ARTÍCULO

Las voces de la “patota”. Memorias, olvidos y silencios de los integrantes de un grupo de tareas en el Juicio por la Verdad de Bahía Blanca, Argentina (1999)

The voices of the “patota”. Memories, forgetfulness and silences of the members of a task force in the Judgment for the Truth of Bahía Blanca, Argentina (1999)

Enrique Salvador Andriotti Romanin
Universidad Nacional de General Sarmiento, Argentina

Las voces de la “patota”. Memorias, olvidos y silencios de los integrantes de un grupo de tareas en el Juicio por la Verdad de Bahía Blanca, Argentina (1999)

Revista Austral de Ciencias Sociales, vol. 40, pp. 49-65, 2021

Universidad Austral de Chile

Recepción: 01 Marzo 2020

Aprobación: 12 Febrero 2021

Resumen: En el presente artículo se examinan las declaraciones públicas realizadas en el Juicio por la Verdad de Bahía Blanca, Argentina, por parte de cuatro ex integrantes de un grupo de tareas denominado la “Agrupación Tropas”. Se busca dar cuenta de los modos en que los integrantes de este grupo se refirieron a su participación en operativos que culminaron con muertos y personas desaparecidas e indagar acerca de cómo explicaron su accionar en la represión; por otra parte, se busca indagar en cómo la participación de estos militares en el Juicio por la Verdad incidió en la construcción de una representación social acerca de la figura del represor. Se trabajó con una metodología cualitativa centrada en el análisis de las declaraciones brindadas en la sala de audiencias por los ex integrantes de la Agrupación Tropas y en la circulación de éstas en distintos diarios de alcance local y nacional.

Palabras clave: justicia, represores, terrorismo de Estado, memorias.

Abstract: This article examines public statements made in the Trial for the Truth of Bahía Blanca, Argentina, by four former members of a task force called the “Grouping Troops”. It seeks to account for the ways in which the members of this group referred to their participation in operations that culminated with dead and missing persons and inquire about how they explained their actions in the repression; on the other hand, it seeks to investigate how the participation of these military in the Truth Judgment influenced the construction of a social representation about the figure of the repressor. We worked with a qualitative methodology focused on the analysis of the statements provided in the courtroom by the former members of the Troops Association and their circulation in different newspapers of local and national scope.

Keywords: justice, repressors, State terrorism, memories.

1. Introducción

Tras los Indultos decretados en 1990 por el Gobierno de Carlos Menem, en Argentina pareció clausurarse definitivamente la posibilidad de juzgar penalmente a los integrantes de las Fuerzas Armadas (FFAA)1 que realizaron la represión ilegal durante el terrorismo de Estado entre 1976 y 19832. Sin embargo, casi una década después y como resultado de presentaciones judiciales impulsadas por algunas organizaciones del movimiento de derechos humanos de Argentina, comenzaron a realizarse en distintas ciudades del país juicios penales no punitivos con el objetivo de la búsqueda de la verdad acerca del destino de los desaparecidos durante la dictadura militar. Estos juicios, que fueron conocidos como “Juicios por la Verdad”3, permitieron la reapertura del tratamiento judicial acerca del pasado, a pesar de la vigencia de distintas leyes que garantizaban la impunidad a los militares perpetradores de crímenes durante el terrorismo de Estado y en un contexto marcado por un “boom de memoria” (Lvovich y Bisquert 2008: 65) acerca de las violaciones a los derechos humanos cometidas entre 1976 y 1983 que se había iniciado a mediados de los años 90´ a partir de confesiones, “autocríticas”, nuevos actores sociales, nuevas prácticas y renovadas coberturas periodísticas.

Uno de los primeros Juicios por la Verdad se realizó entre noviembre de 1999 y julio de 2000 en la Cámara Federal de Apelaciones4 de la ciudad de Bahía Blanca5 (CFB). Tras las primeras audiencias, donde brindaron declaración testimonial6 sobrevivientes y ex conscriptos, fueron citados a brindar declaración algunos miembros de las FFAA. Entre éstos se destacaron militares que integraron el grupo de tareas7 denominado “Agrupación Tropas”8 (AT) que realizó las principales operaciones de “Guerra Antisubversiva” en el marco del V Cuerpo de Ejército. Aunque la existencia de la AT había sido probada con anterioridad en instancias judiciales9, por entonces, era muy poco lo que se conocía acerca de ésta y del accionar de los grupos de tareas en Bahía Blanca. Por ende, las declaraciones de los militares concitaron la atención de los medios de comunicación de la ciudad y el país.

En el presente artículo nos proponemos examinar las declaraciones públicas realizadas por los ex integrantes de la AT en el Juicio por la Verdad de Bahía Blanca (JV) con el objetivo específico de, por una parte, dar cuenta de los modos en que se refirieron a su participación en operativos que culminaron con personas asesinadas, secuestradas y desaparecidas e indagar acerca de cómo explicaron su accionar en la represión los integrantes de los grupos de tareas de las Fuerzas Armadas; por otra parte, buscamos reflexionar sobre los modos en que circularon las declaraciones de los ex integrantes de la AT, los usos que realizaron de éstas las organizaciones de derechos humanos y cómo la dinámica de lo que ocurría al interior, pero también afuera de la sala de audiencias, contribuyó a la construcción de una representación social acerca de la figura del represor en el contexto de vigencia de leyes e indultos que impedían el juzgamiento de los militares por dichos crímenes.

En este trabajo seguimos a Jelin (2017) que ha propuesto indagar en los procesos sociales de construcción de memorias y disputas por el sentido del pasado. Según esta autora, hablar de memoria significa aproximarnos a las maneras en que los sujetos “construyen un sentido del pasado, un pasado que se actualiza en su enlace con el presente y también con el futuro deseado en el acto de rememorar, olvidar y silenciar” (2017: 15). Por ende, la memoria social supone una narrativa acerca del pasado construida por actores sociales en escenarios de confrontación y lucha frente a otras interpretaciones, a menudo contra olvidos y silencios. Este proceso de construcción implica una selección, pues la memoria total es imposible, y una lucha política por el sentido del pasado entre los diversos actores que pretenden imponer en los escenarios públicos de su actuación su versión como dominante (Jelin 2017).

En esta línea, Jelin ha propuesto utilizar las categorías de “trabajos de memoria”, y de “emprendedores de la memoria”. La primera categoría Trabajar, referido a la memoria, implica la existencia de seres humanos activos que buscan “promover el debate y la reflexión activa sobre el pasado y su sentido para el presente/futuro” (2002:16). La segunda, los “emprendedores de la memoria”, refiere a personas o grupos que realizan acciones tendientes a instalar en la esfera pública y dar legitimidad a sus versiones del pasado, y en donde en la acción “está implícito el uso político público que se hace de la memoria” (Jelin 2002: 49). En gran medida el trabajo de Jelin al enfatizar el carácter conflictivo de las memorias sociales ha permitido la emergencia de una línea de investigación centrada en los conflictos de interpretación y disputas en relación al sentido del pasado en distintos escenarios, en el proceso de constitución de relatos hegemónicos, en los desplazamientos de otros relatos y las memorias subterráneas, que perduran en el tiempo y emergen bajo condiciones específicas.

