Investigaciones

Derecho humano al tiempo libre y la recreación y su incidencia en la productividad de los trabajadores

The human right to leisure and recreation and its impact on the productivity of workers

Direito humano ao tempo livre e à recreação e seu impacto sobre a produtividade do trabalhador

Pilar Desirée González
Universidad Central de Venezuela, Venezuela

Derecho humano al tiempo libre y la recreación y su incidencia en la productividad de los trabajadores

Ánfora, vol. 25, núm. 44, pp. 69-90, 2018

Universidad Autónoma de Manizales

Recepción: 28 Julio 2017

Aprobación: 09 Noviembre 2017

Resumen: Objetivo: comprender la realidad sobre el derecho al tiempo libre y la recreación desde el ámbito jurídico, políticas e instituciones de Venezuela y cómo contribuye a la productividad de los trabajadores. Metodología: investigación documental que consistió en la búsqueda, caracterización y análisis de leyes, tratados, convenios, documentos oficiales, memorias y cuentas de Ministerios y la operacionalización de variables, como método para determinar las variables y dimensiones que se analizaron. Resultados: existe un vacío normativo e institucional de leyes y un déficit de políticas públicas en derechos humanos, especialmente para la población trabajadora. Conclusiones: se concluye que no hay políticas públicas enfocadas en el tiempo libre y la recreación para la población trabajadora. Las instituciones no promueven el aprovechamiento del uso eficiente del tiempo libre y la recreación en los trabajadores y en el entorno laboral, ni procuran, por esa vía, el impacto en el mejoramiento de la productividad individual e institucional.

Palabras clave: Ocio, Recreo, Derecho y Política pública.

Abstract: Objective: to understand the reality of the right to leisure and recreation time from the legal field, policies and institutions in Venezuela, and how it contributes to the productivity of workers. Methodology: a documentary research consisted of the search, characterization and analysis of laws, treaties, agreements, official documents, reports and accounts from ministries and operationalizing variables. Results: there is a gap in regulation and institutional laws, and a deficit of public policies on human rights, especially for the working population. Conclusions: it is concluded that there are no public policies focused on the working population. The institutions do not promote efficient use of the worker’s free and recreational time, as well as, in the work environment, nor do they seek the impact on improving individual and institutional productivity.

Keywords: Leisure, Recreation, Law and public policy.

Resumo: Objetivo: compreender a realidade sobre o direito ao tempo livre e à recreação desde o âmbito legal, políticas e instituições da Venezuela e como contribui para a produtividade dos trabalhadores. Metodologia: pesquisa documental a qual consistiu na busca, caracterização e análise de leis, tratados, acordos, documentos oficiais, memórias e contas dos ministérios e a operacionalização de variáveis, como método para determinar as variáveis e dimensões que foram analisadas. Resultados: existe um vazio normativo e institucional de leis e um déficit de políticas públicas em direitos humanos, especialmente para a população trabalhadora. Conclusões: Conclui-se que não existem políticas públicas voltadas para o lazer e a recreação para a população trabalhadora. As instituições não promovem o aproveitamento do uso eficiente do tempo de lazer e da recreação nos trabalhadores e no ambiente de trabalho, nem procuram, dessa forma, o impacto na melhoria da produtividade individual e institucional.

Palavras-chave: Lazer, Recreação, Direito e Políticas Públicas.

Introducción

Los derechos humanos constituyen un conjunto de principios y libertades consustanciales a todos los seres humanos; protegen la dignidad de todas las personas en las dimensiones individual, social, material y espiritual y se sustentan en los principios de integralidad y equidad; son también inalienables, imprescriptibles, indivisibles y progresivos.

Partiendo de lo anterior, el tiempo libre es un derecho de todo ciudadano consagrado. Como lo señala la Declaración Universal de los Derechos Humanos tal derecho está plasmado de la siguiente manera en su artículo 24: “Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas”. Y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales menciona en el Artículo 7 que:

Los Estados reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que aseguren en especial, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las vacaciones periódicas pagadas, así como la remuneración de los días festivos.

Del mismo modo, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos, Hábitat y Medio Ambiente (1976):

La condición de los asentamientos humanos determina en gran medida la calidad de vida, cuyo mejoramiento es indispensable para la satisfacción plena de las necesidades básicas, como el empleo, la vivienda, los servicios sanitarios, la educación y el esparcimiento” y en la Carta Social Andina en su artículo 124: “Incluir en las constituciones, legislación y en las políticas públicas para la educación, ciencia, cultura, comunicación, deportes y recreación, el enfoque de género y el respeto a la diversidad, para lograr la equidad social (p.17).

En el ámbito legislativo venezolano, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 111, establece que:

Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividad que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizará los recursos para su promoción. La educación física y el deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es obligatoria en todos los niveles de la educación pública y privada hasta el ciclo diversificado, con las excepciones que establezca la ley. El Estado garantizará la atención integral de los y las deportistas sin discriminación alguna, así como el apoyo al deporte de alta competencia y la evaluación y regulación de las entidades deportivas del sector público y del privado, de conformidad con la ley. La ley establecerá incentivos y estímulos a las personas, instituciones y comunidades que promuevan a los y las atletas y desarrollen o financien planes, programas y actividades deportivas en el país.

En consecuencia, organismos internacionales de derechos humanos (por ejemplo, Organización Internacional del Trabajo y Organización de las Naciones Unidas a través de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos, Hábitat y Medio Ambiente) y el Estado venezolano, han reconocido la importancia que tiene este derecho para la dignidad humana. En razón de ello, muchos entornos sociales y culturales reconocen cada vez más, el derecho de las personas a periodos de tiempo en los que pueden optar libremente por experiencias que les proporcionen satisfacción personal y mejoría de su calidad de vida. Tal es el caso de las reformas estructurales ocurridas en Argentina en los años 90 en el sector social, en el que una de las medidas adoptadas fue la modificación de marcos normativos al incluir nuevas formas de contratación. Así lo señala Seid (2016)

La reforma laboral incorporó las diversas modalidades de empleo temporario, la flexibilidad de los tiempos de trabajo y la introducción del período de prueba; redujo los aportes patronales y la seguridad social y modificó las normas sobre accidentes y enfermedades laborales (p. 211).

