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<journal-title specific-use="original" xml:lang="es">Revista Pilquen - Sección Ciencias Sociales</journal-title>
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<article-title xml:lang="es">La provisión del servicio público de agua potable en el partido de Luján en la Región Metropolitana de Buenos Aires. Trayectoria institucional y principales desafíos<sup>
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<bold>Public water service  provision in the city of Luján at Buenos Aires´ at the Metropolitan region of  Buenos Aires. Institutional evolution and main challenges</bold>
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<institution content-type="original">Instituto de Investigaciones  Jurídicas y Sociales Ambrosio Lucas Gioja - Facultad de Derecho - Universidad  de Buenos Aires; Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas;  Instituto del Desarrollo Humano - Universidad Nacional de General Sarmiento; Departamento  de Ciencias Sociales - Universidad Nacional de Luján</institution>
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<copyright-holder>Complejo Universitario Regional Zona Atlántica y Sur. Universidad Nacional del Comahue</copyright-holder>
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<title>Resumen</title>
<p>El trabajo explora las políticas de agua a nivel local, en la Región  Metropolitana de Buenos Aires. Particularmente considera la provisión de agua  potable en el partido de Luján, en donde se configuró una responsabilidad del  gobierno local desde inicios de la década del ochenta del siglo XX. El trabajo  también describe cómo ha sido la trayectoria institucional del servicio desde  sus inicios en la década del cuarenta del siglo XX, su gestión desde la  descentralización y transferencia y su actual regulación. Se trata de una investigación  cualitativa, descriptiva y exploratoria con un diseño de tipo bibliográfico-  documental. Se recurrió a fuentes primarias como entrevistas en profundidad a  informantes claves y a fuentes secundarias, información estadística, normativa,  documentos oficiales y notas periodísticas. Se ha adoptado la estrategia de la  triangulación metodológica y se recurrió al método de caso de tipo  instrumental. Podemos concluir que la provisión de agua en el partido de Luján  se encuentra fragmentada y tiene niveles de desigualdad en la cobertura del  servicio. En la regulación existe un solapamiento normativo e institucional y  vacíos legales en la articulación entre la gestión del servicio y la cuenca  hidrográfica.</p>
</abstract>
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<title>Abstract</title>
<p>This paper explores water policies at the  local level in the Metropolitan Region of Buenos Aires. It specifically  considers the provision of drinking water in the city of Luján, where the local  government has been responsible since the early 1980s. This paper also  describes the institutional evolution of the service since its beginning in the  1940s, its management since decentralization and transfer and its current  regulation. This is a qualitative, descriptive, and exploratory study with a  bibliographic-documentary design. Primary sources, such as in-depth interviews  with key informants and secondary sources such as, statistical information,  regulations, official documents, and newspaper articles were used. The strategy  of methodological triangulation was adopted, and the instrumental case study  method was implemented. We can conclude that water provision in the district of  Luján is fragmented, with unequal service coverage. There is a regulatory and  institutional overlap and legal gaps in the coordination between service  management and the watershed.</p>
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<title>Palabras clave</title>
<kwd>Agua potable</kwd>
<kwd>Regulación</kwd>
<kwd>Políticas Públicas</kwd>
<kwd>Municipios</kwd>
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<title>Keywords</title>
<kwd>Drinking water</kwd>
<kwd>Regulation</kwd>
<kwd>Public Policies</kwd>
<kwd>Municipalities</kwd>
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<sec sec-type="intro">
<title>
<bold>INTRODUCCIÓN</bold>
</title>
<p>En la región latinoamericana la  urbanización y planificación del territorio en manos de grandes inmobiliarias  ha configurado escenarios, especialmente en las periferias de las metrópolis,  donde las infraestructuras hídricas necesarias para la provisión de los  servicios urbanos de agua y saneamiento se han extendido parcialmente.  <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref10">Cruz-Muñoz (2021)</xref> destaca que la mayoría de los países latinoamericanos  modificó sus políticas de desarrollo urbano en lo que concierne al acceso a la  vivienda en el marco de la implementación de políticas neoliberales. En dichas  políticas las empresas inmobiliarias han definido y aún definen las normas de  ordenamiento y de la propia expansión de las metrópolis en el marco del libre  mercado (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref25">Perahia, 2009</xref>). Así en la periferia de las metrópolis, como en la  Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA), la expansión de los servicios  urbanos de agua potable y saneamiento ha sido subóptima en relación con el  crecimiento de la demanda.</p>
<p>Por su parte, la  RMBA ocupa un territorio aproximado de 13.267 km2, alberga a más del 35% de la  población del país y recorre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y 39  partidos de la provincia (fuente: <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref14">INDEC,2024</xref>).<underline>
<sup>
<xref ref-type="fn" rid="fn2">2</xref>
</sup>
</underline> Esta situación ha dado lugar a que en la RMBA cohabitan hogares que resuelven  las necesidades básicas de acceso al agua con conexión al servicio público de  redes. A su vez, existen otras que tienen que resolverlo mediante modalidades  individuales y/o colectivas menos seguras y costosas como son las perforaciones  domésticas, el acarreo de agua de canillas comunitarias y la compra de agua  embotellada. A su vez, también se observa, especialmente en barrios populares  que el acceso al agua de red puede provenir de conexiones informales y cañerías  precarias. Esto es parte de la fragmentación urbana, aspecto estructural de las  ciudades en la RMBA, que se expresa de forma “dramática” en el acceso al  agua, especialmente en los barrios populares (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref26">Piccolo y Forcinito, 2024</xref>). A su vez, esta situación se  agrava por la falta de tendido de redes   cloacales y los reducidos niveles de tratamiento de los efluentes  domésticos e industriales.</p>
<p>Cabe destacar que en  Argentina la provisión de agua conformó una arena de intervención estatal en lo  que concierne a la planificación, financiamiento, provisión y control del  servicio desde fines del Siglo XIX. Una empresa emblemática del sector fue  Obras Sanitarias de la Nación (OSN) creada en 1912, con la  sanción de la Ley nacional Nº 8889 y la decisión del Estado nacional de  sostener la provisión en las principales ciudades del país. A lo largo de su  historia, el financiamiento del sector en el país exploró distintas modalidades  como son la asignación de fondos específicos, la emisión de bonos, créditos  externos y el aporte de los futuros usuarios.</p>