En los últimos años se han producido distintas investigaciones en torno a las memorias militares sobre la represión (Hersberg y Agüero 2005; Marchesi 2005; Lorenz 2002), de los jóvenes oficiales del Ejército argentino (Badaro 2009; Salvi 2012) del discurso institucional de las Fuerzas Armadas (Canelo 2010) de los núcleos ideológicos del discurso militar (Lorenz 2007; Vezzetti 2002), las repercusiones acerca de la muerte de los dictadores (Garibian 2016) o de los relatos de los oficiales retirados (Robben 2008), el análisis sistemático de las declaraciones públicas de los militares involucrados con la represión en Argentina y sus repercusiones constituye un tema poco explorado por las investigaciones académicas. En este aspecto, este trabajo busca aportar a una línea de investigación incipiente que se centra en comprender y problematizar las declaraciones públicas10 de los represores y su relación con las coyunturas históricas, políticas y memoriales en las que se producen, así como los escenarios en que tiene lugar. Estas declaraciones nos permiten aproximarnos a “las mediaciones institucionales y los procesos de elaboración de la violencia del pasado reciente que colectivamente se han producido” (Feld y Salvi 2019: 33). En simultaneo, mediante este trabajo pretendemos aportar a cubrir un área de vacancia que consiste en indagar en las declaraciones efectuadas por los miembros de las FFAA en los Juicios por la Verdad, en tanto estos constituyeron un ámbito privilegiado en la construcción de discursos sobre el pasado, que incidió en las posibilidades de la sociedad de elaborar una memoria sobre el pasado de terrorismo de Estado.

Para la realización de la investigación que dio origen a este trabajo utilizamos una metodología cualitativa centrada en el análisis de las declaraciones brindadas por cuatro militares integrantes de la AT en las audiencias del Juicio por la Verdad de Bahía Blanca. Estas declaraciones fueron grabadas por la CFB durante el desarrollo del juicio y, desde 2018, se encuentran disponibles para su consulta en el Fondo documental del Juicio por la Verdad de Bahía Blanca de la Asociación Civil Memoria Abierta (Argentina). También utilizamos diarios de Bahía Blanca y de circulación nacional, expedientes judiciales referidos a las audiencias en cuestión y entrevistas a integrantes de organizaciones de derechos humanos de Bahía Blanca.

2. Recordar, olvidar y silenciar. Los ex miembros de la AT en el banquillo de los acusados

Las primeras audiencias del JV de Bahía Blanca se iniciaron en diciembre de 1999. En ellas brindaron testimonio ante los miembros del tribunal siete testigos: cuatro de ellos víctimas sobrevivientes y tres familiares de desaparecidos. Los primeros narraron los tormentos a los que habían sido sometidos, describieron los lugares y las condiciones de cautiverio que sufrieron, denunciaron como responsables a miembros de las Fuerzas Armadas y también demandaron al tribunal que se conociera toda la verdad de lo ocurrido. Aunque sus testimonios repetían las denuncias que habían realizado anteriormente en otras instancias, como la delegación Bahía Blanca de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) o en la instrucción de la Causa 11/86, la amplia difusión de sus declaraciones por parte de los medios de comunicación permitió que su verdad y su demanda de justicia trascendieran más allá de la instancia judicial alcanzando a un público más amplio.

Días después brindaron testimonio dos conscriptos que se habían desempeñado como Aspirantes a oficiales de reserva (AOR) entre 1976 y 1977 en el V cuerpo de Ejército. Los AOR habían compartido con algunos de los militares que integraban la AT distintos aspectos de la vida cotidiana en el V Cuerpo de Ejército y, por ello, en su testimonio narraron detalles de conversaciones, hechos y situaciones vividas, relacionadas con el secuestro y la desaparición de personas. En su conjunto, los testimonios de las victimas sobrevivientes y de los AOR configuraron una denuncia que cuestionaba la versión oficial ofrecida por las Fuerzas Armadas: desde finales de la dictadura los miembros de las FFAA postulaban la existencia de una guerra contra la subversión como manera de explicar su accionar. Estos testimonios, en cambio, ofrecían una versión diferente acerca de los hechos: que situaba a los desaparecidos como víctimas indefensas e inocentes frente al accionar represivo clandestino e ilegal puesto en acción por las Fuerzas Armadas. De este modo, mediante sus testimonios confrontaban el discurso de las Fuerzas Armadas transformando la sala de audiencias en un espacio de disputa por el sentido de lo ocurrido. A la vez, en torno a estos testimonios se pudo observar la puesta en marcha de un trabajo de memoria por parte de los integrantes de algunas organizaciones de derechos humanos, en especial la APDH Bahía Blanca y Neuquén. Estos utilizaron las declaraciones de las victimas sobrevivientes y sus familiares y también los de los AOR, como verificación de lo que venían denunciando desde fines de la dictadura: la existencia de un entramado represivo que organizó el secuestro de personas, que fraguó enfrentamientos y que contó con la colaboración activa de importantes sectores de la sociedad civil. Para ello, recurrieron a distintas estrategias y movilizaron recursos a fin de lograr difundir las alternativas del juicio. En palabras del fiscal del juicio “su tarea era volver visible lo ocurrido”11. La principal línea de acción de estas organizaciones se orientó producir información en torno al juicio y garantizar la difusión del mismo. Para ello, una de las victimas sobrevivientes se ocupaba de resumir diariamente lo ocurrido en las audiencias y elaborar una gacetilla que, mediante redes informales y personales, era distribuida a los periodistas distintos medios de comunicación de la ciudad. En este aspecto, para éstos, el JV era una ventana de oportunidad para interpelar a distintos sectores de la sociedad bahiense que se habían mostrado esquivos a la revisión del pasado criminal en la ciudad.

Los militares ex integrantes de la AT prestaron declaración en el JV entre diciembre de 1999 y marzo de 2000. Mediante sus testimonios se conocieron aspectos acerca del accionar represivo, pero también se generaron conflictos en el ámbito judicial y contrapuntos con las declaraciones de otros testigos. Como resultado de las declaraciones de los ex miembros de la AT se produjeron nuevos sentidos acerca de cómo interpretar el accionar de las Fuerzas Armadas y el rol desempeñado por sus miembros en la represión, que trascendieron el ámbito judicial y complejizaron la construcción social de la figura de los represores.