Del mismo modo, y en la perspectiva de derechos humanos, Martínez (2015) destaca que se han originado movimientos sociales acerca del buen vivir en diversos países de América Latina con una filosofía de pensamiento económico y filosófico diferente a las tradicionales que permitirán construir procesos en pro del bienestar integral.

De acuerdo con estos elementos asociados al descanso y tiempo libre, en Venezuela existe la Ley Orgánica de Recreación (LOR, 2015), con la finalidad de establecer las bases y lineamientos para la promoción, protección e incremento de la recreación como desarrollo social que contribuye al bienestar integral del ser humano, mejorando su calidad de vida y entorno laboral. Desde el Estado, existe la obligación de garantizar el uso positivo del tiempo libre a través de la recreación, teniendo como propósito la autorrealización del individuo y el desarrollo de sus relaciones interpersonales.

Ahora, ¿hasta qué punto dicha obligación se viene cumpliendo? para cumplir tal exigencia, en Venezuela se creó el Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores (INCRET), facultado para proteger, evaluar y fomentar el derecho a invertir positivamente el tiempo libre de los trabajadores, trabajadoras y su entorno familiar, de acuerdo con lo normado en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT, 2005).

Por otra parte, cabe destacar la existencia de un mandato constitucional contemplado en el artículo 90 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de disminuir las jornadas de trabajo, lo cual implicará que el trabajador tendrá mayor tiempo libre:

Se propenderá a la progresiva disminución de la jornada de trabajo dentro del interés social y del ámbito que se determine y se dispondrá lo conveniente para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio del desarrollo físico, espiritual y cultural de los trabajadores y trabajadoras.

Esta situación ha generado una evolución del hombre con el trabajo, la búsqueda de la productividad, las reivindicaciones salariales por una disminución de tiempo laboral y la necesidad del tiempo libre para aprovecharlo en beneficio de la calidad de vida y que dicha calidad se traduzca en tiempo para el descanso, bienestar, educación y formación personal. Con base en esta consideración, existe un cuerpo normativo para promover el mejor uso del tiempo libre en beneficio de los trabajadores del país, obligación que compromete al sector público y privado.

Dado las razones anteriores, se plantea el interrogante sobre cuál es la realidad de Venezuela desde el ámbito jurídico, las políticas implementadas y las instituciones en materia del derecho al tiempo libre y la recreación. Esto, porque es claro que la adecuada utilización del mismo propende por el mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar del ser humano y que bajo los cambios del mundo moderno el tiempo debe ser valorado para el desarrollo del hombre y de la sociedad.

A este respecto, es importante investigar y conocer las prácticas y políticas que detenta el Estado venezolano en materia de derecho al tiempo libre y la recreación como elemento de contribución a la productividad de los trabajadores, por medio del marco jurídico, políticas e instituciones que guardan relación con el asunto.

La pertinencia del artículo radica en ofrecer un diagnóstico descriptivo del marco jurídico venezolano sobre el derecho al tiempo libre y la recreación, la ejecución de las políticas públicas desarrolladas, instituciones existentes y su contribución en la productividad laboral y bienestar integral de los trabajadores como aspectos positivos para una vida digna. Y, a partir de lo encontrado, sugerir aportes que pueden ser valiosos para el desarrollo de políticas y medidas para promover y garantizar el disfrute del tiempo libre.

Asimismo, existe la necesidad de indagar por el derecho al tiempo libre como una prerrogativa que garantice su acceso y potencie a la sociedad venezolana contemporánea hacia un desarrollo humano integral en particular a los trabajadores. Es pertinente, además, porque existe un mandato constitucional de promover un uso adecuado del tiempo libre y ello obliga a diagnosticar, pensar y desarrollar políticas que lo garanticen.

Metodología

Se trata de una investigación documental que implicó la exposición en forma detallada de las características, motivos y conocimientos teóricos del derecho al tiempo libre y la recreación y cómo éste es un factor de contribución en la productividad laboral.

Por las características del estudio, se empleó el diseño documental para indagar el marco jurídico del derecho al tiempo libre y la recreación y la revisión de tratados, convenios, normativas, entre otros, siendo éstos la fuente primordial que proporcionó la información.

Seguidamente, y como procedimiento para examinar las políticas públicas, se averiguaron y analizaron planes y proyectos, documentos oficiales sobre la materia, memorias y cuentas de ministerios relacionados con el objeto de investigación e información digital. Entre las categorías de análisis que se desarrollaron, se tienen: Derecho al tiempo libre y la recreación, bienestar integral, productividad laboral, normativas jurídicas y políticas públicas.

Para revisar la información, se empleó la técnica del análisis documental, que permitió seleccionar las ideas relevantes de un documento a fin de expresar su contenido y precisar los aspectos más importantes.

Por último, una vez que se obtuvieron y analizaron los datos, se examinaron en conjunto con las leyes, aportes y conceptos referentes al tema, por medio de una comparación de texto realizado a los libros y a la información oficial encontrada.

Resultados

Los resultados de la investigación se presentan en este artículo organizados en tres segmentos: el primero, se refiere a los datos que fueron recabados de acuerdo con la revisión de las memorias y cuentas de entes gubernamentales de Venezuela. Se inició con la descripción de manera exhaustiva del informe de gestión del año 2013 del INCRET organismo adscrito al MPPPST, como institución encargada de promover y desarrollar el tiempo libre y la recreación de los trabajadores (as) y en donde se detallan las actividades realizadas, obstáculos, líneas de acción y otros aspectos de interés.

