Bando, geografía y niñez en Argentina (1966-1983)

Ban, geography and childhood in argentina (1966-1983)

Viviana Masciadri *
Universidad de Buenos Aires, Argentina

Bando, geografía y niñez en Argentina (1966-1983)

La Colmena, núm. 89, pp. 67-91, 2016

Universidad Autónoma del Estado de México

Recepción: 16 Marzo 2015

Aprobación: 15 Octubre 2015

Resumen: A partir de los postulados de Giorgio Agamben, sobre todo en lo concerniente al homo sacer, se analizaron los instrumentos que usó el poder gubernamental argentino entre 1966 y 1983 para controlar a la población, particularmente a la niñez. Se recurrió a la asociación de las zonas geográficas militares y a la distribución geográfica de los hechos represivos a los integrantes de las familias de los jóvenes estudiantes universitarios y secundarios, obreros, sindicalistas y militantes. Se observó que la teología política y la teología económica originaron la violencia durante este periodo.

Palabras clave: fuerzas armadas, planificación, estadísticas demográficas, derechos humanos, dictadura.

Abstract: From Giorgio Agamben’s postulates, mainly in everything related to homo sacer, we analyzed the instruments used by governmental power in Argentina between 1966 and 1983 to control people, especially children. We used association of geographic military zones and geographic distribution of the repressive facts, the family members of the young high school and college students, union workers and activists. We observed that the political and economic theology supported violence during that period.

Keywords: armed forces, planning, demographic statistics, human rights, dictatorship.

El problema de la filosofía que viene es pensar una ontología más allá de la operatividad y del mando, y una ética y una política totalmente liberadas de los conceptos de deber y de voluntad Giorgio Agamben

INTRODUCCIÓN

El propósito de esta investigación es mostrar ciertos elementos precursores del control que el poder gubernamental argentino ejerció sobre la población, en particular sobre la niñez, entre 1966 y 1983. Asimismo, se establece un diálogo con dos trabajos anteriores de mi autoría: “Lectura agambeniana de la violencia contra niños en las dictaduras del Cono Sur” (2011), e “Interpretación agambeniana de la represión estatal a la niñez. Argentina, 1966-1976” (2014), ambos publicados por La Colmena.

Durante la Primera Guerra Mundial (19141918) el estado de excepción se extendió como paradigma de gobierno y auguró el avance del neoliberalismo en el mundo (Agamben, 2007). En la Segunda Guerra Mundial (1939-1945) se amplió la aplicación de los desarrollos tecnológicos alcanzados por las fuerzas armadas en ámbitos donde el tamaño y la escala organizacional requirieron el procesamiento de datos mediante el uso de máquinas (Seltzer, 1998). Con estos elementos precursores, el carácter conservador del Estado argentino se expresó en distintos ámbitos. En el Ejército dio origen a la Doctrina de Defensa Nacional (DDN) —una noción de guerra total o integral que fue “trasladada como concepción organizadora al campo político” por el peronismo—, y a la Doctrina de Seguridad Nacional (DSN) —contrapuesta a la anterior, y que dominó a partir de 1955— (Bernetti y Puiggrós, 1993: 46). En el Ministerio de Educación el conservadurismo se manifestó en la figura de Oscar Ivanissevich, fundamentalista católico e interventor en la Universidad de Buenos Aires desde el 30 de abril de 1946 hasta el 27 de mayo de 1949; secretario de Educación y ministro de Educación en el primer y segundo gobierno peronista, y durante el tercer periodo, en la presidencia de María Estela Martínez de Perón. Finalmente, encontramos una intención de control en textos y leyes de la época que identificaron las transgresiones al modelo occidental de matrimonio y buscaron el sostenimiento del orden funcional y natural de las cosas: la obra Demografía argentina. Esbozo de una política demográfica (1948); la transcripción de una parte de la conferencia “El potencial humano de la República Argentina” (1961) —que publicó la revista del Círculo Militar—; así como la derogación del divorcio vincular mediante el Decreto Ley 4.070 del 1 de marzo de 1956 —en suspenso desde esta fecha hasta junio de 1987—. En palabras de Agamben:

de la teología cristiana derivan en general dos paradigmas políticos, antinómicos pero funcionalmente conectados: la teología política, que funda en el único Dios la trascendencia del poder soberano, y la teología económica, que sustituye a ésta por la idea de una oikonomía, concebida como un orden inmanente —doméstico y no político en sentido estricto— tanto de la vida divina como de la humana (2008: 13).

Para quienes creían en la Providencia —el gobierno divino del mundo (Agamben, 2012a: 167) —, en este caso las Fuerzas Armadas (FF.AA.), el orden manifiesto en la familia y en la economía familiar debía protegerse de la agresión del comunismo ateo[1] por todos los medios. El concepto de guerra que utilizó el ejército hacía referencia a un sistema de acciones políticas, económicas, psicológicas y militares, cuyo objetivo era el control de la población. Para lograr esto último se estableció una ‘división cuadricular’ que imitaba la administración civil, facilitaba las acciones de comando[2] y posibilitaba el funcionamiento normal del ejército. Es así como se establece el “Plan militar para la defensa del continente americano contra la subversión interna dirigida y apoyada por el comunismo internacional”, el cual emanaba del nivel jerárquico más alto para intervenir en el área afectada toda vez que fuera necesario (Amaral, 1998: 182). Dicho plan se desplegó en tanto “violencia que se ejerce sobre las cosas” (Foucault, 2005: 52-54), con carácter secreto, de modo discontinuo, pero tenaz, en el periodo comprendido entre 1951 y 1983. Desde la perspectiva castrense esta medida respondió a la DSN.

Una de las funciones de la administración pública es la sistematización de todo tipo de información sobre los habitantes de un país para, por ejemplo, elaborar estadísticas demográficas, pero se desconoce el uso que se podría hacer de datos personales con fines militares pese a que se halla implícito en la Ley 17.622/1968. Esta última legislación derogó la Ley 14.046/1951, implantó a los Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas (CJFA) entre los órganos centrales de estadística y determinó que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) organizara un centro para el intercambio de información nacional e internacional (Masciadri, 2013). Entre las entidades destinadas al plan que desarrollaron acciones de comando[3] para el control de la población se encuentra la Dirección de Información y Sistematización de Datos (DISCAD), cuya figura fue ambigua puesto que persiguió la informatización de la administración nacional en el marco del “Sistema Nacional de Planeamiento y Acción para el Desarrollo”. La centralidad que la Ley 17.622 otorgó a los CJFA refleja, a su vez, tres manifestaciones concomitantes del concepto foucaultiano de gubernamentabilidad:

el conjunto de las instituciones, cálculos y tácticas que permiten al poder tomar a la población como objetivo principal de su ejercicio, que tiene como forma de saber predominante la economía política y por instrumento técnico los dispositivos de seguridad (Domingo i Valls, 2008: 11).

Una de las dificultades para realizar esta investigación tuvo que ver con el hecho de que al discurso militar se accede de manera fragmentaria, no sólo por la especificidad de la disciplina, sino también por la voluntad [4]que creía operar. Esta lógica de mando se adueñó de los espacios ligados a la cotidianidad y de todo el aparato estatal, lo cual le dio la posibilidad de emitir disposiciones de carácter secreto, confidencial o reservado, así como público con fines gubernamentales. De ahí que parezca poco factible concebir que mediante la puesta en relación de las zonas geográficas militares y la distribución territorial de los hechos represivos a la niñez se pueda aislar el plan en su dimensión múltiple. Sin embargo, si se vincula la selección sistemática de los ‘elementos humanos’ identificados como amenazas —aun cuando no hubieren nacido o fueran niños o adolescentes— con el aparato burocrático puesto en marcha para la seguridad y el desarrollo, no se puede negar lo que aconteció. Detalles de estas medidas se develaron hacia 1999 en el libro Memoria debida, el cual, entre cientos de pruebas, se utilizó en el Juicio por el Plan Sistemático de Apropiación de Niños (JPS) en 2012.[5]

DESPROPORCIONES

Según lo expuesto en el coloquio “La Política de Desapariciones Forzadas de Personas”, el cual se llevó a cabo en París (Mignone, 1981), desde el año 1974, y especialmente durante el periodo de la última dictadura militar, el Estado argentino organizó la dinámica represiva mediante dos niveles de normatividad: uno de carácter público —centrado en la legislación de excepción—, y otro secreto —constituido por órdenes y pautas de organización y acción emanadas directamente de los servicios de inteligencia y los comandos mayores de las Fuerzas Armadas (FFAA)—. Se podría interpretar que la teoría del paralelismo global se habría aplicado en términos generales a los Estados, y en el caso argentino, a un periodo que no se circunscribió sólo a 1974-1983 (Masciadri, 2011).

Una lectura incipiente[6] de documentos desclasificados permitió conocer el “Plan militar para la defensa del continente americano contra la subversión interna dirigida y apoyada por el comunismo internacional” o Decreto S 6.447/1963.[7] Aunque ha sido poco estudiado en relación con su importancia histórica, dicho documento determinó en muchos sentidos la gestión y el gobierno desde su dispersión jurídica —el periodo comprendido entre 1951 y 1983— hasta el presente. Es importante destacar que un plan militar se resume en un documento que contiene al mismo tiempo la apreciación y las “bases estratégicas para el empleo conjunto de las FFAA, así como las necesidades de movilización y desarrollo de las mismas” (RV-136-1, 1969: 305). Según esta cosmovisión, una estrategia en general “es la lucha de voluntades para resolver un conflicto”, mientras que una de tipo militar “deriva y es la parte de la estrategia nacional que consiste en emplear el poder militar para lograr los objetivos políticos mediante la aplicación directa o indirecta de ese poder, tanto en la paz como en la guerra” (RV-136-1, 1969: 166- 167). No hay que descartar el concepto que establece que el planeamiento militar se apoya en la “Apreciación y Resolución de Estrategia Nacional” y en el “Plan General de Desarrollo y Seguridad Nacional”. De modo que es importante tener en cuenta el vínculo entre el Decreto S 6.447/1963 y el S 1.646/1967, el cual retomó las bases para el Planeamiento Nacional del año 1965. Al mismo tiempo, el Decreto S 6.447/1963 remite al Decreto/Ley 328/1956 —que ratifica la Carta de la Organización de Estados Americanos—, y al Decreto S 263/1958 —“Plan militar general para la defensa del continente americano contra una agresión del bloque comunista”—.

