Psicoanálisis
LA RESPONSABILIDAD EN PSICOANÁLISIS. DEBATES TEÓRICOS, CONSECUENCIAS CLÍNICAS
The responsibility in psychoanalysis. Theoretical debates, clinical consequence
LA RESPONSABILIDAD EN PSICOANÁLISIS. DEBATES TEÓRICOS, CONSECUENCIAS CLÍNICAS
Anuario de Investigaciones, vol. XXIV, pp. 161-172, 2017
Universidad de Buenos Aires
Recepción: 19 Mayo 2016
Aprobación: 20 Octubre 2017
Resumen: La responsabilidad no es un concepto propio del psicoanálisis, no obstante encuentra en él articulaciones conceptuales que delinean una noción peculiar de la responsabilidad, que se distingue de las concepciones jurídicas y filosóficas. Si bien en las obras de S. Freud y de J. Lacan la responsabilidad no es un tema de elaboración sistemático ni permanente, en ambos autores se hallan referencias aisladas que, tomadas en su conjunto, configuran un modo de concebir la responsabilidad estrictamente ligado a la concepción de sujeto del psicoanálisis. En este trabajo delimitaremos con precisión la concepción de la responsabilidad que surge de la lectura de las obras de S. Freud y J. Lacan con el objetivo de evaluar sus consecuencias sobre los conceptos de deseo y goce. A la vez, estas articulaciones permitirán medir el valor de la expresión responsabilidad subjetiva, bajo la cual se suele expresar que si bien hay determinación inconsciente, también hay responsabilidad. En este sentido, es importante distinguirlo de la responsabilidad entendida desde el discurso yoico que ubica un sujeto como agente de responsabilización por el acto cometido. Así, el trabajo se orienta a extraer consecuencias de orden práctico, en lo atinente a la clínica del psicoanálisis y la dimensión ética que le es inherente.
Palabras clave: Responsabilidad , Sujeto , Deseo , Goce.
Abstract: Responsibility is not essentially a psychoanalysis concept, but it is found in certain articulations with some concepts that delineate a peculiar notion of responsibility, distinguished from juridical and philosophical conceptions. Although in the works of S. Freud and J. Lacan, responsibility is not a matter of systematic or permanent elaboration, in both authors there are isolated references that, taken together, constitute a way of conceiving responsibility strictly linked to the subject concept that J. Lacan explicitly defined for psychoanalysis. In this work point to delimit with precision the conception of the responsibility that arises from the reading of the works of S. Freud and J. Lacan with the objective of evaluating its consequences in desire and enjoyment concepts. At the same time, these articulations will allow to measure the value of the expression “subjective responsibility”, under which it is often expressed that, although there is unconscious determination, there is also responsibility. In this sense, it is important to distinguish it from the responsibility understood from the “self” discourse that places a subject as an agent of responsabilisation for the act committed. Thus, the project is oriented to extract practical consequences for the psychoanalytic clinic and the ethical dimension that is inherent to it.
Keywords: Responsibility , Subject , Desire , Enjoyment.
La insistente apelación de los psicoanalistas en recientes publicaciones a la llamada “responsabilidad subjetiva” es un punto de partida para discutir los problemas que conlleva. Es notable que algunos términos logren asentarse tanto por su uso que terminan por “sonar” a concepto que “transmite” algo que todos “entendemos”. Consenso alcanzado más por la reiteración torpe e irreflexiva, que logrado por la crítica, en el sentido del vocablo griego κρίνειν krínein: discernir, analizar, separar. Como consecuencia, esos términos se convierten en palabras gastadas, de uso corriente, que comienzan a operar como guiños a otros colegas para ubicarnos en una misma orientación, delimitar nuestro saber común, tranquilizar nuestra comprensión compartida. En estos casos, solemos además permanecer en cierta oscuridad respecto de cuál es su procedencia, dando por sentado que se trata de un “concepto lacaniano”, lo cual le da un buen empujón a su difusión automatizada. Momentos en que la transmisión del psicoanálisis se vuelve resistencial, pues oblitera el hecho de que la aparición en cierto tiempo del sintagma “responsabilidad subjetiva” en las conversaciones entre psicoanalistas pudo haber tenido un valor destacable en tanto inauguración de un nuevo escenario discursivo que habilitó dar algunas precisiones respecto del estatuto del sujeto en nuestra praxis, pero que terminó por dañar los conceptos de un modo que, si fuese una enfermedad orgánica, su estado sería terminal. Esta metáfora de puro estirpe freudiano, aunque no del todo correctamente aplicable a un concepto, es lo suficientemente aproximada para figurarnos los riesgos que conlleva esta modalidad de la transmisión. Es lo que ha sucedido, en mi opinión, con el sintagma “responsabilidad subjetiva”. Se usa, es un hecho, aunque ya no se interroga ni para qué ni cómo. Como bien señala Carlos Kuri: “Siempre que se procura hallar una resolución teórica para los problemas que atañen a la libertad, la contingencia, la decisión, la responsabilidad, la elección -nombres que no dejan de transmitir su ajenidad con la teoría psicoanalítica-, se ha impuesto con respecto a ello, tácita o explícitamente, el recurso a una concepción tópica [que] ha ofrecido más que una argumentación, un alivio teórico para estas dificultades cruciales de la práctica” (Kuri, 2016, p. 17). Señalaremos cómo algunos autores descansan en la tópica del inconsciente para tranquilizarse respecto de estas dificultades.
El objeto de este escrito no es abordar todas las aristas implicadas en el problema sino revisarlo a la luz de la libertad, en la medida en que junto con los términos elección y decisión, configuran un cuarteto que delimita un campo semántico que va ganando terreno en las argumentaciones analíticas de los más diversos asuntos: el deseo, el goce, lo singular, la subjetividad de la época y los nuevos síntomas, entre otros. Nuestro propósito es esclarecer el problema teórico y clínico de la responsabilidad haciendo de la concepción del sujeto y la estructura explicitadas por Lacan, el hilo conductor y salvaguarda contra la tendencia habitual de su degradación en abordajes morales y yoicos – un capítulo más en la tendencia a entificar el sujeto en psicoanálisis que Lacan denuncia tempranamente.
No sin el tono de las polémicas confrontamos de entrada la fuerte orientación teórica actual a imputar a “la época” un creciente efecto de la tendencia a la “desresponsabilización” frecuentemente atribuido al capitalismo y sus estragos (impulso al consumismo, proliferación de objetos de goce, caída de ideales, derrumbes de utopías, sustitución del sujeto por el consumidor, etc). Jean-Michel Vappereau (1998) ha denominado esta tendencia “empuje a la locura”. Ya hay autores que desde otros campos se han manifestado contra esta hipótesis, como Hannah Arendt que plantea que: “La moderna psicología y sociología nos han habituado grandemente a no atribuir responsabilidad al ejecutor de determinado acto, en virtud de tal o cual determinismo. La validez de estas aparentemente más profundas explicaciones del comportamiento humano es muy discutible” (Arendt, 1963). Que haya ciertos discursos provenientes de la medicina, el derecho, la política, la psicología e incluso ciertos enunciados psicoanalíticos que puedan tender a liberar al sujeto de sus responsabilidades[1], no quiere decir que la meta del análisis sea -solo para ir en contra de esa tendencia- “responsabilizar”. Es cierto que muchas veces ciertos enunciados psicoanalíticos se prestan a ser utilizados para justificar circunstancias atenuantes, para encontrar motivos explicativos de las acciones de alguien por lo que le aconteció en su infancia. Como bien dice Marta Gerez Ambertín: “es falaz atribuirle [al psicoanálisis] la intención de liberar de responsabilidad” (Gerez Ambertin, 2010, p.15). Explicaciones causales de este orden y otras, como las que se excusan tras los condicionantes de la “estructura clínica” por ejemplo, liberan a ese alguien de toda responsabilidad, empujándolo hacia la locura del alma bella que denuncia el desorden del mundo. Pero eso debe ponerse a cuenta de un uso psicologizante, normativizante y moralizante de los aportes del psicoanálisis, de lo cual este, como todo discurso subversivo, no está a salvo, ni siquiera de los que se reconocen como psicoanalistas.