<p>Ya para inicios de la década del ochenta y tras un  proceso profundo de desinversión, el Estado nacional impulsó la descentralización y transferencia del  servicio de agua de la esfera de la histórica OSN hacia las provincias. El caso  de la provincia de Buenos Aires que, previamente, había construido el servicio  de agua en algunas áreas de su territorio, también avanzó en la misma política  en los municipios.</p>
<p>La única área del  país en la que no se descentralizó el servicio de agua en 1980 fue la actual  CABA, al igual que en los partidos de Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora,  Esteban Echeverría, Almirante Brown, La Matanza, Morón, Tres de Febrero,  Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre y General San Martín. Como  consecuencia de diversos cambios institucionales, en la actualidad esta área  incluye también a los partidos de Quilmes, Hurlingham, Ituzaingó, Escobar,  Florencio Varela, Pilar, San Miguel, José C. Paz, Malvinas Argentinas, Moreno,  Merlo y Presidente Perón.</p>
<p>Desde la  descentralización y transferencia del servicio de agua la trayectoria  institucional del sector, en coincidencia con lo que sucedió en la región  latinoamericana, avanzó con la privatización de las empresas públicas  prestadoras del servicio durante la última década del siglo XX y en los inicios del siglo XXI con  la re-estatización (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref30">Tobías, Tagliavini y Orta (2017)</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref4">Cáceres (2016)</xref> y (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref5">2024</xref>),  <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref1">Acuña<italic> et al</italic> (2018)</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref2">Azpiazu y Castro  (2013)</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref2">Azpiazu et al (2005)</xref>, entre otros).</p>
<p>Ciertamente el  acceso al agua potable conforma un derecho humano básico y la población que se  encuentra excluida del servicio tiene derecho a ser incluida porque es  legalmente exigible. Dicho derecho fundamental no puede ser ignorado porque se  encuentra reconocido por nuestra Constitución Nacional, en el Derecho  Internacional y en el Código Civil y Comercial de la Nación (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref20">Minaverry &amp;  Martínez, 2016</xref>).</p>
<p>En Argentina, los hogares con acceso al agua por redes  alcanzaban al 89% a nivel nacional y se redujo en el servicio de cloacas al  61,5% según el <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref14">INDEC (2022)</xref>, presentando una distribución desigual entre las  provincias. Así se observa que la CABA contaba con una cobertura de 98,01% en  agua y 98,79% en cloacas, Chubut con 96,22% y 81,17%, y Entre Ríos 91,06 % y  78,31% respectivamente; y entre las más postergadas se encontraban la  provincia de Buenos Aires con 76,32% en agua y 59,37% en cloacas, Formosa  77,76% y 41,39%; Santiago del Estero con 79,17% y 26, 85% y Misiones con 79,67%  y 25,36% respectivamente (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref15">INDEC, 2022</xref>).</p>
<p>Estas realidades fluctuantes han dado lugar a la  coexistencia de un conjunto heterogéneo de prestadores y normativas del  servicio de agua con distintas formas societarias como son las empresas con  mayoría accionaria de capital público o privado, incluyendo a las cooperativas  y a organismos locales.</p>
<p>Las  políticas públicas en el sector de agua demandan esfuerzos considerables para  mejorar las condiciones de accesibilidad y conexión efectiva de la población.  Este esfuerzo resulta crítico cuando la provisión de agua queda ubicada en la  órbita local, en tanto se trata de un sector que involucra complejas  actividades en las distintas fases de extracción, tratamiento, distribución a  los usuarios y recolección de los efluentes. Además, requieren de mucha  inversión para la expansión, la operación y el mantenimiento de sistemas de  infraestructura hídrica (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref5">Cáceres, 2024</xref>). En este marco general, el objetivo del presente trabajo  es explorar las políticas de  agua a nivel local en la Región Metropolitana de Buenos Aires, particularmente  a partir de considerar la provisión de agua potable en el partido de Luján, en  donde se configuró una responsabilidad del gobierno local desde inicios de la  década del ochenta del siglo XX. A lo largo del trabajo se describe cómo ha  sido la trayectoria institucional del servicio desde su génesis en la década  del cuarenta del siglo XX, la gestión desde su transferencia y su actual  regulación para pensar los desafíos que afronta a futuro.</p>
</sec>
<sec sec-type="materials">
<title>
<bold>LA POLÍTICA DEL SERVICIO PÚBLICO DEL AGUA</bold>
</title>
<p>La provisión de agua potable conforma un  aspecto fundamental para la salud de la población y el desarrollo económico y  social. Su provisión involucra un conjunto de infraestructuras hídricas que  incluyen sistemas de captación de agua, potabilización, almacenamiento y  distribución en el territorio. Dichas infraestructuras conforman parte del soporte  colectivo que permite resolver necesidades indispensables de la población y de  las organizaciones públicas, privadas y de la sociedad civil. Se trata de un  servicio urbano que, por sus condiciones intrínsecas, su prestación se efectúa  mediante un monopolio natural y que por su esencialidad posee una demanda  cautiva. Por lo que la regulación de la calidad del servicio, sus tarifas y las  metas de universalización y mantenimiento resultan sumamente relevantes.  Además, el sector tiende a enfrentar subinversión y esto afecta la calidad del  servicio que se provee y genera problemas en la gestión, operación y  mantenimiento (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref5">Cáceres, 2024</xref>).</p>
<p>Cabe señalar que  Argentina posee un sistema de gobierno de carácter federal. El federalismo se  organiza en, al menos, dos ámbitos de gobierno cada uno con una determinada  distribución de atribuciones y funciones. Estos ámbitos refieren a una división  territorial del poder y autoridad entre el nivel federal o subnacional y el  central que lo torna complejo y conflictivo por las distintas atribuciones y  funciones que corresponden a cada nivel (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref4">Cáceres, 2016</xref>). El federalismo está  asociado a un entramado institucional y de relaciones complejo de articular en  tanto reconoce múltiples unidades de gobierno que eligen a sus propios gobernantes.</p>
<p>En el país, las  provincias preexisten a la Nación, estas pueden sancionar (y así lo han hecho)  sus propias constituciones, respetando la forma representativa y republicana y  conservan todo el poder no delegado por la Constitución Nacional al nivel nacional.  Son 23 provincias más la CABA, que, si bien no es una provincia, posee un  régimen de gobierno autónomo, un jefe de gobierno y legisladores. Así en el  país coexisten la Nación, las provincias y los municipios. La Constitución  Nacional en su artículo 123 reconoce la autonomía de los municipios y no existe  reconocimiento jurídico a las áreas metropolitanas. En cada Constitución  provincial se establece cómo se organiza el propio régimen municipal.</p>
<p>En  el caso de la provincia de Buenos Aires, su Constitución provincial establece  los lineamientos del régimen municipal: composición, atribuciones,  responsabilidades y limitaciones. Asimismo, la Ley Orgánica de las  Municipalidades ordena el funcionamiento de los municipios (Decreto Ley N0  6.769/58 y sus modificatorias), en tanto estos cuentan con la posibilidad de  recaudar tasas, derechos, contribuciones, retribución de servicios, entre  otros.</p>