ASPECTOS DESTACADOS DEL DECRETO S
6.447/1963
Información legislativa del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de Argentina

Sobre esas bases el presidente de facto, José María Guido,[8] promulgó el Decreto S 6.447/1963, el cual en su artículo primero aprobó el “Plan militar general para la defensa del continente americano contra una agresión del bloque comunista (PMGDCA)” de la Junta Interamericana de Defensa (JID), y sus anexos —Zonas de seguridad y bloques políticos; Áreas de importancia estratégica dentro del continente americano; Líneas de comunicaciones y áreas focales del tráfico marítimo del continente; Informaciones y contrainformaciones; Comunicaciones; Logística; Estandarización; Bases de coordinación—, para ajustar los planes de acción relacionados con aspectos específicos de la defensa colectiva del continente a cada país o grupo de países.

En 1968, el teniente general Juan Carlos Onganía,[9] entonces presidente, estableció:

Que la República Argentina ha reafirmado en las últimas reuniones interamericanas y en el seno de la Asamblea General de las Naciones Unidas, su firme decisión de oponerse por todos los medios a la agresión que el comunismo internacional está llevando a cabo por intermedio del castrocomunismo (Decreto S 1.827, 1968).

En efecto, el “Plan militar para la defensa del continente americano contra la subversión interna dirigida y apoyada por el comunismo internacional”, como forma de agresión que no constituye ataque armado, fue elaborado por la Junta Interamericana de Defensa como parte del “Plan militar general para la defensa del continente americano contra una agresión del bloque comunista” (Documento C-0266), el cual fue aprobado por el gobierno argentino en el Decreto S 6.447 del 1 de agosto de 1963. Es por eso que el dictador Onganía aprobó el Documento C-0333 y su Anexo 1, el cual se refiere al Plan de Inteligencia (Documento C-0334) de la Junta Interamericana de Defensa.[10] Hay que mencionar que dicha resolución antecede al Decreto S 1.012/1969 — que reemplazó el Documento C-0333 por el Documento C-0339 “Bases para el planeamiento militar de la defensa común”, el cual se ajustaría con más precisión al concepto de agresión comunista sustentado por el gobierno— y al Decreto S 3.089/1977 —que ratificó el Documento C-0332 “Plan militar para la defensa del continente americano contra la subversión interna…”—.

Como sostiene el coronel Horacio P. Ballester del Centro de Militares para la Democracia (CEMIDA),[11] entre los organismos que promovieron la DSN se encuentran la Junta Interamericana de Defensa (JID), creada en 1942; el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TRIAR), firmado en 1947; la Organización de los Estados Americanos (OEA), instituida en 1948; además de la Ley N°165/1951 del Congreso de los Estados Unidos para acordar pactos bilaterales conocidos como Programas de Ayuda Militar (PAM). Además de los ejércitos combinados, hacia fines de la década de los cincuenta la doctrina francesa de guerra contrarrevolucionaria o antisubversiva aportó los conceptos de ‘zona de defensa’, ‘subzona de defensa’ y similares, que la JID recomendó y que el ejército local adoptó. Por si fuera poco, en 1960 James Dyce Alger, comandante en jefe del Ejército Sur con sede en Fuerte Amador,[12] zona del canal de Panamá, propició vínculos con los ejércitos del hemisferio occidental. Esto se debió a que, según Ballester, la DSN sostenía una hipótesis[13] de guerra única: Oriente contra Occidente, donde en caso de lucha armada el peso recaía en Estados Unidos y sus aliados de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), mientras los países del Tercer Mundo debían subordinarse a lo pactado, siendo los responsables de “mantener el orden en el interior del propio país combatiendo la infiltración comunista y el desorden social resultante” (Congreso de la Nación, 1966).[14] No hay que olvidar que el término ‘Occidente’[15] se encuentra cargado de connotaciones particulares diversas, lo que desde la ‘historia de los conceptos’ se llama un ‘concepto’. Así, el Occidente (Westen) erige su carácter política, cultural y religiosamente. El Este (Osten) y el Oeste (Western) funcionan como grandes estereotipos que frecuentemente dependen de descripciones históricas persuasivas de sí mismos o del extranjero (Masciadri, 2012).

RACIONALIDAD GUBERNAMENTAL

Las referencias contenidas en el Decreto S 1.827/1968 facilitaron el hallazgo del Documento S-XX-333 “Curso de planeamiento y programación” —editado en abril de 1967 y redactado por el Estado Mayor General del Ejército (EMGE), Jefatura VI, Políticas, Investigaciones y Desarrollo—, el cual detalla el plan encriptado en las leyes de Defensa 16.970 y de Desarrollo 16.964[16] —ambas promulgadas en 1966—, pues como se enuncia:

contrariamente a lo que podía suponerse, es el desarrollo el componente ofensivo del sistema, y es en él donde se generan las hipótesis de conflicto o de guerra que la seguridad debe resolver. La seguridad es defensiva y obra a la manera de un escudo protector del desarrollo (EMGE 1967: 70).

Puesto que el orden a proteger era el económico, el “Curso…” sostiene que el sistema de planeamiento debe apelar a los objetivos nacionales que definen modos de vida permanentes, estables en el tiempo, pues conforman el patrimonio cultural de la nación que conlleva el concepto “cristiano y occidental de vida” (EMGE, 1967: 40). Esto obligaría a definir objetivos intermedios que contemplan las particularidades de la época (EMGE, 1967: 17), como los de tipo político, diseñados para mancomunar los esfuerzos para la evolución integral del Estado. Según estos últimos, se debía:

ejecutar una política de desarrollo y protección integrales del patrimonio (en lo externo y en lo interno) en todos los campos,[17] colaborar con el resto del Mundo Libre (especialmente América) en la lucha contra el enemigo comunista y mantener la forma de gobierno establecida en la Constitución Nacional y haciendo cumplir los derechos y obligaciones de ellas derivados, a fin de asegurar el mayor bienestar para el pueblo argentino y alcanzar una situación de preeminencia en América Latina (EMGE, 1967: 40)

Se podría interpretar que el concepto ‘cristiano y occidental de vida’, en tanto dispositivo:

nombra aquello en lo que y por lo que se realiza una pura actividad de gobierno sin el medio fundado en el ser. Es por eso que los dispositivos deben siempre implicar un proceso de subjetivación, deben producir un sujeto (Agamben, 2011: 256).

En dicho proceso de subjetivación, las Encíclicas jugaron un papel destacado para definir el ‘gobierno divino del mundo’. Pero es en la monografía “Contenido general de las Encíclicas. Cómo se deben estudiar y analizar”, donde se observa tal procedimiento a escala local. Dicho texto fue preparado por el comandante de aeronáutica Ignacio del Prado a fin de aprobar la materia Formación Social Básica, impartida por el profesor y reverendo presbítero Alberto Zilly (Societas Jesu, SJ), en el curso especial de Ciencias Económicas de la Universidad Católica Argentina (UCA). Se publicó en 1963 en la Revista de los Servicios del Ejército y fue utilizado como material de cátedra en el curso especial de ingreso a Ciencias Económicas que dirigía Raúl D. Desmaras en la UCA. Poniendo énfasis en los aspectos económicos del asunto, el autor retoma lo expresado por el papa Pío XII[18] al cumplirse el quinto año del fin de la Segunda Guerra Mundial: “el mantenimiento de la propiedad privada es la piedra angular del orden social” (Del Prado, 1963: 911). Al mismo tiempo, presenta un esquema referido a la encíclica Divini Redemptoris del papa Pío XI,[19] donde señala que la actitud de la Iglesia fue desde un comienzo combativa, pues el comunismo ateo “tiende a derrumbar el Orden Social y la Civilización Cristiana; Pío IX en 1846 la llamó “nefasta doctrina”; León XIII “mortal pestilencia”; Pío XI la atacó repetidas veces a raíz de los hechos de Rusia-México-España” (Del Prado, 1963: 911). Además, Del Prado interpreta que la doctrina comunista apela a un concepto sesgado del universal ‘hombre’, puesto que el matrimonio es una institución artificial y civil (no un sacramento) que da cabida a la emancipación de la mujer, donde los hijos son del Estado y el trabajo es colectivo (1963: 911). El autor establece que los medios para combatir el comunismo provienen de la “renovación de la vida cristiana” y para ello —entre otras cuestiones— los ministros y auxiliares eclesiásticos deben instituir “la fiesta de San José Obrero” (1 de mayo), ejemplo y modelo para los trabajadores (1963: 912). En suma, la conciencia cristiana: “no puede admitir como justo un orden social que niegue […] el derecho natural de propiedad, tanto sobre los bienes de consumo como sobre los bienes de producción […] plan querido por el Creador” (1963: 916).[20]

Según postula Agamben al retomar la tesis que presentó Schmitt en 1922, no sólo “todos los conceptos decisivos de la moderna doctrina del Estado son conceptos teológicos secularizados [también lo son todos] los conceptos fundamentales de la economía y la concepción misma de la vida reproductiva de las sociedades” (2008: 16). Agamben destaca, además, que “la secularización actúa en el sistema conceptual de lo moderno como una signatura que lo reenvía a la teología […] contraseña de su pertenencia a una oikonomía divina” (2008: 19). Es por eso que, en dicha concepción, el ser viviente creado a imagen de Dios se revela “capaz no de una política, sino sólo de una economía”, lo cual determina que la historia sea “un problema no político sino “de gestión” y “de gobierno” [en tanto] consecuencia lógica de la teología económica” (2008: 16).