Luego, se continuó con el análisis de los informes de otras instituciones vinculadas con las políticas públicas al derecho al tiempo libre y la recreación, entre los que destacan: Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social (MINPPTRASS) ahora denominado Ministerio del Poder Popular para la Protección Social del Trabajo (MPPPST), Ministerio del Poder Popular para el Turismo (MPPT), Ministerio del Poder Popular para el Deporte (MPPD), Ministerio del Poder Popular para la Cultura (MPPC), Ministerio del Poder Popular para la Juventud (MPPPJ) e INCRET. Con el objetivo de las políticas implementadas y las instituciones existentes en materia del derecho al tiempo libre y la recreación.

El segundo segmento describe las acciones que se iban a desarrollar para el año posterior, en la garantía y cumplimiento de este derecho humano población de trabajadores y ciudadanía. Se esbozaron las acciones emprendidas desde el MPPT, MPPJ, MPPD y MPPC vinculadas al tema. Si bien es cierto que dichas instituciones no están relacionadas con el ámbito laboral, despliegan una serie de acciones hacia la población. La descripción de acciones fue determinante para conocer las prácticas y políticas que desarrolla el Estado venezolano a través de políticas e instituciones existentes en materia de derecho al tiempo libre y la recreación como elemento de contribución a la productividad de los trabajadores.

El tercer segmento señala el avance en el campo normativo en el derecho al tiempo libre y la recreación y el rezago existente en la cultura y práctica de la promoción y disfrute del tiempo libre y la recreación como derecho humano en los entornos laborales y cuya incidencia puede incidir en los trabajadores.

También se logró contar con algunas memorias y cuentas con datos no actualizados (de 2013 y no de 2014), lo que permitió, en cierta medida, dar respuesta al objetivo propuesto. Por otro lado, no existe registro de información, diseño, ejecución y seguimiento de indicadores e investigaciones de mayor alcance que permitan cotejar la información oficial con las políticas desarrolladas.

INCRET: el promotor del derecho al tiempo libre y la recreación

Con el propósito de conocer los entes y políticas que fomentan el derecho al tiempo libre y la recreación de los trabajadores y la ciudadanía en Venezuela, se analizó la memoria y cuenta del año 2013 del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social (MINPPTRASS), llamado actualmente Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social del Trabajo (MPPPPST). El informe de gestión señaló que uno de los entes adscritos a dicha institución, el INCRET, desarrolló estrategias destinadas a la obtención de un espacio para la participación y ejercicio de la ciudadanía:

Donde se implementen modalidades culturales, deportivas, recreativas y de turismo social, que posibiliten el desarrollo de competencias y actitudes cónsonas con el ejercicio de una ciudadanía responsable, patriótica y ambientalista, con el objeto de garantizar los derechos fundamentales de la población, haciendo énfasis en los sectores más excluidos (Memoria del MINPPTRASS, 2013, p. 199).

Como se puede inferir, la finalidad de la institución es fomentar una cultura de recreación que contribuya al incremento de la calidad de vida no sólo de los trabajadores, sino también de la ciudadanía, como un valor agregado al trabajo, al descanso y a las actividades de esparcimiento.

En este contexto, al INCRET se le otorga un objetivo específico, descrito en la LOPCYMAT y que va orientado a la promoción de una cultura de recreación:

El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores tendrá como finalidad garantizar a la población sujeta al campo de aplicación del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo la gestión directa de su infraestructura y programas; y la asociación o intermediación con servicios turístico-recreativos del sector público, privado o mixto (LOPCYMAT, 2005, Art. 28).

Por lo que se refiere a las líneas de acción de la institución, y continuando con la información oficial, las mismas van en consonancia con las capacidades productivas del trabajo y el fortalecimiento de los trabajadores en el ámbito recreativo y de turismo social, como un componente de la seguridad social y un derecho humano que debe ser garantizado. En vista de ello, se proponen lineamientos para desarrollar, promover y expandir el óptimo aprovechamiento del tiempo libre de los trabajadores, y del grupo familiar, como círculo inmediato de interacción y del impulso de valores que repercuten en un mayor bienestar integral. Se tienen las acciones específicas y la estrategia de acción a implementar para el fortalecimiento de las capacidades productivas:

Directriz “Suprema Felicidad”

Objetivo: Fortalecer la capacidades básicas de trabajo productivo.

Estrategia: Garantizar una seguridad social para los trabajadores y trabajadoras, ampliando la calidad y cobertura de las prestaciones de servicios de turismo social. Por ser el Turismo Social y la recreación una actividad de interés nacional, y prioritaria para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable, a través del aprovechamiento del tiempo libre y de descanso de los trabajadores y trabajadoras y su grupo familiar.

Política 01

Desarrollar actividades deportivas, culturales, recreativas y de turismo social para el uso y aprovechamiento del tiempo libre del trabajador, la trabajadora y su familia.

Política 02

Ampliar la capacidad física de las Infraestructuras del INCRET, a través de la adecuación acondicionamiento y conservación de los espacios físicos y áreas verdes que las constituyen. Las cuáles serán destinadas a la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y el turismo social para facilitar el desarrollo e incentivo de los programas destinados a la mayor utilización del tiempo libre y de descanso, del trabajador trabajadora y su grupo familiar.

Política 03

Consolidar los servicios de asesoramiento y divulgación de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social del trabajador, para la implementación de programas recreativos dentro de los centros de trabajo. (Memoria del MINPPTRASS 2013, p. 205).