El primero que hizo su presentación en la sala de audiencias de la CFB, el 7 de diciembre de 1999, fue el teniente coronel (r) Emilio Ibarra. Éste, según los testimonios y la información recopilada en 1987 en la causa 11/8612, fue el oficial a cargo (con rango de Mayor) de la AT entre 1976 y 1978. La presencia de Ibarra en la CFB era una novedad: en 1987 había sido convocado a prestar declaración indagatoria13, pero la sanción de la ley de Obediencia Debida impidió que esto sucediera. Sin embargo, aunque dicha ley todavía se encontraba en vigencia, una década después la CFB lo convocó para que brindara testimonio y aportara al conocimiento del destino de los desaparecidos en el marco de una audiencia pública. Frente a los jueces, el militar adoptó una postura de no aportar nueva información, negar conocimiento de lo sucedido y se presentó como un “fiel cumplidor de órdenes”14. Ibarra reconoció su participación en acciones en la guerra antisubversiva, el haberse desempeñado como jefe del denominado “grupo de combate contra la subversión” y brindó algunas características de la agrupación que estaba bajo su mando:

F: ¿Y cuántos hombres serían más o menos?

I: Aproximadamente 200 hombres

F: ¿Divididos en cinco secciones dijo usted?

I: Sí

F: ¿Y a cargo de esas secciones quiénes estaban?

I: Había varios Oficiales

F: ¿Por ejemplo?

I: Que vinieron en Comisión de los lugares de origen. ¿Quiénes estuvieron? Ehh… Teniente Burguini, tres de Caballería, Ferreira, Riera, y no me acuerdo del tercero…

F: ¿Y esas secciones tenías funciones específicas cada una?

I: No, se trabajaba sobre la base de los requerimientos que me venían del Departamento de Operaciones. Me daban la orden sobre la base de informaciones que tenían. Me daban… “haga esto, esto, esto, esto”.15

Los datos que brindó acerca de la AT permitieron que los periodistas y el público presente en la sala de audiencias se aproximaran a la magnitud del despliegue represivo y a la movilización y articulación de distintos recursos del V Cuerpo de Ejército en torno a la tarea represiva. En este aspecto, la AT fue presentada por el militar como un “grupo articulado y especializado en el combate contra la subversión”, que involucró “aproximadamente a 200 hombres” y era parte de la fuerza operativa, pero “no tomaba decisiones”, porque “era un soldado”.

Su testimonio permitió a los jueces y sobrevivientes ratificar algunos datos referidos al funcionamiento de la AT y conocer nuevos aspectos acerca de la estructura organizada para la represión, pero el militar no aportó nueva información acerca de quiénes fueron los integrantes de la AT o sobre el destino de personas que fueron detenidas en operativos y, posteriormente, vistas en el principal CCD que funcionó en la ciudad de Bahía Blanca, “La Escuelita” (CCD Escuelita)16. En esta línea, Ibarra también negó conocer la existencia del CCD Escuelita, mientras dijo desconocer el destino de los detenidos argumentando que “la prudencia sugería no tomar conocimiento” generando una confrontación con el fiscal del Juicio:

Fiscal: ¿Y La Escuelita empieza a funcionar en ese momento?

Ibarra: Perdón, ¿no se me enoja?, ¿le puedo sonreír?, ¿qué Escuelita?

Fiscal: Si quiere sonreírse sonríase, pero acá ha quedado probado que existía un lugar de detención de detenidos que se la conoce como La Escuelita, y muchos colegas suyos han declarado y han dicho que todo el mundo sabía que había un lugar que se llamaba La Escuelita. Si quiere le explico dónde quedaba… {Silencio por unos segundos} ¿A dónde llevaban ustedes los detenidos?

Ibarra: Yo normalmente los entregaba en las guardias, en los operativos, cuando había personas de Inteligencia custodiándolos hasta el Cuartel de origen.

Fiscal: ¿Qué había camino a la Carrindanga a unos 2000m de la entrada al Quinto Cuerpo del Ejército?

Ibarra: ¿Pasando el Hotel?

Fiscal: Pasando el Hotel.

Ibarra: Había una instalación llamada… Era, la caballeriza de pollo.

Fiscal: ¿O la chanchería? ¿Qué era eso?

Ibarra: No, la chanchería estaba en el horno.

Fiscal: ¿Y la caballeriza de pollo?

Ibarra: Un poco más hacia el Comando, un poco más acá del Campo de Atenas.

Fiscal: ¿Y se entraba por la ruta, había una tranquera para acceder?

Ibarra: Sí, había un camino interno y un lugar de entrada.

Fiscal: ¿Y usted no sabe que ahí se alojaban detenidos?

Ibarra: Yo tomo conocimiento ahora.17

La postura de negar la existencia del CCD Escuelita por parte del militar no era nueva. Sin embargo, en el marco del Juicio por la Verdad, otros testigos militares habían reconocido su existencia como “lugar de reunión de detenidos”18. Esto puso a Ibarra en una posición de abierta contradicción con estos testigos y mostró que la postura adoptada por el militar era contender por el sentido del pasado en el escenario judicial. Frente a esto el fiscal le advirtió que debía decir la verdad, introduciendo así la amenaza de castigo por “falso testimonio”. Mediante el tono de sus respuestas, Ibarra se burló de las afirmaciones del fiscal o ante las preguntas realizadas por la querella y los jueces, lo que generó que éstos últimos le manifestaron su malestar19.

Ibarra mantuvo su postura de aportar información vaga e imprecisa y desafiar a los profesionales del derecho, cuando se refirió acerca de los resultados de los operativos de la AT. Aunque el militar reconoció su participación activa en varios operativos, al señalar que “siempre era el primero en entrar, pateando la puerta”, estableció de manera imprecisa el resultado de los mismos indicando que hubo “6, 7, 8 abatidos”, “40 y pico de detenidos” y “ningún muerto de tropa propia”20.

Otro punto de importancia radicó en cómo Ibarra presentó a los desaparecidos. Aunque negó conocer algo sobre su destino, el militar se refirió indirectamente a ellos cuando contó que, con el cambio de Segundo Comandante21, los miembros de la AT suavizaron el trato dispensado a los detenidos en los operativos para “no matarlos a golpes”. De este modo, Ibarra los señaló como aquellos sobre los que se desató el accionar de las Fuerzas Armadas y al sugerir que “dejaron de matarlos a golpes” introdujo el horizonte de la muerte y de los asesinatos de los detenidos, sin nombrarlos. Esta afirmación lo situó en una posición imposible (Canelo 2019), pues se vio obligado a reconocer que no solo sabía de la represión, sino que había formado parte de la misma, mientras evitaba hablar de lo ocurrido.