<p>Aunque Argentina  asume un sistema de gobierno federal, su historia se encuentra atravesada por  un proceso de centralización de las políticas que se incrementó desde los años  treinta del siglo XX, contando con un mayor protagonismo del Estado nacional en  la regulación de la actividad económica, la producción de bienes, servicios y  en el empleo. Así pasó a asumir las funciones de brindar salud y la provisión  del servicio de infraestructura mediante empresas públicas y seguridad, entre  otras (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref5">Cáceres, 2024</xref>). Esta situación comenzó a revertirse recién hacia la  década del sesenta del siglo XX cuando se observó un proceso de descentralización  en el marco de reducción del gasto público nacional.</p>
<p>En la experiencia argentina la descentralización de  funciones no estuvo acompañada por la del cobro de los principales tributos que  siguieron siendo recaudados por la jurisdicción nacional. Todo lo anterior  afectó el desempeño de los niveles subnacionales en la provisión de servicios y  profundizó las desigualdades territoriales y los desequilibrios regionales en  materia de la calidad de las prestaciones. Como destacan <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref7">Cao et al (2023)</xref>, especialmente,  en los momentos de crisis los municipios han desarrollado un papel protagónico  en lo que concierne a la cuestión social.</p>
<p>La provisión de agua potable conforma una arena  descentralizada de política pública donde tienen lugar relaciones intergubernamentales  entre los niveles de gobierno nacional, provincial y local. Estas relaciones  atraviesan momentos de conflicto y/o competencia, de colaboración y de  indiferencia (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref13">Harrison y Fafard, 2000</xref>). La consideración de las relaciones  intergubernamentales asume un “lugar clave” en la coordinación <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref7">(Cao et al,  2023:13)</xref>, para fomentar la integralidad de las acciones que son fundamentales  en un servicio esencial para la sostenibilidad de la vida. No obstante, no se  enfatiza en ellas en este trabajo exploratorio.</p>
<p>Sin embargo, se destaca una situación diferenciada en la  provisión de agua en la RMBA porque en la CABA y en 26 partidos de la provincia  de Buenos Aires el servicio aún está centralizado a nivel nacional y gestionado  por una empresa pública denominada Agua y Saneamiento Argentino (AYSA).<underline>
<sup>
<xref ref-type="fn" rid="fn3">3</xref>
</sup>
</underline> La creación de AYSA en 2006  tuvo lugar tras la fallida concesión al consorcio Aguas Argentinas S.A y su  salida del servicio tras notorios incumplimientos contractuales. Esta situación  se dio en un marco de re-centralización de las políticas públicas nacionales en  el desarrollo.</p>
<p>En el resto de la RMBA la prestación se encuentra a cargo  en 8 partidos de una prestataria dependiente del gobierno provincial denominada  Aguas Bonaerenses (ABSA)<underline>
<sup>
<xref ref-type="fn" rid="fn4">4</xref>
</sup>
</underline> y en otros 5, de los propios  municipios y por decisión de estos, de algunas cooperativas.<underline>
<sup>
<xref ref-type="fn" rid="fn5">5</xref>
</sup>
</underline> Sin embargo, de todas  maneras se observa una deficiente cobertura de hogares con acceso a la red de  agua potable, lo cual impacta negativamente en la salud de la población y en la  gestión integral de los recursos hídricos.</p>
</sec>
<sec sec-type="methods">
<title>
<bold>METODOLOGÍA</bold>
</title>
<p>El presente artículo recupera una  investigación cualitativa que procura indagar de forma exploratoria en la política pública del servicio de  agua a nivel local en la RMBA. Se ha aplicado un diseño de tipo  bibliográfico- documental y descriptivo basado, por un lado, en la revisión y  sistematización de fuentes secundarias, empleando el método de la hermenéutica  jurídica. También se relevaron periódicos digitales locales, estudios  científicos vinculados con la provisión del servicio de agua y de las fuentes  subterráneas en el partido de Luján, tesis e informes de pasantías académicas  presentadas por estudiantes de grado y posgrado en la Universidad Nacional de  Luján. Para la recopilación de las notas periodísticas se utilizaron las  herramientas digitales a través de los criterios “servicio público de agua, Luján”,  “Luján y agua potable” y “Luján y agua de red” en periódicos emblemáticos y con  trayectoria en el partido: El Civismo y Tribuna del Pueblo.</p>
<p>Por otro lado, se  realizaron entrevistas en profundidad a informantes claves que son funcionarios  públicos municipales y que se encuentran vinculados con la implementación de  políticas públicas y de normativa sobre protección ambiental y del servicio  público del agua. Se ha adoptado la estrategia de la triangulación metodológica  (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref11">Denzin, 2012</xref>) y se recurrió al método de caso de tipo instrumental (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref29">Stake,  2010</xref>), ya que el análisis del caso singular nos permitió comprender la relación  entre las categorías de análisis en otras áreas. Se ha considerado la  trayectoria institucional del servicio de agua potable y su situación desde la  transferencia del servicio hasta la actualidad <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref9">(202</xref>4).</p>
<p>La justificación del ámbito espacial se fundamenta en que  Argentina posee un sistema de gobierno federal, que ha transitado un proceso de  descentralización de un conjunto de arenas de políticas a los niveles  subnacionales. Entre estas funciones se incluye la provisión de agua potable.  En la RMBA, el municipio de Luján asumió la responsabilidad sobre este servicio  y la ha sostenido en las últimas cuatro décadas, en tanto se trata de un servicio  intensivo en inversión tendiente a sostener la calidad, continuidad y  regularidad de la prestación. Además, el mismo gestiona agua, un recurso  crítico que enfrenta problemas de contaminación y sobreexplotación en la RMBA.</p>
</sec>
<sec sec-type="cases">
<title>
<bold>LA PROVISIÓN DE AGUA POTABLE EN LUJÁN</bold>
</title>
<p>El  partido de Luján es uno de los 135 que tiene la provincia de Buenos Aires y se  ubica al noroeste de la RMBA, precisamente a 67 km de la CABA.<underline>
<sup>
<xref ref-type="fn" rid="fn6">6</xref>
</sup>
</underline> De la RMBA, este partido tiene una superficie  total de 777 km2 y se encuentra integrado por las localidades de  Luján, cabecera que concentra al núcleo de la población<underline>
<sup>
<xref ref-type="fn" rid="fn7">7</xref>
</sup>
</underline>,  Olivera, Jáuregui, Pueblo Nuevo, Cortínez, Open Door, Torres, y Carlos Keen. El  partido limita con Pilar, Exaltación de la Cruz, General Rodríguez y General  Las Heras, Mercedes y San Andrés de Giles. Según el último Censo de Población,  Hogares y Vivienda de 2022, la población total ascendía a los 110.111 personas  y 39.254 hogares (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref15">INDEC, 2022</xref>).</p>
<p>La ciudad de Luján, se considera históricamente el principal centro religioso  nacional, en tanto la Virgen de Luján es la patrona de Argentina en la religión  católica. Aun cuando posee una intensa actividad productiva, comercial y  educativa, con la presencia del campus de la Universidad Nacional de Luján,  creada en 1972, ubicada a pocos kilómetros y vinculada con la dinámica de la  CABA, la actividad turística se conforma como una de las actividades medulares.  La ciudad de Luján conforma un centro cultural y turístico nacional e internacional que moviliza entre  4,5 y 6 millones de turistas al año (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref17">Lanson, 2011</xref>).</p>
