
Recepción: 27 Mayo 2022
Aprobación: 25 Octubre 2022
Resumen: El objetivo de este artículo es comprobar la hipótesis de Bonvin y Farvaque, según la cual una de las condiciones de base de la economía social de Mercado, el principio de subsidiariedad, en particular la responsabilidad, no está dada en las sociedades. Para ello se retoman las aportaciones recientes de algunos autores que sostienen que la responsabilidad no está presente en el sector laboral en México y se trabaja con información de la encuesta Responsabilidad en el Trabajo realizada como proyecto de investigación por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía de México. Entre los hallazgos, sorprende el bajo nivel de responsabilidad autrui y de responsabilidad anterior del contexto laboral, así como el de responsabilidad posterior del trabajador.
Palabras clave: responsabilidad, agencia, economía social de mercado.
Abstract: The objective of this article is to test the hypothesis of Bonvin and Farvaque which states that one of the basic conditions of the social market economy, the principle of subsidiarity, in particular responsibility, is not present in societies. For this purpose, we rely on the recent contributions of some authors, who argue that responsibility is not present in the labor sector in Mexico, and on the survey Responsibility at Work carried out as a research project by INEGI. Particularly surpri- sing is the low level of autrui responsibility and prior responsibility of the labor context, as well as the subsequent responsibility of the worker.
Keywords: responsibility, agency, social market economy.
Introducción
La economía social de mercado (ESM) propuesta por Ludwig Erhard, Alfred Müller-Armack, Walter Eucken, Franz Bohm, Friedrich von Hayek, Wilhelm Ropke and Alexander Rustow (ver a Peacock y Willgerodt, 1989), trata de conciliar a la vez la economía de mercado, se presenta como la mejor manera de asignar los recursos escasos y la justicia social. La ESM subsiste dentro de una economía de competencia perfecta y tiene por objetivo combinar la iniciativa privada y el progreso social. Las ventajas de la economía de mercado, como el de la libertad económica y de igual manera el progreso técnico, se encuentran íntimamente ligadas a los objetivos sociales que persigue la ESM, así como las altas tasas de empleo, el seguro social para todos, etcétera. Para ello, es necesaria la participación del Estado como vigilante o garante del orden económico y social. El orden económico reposa sobre el liberalismo, lo que hace necesaria la presencia de un Estado fuerte con autoridad en el plano reglamentario, y que controle las fallas del mercado.
En este artículo se abordará con especial énfasis uno de los valores que promueve la ESM y que está contenido en el principio de subsidiariedad que significa la primacía de la auto responsabilidad del individuo; responsabilidad de la sociedad para cada uno de sus miembros y la capacidad de auto ayuda. Estos elementos que construyen el principio de subsidiariedad han sido recientemente rescatados en una crítica al Estado de Bienestar por Bonvin y Farvaque (2004). Estos dos autores, en conjunto con el amplio debate en torno a la teoría de la Justicia de Rawls, así como las mutaciones del concepto de Estado de bienestar en Occidente, subrayan que la responsabilidad es un elemento teórico clave dentro del desarrollo actual de las políticas sociales. Critican el postulado que asegura que la responsabilidad está dada y es homogénea dentro de una población, tal y como lo pretende Rawls, de aquí que ven la necesidad de que la responsabilidad sea el resultado de las políticas públicas en Europa occidental.
En el presente artículo se pretende subrayar la importancia de la responsabilidad y de igual manera mencionar que es considerada como una condición base para que un sistema como el de la ESM tenga éxito en mejorar el bienestar de una población. Por otro lado, se pretende comprobar que en el sector laboral en México no se encuentra presente está condición de base. Para ello se retoman los estudios realizados por Nebel y Herrera (2017, 2018), Herrera y Díaz (2017), Herrera y Díaz (2018 y 2020) quienes proponen y miden tres categorías de responsabilidad a saber: la responsabilidad posterior (que fluye de la acción hacia el sujeto), la responsabilidad anterior (desde el sujeto hacia la acción), y la responsabilidad autrui (surge desde el otro), en el sector laboral en México y encuentran que estas son muy bajas particularmente la responsabilidad autrui, la responsabilidad anterior del contexto laboral y la responsabilidad posterior del trabajador.
Se pone un interés especial en el sector laboral mexicano, ya que en este se desenvuelven cerca de 55 millones de trabajadores, de igual manera dentro del sector existe precariedad en el empleo que se puede manifestar de diversas formas como, por ejemplo, bajos salarios, bajas prestaciones, jubilaciones precarias, pobreza, pérdida del poder adquisitivo, etcétera (CEPAL, 2011; Herrera y Díaz, 2018). La relación entre pobreza laboral y responsabilidad ya se ha trabajado en varios artículos (véase Nebel, Herrera y Díaz, 2017; Herrera y Díaz, 2018 y 2020a y Herrera, De Jesús y Mejía, 2020).
Como se observa, si se carece de esta condición, una ESM que está basada en el mercado podría solo aumentar las brechas de las desigualdades en México, ya que como bien es conocida la discusión en economía de bienestar, el modelo de mercado de Pareto provoca desigualdades, pues elige situaciones en las cuales es suficiente que uno se encuentre mejor, mientras que los demás estén peor que antes. Por eso se hace hincapié en la necesidad de desarrollar la responsabilidad moral en este sector para lograr un mejoramiento efectivo de problemas sociales como exclusión social, pobreza, mala distribución del ingreso, entre otros.
