Patrimonio cultural, hegemonía y mediaciones sociales en América Latina
Tras los bastidores de la patrimonialización cultural del fútbol brasilero en siglo XXI
Os bastidores da patrimonialização cultural do futebol brasileiro no século XXI
The backstage of the Patrimonialization of Football in Brazil in 21st century
Tras los bastidores de la patrimonialización cultural del fútbol brasilero en siglo XXI
Em Questão, vol. 24, núm. 2, pp. 434-467, 2018
Universidade Federal do Rio Grande do Sul
Recepción: 10 Noviembre 2017
Aprobación: 15 Diciembre 2017
Resumen: Considerado para el 77% de la población brasilera la primera pasión nacional, según investigación del Instituto Brasileiro de Opinião Pública e Estatística publicada en el 2013, el fútbol, desde inicio de la década de 2000, en los tres ámbitos de la Federación, sea a través de Consejos de Patrimonio Cultural o por iniciativa legal, viene siendo centro de una especie de “viralización patrimonial”, en que la práctica del deporte, la selección brasilera, estadios, sedes sociales, equipos, hinchadas, “clásicos” e incluso goles, se convirtieron en objetos de procesos de patrimonialización. Por medio de pesquisa documental (proyectos de leyes y actas administrativas, prensa escrita y sitios electrónicos de hinchas) y asumiendo que la investigación del patrimonio y del deporte debe ir más allá de la exaltación de valores nostálgicos, esto, debido a la posibilidad de caer en reivindicaciones precarias desde el punto de vista de la legitimidad, ya que el patrimonio cada vez más se presenta conflictivo, este artículo pretende poner en evidencia la realidad patrimonial del futbol en Brasil, analizando sus adecuaciones a la legislación y a requisitos patrimoniales. Buscaremos también demostrar las disputas de poder existentes entre agentes de los campos político, económico y futbolístico, que resultan en la manipulación de instrumentos “patrimonializadores” para ganar capitales simbólicos y atender intereses privados, que al final suelen resultar en la prórroga de deudas, influencias en la valorización de propiedades de los clubes, acumulación de votos en periodos electorales, entre otros beneficios.
Palabras clave: Fútbol, Património cultural, Política, Poder, Hegemonía.
Resumo: Considerado para 77% da população brasileira a primeira paixão nacional, segundo investigação do Instituto Brasileiro de Opinião Pública e Estatística publicada em 2013, o futebol, desde o início da década de 2000, nos três âmbitos da Federação, seja através de Conselhos de Patrimônio Cultural ou por iniciativa legal, vem sendo centro de uma espécie de “viralização patrimonial”, em que a prática do esporte, a seleção brasileira, estádios, sedes sociais, equipes, torcidas, “clássicos” e inclusive gols, se converteram em objetos de processos de patrimonialização. Por meio de pesquisa documental (projetos de leis e atas administrativas, imprensa escrita e sítios eletrônicos de torcidas) e assumindo que a investigação do patrimônio e do esporte deve ir além da exaltação de valores nostálgicos, isto, devido a possibilidade de cair em reivindicações precárias desde o ponto de vista da legitimidade, já que o patrimônio cada vez mais se apresenta conflitivo, este artigo pretende colocar em evidência a realidade patrimonial do futebol no Brasil, analisando sus adequações a legislação e a requisitos patrimoniais. Buscaremos também demonstrar as disputas de poder existentes entre agentes dos campos político, econômico e futebolístico, que resultam na manipulação de instrumentos “patrimonializadores” para ganhar capitais simbólicos e atender interesses privados, que ao final costumam resultar na prorrogação de dívidas, influências na valorização de propriedades dos clubes, acumulação de votos em períodos eleitorais, entre outros benefícios.
Palavras-chave: Futebol, Patrimônio Cultural, Política , Hegemonia, Poder.
