 la sustituía por la de sitio de interés nacional e incorporaba el monumento natural de interés nacional, estuvieron vigentes hasta 1957, cuando se aprobó la Ley de Montes[8], que solo dedicaba dos artículos a los parques nacionales y el primero era casi un calco del Art. 2º de la ley de 1916. El Reglamento de Montes (1962)[9] mantenía las figuras vigentes desde 1927 casi sin cambios, tanto en la nomenclatura (parques nacionales, sitios naturales de interés nacional y monumentos naturales de interés nacional) como en su definición, todas ellas pensadas para ser aplicadas a “sitios”, “parajes”, “elementos o particularidades del paisaje” considerados “pintorescos”, “forestales” o “agrestes” y caracterizados por su “belleza natural” o “rareza” (Art. 189). Pero el discurso conservacionista franquista era pura retórica frente a la visión utilitarista y productivista que el régimen tenía de la naturaleza (Ramos, 2006). Entre 1936 y 1970 solo se crearon los parques nacionales del Teide y de la Caldera de Taburiente (1954), de Aigüestortes i Estany de Sant Maurici (1955) y de Doñana (1969) y el Sitio Natural de Interés Nacional del Lago de Sanabria (1946).
Teniendo presentes estos antecedentes, este artículo analiza el proceso de normalización de las políticas conservacionistas catalanas entre el tardofranquismo y los primeros años de democracia a partir de la memoria de sus protagonistas. Para ello se han utilizado 19 entrevistas en profundidad[10], realizadas entre 2021 y 2022, en el marco de un proyecto de investigación sobre los orígenes y la implementación de la figura de parque natural en España. Las personas entrevistadas fueron seleccionadas atendiendo a la relevancia que asumieron en este proceso desde distintas posiciones, que reflejan la multiplicidad de perfiles que conforman en este trabajo un relato coral: cargos políticos; personal técnico de la administración conservacionista, bien en las áreas protegidas, bien en las distintas entidades gestoras (Diputación de Barcelona y Generalitat de Catalunya); activistas vinculadas a espacios naturales protegidos; personal académico; personal de fundaciones conservacionistas privadas; población local; figuras expertas en conservación, es decir, personas cuya trayectoria profesional en el ámbito de la conservación se ha desarrollado a distintos niveles (regional, autonómico e internacional)[11]. En la selección de informantes se tuvo en cuenta el conocimiento previo por parte del equipo de investigación, así como las sugerencias de las personas entrevistadas respecto a otras que podían ofrecer más información o una visión complementaria a la suya, y que se incorporaron siguiendo una estrategia de bola de nieve. Además de la realización de las entrevistas, se ha llevado a cabo una revisión y análisis de la abundante literatura existente y del marco legal en materia ambiental y de conservación de la naturaleza, así como un vaciado de prensa de tirada estatal (La Vanguardia, ABC . El País), pero especialmente autonómica, regional y local (Avui, Diari de Girona, Diario de Barcelona, El Correo Catalán, L’olotí, La Comarca, La Garrotxa, Los Sitios, Olot-misión, Presència, Punt Diari . Revista de Girona). El empleo de todas estas fuentes de información secundarias ha contribuido a contextualizar los relatos de nuestros informantes.
El artículo está estructurado siguiendo a la vez un orden cronológico y temático. Tras esta introducción, en primer lugar, se presentan las iniciativas y propuestas relacionadas con la conservación en la etapa preautonómica, entre 1970 y 1979. A continuación, nos centramos en el periodo 1977-1985, durante el que la Generalitat comienza a crear áreas protegidas de manera individual, varias de ellas tras campañas ciudadanas a favor de su conservación. Seguidamente, se analiza lo que ocurre entre 1985, cuando se aprueba la Llei 12/1985, de 13 de juny, d’espais naturals, la primera ley catalana que establecía el marco de protección y los mecanismos de actuación para el conjunto del territorio, y 1988, con la segunda edición del Llibre Blanc (Folch, 1988). En las conclusiones se sintetizan los rasgos que caracterizan esta primera etapa de la institucionalización de la conservación de naturaleza en Cataluña.
2. La cuestión de la conservación en la Cataluña preautonómica (1970-1979)
Las políticas franquistas ambientales y de protección de la naturaleza, o más bien la ausencia de estas, provocan en el arranque de la década de los setenta del siglo pasado la percepción de que “las leyes de medio ambiente no existían, todavía” (T7) o, como apunta, de forma categórica, otro de nuestros entrevistados: “en aquel momento no había ningún tipo de legislación proteccionista” (T19). Sin embargo, sí había una normativa que ofrecía “una serie de resquicios o, como mínimo, oportunidades, opciones, que bien explotadas podían dar lugar a un ordenamiento territorial que, en definitiva, redundaba en una protección” (T19). Se trataba de la Ley del suelo de 1956[12], y la administración que supo aprovechar esas oportunidades —en palabras de un informante, “estratagemas” (E3)— fue la Diputación de Barcelona, la cual elaboró un Pla General d’Ordenació de la Província de Barcelona que incluía un catálogo con catorce parques naturales provinciales y que fue aprobado por el Ministerio de Vivienda en 1963. Ese catálogo era solo un inventario; el siguiente paso era la delimitación de los espacios y su ordenación (Soler, 2010). En este proceso fueron cruciales, por un lado, el abogado y técnico urbanista Lluís Paluzie, que trabajaba en la diputación y llevó a cabo “un análisis muy profundizado de la Ley del suelo (…), una ley que tenía por objeto puramente el ordenamiento urbanístico, pero no especificaba que eso solo era de aplicación a los espacios urbanos o periurbanos”, y que permitía la tramitación de los planes especiales, “que eran actuaciones distintas del ordenamiento urbano, pero que hacían referencia a lo no urbanizable” (T19). Por otro lado, diversos informantes señalan además el papel activo y destacado de “un geógrafo que se llamaba Francesc Gurri” (E5), definido como “un gran excursionista, una figura importante en el Centre Excursionista de Catalunya (…), el que conocía más el territorio [del Montseny]” (T14).