Dicho de otro modo, se podría interpretar que el “Plan militar para la defensa del continente americano contra la subversión interna dirigida y apoyada por el comunismo internacional” invocó la oikonomía divina en tanto paradigma teológico más vasto que involucra la doctrina teológica del plan providencial de Dios para la salvación y el gobierno racional y ordenado del mundo. En ese sentido, siguiendo el planteamiento de Agamben:

La racionalidad gubernamental moderna reproduce exactamente la doble estructura de la providencia. Cada acto de gobierno tiende a un fin primario, pero precisamente por eso puede implicar efectos colaterales (collateral damages), previstos o imprevistos en los detalles, pero en todo caso presupuestos. El cálculo de los efectos colaterales, que pueden ser también considerables (en el caso de una guerra implican la muerte de seres humanos y la destrucción de ciudades), es en ese sentido parte integrante de la lógica del gobierno (2008: 211)

En el marco de dicho plan, los sistemas de información de datos gestionados por las fuerzas armadas aportaron, progresivamente, los ‘elementos’ puntuales para acceder al orden natural de las cosas. Con ese criterio de gestión y gobierno, el ejército desarrolló paulatinamente el Sistema Computación de Datos (SCD) durante la década de los sesenta y creó la Dirección de Informatización de Datos (DISCAD) en 1968 como figura rectora del mismo. Destaca el teniente coronel (R.) José Javier de la Cuesta Ávila,[21] además del experto en investigación operativa,[22] el Dr. Agustín Alejandro Durañona y Vedia, férreo simpatizante del nazismo (Díaz de Guijarro, Baña, Borches et al., 2015: 144-146) y decano de la Facultad de Ciencias Fisicomatemáticas e Ingeniería de la UCA desde su fundación en noviembre de 1959 hasta 1974 (Carnota y Borches, 2011).[23] En efecto, en julio de 1968 la Secretaría de la Presidencia de la Nación nombró al comodoro (R.) Oscar Gregorio Vélez y al teniente coronel (R.) De la Cuesta Ávila asesores en sistematización de datos. Años después, Vélez sería designado por el genocida Videla[24] a la Subsecretaría de Informática del Ministerio de Planeamiento, mediante el Decreto S 585/1978. Se sabe que Vélez fue parte de la comisión que elaboró el “Plan general de la UBA en informática” junto con el capitán de navío (R.) Said y los ingenieros E. Lauría, I. Marín, J. Schmidt y C. Cavoti (Jacovkis, 2013: 89). Pese a que resta mucho por investigar, se ha corroborado la existencia del Centro de Computación de la UBA, vinculado con el plan de acción para dicha universidad y con el SCD. Por medio de la Resolución Nº 778, el 7 de noviembre de 1968 el Consejo Superior designó al Dr. Agustín Durañona y Vedia, al teniente coronel José Javier de la Cuesta Ávila y al ingeniero Orlando E. Villamayor miembros de la Comisión Asesora del Centro de Investigaciones y Aplicación de la Informática, presidida por el rector conservador Raúl A. Devoto. Entre los objetivos de dicha comisión estuvo desmantelar el trabajo realizado por el grupo encabezado por el matemático Manuel Sadosky y su proyecto Clementina;[25] además de formatear la población[26] según lo dispuesto en el Documento Secreto núm. 2 “Apreciación y Resolución de Política Nacional”, descrito en el “Curso…”:

El accionar comunista se continuará aplicando agresivamente, especialmente en el ámbito local, mediante la penetración y la infiltración en los medios universitarios, sindicatos y partidos políticos, pudiendo llegar hasta el empleo de medios y procedimientos propios de la guerra revolucionaria (EMGE, 1967: 40).

A propósito del INDEC y del SCD, el contador Roberto Luzzani fue relevado de su cargo como tesorero de la Mutual del Personal de la Contaduría General y Tribunal de Cuentas de la Nación, según consta en el Boletín Oficial de la República Argentina del 30 de septiembre de 1966. De acuerdo con De la Cuesta Ávila, Luzzani habría encabezado lo actuado por la DISCAD en INDEC. Además, se ha corroborado que fue el coordinador de la comisión núm. 5 como funcionario del Ministerio de Economía en el Primer Congreso Nacional de Informática en la Administración Pública, que se llevó a cabo el 29 de noviembre de 1974 y donde se abordaron las normas que rigieron las actividades del SCD en el periodo comprendido entre 1967 y 1973.[27]

No hay que olvidar que el primer director de la DISCAD fue el ingeniero militar Santiago Omar Riveros, a quien le correspondió instalar el Centro de Computación de Datos en el edificio Libertador, piso trece.[28] Tampoco que él fue también comandante de Institutos Militares (Campo de Mayo), responsable[29] de la Zona Militar 4 entre septiembre de 1975 y febrero de 1979, fue condenado por crímenes de lesa humanidad en las causas núm. 2023-2031-2043, núm. 2005 y plan sistemático[30] (Poder Judicial de la Nación, 2012), además de encontrarse imputado en la causa referida al Plan Cóndor. En términos castrenses, un sistema de procesamientos automático de datos se emplea “para el registro, archivo, cómputo y obtención de antecedentes por medio de un circuito electrónico” y proporciona a “los comandos responsables un medio rápido y exacto para la obtención de datos en los cuales basar su resolución” (RV-136-1, 1969: 373). En síntesis, como sostenía De la Cuesta Ávila en relación a la identificación mediante sistemas de información:

Cada habitante, propiedad o actividad pasa a ser un elemento vivido e individualizable. El nefasto anonimato de las masas[31] es destruido. Se desarrolla el ajuste de las acciones en relación a las capacidades. Los procesos se detallan con claridad. La actuación y la oportunidad de hacerlo de cada elemento es fijada. Se pueden prever las consecuencias de cada acción y, por consecuencia, obrar lógicamente (1968: 64).

Por si fuera poco, no se puede descartar que la identificación de niños cuyos padres eran calificados de ‘subversivos’ se encontrara en vías de informatización. Existen referencias históricas notables en el Boletín Estadístico Militar (BEM) de 1951, en donde se manifiesta la intención de control, sea por la vía estadística —“En muchas ocasiones se reciben pedidos de datos referentes a la cantidad de mujeres en estado grávido que habitan una determinada zona o población, llegándose a solicitar en algunos casos listas nominales” (Ministerio de Defensa, 1951: 22)—, sea por la vía de la “contabilidad mecanizada” (Cima: 1951). En 2012, en el Juicio por el Plan Sistemático[32] se menciona que se debían agotar:

todos los recursos necesarios para obtener la certeza de que el objetivo investigado (blanco) se tratara de un elemento involucrado con la subversión, especialmente en los ámbitos laboral y/o educacional. La tendencia sería lograr que todos los blancos determinados por el área de inteligencia resultaran positivos. […]. Respecto a los detenidos, se dispuso que cuando el lugar donde debieran remitirse los mismos fuese el “LRD 2” (Lugar de Reunión de Detenidos 2) del comando de zona 1, junto a la ficha del blanco se acompañara una tarjeta con un número perforado […]. Cada tarjeta contraseña sólo serviría para un solo blanco, independientemente de la cantidad de detenidos. Si el resultado de la operación fuese negativo, con el informe escrito se devolvería la tarjeta al Departamento III – Operaciones (Poder Judicial de la Nación, 2012: 381-382).

Lo expuesto representó parte de un acta acuerdo suscrita el 19 de abril de 1977 entre Carlos Guillermo Suárez Mason y Santiago Omar Riveros, comandantes de las Zonas 1 y 4 respectivamente (cuadro 1), a fin de establecer pautas de autorización “para la ejecución de operativos encubiertos por elementos de una Zona en jurisdicción de la otra” (Poder Judicial de la Nación, 2012: 382-383).

SÓLO POR DEBER

Si las acciones realizadas para efectuar el plan (Decreto S 1827, 1968) se corresponden con la doble estructura de la liturgia,

que hace posible la comunidad política entre la Iglesia celeste y la Iglesia terrena y, a su vez, la unidad de la trinidad inmanente y la trinidad económica en una praxis sacramental [ello se debe a que la Iglesia] inventó el paradigma de una actividad humana cuya eficacia no depende del sujeto que la lleva a cabo y que, sin embargo, tiene necesidad de él como de un “instrumento animado” para realizarse y volverse efectiva (Agamben, 2012a: 51).

Dicho paradigma, que anticipa consecuencias nefastas para nuestro tiempo, es expuesto por Agamben en los siguientes términos:

si la idea aberrante de una acción cumplida únicamente por deber (es decir en obediencia a un mando y no por una inclinación natural) pudo penetrar e imponerse en la ética, lo hizo sólo porque la Iglesia a través de una praxis y una teorización seculares, había elaborado el oficio como modelo de la actividad humana más alta, encarnada en el oficio del sacerdote e, incluso antes, en el sacerdocio de Cristo (2012a: 172).

En Argentina, mediante la letra secreta del “Curso…” y el paradigma de la oikonomía se puede interpretar que la máquina gubernamental se dispuso a proteger, por todos los medios, los modos de vida permanentes, estables (EMGE, 1967:40).

En efecto,

de la teología cristiana derivan en general dos paradigmas políticos antinómicos pero funcionalmente conectados: la teología política, que funda en el único Dios la trascendencia del poder soberano, y la teología económica, que sustituye a esta por la idea de una oikonomía, concebida como un orden inmanente —doméstico y no político en sentido estricto— tanto de la vida divina como de la humana (Agamben, 2008: 13).

Como sostiene el capitán de aeronáutica Torea Paz en “Visión cristiana de la economía” —texto presentado en la materia Formación Social Básica que dictaba el R.P. Alberto Zilly (SJ) en el curso especial de Ciencias Económicas de la UCA—, “el fin de la economía es satisfacer las necesidades de los hombres y sobre todo las necesidades esenciales y urgentes, de acuerdo al orden ya expresado” (1963: 1002). Una sociedad manifiesta su orden en la familia y en la economía familiar. Pero incluso “el hombre desheredado […] ofrece a Dios el cruento sacrificio de la vida diaria [y] en el peor caso terreno, su muerte, se transforma en la escala que le lleva a la eternidad mediante su martirio” (1963: 117). Es decir, la rama castrense entendía que el orden estaba siendo agredido por el comunismo ateo, el problema era muy grave y debía ser abordado con urgencia. Según pronunció el coronel Carlos J. Martínez:

porque el país empezará, a raíz de ello, a retroceder […] algo se está corrompiendo […] pareciera que ya no es necesario casarse para establecer la convivencia entre el hombre y la mujer. Las uniones ilegales se multiplican, y el mal debe ser frenado en seguida, porque las perspectivas son sombrías (1961: 182).

Martínez expresó que se advertían en el país “dudas, sorpresa e inquietud, peligrosas para la paz social”; el “orden social” y “la familia” eran atacados desde las universidades. Con ello se aludía a sindicatos “donde impera la fe marxista” y a los “trágicos efectos de la nueva ola” (1961: 183). Es decir, el potencial nacional, que es para esta cosmovisión “el conjunto de valores espirituales y materiales de que dispone la nación, efectiva y potencialmente” (RV-136-1, 1969: 313), se hallaba en peligro.