Como seguimiento de esta actividad, y según lo plasmado en los datos oficiales correspondientes a la gestión del INCRET en 2013, hubo logros de acuerdo con las políticas descritas con anterioridad. En torno a la Política 01, se obtuvo el beneficio a 804.198 trabajadores, con la implementación de políticas turísticas para el desarrollo de actividades de interacción con el ambiente, orientadas a mejorar la salud y el bienestar de los trabajadores y, a su vez, en la promoción de una conciencia ambientalista.

Otro resultado fue la prestación de apoyo en el desarrollo de actividades de índole deportiva, física y recreativa enmarcados en el Plan Nacional de Recreación Para el Vivir Bien, logrando una participación de 513.480 trabajadores, trabajadoras y al grupo familiar.

De igual manera, desde la institución se hace referencia a la realización de 12 planes vacacionales y 2 campamentos, en un período de 7 semanas, dirigidos a niños y niñas de los trabajadores de los entes gubernamentales como Ministerio del Poder Popular para la Salud, Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad en el Trabajo, entre otros; así como a niños y niñas pertenecientes a comunidades organizadas de la Ciudad Capital, totalizando 14.949 niños y niñas disfrutando del tiempo libre y del ocio productivo.

Al mismo tiempo, se realizaron en 2013 actividades variadas con los trabajadores y sus grupos familiares, entre las cuales destacan: Visitas a sedes vacacionales del INCRET como mecanismo para impulsar el turismo social, programación de excursiones a las comunidades organizadas para promover los valores de conservación y la importancia del patrimonio nacional, excursiones para los adultos mayores, visitas guiadas a niños y niñas a escuelas de la Ciudad Capital, clases de natación, bailoterapia y el desarrollo de actividades deportivas a instituciones, empresas y comunidades organizadas, planificación y ejecución de actividades culturales con la finalidad de desarrollar destrezas y talentos en los hijos e hijas de los trabajadores y de los niños y niñas de las comunidades organizadas, eventos musicales en las distintas parroquias de Caracas para el sano disfrute y la ejecución de planes vacacionales para los más pequeños.

En lo referente a la Política 02 y sus logros, se hace alusión en el informe de gestión, a la adecuación de infraestructuras turísticas y recreacionales pertenecientes al INCRET y el mantenimiento de centros vacacionales para un mejor disfrute de los usuarios y usuarias, tales como: Recuperación del mirador El Vigía en la Ciudad Vacacional Los Caracas del Estado Vargas y la culminación del gimnasio en la sede del INCRET.

Los resultados correspondientes a la Política 03, hacen mención, de acuerdo con lo descrito, al impulso de la responsabilidad compartida entre los trabajadores, empleadores, sector público, sector privado y sectores productivos al fomento y divulgación del aprovechamiento del tiempo libre, descanso y turismo social en las entidades. Para ello, se realizaron talleres a 309.858 trabajadores, que se convertirán en promotores y multiplicadores de programas recreativos, deportivos y culturales.

Así mismo, reflejó la Memoria del MINPPTRASS 2013, los obstáculos del INCRET a lo largo de la gestión de 2013, entre los que se encuentran: dificultades en el transporte para el traslado de personal a las actividades, limitación de espacios físicos para la ejecución de las actividades, atraso en la ejecución y conclusión de obras a causa del cambio climático, daños en las refacciones de los edificios y aumento del esfuerzo y de la inversión de la mano de obra.

Acciones para garantizar el derecho al tiempo libre y la recreación a futuro

Con la intención de conocer los planes de acción a ejecutar para garantizar el derecho al tiempo libre y la recreación en la población laboral y la ciudadanía de los diversos entes con competencia en el país, el INCRET proyectó para el año 2014, acciones que fueron contextualizadas en el objetivo estratégico del Plan de la Patria y que estuvieron dirigidas a constituir una sociedad justa e igualitaria, buscando la participación protagónica del poder popular. En ese contexto, el INCRET presentó tres líneas estratégicas para el desarrollo de los planes y acciones en el año 2014:

Fomentar la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas destinadas al desarrollo de los programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social de los trabajadores y trabajadoras.

Desarrollar programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, impulsando el derecho al sano esparcimiento y debido descanso, en busca del buen vivir para asegurar la mayor suma de felicidad de los trabajadores, trabajadoras y su entorno familiar.

Desarrollar un sistema de bienestar y relaciones sociales, promoviendo los programas y servicios del componente de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e incentivando la educación y la divulgación en relación a su importancia como mecanismo para el mejoramiento de la calidad de vida, permitiendo que todos los trabajadores y trabajadoras ejerzan el pleno goce de sus derechos recreativos y culturales, de una forma incluyente, participativa y democrática; enfocado a construir una sociedad igualitaria y justa (Memoria del MINPPTRASS 2013, p. 222).

las políticas y acciones destinadas al desarrollo del turismo en Venezuela, desplegó actividades dirigidas a la inclusión, desarrollo y promoción del turismo desde diferentes perspectivas y según lo estipulado en su informe anual.

Dentro del marco de las políticas orientadas al turismo como una estrategia de recreación, se enmarcó el objetivo de la institución que es:

Convertir a Venezuela en un país potencia en lo social, lo económico y lo político dentro de la gran potencia naciente de América Latina y el Caribe, que garanticen la conformación de una zona de paz en nuestra América (Memoria del MPPT, 2013, p. 12).

Cabe mencionar en la información institucional, una política de coordinación de acción del Estado para el desarrollo regional y local y que tuvo como logro el impulso al desarrollo de la infraestructura turística, a través de proyectos asociados al uso y aprovechamiento de espacios recreativos de agua dulce en los Estados Amazonas y Barinas.