Los primeros planes especiales puestos en marcha fueron el del Parc Natural de Sant Llorenç del Munt, cuya tramitación fue rápida y se aprobó en 1972[13], y el del Parc Natural del Montseny[14], aprobado en 1977 por la Diputación de Barcelona[15] y en 1978 por la de Girona[16]. En parte, la capacidad de actuación de la Diputación de Barcelona se debía a que era propietaria de algunas fincas en esas zonas, especialmente en el Montseny, porque “gente que había muerto (…), familias que no tenían hijos, lo dejaban (…) a la diputación” (E5). El hecho de que fueran fincas de titularidad pública facilitaba que se les aplicaran medidas “que quizá no se atrevían a aplicar a fincas de titularidad privada porque se esperaba de ellas un rendimiento económico” (T19). Así pues, a partir de la “protección urbanística más la titularidad de muchas hectáreas”, la diputación “inicia una política” (T11) con el fin de construir “una anilla de espacios naturales protegidos alrededor del área metropolitana de Barcelona” (Mallarach, 2019, p. 5).
En 1975, creó el Servei de Parcs Naturals, Protecció de la Natura i Medi Ambient, que debía delimitar y ordenar los parques provinciales y gestionar los que ya tenían plan aprobado (Soler, 2010). También dotó de contenido científico a esos nuevos parques, puesto que dentro de este servicio se creó la Unitat d’Ecologia Aplicada, lo cual “representó un cierto cambio conceptual importante, porque a toda esa tarea fantástica que habían hecho ellos, pero a la vez débil conceptualmente, se le empezó a dar solidez científica” (T19). Más tarde, como relata este mismo informante, el servicio se dividió en el Servei de Parcs Naturals y el Servei de Medi Ambient, porque “eran dos visiones distintas, aunque complementarias” (T19).
Aunque las primeras políticas de conservación nacen de la Administración, lo hacen en respuesta a una “demanda social” (E3) relacionada con la expansión de las urbanizaciones. Así “se impidió que se triturara el territorio, el urbanismo explosivo y especulativo de la época se paró” (E5). La sociedad civil jugó un papel muy importante en el proceso de institucionalización de la conservación en Cataluña, como recuerda uno de los entrevistados:
Tuvimos la oportunidad de poner un pie en la Administración (…). Una administración local ha aceptado la creación de unas estructuras que, a su vez, no dejan de ser fruto de esta misma sociedad civil, porque [nosotros], en el fondo, somos emergencias de esta sociedad civil que se incrustan allí para ver si desde allí podemos hacer la guerra. No respondemos a una estirpe de funcionarios… sino que es la sociedad civil incrustada en la Administración y que obtiene recursos (T19).
Esa misma sociedad civil se había empezado a movilizar ya a principios de la década, con una participación muy importante de los círculos universitarios del ámbito de las ciencias naturales, sobre todo. Un hito relevante a este respecto fue la publicación, en abril de 1976, del libro Natura, ús o abús? Llibre Blanc de la Gestió de la Natura als Països Catalans (Folch, 1976), impulsado por la Institució Catalana d’Història Natural (ICHN). Esta institución, fundada en 1899, es la entidad naturalista más antigua de Cataluña. Su finalidad era promover el estudio y la divulgación de los conocimientos referentes a los seres y sistemas naturales[17]. Durante casi todo el franquismo estuvo aletargada; sin embargo, a principios de los setenta retomó sus actividades, en gran parte, gracias a la incorporación de “gente joven, realmente joven, que estaba en aquel momento en la facultad” (A19), con formación universitaria en ciencias naturales. Según un informante, “era una entidad científica, pero con una clara vocación de impacto social (…). Iniciamos la actividad y una de las primeras actividades que decidimos hacer fue un estado del arte, dónde estamos” (A19).
El Llibre Blanc es una obra de redacción colectiva en la que participaron más de 80 especialistas de distintas disciplinas. Entre estos especialistas “hay de todo. La mitad yo diría que son académicos y la otra, [activistas]” e incluso población local, como un “propietario agrícola del Delta del Ebro” y un antiguo “labrador del Montseny”. Esta mezcla de participantes proporcionaba “ópticas distintas, visiones y sensibilidades” (A19). Se sumaban las contribuciones de técnicos de la Diputación de Barcelona, como los referidos Lluís Paluzie y Francesc Gurri.
En sus más de 570 páginas, el libro realizaba un análisis exhaustivo de las características y los problemas del medio ambiente, detallaba las especies y las zonas amenazadas y proponía orientaciones para una gestión ecológica del país, entendido este como el conjunto del territorio de habla catalana (Gil-Farrero, 2018). Como se puede apreciar en el título, la obra mencionada introducía un concepto novedoso en aquel momento: la gestión de la naturaleza. El siguiente informante lo sintetiza de este modo:
Dotar al país de un vademécum de estas características, con este análisis, con todos estos colaboradores, la gente que intervino, quiere una implicación social muy considerable y, sobre todo, insisto, un planteamiento epistemológico radicalmente diferente. Porque quiere decir situarte en una concepción distinta, que es la gestión, considerar la totalidad del territorio, subrayar la existencia de unos espacios especialmente interesantes, pero ver el interés de los que no tienen esta singularidad pero que, en cambio, funcionalmente son capitales. Muchas veces, son capitales incluso para el mantenimiento de los espacios naturales (A19).