Implicación, rectificación y responsabilidad subjetivas
Si nos preocupase el problema de su origen, nos resultaría sencillo tranquilizarnos pues fácilmente se constata que el sintagma “responsabilidad subjetiva” está ausente de la obra escrita y oral de Lacan. No constituye un concepto forjado en su enseñanza. Más bien ha llegado a decir lo inverso: “hay un saber articulado del que, hablando con propiedad, ningún sujeto es responsable” (Lacan, 1969-70/1992, p. 82). Incluso insiste en apuntar al psicoanalista cuando se trata de afirmar responsabilidades: “Ser psicoanalistas es estar en una posición responsable, la más responsable de todas” (Lacan, 1964-65 inédito, 5/5/65). en tanto es responsable de sostener el discurso analítico.[2] No, el problema no es su origen sino que se ha incrustado en nuestra jerga analítica a tal punto que se ha cristalizado en marca de identidad que nos hace sentir “entre pares”, como de la misma parroquia, y nos distingue de otros discursos. La frecuencia con que los colegas se precian de llevar sus casos hasta el punto en el que el analizante ha logrado “asumir su responsabilidad” (por su goce está de moda, pero el “qué” ha ido variando), o que indican que hacia allí debe llevárselo, aumenta llamativamente. Nada más saludable, se comprende, que “hacerlo cargo de su parte en aquello de lo que se queja” -una de las modalizaciones de la “responsabilidad subjetiva” en las invocaciones actualmente más difundidas-.
¿No resuena (en el sentido cuasi musical del término) allí esa Intervención sobre la transferencia en la que un Lacan inspirado hegelianamente halla en Freud la posición del “puro dialéctico” (Lacan, 1951/2002, p. 215) que interpreta la posición de “alma bella” (ibid., p. 208) de la Dora quejosa y reivindicativa, “inversión dialéctica” (Ibid.) que la confronta con lo no reconocido de su participación en la situación contra la que refunfuña? Lo más sorprendente es que hacer de esa “implicación” en su queja el modo de la responsabilidad, y de ello la dirección de la cura, implica aceptar -también tácitamente- que esa cura será llevada hasta el umbral... pero de la entrada. En efecto, la inversión dialéctica que Lacan lee en la intervención de Freud es apenas el comienzo de una serie que llega hasta una cuarta que este ni entrevió. Pero ese no sería el problema mayor sino que se entiende la “escansión de las estructuras” (ibid., p. 207) allí propuestas, como fases evolutivas de un tratamiento pre-modelado y universal, prêt-à-porter, que rechaza la temporalidad lógica del inconsciente.
Sabemos que un momento crucial de un psicoanálisis transcurre cuando alguien llega a reconocerse, no sin vacilaciones ni denegaciones, implicado en las acciones que denuncia. Sin dudas sin ese reconocimiento no hay análisis posible -pues sería afirmarse en eso que Freud llamaba “política del avestruz”-, pero tampoco hay una fórmula que permita describir modos estandarizados de ese reconocimiento. Como plantea Juan Ritvo, si ese momento es crucial es porque el sujeto se ve enfrentado a tener que “inventar los modos singulares del reconocimiento reconstruyendo vestigios, historizando recuerdos, situando sus ideales en relación a sus objetos fantasmáticos, compatibilizando el campo de sus goces con la emergencia deseante, y a todo ello se arriba mediante conjeturas que vacilan y vacilaciones que culminan en una certeza que concluye el proceso” (Ritvo, 2014), proceso que refleja la lógica de esa referencia temporalizada del sujeto en el instante de ver, el tiempo para comprender y el momento de concluir. Es decir que si en ese momento crucial e iniciático del análisis de implicación subjetiva podemos reconocer allí un sujeto, no se debe a una asunción cómoda y reflexiva por haber comprendido su parte haciéndose cargo de ella, sino por las vacilaciones frente a ese borde en el que se traman las encrucijadas de lo real con lo simbólico.
Una segunda modalización de la “responsabilidad subjetiva” resuena en La dirección de la cura y los principios de su poder, donde Lacan produce un ordenamiento del proceso que va: “de la rectificación de las relaciones del sujeto con lo real, hasta el desarrollo de la transferencia, y luego a la interpretación” (Lacan, 1958/2002, p. 578). Este orden es respuesta a los autores que toman de manera inversa a la de Freud la secuencia de los efectos analíticos, pues hacen de la interpretación el primer paso para poder por fin acceder a una relación de comprensión superadora en el que el yo es corregido. Este es el contexto de ese “orden” que Lacan establece en explícita interlocución con los colegas de su época. Al respecto se hace preciso señalar al menos tres cosas. Primero, que tal ordenamiento no intenta proponer una cura tipo, más bien parece destinado a señalar críticamente a los analistas que dejan las cosas en ese primer tiempo de reubicación del sujeto en lo real; segundo, que esa “rectificación” promovida por Lacan no es la mera adaptación buscada por los teóricos de la ego psychology sino que, inserta en ese orden, “despierta” el desarrollo transferencial que a su vez habilita el dominio de la interpretación, que la ubica como “analítica” y no como “adaptativa”; y tercero, que “rectificación de las relaciones del sujeto con lo real” (subrayado mío) no es idéntico a rectificación subjetiva[3] – fórmula breve en la que ha derivado y que porta la ambigüedad suficiente como para ser leída en el peor sentido: rectificar al sujeto. Así, rectificación subjetiva alcanza su significación más dañina: la de la corrección, y altera nuestra concepción de sujeto del modo más pre-psicoanalítico: lo ontologiza. Más bien rectificación... superyoica habría que decir, pues su estructura de imperativo categórico es insoslayable.
La única vez que Lacan la menciona de ese modo en La dirección de la cura y los principios de su poder, atribuyéndola al método freudiano y sin hacerla depender de ninguna prioridad tópica, la inserta en el marco del lazo del sujeto al Otro que afirma su concepción de la función de la interpretación en psicoanálisis:
“Es también que esta rectificación en Freud es dialéctica, y parte de los decires del sujeto para regresar a ellos, lo cual quiere decir que una interpretación no podría ser exacta sino a condición de ser… una interpretación” (Ibid., p. 574).
En consecuencia, no se rectifica al sujeto sino que la rectificación subjetiva es un efecto de una primera ubicación del sujeto que no sabía que sus palabras portaban una verdad y deslizan un deseo que lo particulariza.
Por supuesto que aquel modo de conducir la cura y de posicionarse el analista pueden producir temporalmente efectos beneficiosos sobre el malestar del síntoma. También perjuicios, los que se siguen de empujar a una responsabilización que se confunde con una culpabilización generalizada. Es aquí donde la distinción freudiana se nos hace patente, la que deja de un lado el “sentimiento de culpa por arrepentimiento” y del otro el “sentimiento inconsciente de culpa”. El primero, consciente, yoico, imaginario; el segundo inconsciente, subjetivo, simbólico. Aquel, sin ligazón con la conciencia moral; este otro sí, en la medida en que la culpa es producto de la condena interior de la conciencia moral, hace lugar para el asentimiento subjetivo y plantea el problema de la responsabilidad -aunque sin resolverlo plenamente-. Pues la culpa consciente no es una posición subjetiva, es simple desculpabilización que nada dice de la responsabilidad. ¿A qué analista no le ha sucedido que un analizante -conocedor de la distinción conceptual- cómodamente desde el diván se encuentre “culpable de” para rápidamente corregirse: “no, no, responsable”, como habiendo aprendido mansamente que es mejor lo segundo que lo primero? Pueden distinguirse los términos “conceptualmente” pero se advierte que en lo atinente a la posición del sujeto valen como meros sinónimos.