De forma contraria, por ejemplo, cualquier intento de elevar los salarios, las peticiones a base del voto podrían ser manipuladas por los sindicatos, las empresas o los grupos más fuertes. O en todo caso el dinero destinado en cualquier contexto laboral para mejorar las instalaciones o las carreteras, podrían desviarse de su destino último, etcétera.
Para ello, el objetivo principal se centra en los principios de base, de los cuales parte la ESM, en donde se profundiza y se hace notar la importancia de la responsabilidad, después se mostrará el resurgimiento en Europa del concepto de responsabilidad y el papel del Estado. Más adelante se analizará la situación del sector en México, posteriormente se evaluará si es que México cumple con el principio de subsidiaridad y se hará uso de los datos de la encuesta nacional de hogares de 2014, su módulo especial de la responsabilidad en el trabajo, y finalmente se darán las conclusiones.
1. Los principios y valores del modelo Socioeconómico de Economía Social de mercado
Dentro de este apartado se retoman algunas definiciones y principios de la economía social de mercado. Por un lado, Alfred Muller-Armack (1959) la define como un ordenamiento económico que permite equilibrar la libre iniciativa con un avance social asegurado por el rendimiento de una economía de mercado dentro de un proceso de desarrollo social y económicamente integrado (Rösner, 2012). Los objetivos pilares de la ESM reposan esencialmente sobre los principios constituyentes del ordo liberalismo, tal y como fueron formulados por Walter Eucken. Fueron precisados y pulidos en los trabajos de Erhard y de Müller-Armack sobre la ESM y al mismo tiempo fueron parcialmente incluidos en la ley sobre la promoción de la estabilidad del crecimiento económico de 1967 en Alemania.
Estos principios son complementados por una serie de valores, como bien lo ve Rösner, responden a los valores del modelo del Estado Social, que son la libertad personal, el principio intermediario de subsidiariedad y el de solidaridad tanto en el sentido horizontal como vertical. A nosotros nos interesa estudiar únicamente el principio de subsidiariedad, éste se refiere a la abdicación del Estado en el cumplimiento de su deber para lograr el bienestar social y está constituido por tres postulados:
1. El postulado de delegación, que significa la primacía de la auto-responsabilidad del individuo.
2. El postulado de asistencia social, que engloba la responsabilidad de la sociedad para cada uno de sus miembros.
3. El postulado de reducción, que considera la asistencia para recobrar la capacidad de autoayuda
Según Franke y Gregosz (2013) la economía social de mercado alienta, entre otras cosas, a la responsabilidad individual y subraya la importancia del apoyo del grupo social de referencia, la familia y en caso de que esta subsidiariedad llegara a fallar entonces entraría en acción la sociedad solidaria.
Rösner argumenta también que una idea medular dentro de la ESM se centra en crear un conjunto armónico y equilibrado de los ordenamientos políticos económicos y sociales, basados en un consenso sobre los fines humanos de libertad, solidaridad y justicia social, los valores y normas éticas deben de ofrecer a los ciudadanos pautas de orientación, “una burbuja ética” para evaluar y dirigir la conducta y acciones propias, así como las de los demás. Ninguna sociedad se puede manejar sin contar con una adecuada base común de valores. Enseguida se encuentra la noción derivada a la responsabilidad del individuo y la responsabilidad de la sociedad. Y surge la siguiente pregunta: ¿cuál es la importancia de la noción de responsabilidad en Europa actualmente?
2. El resurgimiento del principio de subsidiariedad, como un aspecto importante pero no necesariamente dado
El principio de subsidiariedad ha sido recientemente rescatado, aunque indirectamente, por algunos autores, tales como Bonvin y Farvaque (2004), Robeyns (2005), Ballet, Banzin y Mahieu (2007, 2014), quienes hacen hincapié en el aspecto normativo del concepto de responsabilidad.
Bonvin y Farvaque (2004: 18-19) al preguntarse sobre el objetivo del Estado Social, justamente se tropezaron con la idea de que existen obligaciones con los derechos sociales otorgados. Sólo hay derechos si se reconocen deberes. Por ejemplo: el reconocimiento de un derecho a una prestación material no permite restaurar la equidad social. Es decir, alguien que goza de un beneficio social cualquiera, no necesariamente aumentará su bienestar si este no utiliza el beneficio de manera responsable.
Bonvin y Farvaque (2004), retoman el amplio debate en torno a la teoría de la Justicia de Rawls (1971) así como las mutaciones del concepto de Estado de bienestar en Occidente, dicen que el concepto de responsabilidad es un elemento teórico clave para el desarrollo actual de las políticas sociales, su reflexión comienza con los críticos de la teoría de la justicia (Dworkin, 1981; Cohen, 1989; Arneson, 1989; Sen, 1992; Roemer, 1995). Estos últimos debatieron la repartición de bienes primarios propuesta por Rawls y su supuesta capacidad de lograr una igualdad de oportunidades. Varios elementos teóricos fueron considerados y examinados para criticar la idea de Rawls. Dworkin (1981) postulaba que la repartición de bienes primarios extendidos a todos desconoce la heterogeneidad de los talentos naturales de cada individuo (natural endowments). Sen (1992), desde el enfoque de capabilidades, afirma que la igualdad de oportunidad no se puede lograr porque la repartición de bienes primarios ignora la diversidad de valoraciones dada a los “conjuntos de capabilidades por cada individuo”. Por otro lado, Roemer (1995) corrige a Rawls y desarrolla el rol del” empeño personal” y de los “méritos” respectivos de cada individuo.