Ahora bien, hay una clara ausencia en este recetario de gestión: la del Instituto para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), creado en 1971 y encargado de la planificación y la gestión de las áreas protegidas en España. Es un reflejo de la inexistente relación entre naturalistas e ingenieros forestales. Hasta tal punto, se afirma “que ni se conocían” (T4). Y es que, a pesar de ser los encargados de la conservación a nivel estatal, “era terrorífico”, puesto que “se dedicaban a explotar los bosques, pero no tenían ninguna tradición conservacionista” (T19). En palabras de un informante: “No tengo nada en contra de los ingenieros forestales, pero a ver, si tú quieres crear una política sanitaria, lo que no puedes hacer es que todos los responsables de hospitales sean carniceros” (T19). Las tensiones entre biólogos e ingenieros forestales, como veremos, se mantuvieron a lo largo del periodo estudiado.
Volvamos al relato cronológico y retomemos 1976. Ese año se produjeron dos campañas que compartían postulados con las propuestas recogidas en el Llibre Blanc, sin duda porque en ambas estuvieron involucrados algunos de los autores de esta obra. La primera de ellas fue organizada por la Assemblea de Catalunya (AC), una plataforma unitaria antifranquista creada a finales de 1971[18] y formada por “partidos políticos, asociaciones de vecinos, colegios profesionales, sindicatos y grupos diversos”, cuyo programa constaba de “tres puntos centrales: libertades políticas, amnistía para los presos políticos y restablecimiento de la autonomía” (Lladonosa, 2018, p. 139). En septiembre de 1976, la AC publicó el manifiesto Salvem Catalunya per a la Democràcia, en el que se afirmaba que la “lucha por el retorno de la soberanía al pueblo es inseparable de un combate para salvar el patrimonio natural de Cataluña” y que “la acción colectiva de todo el pueblo de Cataluña para la salvaguarda de su territorio debe situarse dentro del marco de la lucha por la conquista de las libertades políticas y nacionales”. Por eso hacía “un llamamiento a la movilización popular en torno a los grandes problemas que afectan al medio ambiente en Cataluña” (Camarasa y Senent-Josa, 1977, p. 127-130).
La segunda iniciativa fue obra del Congrés de Cultura Catalana (CCC), una “movilización popular de diferentes sectores de la población catalana” en el periodo 1975-1977 cuya iniciativa partió de la Junta del Colegio de Abogados de Barcelona, y contó con la participación de más de 15.000 personas y más de 1.500 entidades. Entre sus objetivos principales destacan “la normalización de la lengua catalana” y “la defensa de los derechos de las personas y los derechos de la cultura catalana, entendida como la cultura propia de los Països Catalans”. El CCC se dedicó a analizar el estado de la cultura catalana en todos sus ámbitos, incluido el de la ordenación del territorio, para que “el resultado fuera útil a los futuros gobiernos autonómicos” (Fundació Congrés de Cultura Catalana, 2017). De hecho, en la página de créditos del Llibre Blanc se indica que fue el “texto adoptado como Documento de Trabajo por el Ámbito de Ordenación del Territorio del Congrés de Cultura Catalana” (Folch, 1976). En octubre de 1976, el CCC puso en marcha la Campanya per a la Salvaguarda del Patrimoni Natural, una movilización popular con una duración prevista de un año. Sus objetivos eran sensibilizar y concienciar a la población sobre los problemas ambientales, suministrar información teórica a los grupos que ya se estaban movilizando en ese ámbito, forzar a las administraciones para que tomaran decisiones eficaces sobre el buen uso de los sistemas naturales y llevar a cabo acciones territoriales concretas de corrección de malos usos (Camarasa y Senent-Josa, 1977). La campaña se convirtió en una “base logística” para los grupos locales que ya estaban funcionando:
Tuve una idea de la que estoy muy contento y satisfecho: “Yo no hago gran cosa, simplemente haré posible que emerjan y se puedan hacer las cosas que ya están pasando. (…) Venga, ¿qué necesitáis?”. “Necesitaríamos carteles”. “Pues venga, nosotros los publicamos”. “Yo, lo que necesitaría es que no sé cómo organizar estos actos”. “Ya te los organizaremos”. O sea, hacíamos de base logística. La Campanya fue, sencillamente, una gran estructura logística para hacer posible la emergencia de estas cosas. (…) Todo eran grupos reactivos ante un conflicto. Pero esto lo que hizo posible fue que todos estos conflictos emergieran. Hicimos un total de 300 y pico actos (…). Y esto dio lugar a un impulso sociológico muy importante (A19).
Por último, en ese mismo año, 1976, se fundó la Lliga per a la Defensa del Patrimoni Natural (DEPANA), una organización sin ánimo de lucro que lleva desde entonces organizando y participando en campañas de defensa del medio natural en Cataluña y ha recibido amplio reconocimiento por su labor. Entre sus fundadores estaban académicos, excursionistas, naturalistas y técnicos de la Diputación de Barcelona, como los mencionados Lluís Paluzie (uno de los impulsores de su creación) y Francesc Gurri[19].
La década de los setenta fue una época muy intensa, con un movimiento social activo y reivindicativo en muchos ámbitos, entre ellos el ambiental, en los que tuvieron un peso importante la población más joven, y especialmente el sector estudiantil. Tal y como rememoraban algunos activistas: “yo estaba estudiando en la facultad y me dediqué a ir puerta por puerta a [recoger firmas de profesores]” (A4), o “yo acababa de empezar la carrera (…). Recuerdo voluntarios yendo a recoger firmas de catedráticos (…). Huelgas… era un pitote, lo de estudiar, en aquella época… Era mucho más emocionante salvar la democracia y salvar los aiguamolls del Empordà que estar en el aula” (A16). Tras décadas de represión, se pretendía un cambio profundo a muchos niveles, “queríamos ser el grano de arena de aportar y de luchar” (A18), entre los que destacaba el propio sistema, como contaba uno de los entrevistados: “éramos unos cuantos que nos apedreaban en todas partes (…). Esto era todavía en el tardofranquismo, por lo tanto, no éramos bien vistos. Además, éramos gente joven, con los pelos largos y críticos con el modelo político” (A5).