El testimonio de Ibarra fue presentado por los medios de comunicación gráficos de manera diferenciada. Por un lado, el diario La Nueva Provincia (LNP)22, remarcó el rol de Ibarra en el combate contra la Subversión mientras que el diario La Nación se limitó a informar que el “militar había concurrido a brindar testimonio por los desaparecidos”23. Por su parte, las organizaciones de derechos humanos realizaron una manifestación frente al tribunal para repudiar la presencia de éste y en los días posteriores pegaron afiches con la foto de Ibarra y el slogan “asesino y represor” por el centro de la ciudad. La existencia de actores con posiciones que confrontaban en torno al accionar de Ibarra, mostró que las disputas de sentido en torno a quiénes eran y qué habían hecho los militares durante la dictadura, trascendía más allá de la sala de audiencias.

El segundo de los militares de la AT que se presentó a brindar declaración testimonial fue el teniente coronel Julián Oscar Corres, que entre 1976 y 1977 estuvo destinado como subteniente en el G2 de inteligencia del Comando del V cuerpo de Ejército. Al igual que Ibarra, nunca antes había prestado declaración ante un tribunal por su participación en el terrorismo de Estado24. La presencia de Corres en la sala de audiencias adquirió todavía mayor trascendencia pues, por entonces, se desempeñaba como Jefe del Destacamento de Inteligencia del Ejército situado en la ciudad de Río Gallegos y, por ende, era el primer militar en actividad desde la sanción de los Indultos que era convocado a brindar testimonio por su actuación durante la represión ilegal durante la dictadura militar.

Corres concurrió a prestar declaración el 13 de diciembre de 1999. Ese mismo día, pocas horas antes de la audiencia, interpuso un recurso ante los jueces donde planteó la nulidad de la citación como testigo, la incompetencia de la CFB, la recusación de los jueces y de los miembros de la Cámara. Asimismo, mostró que, al igual que otros militares que lo antecedieron en la sala de audiencias25, interpretaba negativamente al JV y, de manera más amplia, su resistencia al tratamiento judicial del pasado. Por último, también permitió vislumbrar la puesta en marcha de una estrategia judicial elaborada por un abogado vinculado a las Fuerzas Armadas que se basó en cuestionar la legalidad de su citación, pedir la nulidad del proceso26 y apelar procesalmente a otras instancias superiores27.

En su declaración, el militar reconoció haberse desempeñado como Jefe de Guardia del “lugar de reunión de detenidos” conocido como “La Escuelita” y también el apodo por el cual era llamado por los otros integrantes que allí se desempeñaban, “El laucha”. De esta manera, fue el primer militar que reconoció públicamente haber cumplido un rol determinado en el CCD Escuelita. A la vez, al reconocer su apodo, Corres produjo una ruptura instauradora de sentido: él ya no solo era el jefe de guardia sino era el interrogador conocido por sus víctimas como “El Laucha”. Mediante el reconocimiento de su rol y apodo, Corres rompió una de las premisas en las que se apoyó el accionar clandestino, el secreto acerca de las acciones, y reveló un dato que lo situaba como una pieza clave del sistema represivo. Pero también reordenó el lugar del testigo en el juicio: Corres hablaba “desde adentro” del aparato represivo dando información detallada sobre la que nadie (salvo los perpetradores) podía dar testimonio.

Tras el reconocimiento de su apodo, Corres continuó narrando cómo era el trato dispensado a los detenidos en el CCD Escuelita, dio precisiones acerca de los apodos y funciones del personal que allí se desempeñaba, describió las características edilicias y narró su participación en un operativo de la AT en el que culminó herido. Sin embargo, en todo momento negó su participación en torturas y secuestros. En este aspecto, Corres se presentó como un partícipe ocasional en operativos de combate, reconoció haber participado en numerosos operativos de la AT mientras remarcó que la actividad de esta se centraba en “operativos de detención de subversivos”28.

El testimonio de Corres produjo reacciones por parte de la fiscalía y la querella que condujeron a que se lo citara nuevamente para realizar dos careos: el primero con Patricia Chabat, una víctima sobreviviente del CCD La Escuelita, que en una audiencia realizada el día después de la declaración del militar, lo acusó de haberla torturado y de ejercer violencia sexual; y el segundo, con Alberto Taranto, un ex AOR quien indicó que Corres le había realizado comentarios acerca del cuerpo de una mujer abatida en un operativo del cual había formado parte. En ese marco el militar fue imputado29 por los jueces por la comisión del delito de falso testimonio30 en su declaración anterior y que esto significaba un cambio en su condición de testigo y, por tal motivo, se negó a declarar invocando el artículo 18 de la Constitución Nacional31.

Al día siguiente, algunos de los principales diarios del país le dedicaron un espacio en sus páginas a lo que aconteció en la sala de audiencias de la CFB. En la cobertura de los diarios aparecían nuevos sentidos en torno a la figura de Corres. Por su parte el diario Clarín mencionó en una nota a Corres indicando que se habían referido a él como “El Laucha”, “el teniente coronel” y “uno de los interrogadores más despiadados”. A su vez, narró el frustrado careo con Chabat, señalando que días antes “La mujer (en referencia a Chabat) recordó que el militar, por entonces subteniente, había estado presente en varias sesiones de tortura y que incluso había participado de abusos en su contra” y que “el militar no pudo evitar ubicarse durante un par de minutos a sólo un metro de distancia de la mujer que lo identificó como un torturador”32. Por su parte, el diario Página 12 remarcó la denuncia contra Corres “por haber participado en violación a los derechos humanos” y mencionó los frustrados careos a partir de la identificación de Patricia Chabat y de Alberto Taranto de éste como “colaborador activo de La Escuelita”33 En una postura diferente, LNP señaló que “Corres no aceptó los careos” y minimizó las acusaciones de Chabat al señalar que ella denunció “que alguien apodado ‘El Laucha’ participó de distintas sesiones de tortura a las que había sido sometida”, sin hacer referencia a la acusación de abuso sexual, ni al reconocimiento de ese apodo por parte del militar. En esa línea, algunas de las organizaciones de derechos humanos impulsaron un escrache en el lugar donde Corres se hospedaba bajo las consignas “Vecino, aquí se encuentra un asesino y torturador”, “donde vayan los iremos a buscar”, pero este se retiró evitando la confrontación. De esta manera, se desarrolló una dinámica de acción y reacción en torno a lo que ocurría en la sala de audiencias, y constituyó una oportunidad para tematizar y discutir los sentidos de lo ocurrido, reorganizando posiciones y permitiendo la emergencia de nuevos testimonios acerca de las prácticas de violencia sexual que se ejecutaron como parte de la represión.