Bonvin y Farvaque (2004) subrayan que cada uno de los autores ya mencionados rechazan una de las premisas de Rawls, la idea acerca de que la distribución social de responsabilidades sea homogénea. La “igualdad de oportunidades” que tendría que generar la disposición universal de bienes primarios supone efectivamente que cada agente tenga una misma responsabilidad; es decir, que exista en una población dada: a) una misma e igual facultad para ser y hacerse responsable tanto de sí mismo como de sus actos y b) una misma e igual práctica uniforme de la responsabilidad (Arneston, 1989). En otras palabras, la facultad de ser libre y responsable (como parte de nuestra condición humana) conforma un presupuesto antropológico de Rawls; un hecho anterior y preexistente a su “división social de la responsabilidad”. Al igual que existe detrás del velo de ignorancia una común racionalidad, existe también una igualdad de responsabilidad; en ningún momento la racionalidad o la responsabilidad son considerados como los posibles resultados de políticas públicas (Bonvin y Farvaque, 2004).
Si se toma un enfoque principal en el rol y objetivo del Estado social en Occidente, se puede notar que éste tropezó precisamente sobre la existencia de obligaciones correlativas a los derechos sociales otorgados. Solo hay derechos si se reconocen primero deberes. Arneston (1989), subraya que las diversas formas de dependencia racional (dependency trap) hacia prestaciones del Estado social demostraron que estas no podían ser sencillamente consideradas como carencias, que un derecho a una prestación social podría mecánicamente compensar. Compensar materialmente – frecuentemente de forma monetaria – una injusticia real sufrida por un individuo no es suficiente para subsanar su origen personal o estructural. El reconocimiento de un derecho a una prestación material no permite restaurar la equidad social comprometida. Interviene de manera crucial la responsabilidad del asegurado y esta responsabilidad ligada a cómo utilice su beneficio social determinará en última instancia el éxito de la prestación. Estos fueron algunos de los elementos que pusieron de relieve autores como Giddens (1998), Bovens (1998), para proponer una reforma del paradigma de Estado social. Sus trabajos entablan la necesidad de girar el objetivo de las políticas sociales.
Estas ya no deben ser vistas como prestaciones que vienen a subsanar una injusticia pasada, sino como fomentos de una igualdad futura por medio de incentivos que vienen al encuentro –pero no se substituyen– a la responsabilidad de cada individuo. De manera muy pertinente Bonvin y Farvaque (2004: 19) puntualizan lo siguiente:
[…] en un semejante enfoque, la responsabilidad ya no es un algo dado, pero aparece como uno de los objetivos de la acción pública […] En esta perspectiva, el mandato de las instituciones sociales de bienestar también consiste en agregar y crear la información relevante de tal manera a que esta permita a la población ser más responsable”1.
Estos trabajos en torno a la justicia y al estado social ponen de relieve la importancia crucial que tiene la forma en la cual la responsabilidad está presente en una población.
Se retoman los aportes recientes del enfoque de capabilities de Crocker (2009), Nebel y Herrera (2017, 2018), quienes insisten que hay una preeminencia no absoluta de la responsabilidad sobre el resto de las capabilidades. De manera análoga, ya que la responsabilidad implica una parte normativa importante, esta podría ser vista como una preeminencia sobre resto de los principios en el marco de la ESM. Sin responsabilidad no puede haber libertad, solidaridad, ni justicia social. Pero cómo se entiende aquí a la responsabilidad. La responsabilidad, dice Robeyns (2005), es la forma en la cual una persona acepta y se compromete en la realización de un fin y/o deber.
Ballet, Banzin y Mahieu (2007, 2014) han trabajado mucho esta noción de responsabilidad y dicen que la valoración que dan los individuos a su libertad aparece en la forma en la cual desprenden estos sus responsabilidades (Nebel y Herrera, 2017, 2018). Nebel y Herrera (2017, 2018), dicen que la noción de responsabilidad describe precisamente a la responsabilidad como el proceso de efectuación de la libertad por un sujeto ético; describe la libertad en cuanto es usada por el sujeto como sujeto. Un ejemplo de un individuo que no considera su actuar libremente como un sujeto ético, sería el caso del enriquecimiento ilícito, o la falta de compromiso ante los empleados o la falta de responsabilidad de un empleado antes sus compromisos y obligaciones. La responsabilidad ayuda a determinar cuáles son los fines, deberes y/o obligaciones de un individuo, dentro de sus diferentes ámbitos: social, laboral, familiar, educativo, político etc. Se puede leer en la literatura especializada (Ballet, Banzin y Mahieu, 2007, 2014; Nebel y Herrera, 2017, 2018), que en un individuo se pueden manifestar tres tipos de responsabilidades.
a. La responsabilidad posterior: la responsabilidad en cuanto mediación de la relación así mismo (en cuanto me reconozco sujeto de una obligación/promesa).
Bovens (1998, 29-31) dice que la responsabilidad posterior considera la relación que existe entre un acto y un sujeto. Empieza por determinar lo que se hizo o lo que se podría hacer, para luego buscar su causa, es decir, asignar este acto a una persona como siendo su autor. Es un proceso reconstructivo. Sale de la acción para ponerse en busca de un sujeto que pueda ser designado como su autor. Identifica una persona que tiene la responsabilidad de tal acto particular, de tal manera que investiga lo que hubo de libertad y de debida prudencia cuando se cometió. En otras palabras, considera la relación de un acto (tanto pasado como futuro) a un sujeto para determinar el nivel de libertad con el cual fue/sería cometido. La asignación de una responsabilidad por lo tanto no es meramente causal, pero involucra medir el grado de libertad, conciencia y prudencia con el cual fue cometido.