Siguiendo el método freudiano que hace una rica analogía entre el ceremonial neurótico y el religioso, puede apreciarse la poca distancia que separa “Te harás cargo de tu parte” de “Tu amarás a tu prójimo como a ti mismo” -mandamiento que Freud no ha dudado en calificar de inhumano- y ante el que -según Lacan- “retrocede con un horror motivado” (Lacan, 1959-60/1988, p. 234), por la paradoja que entraña y que se explicita con claridad en La ética del psicoanálisis. Lacan indica que los diez mandamientos deben ser interpretados como algo cercano a lo que opera efectivamente en la represión del inconsciente. En ese sentido, el “mandamiento analítico” de la responsabilización subjetiva se revela como un reforzamiento de la falla imaginarizada, la debilidad yoica, en la medida en que empuja al yo a hacerse cargo de la falla del Otro, vale decir que es un modo de no querer saber nada de las fallas del Otro A; en última instancia, y paradójicamente, un modo propuesto por el psicoanálisis de sortear aquello a lo que debería conducir, a atravesar: S(A/) {Significante de la falta en el Otro}. En consecuencia, el puro dialéctico que en los albores de los años ‘50 Lacan reconoce en el Freud de la primera inversión dialéctica, asume un valor clínico muy preciso: el analista dialectiza localizando la singularidad del sujeto en la relación con el Otro A. ¡Todo lo contrario de lo que se nos suele decir! Lo singular no es la libertad del Otro, no es lo más propio de cada uno independiente del Otro, eso es el individualismo que lleva a la locura. Debemos distinguir lo singular de lo individual, pues para Lacan singularidad supone lazo social, Otredad constitutiva. Habría que evaluar si esta alteración de la lógica del lazo social inherente al psicoanálisis no podría ser puesto a cuenta de la resistencia de los psicoanalistas, el principal obstáculo para que la práctica del psicoanálisis se libere de los mandamientos que lo limitan, ganados por concepciones rituales, mecánicas por lo tanto, y empeñosamente binarias
na derechización del psicoanálisis
Giorgio Agamben sostiene que es habitual confundir categorías éticas con categorías jurídicas debido a que: “Casi todas las categorías que nos servimos en materia de moral o de religión están contaminadas de una u otra forma por el derecho: culpa, responsabilidad, inocencia, juicio” (Agamben, 2000, p. 16). Esta atractiva hipótesis -que merecería una discusión mucho más profunda- nos sirve para plantear un problema en nuestro campo: quizás sea debido a esta contaminación del psicoanálisis con el derecho, que la responsabilidad subjetiva haya sido llevada a su situación actual. Si en otro lugar hemos justificado la tesis de un efecto de psiquiatrización del psicoanálisis (Muñoz, 2015) por el modo de sobrevalorar el lugar del diagnóstico y convertir las estructuras freudianas del lenguaje en categorías diagnósticas, por analogía podríamos hablar aquí de un efecto de derechización del psicoanálisis, no en lo político-ideológico -pues no se trata de un debate con la afirmación de la existencia de una izquierda lacaniana-[4] sino por apelar a un concepto de responsabilidad subjetiva propio del derecho cuya utilización implícita mantiene la fuerte ligazón responsabilidad-culpa que el psicoanálisis explícitamente cuestiona y debilita. En algún sentido es lo que advierte Freud en esa distribución que hace entre el psicoanalista y el jurista en lo atinente a la responsabilidad, en sus notas adicionales a la interpretación de los sueños de 1925. Si al segundo le toca el asentimiento yoico, el primero convoca a los pensamientos inconscientes.
En el campo del derecho el término “responsabilidad” a-punta a “salir de garante de alguno o de sí mismo en relación a algo y frente a alguien”. En derecho de daños significa la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido. Pues en términos jurídicos se concibe que los hechos generan obligaciones, por tanto la conducta de una persona le es imputable a ella. Por eso la responsabilidad proveniente de la conducta de una persona se llama “subjetiva” e implica el elemento culpa. Vale decir que la “responsabilidad subjetiva” se funda exclusivamente en la existencia de culpa por parte de un sujeto que, como resulta evidente, está en posición de agente o causa. Siguiendo este vector, el psicoanálisis cambia de discurso y se derechiza, por dos razones: primero, porque no rompe con la mutua implicación entre responsabilidad y culpa y entonces su concepción no se distingue de la del jurista; segundo, porque ubica al sujeto en posición de causa, en la medida en que considera que opera sobre un “ser hablante en cuanto capaz de elegir por gusto, por goce, por un nuevo amor, por deseo” (Lombardi, 2015, p.45), cuyo correlato necesario en su práctica es apuntar a localizar la “complicidad del ser hablante”[5] con su síntoma, queja o padecer. La célebre cita de Freud que ya hemos comentado, en la que insta a asumir la responsabilidad por el contenido onírico, sirve como fundamento a esta posición pero llevada al extremo pues la hipótesis del inconsciente no sólo no nos liberaría de nuestra responsabilidad sino que, como se suele leerlo, por el contrario, lleva a la cúspide de la responsabilidad: debemos hacernos cargo de las acciones cometidas en la vida aún si fueron producidas inconscientemente, entendiendo como sin participación de la voluntad.
En nuestra opinión, este planteo se agota en una moral psicoanalítica apoyada en el presupuesto de un sujeto libre y responsable. Proponemos no obviar la paradoja que afecta a la libertad en psicoanálisis, entendida como la decisión que alguien debe tomar -el imperativo es fundamental para comprender de qué se trata- constreñido a actuar sin contar con ningún código unívoco que lo guíe en la decisión del camino a seguir, obligado a inventar a partir de las pistas que en el Otro se le presentan como una orientación… siempre ambigua, equívoca, intermitente, pero pistas por las que fatalmente no es factible no atravesar. No hay allí lugar para ningún sujeto agente, el sujeto se divide como efecto del encuentro con esa libertad porque implica que la incompletud del Otro causa la decisión pero sin determinarla, justamente por esos huecos imposibles de determinar de antemano. Si la falta en el Otro -S(A/)- es condición pero no determinación, la libertad ya no se puede concebir como la posibilidad binaria de elegir entre dos términos opuestos, y la responsabilidad que se seguiría de eso (limitada, medible, calculable) pierde su fundamento, aunque se pretendiese teñirla de psicoanalítica por incluir el inconsciente. Entre el condicionamiento del Otro y la falta de determinación por su barradura, emerge la división subjetiva. ¿Qué lugar para la asunción de una responsabilidad admitiría este drama?