Abstract: A survey carried out by IBOPE in 2013, revealed that 77% of the Brazilian people have considered Football as its first national passion. Along this decade, in all three spheres of Brazilian Federation, the country experiences a kind of "viralization" of football´s patrimonialization, with the practice of football, the practice of football, the National Team, stadiums, social venues, clubs, fans, classics and goals being objects of patrimonialization processes. This research influenced by a law, social and cultural perspectives, aims not only to understand and to problematize how these processes of patrimonialization occurs their adequacy to the legislation and procedural requirements, but especially to shed some light on the cover interests that are in dispute. In order to achieve these objectives, a bibliographical and documentary research methodology was adopted, putting under analysis, Law Projects, Constitutional Amendment and technical reports and resolutions of Municipal Councils of Cultural Heritage, as well as a variety of media (the written word and the spoken word), and “non-traditional” sources, e.g., blogs and fan channels, that contributed giving a broad perception of the interests that were at stake by the players in the fields of football, politics and cultural heritage. At the end of the work, a variety of conclusions were drawn, being highlighted the clear manipulation of patrimonial instruments by agents from the political and football fields, seeking to gain and accumulate “symbolical capital” and to attend private interests, merely for economic and political purposes, which contributes to maintain the dominant position in their respective fields.
Keywords: Football, Cultural Heritage, Politics, Power, Hegemony.
1 Introducción
Definir patrimonio no suele ser una tarea fácil ya que esa noción conlleva siglos de historia, adquiriendo nuevas interpretaciones en el traspaso del tiempo (GUEDES, 2012). Aunque se trata de un concepto polisémico, que tiene distintas maneras de ser comprendido, entendimientos contemporáneos describen el patrimonio no como un legado natural recibido de la anterior generación, sino como un proceso de construcción del presente que concentra cuestiones de orden política y económica (BRITTAIN; GAMMON; RAMSHAW, 2012), presentándose también como el ejercicio del poder (CARRION, 2013).
La temática del patrimonio se ha convertido en un elemento activo e importante en la vida de varios países de Latinoamérica que, en las más distintas áreas de ese campo, sea en relación con el patrimonio histórico, artístico, arquitectónico, natural, religioso, urbanístico y otros más, experimentan procesos, muchos de estos hegemónicos, que a su vez generan conflictos sobre la elección de qué elementos pueden o deben convertirse en patrimonio, y por consecuencia, cuales no deben hacer parte de esa distinguida y oficial lista.
Actualmente las políticas relativas al patrimonio en Brasil bajo la Constitución Federal son desarrolladas en el seno de los Consejos de Patrimonio Cultural, a nivel federal, regional y local a través de solicitudes generadas por particulares, grupos sociales o instituciones interesadas en la preservación de objetos, monumentos, prácticas sociales, tradiciones y demás manifestaciones culturales, así como por medio de una dudosa protección legal llevada a efecto por políticos en asambleas legislativas.
El fútbol, por su gran valoración popular y por la consecuente capacidad de generar capitales simbólicos y de distinción, desde el inicio del siglo XXI ha sido elemento central en procesos de patrimonialización en el ámbito del Poder Legislativo, especialmente por medio de la promulgación de leyes o decretos firmados por alcaldes o gobernadores poco o nada discutidas en sus tramitaciones, que a su vez deja en evidencia los intereses de los agentes de los campos[1] político, económico y futbolístico con lo que el campo patrimonial puede les ofrecer.
Logan (2012) sostiene que en la condición de académicos es necesario explorar más la política y la politización del patrimonio como parte de un proceso que desafía las percepciones convencionales y con ello crear una disciplina de estudios más crítica. En ese sentido, asumiendo que la investigación del patrimonio y del deporte debe ir más allá de la exaltación de valores nostálgicos, ya sea por la existencia de narrativas patrimoniales de subversión contra el orden dominante (RAMSHAW, 2017) o por la posibilidad de caer en reivindicaciones precarias desde el punto de vista de la legitimidad, este articulo pretende difundir los bastidores de la patrimonialización del fútbol en Brasil.
Por medio de investigación documental basada en el estudio de proyectos de leyes y actas administrativas, prensa escrita y sitios electrónicos de hinchas, abordaremos seis procesos de patrimonialización relacionados a clubes de fútbol y los siete intentos legales rechazados en el Congreso Nacional Brasilero que buscaron reconocer el seleccionado brasilero de fútbol y la práctica del deporte como patrimonios culturales de la nación, analizando sus adecuaciones a la legislación y a requisitos patrimoniales, y presentando las verdaderas intenciones que envolvieron dichos procesos.