<p>El partido de Luján forma parte de la Cuenca del Río  Luján que junto con las cuencas del Reconquista y Matanza-Riachuelo son las  tres más importantes de la RMBA. Se trata de un territorio con amplia biodiversidad,  que se ha destinado a la producción agrícola-ganadera extensiva y de cría, con  mayor intensificación de las actividades agrícolas durante los últimos años y  de desarrollo de emprendimientos inmobiliarios que han afectado los humedales  (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref27">Pintos, 2012</xref>). Existen numerosos trabajos sobre la Cuenca del Río Luján, una  cuenca hidrográfica ubicada sobre una parte de la planicie de acumulación  conocida como Pampasia, perteneciente a la Gran Cuenca del Plata, conformada  por pisos geológicos que contienen los acuíferos subterráneos desde donde se  extrae el agua de consumo en la zona (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref19">Mateucci, 2012</xref>). La cuenca que conforma  el río se ubica en el noreste de la provincia de Buenos Aires, abarca una  superficie de 3.760,07 km2 y recorre los partidos de Campana, Carmen de Areco,  Chacabuco, Escobar, Exaltación de la Cruz, General Rodríguez, José C. Paz,  Luján, Malvinas Argentinas, Mercedes, Moreno, Pilar, San Andrés de Giles, San  Fernando, Suipacha y Tigre. Existen diversos trabajos que sitúan la atención en  los potenciales conflictos por el uso del suelo en la cuenca (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref3">Buzai y Principi (2017</xref>)), los  negocios inmobiliarios (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref27">Pintos (2012)</xref>, las inundaciones (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref24">Molero et al (2022</xref>),  aspectos normativos e institucionales (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref28">Sanmartino, (2024)</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref12">Ferro y Minaverry  (2019)</xref>, entre otros. No obstante, el análisis de la política de provisión y  gestión del servicio de agua conforma un área de vacancia relativa.</p>
<p>La historia del servicio de agua en el partido de Luján  se encuentra atravesada por la trayectoria institucional que ha tenido este servicio  en la RMBA y en el interior de la provincia de Buenos Aires. Precisamente en  buena parte de los partidos del interior bonaerense la construcción de las  primeras obras sanitarias demandó la habilitación del Estado bonaerense  mediante la firma de distintos convenios (Ministerio de Obras Públicas, 1923).</p>
<p>Así tuvo lugar un largo proceso con sumatoria de  convenios que actuaron como la génesis del servicio en Luján. El primero se  efectuó mediante la Ley provincial Nº 1944, ya en 1887, que fue sancionada a  pedido de un organismo clave de la época, el Departamento de Ingenieros dependiente  del Ministerio de Obras Públicas (Ministerio de Obras Públicas, 1914). Por  entonces se consideraba que las transferencias de la provincia tendrían que  financiar la construcción de las infraestructuras para comenzar a poner en  marcha el servicio.</p>
<p>En la provincia de Buenos Aires la responsabilidad sobre  la construcción del servicio estuvo centrada en la órbita de la Oficina de  Obras Sanitarias que tenía bajo su responsabilidad la dirección,  administración, explotación y conservación de las obras sanitarias y el  ejercicio del poder de policía con el cobro de multas (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref4">Cáceres, 2016</xref>).</p>
<p>Aunque el gobierno provincial tenía responsabilidad sobre  los servicios sus esfuerzos se concentraron en la ciudad capital, La Plata,  donde el servicio fue inaugurado en 1885, lo que se sustentó en razones de  higiene y salubridad pública (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref6">Castillo, 2011</xref>). Por su parte, la expansión de  las obras sanitarias en los partidos del interior demandó varios años más.  Generalmente para concretar el inicio de las mismas, la legislatura bonaerense  avaló la expropiación de los terrenos, la enajenación en subastas públicas de  bienes y la emisión de fondos públicos (bonos de salubridad) para el  financiamiento de la construcción de las infraestructuras sanitarias (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref4">Cáceres,  2016</xref>).</p>
<p>Con el correr de los años, en 1913, la Oficina de Obras  Sanitarias fue reemplazada por la Dirección General de Saneamiento y Obras  Sanitarias, como organismo centralizado en el ámbito del Poder Ejecutivo  Provincial y desde entonces tuvo distintos cambios institucionales (Ministerio  de Obras Públicas, 1967). Uno de los condicionantes que enfrentó el sector,  históricamente, ha sido la necesidad de ampliar el financiamiento de las obras,  afectadas por distintas crisis económicas y cambios políticos e  institucionales. Para 1924, la Ley provincial de Saneamiento Urbano N° 3833  acordó que se extendiera el servicio a los centros urbanos con una población  superior a los 6.000 habitantes o en los casos que existiera riesgo sanitario.  El financiamiento de las obras se proyectó con el aporte de los futuros  usuarios y de la recaudación provincial. La sanción de la norma impulsó  parcialmente la construcción de infraestructuras en municipios del interior, donde  la provincia propuso que “una vez que las contribuciones percibidas hayan  cubierto totalmente la emisión y demás gastos, las obras y sus accesorios serán  entregados en propiedad a las Municipalidades, siendo por cuenta de ellas en  adelante la administración, explotación y conservación” (artículo 8 Ley  provincial N° 4026 que fue promulgada el 9 de noviembre de 1928 y a su vez  derogada por la Ley provincial Nº 5137 el 23 de julio de 1947, modificando a su  vez la Ley Nº 3833 sobre obras sanitarias en ciudades y pueblos de la provincia  de Buenos Aires.). Esto reconocía el carácter local de la prestación del  servicio público de agua. Asimismo, se destaca que en esta última norma  jurídica vigente se estableció la obligatoriedad de la incorporación de este servicio  público de la siguiente manera: “Artículo 12: Declárase obligatorio el uso de  los servicios de agua corriente y de cloacas para todo inmueble habilitado o  habitable, comprendido dentro del radio a que se extienden las obras en cada  una de las ciudades o pueblos, una vez que las mismas hayan sido libradas al  servicio público. El importe de las tarifas que fije el Poder Ejecutivo para el  pago de los servicios sanitarios correspondientes a fincas con frente a las  cañerías, será abonado por los propietarios respectivos, desde el momento que  esté vencido el plazo que fije la reglamentación para efectuar las conexiones a  la red general, estén o no instaladas y concluidas las obras internas en las  fincas respectivas.”</p>