En resumen, la responsabilidad posterior considera la relación del acto real o hipotético a su autor, investigando el nivel de libertad con el cual fue cometido y establece las obligaciones que conllevan para el sujeto este acto.
b. La responsabilidad anterior: la responsabilidad en cuanto mediación de la relación a nuestros actos (en cuanto respondemos de ellos).
Por responsabilidad anterior, entendemos la capacidad del sujeto para asumir obligaciones o compromisos morales. En otras palabras, la responsabilidad que permite a un sujeto comprometerse a futuro ante sí mismo y otros2. Esta responsabilidad es constituida como la contraparte de la obligación kantiana. Frente al imperativo categórico–“¡tu debes!”– debe de estar un yo3 que se reconozca capaz de asumir este deber, una persona en otras palabras que responda a la obligación afirmando –“sí, yo lo haré”. Al deber kantiano corresponde una antropología de la responsabilidad. Así “ser responsable de…” implica la facultad del sujeto para “hacerse responsable”. Es esta capacidad del sujeto para asumir el deber que lo constituye como sujeto ético; sin responsabilidad no existe un sujeto moral (Cortina, 2007; Crocker, 2009 y Ballet, 2014).
c. La responsabilidad autrui: la responsabilidad en cuanto mediación de la relación hacia los demás (el otro que me convoca a la responsabilidad).
El fundamento de esta responsabilidad no está en la autoconsciencia del cogito sino en la alteridad de la cara del otro que me llama a ser responsable. Según el filósofo francés Levinas la consciencia moral no surge de la conciencia de sí cartesiana. Sino que es la cara del otro –en su alteridad absoluta, no reducible a mí propia subjetividad– que me llama a responder a una exigencia de justicia que me precede absolutamente4. La responsabilidad es aquí por lo tanto un llamado desde el otro, cual reivindicación de justicia me precede siempre y que despierta en mí, a modo de respuesta al llamado, mí ser-responsable. Para Levinas nazco como sujeto ético a partir de este llamado.5
3. Situación de empleo y pobreza laboral en México
La población económicamente activa (PEA) en México está formada por 59.5 millones de personas, según datos de INEGI (2022). La tasa de desocupación en lo que va del año en 2022 es de 4.39 en promedio en porcentajes de la PEA, es decir que hay cerca de 26 millones de personas en el desempleo, además INEGI estima que 28.6 personas trabajan en el sector informal. Cabe señalar que en México se trabajan oficialmente 44 horas a la semana, según el art. 61 de la Ley Federal del trabajo. Mientras que en países como en Alemania, las horas oficiales son 37.2 horas semanales.
CONEVAL (2022), publica datos del poder adquisitivo del ingreso laboral real (PAIPCR), en estos datos se pueden ver que las zonas urbanas muestran un PAIPCR más elevado relativamente al de las zonas rurales, de casi 3 veces. La gráfica 1, muestra estos datos de 2005 a 2018, se aprecia que el PAIPCR ha disminuido particularmente el de la PEA urbana, tuvo su nivel más alto entre 2006 y 2007 y su nivel más bajo a finales de 2014, después de 2014 subió ligeramente, pero no recuperó los niveles alcanzados en 2006.
Los estados que tienen el mayor porcentaje son Chiapas, Guerrero y Oaxaca y los estados siguientes son: Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas. Los estados con un menor porcentaje son Baja California, Baja California Sur, Colima, Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León, Sinaloa y Sonora.
Lo importante ahora es ver el porcentaje de la población con ingreso laboral inferior al costo de la canasta alimentaria nacional (gráfica 2), el mayor porcentaje se ubicó en el segundo trimestre de 2020. En general, el porcentaje de personas con un ingreso inferior al costo de la canasta básica es muy alto, el urbano está cerca de 60% promedio de la población y el rural cerca de 35% promedio de la población

En la gráfica 3 se pueden ver los estados que tienen el mayor porcentaje de la población con ingreso laboral inferior al costo de la canasta alimentaria.

En la gráfica 4 se puede apreciar las líneas de pobreza por ingresos6 y las líneas de pobreza extrema por ingresos7, que han aumentado mensualmente. La línea de pobreza urbana ha tenido un aumento de 2,000 pesos de 2005 a 2021, considerando el ingreso laboral en el ámbito urbano las personas después comprar la canasta alimentaria se quedan sin ingreso laboral.
Es especialmente preocupante la línea de pobreza extrema para el ámbito urbano ha aumentado aproximadamente en 1,00 pesos, pues no les es posible a los trabajadores que están en esta línea acceder a la canasta básica. La línea de pobreza en el ámbito rural ha aumentado en 500 pesos. Sin embargo, en marzo del 2019 registró una disminución. Sobre la línea de pobreza extrema para el ámbito rural, se puede afirmar que existe una tendencia constante, no obstante, últimamente ha aumentado.

Como se ha podido ver, existe una pobreza evidente por ingreso en el sector laboral en México y a nivel Estado los más pobres son: Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.
4. Los niveles de responsabilidad en México
Con el fin de evaluar si existe o no responsabilidad en el contexto laboral y que se asegure el éxito de las mejoras en este sector en México, se van a retomar los resultados de los trabajos realizados en 2017 por Nebel y Herrera (2017), Herrera (2018), Herrera et al. (2017) y Herrera y Diáz (2020). Cuando se hace referencia al contexto laboral es en específico a todos los lugares donde trabaja una persona en México, es decir el Gobierno, las instituciones públicas y privadas, las empresas públicas y privadas y el sector informal.