Por consecuencia, el objetivo no fue demostrar si el fútbol en Brasil puede ser patrimonio, sino como esta noción ha sido construida y utilizada en los días actuales, justamente porque considerando la dimensión patrimonial del deporte como una construcción social, “[…] las estrategias de los agentes deben ser llevadas en consideración.” (PINSON, 2016, p. 3, traducción nuestra).
2 Deporte como patrimonio y el patrimonio deportivo
Suponemos que la elección del fútbol como tema central y al mismo tiempo relacionado al concepto de patrimonio cultural puede generar sorpresa a los que en una primera instancia, no establecen alguna relación entre los dos.
Sin embargo, esa relación es antigua, aunque muy poco desarrollada y por eso desconocida en Brasil y en el resto de América Latina. La museóloga portuguesa Anne Santos (2011), ha intentado explicar cómo fue posible al deporte, así como a otros sectores de la vida social y de la sociedad, tener el derecho a un espacio de reconocimiento en el campo del patrimonio cultural.
Destaca en su investigación que ese proceso, asociado a la “Carta Internacional para la Conservación y Restauro de los Monumentos y Sitios” (Carta de Venecia) de 1964, primer documento de una serie de otros elaborados por el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS), empieza en Europa como consecuencia de los efectos de la II Guerra Mundial, período en que, en virtud de la destrucción de muchas ciudades, se ha activado un deseo por la preservación de bienes culturales y por la posibilidad de que nuevos tipos de objetos pudieran ser defendidos y protegidos en la condición de patrimonios.
En medio de esa primera ola de preocupación con elementos de una cultura que era entendida como “menor”, Santos (2011) llama la atención que desde una noción vinculada al “bello” y al “prestigio” se ha proyectado la noción de que los patrimonios estarían en realidad conectados con la “identidad” de los pueblos y, como tales, habría que ser reconocidos y valorados por transformarse en elementos referenciales de la vida cotidiana de ellos mismos. Eso “[…] ha permitido al deporte, como a otros sectores de la vida y de la sociedad – la industria, la vida local y rural, la moda, la gastronomía, etc. –, encontrar un lugar en el campo del patrimonio.” (SANTOS, 2011, p. 21, traducción nuestra).
Sin embargo, aunque el deporte vinculado al patrimonio haya sido explorado desde los años setenta en las investigaciones sobre el ocio, sociología deportiva e historia de los deportes, ha sido con el turismo deportivo que su relación con el patrimonio ha empezado a ganar fuerza (RAMSHAW; GAMMON, 2016). Los autores han detectado en sus investigaciones que los museos de deporte, los salones de la fama y los locales con especial significado para el deporte se habían transformado, desde la década de 90, en lugares potenciales para investigar el campo del turismo.
En ese ámbito, han propuesto una reflexión sobre las diferencias entre patrimonio deportivo y deporte como patrimonio. A través de un análisis empírico clasificatorio, llegaron a conclusión de que el primero trata del deporte en si proprio, sus juegos más conocidos, los récords y conquistas épicas, se manifestando en mayor parte por la atribución de valor, veneración y celebración de objetos y de performances en modalidades/categorías específicas. Por su parte, el deporte como patrimonio, se ha evidenciado en los momentos en que manifestaciones deportivas van más allá del propio deporte, generando implicaciones sociales, culturales y políticas más amplias (RAMSHAW; GAMMON, 2005).
En el plano internacional, se puede evidenciar la conjunción entre el patrimonio deportivo y el deporte como patrimonio en muchas iniciativas. Como ejemplo, el ICOMOS ha elegido en el año de 2016 el patrimonio deportivo como tema de sus acciones institucionales, con la finalidad de afirmar la importancia cultural y social del deporte, de los bienes materiales e inmateriales que les son referencia y destacar su papel en la historia y formación de las identidades locales, regionales y nacionales.
Por otro lado, la lista del patrimonio cultural inmaterial de la UNESCO ya incluye actividades deportivas como la capoeira, los tradicionales Juegos de Flanders en Bélgica, las artes marciales coreanas (Taekgyeon), la Charrería (deporte nacional mexicano), y el “Dragon Boat Races”, desarrollado en China.