Solamente es pensable en esos términos en los dominios del yo. Que el sujeto se haga responsable es, por tanto, una operación de yoización del sujeto. Pues se lo dota de la cualidad yoica de la permanencia, que es la que hace posible que alguien se reconozca como causante de un acto determinado, atentando contra la temporalidad del instante del sujeto donde se cruzan la anticipación y la retroacción. Es el modo en que tiende a ubicarse el asentimiento subjetivo, como “yo reconozco”. Nos podemos permitir entonces contar con el término yoización como lo hace jugar Lacan en El Seminario 22. Allí propone que Freud no cree en Dios “porque opera en su línea, como testimonia de ello el polvo que nos arroja a los ojos para moisizarnos” (Lacan, 1974-75, inédito, 17/12/74). El neologismo resulta del equívoco homofónico que se produce en francés entre nous emmoïser y nous emoiiser, en tanto por una parte remite a moi (yo) y por otra remite a Moïse (Moisés). Esa yoización/moi-ización/moisización no es otra cosa que el enceguecimiento -el polvo en los ojos de recién- yoico, es taponar la hiancia en la que se localiza el sujeto haciéndolo responsable pero en tanto yo, es decir perpetuando la religión, consolidando la neurosis ideal, que es, como sostiene Lacan allí mismo, la neurosis obsesiva. “Responsabilizarse” según esta lógica es un modo de hacer recaer sobre sí la falla del Otro, disculpándolo sacrificialmente, pues si el condicionamiento interpelante es un sin sentido absoluto, en la medida en que proviene de los huecos que en los relieves del Otro son a priori indecidibles, la “responsabilidad subjetiva” entendida de este modo es taponarlos para sostenerlo como Gran Otro, sin falta.
De algún modo es lo que echa a rodar Colette Soler cuando sin referirse a la responsabilidad explícitamente la toma por el lado de la elección intentando ceñirla en las neurosis:
“El neurótico no es un sujeto que ha elegido. Es un sujeto determinado por una elección, determinado por la elección de la no elección. Es un sujeto que ha rechazado elegir… [y agrega más adelante] No es necesario pensar que el sujeto elige: es impropio decir esto porque dejaría entender que el sujeto es el agente de la elección. El sujeto está determinado por la elección, lo que no es lo mismo” (Soler, 1985, p. 117).
Si comenzamos por la segunda parte de la cita, Soler intuye el problema de considerar al sujeto como agente -en eso concita nuestro acuerdo-, pero esta afirmación se contradice con la primera parte de la cita que afirma que el sujeto es agente del rechazo de una elección. Rechazar una elección no lo hace menos agente que cuando se lo considera eligiendo algo. Así como afirmar que no es un sujeto que ha elegido, nos permite plantearlo como agente de una no elección, aunque pueda sonar extraño.
Por otro lado, que el sujeto esté determinado por la elección podríamos suscribirlo aunque parcialmente, porque lo que la autora no aclara es que esa determinación no es absoluta, dando la idea de un efecto sujeto automático al estilo del arco reflejo producto de esa elección que lo determina. Lo que, para decirlo todo, no señala es que esa determinación conlleva una indeterminación de la elección, que no hay una elección plena, cerrada y lograda con la que el sujeto se encuentra sin conflicto. Si hay elección, porque hay libertad, porque el Otro está barrado y no puede determinarlo todo -única razón para justificar la elección como posibilidad-, la elección siempre será traumática y la responsabilidad por ella estará inevitablemente en el seno de la división del sujeto por el acto. No hay responsabilidad subjetiva por fuera de esta coyuntura dramática.
Nuestras objeciones se nutren de los argumentos de Lacan acerca del acto: si el sujeto es lo que representa un significante para otro significante, producto y resto de la operación significante, si ex-siste pues está causado por el significante pero también fuera del significante, ¿a quien se le exige responsabilidad? Si el sujeto está siempre a destiempo del acto, si no es contemporáneo al acto sino efecto supuesto a ese acto por el que se le pide que responda aun reconociendo que no ha sido su agente, ¿qué estatuto darle allí a la noción de un sujeto responsable por el acto que no ha sido cometido por él ni por el sujeto que “fue” antes de aquel? Si el sujeto emerge en una posición diferente y el acto es su lectura pero con las paradojas que el acto contiene: que en el momento del acto no hay sujeto, sino que de esa lectura el sujeto es efecto, resultando en una posición diferente, si lo propio del acto para Lacan es la renegación del acto, ¿a qué pura asunción de responsabilidad se apunta si no hay apropiación cabal del acto? Si no hay sino una lectura renegatoria del acto... ¿cómo instar a una responsabilización retrospectiva que no lleve a una posición inmolante o sacrificial?
El trabajo de Michel Villey (1977) en el que se interroga por las diversas formas del pensamiento jurídico moderno, concluye que el interés por el término “responsabilidad” en la doctrina jurídica contemporánea no existe en el derecho romano y que a lo largo de los siglos “ser responsable” o “responder por” no implicaba en absoluto la culpa ni un hecho atribuido a un sujeto. Es entonces bastante reciente la vinculación entre culpa y responsabilidad, sobre todo alrededor del derecho contractual y especialmente a partir de la criminología. Lo cual evidentemente se infiltra en las argumentaciones psicoanalíticas. De modo que en el marco de la relación entre subjetividad y derecho, es decir la discusión de algunas problemáticas jurídicas proponiéndolas como problemáticas subjetivas, que abre a un espacio no siempre reconocido por los juristas: la dimensión del sujeto, que en esos ámbitos resulta extraña, sin consistencia, respecto de la objetividad que sus procedimientos requieren como exigencia dogmática, en ese marco cabe encontrar otra posibilidad para ubicar la responsabilidad en psicoanálisis. Interrogarnos por la relación del sujeto con el Otro y la Ley es un camino.
Para salirnos de esta concepción derechizada de la responsabilidad en psicoanálisis, recuperaremos para la responsabilidad lo que hemos planteado en otros trabajos publicados en números anteriores de esta revista, para la libertad. Siguiendo a Hans Kelsen, puntualizamos que al orden social no le corresponde la ley causal o natural (que describe relaciones entre los hechos) sino la ley normativa que prescribe relaciones entre los hechos e introduce el deber, a partir de lo cual concluimos que en psicoanálisis la relación del sujeto con sus actos no es de apropiación, de asunción, de reconocimiento, sino de “imputación”. Lo cual plantea una responsabilidad extraña, infectada de ajenidad, de alteridad. Imputación de responsabilidad solidaria de la libertad que se sigue del hecho de que, más allá del principio de causalidad natural, alguien puede ser hecho responsable de sus actos en tanto punto final de una imputación. Es decir que la responsabilidad es introducida por la imputación, de modo que no se sostiene la idea de que alguien puede “hacerse responsable” de sus actos porque es libre. Efecto traumático de la ley que plantea un sujeto responsable como producto o efecto de imputación de libertad y responsabilidad, como acto anexado, superpuesto y más allá del registro de las determinaciones inconscientes.
Pero la estofa de la fortaleza de esta imputación de la ley no radica en el enunciado explícito de lo que ella prescribe, sino justamente en lo que no dice, en su inconsistencia en tanto vaciada de contenido, porque pone a jugar el “tú debes” universal que no admite excepción, un “tú eres responsable” (tu es) que nos mata (tuer) pues no indica ni el “qué” ni el “cómo”. Es decir que la responsabilidad se produce junto con la división subjetiva, o mejor: la primera efectúa la segunda, divide al sujeto en tanto sus actos no pueden estar asegurados por una ley. Responder por ellos ante la ley pero más allá de ella, obligado por ella a excederla porque no es garante de sus actos
Respuesta sujeto
“Responsabilidad” y “responsable” son términos derivados de “responder”, del latín “respondere” que significa ser garante en relación a algo y frente a alguien. A su vez, del latín “respondeo”: responder a una promesa, asegurar, garantizar, prometer (Corominas y Pascual, 2002, p. 887). “Responsabilidad subjetiva” comporta entonces la dimensión de la palabra que supone un pacto y su garantía, es decir que apunta a cómo alguien es garante de esa palabra pactada o el acto efectuado. El problema es que esa concepción de la persona o sujeto responsable y garante se da de bruces con lo que se desprende de lo que planteamos con anterioridad. Para el psicoanálisis se trata entonces no de un sujeto que asume su responsabilidad sino de una imputación de responsabilidad dirigida al sujeto y ante la cual se divide, esa es su respuesta.