3. Creación de las primeras áreas protegidas por parte de la Generalitat (1977-1985)
En el ámbito autonómico, en 1977 se había restablecido de manera provisional la Generalitat de Catalunya con doce consellers de distintos partidos políticos, con el objetivo de redactar el Estatut d’Autonomia (que se aprobaría en 1979) y convocar las primeras elecciones democráticas, que se celebraron en 1980 y tras las cuales se disolvió la Generalitat provisional. De este periodo llama la atención, porque es una característica fundamental de la institucionalización de la conservación en Cataluña, el impulso de estas cuestiones por parte del Departament de Política Territorial i Obres Públiques (DPTOP), con los consellers Narcís Serra (1977-1979) y Lluís Armet (1979-1980), ambos del Partit dels Socialistes de Catalunya[20]. Otra característica, como apuntan varios de nuestros informantes, fue que se recurrió al referente más cercano: la Diputación de Barcelona. En este sentido, se funcionó como una especie de vasos comunicantes: “Hubo como una transferencia (…). Hubo un momento que era un trasvase constante de recursos, sí, sí” (T19). No deja de ser significativo que, cuando se crea la Generalitat, se crea inmediatamente el Servei de Medi Ambient y este se sitúa “en la planta de encima” (T19) del edificio donde estaba el servicio de Medi Ambient de la Diputación de Barcelona. De esta forma se reconoce el protagonismo indiscutible de esta institución y su rol decisivo en la conservación:
La Diputación de Barcelona, en el fondo, fue un poco la semilla de lo que constituyó la Generalitat, porque no teníamos gente preparada en temas de naturaleza. Los únicos que tenían una cierta preparación eran los que venían de la Diputación de Barcelona (…) Estuvieron todo ese equipo (T17).
La falta de formación en materia de conservación es una cuestión clave en el proceso de implantación de las políticas conservacionistas en la época, tanto en el ámbito provincial como autonómico. Los mismos protagonistas lo reconocen así, como muestran la cita anterior y la siguiente:
No había nadie preparado. No había nadie formado. No había ninguna formación en espacios protegidos. No había nada de eso. No había medio ambiente en las universidades. Yo terminé la carrera universitaria sin que existiera el medio ambiente ni como concepto (…). No había gente preparada. Nadie de nosotros tenía formación. Después hemos sido profesores de másteres de espacios protegidos, basándonos en nuestros propios errores, nuestra experiencia, lo que nos han enseñado. Y después algunos hemos tenido ocasión de hacer cursos en otros lugares (E3).
En julio de 1980 se produjo el traspaso de competencias en materia de conservación de la naturaleza del Estado a la Generalitat de Catalunya. A partir de entonces, el gobierno autonómico podía actuar en este ámbito, en base a la Ley 15/1975, de 2 de mayo, de espacios naturales protegidos, de aplicación en todo el territorio estatal. De acuerdo con este marco jurídico, en marzo de 1982 el Parlament de Catalunya aprobó por unanimidad la Llei 2/1982, de 3 de març, de protecció de la zona volcànica de la Garrotxa (Girona), bajo la figura de Paraje Natural de Interés Nacional (PNIN). Fue el resultado de una campaña de salvaguarda iniciada en 1975 que había luchado contra la intensificación de la explotación del material volcánico de la comarca, que implicaba una clara amenaza para las morfologías volcánicas, en riesgo de desaparecer (Gil-Farrero, 2018). La llevó a cabo “la Comissió Promotora per a la Protecció de la Zona Volcànica, que éramos cuatro personas, solo, con un nombre inacabable”, residentes en la comarca y que contaron con “el apoyo de científicos en la sombra, que no querían dar la cara… [porque] yo creo que cuarenta años de dictadura marcaron mucho; y esa gente la vivieron casi toda su vida, la dictadura, su vida profesional hasta aquel momento” (A3).
Se trataba de la primera disposición legal sobre espacios protegidos aprobada por un parlamento autonómico en España, y fue recurrida ante el Tribunal Constitucional por la Abogacía del Estado por una cuestión competencial:
Básicamente alegaban que la Generalitat de Catalunya no tenía competencias para proteger la naturaleza. Y la sentencia, que vino pocos meses después, que fue una sentencia genérica, abrió la puerta [a todos los gobiernos autonómicos a legislar en materia de conservación]. Y, hoy en día, más del 90% de los espacios protegidos del Estado español han sido creados por los gobiernos autonómicos. Por lo tanto, este fue realmente un punto de inflexión (E3).
Por otra parte, constituyó un “punto de inflexión” por un segundo motivo, y es que, a partir de la sentencia de 1983, “los movimientos locales tienen un interlocutor, saben que deben pedir al gobierno autonómico que declare o proteja”. Antes “no sabían quién podía hacer alguna cosa (…). El gobierno español era muy difícil que actuara en estos temas locales” (E3).
Al poco de protegerse la zona volcánica de la Garrotxa se fueron declarando otras áreas protegidas, algunas de ellas en respuesta a amenazas que afectaban a esos espacios naturales: el PNIN del Macizo del Pedraforca en mayo de 1982 (Barcelona y Lleida), amenazado por extracciones de lignito a cielo abierto; el Parc Natural del Cadí-Moixeró en julio de 1983 (Barcelona y Lleida), la misma sierra en la que se encuentra el Pedraforca, y el PNIN de una parte del valle del Monasterio de Poblet en noviembre de 1984 (Tarragona).