Para Nebel y Herrera (2017, 2018), la responsabilidad no es una cantidad fija, sino una facultad que se ha desarrollado a lo largo de nuestra existencia. La responsabilidad es el fruto de un aprendizaje, es el resultado de un trabajo sobre nosotros mismos. La responsabilidad no es por lo tanto un bien que pudiera considerarse como adquirido pasado una cierta edad. Si todo el mundo posee responsabilidad, no podemos presuponer que todos la actualicen de la misma manera o que la dominen del mismo modo. Nacemos libres, pero hemos de hacer nuestra esta libertad.
Herrera et al. (2017) muestran que los argumentos de Dworkin (1981), Cohen (1989), Arneson (1989), Sen (1992), Roemer (1995) y Bonvins y Farvaque (2004), sobre el hecho que la responsabilidad no está dada de forma natural y que no es homogénea en una población son correctas para el sector laboral en México. Para comprobarlo aplicaron un cuestionario a la PEA en México en 2014, 3220 personas fueron encuestadas, con edad entre 12 y 65 años que forman parte de la población económicamente activa en México.
Nebel y Herrera (2017, 2018) consideran, por un lado, la responsabilidad del trabajador (RT) y por el otro la responsabilidad del contexto laboral llamado también “empresa” (RF). Una empresa es entendida aquí como el lugar donde trabaja una persona, esta puede ser una insti- tución pública o privada o bien una empresa pública o privada. Para medir la responsabilidad se asignaron valores entre 0 y 1. Solo niveles elevados de responsabilidad permiten a una persona ser funcional y son calificadas con un score de 1. Niveles bajos son disfuncionales o patológicos y son calificadas con un score de 0.
Las tres modalidades de responsabilidades que se han expuesto describen efectivamente tres formas de relaciones (relación al otro, Resp_autrui; a sí-mismo, Resp_posterior; a sus acciones, Resp_anterior). Por lo tanto, se ha estimado que un individuo que no logre alcanzar 75% dentro de cada una de estas categorías presenta para los demás un riesgo, que compromete la cualidad de estas relaciones y por lo tanto su durabilidad. No es posible sustentar una relación sobre el largo plazo en el ámbito profesional con una persona que evade sus responsabilidades (15%).
Una persona puede estar en una zona de fragilidad (75-50%), una zona grave (50-25%) y una zona claramente disfuncional o patológica (25-0%). Un ejemplo permite dejar esto claro. Una persona que sólo reconocería ser responsable de lo que realmente cometió de vez en cuando (menos de 50%) no funciona en una empresa (institución pública/privada o empresa (pública/privada). De la misma manera quien no es capaz de proyectarse a futuro y ser fiel a lo que se comprometió más del 50% de las veces constituye un problema para una empresa. Así es como se propone la escala siguiente (cuantitativa/cualitativa) para leer los resultados obtenidos.
Anteriormente se comenta que para poder identificar que hay responsabilidad y que se pueda asegurar el éxito de mejoras sociales es necesario alcanzar simultáneamente responsabilidad individual y responsabilidad en el contexto laboral, esto se puede representar gráficamente de la siguiente manera:

En la gráfica anterior el eje horizontal representa la responsabilidad del trabajador RT y en el eje vertical la responsabilidad en el contexto laboral marcado con RF. Se puede observar 4 posibles situaciones. En el punto C, el RF es responsable por arriba de 0.75, en el punto D, el RF no es responsable por debajo de 0.75. En el punto B, el RT es responsable por arriba de 0.75, dentro del rectángulo D, por debajo de 0.75 no es responsable. Solo dentro del cuadrado amarillo se puede decir que existe responsabilidad de RT y RF, alcanzando su punto máximo en A.
Por debajo de 0.75 el contexto laboral genera externalidades negativas pues al no importarle sus actos ni sus consecuencias puede estar, por ejemplo: contaminando, lo cual impide que haya mejoras sociales, como podrían ser: mejores prestaciones para sus empleados, o mejores condiciones de trabajo. Pero también los empleados que están por debajo de 0.75 son personas que no son eficientes en un contexto laboral cualquiera, pueden estar incumpliendo en sus obligaciones, o vendiendo cosas ilícitas, o haciendo actos que perjudiquen a sus compañeros.
Como se puede ver, sin esta condición de base no es posible pensar en mejoras laborales, pero también esta falta de responsabilidad podría estar provocando ineficiencias e impedir aumentos en el empleo, cuando no está presente del lado del contexto laboral. Pues es claro que los efectos sobre los demás no son considerados, como en el caso donde con el fin de bajar costos, se opte por un progreso técnico que sustituya mano de obra por máquinas y que esto provoque desempleo masivo.
5. Evaluación de la presencia de responsabilidad en el sector laboral en México
5.1. La responsabilidad por Entidad Federativa
Los siguientes resultados fueron calculados en los datos de la encuesta de hogares de 2014, del módulo especial sobre responsabilidad del trabajo, el cuestionario fue diseñado por Nebel y Herrera (2018).
En la tabla 1 se presentan los resultados de responsabilidad promedio nacional en sus tres categorías: Responsabilidad Posterior, Responsabilidad Anterior y Responsabilidad Autrui, tanto del contexto laboral como del trabajador. Aquí se exponen las respuestas de lo que se denomina la responsabilidad ideal y la real. La primera captura el discurso o lo que se desearía que fuera y la real captura lo que es. Entonces solo se describirá la responsabilidad real, al mismo tiempo se puede observar que los resultados son heterogéneos y que sobre todo existe un bajo nivel de responsabilidad autrui del contexto laboral y un bajo nivel de responsabilidad posterior del trabajador. Esta estructura en los niveles de responsabilidad aparece siendo la misma en todos los estados de la República, como se puede ver en la tabla 1delanexo I.