En ese horizonte, si tenemos en cuenta que el hockey en Canadá y el rugbi en Irlanda son elementos centrales en la discusión sobre las identidades nacionales (RAMSHAW; HINCH, 2006), y que al mismo tiempo se constituyen como prácticas deportivas compartidas más allá de las canchas (RAMSHAW; GAMMON, 2005), ¿el fútbol no ejerce semejante función en la sociedad brasileña?
Elementos jurídicos, históricos, sociales y políticos nos llevan a contestar afirmativamente a esta pregunta, entendiendo por la existencia del fútbol en los conceptos de patrimonio deportivo y patrimonio cultural en Brasil.
En primer lugar, el fútbol, como el resto de los deportes en Brasil, está insertado en la noción de los derechos sociales en los términos del artículo sexto de la Constitución Federal. En segundo lugar, desde las décadas de 1920 y 1930, el Estado estimula la práctica por el pueblo brasilero[2], siendo reconocido como el principal deporte nacional[3], medio eficiente de movilización de las masas e ingrediente fundamental para la representación cívica de la nacionalidad (HILÁRIO JÚNIOR, 2007).
Por eso no nos sorprende su fuerte influencia en la música, en la literatura, en el cine, en el teatro y hasta en el lenguaje del cotidiano, llevando a Nuno Domingos (2015, p. 110, traducción nuestra) a afirmar que el juego de pelota es un “idioma social vivo”.
Así el fútbol puede ser considerado como manifestación y practica cultural que ha transcendido en la historia de Brasil sus propios límites en la condición de deporte, lo que incluso llevo el Ministro de la Corte Suprema de Justicia (STF), Ricardo Lewandovski, al analizar el artículo 216 de la Constitución Federal que conceptúa patrimonio cultural, a afirmar:
José Afonso da Silva bien esclarece que la expresión ‘de creación nacional’, inserida en la Carta Magna, ‘no significa’ – necesariamente – ‘que sea de invención brasilera, más que sea práctica deportiva que ya se haya incorporado en los hábitos y costumbres nacionales’. Eso significa decir, a mi sentir, que el fútbol, como deporte plenamente incorporado em las costumbres nacionales, debe ser protegido e incentivado por expresa imposición constitucional, por medio de cualquier medio que la Administración Pública considerar apropiado. (BRASIL, 2014b, p. 16, traducción nuestra).
De esa manera, no tardaría para que el campo patrimonial y el campo futbolístico fuesen reconocidos y conectados por agentes deportivos y agentes políticos, empezando un proceso intenso de reconocimientos y declaraciones patrimoniales hacia distintos elementos del fútbol brasileiro.
3 La viralización patrimonial del futbol en Brasil
Las percepciones del patrimonio futbolístico y del fútbol como patrimonio, empiezan a ser detectados en la década de 1980, con los nombramientos como bienes de interés cultural de la antigua sede social del club Botafogo de Rio de Janeiro, en el año 1983, y del Estadio del Pacaembu cinco años después, por los Consejos del Patrimonio Cultural de las ciudades del Rio de Janeiro y de Sçao Paulo, respectivamente.
La ola patrimonializadora ha crecido próximo del siglo XXI, con el nombramiento de bienes de interés cultural como el Estadio del Mineirão (1997) y el Maracanã (2000), los dos por el Instituto Nacional del Patrimonio Histórico y Artístico Nacional (IPHAN), se consolidando en definitivo en la mitad de la década de 2000, en un proceso de integración de los campos futbolístico, patrimonial y político.
A dicho proceso denominamos “la viralización patrimonial del futbol” con la tendencia de la mayoría de los elementos del fútbol a no ser reconocidos en el ámbito de los Consejos de Preservación del Patrimonio Cultural, tampoco de acuerdo con las categorías, ritos y procedimientos previstos en la legislación brasileña (federal, estadual o local) del campo del patrimonio cultural, pero si en tribunas legislativas y en gabinetes de alcaldes o gobernadores.