En ese marco, el 29 de marzo de 2000, se presentó el tercero de los integrantes de la Agrupación Tropas: el teniente coronel (r) Mario Carlos Antonio Méndez que entre 1976 y 1977 estuvo destinado como subteniente en la Compañía comando y servicios del V Cuerpo de Ejército. En su testimonio, Méndez afirmó desconocer lo ocurrido con los desaparecidos, pero reconoció su participación en un enfrentamiento que terminó con la muerte de una persona y también que lo apodaban “el loco de la guerra”. Sin embargo, el militar continuó sin precisar datos mínimos acerca de los operativos donde participó, tales como si era hombre o mujer la persona que resultó abatida o si era de día, o de noche, lo que generó un reproche por parte de los jueces acerca de la postura del militar. En relación con su accionar, Méndez lo enmarcó en la “guerra antisubversiva”. Utilizando ese marco deslindó la responsabilidad de la toma de decisiones en sus superiores y limitó la suya a la realización de “operativos de cortes de calle y retenes”. Mediante esta manera de presentar su accionar, no incluyó nombres de víctimas, ni fechas o circunstancias colocando su narración en un tiempo abstracto, enunciando los hechos como carentes de historicidad. En términos concretos, Méndez no aportó información y respondió con evasivas las preguntas, pero fue el primero de los miembros de la agrupación que sugirió, en su testimonio, la participación de civiles en la toma de decisiones acerca de las acciones de la “guerra antisubversiva”:

Fiscal: ¿Y usted tiene noticias de una reunión a la que se denominaba reunión informativa?

Méndez: no, yo lo que le puedo decir, primero, algo muy claro, era un oficial subalterno. La reunión informativa no solo es militar…

Fiscal: Si, si, si.

Méndez: Es decir participaban elementos de todos los sectores sociales y cuando se llevaba a cabo, se llevaba a cabo a puertas cerradas por el comandante…34

De esta manera, Méndez postuló en la sala de audiencias la existencia de un espacio de convergencia y articulación entre miembros de la sociedad civil bahiense y militares en relación con la represión dictatorial denominado como “conclave”. Las palabras de Méndez buscaron desdibujar la frontera entre las Fuerzas Armadas y distintos sectores de la sociedad civil, instalando la idea de que lo ocurrido fue el resultado de “la unidad de toda la sociedad contra la subversión”35.

El testimonio de Méndez fue recibido por las organizaciones de derechos humanos de manera ambivalente: éste ratificaba lo que ellos sostenían desde finales de la dictadura acerca del papel desempeñado por distintos sectores de la sociedad civil, pero para algunos constituía una declaración incómoda que podía generar que distintos sectores del Poder Judicial, empresariado y de la prensa se volcaran contra el JV. Más allá de estas posiciones, finalmente, decidieron que difundirían la participación del militar en la audiencia mediante una gacetilla de prensa, donde señalaron que brindó declaración “el loco de la guerra”. La utilización del apodo en la gacetilla fue retomada por los medios de comunicación que remarcaron esta característica asociando una dimensión irracional a la figurar del militar, que lo singularizó y situó como una figura representativa de la represión.

El último de los miembros de la AT que brindó testimonio fue el teniente coronel Jorge Aníbal Masson, que se desempeñó como subteniente en la Compañía de Comando y Servicios entre 1976 y 1977. Su comparecencia frente al tribunal se produjo el 13 de abril de 2000. Al igual que Corres, este militar se encontraba en actividad. Masson negó conocer el destino de los desaparecidos y su participación en secuestros y asesinatos señalando que lo único que sabía era en “base a lo vivido en su experiencia personal”. Sin embargo, introdujo una variante respecto a los otros militares que le antecedieron: buscó relativizar hechos probados. Esta postura “negacionista” difería de la planteada por Ibarra porque, indirectamente, Masson cuestionaba la veracidad de los procesos penales previos donde se había probado el secuestro y la desaparición de personas, mientras postulaba la necesidad de búsqueda de la verdad como un valor absoluto. En este sentido, sus respuestas buscaron cuestionar la verdad judicial al plantear que esta era una construcción, un relato, que no coincidía con su experiencia, con lo que él había vivido:

Fiscal: ¿Sabe que había un destacamento de inteligencia en Bahía Blanca?

Masson: Sí.

Fiscal: ¿Y ese destacamento suministraba información a la agrupación operacional del Mayor Ibarra?

M: Desconozco, porque a nosotros nos llegaban directamente órdenes, pero las órdenes eran de trabajo cotidiano.

Fiscal: ¿Alguna orden de trabajo cotidiano consistía en detener una persona? ¿Cómo comenzaba y cómo se agotaba?

Masson: No, no, eran trabajos de naturaleza operativa. Teníamos guardias…

Fiscal: Control de rutas.

Masson: Control de rutas.

Fiscal: Eso era la rutina normal, de tiempo normal, de tiempos comunes, pero acá estamos hablando de una compañía operacional que hacía actividades operacionales antisubversivas, concretamente. Había, lo dice el Gral. Vilas, una tarea de inteligencia previa, se fijaba un objetivo, un blanco, se procedía al secuestro de una persona o la detención en el lugar de reunión de detenidos, y esa tarea, lo dijo el Mayor Ibarra acá también, la realizaba esta agrupación que comandaba Ibarra.

Masson: No… No era el leiv motiv, ni el desarrollo de nuestras actividades. Yo, por lo menos, no tengo conocimiento de que esto se haya desarrollado de esta forma, como usted dice. Las actividades que por lo menos yo desarrollé no tienen relación con esto que está relatando. Yo lo que he desarrollado durante los meses que estuve fueron las actividades que le acabo de comentar.

Fiscal: No hablo de lo que usted desarrolló, estamos hablando de cómo funcionaba, lo que nos interesa a nosotros.

Masson: Yo conozco este tipo de actividades, solamente.36

En el dialogo con el fiscal, Masson buscó despegarse de su participación en el sistema represivo, planteando que las tareas que él cumplió – en calidad de subordinado- eran inofensivas diluyendo su responsabilidad en otros, sus superiores. Posteriormente, las respuestas de Masson se centraron en plantear que él solo conocía los hechos a los cuales se referían el fiscal o los jueces “por haberlo leído en los medios de comunicación” y reiteró que no coincidían con lo que él había vivido, con su experiencia personal:

Fiscal: Dígame lo que usted sabe, usted tiene obligación de decir todo lo que sepa, díganos lo que usted sabe sobre esto que estamos… Ya le dije ampliamente hacia dónde apunta el objeto de este juicio, la verdad.

Masson: ¿Quiere que le diga lo que hacíamos?

F: No, lo que hacían no. Salvo que diga “matábamos tal persona, la enterrábamos acá”…

Masson: No… Si usted quiere que diga algo que no es cierto…

Fiscal: No, no, no, que diga lo que sabe.