Mención aparte merecen el Delta de l’Ebre y las marismas del Empordà por sus reivindicaciones, sus distintos agentes y su resonancia. En agosto de 1983 se creó el Parc Natural del Delta de l’Ebre (Tarragona), tras una movilización popular contra unas desecaciones en este humedal y por el interés mostrado por el consistorio municipal de Deltebre en la protección de esa zona. El siguiente informante lo relataba así:
Cuando [la gente del Ayuntamiento de Deltebre] vio que se estaban cargando aquella laguna tan grande, que había sido la fuente de subsistencia de la población de Deltebre durante la posguerra, la gente, aunque aquello era propiedad privada (…) se lanzaron en tromba, de decir “No, no, esto no se puede desecar, esta laguna no se puede desecar”. Y manifestaciones, invadieron la finca aquella, pararon las obras. “¿Qué podemos hacer para pararlo?”. La Generalitat hacía poco que había salido y dijeron: “Pues vamos a hablar con la Generalitat” (T17).
En la Generalitat, hablaron con un técnico del DPTOP, Xavier Carceller, que estaba trabajando en ese momento en la planificación de áreas protegidas en Cataluña, entre las que estaba la zona del delta del Ebro; “una persona clave, (…) arquitecto de formación, que tenía las cosas muy claras” (T17).
Unos meses más tarde, en octubre de ese mismo año, se declaró el PNIN dels Aiguamolls de l’Empordà (Girona), tras una campaña de salvaguarda iniciada en 1976 que se desarrolló en paralelo y con interesantes puntos en común con la campaña de la Garrotxa (Gil-Farrero, 2018) y que luchaba contra la amenaza de desaparición de los humedales que suponía la aprobación de un proyecto de urbanización de una marina residencial (que era, a su vez, un ejemplo más de la urbanización salvaje del litoral promovida por el desarrollismo franquista[21]). La campaña fue muy mediática y con un componente muy combativo, hasta el punto de que algunos informantes no dudan en calificarla como subversiva: “es un caso casi revolucionario, muy notorio” (A5), a lo cual contribuyó, sin duda, que en un par de ocasiones los activistas se plantaran ante las máquinas para que no se iniciaran las obras, aprovechando las oportunidades que ofrecía el contexto político del momento. En la memoria de este entrevistado se evocan con claridad los momentos vividos:
Comienzan las obras, vienen los camiones. Parados. “No, lo siento, no podéis continuar. Hemos enviado un telegrama al presidente del Gobierno, Adolfo Suárez, y hasta que no tengamos respuesta, no nos vamos de aquí”. Claro, nos aprovechamos de la época de Transición, porque nos habrían echado a palos, pero el Gobernador Civil de Girona pide opinión: “Bueno, ahora tenemos que mirar si a estos los tiene que responder el presidente del Gobierno, y si yo les echo a palos, esto sería un berenjenal”, porque teníamos a la prensa, todos allí. Por lo tanto, el Gobernador Civil se inhibe y nos deja allí (A4).
Las propias ocupaciones de los terrenos reflejan también la mezcla de ideologías y objetivos de los grupos que estaban en contra de la urbanización:
Hubo dos ocupaciones. Una, del año 77, que fuimos a ocupar sin que estuvieran las máquinas trabajando. Y aquella sí que fue un pitote que yo no entendía nada. Porque allí sí que vinieron, no ningún partido grande, vinieron todos los grupúsculos pequeños que había, que se mataban entre ellos (…). Hubo un día una asamblea, que allí partimos peras, (…) y uno dijo, textual (…): “Nosotros estamos en contra de que hagan casas en los humedales porque quieren hacer chalés para burgueses, para capitalistas. Pero si en vez de eso se quisieran hacer fábricas de confitura biológica, estaríamos de acuerdo con que se desecaran” (A4).
Para finalizar este apartado, cabe señalar que, tras su creación en 1971, el ICONA fue el responsable de la gestión los parques nacionales, incluido el Parc Nacional d’Aigüestortes i Estany de Sant Maurici. Sin embargo, cuando se hizo el traspaso de competencias en materia de medio ambiente, la Generalitat consideró que la gestión de este parque constituía una competencia exclusiva, mientras el ICONA la seguía reclamando como propia. El resultado fue que ambos organismos nombraron un director, cada uno de los cuales actuaba en una mitad del parque, aunque al parecer ambos lo hacían con los fondos del ICONA, los únicos previstos para ese fin en aquel momento (Gil-Farrero, 2018; Monzón, 2001).
4. La institucionalización de la conservación en Cataluña (1985-1988)
La creación de estas primeras áreas protegidas queda, en un primer momento, meramente sobre el papel, puesto que se tarda un tiempo (según los casos) en nombrar a sus primeros directores y contratar al personal técnico más necesario, como recuerdan nuestros informantes: “[se inicia] la gestión del parque (…) tres años después de haber aprobado la ley” (T3) y “nombra director [la Junta del parque al año siguiente] (…), la Generalitat [año y medio después]” (T4). Asimismo, es importante señalar que “la Generalitat era súper reciente. La Administración era… Todo iba un poco a salto de mata. (…). Cuando comenzamos, la Administración era incipiente, se acababa de hacer, era novata total. Todo se estaba construyendo” (T18). El proceso de institucionalización conjunta conllevó, según indican diferentes técnicos, que se empezaran a gestionar las primeras áreas protegidas sin una idea demasiado clara de lo que debía hacerse: “Sí que es verdad que, en aquel momento, éramos muy innovadores y no sabíamos demasiado qué teníamos que hacer. […] Lo íbamos haciendo con lo que sabíamos, que también todo eso era hacer una prueba y error” (T16). Como reitera este otro informante:
Aprobaron la ley, pero no sabían qué hacer con ella. No tenían ninguna unidad administrativa, pero tampoco tenían ningún modelo de referente (…) Sí, sí, se debe conservar, pero ¿cómo? Nadie lo tenía claro, yo creo, en aquellos momentos (…) No había experiencia, no había modelos… En Cataluña estaba el parque nacional que no funcionaba nada (T3).