Esa “viralización patrimonial” (Cuadro 1) se ha establecido especialmente en ámbito del patrimonio material destacándose los reconocimientos y declaraciones como patrimonios del (i) acervo de Conquistas de los Clubes de Fútbol del Estado del Rio de Janeiro (2007); (ii) las sedes sociales de del Sport Club Juiz de Fora (2011), America Football Club (2010) y Olaria Atletico Clube (2013); (iii) los estadios Moisés Lucarelli de la Associación Atlética Ponte Preta (2011), Juvenal Lamartine de la ciudad de Natal (2011), Doctor Robert Todd Locke del Atlético Jaboticabal (2011), Benedito Teixeira del America de la ciudad de São José do Rio Preto (2015) y Doutor Francisco de Palma Travassos del Comercial Fútbol Clube de la ciudad de Ribeirão Preto (2017).
Material | Inmaterial |
Botafogo de Futebol e Regatas (Rio de Janeiro). Sede social nombrada como bien de interés cultural. Origen: Ley n. 477, de 15 de diciembre de 1983 (RIO DE JANEIRO, 1983b). | Hinchada del Flamengo (Rio de Janeiro). Nombrada parte del Patrimonio Cultural de la Ciudad del Rio de Janeiro. Origen: Decreto municipal n. 28.787, de 4 de diciembre de 2007 (RIO DE JANEIRO, 2007c). |
Pacaembu (São Paulo). Estadio nombrado como bien de interés cultural. Origen: Resolución 04/88 del Consejo Municipal de Preservación del Patrimonio Histórico, Artístico y Ambiental de la ciudad de São Paulo, 1988. (SÃO PAULO, 1988). | Grêmio Esportivo Brasil de Pelotas (Rio Grande do Sul). Club nombrado como bien inmaterial de interés cultural y deportivo. Origen: Ley n. 5851, de 07 de noviembre de 2011 (PELOTAS, 2011). |
Bangu Atlético Clube (Rio de Janeiro). Estádio nombrado como bien de interés cultural. Origen: Decreto n. 15.199, de 17 de octubre de 1996 (RIO DE JANEIRO, 1996). | Clásico Fla-Flu (Rio de Janeiro). Reconocimiento del clásico entre Flamengo y Fluminense como bien de naturaleza intangible de la ciudad del Rio de Janeiro. Origen: Decreto n. 35.878, de 05 de julio de 2012 (RIO DE JANEIRO, 2012b). |
Mineirão (Minas Gerais). Estadio nombrado como bien de interés cultural y parte del conjunto arquitectónico y paisajístico de la ciudad de Belo Horizonte. Origen: Instituto del Patrimonio Histórico y Arquitectónico Nacional, 1997 (INSTITUTO DO PATRIMÔNIO…, 1997). | Hinchadas de fútbol de la ciudad del Rio de Janeiro (Rio de Janeiro). Nombradas partes del Patrimonio Cultural de la Ciudad del Rio de Janeiro. Origen: Decreto n. 35.877, de 05 de julio de 2012 (RIO DE JANEIRO, 2012a). |
Fluminense Football Club (Rio de Janeiro). Sede social nombrada como bien de interés cultural. Origen: Decreto n. 20.611, de 10 de octubre de 2001 (RIO DE JANEIRO, 2001). | Goles del exjugador Zico en el Estadio Maracanã (Rio de Janeiro). Reconocimiento como bien de naturaleza intangible de la ciudad del Rio de Janeiro. Origen: Decreto n. 37.234, de 07 de junio de 2013 (RIO DE JANEIRO, 2013b). |
Maracanã (Rio de Janeiro). Estadio nombrado como bien de interés cultural. Origen: Instituto del Patrimonio Histórico y Arquitectónico Nacional, 2000 (BRASIL, 2000). | Paysandu Sport Club (Pará). Club nombrado parte del Patrimonio Cultural Intangible del Estado del Pará y de la ciudad de Belém (PA). Origen: Ley estadual n. 7.695, de 3 de enero de 2013 (PARÁ, 2013c) y Ley local 9.097, de 23 de abril de 2015 (BELÉM, 2015a). |
Acervo de las premiaciones de los Clubes del Estado del Rio de Janeiro nombrado como bien de interés cultural. Origen: Ley n. 5.070, de 16 de Julio de 2007 (RIO DE JANEIRO, 2007a). | Club del Remo (Pará). Club nombrado parte del Patrimonio Cultural Intangible del Estado del Pará y de la ciudad de Belém (PA). Origen: Ley estadual n. 7.694, de 3 de enero de 2013 (PARÁ, 2013b) y Ley local n. 9.124, de 11 de junio de 2015 (BELÉM, 2015b). |