Masson: Yo le puedo, puedo fabular, pero por favor, yo le estoy diciendo mis vivencias, yo le estoy diciendo lo que yo he hecho, lo que he experimentado, lo que he desarrollado…

Fiscal:¿Nadie le comentó nada por ejemplo? Que no haya vivido usted… Ningún compañero o camarada, colega…

Masson: Créame, nos hemos enterado a través de los medios de comunicación.37

Mediante el énfasis puesto en la distancia entre su experiencia y los hechos presentados en el JV, el militar buscó nuevamente deslegitimar la verdad que emergía en el juicio. Como complemento sugirió que, al preguntarle por cosas que él desconocía, el fiscal y la abogada querellante lo estaban obligando a entrar en “un campo de fantasías”. Sin embargo, minutos después opinó:

Masson: Si todas estas cosas han ocurrido desde ya son tremendas. Evidentemente hay una serie de cuestiones que son dignas de ser averiguadas y, de tener (sic), hay que aportar a la sociedad todos los datos que se dispongan. Yo creo que lo que están desarrollando es una actividad loable, pero no escuche comentarios de una cosa que aparentemente estuvo pésimamente hecha, y no sé si esto es así38.

La enunciación por parte de Masson acerca de lo que “aparentemente estuvo mal hecho” y que “no sabe si es así” cobró una dimensión mayor porque le permitió sugerir al militar la existencia de otra verdad acerca de los hechos no dicha en el JV.

3. La lucha por los sentidos del pasado. De “militares” a “asesinos”

Como hemos observado, la participación de los miembros de la AT en el JV no pasó desapercibida. La postura adoptada por éstos en las audiencias se caracterizó por revelar poca información (que mayormente ya era conocida), aportar datos generales, manifestar no recordar o mantener silencio acerca de lo que fue manifestado por testigos sobrevivientes. Esta postura permitió observar que, para los militares de la AT, la idea de brindar declaración no era vista como un aporte a la búsqueda de la construcción de la verdad sino como la continuidad de una persecución penal contra ellos.

La postura adoptada por los militares expresó la pervivencia y continuidad de una mirada adversa acerca de la intervención de la justicia en relación con su accionar durante la “guerra antisubversiva” que por entonces poseían importantes sectores de las FFAA y que se había consolidado luego del Juicio a las Juntas militares en 1985. En este sentido, el planteo de nulidad de la citación como testigo, de incompetencia de la CFB y de recusación a los jueces que realizaron Corres y Masson mostró la pervivencia de sentimientos intensos frente al accionar judicial, al que veían como injusto e imparcial, pues solo se centraba en la responsabilidad militar, aunque éste actuara limitado en su pretensión punitiva. Para los militares el Poder Judicial era percibido como un adversario y comparecer a la sala de audiencias era como ir a “jugar de visitante”39. También el tono desafiante y la postura reacia frente a las preguntas de los profesionales del derecho permitió observar que los militares de la AT compartían la creencia que el JV era una doble amenaza: por un lado, como potencial instancia que podría habilitar en el futuro, si cambiaran las condiciones, la persecución penal contra ellos, por el otro, como escenario donde se producía la exposición pública de una verdad parcial40 que cuestionaba su manera de interpretar lo ocurrido fortaleciendo la “narrativa humanitaria” (Crenzel 2008) de las organizaciones de derechos humanos que enfatizaba el carácter criminal del accionar de las FFAA y las violaciones a los derechos humanos cometidas contra ciudadanos inocentes.

Esta narrativa se había gestado durante la dictadura cuando las organizaciones de derechos humanos –principalmente las que nuclearon a familiares- comenzaron a denunciar los crímenes de la dictadura. La forma en que eran presentadas las víctimas, sin mención de su militancia o participación en organizaciones políticas, favoreció a la construcción de la imagen de su “inocencia” frente al accionar represivo. Los familiares, que en muchos casos ignoraban las militancias de las víctimas –o realizaban un silencio estratégico-, reclamaban por ellos apelando a valores universales como la “verdad” o la “vida”, con ausencia total de menciones a la militancia política o a la lucha revolucionaria. De esta forma, fueron elaborando una narrativa que, progresivamente, tendió a volverse dominante entre las organizaciones de derechos humanos pues les permitió fortalecer sus demandas de verdad y justicia mientras impugnaban la idea de “guerra” sostenida por los militares para justificar su accionar, pero también por algunos sectores ligados a la militancia revolucionaria.

En cierta forma, para los militares, brindar testimonio en JV era poner en debate sus creencias, era exponerse a confrontar con otra memoria acerca del pasado que los situaba en el lugar de victimarios e impugnaba su interpretación de los hechos. Por ello, fueron reticentes a la hora de cooperar, se negaron a participar o buscaron enfatizar su verdad en un escenario y frente a un público que percibían como adversos.

Los testimonios de los militares de la AT generaron efectos diversos. Si hasta entonces su figura no era asociada con la de los represores, durante las audiencias y, en parte, por lo presentado en ellas, esta asociación cambio. Por un lado, por primera vez los rostros, apodos y nombres de los integrantes de la AT circularon en distintos medios de comunicación masivos. La ruptura de este “secreto”, que permanecía desde finales de la dictadura fue posible gracias a la puesta en marcha de un trabajo de memoria realizado, en especial, por los sobrevivientes y sus familiares. En este sentido, se produjo por parte de las víctimas sobrevivientes una apropiación de los testimonios y dichos de los militares en la sala de audiencias. Frente a las palabras y los silencios de éstos, los familiares y las víctimas opusieron su voz, reinterpretaron el papel desempeñado por los militares y salieron a contender públicamente el sentido de las acciones. Así, plantearon una distinción implícita entre el “bien” y el “mal”. Los militares de la AT fueron enunciados en sus manifestaciones públicas por éstos como “asesinos”, “torturadores”, “impunes” y “represores”. Se volvieron los miembros de un grupo de tareas y sus figuras pronto encarnaron el mal que representó el terrorismo de Estado. A su vez, el discurso de la “guerra antisubversiva” comenzó a ser interpelado. Las víctimas eran presentadas como personas indefensas frente al accionar represivo, que se revelaba como un plan sistemático, ejecutado por perpetradores que diseminaban terror: los “torturadores”, los “abusadores”, los “locos” y los “violentos”. De esta dualidad aparente entre un plan orquestado de manera racional y planificada por las FFAA y el carácter irracional del accionar de los perpetradores pertenecientes a la AT, desnudaba el carácter perverso de la racionalidad del terrorismo de Estado que incorporó lo esquizofrénico como un aspecto sustancial (Calveiro 2006).