El lapso de tiempo entre la declaración de las áreas protegidas y el inicio de su gestión fue aprovechado por los sectores que se oponían a la conservación para hacer campaña en contra en algunos de estos lugares, “para crear una hostilidad (…) basada en calumnias, en inventos: ‘el parque no os dejará cambiar los tejados’, ‘el parque sembrará víboras’” (T3); o “no podréis cazar, no podréis pescar, no podréis tirar herbicida, no podréis hacer esto ni aquello” (T17).
En paralelo al establecimiento de áreas protegidas, en parte como reacción ante demandas sociales, la Generalitat había estado trabajando en la creación de un marco jurídico de protección y de los mecanismos de actuación para el conjunto del territorio. En 1985 se promulgó la Llei 12/1985, de 13 de juny, d’espais naturals, cuyos objetivos eran “proteger, conservar, gestionar y, si se tercia, restaurar y mejorar la diversidad genética, la riqueza y la productividad de los espacios naturales de Cataluña (…) en el marco de la protección del medio y de la ordenación racional y equilibrada del territorio” (artículo 1). Esta ley fijó seis figuras de protección. Cinco de ellas se correspondían con las categorías previstas en la legislación española (Ley de espacios naturales de 1975): parque nacional, paraje natural de interés nacional, reserva natural integral, reserva natural parcial y parque natural[22], clasificados por la ley catalana como espacios naturales de protección especial (ENPE). La sexta figura eran los espacios de interés natural (EIN), áreas que cuentan con una protección básica para evitar su degradación, y su conservación se considera de interés general por sus valores científicos, ecológicos, paisajísticos, culturales, sociales, didácticos y recreativos.
Otra novedad de esta ley era el compromiso de elaboración del Pla d’espais d’interès natural (PEIN), con rango de plan territorial sectorial, que formó un sistema de espacios naturales protegidos unitario y coherente. El PEIN pretendía hacer frente a dos objetivos: el primero, la protección de los EIN; el segundo, la compatibilización de dicha protección con el mantenimiento y el desarrollo de las actividades tradicionales y de la población local para evitar el despoblamiento rural. Si bien no se formalizó hasta más de un quinquenio después, en 1992, en su camino hasta la aprobación contó con un largo proceso de participación pública (Mallarach y Comas, 2008). Este fue un instrumento único en el conjunto del Estado español, donde “no hay un equivalente” (E3). Según la Llei d’espais naturals, el PEIN debía ser redactado por el DPTOP y el DARP, aunque en las entrevistas se afirma que fue obra del DPTOP y de su “visión de país” y “voluntad planificadora”, mientras que por parte del DARP “todo eran palos en las ruedas” (E3)[23].
Tras la aprobación de la Llei d’espais naturals, la Generalitat declaró más ENPE: el PNIN de l’Albera (1986) (Girona); los PN de la Muntanya de Montserrat (1987), el Montseny (1987) y Sant Llorenç del Munt (1987), y las Reserves Naturals del Delta del Llobregat (1987) (Barcelona). Los distintos ENPE dependían de administraciones diferentes, lo cual implicaba diferencias sustanciales en cuanto a su gestión, tanto a nivel de presupuesto como de interés. Por su parte, la Diputación de Barcelona seguía con su propia política de creación de áreas protegidas: Parc del Garraf (1986), Parc del Castell de Montesquiu (1986), Parc de Collserola (1987) y Parc del Montnegre i el Corredor (1989).
Los PN del Montseny y de Sant Llorenç del Munt siguieron siendo gestionados por la Diputación de Barcelona (el del Montseny, junto a la de Girona). Dentro de la administración autonómica, fueron dos los departamentos que gestionaron ENPE: el DPTOP y el DARP. Sin embargo, parece que no había el mismo interés en ambos departamentos, diferencia que se reflejó en la gestión de las áreas protegidas. El Parc Natural de la Zona Volcànica de la Garrotxa fue asignado al DPTOP, mientras que el resto de ENPE estaba en manos del DARP. Algunos técnicos señalan importantes diferencias. La primera tiene que ver con una cuestión ideológica: “los de Agricultura no se lo creían en absoluto y era casi como una obligación que les había caído de arriba (…); en Agricultura era la improvisación total” (T16). La segunda tiene que ver con el presupuesto. Según explican, algunos ENPE se crearon “con muy poco presupuesto, los aiguamolls, en comparación con el [parque] de la Garrotxa, que tenía un presupuesto multiplicado por diez” (T18). La dicotomía rico/pobre sirve para ubicar y explicar el porqué de tanta diferencia: “El rico era, porque solo tenían uno, zona volcánica de la Garrotxa. Pasta, equipo bueno, asesoramiento, trabajo… (…) Los hermanos pobres éramos los de Agricultura” (T16). Esta división se aplica asimismo al conjunto de las instituciones encargadas de la conservación: “Los de la Diputación de Barcelona eran los ricos. Después venía el [parque del DPTOP], que era la zona volcánica, y los miserables éramos los [parques] de Agricultura” (T4).