América Football Club (Rio de Janeiro). Sede social nombrada como bien de interés cultural. Origen: Decreto Provisorio n. 31.890, de 9 de febrero de 2010 (RIO DE JANEIRO, 2010). Decreto Definitivo n. 35.939, de 16 de Julio de 2012 (RIO DE JANEIRO, 2012c). | Castanhal Esporte Clube; São Raimundo Esporte Clube; Aguia de Marabá Futebol Clube; Tuna Luso Brasileira y Cametá Sport Club (Pará). Clubes nombrados parte del Patrimonio Cultural Intangible del Estado del Pará. Origen: Ley n. 7.693, de 3 de enero de 2013 (PARÁ, 2013a). |
Associação Atlética Ponte Preta (São Paulo). Fachada del Estadio Moises Lucarelli nombrada como bien de interés cultural. Origen: Consejo de Defensa del Patrimonio Cultural de Campinas, 2011 (CAMPINAS, 2011). | Clube Náutico Capibaribe; Sport Club Recife y Santa Cruz Futebol Clube (Pernambuco). Escudos de los clubes nombrados parte del Patrimonio Cultural Intangible del Estado del Pernambuco. Origen: Ley n. 17.994, de 08 de enero de 2014 (RECIFE, 2014). |
Sport Club Juiz de Fora (Minas Gerais). Sede social y gradas del Estadio nombrados como bienes de interés cultural. Origen: Decreto n. 10.871, de 11 de agosto de 2011 (JUIZ DE FORA, 2011). | Clásico Come-Fogo (São Paulo). Reconocimiento del clásico entre Comercial y Botafogo como bien de naturaleza intangible de la ciudad de Ribeirão Preto. Origen: Ley n. 13.347, de 16 de septiembre de 2014 (RIBEIRÃO PRETO, 2014). |
Juvenal Lamartine (Rio Grande do Norte). Estadio nombrado como bien de interés cultural. Origen: Ley n. 6.323, de 20 de diciembre de 2011 (NATAL, 2012). | Clásico RePa (Pará). Reconocimiento del clásico entre Club del Remo y Paysandu Sport Club como bien de naturaleza intangible del Estado del Pará. Origen: Ley n. 8.358, de 02 de mayo de 2016 (PARÁ, 2016). |
Jaboticabal Atlético Clube (São Paulo). Estadio nombrado como bien de interés cultural. Origen: Proceso administrativo n. 168060-2/2009, de la Alcaldía local (JABOTICABAL, 2012). | Hinchada del Esporte Clube Vitória (Bahia). Reconocida como Patrimonio Cultural de Naturaleza Intangible del Estado de Bahia. Origen: Ley n. 13.596, de 14 de diciembre de 2016 (BAHIA, 2016a). |
Olaria Atlético Clube (Rio de Janeiro). Sede social y Estadio nombrados como bienes de interés cultural. Origen: Decreto n. 37.773, de 9 de octubre de 2013 (RIO DE JANEIRO, 2013c). | Hinchada del Bahia Esporte Clube (Bahia). Reconocida como Patrimonio Cultural de Naturaleza Intangible del Estado de Bahia. Origen: Ley n. 13.599, de 15 de diciembre de 2016 (BAHIA, 2016b). |
América Futebol Clube (São Paulo). Estadio considerado de especial interés histórico con destinación y finalidad exclusiva para prácticas deportivas. Origen: Ley n. 11.731, de 13 de abril de 2015 (SÃO JOSÉ DO RIO PRETO, 2015). | Botafogo Futebol Clube (São Paulo). Club nombrado Patrimonio Cultural Intangible del Pueblo de la ciudad de Ribeirão Preto (SP). Origen: Ley n. 14.089, de 07 de noviembre de 2017 (RIBEIRÃO PRETO, 2017b). |
Comercial Futebol Clube (São Paulo). Estadio nombrado bien de interés cultural, histórico y arquitectónico. Origen: Ley n. 14.035, de 31 de julio de 2017 (RIBEIRÃO PRETO, 2017a). | Esporte Clube São Bento (São Paulo). Club nombrado Patrimonio Cultural Intangible de la ciudad de Sorocaba (SP). Origen: Ley n. 11.499, de 10 de marzo de 2017 (SOROCABA, 2017). |
Agremiação Sportiva Arapiraquense (ASA) – Alagoas. Club nombrado Patrimonio Cultural Histórico e Intangible de la ciudad de Arapiraca. Origen: Ley n. 3.245, de 05 de junio de 2017 (ARAPIRACA, 2017). | |