La trascendencia que adquirieron los testimonios y los conflictos que produjeron, proyectaron a este JV como un acontecimiento más allá de la ciudad de Bahía Blanca. El seguimiento de los medios de comunicación nacionales permitió que, en torno a estos testimonios, se planteara de manera más amplia un cuestionamiento a la impunidad existente y a sus garantes. Los distintos medios de comunicación difundieron las audiencias y le otorgaron la palabra a las victimas sobrevivientes y a los profesionales del derecho que intervenían en el juicio, en especial al Fiscal y a la abogada querellante. De esta manera, se constituyó una ventana de oportunidad para fracturar el monopolio que detentaba LNP como voz “oficial” acerca de lo ocurrido en Bahía Blanca y la interpretación que este medio ofrecía debió confrontarse con otras. El JV de Bahía Blanca reflejaba lo que había ocurrido y planteaba más allá de los tribunales las preguntas acerca de ¿qué lugar ocupaban en la sociedad quienes habían sido los responsables o colaboradores de la represión durante el terrorismo de Estado? y ¿cómo fue posible que se hubieran cometido crímenes de esta magnitud en la ciudad?

Los efectos de los testimonios en el JV de los integrantes de la AT se extenderían en el tiempo mucho más allá de la finalización de éste. Tras la anulación en el año 2005 de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final por parte de la Corte Suprema de Justicia41, se reabrió en Argentina la posibilidad de persecución penal punitiva a los responsables de crímenes durante el terrorismo de Estado. Por tal motivo, los integrantes de la AT que brindaron testimonio en el JV, debieron comparecer frente a los tribunales y todos fueron procesados por la comisión de crímenes de lesa humanidad. Solo uno de ellos, Emilio Ibarra, que falleció en 2006, logró evitar el enfrentar un juicio penal. Corres, Méndez y Masson fueron imputados en la causa 982 donde se investigaron los crímenes cometidos en el V cuerpo de Ejército. En el marco de esta causa Corres fue detenido en 2007 y se escapó permaneciendo prófugo por más de un año hasta que fue recapturado. En agosto de 2011 se inició el juicio de la causa 892. Mientras se desarrollaban las primeras audiencias Corres falleció en el Hospital militar de la ciudad de Buenos Aires a causa de una enfermedad terminal. Al finalizar el Juicio, en septiembre de 2012, Méndez y Masson, junto a otros militares, recibieron condenas a cadena perpetua por encontrárselos culpables de la comisión en carácter de co-autor de delitos enmarcados en la figura de lesa humanidad. Méndez murió en 2014 como consecuencia de una enfermedad terminal mientras que Masson continúa cumpliendo su condena en una cárcel común perteneciente al Servicio Penitenciario Federal.

4. Conclusiones

A lo largo del artículo pudimos observar los principales aspectos de la declaración de los miembros de la AT en el JV de Bahía Blanca. Mediante sus testimonios se conocieron aspectos acerca del accionar represivo, pero también se generaron conflictos en el ámbito judicial y contrapuntos con las declaraciones de otros testigos. Como resultado de las declaraciones de los ex miembros de la AT se produjeron nuevos sentidos acerca de cómo interpretar el accionar de las Fuerzas Armada y el rol desempeñado por sus miembros en la represión, que trascendieron el ámbito judicial y complejizaron la construcción social de la figura de los represores.

En primer lugar, establecimos que sus declaraciones caracterizaron por una combinación entre revelar poca información, aportar datos generales y manifestar no recordar. En segundo lugar, todos ellos enmarcaron sus acciones en el marco de la “guerra antisubversiva” y que situaron el mismo como el resultado del cumplimiento de órdenes. De esta manera, buscaron definir lo ocurrido, reivindicar su accionar y lo combinaron con una auto presentación de sí, centrada en la idea de la jerarquía militar con el objetivo de justificar su actuación. Todos se situaron como parte de un engranaje en el cual, en última instancia, otros tenían la responsabilidad de decisión, el conocimiento de lo que ocurría y sus acciones se explicaban por la “subordinación” a sus superiores. Por otra parte, de distintas maneras en sus declaraciones incluyeron a civiles y resaltaron la participación activa de sectores de la sociedad en el dispositivo represivo y en las tareas de la lucha antisubversiva. En tercer lugar, los miembros de la AT guardaron silencio respecto a manifestarse acerca del destino de los desaparecidos. Esto constituyó un límite que ninguno de ellos transgredió. En suma, mediante pocas palabras y muchos silencios, los miembros de la AT buscaron confrontar los dichos de los testigos sobrevivientes y la verdad que emergió en el JV.

La cambiante memoria de la dictadura. Los Polvorines: UNGS

Esta lucha por el sentido del pasado constituyó un eslabón más en la búsqueda de justicia punitiva contra la impunidad sancionada mediante leyes y decretos.