<p>No obstante, la construcción del servicio en el partido  de Luján adquirió promoción, recién, en la década del cuarenta del siglo XX,  inicialmente, se planificó de forma complementaria la extensión de agua y  cloacas, pero con el correr de las décadas, el servicio de cloacas tuvo mayor  rezago. Luego de la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción  de las infraestructuras hacia fines de 1949, recién ahí comenzó la construcción  de perforaciones de toma de agua, la torre elevadora y tanque de agua a cargo  de la Dirección de Obras Sanitarias de la provincia de Buenos Aires. El tanque  de agua característico del partido fue construido por el ingeniero Horacio  Tocacuwa y conforma una de las obras del sector más importantes. El primer  tendido de red de agua se inauguró a mediados de la década del cincuenta y  rápidamente mostró problemas de interrupciones crecientes, lo que afectaba  directamente a los usuarios que al conectarse a la red de agua tenían que  suprimir las bombas y pozos domésticos. Para fines de los años sesenta, como  dan cuenta los archivos de los periódicos locales, la cobertura abastecía a un  número acotado de hogares en relación con el total y se registraban poco más de  3500 viviendas conectadas al servicio en Luján (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref8">El Civismo, 2023</xref>).</p>
<p>Ya a fines de los años setenta comenzó la ampliación de  la red de agua por fuera del radio céntrico, previo acuerdo entre el gobierno  local y la Dirección de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires  (Boletín oficial de la provincia de Buenos Aires,1979). lo que demandó el  aporte económico de los frentistas. Por entonces, en un contexto de gobiernos  de facto, y en sintonía con el denominado principio de subsidiaridad del  Estado, el gobierno provincial impulsó un proceso de descentralización de  distintas arenas de políticas públicas. En ese marco de transferencia de las  responsabilidades sobre la planificación, regulación, control, fiscalización y  prestación de los servicios de agua a un conjunto de municipios, se incluyó  entre ellos al partido de Luján (así a otros como Ayacucho, Azul, Bahía Blanca,  Berisso, Bragado, Brandsen, Campana, Capitán Sarmiento).</p>
<p>Así en 1979 mediante la sanción del Decreto-Ley  provincial N° 9347, el gobierno dispuso que “en observancia de las  disposiciones de la Constitución Provincial que asignan a las municipalidades  la administración de los intereses y servicios locales, dispondrá la  municipalización de aquellas funciones y servicios actualmente a su cargo que  por su índole son propios de la competencia comunal, mediante las  transferencias que correspondan” (artículo 1, Decreto-Ley provincial N° 9347).</p>
<p>Posteriormente, mediante el Decreto N° 1470/79 estableció  la municipalización de las distintas funciones de la política del servicio de  agua y la transferencia de la totalidad de los inmuebles, las instalaciones, obras,  bienes muebles, y otras infraestructuras, así como los derechos, acciones,  obligaciones y contratos; como el personal que se desempeñaba en la prestación  de los servicios. Ya en 1982 mediante los decretos del Poder Ejecutivo  Provincial Nº1189 y Nº 1252 se transfirieron los materiales, infraestructuras e  instalaciones sanitarias al municipio de Luján. Por entonces y hasta la  actualidad, el servicio se abastecía de agua subterránea mediante baterías de  pozos, con infraestructuras no interconectadas con otros partidos.</p>
<p>En los barrios más alejados del centro de Luján, el  servicio de agua se fue construyendo con intervención de otros actores sociales<xref ref-type="fn" rid="fn8">.<underline>
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<sup>8</sup>
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<p>En las áreas rurales intervino un organismo público  denominado Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (SPAR). El  SPAR se creó en 1969 con personal de la Dirección de Obras Sanitarias como  organismo descentralizado con capacidad de derecho público y privado en el  ámbito del Ministerio de Bienestar Social (Ley provincial N° 7533). Se constituyó  luego de la organización del Servicio Nacional Agua Potable y Saneamiento  Rural, para ejecutar el Plan Nacional de Abastecimiento de Agua y Saneamiento  Rural, promovido y financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),  que apuntó a dotar de los servicios a pequeñas localidades mediante la creación  de cooperativas que se hicieran cargo de los servicios sanitarios en distintos  pueblos con entre 100 y 3.000 personas. Durante varias décadas el SPAR promovió  acciones tendientes a garantizar la construcción de perforaciones y tanques de  almacenamiento de agua en pueblos del interior provincial, entre ellos las  localidades del partido de Luján (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref18">Maihuire y Alderete, 2008</xref>).</p>
<p>En 1982, con apoyo del SPAR, se inauguró en la localidad  de Torres el servicio de agua a cargo de la Cooperativa Eléctrica y de Servicios Públicos Lujanense  Limitada (Cooperativa Eléctrica y de Servicios Públicos Lujanense Limitada,  2024). Se trata de un servicio que se sostiene de forma desvinculada de la red  que operaba el municipio. Cabe señalar que la provisión de agua en el  partido de Luján conforma una responsabilidad del municipio, aun cuando una  parte del territorio esté atendida por la Cooperativa, en tanto la gestión del  servicio no volvió a re-centralizarse, como sucedió en municipios vecinos como  General Rodríguez. Tampoco fue privatizada durante la década de 1990, como  sucedió con otras prestaciones locales como Pilar o Balcarce.</p>
<sec sec-type="cases">
<title>
<bold>LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA EN</bold>
<bold>EL PARTIDO DE LUJÁN EN LA ACTUALIDAD</bold>
</title>
<p>El  partido de Luján cuenta con 9 localidades y 44 barrios. Para 2020 existían 29  barrios que contaban con el servicio de agua, 11 barrios con el servicio de  agua y cloaca y 15 sin servicios sanitarios (Municipalidad de Luján, 2020).</p>
<p>Dentro del partido, por un lado, en  el casco urbano el servicio de agua se encuentra atendido por la Dirección de  Servicios Públicos, un área centralizada que depende de la Secretaría de  Servicios Públicos como responsable de la operación del servicio. Por otro  lado, la localidad de Torres y los barrios de El Trébol, Sarmiento, Lanusse y  Zapiola están atendidos por la Cooperativa Eléctrica y de Servicios Públicos Lujanense Limitada y  existen hogares que resuelven el acceso al agua mediante perforaciones propias  que no tienen ningún control. Más allá de quién gestione el servicio, la  responsabilidad de la política pública del sector es del gobierno local.</p>
<p>Tanto la Dirección de Servicios Públicos como la  Cooperativa utilizan agua subterránea extraída mediante perforaciones al acuífero  Puelche, que es un reservorio muy importante de la provincia que enfrenta  problemas de sobreexplotación y contaminación. En esta región existen numerosos  centros urbanos, un alto nivel de desarrollo productivo industrial que utiliza  intensivamente el recurso del agua, al igual que el riego intensivo (en la  horticultura) y extensivo (en algunos cereales) en áreas periurbanas y rurales  (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref16">Kruse, 2015</xref>). Esta situación se complejiza aún más teniendo en cuenta que  según la Autoridad del Agua (ADA), en el partido de Luján el acuífero Puelche  posee una disponibilidad restringida, es decir presenta “un caudal de uso  actual que se encuentra por encima del caudal máximo de aprovechamiento  sustentable” (Resolución N° 796/2017).</p>
<p>La Dirección de Servicios Públicos para prestar el  servicio recurre a la combinación de perforaciones que impulsan agua a un  tanque elevado de 1000 litros3 y otras que la bombean de forma  directa a la red. En total la Dirección gestiona 28 perforaciones, 9 en el  casco urbano y 19 en barrios periféricos con un promedio de dotación de 340  litros/día (Municipalidad de Luján, 2020:4). El control de las bombas se  efectúa de forma manual y no se ha avanzado en la micromedición del consumo.</p>