Estas herramientas discursivas, discontinuas pero conexas al plan, dan sentido a los datos rudimentarios[33] de esta historia insacrificable[34] que descubre la racionalización social de la oikonomía (Apéndice 1: cuadro 1). En efecto, mediante la puesta en relación de la zonificación militar y la distribución geográfica de los hechos represivos a la niñez se distingue que, lejos de ser vistas como inofensivas, las prácticas en torno al mundo de las parejas y de las familias de los jóvenes estudiantes universitarios y secundarios, obreros, sindicalistas y militantes representaron la orden:[35] parejas negadas al sacramento del matrimonio, con hijos fuera de aquél, con o sin pareja, que propugnaban la igualdad y no el orden jerárquico de las cosas. Como sostiene Agamben, cuando una orden era ocasionalmente mencionada, “simplemente se la explicaba como un acto de voluntad y, de ese modo, se la confinaba a la esfera de la moral” (2012b: 56).

Se podría interpretar que cada integrante de la máquina gubernamental que se formó y se mantuvo en movimiento tras el paradigma de la oikonomía se dispuso a sí mismo y al conjunto en virtud de un plan providencial que incluía gobierno, ángeles, ministros y policías, los instrumentos de la ‘obra de Dios’. Una muestra de esa máquina se expresa en los decretos S sobre nombramientos de funcionarios militares durante la última dictadura militar. Como ejemplo puede mencionarse el Decreto S 3.540, por el cual el dictador Videla ordenó nombramientos secretos, entre los cuales se hallaban los siguientes responsables de zonas militares (Apéndice 1: cuadro 2): el general Arturo Amador Corbetta, del Comando Brigada Caballería Blindada I, en el Estado Mayor Conjunto Jefe 3 (Operaciones); el general de brigada Jorge Carlos Olivera Róvere, del Comando Cuerpo Ejército I, como secretario del Comando en Jefe del Ejército; el general de brigada José Antonio Vaquero, del Comando Cuerpo Ejército III, como 2do jefe del CJE-EMGE; el general de brigada José Montes, del EMGE, como 2do comandante y jefe del Estado Mayor en el Comando del Primer Cuerpo de Ejército; el coronel Alfredo Oscar Saint Jean, de la Escuela Superior de Guerra, al frente del Comando I Brigada de Caballería Blindada; el general de brigada Juan Bautista Sasiaiñ, del Comando Brigada I Aerotrasportada IV, como comandante general del Comando de la X Brigada de Infantería “Teniente General Nicolás Levalle”, entre otros.

La represión a la niñez persiguió dos objetivos: primera infancia y niños en edad escolar (Ministerio de Cultura y Educación, 1977). Asimismo, conviene mencionar que D’Andrea Mohr, del CEMIDA, había develado la dimensión del plan en Memoria debida hacia 1999 —también mediante testimonio en las causas núm. 1351 y núm. 1499, como se vio antes— y no se le había tenido en cuenta. Nuevamente, gobierno, ángel, ministro y policía avalaron ‘la virtud’ de lo hecho. Para la Iglesia y la máquina gubernamental descrita ‘la obra realizada fue efectiva’, independientemente de si la llevó a cabo un militar, un ministro, un burócrata, un sacerdote, un médico, un enfermero, un docente o demás; pues desde su cosmovisión se trataba de una obra de Dios, opus Dei. Como sostiene Agamben, no hay que caer en el equívoco de considerar gobierno como poder ejecutivo, pues:

el verdadero problema, el arcano central de la política, no es la soberanía, sino el gobierno, no es Dios sino el ángel, no es el rey, sino el ministro, no es la ley, sino la policía —o bien, la máquina gubernamental que ellos forman y mantienen en movimiento (2008: 480).

Así, este análisis permite reconocer la importancia que tuvieron dichos arcanos como rasgos del poder que las clases dominantes desarrollaron paso a paso, al amparo de los aspectos teológicos paradigmáticos del asunto. Luego del 24 de marzo de 1976, las operaciones centradas en el secuestro, asesinato y apropiación[36] de niños dieron pie a una acción terrorista estatal desplegada con una violencia tal que todavía se desconoce su escala (Apéndice 1: cuadros 1, 2 y 3). Esto no impidió que en un movimiento contracíclico y controvertido, que comenzó en 1983 con el Juicio a las Juntas, se delimitaran los hitos que erigieron, progresivamente, un sistema de reparación económica articulado con un sistema judicial cuya función es tramitar causas por delitos de lesa humanidad (Masciadri, 2014: 70-71). Lo anterior redundó en actividades en las cuales se acordó la recuperación y preservación del patrimonio documental sobre violación a los derechos humanos en Argentina.

Importa hacer referencia a los niños nacidos o que podrían haber nacido durante el cautiverio de sus madres y aquéllos que fueron apropiados mediante secuestro, podemos hablar de una extrema dimensión de rigor, de castigo, de precio, de proyección sádica, de criterio inhumano para la eliminación del probable futuro disidente mediante su consagración ‘redentora’ a la obra de Dios. Al mismo tiempo, el acto desenmascara la absolutización del biopoder de ‘hacer vivir’, el cual se cruza con una no menos absoluta generalización del poder de ‘hacer morir’. Así coinciden biopolítica y tanatopolítica. Considerar a la infancia como ‘subversiva’ representa un derrumbamiento que introdujo lo imposible, a la fuerza, en lo real (Masciadri, 2014: 65). Esto se realizó de un modo paulatino, sistemático, planificado con la más implacable hostilidad, pues en la ideología parental —signada por la actividad económica— la infancia ‘subversiva’ se ubicó como el elemento amenazante del sistema de desarrollo a alcanzar. ¿Genocidio?, interroga Alan Iud, coordinador del equipo jurídico de APM, con lo cual manifiesta que el tema siempre es controvertido “pues los ‘grupos políticos’ fueron expresamente excluidos del ámbito de protección de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio” (2013: 22-23). Con todo, la organización APM solicitó en el JPN que se reconociera que la dictadura cívico militar llevó adelante un ‘Plan sistemático de apropiación de niños’, lo cual representa violar “la prohibición de genocidio, de acuerdo a jus cogens del derecho internacional de los derechos humanos, en su forma de traslado de niños de un grupo a otro” (Iud, 2013: 23).

A MODO DE CIERRE

Por inadmisible que parezca, es en los actos vejatorios hacia la niñez, en la reprensión satírica y festiva con que se ponen de manifiesto y se ponderan los ‘defectos’ físicos o ‘morales’ de alguien,[37] donde confluyen en una zona de indistinción la moral occidental judeocristiana y el modelo biopolítico de poder (Masciadri, 2011). Y es aquí donde “se construyeron parentescos e identidades distintos a los de origen, centrándose en la participación de las burocracias estatales en su consagración” (Regueiro, 2012: 57); pero también bajo el amparo de la inmadurez biológica del infante, quien precisa del relato de crianza para sintetizar la composición fragmentaria de la memoria. Sin embargo, cuando la niñez se fractura o se imposibilita mediante la violencia estatal, situaciones extremadamente críticas se descubren en la proyección sádica inquirida. La idea nociva de una acción cumplida sólo por deber, esto es, la desaparición forzada de disidentes políticos y la apropiación de sus hijos, manifiesta la intención de mantener el orden natural de las cosas, paradigma de la oikonomía. La intencionada violencia devela el objetivo de medir el grado de presión necesario para obtener el sometimiento humano. Dicha lógica se adueñó de los espacios ligados a la cotidianidad y de todo el aparato estatal, lo cual incluyó la posibilidad de emitir disposiciones de carácter secreto, de modo que algo sucediera sin que pareciera suceder.

Mientras que la teoría del paralelismo global se ve confirmada, lo propuesto por Agamben en El Reino y la Gloria y en Opus Dei permite interpretar la metáfora que aisló a la infancia ‘subversiva’ mediante la acción sistemática desplegada en el período de referencia, pero también advertir la fuerza de los paradigmas que se manifiestan, incluso, en el uso que los ejércitos hicieron de las estadísticas a fin de individualizar los 'elementos' distorsivos del orden. Así, esta investigación refuerza lo referido por Pilar Calveiro, para quien las guerras sucias se propusieron vaciar de disidentes ideológicos el espacio regional al punto que "prefiguraron ciertos modos de lo represivo en el mundo global, en especial en lo que se refiere a las llamadas guerra antiterrorista y guerra contra la delincuencia" (2012: 42). En otras palabras, para Calveiro los países periféricos fueron lugares de prueba de modelos económicos, políticos y represivos que se extendieron al centro, en el marco de una nueva fase de acumulación capitalista.


Serie San Francisco Tlalcilalcalpan (2015). Fotografía: Fernando Oscar Martín.

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Apéndice 1

Cuadro 1.
Responsable de zona militar y número de nacimientos o de posibles nacimientos durante el cautiverio de las madres según militancia de los progenitores, 1975-1978*
Responsable de zona militar y número de nacimientos o de posibles
nacimientos durante el cautiverio de las madres según militancia de los
progenitores, 1975-1978*
Elaboración propia a partir de la información del sitio oficial de Abuelas de Plaza de Mayo (APM) y el texto de D’Andrea Mohr, Memoria debida (1999) * Agrupación Evita (Evita), Asociación de Estudiantes Magisteriales de Montevideo (AEMM), Asociación de Periodistas de Buenos Aires (APBA), Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), Frente Estudiantil de Rosario (FER), Frente Ferroviario (FF), Frente Revolucionario Indoamericano Popular (FRIP), Federación Universitaria de la Revolución Nacional (FURN), Ejército Revolucionario del Pueblo 22 de Agosto (ERP-22), Frente de Agrupaciones Eva Perón (FAEP), Fuerzas Armadas de Liberación (FAL), Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), Frente Estudiantil de Rosario (FER), Federación Juvenil Comunista (FJC), Federación Obrera Tucumana de la Industria del Azúcar (FOTIA), Frente Revolucionario 17 de Octubre (FR-17), Juventud Bloquista (JB), Juventud Guevarista (JG), Juventud Peronista (JP), Juventud Trabajadora Peronista (JTP), Juventud Universitaria Peronista (JUP), La Tendencia (LT), Movimiento de Acción Secundaria (MAS), Movimiento Independiente de Estudiantes de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Tucumán (MIECE), Movimiento de Inquilinos Peronistas (MIP), Movimiento de Liberación Nacional ‘Malena’ (MLN), Montoneros (M), Movimiento de Liberación Nacional Tupamaros (MNL Tupamaros), Movimiento Villero Peronista (MVP), Partido Auténtico de Rosario (PAR), Organización Comunista Poder Obrero (OCPO o Poder Obrero), Peronismo de Base (PB), Partido Comunista (PC), Partido Comunista Marxista Leninista (PCML), Palabra Obrera (PO), Partido Revolucionario de los Obreros Argentinos (PROA), Partido Socialista de los Trabajadores (PST), Partido Revolucionario de los Trabajadores- Ejército Revolucionario del Pueblo (PRT-ERP), Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (SMATA), Unión de Estudiantes del Litoral (UEL), Unión de Estudiantes Secundarios (UES), Vanguardia Comunista (VC).