Es por eso que culpa y responsabilidad apuntan a dos dimensiones que no deben superponerse. La culpa apunta a la causa mientras que la responsabilidad lo hace al efecto. El culpable es aquel al que se puede señalar como causante de un acto que transgrede la norma. El responsable, no. La etimología del término indica que es aquel que debe responder por sus actos pero eso no implica que el sujeto asuma y se apropie de su responsabilidad sino que responde con una respuesta que es su división. En ese sentido, proponemos que el sintagma “responsabilidad subjetiva” alude a los efectos subjetivos de un acto y no al mero “hacerse cargo”. Ser responsable ante lo embaraza, la etimología que Lacan pone a jugar en El Seminario 10 acá nos ilumina: alude a la barra, esa es la vivencia de la responsabilidad, la del embarazo que nos divide, sin por ello desembarazarnos del asunto.
Es muy habitual que los autores deslicen “responsabilidad subjetiva” hacia “hacerse responsable” y de allí a “hacerse cargo”. Como lo plantea por ejemplo Marta G. Ambertín: “el sujeto puede otorgarle significación a su acto y hacerse, entonces, responsable de él. […] puede atestiguar una falta y recibir el juicio condenatorio o absolutorio del Otro. Logra contabilizar su falta desde la palabra y desde ella se hace cargo del acto en el que está íntimamente implicado” (Gerez Ambertín, 2010, p. 17).[6] El número 38 de la revista Psicoanálisis y el Hospital dedicado al tema: “Responsabilidad e imputabilidad” contienen muchos artículos -no todos- en los que la responsabilidad es tratada como una categoría vaga que se usa como un chicle. Igualmente lo plantean Silvia Tendlarz y Carlos García: “(la responsabilidad) que se desprende de la experiencia analítica y que permite entender por qué alguien debe hacerse responsable de sus sueños y de los contenidos de estos” (Tendlarz y García, 2008, p. 44). Hemos argumentado extensamente ya en otro sentido, no solo distinto, sino contrario.
Ahora bien, esa respuesta le es exigida desde el lugar del Otro, una interpelación que no puede no responder. El sujeto de la psicosis es, como siempre, el que mejor muestra esa estructura: una vez que el fenómeno está ahí, debe responder. No se trata de que quiere hacerse cargo de su alucinación sino de que no puede sino responder. En El seminario 3 Lacan, refiriéndose a la entrada en la psicosis, argumenta que ello acontece cuando el sujeto se ve llevado por alguna contingencia a tener que responder y le da a esto último el sentido de tomar la palabra, “la suya, justo lo contrario a decirle sí, sí, sí, al vecino” (Lacan, 1955-56/1984, p. 360). En ese sentido, la responsabilidad es respuesta a esa interpelación del Otro, pero no desde su consistencia sino en tanto no hay Otro del Otro, el Otro interpela desde sus fallas, ante las que el sujeto, dividido por y en esa interpelación, está forzado a inventar su vacilante respuesta. No debe confundirse esa interpelación proveniente del Otro A con una demanda, en la que el Otro se supone completo. Pues de lo que se trata es de otra cosa: de la emergencia de una pregunta muda del lado del Otro que produce angustia (en tanto encuentro con el deseo del Otro) y ante la que no se puede no responder, dividiéndose.[7] De modo que si vale la pena sostener el término “responsabilidad subjetiva” en psicoanálisis es para indicar el efecto de división subjetiva correlativo de verse obligado a responder en tanto ello interpela a tomar la palabra en relación a un acto y frente a un Otro que no ofrecerá ninguna clave segura.
De nuestra posición de sujeto somos siempre responsables... retomar una vez más este célebre como pocos apotegma de Lacan, visitado y revisitado hasta convertirlo en consigna, pagando el precio de deslectura que eso implica, tal vez nos permita, luego del recorrido hecho, ponerlo patas para arriba para ver si de sus bolsillos cae alguna moneda de más valía.
Nos parece apropiado entenderlo como el modo en que Lacan retoma la línea freudiana no eximir de responsabilidad y diagnosticar que con esa frase sucede lo que con muchas: se la desgaja de su contexto, se la modifica levemente y se termina por hacerle decir otra cosa, no siempre derivado de problemas de traducción. En este camino agregamos un eslabón más. Se trata del comentario de Alfredo Eidelsztein (2015) que refiere un “profundo malentendido y grueso error de lectura” del original francés: “De notre position de sujet, nous sommes toujours responsables” (Lacan, 1966/1971, p. 339). Su propuesta de traducción es: “De nuestro planteo, concepto, postulación del sujeto somos siempre responsables (los psicoanalistas)” (2015). La idea es que no se trata de la responsabilidad del sujeto sino que los psicoanalistas somos responsables de nuestro planteo del concepto de sujeto, ligado al contexto del escrito que versa en torno de que el sujeto con el que opera el psicoanálisis es el sujeto de la ciencia. Acordamos en que se cita mal esa frase, que se la extrae de su contexto, que la concepción de sujeto es determinante de nuestra práctica y que es preciso delimitarla seriamente para no confundirlo con el yo, que es lo que sucede con frecuencia cuando esta cita se toma en el sentido de que debemos hacernos cargo o responsables de nuestros asuntos. De modo que compartimos algunos argumentos pero hay dos aspectos que nos interesa puntuar para disentir: uno, los problemas de traducción que formula en su artículo (position no es “posición” en ese contexto sino “planteo” ligado a poser; y el frecuente error de transcribir sujet en singular por el plural); y dos, que esa lectura es forzada por la presión ideológica del individualismo moderno.
Respecto de la traducción deberíamos no olvidar la estofa “traidora” de toda traducción, incluida la que se nos propone como más correcta; quizás convenga mantener la ambigüedad de esa traducción porque cerrarla de un saque puede paradójicamente incluir su propia traición. En esta ocasión: ¿cómo decidir si conviene traducir position por posición o por planteo? Como tal es indecidible. Tal vez sería interesante una nota al pié que señalase ambas posibilidades y abriera el juego de sentidos y resonancias (ausencia más que lamentada en el establecimiento y en la traducción de escritos y seminarios de Lacan). El título del escrito Position de l’inconscient es unívoco porque -como bien Eidelsztein plantea- no se trata de si nos hacemos cargo de nuestro inconsciente sino de la posición del concepto, de cómo Lacan plantea el concepto. Pero una traducción de un término que vale en un contexto no necesariamente vale para otro. Eso está más que discutido y demostrado, de modo que ese no es un argumento válido. Además es tramposo, porque en ese escrito Lacan no menciona la responsabilidad, es decir que ¿por qué alguien leería que se trata de la responsabilidad por nuestro inconsciente? Más que un forzamiento. En “de notre position de sujet” no sucede lo mismo. Aquí es indecidible qué traducción es mejor. Acordamos que se trata del planteo del sujeto forcluído por la ciencia que se ve por ella despojado de subjetividad y tomado como mero objeto de medición, y que el planteo de que ese es el sujeto del psicoanálisis es situado por Lacan allí. Pero también position es la posición del sujeto respecto de la responsabilidad, queremos decir: a lo largo de este trabajo planteamos que ser responsable de la posición del sujeto quiere decir: soy responsabilizado por la división, por la posición del sujeto ante la interpelación del Otro. El problema no se resuelve con la distribución correcta de los singulares y los plurales -que, insistimos, es cierto que se citan literalmente mal- sino que lo que Lacan allí también formula es que la responsabilidad es inherente a la posición del sujeto: de nuestra división somos responsables, traumáticamente pues es una responsabilidad que se le imputa y ante la que el sujeto se divide. Pero si el psicoanálisis no contase con la inherencia de esa responsabilidad de la división subjetiva, haría lo que la ciencia que condena al sujeto a una causalidad fisicoquímica -o causalidades sociológicas, materiales, o de otra índole- cuyas fuerzas actúan determinándole y entonces desresponsabilizándolo. Insistimos en algo que hemos sostenido aquí: que esta imputación de responsabilidad no se correlaciona del lado del sujeto con ninguna asunción plena, clara, unificante sino que es siempre un acto ante el que el sujeto se divide y en el que se implica de un modo vacilante, oscilante, como efecto y resto a la vez.