<p>Por otro parte, la  Cooperativa provee el servicio a 3.500 hogares adheridos al servicio para lo  cual recurre a la extracción y potabilización de agua subterránea, con 3 bombas  de explotación y dos estaciones de bombeo, para distribuir en 55.000 metros de  cañería (Cooperativa Eléctrica y de Servicios Públicos Lujanense Limitada,  2024)<underline>
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<xref ref-type="fn" rid="fn9">9</xref>
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</underline>.  Existe una situación conflictiva entre el municipio y la Cooperativa que es de  larga data. Esta última se ha consolidado en el territorio y no muestra interés  en abandonar la prestación del servicio, aunque los actores entrevistados,  funcionarios y ex funcionarios advierten como problemático que la Cooperativa  preste el servicio sin un contrato, esta situación se sostiene desde hace más  de tres décadas. A fines de los años noventa existió un proyecto de ordenanza,  que se discutió en el Honorable Concejo Deliberante, para la creación de un  ente descentralizado que asumiera la responsabilidad de provisión del servicio  en todo el partido, pero no logró implementarse. De acuerdo con el trabajo de  campo realizado, los entrevistados sostuvieron que cuando el municipio permitió  la incorporación de la Cooperativa al sector de agua se esperaba que fuera por  un periodo de tiempo limitado. Así uno de los entrevistados destacó “la  Cooperativa se hacía cargo del cobro hasta amortizar el contrato, hasta  amortizar la obra… le damos 10 años en amortización, de cobro de la tasa.  Pasaron casi 30 años, es una cuestión que bueno existe y está y sucede eso es  así. Hoy hay una, no un 50 50, pero hay una parte importante de servicios  sanitarios, que hoy lo está administrando la Cooperativa” (Funcionario  municipal).</p>
<p>En la actualidad no  existe un contrato de concesión que acuerde derechos y obligaciones de la  Cooperativa en materia de inversiones, calidad del servicio, entre otros  aspectos. No obstante, en 2022 fue autorizada, nuevamente, mediante un convenio  firmado con el municipio para que recaude la tasa por servicios generales, es  decir que recaude la tasa por el servicio (Decreto Nº 2097). Precisamente la  forma de recaudación del servicio se ha ido actualizando en las últimas dos  décadas. El cobro estuvo asociado históricamente a la valuación fiscal de las  viviendas, en lo que se conoce en el sector como consumo presuntivo por metros  construidos de las viviendas con el agravante de contar con valuaciones fiscales  desactualizadas. Por varios años el municipio tuvo tasas diferenciadas para el  cobro de servicios sanitarios, seguridad, alumbrado, barrido y limpieza. Esto  se modificó en el año 2022 con la Ordenanza Fiscal Nº 7836, que en su artículo  131 creó la tasa por servicios generales que unificó las tasas anteriores,  sumado a una política que implicó el uso de los sistemas de información  geográfica, el registro de los usuarios, etc. lo que permitió, según los  entrevistados, mejorar los niveles de cobrabilidad del servicio.</p>
<p>La pandemia de COVID19 mostró la relevancia de la  política de agua en términos de salud pública. En el partido de Luján se  desplegaron distintas obras de tendido y de recambio de las redes en barrios  periféricos, incluyendo el casco histórico mediante el acompañamiento del ex  Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) y la Dirección  provincial de Agua y Cloacas (DIPAC).</p>
<p>El ENHOSA fue un organismo nacional creado en 1995 que,  hasta diciembre de 2024 dependía del Ministerio de Economía, y cuya tarea era  planificar, ejecutar y administrar las obras del sector en articulación con los  gobiernos subnacionales. El Decreto 1020/2024 dispuso su disolución en un  contexto de ajuste profundo del gasto público nacional y en donde todavía no se  ha podido vislumbrar su impacto en el funcionamiento y/o calidad del servicio  público del agua en la región.</p>
<p>Por su parte la DIPAC, creada en 2005, depende del  Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos  Aires y tiene como tarea planificar nuevas obras del sector en suelo  bonaerense. Parte de las obras que se realizaron en los últimos tres lustros se  efectuaron con financiamiento externo, entre ellos del Banco Internacional de  Reconstrucción y Fomento (BIRF). Este organismo financió la ejecución de redes  en distintos barrios de la periferia de Luján y de perforaciones profundas al  acuífero Puelche (BIRF 7268). El contexto de la pandemia habilitó la firma de  acuerdos entre el gobierno local y la provincia de Buenos Aires (con su empresa  ABSA) para brindar asesoramiento y asistencia técnica.</p>
<p>Más allá de la coexistencia de dos operadores del  servicio de agua en el partido de Luján (uno a cargo del propio municipio y  otra de una cooperativa) existen claros desafíos aún en materia de cobertura y  en este sentido de accesibilidad. Ciertamente la universalización del servicio  básico a todos los hogares no se ha alcanzado en el municipio, como en muchos  otros de la provincia, donde el déficit se sostiene y deja sin posibilidad de acceso  seguro a amplios sectores.</p>
<p>La <underline>
<xref ref-type="fig" rid="gf1">tabla 1</xref>
</underline> permite observar el desarrollo de la cobertura  del servicio del agua, cuya evolución pasó, en términos absolutos, de 9.410  hogares en 2001 a 15.900 en 2010 lo que equivale a un crecimiento de 68,97%. En  2022 existían 22.174 hogares con acceso al agua por red lo que refiere a un  39,46% de crecimiento respecto a la medición censal previa. Aun cuando entre  2001 y 2022 la conexión de hogares con acceso creció un 135,64%, más del 43%  debe resolver las necesidades de agua mediante formas sustitutas que demandan  mayores esfuerzos y recursos como la construcción de perforaciones domésticas  que permiten extraer agua del acuífero.</p>
<p>
<fig id="gf1">
<label>
<underline>
<bold>Tabla 1</bold>
</underline>
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<title>
<underline>
<bold>Evolución en % de la cobertura de hogares con acceso al  servicio de agua en el partido de Luján</bold>
</underline>
</title>
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<alt-text>Tabla 1 Evolución en % de la cobertura de hogares con acceso al  servicio de agua en el partido de Luján</alt-text>
<graphic xlink:href="347583219003_gf2.png" position="anchor" orientation="portrait">
<alt-text>Tabla 1 Evolución en % de la cobertura de hogares con acceso al  servicio de agua en el partido de Luján</alt-text>
</graphic>
<attrib>Elaboración propia, 2024</attrib>
</fig>
</p>
<sec sec-type="cases">
<title>
<bold>LA NORMATIVA JURÍDICA VIGENTE   EN RELACIÓN CON EL SERVICIO DE AGUA</bold>
</title>
<p>En las secciones anteriores se  caracterizó la trayectoria institucional del servicio de agua en el caso  considerado y se describió la forma en que se gestiona el servicio en el  partido de Luján en la actualidad. A continuación, y en relación con el desarrollo  anterior del trabajo se hará referencia a la normativa jurídica que regula la  provisión de este servicio cuya aplicación es central para garantizar la salud  de la población. En lo que concierne a la provisión de agua en el partido de  Luján tanto el organismo público local como la Cooperativa están alcanzados por  normativa provincial: el Decreto Nº 878/03, su modificatorio el Decreto Nº  2231/03, convalidado por la Ley 13.154 y su Decreto Reglamentario Nº 3289/04.  Se trata de una norma que establece “un régimen jurídico del servicio público  sanitario único y uniforme aplicable a todo el ámbito de la Provincia de Buenos  Aires, independientemente de que dicho servicio sea de titularidad provincial o  municipal, imponiendo iguales derechos y obligaciones para todos los  prestadores del mismo, sean éstos personas jurídicas públicas o privada”  (Decreto 878/03).</p>