Cuadro 2.
Responsable de zona o subzona militar y número de nacimientos o de posibles nacimientos durante el cautiverio de mujeres embarazadas, 1975-1978 *
Responsable de zona o subzona militar y número de nacimientos
o de posibles nacimientos durante el cautiverio de mujeres embarazadas, 1975-1978 *
Registro Único de Víctimas del Terrorismo de Estado, Fondos documentales (al 13 de julio de 2011), Archivo Nacional de la Memoria (ANM), Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos * Exceptuando a H. Mariani (brigadier) y a A. Barda, F. Camblor y A. Máspero (coroneles), el resto son generales. Con respecto a las zonas militares, podemos decir que la Zona 1 estaba compuesta por 7 subzonas y 31 áreas; la Zona 2, por 4 subzonas y 28 áreas; la Zona 3, por 4 subzonas y 24 áreas; la Zona 4, por 8 áreas; la Zona 5, por 4 subzonas y 26 áreas (Memoria Abierta, Acción Coordinada de Organizaciones Argentinas de Derechos Humanos, s/d).

Cuadro 3.
Número de niñas, niños y adolescentes víctimas de represión estatal por edades
simples según zona, subzona y área militar, durante el periodo comprendido entre 1969 y 1983
Registro Único de Víctimas del Terrorismo de Estado, Fondos documentales (al 13 de julio de 2011), Archivo Nacional de la Memoria (ANM), Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Apéndice 2

Luego de la experiencia de las dos grandes guerras se implantó una estructura de derecho internacional, a fin de desarrollar dispositivos de seguridad y gestión en las poblaciones del mundo.[38] Como respuesta a los abusos de poder estatal, a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) —la cual se adoptó y proclamó por la Resolución 217 A (III) de la Asamblea General del 10 de diciembre de 1948—, los países cuentan con una carta que, en materia de derechos humanos, constituye la piedra fundamental del derecho internacional del siglo XX. Argentina es miembro originario de la ONU, por ende, se encuentra entre los primeros en reconocer la carta. Sin embargo, al vulnerar la DUDH, las dictaduras que se sucedieron entre 1955 y 1983 desarrollaron estrategias a fin de no responder por tales hechos. Así, la metodología de nuestra investigación consistió en articular distintos tipos de registros que visibilizan la violencia administrada (obras de arte, archivos, bibliotecas, bases de datos con información desclasificada). La aporía que representa el no-dato se intenta resolver mediante la revisión tanto de disposiciones que regulan la recopilación de información, como de las cifras que contribuyen a la invisibilización de la violación a los derechos humanos. Como sostiene Agamben, un paradigma tiene la función “de constituir y hacer inteligible la totalidad de un contexto histórico-problemático más vasto” (2007: 13). Entre las características que definen el paradigma, es importante señalar que es una forma analógica de conocimiento que:

se mueve de la singularidad a la singularidad […] sustituye la lógica dicotómica por un modelo analógico bipolar […] el caso paradigmático deviene tal suspendiendo y, a la vez, exponiendo su pertenencia al conjunto […] el conjunto paradigmático no está jamás presupuesto a los paradigmas, sino que permanece inmanente a ellos […] no hay, en el paradigma, un origen o una arché: todo fenómeno es el origen, toda imagen es arcaica […] la historicidad del paradigma no está en la diacronía ni en la sincronía, sino en un cruce entre ellas (Agamben, 2009: 42).

En tal sentido, las leyes de estadística, en sí paradigmáticas, tornan legibles aspectos de la lógica de borramiento para la gestión de la población al articularse con otros paradigmas —la oikonomía trinitaria—. Para integrar los aspectos arcanos articulados en la figura del secreto estadístico[39] en la gestión de la población se conformó un corpus de decretos secretos emitidos por el PEN en el periodo estudiado. Tales documentos están hoy desclasificados por el Decreto Presidencial 2.103/2012, han sido publicados por el Boletín Oficial de la República Argentina y se encuentran disponibles en el Centro de Documentación e Información del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Gracias a esto, se tuvo conocimiento de la articulación entre lógica, gobierno y planificación mediante todo tipo de arreglos secretos, reservados y confidenciales, además de los públicos. Como sostiene Agamben, del paradigma depende la posibilidad de provocar al interior del archivo aquellos planos de clivaje que permiten hacerlo legible (2009: 43). En efecto, a fin de ubicar elementos de contraste (Charaudeau, 2009), el corpus legislativo se conjugó con documentos del Servicio Histórico del Ejército. A continuación se revisaron otros archivos: Archivo General de la Nación, Centro de Documentación e Información sobre Administración Pública (CEDIAP), Ministerio del Interior, Universidad de Buenos Aires (UBA), Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPBA), Biblioteca de la Escuela Superior de Guerra, Congreso de la Nación, Centro Cultural de la Memoria Haroldo Conti, Ministerio de Educación. También fueron consultados sitios web oficiales: Abuelas de Plaza de Mayo (abuelas.org.ar), Centro de Documentación e Investigación de la Cultura de Izquierdas en la Argentina (CeDInCi) (cedinci.org), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) (cels. org.ar/blogs), Centro de Militantes para la Democracia Argentina (CEMIDA) (cemida.com.ar/index. htm), Centro Cultural de la Memoria Haroldo Conti (conti.derhuman.jus.gov.ar), Dirección General de Comunicaciones e Informática del Ejército Argentino (cominf.ejercito.mil.ar/Historia/Historia.html), Museo de la informática (museoinformatico.com. ar/index.html), Memoria Abierta, Acción Coordinada de Organizaciones argentinas de Derechos Humanos (memoriaabierta.org.ar), Equipo Nizkor (derechos.org/nizkor), Orden de Loyola (ordendeloyola. blogspot.com.ar/2011/03/nombramiento-debailio- hereditario-de.html), Servicio Paz y Justicia de Argentina (Serpaj) (serpaj.org), Universidad de Buenos Aires (UBA) (uba.ar/historia), Facultad de Informática de la Universidad Nacional de la Plata (info.unlp.edu.ar/index.php/institucional/resenahistorica- 15259), y la Santa Sede (w2.vatican.va/ content/vatican/es.html)

Luego de consultar acerca del libre acceso a datos del sitio de la organización APM en lo referente a niños nacidos durante el cautiverio de sus madres, se elaboró una base de datos que combina dicha información con los aportes del libro Memoria debida en cuanto a zonas militares y responsables (Anexo 1:cuadros 1 y 2). Por otra parte, el listado brindado por el ANM se trasladó por completo a una base de datos (Anexo 1: cuadro 3). Finalmente, la referencia sobre zonas militares y responsables se contrastó con tres causas que resultan clave para la comprensión de la lógica de gobierno presentada en el trabajo: 1) la causa núm. 13/84 —originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del Decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional, 2) las causas núm. 1261 a núm. 1268 contra Jorge Carlos Olivera Róvere, del 10 de diciembre de 2009 (TOF núm. 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) —, y 3) causa sobre el plan sistemático —TOF núm. 6 de la Capital Federal que dictó sentencia sobre causa núm. 1351, causa núm. 1499, causa núm. 1604, causa núm. 1584, causa núm. 1730 y causa núm. 1772—. Este heterogéneo corpus de fuentes documentales se revisó aplicando análisis del discurso y fue interpretado principalmente mediante los desarrollos de Homo sacer, II, 2 y 5 (Agamben, 2007: 10).[40] Los rasgos de gobierno que intervinieron en la conformación de la burocracia estatal referidos al no-dato se interpretaron mediante las nociones de violencia administrada—en términos de Benjamin— y dominio de Nadie —según la definición de Arendt—. También Foucault y Agamben se refirieron a la violencia administrada: Foucault mediante el concepto de ‘gubernamentabilidad’, Agamben con el paradigma del ‘Homo sacer’. Por otra parte, para descifrar los aspectos históricos y demográficos del asunto se apeló a los estudios especializados.