Entre las líneas de acción que la institución planificó, se contó con la adecuación del sistema educativo al turismo; para ello, se creó el Plan de Formación Integral Universitario Turístico, cuyo objetivo era adaptar las nuevas necesidades y estrategias de la educación al turismo, hotelería, arte culinario y recreación. También se logró el auge del Colegio Universitario Hotel Escuela de Los Andes Venezolanos, como institución líder y de referencia en la formación del recurso humano de hotelería y servicio de la hospitalidad, turismo social y recreación.

En cuanto a los servicios de esparcimiento y recreación, la institución contó con Venezolana de Turismo (VENETUR), Hoteles VENETUR y Venezolana de Teleféricos (VENTEL).

En el caso de la cartera ministerial de la juventud, el MPPJ, cuya dirección política está encaminada a propiciar el desarrollo integral de las y los jóvenes en edades comprendidas entre los 15 y 30 años, tuvo como fin primordial el desarrollo de políticas públicas para la juventud. Entre las competencias de ésta institución se mencionó:

Formular, desarrollar, evaluar y ejecutar las políticas públicas del Estado dirigidas especialmente a los y las jóvenes, en materia de salud, educación, economía, cultura, recreación, formación, capacitación, participación política, vivienda y hábitat, ciencia, tecnología, empleo y seguridad social, en coordinación con los demás órganos y entes de la administración pública, central y descentralizada. (Memoria del MPPJ, 2013, p. 8).

Diseñar, ejecutar y evaluar, en coordinación con el despacho del Ministro o Ministra y con los órganos competentes del Estado, los programas que promuevan el disfrute integral de los derechos culturales y recreacionales de los jóvenes (Memoria del MPPJ, 2013, p. 10).

De manera que se pone de manifiesto el goce y ejercicio de los derechos fundamentales de la población, entre ellos el de la recreación, como elemento esencial en el diseño y ejecución de políticas públicas enfocadas en la juventud.

Prevalece, en la información obtenida, un programa de formación de jóvenes en valores para la construcción de la patria nueva, que tuvo como objetivo el diseño e impulso de políticas que apunten a la utilización del tiempo libre en actividades integrales en valores, socio-productivas y recreación, como estrategia para mejorar la calidad de vida. El logro concerniente a materia recreativa fue el rescate de 10 espacios recreativos tradicionales y alternativos en varios Estados del país, que sirvieron para el intercambio y desarrollo de actividades cívicas y de esparcimiento.

Destacó la memoria y cuenta de la entidad ministerial, los entes adscritos que han desarrollado actividades recreativas para los jóvenes, como el Instituto Nacional del Poder Popular de la Juventud, cuyo propósito fue garantizar a los jóvenes su participación en el proceso de desarrollo social de la nación.

De igual manera, se ejecutaron planes con énfasis en la utilización óptima del tiempo libre y la recreación, por ejemplo, el Plan Nacional de Campismo, para promover el contacto con la naturaleza, la ecología y el buen uso del tiempo libre en la juventud; Plan de Turismo Estudiantil 2013, dirigido a la Educación Media, que permitió a los 8.523 jóvenes con mayores logros académicos en 3.927 instituciones educativas, participar en actividades turísticas para estimular su motivación al logro, propiciar una mejor gestión del tiempo libre y la recreación y ampliar el conocimiento de los jóvenes sobre la diversidad geográfica y el patrimonio cultural; fueron formados 29.000 recreadores comunitarios para participar en el Plan Vacacional Comunitario 2013, que permitió a 1.6000.000 niños y adolescentes participar en actividades de recreación.

Además, el ente deportivo MPPD centró el desarrollo de sus políticas y fomento a las actividades físicas, deportivas y las de recreación, tal como lo expresó en una de sus competencias: “Ejercer las actividades de promoción y desarrollo del deporte como política de recreación y salud pública en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la Salud” (Memoria del MPPD, 2013, p. 9).

Como complemento, la institución desplegó por medio del Viceministerio de la Actividad Física, la promoción y práctica de actividades físicas y recreativas de diversos sectores:

El Despacho del Viceministro de la Actividad Física, cuyo objetivo es fomentar la incorporación y la práctica sistemática de la actividad física, recreativa y para la salud en todos los sectores poblacionales del país, con la finalidad de contribuir al mejoramiento de su calidad de vida (…) (Memoria y cuenta del MPPD, 2013, p. 12).

Entre las actividades mencionadas en los datos oficiales y que estuvieron vinculadas con la recreación, está la creación y consolidación de espacios permanentes para la práctica regular de actividades físicas como clases grupales, caminatas y ciclovías recreativas; 14 eventos denominados “Semana de la Juventud”, el “Día del Desafío”, el “Día del Caminar”, el “Festival Recreativo Playero Semana Santa” y “A Toda Vida Venezuela con el Deporte, la Actividad Física y la Recreación”, dirigidos a la concientización sobre la importancia de la actividad física y la recreación como medio para mejorar la calidad de vida individual y colectiva, en los que participaron 11.746.172 personas.

Del mismo modo, en uno de los entes adscritos al ministerio como el Instituto Nacional de Deportes (IND), resalta en su misión el emprendimiento de acciones dirigidas a la práctica de la educación física, el deporte y la recreación, como medios eficaces para el desarrollo del bienestar integral de la ciudadanía; en este orden, resalta el proyecto de desarrollo de los subsistemas deportivos, que busca incrementar la participación de la población en las prácticas regulares del deporte, la actividad física, la educación física y la recreación, a través de las organizaciones sociales.