El segundo aspecto a discutir es el motivo ideológico contemporáneo. Han corrido y siguen corriendo ríos de tinta al respecto. No es el primero en señalarlo aunque sus fundamentos son sólidos.[8] Podemos acordar en la fuerte tendencia al individualismo que afecta los conceptos en psicoanálisis, pero a este argumento puede presentársele otro no para oponerlo y sustituirlo en un debate de verdades que se superan sino para superponerlo a él: ¿o acaso no habría también que tener presente que ese individualismo está en la médula de lo que Lacan pone a cuenta de la locura como término inherente al ser hablante -que no tiene nada que ver con consignas torpes del estilo: somos todos locos-? Que se “yoicice” al sujeto devela una condición estructural, no (únicamente) epocal.
Pero además disentimos profundamente de esta afirmación que presenta en el mismo texto: “la propuesta del aparato psíquico de S. Freud responde, mucho más que a los supuestos hechos observados de la clínica, a un proyecto ideológico y filosófico que caracteriza al Occidente moderno capitalista y democrático, que produjo el humanismo moderno, el de los ideales de la autorreflexión, la autofundación y la autonomía. El extremo de esta tendencia ya superó incluso la ‘responsabilidad subjetiva’; según de Libera estamos en la época del ‘sujeto de imputación’. Todo acto supone inexorablemente una persona responsable e incluso imputable, lo que indica el pasaje de lo estrictamente jurídico a lo forense. No se pueden perder de vista estos argumentos para entender la actual tendencia de tantos psicólogos jóvenes por estudiar la disciplina forense” (2015). Hay mucho por debatir allí pero nos interesa destacar la confusión sujeto-persona. En psicoanálisis no tratamos con personas responsables por sus actos, sino con analizantes que en el marco del discurso analítico y hablando en transferencia con un analista, habilitarán el surgimiento de la división subjetiva. ¿Cuál sería el obstáculo para que los psicólogos se ocupen de lo forense? Mientras no lo hagan en nombre del psicoanálisis, se trata de una disciplina y una práctica válidas. La clínica psicoanalítica es otra cosa.
Todos estos argumentos lo llevan a concluir que la noción de responsabilidad debe descartarse en psicoanálisis porque trabajamos con la división del sujeto que implica la función del inconsciente como saber no sabido que proviene del discurso del Otro y que así se “ataca profundamente la función individualista de la responsabilidad” (Eidelsztein, 2015, p. 51). Argumento con el que acordamos sin dudarlo pero no con la consecuencia que deriva de ellos: “A partir de que hay un saber no sabido, ya la noción de responsabilidad no es aplicable, porque el cuadro se complica de tal manera que ya no se puede decir qué es o qué no es sujeto, ya que éste es seguro que no es la persona que consulta”. ¿No hay otra opción que el rechazo de plano de la responsabilidad para no tomarla en la concepción individualista y yoica? Esto es lo que los argumentos del autor no alcanzan a explicar.
En nuestra opinión el problema no es si estamos “en la época del sujeto de imputación” sino de cómo entendemos a ese sujeto; si el sujeto es considerado imputable es una cosa (que es lo que plantea su referencia a de Libera), pero si el sujeto es la división ante el acto de imputación de responsabilidad, es otra. El psicoanálisis promueve una relación entre sujeto y responsabilidad que no debe escamotearse, responsable de la posición de sujeto quiere decir ser responsabilizado por la división, esa es la estructura traumática de la imputación de responsabilidad, que implica que el sujeto no se disculpe bajo la coartada de la existencia de acciones que podrían ser consideradas indeliberadas, inmotivadas y por ello irresponsables. La responsabilidad a la que apostamos en psicoanálisis -siguiendo al Freud de 1925- está anudada a la convicción adquirida de la existencia del inconsciente. La difícil actitud que promueve Freud es la de una responsabilidad de la que no se exime al sujeto del inconsciente, tiempo de lectura que en un análisis produce la división, lectura de las determinaciones a la que se añade, como un agregado exógeno y que excede el campo de las determinaciones, la imputación de responsabilidad, que abre a la división del sujeto más allá del condicionamiento del Otro A. La responsabilidad se aplica a la modalidad mediante la cual responde, la modalidad de relación con eso que viene de afuera. Por tanto, que el sujeto sea sujeto de imputación no quiere decir que el sujeto sea responsable, sino responsabilizado y por ello, escindido. En ese sentido es que Deleuze plantea: “la responsabilidad es excesiva o no es una responsabilidad”.[9] Lo cual indica al mismo tiempo “de la existencia del sujeto como responsable y de la alteridad del sujeto, permanentemente excedido, alterado en su responsabilidad”.[10] Lo cual problematiza lo que el psicoanálisis “comercial” nos vende como la ética adecuada que es la de asumir o sea hacerse cargo o responsabilizarse por el propio deseo.
En estas encrucijadas Jorge Jinkis hace intervenir el deseo de un modo que pone de relieve los contrastes que afectan este tópico:
“El deseo no es para el psicoanalista una categoría, sino la consecuencia estricta a la que lo expone el ejercicio de su práctica. Si el hombre dividido por el lenguaje habla sin saber lo que dice, aquel deseo lo vuelve responsable de lo que dice, mientras las formas de traicionarlo, que parecen converger en ese no saber, envuelven al sujeto en las brumas flotantes de una culpabilidad morosa. Responsable: aquel del quien es esperable una respuesta. No digo ‘consciente de lo que hace’ ni ‘que se hace cargo de lo que dice’, sino culpable de lo que hace y dice” [las itálicas me perteneces] (Jinkis, 1987, p. 11).
Se aprecia con claridad las dos perspectivas en oposición en cuanto a la responsabilidad: hacerse cargo del deseo versus el deseo lo vuelve responsable. La primera participa de todos los problemas que hemos señalado pero aplicados al deseo. Pareciera configurarse un mecanismo automático en la operatoria de la responsabilidad, opera siempre del mismo modo sea lo que fuere aquello a lo que se aplique: el deseo, el goce, lo que hago, lo que digo. Como lo plantea José Milmaniene -tan solo para citar un ejemplo de entre tantos que se pueden encontrar fácilmente-:
“La ética del deseo nos resulta genuina sólo a condición de que el sujeto se haga responsable por los deseos que lo habitan, al incluirse en el territorio de la Ley, dentro del cual el Otro es reconocido y respetado en sus diferencias. Si bien se es culpable de ceder en el deseo, también se lo es si el sujeto despliega su voluntad de goce a costa de la libertad o aun la vida del Otro, a quien se cosifica entonces al servicio de los exclusivos intereses narcisistas” [las itálicas son del original] (Milmaniene, 2008, p. 10).
¿Cómo podría alguien hacerse cargo de su deseo si la topología del deseo es la de lo imposible, ese inconmensurable que es el objeto causa? Es verdad que Lacan plantea que “la única cosa de la que se puede ser culpable, al menos en la perspectiva analítica, es de haber cedido en su deseo” (Lacan, 1959-60/1988, p. 379) pero también es cierto que esa sentencia dotada de un tono conclusivo es precedida de una introducción que la modula: “avanzo ante ustedes estas proposiciones a título experimental. Formulémoslas a modo de paradojas. Veamos qué producen en los oídos de los analistas” (Ibid.), con lo que esto tiene de apertura a la lectura y a la interpretación. Y, con sólo recorrer los modos tan diversos en que se la emplea, sabemos que han producido efectos muy disímiles.