Notas

[1] Los nacionalistas consideraban que la conjunción entre el fascismo y el catolicismo —la trilogía ‘Dios, Patria, Familia’— expresaba mejor su movimiento. En efecto, “para los nacionalistas, es decir, los fascistas argentinos, el fascismo no era una teoría en sí misma, sino más bien un molde para el pensamiento católico […] En pocas palabras, el nacionalismo debía ser fascismo cristianizado” (Finchelstein, 2010: 213).
[2] Según el reglamento RV-136-1 sobre terminología castrense, un comando “es la autoridad y la responsabilidad legales con que se inviste a un militar para ejercer el mando sobre una organización militar aun coercitivamente”. Por extensión, también se denomina comando “al ejercicio de esa autoridad que comprende, fundamentalmente, la responsabilidad en lo que a educación, instrucción, operaciones, gobierno, administración y supervisión se refiere. Constituye un agrupamiento destinado a ejercer la conducción, el gobierno y el control de las tropas. Varía en magnitud y composición de acuerdo con la importancia del organismo al que pertenece. Está constituido por el comandante, su estado mayor y la subunidad comando y servicios” (1969: 87).
[3] En la organización militar administrativa estadounidense los comandos logísticos se constituyeron y se perfeccionaron durante la segunda gran guerra a fin de contar con elementos integrados por servicios técnicos y administrativos de gran envergadura. En el ámbito local se desarrollaron para solucionar los problemas de la guerra que las fuerzas armadas denominaron 'contrarrevolucionaria', "apoyándose en una doctrina común, con el resto de los países americanos, misión fundamental a concretar por la Junta Interamericana de Defensa, sobre la base de la experiencia y organización estadounidense" (Leoni, 1963). El teniente coronel Luis A. Leoni fue coordinador ejecutivo mientras que el general Alejandro A. Lanusse fue el jefe de la VII Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), realizada en Buenos Aires entre el 28 de octubre y el 8 de noviembre de 1966.
[4] En el escalofriante documental El triunfo de la voluntad (Schneider, 2012) se descubre la noción que de ésta tenía Adolf Hitler: “¡Otros no pueden comprender que esto no es una orden del Estado! ¡Se engañan! ¡El Estado no nos ordena! ¡Nosotros ordenamos al Estado! ¡El Estado no nos creó! ¡Más bien nosotros creamos nuestro propio Estado! […] No, el movimiento vive y está asentado con fuerza y rápidamente […] Uno no puede vivir fielmente, y decir adiós a lo que ha dado significado y propósito a toda su vida. Eso no sería así si no fuera un mandato cardinal y no nos dio esa orden ningún poder terrenal. ¡Dios, nuestro dios, el que creó a nuestro pueblo, nos dio esa orden!”. Por otro lado, el historiador argentino del fascismo, Federico Finchelstein, escribió que el final “de la distinción entre religión y política […] presentó en el país a un movimiento político, el nacionalismo, como el instrumento político de la voluntad de Dios” (2010: 235). Dicho movimiento entendido como ‘fascismo cristianizado’ explicaría, asimismo, la violencia que se desató durante la década de 1970.
[5] El 17 de septiembre de 2012 se reunieron los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°. 6 de la Capital Federal para dictar sentencia en: (1) Causa núm. 1351: “FRANCO, Rubén O. y otros […]”, iniciada el 30 de octubre de 1996; (2) Causa núm. 1499: “VIDELA, Jorge Rafael […]”, del 23 de septiembre de 1985; (3) Causa núm. 1604: “VAÑEK, Antonio y otros […]”, la cual se inició por una carta remitida por la Asociación Civil Abuelas de Plaza de Mayo (APM) al Juzgado de Menores núm. 9 de esta ciudad, a fin de que se dispusieran medidas respecto de niños registrados como NN, y que podrían resultar hijos de desaparecidos — como los delitos eran de carácter federal, dicho juzgado se declaró incompetente el 1 de julio de 1982—; (4) Causa núm. 1584: “AZIC, Juan Antonio s/delito de acción pública […]”, del 19 de febrero de 2001; (5) Causa núm. 1730: “RUFFO, Eduardo Alfredo […]”, la cual se inició el 18 de noviembre de 2004; (6) Causa núm. 1772: “GALLO, Víctor Alejandro […]”, iniciada el 16 de febrero de 2010 (Poder Judicial de la Nación, 2012; 1-4). En la sección “Resultas, capítulo VI” la presidenta ordena la incorporación de las siguientes pruebas por lectura (Poder Judicial de la Nación, 2012: 56-163): a) Prueba común a todos los casos (1-94); b) Circuito Gran Buenos Aires sur: Comisaría 5ta. de La Plata (95-97); c) La Cacha (98-102); d) Pozo de Banfield (103-127); e) Prueba correspondiente a casos ocurridos en La Plata no asignados a Centro Clandestino de Detención (128-134); f) Campo de Mayo ‘El Campito’ (135-204); g) Centro Clandestino de Detención ‘Escuela de Mecánica de la Armada’ (205-293); h) Centro Clandestino de Detención ‘El Vesubio’ (294-295); i) Centro Clandestino de Detención ‘El Olimpo’ (296-299); j) Centro Clandestino de Detención ‘Automotores Orletti’ (300-401); k) Sin Centro Clandestino de Detención específico (402-422). También se detalla la prueba suplementaria: k) en el marco de la causa núm. 1351 (1-157); m) en la causa núm. 1499 (1-15); n) en la causa núm. 1584 (1-30); o) en la causa núm. 1604 (1-38); p) en la causa núm. 1772 (1-24); q) En la causa núm. 1730 (1-22); r) Prueba cuya incorporación fue ordenada durante el debate (1-155) —además de cuatro declaraciones oralizadas—. Las pruebas comunes a todos los casos aportadas por D’Andrea Mohr fueron: 1) Prueba 34: Documento ‘Plan del Ejército —Contribuyente al Plan de Seguridad Nacional—’ y Anexos, emitido por el Comando General del Ejército en febrero de 1976; 2) Prueba 41: testimonio de José Luis D’Andrea Mohr, obrante en causas núm. 1351 y núm. 1499, junto con partida de defunción de fecha 23 de febrero de 2001; 3) Prueba 47: documentación referente a la causa núm. 1351 —que incluye: A) Directiva del CGE MD 404/75 (Lucha contra subversión) del 28 de octubre de 1975; B) Anexo I (Inteligencia) a la Directiva del CGE núm. 404/75; C) Anexo 3 (Acción psicológica) a la Directiva del CGE núm. 404/75; D) Anexo 4 (Personal) a la Directiva del CGE núm. 404/75; E) Anexo 9 (Esquema de informe inicial) a la Directiva del CGE núm. 404/75; F) Orden parcial núm. 405/76 (Reestructuración de jurisdicciones y adecuación orgánica para intensificar las operaciones contra la subversión) del 21 de mayo de 1976; G) Anexo 6 (Jurisdicciones) a la Directiva del CGE núm. 504/77 (Continuación de la ofensiva contra la subversión durante el período 1977/78); H) Anexo 13 (Informe a elevar) a la Directiva del CGE núm. 504/77; I) Apéndice 1 (Esquema de informe para reunión de comandos superiores) al Anexo 13 a la Directiva del CGE núm. 504/77; J) Apéndice 2 (Esquema del informe diario) al Anexo 13 a la Directiva del CGE núm. 504/77; K) Anexo 4 (Ejecución de blancos) a la Orden de operaciones núm. 9/77 (Continuación de la ofensiva contra la subversión durante el período 1977); L) Apéndice 1 (Acta acuerdo entre Comando de la zona 4 y Comando de la zona 1 al Anexo 4 a la Orden de operaciones N° 9/77; M) Directiva del CGE núm. 504/77; N) Anexo 4 (Ámbito educacional) a la Directiva del CGE núm. 504/77; O) Anexo 5 (Ámbito cultural educativo) a la Directiva del CGE núm. 604/79 (Continuación de la ofensiva contra la subversión); P) Anexo 7 (Ámbito religioso) a la Directiva del CGE núm. 604/79; Q) Dictamen de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas del 17 de agosto de 1988—; 4) Prueba 53: CD presentado por José Luis D’Andrea Mohr el 28 de diciembre de 1998 en el marco de la causa núm. 1351; 5) Prueba 184: libro La sombra de Campo de Mayo, de Fabián Domínguez y Alfredo Sayús, Ediciones La Hoja, mayo de 1999 y el CD-ROM titulado http//www.nuncamas. org, aportados por D’Andrea Mohr en la causa núm. 1351. De manera suplementaria, en el marco de esta misma causa se aportó la prueba l, el libro Memoria debida, de Ediciones Colihue. Entre los elementos que develan la complejidad histórica del periodo comprendido entre 1976 y 1983 están los documentos empleados en calidad de prueba que datan de hasta 1960. En la sección “Considerando, Capítulo VII” se analiza el contexto histórico aludiendo a los decretos y directivas dictadas con anterioridad y posterioridad al golpe de estado del 24 de marzo de 1976 (Poder Judicial de la Nación, 2012: 362-407). En tal sentido, además de lo aportado por D’Andrea Mohr, se adoptaron en calidad de prueba común a todos los casos: 1) Prueba 14: RC-8-2 Operaciones contra fuerzas irregulares —guerra revolucionaria— (reglamento del ejército aprobado el 20 de septiembre de 1968), y RC-83 Operaciones contra la subversión urbana (reglamento del ejército aprobado el 29 de julio de 1969; 2) Prueba 15: RC 8-2, Operaciones contra fuerzas irregulares (guerra revolucionaria), Tomo II (reglamento del ejército de 1968); 3) Prueba 16: RC-5-2 Operaciones psicológicas (reglamento del ejército publicado el 8 de noviembre de 1968); 4) Prueba 29: RV-1133 Régimen funcional de sanidad (reglamento del 16 de marzo de 1972), RV-111- 91 Reglamento para el Instituto Penal de las Fuerzas Armadas (del 23 de septiembre de 1975), y Organización y funcionamiento del Servicio de Sanidad en Guarnición (ex RV-101-41, reglamento del 20 de julio de 1960); Prueba 328: informe del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación para la causa núm. 1730, la cual da noticia del registro del Dr. Benito Fidel Zunino Ferrol como director técnico del Sanatorio Norte desde el año 1971; Prueba 383 y 388: Plan Cóndor, escritos obrantes en la causa núm. 1351. Entre las medidas de instrucción suplementarias dispuestas en la causa núm. 1351, la Prueba 102 da muchos elementos desde la óptica particular (1-34), poblacional (35, “Los niños en el archivo de la DIPBA”), y geográfica (Prueba 103: Plano de la Guarnición Militar Campo de Mayo de 1978; carta de la Guarnición Militar de Campo de Mayo, Edición de 1975, y memorándum del Ministerio de Defensa de la Nación). En la causa núm. 1499 se reitera el Tomo II del RC 8-2 y en la causa núm. 1604 figura PLACINTARA 1/75. En la causa núm. 1584 destaca la Prueba 23; en la causa núm. 1772 la Prueba 7 j) y l); así como la Prueba 17: a) Directiva del Consejo de Defensa 1/75, b) Directiva del CGE MD 404/75 y c) Anexo I a la Directiva del CGE 404/75.
[6] La información contenida en el Centro de Documentación e Información del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas indica que el Decreto 2.103/2012 modifica o complementa a 8143 normas (al 18 de junio de 2015). Al respecto, véanse los Decretos S 6.447/1963, S 1.012/1969, S 1.827/1968, S 7.497/1969, S 675/1973 y S 2.256/1976.