En la ejecución del plan, se desarrollaron actividades masivas de recreación como el V y VI festival Deportivo, Recreativo y Cultural de Playas, Parques, Ríos y Balnearios (carnaval y Semana Santa 2013), realizado en playa Puerto Viejo, Estado Vargas; promoción del deporte, actividad física, educación física y recreación, mediante el apoyo logístico y/o financiero a 285 organizaciones sociales deportivas públicas y privadas; esto, con el fin de cubrir la ejecución de Proyectos Deportivos Comunitarios y lanzamiento del programa Zona Activa, definido como espacios de encuentro en el que los miembros de las comunidades se reúnen para realizar actividades físicas en su tiempo libre.

Por último, se hace mención a la memoria y cuenta del año 2013 del MPPC, como órgano encargado responsable de generar las políticas culturales del Estado que coadyuven al desarrollo humano y al fomento y potenciación de las diversas expresiones culturales. Para implementar sus políticas, el ministerio desplegó algunas acciones de diversidad cultural, de inclusión a las comunidades y de las redes de generaciones de creadores con el fin de pluralizar el acceso a la cultura.

De acuerdo con la información institucional recabada, se generaron algunas actividades orientadas al aprovechamiento del tiempo libre y al esparcimiento; en ese sentido, se incluyeron 370 artistas creadores y cultores, específicamente adultos mayores, en actividades de esparcimiento y recreación, paseos turísticos y turismo social en diversos estados del país.

Preponderan las limitaciones institucionales para el desarrollo de las líneas de acción como el déficit para la atención logística de las actividades de recreación y esparcimiento, así como de otras actividades ligadas a las artes.

Avance en el campo normativo y rezago en la cultura y práctica del derecho al tiempo libre y la recreación

Existe una noción limitada sobre el derecho al ocio, tiempo libre y la recreación en Venezuela y su vinculación al ámbito laboral. Este derecho se encuentra plasmado en lo que son las diferentes legislaciones y principalmente en la Carta Magna, caracterizada por su enfoque en derechos sociales.

Aun cuando en los últimos diez (10) años se produjo un avance normativo sobre el tiempo libre y la recreación, ello no se reflejó en la creación de una institucionalidad significativa ni en un avance cultural para comprender y, sobre todo, disfrutar de este derecho tanto en el ámbito laboral como social. Particularmente, en el campo laboral no existe una cultura sólida sobre la importancia y beneficios que genera en los trabajadores y su entorno laboral, el uso eficiente del tiempo libre y la recreación y las ventajas de productividad que puede brindar a una entidad de trabajo determinada.

Desafortunadamente, en Venezuela el tiempo libre y la recreación siguen concibiéndose como un carácter secundario que vincula el deporte o la salud, a pesar de algunas iniciativas recreativas que se han desarrollado y de las diferentes legislaciones que consagran este derecho humano.

Además de legislaciones nacionales, existe un conjunto de normas que emanan tanto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre así como de convenios y tratados internacionales sobre derechos humanos, tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y convenios de la Organización Internacional del Trabajo que establecen el tiempo libre y la recreación como derecho humano y como deber del Estado de promover.

Entre la normativa jurídica nacional referida al derecho al tiempo libre y la recreación, destacaron leyes relacionadas principalmente con los trabajadores como la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, Ley Orgánica para la Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. Tales normas exponen las condiciones que debe tener cada entidad de trabajo para ofrecer a sus trabajadores y trabajadoras un ambiente óptimo para el desarrollo de la actividad laboral, tomando como elemento de bienestar a la recreación y el tiempo libre.

De igual manera, existe un cuerpo normativo con mayor concreción en cuanto a los programas de recreación, evaluación, cumplimiento, sanciones, derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, entre otros aspectos. En un contexto más amplio y social, la LOTTT señala la corresponsabilidad entre el Estado, organizaciones comunitarias, organizaciones sindicales y trabajadores para planificar y desarrollar programas que faciliten el buen uso del tiempo libre y la recreación, y que éste sea extensivo a los familiares.

Conclusiones

Existe déficit de políticas públicas dirigidas a la ciudadanía y a la población trabajadora, enfocadas en el tiempo libre y la recreación de tal forma que permitiera reconocer y garantizar la existencia de éste derecho en todo individuo y a su vez, planificar y ejecutar líneas de acción que favorezcan a los ciudadanos pertenecientes a los diferentes grupos organizados que hacen vida en la sociedad y a los trabajadores y trabajadoras en la promoción y desarrollo de su calidad de vida.

El desarrollo e implementación de una política pública pudo generar impactos positivos en sectores de la población, además de expresar una respuesta del Estado que busque una compensación a las carencias y desigualdades sociales, traduciéndose así en un cumplimiento del derecho a la seguridad social.

Más aún, se evidenció un vacío normativo e institucional que desarrolle la recreación de una forma más sistemática, que abarque la concepción del disfrute eficiente del tiempo libre desde la comunidad, la familia y su implicación con otros entornos sociales, no sólo el laboral.

Sin embargo, se tuvieron algunas iniciativas como la Ley Orgánica de Recreación, la Ley Orgánica de Turismo, la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación que garantizan y promueven en alguna medida la participación que tiene el Estado al acceso de actividades deportivas y recreativas destinadas a la población. Aun así, no constituyen un referente de carácter normativo que dé cuente del derecho al tiempo libre y la recreación, como un factor cuya valoración y trascendencia posibilita el desarrollo humano y social y que debe ser considerado como una necesidad fundamental que se encuentre debidamente sustentado en la normatividad vigente.