A colación de esto último, es necesario puntualizar otra de las características de la conservación en Cataluña desde sus inicios (y que se ha mantenido hasta la actualidad): la diversidad de administraciones que han implementado políticas en este ámbito. Como hemos visto, la que comenzó fue la Diputación de Barcelona, en base a las competencias que le otorgaba la Ley del suelo de 1965. Uno de los motivos que explicaría la capacidad operativa de esta diputación sería que era “heredera de toda una tarea de la Mancomunitat en la que se planteaban las cosas de otra manera” (E19). La Mancomunitat de Catalunya (1914-1925) fue una institución que agrupó las cuatro diputaciones catalanas para ir más allá de las cuestiones puramente administrativas, y que cuando se disolvió, “quedó esta estructura y esta dinámica, quedan técnicos y quedan servicios” (E19), de los que se hizo cargo la Diputación de Barcelona. Así pues, comienza a crear una red propia de parques, algunos de los cuales (Montseny y Sant Llorenç del Munt) son más tarde declarados parques naturales por la Generalitat, aunque la gestión sigue en manos de la diputación. Otra diferencia entre ambas administraciones es que, si bien la Diputación de Barcelona empezó a crear parques de acuerdo con la planificación que marcaba el Pla General d'Ordenació de la provincia, la Generalitat empezó a declarar áreas protegidas y más tarde estableció el instrumento de planificación, aunque este no se pondrá en marcha hasta 1992, cuando se apruebe el PEIN.
Para finalizar, cabe destacar la publicación de la segunda edición del Llibre Blanc (Folch, 1988)[24]. En esta ocasión se contó con la colaboración de más de 140 especialistas, casi el doble que en 1976. Si bien algunos de ellos habían participado en la primera edición, muchos otros representaban nuevas incorporaciones como, por ejemplo, directores de las primeras áreas protegidas o personal técnico de la administración conservacionista autonómica como el mencionado Xavier Carceller, “uno de los padres [del PEIN]” (E4). Esta nueva edición, ampliada y puesta al día, reflejaba a lo largo de sus 800 páginas los cambios sucedidos en los doce años transcurridos desde la primera versión de la obra: “[la primera edición] era una carta a los reyes. Y esto, la segunda edición, ya era un análisis de lo que ha pasado (…). Entre este y este, ya hay una diferencia considerable” (A19). Si la primera edición, tenía la intencionalidad de ‘vademécum’, esta segunda tenía ahora una voluntad de diagnóstico. Sea lo que fuere, el Llibre Blanc, tanto en su primera tirada como en su posterior revisión, ha tenido durante años un peso importante en la gestión de la naturaleza en Cataluña a diversos niveles. Por un lado, buena parte de las personas que colaboraron en su redacción eran académicos, docentes en la universidad, por lo cual las nuevas generaciones de estudiantes adquirieron a la vez conocimientos sobre el funcionamiento de los sistemas naturales y una visión acerca de su gestión. Hubo otros miembros del equipo de redacción que tenían en ese momento u ocuparon después puestos técnicos en distintos niveles de la administración conservacionista (provincial y autonómica). La obra fue muy bien acogida por los técnicos que trabajaban en temas de urbanismo y ordenación territorial. Por último, y no menos importante, tuvo una clara influencia en la concepción y plasmación posterior del PEIN.
En esta etapa siguieron las tiranteces entre el ICONA y los naturalistas. El DARP se nutrió de técnicos provenientes del ICONA, “pasaron todos a Agricultura” (T4). Según lo recogido en las entrevistas, había una evidente percepción de falta de ‘tradición conservacionista y de conocimientos’ sobre cómo gestionar áreas protegidas: “Ah, directrices, eso ya… Si acaso éramos nosotros [los técnicos de un parque natural] que las podíamos dar a Barcelona [al DARP]. La sensación, a nivel técnico, era esa” (T16). Esta visión algo reduccionista de los ingenieros forestales contrasta con una amplia bibliografía donde se valora su labor en la difusión y concienciación conservacionistas en etapas anteriores (Urteaga, 1987; Gómez, 1992; Boada, 1995; Mata, 2000)[25], a la vez que señala el enfrentamiento entre biólogos e ingenieros. En este marco, se declara la incompetencia de estos últimos con cierto paternalismo: “el que llevaba el tema parques era (…) un funcionario, que había sido jefe de ICONA (…). Era un entrañable personaje, ingeniero forestal, pero no tenía ni idea de los parques” (T4). No obstante, como recuerdan algunos informantes, en esta etapa se produjo una cierta colaboración interinstitucional, la que se dio entre “el Delegado del ICONA en Girona que después pasó a la Generalitat” (T16) como delegado de Agricultura en esa misma provincia y el primer equipo técnico del Parc Natural dels Aiguamolls de l’Empordà. Este ingeniero de montes “se lo creyó tanto después, que podíamos hacer cosas, que comenzó a ayudar y fue el primer presidente de la Junta [del parque]” (T4), aunque ya había colaborado con los miembros de la campaña de salvaguarda a finales de los setenta: “este señor nos pagaba estudios de migración, nos pagó ir a Extremadura (…) el año 78 (…) para ir a buscar ocho pollitos de cigüeña para traerlos aquí” (A4).
5. Conclusiones
En este artículo hemos revisado el inicio de la institucionalización de la protección de espacios naturales en Cataluña (1970-1988), en la que la conservación se configuró como una herramienta de planificación territorial, a través principalmente del testimonio directo de algunas de las personas que fueron testigos o protagonistas de este proceso. Vemos cómo, aunque es un fenómeno y un proceso pionero a nivel estatal pero que corre paralelo a dinámicas globales, la designación de espacios naturales protegidos en Cataluña responde a una demanda de la sociedad civil, con vocación local y/o supralocal, para la que cada vez son más evidentes los efectos negativos del desarrollismo y que se moviliza para incorporar los conflictos ambientales a la agenda política. Así, la importancia de la implicación de diversos sectores de la población civil en el desarrollo de las políticas de conservación en Cataluña no se puede explicar atendiendo solo al marco institucional y a la normativa legal aprobada sobre este tema, como indicaron de manera repetida los informantes. Más allá de qué ente político tenía las competencias para implementar una política conservacionista, a partir de la década de los setenta aparece y se extiende entre amplios sectores de la población catalana una conciencia creciente en cuestiones ambientales que se plasma en demandas sociales ante conflictos ambientales de diverso tipo.