<p>Esta norma  acuerda aspectos básicos de la provisión, entre ellos prohíbe el corte total  del servicio frente a situaciones de mora, diferencia entre dos categorías para  consumo humano: agua potable y agua corriente y crea una Comisión Permanente de  Normas de Potabilidad y Calidad de Vertido de Efluentes Líquidos y Subproductos  que tiene como tarea establecer los parámetros de calidad. La norma entiende  por agua corriente aquella que no cumple con algunos de los límites impuestos  por la Comisión “pero cuya ingesta puede ser autorizada por períodos  limitados”, aunque nunca se definió el término “algunos” aplicado a los límites  de calidad ni se definió “periodos limitados” (Decreto 878/03). En tanto agua  potable se considera “que cumple con todos y cada uno de los límites impuestos”  por la Comisión (Decreto 878/03). La Comisión no logró consolidarse y se  conformó una “laguna jurídica” respecto a los parámetros de calidad (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref21">Minaverry,  2014</xref>).</p>
<p>Tras  reclamos realizados por los usuarios del servicio que se judicializaron y en  donde luego se dictaron fallos judiciales en distintas instancias, se requirió  la utilización de parámetros de calidad existentes en un marco regulatorio  previo a la Ley Nº 11820 de 1996. Los parámetros de calidad de esta normativa  son, para algunos elementos, inferiores al resto de la RMBA que se encuentra a  cargo de AYSA, y que se regulan con otra normativa que es la Ley nacional Nº  26221. Esto también indica que los controles públicos son más leves y lo mismo  ocurrie con el nivel de sanciones por incumplimiento legal.</p>
<p>La mayor  parte de los reclamos judiciales relevados en la provincia de Buenos Aires se  vinculan con la baja calidad del agua provista por el servicio público, en  donde no se cumplen con los niveles de potabilidad exigida y en general se  vinculan con la presencia de altos niveles de arsénico y nitratos (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref23">Minaverry  &amp; Macrini, 2020</xref>). Sin embargo, existen otros contaminantes denominados emergentes  que es el caso de los microplásticos y de los antibióticos consumidos por seres  humanos o animales que son encontrados en cursos de agua que luego en muchos  casos son fuentes para el suministro del servicio (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref22">Minaverry, 2023</xref>). Esta  problemática también se encuentra pendiente de resolución a nivel  internacional, pero se vincula con uno de los desafíos mencionados en este  trabajo en relación con los altos costos de la infraestructura que impone este  servicio público y que se elevarían aún más en caso de tener que resolver estas  cuestiones que no pueden evitarse en el futuro próximo.</p>
<p>Asimismo, a  nivel local se establecen por ordenanzas municipales las contribuciones o tasas  que afrontan los usuarios por el servicio de agua y los aspectos directos, como  es el caso de la que percibe la Cooperativa (por ejemplo, acuerdos por comodato  de bienes). Por otro lado, aunque existe normativa local que complementa a la  provincial sobre la regulación ambiental, en tanto la Cuenca del río Luján  resulta ser clave como reservorio de biodiversidad, no se presenta ninguna  relación entre el enfoque ecosistémico y la regulación del servicio (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_347583219003_ref12">Ferro  &amp; Minaverry, 2019</xref>).<underline>
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<xref ref-type="fn" rid="fn10">10</xref>
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</underline>
</p>
<p>Por lo que se destaca la escasez de normativa local  vinculada directamente con el funcionamiento del servicio público de agua, el  foco se traslada a la jurisdicción provincial en donde existe regulación al  respecto que, en este caso de estudio, se complejiza porque presenta un sistema  mixto y con superposiciones como se mencionó en el párrafo anterior.</p>
<p>Por otro  lado, existen algunas particularidades legales en relación con las  cooperativas, en donde en el país su conformación posee una larga historia y  están fundadas en el esfuerzo y la ayuda mutua y reguladas por la Ley nacional  Nº 20.337 sancionada en el año 1973. En el caso de Luján la Cooperativa Eléctrica y de  Servicios Públicos Lujanense Limitada es considerada como una empresa  social, de acuerdo con los entrevistados, con prestigio a nivel local.</p>
</sec>
</sec>
</sec>
<sec sec-type="conclusions">
<title>
<bold>CONCLUSIONES</bold>
</title>
<p>En este trabajo exploratorio y descriptivo partimos de considerar que la  provisión segura de agua contribuye a garantizar la salud de la población, las  condiciones de vida digna, la protección de los recursos hídricos y la  promoción de la biodiversidad.</p>
<p>En el  partido de Luján la provisión de agua ha sido descentralizada y transferida  desde el gobierno provincial al municipio en la década del ochenta del siglo XX  y, desde entonces, se ha mantenido la prestación del servicio como una  competencia local. Esto no es lo más frecuente en la RMBA donde la mayoría de  los partidos son abastecidos por la empresa nacional: AYSA o la que es  provincial: ABSA.</p>
<p>Este trabajo  logró realizar un recorrido por la trayectoria institucional del servicio desde  fines de la década del cuarenta y destacar las particularidades que tiene,  especialmente desde la descentralización hasta la actualidad. La provisión del  servicio en el partido de Luján, como sucede en otros partidos, enfrenta una  creciente demanda insatisfecha. A pesar de que se han consolidado cuadros  técnicos con experiencia en el sector, con conocimientos vinculados a las distintas dimensiones del  servicio, las posibilidades en el futuro de ampliar la cobertura y de  avanzar en la universalización superan las capacidades instaladas a nivel local  y demandan la articulación con los otros niveles de gobierno. Esto se  fundamenta especialmente en el volumen de inversiones que requiere y en su  complejidad técnica. La  consideración de las relaciones intergubernamentales y de los diferentes  actores sociales en el sector del servicio público del agua en el partido  analizado no ha sido objeto central de este trabajo, pero conformará una  dimensión a explorar en futuras investigaciones.</p>
<p>Desde el  plano legal, se destaca que se ha dictado escasa normativa municipal que  considere tanto la provisión a cargo de la Dirección local y la Cooperativa que  también provee ese servicio. Existen vacíos legales en la regulación en lo que  concierne a la posibilidad de articulación de la provisión del servicio con la  regulación ambiental y la cuenca. Podemos concluir que la provisión de agua en  el partido de Luján se encuentra fragmentada y tiene niveles de desigualdad en  la cobertura del servicio. En la regulación existe un solapamiento normativo e  institucional y vacíos legales en la articulación entre la gestión del servicio  y la cuenca hidrográfica.</p>