De estos primeros resultados agregados de la tabla 1, se ve que el contexto laboral valora la responsabilidad posterior y la responsabilidad anterior mientras que es de poca importancia la responsabilidad hacia los demás, es decir poco importan los efectos de los actos hacia los otros (o las externalidades). Otra interpretación es que el contexto laboral no estimula el trabajo colaborativo en la realidad o en los hechos ya que los trabajadores dicen que les es posible realizar su trabajo sin pensar en los demás, el discurso del contexto laboral suele ser otro en muchas ocasiones.
Los trabajadores al contrario de los valores mostrados por el contexto laboral o empresa, valoran responsabilidad autrui a niveles muy elevados (así como Responsabilidad anterior), pero visiblemente temen o no aprecian responsabilidad posterior. Esto nos habla del rol arquitectónico de la responsabilidad autrui en la construcción de la responsabilidad humana. Se debe considerar aquí lo que significa este dato: a pesar de una Responsabilidad autrui del contexto laboral de 35%, los trabajadores valoran y actúan sobre la base de una Responsabilidad autrui de 93% (Overshooting 58% del nivel esperado). El nivel increíblemente elevado es alcanzado a pesar del contexto laboral o la empresa, de forma contraria se puede decir que es aquello que la empresa espera de sus trabajadores. No es aquí sólo un acto de resistencia hacia la organización o hacia las instituciones de trabajo, pero la afirmación que la responsabilidad que no valora la firma es de suma importancia para el trabajador, más que todo los otros tipos de responsabilidades.
Los trabajadores valoran la Responsabilidad Autrui pero evaden visiblemente Responsabilidad Posterior (49%). Cabe recordar que una cifra debajo del 50% tiene que ser considerada como no sostenible y económicamente desastrosa. Quizás sea esto el dato económico más preocupante de la encuesta. Si a nivel de la República, en el contexto laboral, los trabajadores sólo admiten ser los autores de un acto que cometieron en el 49% de los casos, la ineficiencia técnica que esto podría generar es enorme. Una organización, institución, llámese gobierno, escuela, empresa, etc., en México tiene que asumir que en la mitad de los casos los empleados (aquí son empleados a todos los niveles, gerentes, secretarias, contadores, obreros, etc) no van a hacerse responsables de sus actos, es más, van a evadir sus responsabilidades de manera activa, ya sea que se esconda el hecho, negándolo o inventando pretextos.
Herrera, Nebel y Díaz (2017) mencionan que este bajo nivel de responsabilidad posterior podría también no ser el resultado de una incapacidad de los trabajadores, sino más bien una forma de evasión de la responsabilidad, probablemente ligada a la implementación de la responsabilidad posterior dentro del contexto laboral en el que se desempeñan. La responsabilidad hacia nuestros actos (posterior) deriva efectivamente antropológicamente de la capacidad que tenemos de hacernos responsables de algo (anterior). El nivel alto de la responsabilidad anterior de los trabajadores (80%) implica por lo tanto que no se trata aquí de una incapacidad, sino más bien de una valoración negativa de la responsabilidad posterior. No se aprecia el hecho de hacerse responsable de sus actos en el ámbito laboral
¿Por qué? Quizás por una implementación sobre todo negativa de la responsabilidad posterior por parte del contexto laboral, es decir una implementación como sanción de fallos/errores, y no de manera positiva por medio de un reconocimiento de lo que se hizo bien o como apreciación de la toma de responsabilidad (incluso en el caso de errores asumidos).
Después, ya que la desviación estándar de la RT posterior es de 45% esto quiere decir que existen resultados individuales muy diferentes al respecto de esta responsabilidad. Sin embargo, parece que esta alta desviación estándar refleja la diversidad en términos de cualificación educativa de los puestos en la organización laboral como se retoma en el siguiente apartado. Mientras más elevado sea el nivel educativo, más elevado será el score de la R. posterior para un trabajador. Inversamente, también significa que, entre los trabajadores con poca educación, los niveles de responsabilidad posterior estarán todavía dramáticamente más bajos (evasión de responsabilidad hasta 80%).
5.2. La responsabilidad en México a nivel de entidad federativa
Para el siguiente análisis se tomará como ejemplo a 4 estados de la República Mexicana: Aguascalientes, Nuevo León, Colima y el Distrito Federal.
En la gráfica 7 se encuentra en el eje vertical el nivel de responsabilidad promedio del contexto laboral (RF) y en el eje horizontal el nivel de responsabilidad promedio de los trabajadores (RT). Al mismo tiempo se observa que por un lado no hay homogeneidad en los niveles de responsabilidad representados por los trabajadores y el contexto laboral y, por otro lado, vemos que subsisten empresas y trabajadores con bajos niveles de responsabilidad que se encuentran situados adentro del rectángulo D cerca del origen, mientras que existen también trabajadores y empresas con altos niveles de responsabilidad que se encuentran dentro del rectángulo A.
Como antes, los bajos niveles de responsabilidad mostrados por los puntos al interior del rectángulo D, son anclas que no permiten mejoras sociales en dicho sector. Para esto se rememora que la encuesta fue aplicada a nivel nacional a todas las personas que trabajan, por lo tanto aquí existen trabajadores de la industria, del sector público, sector educativo, etc. No es posible presuponer cuales son estos contextos laborales, por razones de confidencialidad, pero lo importante es que las empresas e individuos fuera del rectángulo A, especialmente las que están a dentro del rectángulo D, tienen que mejorar sus niveles de responsabilidad para que se cumpla con el principio de subsidiaridad según la ESM y asegurar así mejoras de las condiciones de empleo.
