Editorial
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Anuario Colombiano de Derecho Internacional, vol. 8, pp. 11-15, 2015
Universidad del Rosario
Para la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario y para la Asociación Cavelier del Derecho, es un gusto presentarle a la comunidad académica este volumen 8 del Anuario Colombiano de Derecho Internacional (ACDI).
El presente volumen, como ya es usual, publica temas novedosos y de actualidad relacionados con las diferentes áreas del derecho internacional. En este sentido, nos complace presentar los siguientes autores y los temas de sus contribuciones.
El primer artículo es el del profesor Rubén Cardoza Zúñiga, del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM) de México, quien nos presenta un interesantísimo análisis en “El uso de armas químicas en Siria, un desafío para el derecho internacional”. En “este artículo analiza las acciones tomadas por la comunidad internacional, a través de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) y del Consejo de Seguridad, sobre la amenaza que representa el hecho de poseer y, sobre todo, de usar armas químicas en contra de la población, como una reacción enérgica por parte del gobierno de Siria, violando las normas y principios más elementales del derecho internacional y del derecho internacional humanitario”.
A continuación, los profesores Fabián Augusto Cárdenas y Oscar Orlando Casallas hacen un análisis muy interesante relativo a un tema tradicional del derecho internacional, pero que siempre estará presente, como es la costumbre internacional. Su título es “Una gran medida de opinio juris y práctica estatal al gusto: ¿la receta de la costumbre internacional contemporánea?”. En este artículo, los autores consideran que “la práctica social internacional del derecho internacional contemporáneo no corresponde totalmente a la práctica que existía al momento del establecimiento de la CIJ. El mundo de 1945 definitivamente no es igual al del siglo XXI. Esta realidad ha transformado indudablemente el derecho internacional y cada uno de sus componentes vertebrales, incluyendo la teoría de las fuentes y sus diversos tipos. Desde tal perspectiva, la presente investigación busca revisar el concepto tradicional de la costumbre internacional mediante el estudio de sus dos ingredientes, en particular de la opinio juris, la cual será puesta a prueba a través del uso de literatura y jurisprudencia jurídicas contemporáneas”.
El tercer artículo que presentamos es el del profesor Julio Jorge Urbina, de la Universidad Santiago de Compostela (España). En este artículo, denominado “Actores no estatales y externalización de las funciones militares en los conflictos armados: los contratistas privados ante el derecho internacional humanitario”, el autor hace un detallado análisis de “la proliferación de actores no estatales en los conflictos armados contemporáneos, [lo que] constituye un desafío para la aplicación del derecho internacional humanitario. Entre estos actores, los contratistas privados han adquirido un especial protagonismo por las tareas que llevan a cabo y por el personal desplegado en zonas de conflicto, hasta el punto de que su presencia se ha hecho prácticamente indispensable. Pero este protagonismo está planteando, entre otros problemas, la necesidad de definir el régimen jurídico al que están sometidas estas empresas y su personal para acabar así con la incertidumbre jurídica que rodea sus actividades”.
Finalmente, presentamos el artículo del profesor de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá Rafael A. Prieto Sanjuán, quien nos brinda una visión de la sentencia del 19 de noviembre de 2012 en el caso entre Nicaragua y Colombia ante la Corte Internacional de Justicia. En efecto, en el artículo“À vous la terre, et à vous la mer: à propos de l’étrange sens de l’équité de la CIJ en l’affaire du Différend territorial et maritime (Nicaragua c. Colombie)”, el profesor Prieto considera que la Corte hizo uso de lo que él denomina una extraña visión de la equidad, en la que ‘mutiló’ el archipiélago de San Andrés sin tener en cuenta los derechos de la población que habita estas islas.
Como podrán darse cuenta, los artículos que exponemos en el presente volumen hacen rigurosos análisis de temas de actualidad que esperamos disfruten, así como nosotros disfrutamos su preparación.
Ahora bien, bajo la perspectiva del derecho internacional, el año 2014 fue un año en el que hubo una serie de hechos que se convierten en un reto para esta área del derecho. A continuación, haremos un recuento de algunos de esos hechos que, de una u otra forma, han logrado que el derecho internacional sea un área del derecho de análisis obligatorio.
Como bien nos podemos dar cuenta, el derecho internacional tiene cada día un mayor movimiento, lo que obliga a que sea siempre un factor de análisis que debe ser tenido en cuenta por la población en general.
Por último, quiero agradecerles a todos mis colegas del área del derecho internacional de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, sin ellos el trabajo del Observatorio no sería posible; al profesor Walter Arévalo por su gran dedicación y apoyo a la revista, y a Verónica Bermúdez, asistente editorial de esta revista, quien es pieza fundamental en todo el proceso de creación y de edición. Así mismo, a Juan Felipe Córdoba y a todo su equipo del Centro Editorial.
Notas de autor