[7] Decreto ‘S’ alude a aquél clasificado como ‘secreto’.
[8] Quien gobernó del 29 de marzo de 1962 al 12 de octubre de 1963.
[9] El golpe palaciego de 1966 (Arendt, 2012), denominado por sus defensores ‘Revolución argentina’ y ‘Segunda República’, estableció que el Poder Ejecutivo (PE) dictaría leyes y sería denominado ‘presidente’. El periodo que va del 29 de junio de 1966 al 8 de junio de1970 corresponde a la dictadura de Onganía, la de Levinston abarcó del 18 de junio de1970 al 23 de marzo de 1971, y la de Lanusse se prolongó del 26 de marzo de 1971 al 25 de mayo de 1973. Dicha ‘revolución’ que “no tenía plazos, sino objetivos” recibió el apoyo de amplios sectores de la población, del poder económico, de la CGT y de la jerarquía eclesiástica del país que se oponía a los cambios promovidos por el Papa Juan XXIII y su sucesor Paulo VI. Según la Comisión para la Reconstrucción de la Memoria (2007: 17), Onganía fue miembro del Opus Dei. Creada en 1928 por José María Escribá de Balaguer, la elección del nombre de dicha congregación coincide con las premisas de la liturgia, esto es, “el lugar en el que el misterio y el ministerio, el servicio sacerdotal y el compromiso comunitario tienden a coincidir” (Agamben, 2012a: 40-41).
[10] Véase el Decreto S 1.827 del 5 de abril de 1968.
[11] En noviembre de 1984, Ballester y un puñado de militares retirados fundaron el CEMIDA. El coronel declaró en 1985 en el Juicio a las Juntas Militares y en decenas de juicios por crímenes de lesa humanidad. A partir de 2009 se desempeñó como perito en las megacausas Campo de Mayo y Esma, y en el 2012 declaró en el juicio por el fusilamiento de veintidós guerrilleros detenidos en la Base Naval Almirante Zar de Trelew. Murió el 28 de octubre de 2015 (Télam, 2015).
[12] La Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA) se crea oficialmente en 1960 como un foro internacional de comandantes de ejércitos del hemisferio occidental. En 1960, 1961, 1962 y 1963 se realizaron las primeras cuatro conferencias de este tipo en Fuerte Amador. La quinta se llevó a cabo en West Point, Nueva York en 1964; la sexta en Lima, Perú en 1965; la séptima en Buenos Aires, en 1966; la octava en Bolivia, en 1967; la novena en Brasil, en 1968, y la décima en Colombia, en 1969 (Congreso de la Nación, 1966). Según D’Andrea Mohr (1999), la décima CEA se realizó en 1973, en Caracas.
[13] Una hipótesis de conflicto “es la suposición de un probable conflicto en el ambiente internacional o interno”, mientras que una hipótesis de guerra requiere la intervención militar y puede estar conformada por “variantes que contemplan las distintas formas en que puede materializarse” (RV-136-1, 1969: 210).
[14] La sentencia de la causa núm. 13/84 —Capítulo IX. Cuestiones de hecho núms. 28, 33, 36-38, 41-43 y complementarias aportadas por las defensas (Gobierno constitucional y política antisubversiva)— establece que existió: 1) la directiva del comandante en jefe del ejército núm. 504/77, del 20 de abril de ese año, cuya finalidad, expresada en el apartado 1, fue actualizar y unificar el contenido del PFE -0C (MI) (1972), y la directiva del comandante general del ejército 404/75, de acuerdo con la estrategia nacional contrasubversiva aprobada por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN); 2) la directiva del comandante general del ejército 404/75, y 3) la PFE -0C (MI) (1972), plan de capacidades para 1972. En la sentencia de las causas núm. 1261 a núm. 1268 del 10 de diciembre de 2009 del TOF núm. 5 contra Jorge Carlos Olivera Róvere —quien fue responsable de la Subzona Capital Federal (cuadro 2)— se detalla la zonificación empleada, la cual provino de años previos. En la sentencia del JPS también se estableció que el Plan de Capacidades del Ejército (Marco Interno) de 1972 dividió al país en zonas, subzonas y áreas de defensa o seguridad donde los “Cuerpos de Ejército I, II, III y V, asumieron la conducción de las operaciones en sus respectivas jurisdicciones”, expresándose que no existió el Cuerpo de Ejército IV ni la zona 4 hasta mayo del año 1976, es decir, “mediante la Orden Parcial n° 405/76 del Jefe del Estado Mayor del Ejército, se segregó una porción territorial de la zona 1 —correspondiente a la parte noroeste del conurbano bonaerense— y se la designó como zona 4”, la cual quedó bajo el control del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo. Como se menciona en el JPS, aunque las directivas son previas al golpe de estado de marzo de 1976 constituyen el sustrato del mismo (Poder Judicial de la Nación, 2012: 370). Asimismo, según el Poder Judicial de la Nación (2012: 370). Asimismo, según el Poder Judicial de la Nación (2012: 363-364), la DSN se plasmó en el reglamento del ejército RC-8- 2 —Operaciones contra fuerzas irregulares, Tomos I, II y III—, editado mediante resolución del comandante en jefe del Ejército Alejandro Agustín Lanusse el 20 de septiembre de 1968. El RC- 8-2 define el tono ideológico de los conceptos ‘guerra revolucionaria’ y ‘guerra contrarrevolucionaria’ a partir de la descripción del enemigo, sus prácticas, desarrollo y estrategia. Dicho documento se relaciona con los reglamentos: RC-8-1 (Operaciones no convencionales), RE-9-51 (Instrucción de lucha contra elementos subversivos), RC-9-1 (Operaciones contra elementos subversivos), RC-5-2 (Operaciones sicológicas), RC-8-3 (Operaciones contra la subversión urbana) y RE-10-51 (Instrucción para operaciones de seguridad).
[15] También lo es el término estabilidad —Stabilität— y sus derivados lingüísticos (Masciadri, 2012). Al respecto, véase el film El Espejo, de Andréi Tarkovski.
[16] Para materializar el Sistema Nacional de Planeamiento existieron leyes complementarias de zonas de seguridad, de servicio civil de defensa, de servicio militar y de movilización (EMGE, 1967: 78). Según D’Andrea Mohr (1999: 44), a las mencionadas se sumaron la Ley de Soberanía en el Mar Argentino, la Ley de Represión del Comunismo, la Ley de Identificación, Registro y Clasificación, la Ley de Políticas de Frontera, La ley de Extranjería, la Ley Nacional de Telecomunicaciones y la Ley de Enrolamiento.
[17] Los campos del planeamiento integran la seguridad y el desarrollo. El “Curso...” reconoce entre sus antecedentes al CONADE, creado en 1958, y retoma la idea acuñada en la época de “que sólo el desarrollo significa seguridad” (EMGE, 1967: 13).
[18] Cuyo papado comprendió del 2 de marzo de 1939 al 9 de octubre de 1958.
[19] Del 19 de marzo de 1937. El papado de Pío XI se extendió del 6 de febrero de 1922 al 10 de febrero de 1939.
[20] Como desentraña Agamben, “el 16 de octubre de 1943 tuvo lugar, con el silencio cómplice de Pío XII, la deportación de un millar de judíos romanos hacia los campos de exterminio […] terrible ambigüedad de una tesis teológica que ligaba tanto la existencia como la realización de la Iglesia a la supervivencia o a la desaparición de los judíos” (2008: 39).
[21] El 3 de marzo de 2011 fue nombrado miembro de la Orden Caballeros de Su Santidad el Papa “San Ignacio de Loyola” (Orden de Loyola, 2011).
[22] La investigación se aplica a cuestiones bélicas y conjuga los desarrollos en informática y comunicaciones (Carnota y Borches, 2011: 1-2).
[23] Luego del golpe palaciego que derrocó al segundo gobierno constitucional del general Perón se presentó una coyuntura favorable para crear universidades de gestión privada. Así, el episcopado fundó la UCA el 7 de marzo de 1958 (Carnota y Borches, 2011: 3). Previamente, por el Decreto Ley 12.958, el 28 de junio de 1957 se instituyó el Sistema Orgánico del Vicariato Castrense, gracias a la firma del dictador Aramburu que ocupaba el PE, el vicepresidente Isaac Rojas, el ministro de Relaciones Exteriores y Culto Alfonso de Laferrère y los ministros de Guerra, Marina y Aeronáutica, Teodoro Hartung y Jorge H. Landaburu. Por otra parte, la Ley 17.032 del 23 de noviembre de 1966, refrendada por Onganía y el ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Nicanor E. Costa Méndez, aprobó el acuerdo del 10 de octubre de 1966 entre la Santa Sede y la República Argentina. Dicho acuerdo estableció que la Santa Sede comunicaría confidencialmente al gobierno argentino el cambio de límites de las diócesis y la erección de nuevas diócesis o prelaturas y nombramientos de arzobispos y obispos. A la Iglesia también le competería determinar si existían objeciones de carácter político para ocupar el cargo.
[24] Jorge Rafael Videla (2 de agosto de 1925-17 de mayo de 2013) fue comandante en jefe del ejército entre el 28 de agosto de 1974 y el 31 de julio de 1978. El 22 de diciembre de 2010 el TOF núm. 1 de Córdoba lo sentenció a reclusión perpetua y en 2012 fue condenado a cincuenta años de prisión por ser “autor penalmente responsable de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años en concurso ideal con el de hacer incierto el estado civil de un menor de diez años” en veinte hechos que se le atribuyen y que incluyen los casos de Paula Eva Logares Grinspon, Mariana Zaffaroni Islas, Anatole Boris Julien Grisonas, Victoria Eva Julien Grisonas, Carlos D’Elía Casco, Hilda Victoria Montenegro Torres, Leonardo Fossati Ortega, Pablo Hernán Casariego Tato, María Belén Altamiranda Taranto, Francisco Madariaga Quintela, María Natalia Suárez Nelson Corvalán, María de las Mercedes Gallo Sánz, Clara Anahí Mariani Teruggi. También se señaló su responsabilidad en lo relativo a los hijos de Laura Estela Carlotto, Elena De la Cuadra, María Eloisa Castellini, Stella Maris Montesano y Gabriela Carriquiriborde. Asimismo, Videla fue encontrado culpable en carácter de partícipe penalmente responsable por los mismos delitos en los casos de María Macarena Gelman García Iruretagoyena y María Victoria Moyano Artigas (Poder Judicial de la Nación, 2012: 1318).
[25] A Manuel Sadosky se le recuerda también por haber sido reprimido en la ‘Noche de los Bastones Largos’ —la revista Primera Plana bautizó el hecho de ese modo por asociación con la ‘Noche de los Cristales Rotos’, jornada de violencia antisemita realizada en Alemania en 1938 (Díaz de Guijarro, Baña, Borches et al., 2015: 236)—, por ser uno de los integrantes del Foro de Buenos Aires por la vigencia de los Derechos Humanos junto al artista plástico León Ferrari (Masciadri, 2014: 61), por permanecer en el exilio desde fines de 1974 hasta principios de 1983, y por haber sido Secretario de Ciencia y Técnica de la Nación durante la presidencia de Ricardo Alfonsín (Carnota y Borches, 2011).