La perspectiva que ofrece Jinkis es otra: el deseo lo vuelve responsable de lo que dice. No plantea que el deseo lo hace responsable ni que el sujeto se hace responsable por él sino que el deseo lo vuelve responsable, ese vuelve que es repetición, que se encuentra en la definición de lo real que da Lacan: lo que vuelve siempre al mismo lugar (en la que habitualmente se olvida el vuelve de la repetición en favor de la exaltación de la metáfora de las esferas celestes según la cual la cosa se reduce a un circuito que reproduce sin que se pueda hacer nada al respecto). Que el deseo lo vuelve responsable no quiere decir que el sujeto se haga responsable, en esa hiancia está la diferencia. El volver responsable al hombre de lo que dice participa de la lógica de la imputación: el deseo imputa responsabilidad -podríamos decir- sin por ello atribuir ninguna existencia esotérica al deseo. Este debe considerarse solidario del acto del analista: el sueño se revela como realización del deseo al ser interpretado, no es que el deseo estaba antes sino que la interpretación es en donde y a partir de lo que se articula el deseo. El volver responsable se entiende entonces en términos del acto performativo y la repetición.
Es muy esclarecedora la manera en que Sara Glasman lee la sentencia de Lacan: “la única cosa de la que se puede ser culpable es de haber cedido en su deseo” que la autora traduce del francés: “haber cedido sobre su deseo” (Glasman, 2001, p. 53). Destacamos la pertinencia de ese en convertido en sobre pues le permite sostener que Lacan no plantea que alguien cede algo, en el sentido de “ceder a” o “ceder para o por”, sino que “parece connotar que sobre el camino hacia algo se cede, o que se cede sobre una posesión como cuando se apuesta sobre un capital” (Ibid., p. 54). Es decir que ceder en el deseo no marca renuncia sino ceder sobre el deseo, en el camino del deseo, hacia algo, lo que está en juego es esa direccionalidad. La estructura ceder en el deseo entonces siempre acompaña el camino hacia el deseo, no hay deseo por fuera del conflicto entre si queremos o no lo que deseamos, que enrarece la concepción del deseo decidido entendido como pleno, absoluto, sin vacilación ni división, otro pernicioso ideal del análisis. Glasman promueve una lectura desmoralizante del conflicto y contraria a toda idea de heroísmo pues interpreta esa expresión no como lanzarse decididamente hacia adelante, sin importar lo que venga -para decirlo en criollo- sino una decisión acerca de si queremos o no ese deseo, en el marco del atravesamiento por un análisis, pues “no querer equivale a desear” (Ibid., p. 55) de modo que toda decisión comporta un deseo o la elección entre dos deseos. Querer o no, incluir el deseo en la decisión, nombra la posición del sujeto. Se elige en el camino del deseo, no el deseo, que se ve así salvado de los tratamientos fenoménicos, psicologizantes. Vale decir que el valor semántico de los términos querer-desear es en sí secundario respecto de que el deseo no es uno, de que no hay el deseo, que el deseo es deseo de deseo. En consecuencia, querer lo que deseo hiende la unidad del deseo, objeta la dimensión ilusoria e idealizante del deseo Uno.
En El Seminario 10 Lacan revisa la formulación “el deseo del hombre es el deseo del Otro” enfatizando que de lo que se trata es de extender el análisis gramatical del sentido objetivo del genitivo “del” (caso de la declinación que expresa relación de propiedad o pertenencia o posesión de algo). El debate se explicita a poco andar: se trata de demostrar el límite de la formulación hegeliana para postular “el sentido lacaniano, o analítico” de la formulación (Lacan, 1962-63/2006, p. 33). La primera está marcada por el deseo de reconocimiento -según la versión que Lacan tiene de Hegel vía Kojeve- pues el deseo es humano solamente si uno desea no el cuerpo sino el deseo del otro, es decir si quiere ser deseado o amado por el otro o más bien reconocido en su valor humano. Ese reconocimiento se logra poniendo en juego la vida, arriesgándola en una lucha de puro prestigio: lucha a muerte, guerra, rivalidad especular, donde el Otro es conciencia. Allí radica el impasse de la fórmula hegeliana: la conciencia tiene como meta la muerte de la otra conciencia y la suya propia, por eso la mediación es la de la violencia que lleva a la destrucción. Ese es el deseo en Hegel. La fórmula lacaniana incluye aquello con lo que Hegel no cuenta: “el Otro está allí como inconsciencia constituida en cuanto tal” (Ibid., p. 32). En este punto, el deseo se coordina con una falta, un no saber. La inclusión del inconsciente en la consideración del deseo como deseo del Otro lo tacha: “este Otro está connotado ahí como A tachado porque es el Otro en el punto donde se caracteriza como falta” (Ibid., p. 34). Lo cual incluye la angustia, ausente en la dialéctica del deseo en Hegel y que es la verdad de la fórmula lacaniana. En este sentido, ¿qué puede significar asumir el propio deseo, o hacerse cargo del deseo o actuar conforme al deseo? Si el deseo del hombre es el deseo del Otro en tanto que este está en falta, no es sin esa paradoja y esa opacidad del deseo que el hombre puede decir algo de él. Esta conclusión reformula el deseo como deseo del Otro, que Lacan ahora matematiza d(A/), afectando la dirección de la cura pues permite diferenciar el psicoanálisis de la teoría psicoanalítica del yo autónomo y de las que propician la identificación con el ideal.
Cuando Lacan nos intima con su “¿Ha usted actuado en conformidad con el deseo que lo habita?” (Lacan, 1959-60/1988, p. 372) plantea el extremo de la paradoja del deseo: ¿cómo decidir si actué conforme a un inconmensurable? Actuar conforme al deseo que te habita que es inconmensurable quiere decir que no hay el deseo, que siempre es conflicto de deseos o deseo de deseo. Lo que se espera de un análisis no es el juicio final de si se actuó o no conforme al deseo que lo habita y si se justifica entonces su culpa por haber cedido en su deseo, sino si pasó o no por el trayecto del deseo en la decisión, si se lee el deseo en esa decisión, siempre sintomática, ante la que el sujeto se produce como dividido
¿Responsabilidad asumida?
Es cierto Lacan habla de asunción de responsabilidad y el problema que esa formulación trae es que muchas veces -como hemos señalado- se la entiende en el sentido yoico. Es en uno de sus trabajos sobre criminología donde Lacan afirma que esta es antinómica en sus efectos pues: “si ella humanizará el tratamiento del criminal, no lo hará más que al precio de un derrocamiento de su humanidad, en la medida en que el hombre se hace reconocer por su semejante por los actos cuya responsabilidad asume” (Lacan, 1933-53/1985, p. 26). Es decir que la trampa criminológica es pretender humanizar al criminal deshumanizándolo al declararlo inimputable.[11] Entonces la asunción de la responsabilidad respecto de los actos que el hombre comete es lo que lo hace aceptable en la comunidad por sus semejantes que así lo reconoce como tal: la responsabilidad le confiere humanidad.
La asunción de su responsabilidad por el acto cometido es articulada por Lacan con la cura posible del criminal:
“Aún debe señalarse que, si el reconocimiento de la morbidez de estos casos permite evitarles felizmente, con la degradación penitenciaria, el estigma que a ella se liga en nuestra sociedad [es decir que está refiriéndose a los criminales considerados inimputables que encerrados en un manicomio evitan el estigma con que carga el delincuente común encarcelado], sigue siendo cierto que la cura no podría ser otra cosa que una integración por el sujeto de su verdadera responsabilidad y que igualmente es esto a lo cual se tendía por vías confusas mediante la búsqueda de una punición que puede ser quizá más humano dejársela encontrar a él” (Ibid., p. 26-27).