Desde el Estado se han venido implementando algunas iniciativas sobre recreación orientadas a que la ciudadanía y las comunidades más desprotegidas, participen en programaciones que ayuden a la ocupación positiva del tiempo libre. Dichas acciones corresponden a actividades culturales, deportivas, recreativas y ecológicas y que son desarrolladas desde diferentes entes gubernamentales, tales como el Ministerio del Poder Popular para el Turismo (MPPT), Ministerio del Poder Popular para el Deporte (MPPD), Ministerio del Poder Popular para la Cultura (MPPC) y el Ministerio del Poder Popular para la Juventud (MPPPJ), a través de los programas Plan Nacional de Recreación Para el Buen Vivir, Plan Nacional de Campismo, Plan de Turismo Estudiantil, Barrio Adentro Deportivo, Plan Vacacional Comunitario y las actividades recreativas desarrolladas por Misión Cultura y el reciente Decreto Con Rango, Valor y Fuerza De Ley De Fomento Del Turismo Sustentable Como Actividad Comunitaria y Social.

Hubo debilidad institucional en diferentes niveles. La institución encargada de promover la recreación de los trabajadores en Venezuela, como el Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores (INCRET), no tuvo las condiciones mínimas necesarias para asesorar, coordinar y garantizar tanto a sus trabajadores como a los de otras instituciones, el conocimiento y disfrute del derecho al tiempo libre y la recreación. El ente exterioriza falta de promoción, presupuesto, planificación e instalaciones para cumplir sus deberes, dificultando el cumplimiento de sus competencias.

El ente rector, Ministerio del Poder Popular para la Protección Social del Trabajo (MPPPST), reflejó una ausencia en cuanto a la asignación y distribución de los recursos económicos, bajos sueldos a los empleados, deficientes condiciones y medio ambiente de trabajo; lo que refleja que desde las entidades gubernamentales existe un gran déficit de los mecanismos básicos para la planificación, diseño y ejecución de políticas públicas.

Desde el punto de vista laboral, debe fomentarse el reclamo de dichas políticas públicas y existir una responsabilidad social sobre el desarrollo integral de los trabajadores. Éstos son sujetos y objeto de la gestión de una determinada entidad de trabajo, por lo que se deben propiciar condiciones que fomenten la capacidad productiva, considerando como factor esencial en los procesos de producción y mejoramiento, a todas las partes que lo componen.

Desde la perspectiva social, no existe una cultura desde el Estado que promueva el tiempo libre y la recreación y que genere en la ciudadanía una difusión de conocimiento y legislaciones en este contexto, por lo que muchas personas desconocen los beneficios que generan acceder y disfrutar la recreación y el tiempo libre como un medio para estimular el crecimiento y fomentar las capacidades que influyen positivamente sobre los individuos.

No obstante, y como un agregado a la situación deficitaria del derecho a la recreación y al tiempo libre en Venezuela, se tiene la falta de indicadores sociales que permitan medir el impacto que tiene el disfrute de éste derecho en la productividad del trabajador y, por consiguiente, genere un análisis y un sistema de medidas que accedan a describir la situación de los trabajadores y trabajadoras en este contexto y el desarrollo de políticas eficaces.

Recomendaciones

Los temas aquí tratados crean sugerencias y alternativas sobre medidas que deberían implementarse. Por ejemplo, es conveniente promover el reglamento que regule el derecho humano a la recreación como factor de contribución del bienestar de la ciudadanía y que prescriba los principios generales en materia recreativa.

Se debe colocar en la agenda pública a través de distintas iniciativas la importancia de desarrollar políticas destinadas a ofrecer actividades recreativas, uso eficiente del tiempo libre y esparcimiento, como un elemento que contribuya a mejorar la productividad en el país, según lo normado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Las prácticas laborales flexibles acompañadas de un sano esparcimiento pueden aportar al favorecimiento de la productividad.

Es apropiado la integración con otros países latinoamericanos, que han tenido gran avance en políticas públicas, investigaciones y experiencias educativas respecto a la recreación. En el contexto de la realidad social y política que vive Venezuela, cabe preguntarse qué concepción de recreación y uso del tiempo libre se tiene y hacia donde apunta, a fin de buscar alternativas que contribuyan al desarrollo social.

Lograr el posicionamiento de la recreación requiere de la generación de un mayor número de instituciones y la reactivación de las ya existentes, del funcionamiento del Estado, de la constitución y de capacidades para la participación social y política. De manera que se pueda incidir en las decisiones políticas, en relación con el sector laboral y demás sectores de la política pública.

Del mismo modo, se debe incentivar en las organizaciones sindicales, la incorporación en lo referente al tiempo libre y la recreación entre sus reivindicaciones gremiales, como parte de sus derechos laborales y de mejora a sus condiciones de trabajo.

El derecho al tiempo libre y la recreación, no sólo debe obedecer a un cumplimiento desde el ámbito laboral, sino hacerse extensivo a todos los sectores sociales. Garantizar acceso a alternativas de desarrollo a personas en condiciones de pobreza, aumentando las oportunidades para hacer parte de la toma de decisiones en el diseño de programas y servicios que respondan mejor a sus necesidades. El desafío es que las instituciones públicas y privadas y organizaciones sociales de recreación trabajen por la inclusión para encontrar medios innovadores y así proveer espacios para el desarrollo.

Debería garantizarse presupuesto suficiente en las distintas instancias del Estado para ejecutar los mandatos normativos constituidos y establecer institucionalmente las coordinaciones necesarias para no duplicar esfuerzos y responder con más eficiencia y eficacia.

Referencias

Alegria, M. (2007). Derecho colectivo del trabajo, sindicatos, conflictos, negociación, convenios y seguridad social. Caracas, Venezuela: Editorial El Nacional.

Arias, G. (1999). El proyecto de investigación. Caracas, Venezuela: Editorial Episteme.

Balestrini, M. (2002). Cómo se elabora el Proyecto de Investigación. Caracas, Venezuela: Editorial Panapo.

Carrillo Salcedo, J. A. (1999). Dignidad frente a barbarie. La Declaración Universal de Derechos humanos, cincuenta años después. Madrid, España: Trotta.