Fútbol de Playa y de Arena (Rio de Janeiro). Nombrado Patrimonio Cultural Intangible, Social y Turístico de la ciudad del Rio de Janeiro (RJ). Origen: Ley n. 6.168, de 10 de mayo de 2017 (RIO DE JANEIRO, 2017b). | |
Futevôlei (Rio de Janeiro). Nombrado Patrimonio Cultural Intangible de la ciudad del Rio de Janeiro (RJ). Origen: Ley n. 6.196, de 12 de junio de 2017 (RIO DE JANEIRO, 2017c). |
No obstante, se constataron una serie de procesos que buscaron reconocer otros elementos del fútbol como patrimonios culturales de naturaleza inmaterial, estos son (iv) la hinchada del equipe Flamengo (2007), (v) del clásico “Fla-Flu” disputado entre los equipos Flamengo y Fluminense de Rio de Janeiro (2012); (vi) los goles marcados por el ex jugador Zico en el Estadio del Maracanã; (vii) los clubes Paysandu Sport Club, Clube do Remo, Castanhal Esporte Clube, Águia de Marabá Futebol Clube, São Raimundo Esporte clube, Cametá Sport Club y Tuna Luso Brasileira (2013), todos del estado del Pará; (viii) los escudos de los clubes del Estado de Pernambuco, Clube Náutico Capibaribe, Sport Club do Recife y Santa Cruz Futebol Clube (2014); el clásico disputado entre los equipos Comercial Futebol Clube y Botafogo Futebol Clube (2014); el clásico “RePa” disputado entre los equipos Remo y Paysandu Sport Club (2016); las hinchadas de los clubes del estado de Bahia, Esporte Clube Vitória y Esporte Clube Bahia (2016); el Esporte Clube São Bento de la ciudad de Sorocaba, la Agremiação Sportiva Arapiraquense de la ciudad de Arapiraca e, incluso, la práctica del Fútbol de Playa y de Arena y del Futevôlei, estos dos últimos por decisión de políticos locales de la ciudad del Rio de Janeiro (2017).
Al lado de esas iniciativas están otras como la del Estadio del Brinco de Ouro de la Princesa del Guarani Futebol Clube (2013), del aún inconcluso proceso de nombramiento como bien de interés cultural del Estadio João Marcatto del Grêmio Esportivo Juventus de la ciudad de Jaraguá do Sul (2015), así como las disputas y enfrentamientos por el reconocimiento del seleccionado brasilero y de la práctica del fútbol, estos dos últimos a través de la tramitación de proyectos de ley en el Congreso Nacional, y que también reflejan un complejo escenario lleno de ilegalidades, ilegitimidades e inmoralidades que afecta las percepciones de aquellos que entienden el patrimonio como un objeto genuino, fruto de reconocimientos justos y en harmonía con los registros históricos y sociales.
3.1 Las consecuencias prácticas y jurídicas de las patrimonializaciones por dirigentes y políticos
Al analizar el fútbol en la actualidad como patrimonio cultural en Brasil, buscamos considerarlo como un proceso activo que crea significados vinculados a necesidades e intereses del tiempo presente, circunstancias e ideologias (RAMSHAW; GAMMON, 2016).
La adopción de este punto de vista, en oposición a la idea de promover los valores románticos que el património también conlleva, se justifica por las lamentables realidades de los campo futbolístico y político.
En dos años de investigaciones (2015-2017) entre los procesos de patrimonialización relacionados al futbol, todos, con excepción del proceso de nombramiento del Estádio Moisés Lucarelli del equipo Ponte Preta, el cual ha registrado una resistencia popular contra intereses económicos y personales de directivos del club[4], se detectó claramente la tendencia a la manipulación de las visiones exaltadoras, nutridas muchas veces por hinchas del deporte y que son parte del discurso internacional de Brasil como el país del fútbol, para garantizar la aprobación de proyectos de ley que reconocen, especialmente, estadios, sedes sociales, clásicos e hinchadas como patrimonios culturales locales.