La punición apunta genéricamente a la responsabilidad subjetiva pero Lacan no apuesta a la aplicación imperativa, apuesta a la posibilidad de que esa humanidad no le sea impuesta sino que sea un efecto de lectura, que no tiene nada que ver con “hacerse cargo” por el crimen cometido. Esa verdadera responsabilidad no es la verdad objetiva, de los hechos efectivamente acontecidos, sino que aquí la verdad “se desarrolla en una investigación que va más allá de la realidad de la conducta: señaladamente a la verdad que allí se constituye” (Ibid., p. 26). Es decir que la crítica a la criminología por su efecto de desresponsabilización y deshumanización del criminal, privándolo del reconocimiento de sus semejantes, no se resuelve con el mero traslado a la responsabilidad del sujeto que se hace cargo y se implica en ello, sino que es complementada con la intervención analítica donde la verdad se constituye y que Lacan delimita en estos términos:
“La acción concreta del psicoanálisis es benéfica en un orden duro. Las significaciones que revela en el sujeto culpable no lo excluyen de la comunidad humana. Hace posible una cura en la que el sujeto no está alienado de sí mismo y la responsabilidad que restaura en él responde a la esperanza que palpita en todo ser deshonrado, de integrarse en un sentido vivido” (Ibid., p. 30).
Una cura consistente en la integración por el sujeto de su verdadera responsabilidad a partir del acto de palabra dirigido a un Otro, no como acción autoreflexiva de asunción de “su parte” en aquello de lo que se lo acusa -parafraseando a Lacan-. Se trata de la concepción del análisis que Lacan desarrolla en estos años, por ejemplo en Intervención sobre la transferencia como un progreso dialéctico en relación a la verdad. De modo que la imputación de responsabilidad no se trata del analista en posición policial o de juez relativa a verdad de los hechos, sino la puesta en juego de palabras, de lo dicho y de lo no dicho. Como bien aclara Freud al finalizar su texto sobre la responsabilidad moral por el contenido de los sueños:
“El médico dejará al jurista la tarea de instituir una responsabilidad artificialmente limitada al yo metapsicológico. Son notorias las dificultades con que tropieza para derivar de esa construcción consecuencias prácticas que no repugnen a los sentimientos de los seres humanos” (Freud, 1925, p. 136).
De modo que si la responsabilidad no se restringe al yo de la metapsicología, la intencionalidad no se reduce a las fronteras del yo que para Freud a esa altura de su obra hunde sus raíces en el ello que gobierna sus acciones. Para el psicoanálisis trasciende esas fronteras, toca a la división del sujeto por eso dicho y por eso no dicho. Es en ese sentido que esta “integración de la verdad” amerita una discusión pues desliza en la figura de la reflexión de alguien que lo lleva a asumir, a integrar esa verdad, que se concentra en el yo. Al respecto, María Celeste Smith señala oportunamente: “¿Cómo leer ‘integración por el sujeto’ (de su verdadera responsabilidad)? Lacan no dice integración del sujeto que ubicaría al sujeto en el lugar de agente, aquel que debería integrar su responsabilidad, sino integración por el sujeto, lo que propongo leer a partir del sujeto efecto, a partir de ese efecto sujeto, de su posición entre significantes, donde el efecto sujeto es la forma que propone el psicoanálisis de producir una verdad, producirla performativamente, no descubrirla. Y lo que más enigma despierta: ¿a qué apuesta mediante el efecto sujeto, mediante la producción de una verdad de un sujeto que nada tiene que ver con la realidad de la conducta? A una integración, y en eso radicaría el progreso que el psicoanálisis tiene para aportar en los años ’50” (Smith, 2016, p. 735).
Es decir que el problema de la asunción de responsabilidad debe considerarse en el marco de esta elaboración de los años ‘50 en los que Lacan plantea la dirección de la cura en una relación dialéctica intersubjetiva -que rechazará posteriormente- y formalizada a partir de los modelos ópticos -previos al esquema L y Z que ya admiten la concepción del Gran Otro-. Más allá de estas variaciones que en su enseñanza deben ser tenidas en cuenta a la hora de extraer formulaciones impactantes, nos parece destacable su conclusión, que consideramos imperecedera: “porque la verdad que busca es la verdad de un sujeto es que no puede más que mantener la noción de responsabilidad, sin la cual la experiencia humana no entraña ningún progreso” (Lacan, 1933-53/1985, p. 26).
La práctica del psicoanálisis es inseparable de una noción de responsabilidad que debe ajustarse el sujeto con el que opera, que no puede ser excluido de la responsabilidad como respuesta ante, es decir la pregunta por quién responde y ante quién responde. El psicoanálisis no debería excluir al sujeto de su acto, pues si no hay responsabilidad hay culpa, remordimiento y castigo, y entonces angustia, síntoma, efecto psicosomático. Si no sostenemos en psicoanálisis esta responsabilidad, queda la culpabilidad. Declinar esta responsabilidad también es forcluir al sujeto.
En Introducción teórica a las funciones del psicoanálisis en criminología Lacan dice que la cuestión del castigo del crimen plantea siempre el problema de la responsabilidad y que es el psicoanálisis el que puede aclarar esta noción. Esta aportación del psicoanálisis viene de la mano de la categoría freudiana de la culpabilidad, ligada a los crímenes primordiales del incesto y el parricidio. Y señala que el Tótem y tabú de Freud demuestra que es el superyó la instancia esencial a tener en cuenta. Se refiere a las categorías de criminales que Freud ha llamado los que delinquen por conciencia de culpabilidad y afirma:
“El psicoanálisis tiene, pues, por efecto, en la captación de los crímenes determinados por el superyó, irrealizarlos, en lo cual congenia con un oscuro reconocimiento que de mucho tiempo atrás se les imponía a los mejores entre aquellos a los que se ha adjudicado la tarea de asegurar la aplicación de la ley” (Lacan, 1950/2002, p. 137).
La reintroducción de la irracionalidad de un acto dado sancionado como insensato, aparentemente inmotivado, o simplemente loco, en el terreno del sentido vivido supone su irrealización. Irrealizar el crimen significa abortarlo en tanto justificación que deja por fuera la imputación de responsabilidad al sujeto y la integración por este de su verdad: “si el psicoanálisis irrealiza el crimen, no deshumaniza al criminal” (Ibid., p. 132). Tesis fuerte con la que Lacan extrema su planteo: la única posibilidad de sostener su humanidad es la responsabilidad. Pero, como bien apunta Jinkis:
“si se pudiera reconocer en los relieves mórbidos de un crimen sus coordenadas simbólicas, no se volvería por eso irreal el crimen, y la intervención de un analista siempre iría en el sentido de reintegrar esas coordenadas a la historia del sujeto quien se volvería entonces responsable de un crimen real. Esa responsabilidad no se configuraría acabadamente sin el castigo” (Jinkis, 1987, p. 16).
La reintegración de las coordenadas simbólicas en la historia del sujeto por el acto del analista lo vuelve responsable del acto cometido, ese vuelve de la repetición que muestra su estructura de imputación y que plantea la responsabilidad en el campo de la alteridad, no unificante sino escindente. Así se articula el deseo con la responsabilidad.
De nuestra posición de sujeto somos siempre responsables porque donde eso era, el sujeto debe advenir. Porque si el sujeto con el que opera el psicoanálisis es el que la ciencia forcluye, este sujeto no puede desgajarse de toda responsabilidad porque esa irresponsabilidad escudada tras determinismos inconscientes y traumas infantiles no es otra cosa que el retorno en lo real de esa forclusión
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Notas