Conferencia de las Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos, Hábitat y Medio Ambiente (1976). Recuperado de http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/353/61.pdf

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.860 de fecha 30 de Diciembre de 1999. Recuperado de http://www.mppp.gob.ve/wp-content/uploads/2014/01/LeyesOrganicas/GO-36860_constitucion.pdf

Donald, A. Jacobs, L y Razavieh, A. (1986). Introducción a la investigación pedagógica. México: Interamericana.

Dumazeider, J. (1971). Ocio y sociedad de clase. Barcelona, España: Ediciones de bolsillo.

Elizalde, A. (2009). Lazer na America Latina/Tiempo libre, ocio y recreación en Latinoamérica". Belo Horizonte, Brasil: Editora UFMG.

Instituto Mexicano de Contadores Públicos. (2008). Manual Práctico de Calidad y Productividad a Nivel Internacional. México. Editorial Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

Jolin, L. (2003). Le Tourisme Social, un concept riche de ses évolutions, Le Tourisme Social dans. Le Monde, 141. Recuperado de http://oits-isto.org/oits/files/resources/551.pdf

Martínez, M. (1993). La seguridad social en Venezuela. Cuadernos de postgrado. Caracas, Venezuela: Universidad Central de Venezuela y Fondo Editorial Tropykos.

Martínez, L. y Martínez, A. (diciembre, 2015). Crisis neoliberal y la formulación de nuevas teorías sociales. Valor compartido y Buen vivir. Ánfora, 22(39), 19-43. Recuperado de http://www.redalyc.org/pdf/3578/357843443001.pdf

Méndez, A. (2001). Comentarios a la ley orgánica del sistema de seguridad social integral. Caracas, Venezuela: Fondo Editorial Tropykos y Universidad Central de Venezuela.

Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República, Cordiplan (1980). V Plan de la Nación 1976 -1980. Caracas, Venezuela: Oficina sectorial.

Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República, Cordiplan (1985). VI Plan de la Nación 1981 -1985. Caracas, Venezuela: Oficina sectorial.

Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República, Cordiplan (1993). VII y VIII Plan de la Nación 1986 -1993. Caracas, Venezuela: Oficina sectorial.

Organización de las Naciones Unidas, ONU (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Recuperado de: http://www.un.org/es/documents/udhr/ (Error 1: El enlace externo debe ser una url) (Error 2: La url undefined no esta bien escrita) (Error 3: El enlace externo http://www.un.org/es/documents/udhr/ debe ser una url) (Error 4: La url http://www.un.org/es/documents/udhr/ no esta bien escrita)

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) (1966). Nombre del documento. Recuperado de: http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/2008-

Parlamento Andino, (1994). Carta Social Andina. Recuperado de: http://white.lim.ilo.org/sindi/general/documentos/socand.html

Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013 – 2019. (2013). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.118 de fecha 04 de Diciembre de 2013.

Programa Venezolano de Educación-Acción, Provea (2009). La educación en derechos humanos. Una herramienta para la exigibilidad en los DESC. Recuperado de https://www.derechos.org.ve/modulos-desc/modulo-i-la-educacion-en-derechos-humanos-una-herramienta-para-la-exigibilidad-y-justiciabilidad-de-los-desc

Programa Venezolano de Educación-Acción, Provea (2008). Conceptos y características de los Derechos Humanos. Recuperado de https://www.derechos.org.ve/web/wp-content/uploads/Conceptos-Caracteri%CC%81sticas-Derechos-Humanos.pdf

Referéndum constitucional de Venezuela. (2007). Capítulo V. De los derechos sociales y de las familias. Artículo 90. Recuperado de http://www.asambleanacional.gob.ve/documentos_archivos/constitucion-nacional-7.pdf

República Bolivariana de Venezuela (2008). Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. Gaceta Oficial, Nº 39.070. Recuperado de https://pandectasdigital.blogspot.com/2016/08/norma-tecnica-programa-de-seguridad-y.html

República Bolivariana de Venezuela (2011). Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación. Gaceta Oficial, Nº 39.741. Recuperado de http://www.franciscosantana.net/2012/01/ley-organica-de-deporte-actividad.html

República Bolivariana de Venezuela (2005). Ley Orgánica para la Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Gaceta Oficial, Nº 38.236. Recuperado de http://www.medicinalaboraldevenezuela.com.ve/archivo/LOPCYMAT.pdf

República Bolivariana de Venezuela (2015). Ley Orgánica de Recreación. Gaceta Oficial, Nº 6.207 Extraordinario. Recuperado de https://www.aporrea.org/media/2017/04/gaceta-oficial-6207-venezuela-ley-comunicacion-popular.pdf

República Bolivariana de Venezuela (2002). Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral. Gaceta Oficial, N° 37.472.

República Bolivariana de Venezuela (2002). Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. Gaceta Oficial, Nº 37.600. Recuperado de https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_lang=es&p_isn=64820&p_country=VEN&p_count=300

República Bolivariana de Venezuela (2008). Ley Orgánica de Turismo. Gaceta Oficial Nº 5.891. Recuperado de https://pandectasdigital.blogspot.com/2017/09/gaceta-oficial-de-la-republica_940.html

República Bolivariana de Venezuela (2012). Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Gaceta Oficial Nº 6.076. Recuperado de http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/46.-GOE_6076.pdf

República Bolivariana de Venezuela (2014). Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de fomento de turismo sustentable como actividad comunitaria y social. Gaceta Oficial, Nº 6.153. Recuperado de

Seid, Gonzalo (junio, 2016). Reformas estructurales en Argentina: condiciones de implementación y efectos sociales. Ánfora, 23(40), 195- 221. Recuperado de https://publicaciones.autonoma.edu.co/index.php/anfora/article/view/10

HTML generado a partir de XML-JATS4R por