[26] Para De la Cuesta Ávila (2002: 72-73), el Comando General Territorial, cuya misión era la organización para la guerra territorial y la movilización, derivó en la Inspección General Territorial (IGT), a cargo del Departamento de Potencial Humano y del Departamento de Enrolamiento. La Inspección dio origen al Registro Nacional de Personas, luego Jefatura V Territorial EMGE. Asimismo, esta última repartición fue la génesis del Proyecto SCD, el cual operó en la Jefatura VI Políticas, Investigación y Desarrollo, desde donde se supervisó la DISCAD. Hay que subrayar que la Jefatura VI fue la responsable del Documento Secreto “Curso de planeamiento y programación” (EMGE, 1967: 3).
[27] Esta reconstrucción se realizó con información oficial ajena al área de personal del Ministerio de Economía, del cual depende el INDEC. Las dificultades de acceso podrían explicarse debido a que la investigación ha hallado algunos rastros del acuerdo civil con las dictaduras. Véanse Seltzer (1998) y Masciadri (2013).
[28] Si bien no se ubicó el mandato que licenció la máquina utilizada en el Centro de Computación de Datos, sí se localizó el Decreto S 1827/1978, que autorizó “al Ministerio de Defensa (Comando en Jefe de la Armada) a contratar en forma directa la adquisición de un “sistema de computación” a la firma IBM por la suma de U$S 4.762.434” (Decreto S 1827, 1978).
[29] El término ‘responsabilidad’ “abarca todas las obligaciones legales y morales inherentes a cualquier cargo u ocupación militar. La responsabilidad es indelegable. De acuerdo con el cargo que se ocupe será de comando, de estado mayor o técnica” (RV-136-1, 1969).
[30] Fue condenado a una pena de veinte años “por ser autor penal-mente responsable de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años en concurso ideal con el de hacer incierto el estado civil de un menor de diez años en los casos de Pablo Casariego Tato y Francisco Madariaga Quintela” (Poder Judicial de la Nación, 2012: 1320).
[31] En el ‘anonimato de las masas’ las elites incluían a las masas peronistas. Véanse las obras de Daniel Santoro: Tarde de verano en Ciudad Evita, La Piedad, Sudestada (Santana, 2010).
[32] Según el Poder Judicial de la Nación, las reglas que determinaron la actuación de la Armada se acreditan en la causa núm. 13/84 y los autos núm. 1270 y conexas “ESMA [...]” del TOF núm. 5 (28 de diciembre de 2011). El Poder Judicial de la Nación (2012: 391-396) ha determinado que dichas normas son: el RG-1-003 “Reglamento General del Servicio Naval”, Tomo 1, “Del servicio en general” (segunda edición, 1970); la disposición del 14 de enero de 1975 que puso en vigencia el RG-1-007‘C’ “Reglamento Orgánico de la Armada”, dispuesto en la Resolución núm. 41 “R”/75 COAR; el Plan de Capacidades (PLACINTARA) C.O.N. núm. 1 “S”/75, contribuyente a la Directiva Antisubversiva COAR núm. 1 “S”/75. El PLACINTARA para la lucha contra la subversión se dictó en noviembre de 1975 y se notificó al Estado Mayor General de la Armada y al Comando en Jefe de la Armada —niveles superiores del Comando de Operaciones Navales que elaboró el plan—, a las 11 Fuerzas de Tareas —niveles subordinados—, y al Servicio de Inteligencia Naval (SIN). Respecto de otras Fuerzas sólo se notificó a los Comandos del Primer Cuerpo y Quinto Cuerpo de Ejército —con asiento en Buenos Aires y Bahía Blanca respectivamente—, y al Comando de Institutos Militares (luego Jefatura de la Zona 4) —con sede en Campo de Mayo—. El PLACINTARA contaba con 9 Anexos. En el A, denominado “Inteligencia”, se establecía un plan de recolección de información según factores: 1) político; 2) socioeconómico; 3) psicosocial; 4) gremial; 5) educacional; 6) religioso; 7) insurreccional; 8) minorías chilenas. También contemplaba que se debía informar cuando hubiera que ‘internar’ a detenidas (las revisaciones serían realizadas por personal femenino de confianza), o cuando el detenido fuera menor (debía darse aviso a padres, tutores o guardadores, quienes podrían verlo pero no comunicarse con él). Según se menciona, la Jefatura de Inteligencia (N-2) adscrita al Servicio de Inteligencia Naval producía y distribuía los informes según factores a nivel nacional (Poder Judicial de la Nación, 2012: 396-406).
[33] Según Mariana Eva Perez, “poco sabemos de las múltiples maneras de experimentar la orfandad de desaparecidos y asesinados. Se nos ofrece para el consumo el estereotipo del “hijo” clase media, militante, intelectual o artista. La mayoría silenciosa de los más de catorce mil huérfanos del terror de Estado desentona con esta imagen tranquilizadora” (2013, s/n).
[34] Agamben reflexiona en torno a la figura del Homo sacer y considera que “La sacratio que lo alcanzó —y que lo vuelve a la vez algo a lo que se le puede dar muerte pero que es insacrificable— no es más que un desarrollo (quizás llevado a cabo por primera vez por la plebe, para tutelar al tribuno) de la maldición a través de la cual la ley define su ámbito. La “maldición” política delimita, entonces, el locus en el cual, sólo en una fase sucesiva, se constituirá el derecho penal. De algún modo, esta singular genealogía [del juramento] puede dar razón a la increíble irracionalidad que caracteriza la historia de la pena” (2010: 60-61).
[35] Véase la obra de Caravaggio, San Mateo y el ángel, en la cual se representa al santo asistido por el espíritu celeste.
[36] Durante el periodo comprendido entre 1966 y 1983 las prácticas represivas existentes se enlazaron con procedimientos administrativos y nociones en torno a la infancia. Redes sociales e institucionales propiciaron la consolidación de actitudes salvacionistas hacia ‘ciertos’ niños, lo cual alcanzó su máxima expresión en los casos de los infantes apropiados que constituyen hoy “los jóvenes aún desaparecidos y vivos” (Villalta, 2012: 274). Uno de los elementos jurídicos convalidados por la doctrina de facto fue el tránsito de un régimen de adopción simple (Ley 13.252/1949) a uno pleno (Ley 19.134/1971), donde la filiación adoptiva reemplaza a la biológica, lo cual elimina todo vestigio de la filiación anterior y modifica las relaciones de parentesco e identidad ligadas al nombre. Como este procedimiento era el habitual, para ‘normalizar’ las inscripciones falsas se promulgaron leyes de amnistía (Leyes 19.216/1971 y 20.751/1974) y en 1977 se dictó la Resolución 922 que legalizó la entrega de niños para adopción sin control judicial (Villalta, 2012).
[37] David Coldman relata que “era óptico, que le secuestraron en el domicilio anteojos que repartieron entre los detenidos, que comentaban haber dejado en su domicilio a su hijo menor de 11 años, que en el pantalón encontró dinero y lo entregó a la guardia para que comprara cigarrillos para todos los allí cautivos” (Sentencia de la causa núm. 13/84, 1999).
[38] El 26 de junio de 1945, en San Francisco, se firmó la Carta de las Naciones Unidas que entró en vigor el 24 de octubre, y que establece como sus órganos principales la Asamblea General de Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social y la Corte Internacional de Justicia, entre otros (Organización de las Naciones Unidas, s/d).
[39] Los ficheros administrativos contienen datos recabados y almacenados por la administración pública, con el fin de producir cualquier acción sobre el sujeto de los mismos; por tal motivo, los datos nominativos tienen una clave o identificador, la cual establece una relación unívoca entre el conjunto de datos y el sujeto de los mismos. Es conocida la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones y algunas de sus clases: peón rural, obrero metalúrgico, abogado, maestro, estudiante y demás. Estos datos, vinculados con el nombre, apellido y dirección representan ‘el canal’ que dejaron los ‘Comandos’ en la ley de estadística para ‘extirpar la crisis’. Además, el día 29 de febrero de 1968 se reglamentó la Ley 17.671 sobre Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional vigente. Actas de nacimiento, de matrimonio, de defunción y registros hospitalarios son la base de las estadísticas oficiales sobre personas físicas. En síntesis, un registro patronímico puede vincular cualquier información que posea dicha clave creándose archivos muy completos de los sujetos y de sus vínculos (parentales, filiales, laborales, patrimoniales y demás). Actualmente, para la protección de datos existe la llamada Ley 25.326/2000, la cual ratifica la Ley 17.622.
[40] Homo sacer es una obra en cuatro volúmenes que se inició en 1995 con la publicación de Homo sacer I. El poder soberano y la nuda vida. Según expresa nuestro autor, a esta publicación siguió un segundo volumen con una serie de investigaciones genealógicas sobre los paradigmas (teológicos, jurídicos y biopolíticos) que han incidido en el desarrollo y el orden político global occidental —entre ellas destacan Estado de excepción. Homo sacer II, I; El Reino y la Gloria. Una genealogía teológica de la economía y del gobierno. Homo sacer, II, 2; El sacramento del lenguaje. Arqueología del juramento. Homo sacer, II, 3; Opus Dei. Arqueología del oficio. Homo sacer, II, 5—. El tercer volumen contiene una teoría del sujeto ético como testigo y se publicó en 1998 como Lo que queda de Auchwitz. El archivo y el testigo (Agamben, 2007: 10). En el cuarto volumen el autor aborda conceptos como forma-de-vida —Altísima pobreza. Reglas monásticas y forma de vida— y analiza ciertos usos —L›uso dei corpi. Homo sacer, IV, 2, que espera ser traducido—.

Notas de autor

* VIVIANA MASCIADRI. Psicologa, egresada de la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina), magister en Demografía por la misma universidad, magister en Geografía Humana en el área de Demografía por la Universitat Autónoma de Barcelona (España) y Doctora en Demografía por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Córdoba. Investigadora adjunta para CONICET con sede en el Instituto Interdisciplinario de Estudios de Género de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Argentina, y miembro de la Red de Investigaciones en Derechos Humanos (Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, CONICET). Ha colaborado con la Revista Panamericana de Salud Pública y Papeles de Población. También ha publicado en la revista La Colmena y en Espacios Públicos. Su libro más reciente fue publicado en 2013: Constitución y Disolución de parejas en la Argentina (1947-2001).
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