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Notas

1 A los efectos de facilitar la lectura se adoptará la utilización del género gramatical masculino para referirnos a colectivos de personas que en todos los casos (salvo cuando se aclare) incluye a todos los géneros.
2 Tras el retorno a la democracia en 1983 se desplegaron distintas iniciativas y medidas estatales orientadas a conocer la verdad acerca de lo sucedido durante el terrorismo de Estado y juzgar a los responsables de crímenes contra miles de ciudadanos. Estas generaron fuertes tensiones entre los miembros de las Fuerza Armadas, el gobierno y actores de la sociedad civil. Como respuesta, el Parlamento argentino sancionó en 1986 y 1987 las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida que buscaron limitar el alcance de los procesos judiciales contra miembros de las FFAA. Ambas leyes no resolvieron las tensiones acerca de cómo lidiar que se expresaron en distintos levantamientos por parte de miembros de las FFAA. Para un análisis de la dinámica de la transición desde la dictadura al gobierno de Menem véase Acuña y Smulowitz, 1995.
3 El primero de estos juicios se inició en 1998 en la ciudad de La Plata. Posteriormente se realizarían en las ciudades de La Plata (1999), Mar del Plata (2000) y Mendoza (2001). Sobre esta modalidad de justica transicional véase Andriotti Romanin, 2013.
4 La Cámara Federal de Apelaciones es la máxima instancia de grado de la Justicia Federal de Bahía Blanca, Argentina.
5 La ciudad de Bahía Blanca se encuentra situada al sur de la provincia de Buenos Aires. Durante la dictadura militar (1976 -1983) la ciudad fue la cabecera de la denominada “Zona de defensa militar N° 5” desde donde se desplegó la represión hacia la parte sur de la provincia de Buenos Aires, y las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, y el Territorio Nacional de Tierra del Fuego. En los últimos años distintas investigaciones en el campo de la historia reciente han permitido comprender la dinámica que asumió el terrorismo de Estado en la Ciudad de Bahía Blanca a partir de indagar en la violencia política y la represión estatal previa al golpe militar (Seitz 2016; Zapata 2015), en el despliegue represivo por parte de las FFAA (Barragán y Zapata 2015; Montero 2017) y en la complicidad de sectores de la sociedad civil y del Poder Judicial con la represión (Zapata, 2014 y 2018; Montero 2016 y 2017) entre otros temas.
6 La calidad de testigos determina que el testimonio sea prestado bajo juramento de decir la verdad.
7 Conocidos vulgarmente como “patotas”, eran grupos conformados por miembros de las diversas Fuerzas Armadas y de seguridad. Su función principal era el secuestro, la tortura, el asesinato y la desaparición de los “subversivos”. Sus tareas estaban vinculadas a otros aspectos de la gestión de los Centros Clandestinos de Detención. Al respecto véase Calveiro, 2006.
8 También recibió indistintamente la denominación “Compañía Operacional ” , “Equipo de Combate” o “Equipo de Lucha Antisubversiva”. Este grupo llevó adelante la “guerra antisubversiva” en la ciudad de Bahía Blanca entre 1976 y 1979. Por entonces, solo un pequeño número de sus integrantes estaban identificados. En el transcurso del JV se conocieron otros nombres de militares que integraron la AT.
9 En 1986 la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca se abocó a investigar los delitos cometidos en la jurisdicción del V cuerpo de Ejército entre 1976 y 1983. En el marco de dicha causa, que se conoció como 11/86, la Cámara citó a declaración indagatoria a los principales responsables del Comando del V Cuerpo de Ejército. Entre ellos se destacó el General Acdel Vilas quien brindó una extensa declaración donde reconoció la existencia de ésta Agrupación y aportó numerosa información acerca del dispositivo represivo.
10 Por declaraciones públicas entendemos a declaraciones realizadas abiertamente en distintos escenarios públicos cuyo pronunciamiento y circulación tiene destinatarios variados y producen efectos, debates repercusiones entre diversos ámbitos y actores.
11 Entrevista del autor a Hugo Cañon, 14 diciembre de 2015. Buenos Aires, Argentina.
12 En su declaración indagatoria de 1987 Acdel Vilas mencionó al “mayor Ibarra” como el “jefe de grupos antisubversivos”.
13 El llamado a declaración indagatoria se produce cuando un juez tiene motivos suficientes para sospechar que una persona ha cometido un delito.
14 Declaración de Emilio Ibarra, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (1999, 7 de diciembre)
15 Declaración de Emilio Ibarra, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (1999, 7 de diciembre)
16 Instalación secreta que funcionó en las inmediaciones del V Cuerpo de Ejército. Fue utilizada entre 1976 y 1979 por las Fuerzas Armadas para el secuestro, tortura y desaparición de personas.
17 Declaración de Emilio Ibarra, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (1999, 7 de diciembre)
18 Modo utilizado por los militares para referirse a los centros clandestinos de detención.
19 Al respecto véase Andriotti Romanin, 2016.
20 Declaración de Emilio Ibarra, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (1999, 7 de diciembre)
21 Se refiere al reemplazo de Acdel Vilas por el general Abel Catuzzi en la comandancia del V Cuerpo de Ejército en 1976
22 Desde su fundación en 1898 es el principal diario de la ciudad de Bahía Blanca. Durante el terrorismo de Estado LNP fue una de las principales usinas ideológicas que justificó el accionar represivo de las FFAA. Para un análisis acerca de LNP y su construcción como medio grafico véase Orbe, 2016. Respecto al rol de LNP durante la dictadura véase Zapata, 2014 y 2018; Cereijo, 2016.
23 Diario La Nación 8/12/99
24 Su nombre había sido mencionado por distintos militares en el marco de la instrucción de la causa 11/86.
25 Corres fue el cuarto militar convocado a brindar testimonio en este juicio. Todos ellos habían manifestado, de distintas maneras, su desagrado con prestar testimonio.
26 Esas presentaciones fueron rechazadas por los jueces.
27 Corres apeló su citación ante la Cámara de Casación Penal, que era el tribunal de alzada. Este aceptó su queja y reclamó a la CFB el expediente completo de la causa donde se tramitaba el Juicio por la Verdad. Esta medida provocó un conflicto entre ambos tribunales y condujo, posteriormente, a la suspensión del juicio. Al respecto véase Andriotti Romanin, 2015.
28 Declaración de Julián Oscar Corres, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (1999, 13 de diciembre)
29 Se considera imputado a una persona a quien se acusa de la comisión de un delito concreto.
30 El artículo 275 del Código Penal argentino establece que: “Será reprimido con prisión de 1 mes a 4 años, el testigo, perito o intérprete que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte, en su deposición, informe, traducción o interpretación, hecha ante la autoridad competente. Si el falso testimonio se cometiere en una causa criminal, en perjuicio del inculpado, la pena será de 1 a 10 años de reclusión o prisión. En todos los casos se impondrá al reo, además, inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena”
31 Este artículo establece que ningún ciudadano puede ser obligado a declarar contra sí mismo. Al respecto de la declaración de Corres y los conflictos que esta suscitó véase Andriotti Romanin, 2015.
32 Diario Clarín 16/12/99
33 Diario Página 12, 16/12/99.
34 Declaración de Mario Carlos Antonio Méndez, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (2000, 29 de marzo)
35 Declaración de Mario Carlos Antonio Méndez, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (2000, 29 de marzo)
36 Declaración de Jorge Anibal Masson, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (2000, 13 de abril)
37 Declaración de Jorge Anibal Masson, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (2000, 13 de abril)
38 Declaración de Jorge Anibal Masson, Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Argentina. (2000, 13 de abril)
39 “Jugar de visitante” es una expresión popular que se utiliza en Argentina para dar cuenta de la condición adversa que debe enfrentar un equipo de futbol cuando se enfrenta a otro en condición de visitante.
40 Esto fue sostenido por distintos militares que testimoniaron en éste y otros Juicios por la Verdad. Mediante la demanda de una “verdad completa” los militares (u organizaciones civiles afines a las Fuerzas Armadas) buscaban denunciar la existencia de una “verdad parcial” y una memoria social “parcial” sobre lo ocurrido durante la década del 70´, que había sido construida por las organizaciones de derechos humanos en torno a los desaparecidos ocultando la existencia de una “guerra”. Al respecto véase Salvi, 2012.
41 El 14 de junio de 2005 la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Esto sucedió en el fallo “Simón Julio H.” donde, por mayoría, los miembros de la Corte sostuvieron el carácter insanablemente nulo de las mismas dando lugar a la presentación de nuevas causas y el tratamiento de las abiertas con anterioridad. Un año antes, en el caso “Arancibia Clavel”, la Corte ya había establecido el carácter imprescriptible de los delitos de lesa humanidad. En el plano de la política nacional ya se había avanzado contra estas leyes. El 2 de septiembre de 2003 el Poder Ejecutivo, a cargo del entonces presidente Néstor Carlos Kirchner, promulgó la ley Nº 25.779 que declaró la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
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