<p>Considerar  la provisión a nivel local se complejiza debido a la existencia de estudios que  muestran la contaminación de la cuenca, la interacción que se genera entre los  agroquímicos utilizados en las actividades agrícolas, el vuelco de efluentes,  la construcción de emprendimientos inmobiliarios y la aparición de nuevas  realidades como es el caso de los contaminantes emergentes que aún no se  encuentran regulados ni a nivel nacional ni internacional. Sin embargo en este  último ámbito se encuentran algunos procesos en curso y la publicación de  diversas publicaciones científicas.</p>
<p>De este trabajo  surgen diversos desafíos actuales y futuros del servicio público del agua en el  partido de Luján, los cuales requieren de un desarrollo particular debido a su  complejidad y profundidad: no solo la cobertura, sino la calidad, continuidad, presión del agua, el  financiamiento del servicio, su cobrabilidad y micromedición.</p>
</sec>
</body>
<back>
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<title>
<bold>REFERENCIAS</bold>
</title>
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<label>28</label>
<mixed-citation publication-type="journal">28. Sanmartino, Jorge. “Gobernanza y participación en la cuenca del río Luján. Marco conceptual y análisis de caso”. <italic>Estudios Socioterritoriales. Revista de Geografía</italic>: 2024, 35(1): 143-167.</mixed-citation>
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<surname>Sanmartino</surname>
<given-names>Jorge</given-names>
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<article-title>Gobernanza y participación en la cuenca del río Luján. Marco conceptual y análisis de caso</article-title>
<source>Estudios Socioterritoriales. Revista de Geografía</source>
<year>2024</year>
<volume>35</volume>
<issue>1</issue>
<fpage>143</fpage>
<lpage>167</lpage>
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<label>29</label>
<mixed-citation publication-type="book">29. Stake, Robert. <italic>Qualitative research: studing how things work.</italic> New York: The Guilford Press, 2010.</mixed-citation>
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<surname>Stake</surname>
<given-names>Robert</given-names>
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<source>Qualitative research: studing how things work.</source>
<year>2010</year>
<publisher-loc>New York</publisher-loc>
<publisher-name>The Guilford Press</publisher-name>
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<label>30</label>
<mixed-citation publication-type="journal">30 Tobías, Melías; Tagliavini, Damiano &amp; Orta, Melisa. “El auge de las re-estatizaciones en Argentina: ¿Hacia un nuevo modelo público del agua?”. <italic>Revista Waterlat-Gobacit Network Working Papers</italic>: 2017, 4 (2): 78-118.</mixed-citation>
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<surname>Tobías</surname>
<given-names>Melías</given-names>
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<article-title>El auge de las re-estatizaciones en Argentina: ¿Hacia un nuevo modelo público del agua?</article-title>
<source>Revista Waterlat-Gobacit Network Working Papers</source>
<year>2017</year>
<volume>4</volume>
<issue>2</issue>
<fpage>78</fpage>
<lpage>118</lpage>
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<title>Notas</title>
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<label>1.</label>
<p>Queríamos agradecer la financiación de los siguientes  proyectos de investigación: - “La gestión de los servicios de agua y saneamiento en el área  metropolitana de Buenos Aires: desafíos en el área de concesión de AYSA  (2006-2022)”, PICT 2021 Nº 00454, directora: Verónica Cáceres. - “Vacíos legales en la regulación de contaminantes emergentes y la  importancia de cumplir con el derecho humano al acceso al agua potable.  Situación de España y a nivel internacional y su proyección a la Cuenca del río  Luján, provincia de Buenos Aires”. Proyectos de Investigación  Multidisciplinarios e Interdepartamentales (PIMeI 2023), Universidad Nacional  de Luján, RESOLUCIÓN RESREC-LUJ:0000388-23 del 14 de diciembre de 2023, directora:  Clara Minaverry. - “El Derecho Ambiental y el enfoque ecosistémico en la gestión del agua  en la cuenca del río Luján en la Provincia de Buenos Aires”. Proyectos de  investigación plurianuales (PIP), Consejo Nacional de Investigaciones  Científicas y Técnicas, RESOL-2022-1927-APN-DIR#CONICET de 8 de noviembre de  2022, directora: Clara Minaverry, co-directora: Verónica Cáceres. - “Los servicios ecosistémicos  brindados por el agua y los bosques urbanos en la cuenca del río Luján,  Provincia de Buenos Aires, Argentina. Aportes desde una perspectiva social,  jurídica y ambiental”, PICT 2019- 00713, Agencia Nacional de Promoción Científica  y Tecnológica (FONCYT), Resolución N° 015/2021, directora: Clara Minaverry</p>
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<label>2.</label>
<p>Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso,  Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación  de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Rodríguez, General San Martín,  Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de  Zamora, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Morón, Pilar,  Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente,  Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.</p>
</fn>
<fn id="fn3" fn-type="other">
<label>3.</label>
<p>Los partidos de Almirante Brown,  Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora,  Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, Tres de Febrero, Tigre,  Hurlingham, Ituzaingó, Vicente López, Escobar, Florencio Varela, Pilar, San  Miguel, José C. Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo y Presidente Perón.</p>
</fn>
<fn id="fn4" fn-type="other">
<label>4.</label>
<p>Los partidos de Berisso, Campana, Cañuelas, Ensenada,  General Rodríguez, La Plata, Marcos Paz, y San Vicente.</p>
</fn>
<fn id="fn5" fn-type="other">
<label>5.</label>
<p>Los partidos de Luján, Berazategui, Brandsen, Zárate y  Exaltación de la Cruz conforma una responsabilidad de los gobiernos locales y  la prestación se realiza mediante organismos municipales y cooperativas.</p>
</fn>
<fn id="fn6" fn-type="other">
<label>6.</label>
<p>En Argentina las divisiones político-administrativas son: primer orden  (país), segundo orden (provincia), tercer orden (Departamento, en la provincia  de Buenos Aires se denominan partidos y coincide espacialmente con los límites  municipales).</p>
</fn>
<fn id="fn7" fn-type="other">
<label>7.</label>
<p>En el país se considera ciudad a un núcleo poblacional de más de 2.000  habitantes.</p>
</fn>
<fn id="fn8" fn-type="other">
<label>8.</label>
<p>Una historia de la Cooperativa Eléctrica y de Servicios  Públicos Lujanense Limitada se encuentra en Marquiegui y Tartaglia (2003).</p>
</fn>
<fn id="fn9" fn-type="other">
<label>9.</label>
<p>La cooperativa gestiona también el servicio de cloacas en  los mismos barrios desde 2002, donde efectúa el mantenimiento de las estaciones  de bombeo, higiene de los canastos de retención de sólidos y la verificación  del funcionamiento mecánicos de los equipos (Cooperativa Eléctrica y de  Servicios Públicos Lujanense Limitada, 2024).</p>
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<fn id="fn10" fn-type="other">
<label>10</label>
<p>La normativa local en el partido de Luján que muestra un avance en  relación con el enfoque ecosistémico en términos generales es la Ordenanza  Nº6772 dictada en el año 2017, en tanto desarrolla los objetivos centrales que  fundamentan la creación y conservación de la reserva forestal paisajística  “Quinta de Cigordia”. Entre ellos la conservación del paisaje y muestras de  ecosistemas representativos de la zona; muestras de valor ambiental, histórico  y cultural, entre otros (Ferro &amp; Minaverry 2019).</p>
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