Este proceso se da en un escenario de múltiples transformaciones, que comienza en los últimos años de la dictadura franquista y transcurre durante la Transición y los primeros años de democracia. El contexto es muy relevante, pues los cambios políticos, sumados al descontento y las reivindicaciones de la población, llevaron a la creación de nuevas instituciones y administraciones que representaban nuevas oportunidades. Desde la distancia y el recuerdo, un informante hacía balance de esos años:
Creo que no éramos conscientes, en aquel momento, de que muchas de las cosas que se hicieron, en gran medida se hicieron porque el momento político que se vivía, que era el tardofranquismo más absoluto y la Transición, creaban una situación límbica: estaba todo más o menos en el limbo, y podían pasar una serie de cosas, en los años 70, que ahora serían imposibles (E19).
Por lo tanto, solamente la voluntad de estos colectivos activistas y movimientos sociales no explica el auge y expansión de las políticas de conservación en Cataluña; tenemos que añadir ese contexto histórico único como variable que hace políticamente posible su constitución.
Uno de los rasgos más significativos, y esenciales, en el engranaje de la conservación en Cataluña a lo largo de las décadas de los setenta y ochenta fue la sinergia resultante de la interacción entre la administración, los movimientos sociales y la academia. Se dio la circunstancia, por ejemplo, de personas que compatibilizaron la docencia universitaria con el trabajo técnico para la Diputación de Barcelona. De igual forma se produjeron movilizaciones sociales en las que, además del sector más activista, participaron académicos y miembros del cuerpo técnico. Tal y como reconstruye un técnico, “era, simultáneamente, el jefe del servicio, por lo tanto, tenía una tarea como funcionario público, pero a la vez tenía una tarea como agitador (…) Sí, todo era la misma época” (T19). Y a la inversa, una parte importante de las personas que entraron en la administración conservacionista, sobre todo las que llegaron a las nuevas áreas protegidas (ya en los ochenta), provenían de los movimientos sociales, de campañas de defensa durante las cuales habían ganado conocimiento, experiencia e incluso legitimación como expertas (Gil-Farrero, 2018). Y lo hicieron por convicción, porque creían en la importancia de esa labor. Todos han coincidido en manifestar esa labor entusiasta (‘vocación’, ‘ganas’, ‘compromiso’ o ‘tiempo’) en un momento de grandes transformaciones y oportunidades sociopolíticas: “Era otro estilo de hacer, todo el mundo hacía muchas horas…. No mirabas horario… Era muy vocacional y activista…” (T18) y “todo lo hacíamos nosotros (…) teníamos tantas ganas…” (T16).
Las instituciones que han llevado a cabo políticas de creación de áreas protegidas han seguido vías propias. La Diputación de Barcelona comenzó a crear parques de acuerdo con la planificación que marcaba el Pla General d'Ordenació de la provincia, en base a la normativa urbanística. A nivel autonómico, cuando se restablece la Generalitat, quien empieza a tirar del carro de la planificación es el DPTOP, que también asume la gestión de alguna área protegida, mientras que el resto pasa a manos del DARP. Más allá del periodo estudiado, en 1991, se crea el Departament de Medi Ambient, que asume las competencias del DPTOP en lo relativo a la conservación. La Generalitat basó su política conservacionista en la legislación relativa a espacios naturales, primero la estatal y, tras la aprobación de la Llei d’espais naturals, la catalana; empezó declarando áreas protegidas de manera individual y posteriormente estableció el instrumento de planificación, que se pone en marcha en 1992, cuando se aprueba el PEIN.
Inicialmente, el PEIN designaba 144 áreas protegidas, incluidas las ya declaradas en aquel momento. Así, el 20% del territorio catalán quedó sujeto a una normativa de protección básica, lo cual implicó que la superficie protegida de la región se había multiplicado por cinco, si bien hay que decir que el nivel de protección que ofrecen los EIN es en general bastante bajo (Mallarach y Comas, 2008). La protección común a todos los espacios del PEIN contempla la condición jurídica de suelos no urbanizables, la prohibición de la circulación motorizada fuera de las vías habilitadas para ello, la regulación de las actividades extractivas y la obligación de someter a evaluación de impacto ambiental todos los proyectos de obras e instalaciones que puedan perjudicar los valores de cualquier espacio considerado como de interés natural por el mismo plan.
A pesar de ser un plan territorial y de que pretenda intervenir en los sistemas menos afectados por la actividad humana, no está orientado en la práctica a proteger el conjunto de los sistemas naturales de Cataluña, sino que se centra en realidad en algunas de las muestras más diversas, representativas, singulares y vulnerables de sus espacios, lo cual ha generado críticas desde su aprobación: “Donde vivimos todos es en el 79% que no está protegido. Los parques no pueden ser manchas de limpio (…). Yo era crítico con la Generalitat porque era una política basada en las manchas de limpio [en un territorio sucio]” (E19).
Más allá de las debilidades y/o contradicciones del sistema de áreas protegidas catalán, que no son objeto de análisis en este artículo, lo que queda patente es el complejo camino andado hasta su designación, las tensiones internas que se vivieron entre movimientos sociales, entre estos y las distintas administraciones públicas a las que apelaban en sus reivindicaciones y entre distintos sectores dentro de la administración. Asumido ya que la conservación, aunque fenómeno global, mantiene un carácter idiosincrático en cada territorio –que dificulta en muchas ocasiones los esfuerzos por homogeneizar conceptos y planteamientos–, lo que se plasma con este análisis son los motivos de tal carácter, los actores y agentes que le dieron forma y las limitaciones a pesar de las cuales se hizo posible el desarrollo de la conservación en espacios protegidos en Cataluña.
Clasificación JEL:: O18; Q38; Q57; Q58