Dentro de la tabla 1 del anexo, se destaca que el nivel de responsabilidad posterior de los trabajadores en toda la República es muy bajo, particularmente para Chiapas y Guerrero. Las empresas o el contexto laboral en estos Estados que no tienen responsabilidad anterior son, en orden ascendente, Guerrero, Aguascalientes, Tlaxcala, Distrito Federal, Jalisco, Hidalgo, Campeche, Veracruz, Yucatán, Puebla, Estado de México y Nuevo León. En cuanto a la responsabilidad anterior del trabajador, los estados con los niveles más bajos son Jalisco, Zacatecas y Baja California Sur.

Finalmente, entre los tres tipos de responsabilidad, la más baja es la responsabilidad autrui del contexto laboral, los niveles son incluso más bajos que los de la responsabilidad posterior del trabajador y esto en todos los estados, particularmente para Tamaulipas, Querétaro, Chiapas y Colima. Un caso particular es el de Jalisco que no cuenta con cuatro categorías de responsabilidad.
5.3. Responsabilidad y educación a nivel nacional
Más arriba se menciona que el nivel de responsabilidad no está dado y es el producto de un aprendizaje, no se nace responsable, sino que es parte de un proceso en el que se llega a serlo. En este sentido en el siguiente cuadro se muestra los datos de responsabilidad por grado escolar. Y la primera característica a destacar es que nuestro sistema educativo no educa para ser responsables.
Si solo se toma en cuenta a las personas con nivel primaria y secundaria, se observa que la responsabilidad (RF) posterior y anterior son ligeramente más bajas en relación con los demás trabajadores que tienen mayor formación (Herrera y Díaz, 2018), así como la responsabilidad posterior del trabajador; por lo tanto, es posible decir que el sistema de educación obligatorio no educa para formar individuos responsables.

En la tabla 2 se encuentran los niveles de responsabilidad de las personas con niveles de maestría y doctorado. Los resultados sugieren que el nivel agregado la estructura de la responsabilidad sigue los mismos patrones que antes, pero con un ligero aumento en los niveles de responsabilidad autrui del contexto laboral y responsabilidad posterior del trabajador.
De igual manera se plasma la idea de que si se desagregaran más los datos. El resultado muestra que 67 personas con nivel doctorado y maestría tienen responsabilidad posterior con score de 1 y solo 18 de ellas dicen que el contexto laboral donde se desenvuelven tiene responsabilidad autrui con un score de 1.

Se puede decir que a través de la educación es posible ayudar al desarrollo de la responsabilidad. Lo que se observa en la tabla 3 es que existe responsabilidad anterior y autrui a niveles altos de educación es decir al nivel los estudios de maestría y doctorado. Pero que si bien aumenta el nivel de responsabilidad posterior en relación con el promedio nacional esta sigue siendo baja. Por lo tanto, es posible mencionar que a partir de los estudios universitarios se desarrolla la responsabilidad posterior en México, como bien se ve en las tablas 2 y 3.
Conclusiones
.
A través de la investigación se observa que en México existen todavía grandes retos en términos de responsabilidad. Existe claramente una falta de responsabilidad posterior y responsabilidad autrui de las empresas públicas y privadas, instituciones públicas y privadas y el sector informal (el sector informal ya que se entrevistaron a todas personas que dijeron estar trabajando mayores de 12 años), es decir por lo que es llamado aquí contexto laboral o empresas. Más arriba se expone que hay que preocuparse por elevar los niveles de responsabilidad anterior y autrui de las instituciones u organizaciones públicas y privadas y la responsabilidad posterior del trabajador.
Por lo tanto, es posible considerar que la responsabilidad es una condición de base que tiene que estar dada en una sociedad, sin ella una sociedad no puede pensar en alcanzar mejoras a nivel laboral. Esta falta de responsabilidad está representando un ancla para México para mejorar las condiciones de precariedad, pobreza, bajos salarios que presenta el sector laboral. Cada estado federal presenta sus características particulares, así que cada uno tiene su propia realidad de responsabilidad, se requiere de una participación o colaboración conjunta entre los ciudadanos, instituciones, empresas y Estado.
Es imprescindible que en una sociedad esté presente la responsabilidad tanto a nivel individual como en los diferentes contextos donde se desenvuelve el individuo: empresas públicas o privadas, familias, instituciones, gobierno, etcétera. La existencia o no de esta condición puede garantizar el éxito o el fracaso de políticas sociales. Evaluar la existencia o no de esta condición de base es un aspecto muy importante para los gobiernos.
Así, para asegurar que esta condición básica se cumpla el Estado mexicano debe poner atención en lo siguiente:
Evaluar si las personas y los contextos donde se desenvuelven tienen las condiciones necesarias para poder alcanzar mejoras en su bien- estar. Esto implica asegurarse que existe responsabilidad tanto a nivel individual como dentro de los contextos donde el individuo se desenvuelve (laboral, social, familiar, institucional, gubernamental etc.).
a. Evaluar si las personas y los contextos donde se desenvuelven tienen las condiciones necesarias para poder alcanzar mejoras en su bienestar. Esto implica asegurarse que existe responsabilidad tanto a nivel individual como dentro de los contextos donde el individuo se desenvuelve (laboral, social, familiar, institucional, gubernamental etc.).
b. Establecer obligaciones y compromisos, ligados a los derechos demandados y hacer efectivas las sanciones cuando los compromisos no se cumplen por parte de los diferentes actores.
c. Asegurarse que la responsabilidad sea el resultado de las políticas públicas. Por lo tanto, es difícil pensar en establecer un sistema basado en la Economía Social de Mercado (ESM) en México si el principio de subsidiariedad no se asegura antes. De lo contrario podrían aumentarse los problemas sociales en México, así como las brechas de las desigualdades. Ya que como bien se conoce la discusión sobre el modelo de mercado de Pareto, este provoca desigualdades pues elige situaciones en las cuales es suficiente que uno esté mejor, aunque los demás estén peor que antes.
Existen otras alternativas olvidadas, derivadas del paradigma de la Economía Civil, cuyos principios tendrían que rescatarse.
Referencias
Arneson, Richard (1989), “Equality and Equal Opportunity for Welfare”, Philosophical Studies, 56(1), pp. 77– 93.
Ballet, Jérôme, Damien Bazin, Jean-Luc Dubois y François-Régis Mahieu (2014), Freedom, Responsibility and Economics of the Person, Routledge, London.
Ballet, Jérôme, Jean-Luc Dubois y François-Régis Mahieu (2007), “Responsibility for each other’s freedom: agency as the source of collective capability”, Journal of Human Development, 8(2), pp. 185-201
Bonvin, Jean-Michel y Nicolas Farvaque (2004), “Social Opportunities and Individual Responsibility: The Capability Approach and the Third Way”, Ethique économique, 2(2), pp. 1-23.
Bovens, Mark (1998), The Quest for Responsibility, Accountability and Citizenship in Complex Organizations, CUP, Cambridge.
CEPAL (2011), Sistema de protección social en México a inicios del siglo XXI, Naciones Unidas, Chile.
Cohen, Gustave (1989), “On the Currency of Egalitarian Justice”, Ethics, 99(4), pp. 906-944.
CONEVAL (2022), “Medición de la pobreza”, Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, México. <https://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/PobrezaInicio.aspx>
Cortina, Adela (2007), Ética de la razón cordial: educar en la ciudadanía en el siglo XXI, (2ª. Ed.), Ediciones Nobel, Oviedo.
Crocker, David (2009), Ethics of global development. Agency, Capability and DeliberativeDemocracy, Cambridge University Press, Cambridge.
Dworkin, Ronald (1981), “What is Equality? Part II. Equality of Resources”, Philosophy and Public Affairs 10(4), pp. 283-345.
Franke, Siegfried y David Gregosz (2013), L’économie sociale de marché. Qu’est-ce que cela signifie concretement?, Konrad Adenauer Stiftung, Berlin, pp. 96.
Giddens, Antony (1998), The Third Way. The Renewal of Social Democracy, Polity Press, Cambridge.
Herrera-Rendón, María Teresa, Mathias Nebel y Miguel A. Díaz (2017), “Medición de la metacapabilidad de agencia en el ámbito laboral. Agencia, responsabilidad y bienestar en México”, Ethique et Economie, 14(2), pp. 26-57
Herrera-Rendón, María Teresa y Miguel Á. Díaz (2018), “La agencia como pre-condición para eliminar pobreza”, Cuadernos de Trabajo en Estudios Regionales en Economía, Población y Desarrollo, 45(1).
Herrera-Rendón, María Teresa y Miguel Ángel Díaz (2020), “La pobreza en México. Evolución reciente y perspectivas”, Ethique et Economie, 17(1), pp. 110-131.
Herrera Rendón Nebel, M. T.; L. De Jesús Almonte y P. Mejía Reyes (2020). “Agencia y Pobreza por entidad federativa en México”, Étique et économiqué/Ethics and Economics, 17 (2), pp. 38-64.
INEGI (2022). Encuesta Nacional de Hogares, Módulo especial sobre la Responsabilidad en el trabajo, Ciudad de México.
Nebel, Mathias y María Teresa Herrera-Rendón (2018), “Measuring the metacapability of agency: theoretical basis for creating a responsibility indicator”, en Comim Flavio, Shailaja Fennell y Anand P.B, New Frontiers of the Capability Approach, Cambridge University Press, Inglaterra.
Nebel, Mathias y María Teresa Herrera-Rendón (2017), “Midendo la meta-capabilidad de agencia: base teórica para la creación de un indicador de responsabilidad”, Ethique et Economie, 14 (2), pp 3-24.
Müller-Armack, Alfred (1959), “Soziale Marktwirtschaft nach einem Jahrzehnt ihrer Erprobung”, Zeitschrift für Wirtschaftspolitik, 8(2-3), pp. 7-22.
Peacock, Alan y Hans Willgerodt (1989), Germany’s Social Market Economy: Origins and Evolution, Pacgrave Macmillan, Bonn.
Rawls, John (1971), The Theory of Justice, Harvard University Press, Harvard. Ricoeur, Paul (1989), Soi-même comme un autre, Seuil, Paris.
Rösner, Hans (2012), Política de empleo y el mercado laboral en el marco de la Economía Social de Mercado, Serie 5, Economía Social de Mercado, Fundación Konrad Adenauer, Guatemala.
Robeyns, Ingrid (2005), “The Capability Approach: a theoretical survey”, Journal of Human Development, 6(1), pp. 93-114.
Roemer, John (1995), “Equality and Responsibility”, Boston Review, April/ May. https://www.bostonreview.net/forum/equality-and-responsibility/ [2 de mayo de 2016].
Sen, Amartya (1992), Inequality Reexamined, OUP, Oxford.
Ricoeur, Paul (1989), Soi-même comme un autre, Seuil, Paris.
Anexo I

Notas
Información adicional
JEL Classification: I31, O15, I32.