Aunque se enumere diferentes elementos del campo futbolístico, los pedidos de patrimonialización investigados presentaron un similar modus operandi y una intensa busca por la conquista de los capitales “políticos”[5] y “futbolísticos”[6] a los involucrados.
Inmersos en deudas financieras y en riesgo de subastas judiciales de estadios o sedes sociales, que no solamente dejaban en peligro la continuidad de las actividades futbolísticas de los clubes, sino, principalmente, la permanencia de sus dirigentes, estos con el apoyo de agentes políticos, o algunas veces, en la condición de “doble agente”[7], se presentaron pedidos de patrimonialización que resultaron en cambios hacía las apropiaciones sociales del fútbol.
Los episodios que tuvieron como centro las sedes sociales del Olaria Atletico Club y del America Football Club, demostraron que el patrimonio ha servido como una herramienta que se manejó de acuerdo con los intereses de los directivos y del ex alcalde de la ciudad del Rio de Janeiro, el señor Eduardo Paes.
El club americano, por ejemplo, un día antes de una subasta judicial generada por deudas en la orden de 18 millones de reales con la empresa W. Torre, responsable por la construcción de su estadio Giulitte Coutinho en el año 2000, y que colocaba en riesgo la venta de su sede social para quitar aún que parcialmente el débito, emitió un pedido de auxilio al ex alcalde.
Como resultado, en cambio a la obligación de vincularse a convenios en las áreas deportivas y culturales, el club ha visto el nombramiento provisorio de su sede social como bien de interés cultural en virtud de la creación y publicación del Decreto 31.890 de 2010 (RIO DE JANEIRO, 2010).
Dos años después, una vez más en la víspera de otra subasta judicial relacionada a una deuda de casi 1 millón de reales por deudas fiscales acumuladas en los años de 1997 a 1999, la sede social fue nombrada definitivamente como de interés cultural por el jefe del Poder Ejecutivo local. En ese momento fueron publicados tres decretos – 35.939 (RIO DE JANEIRO, 2012c); 35.940 (RIO DE JANEIRO, 2012d); y 35.941 (RIO DE JANEIRO, 2012e) –, que alzando de la bandera de la “importancia del fútbol para un mejor entendimiento y comprensión de la sociedad e identidad carioca” y de que el America era parte de la “memoria e historia del fútbol local”, se determinó no sólo la protección de la preservación física del edificio, sino también el respectivo uso del espacio, destinándolo solamente para el desarrollo actividades deportivas, recreativas y de ocio a la población, impidiendo toda y cualquier otra actividad profesional y/o comercial, aislando de esa manera el interés de acreedores y obligando nuevas negociaciones con el club (RIO DE JANEIRO, 2012).
Dichos reconocimientos se basaron en el artículo 1º de la Ley n. 166, de 27 de mayo de 1980, que garantizaba al alcalde, previamente escuchado en el Consejo de Protección del Patrimonio Cultural, el poder de patrimonializar los bienes culturales de la ciudad del Rio de Janeiro (RIO DE JANEIRO, 1980). Ocurre que ese dispositivo legal ya había sido revocado hace 26 años desde la entrada en vigor de la Ley n. 474, de 14 de diciembre de 1983 (RIO DE JANEIRO, 1983a), de manera que queda en evidencia el intento del ex alcalde en querer dejar parecer que su decisión no tenía ninguna influencia política.
Las pruebas más contundentes de la politización de ese nombramiento llegaron en los años siguientes con la sede social permaneciendo abandonada por siete años, en lo que paso a ser inutilizable por los asociados, incluso transformándose en un sitio de proliferación del mosquito aedes aegypti.
La inactividad de las áreas deportivas demostró ser deliberada por los directivos del club que fueron capaces de “[…] cambiar las categorías de percepción y apreciación de aquel espacio social.” (BOURDIEU, 2004, p. 162, traducción nuestra), con la difusión de un discurso por la necesidad de construcción de una nueva sede social ya que tenían acuerdos comerciales con cadenas del sector inmobiliario.
Eso se comprobó con investigaciones realizadas con los habitantes del barrio de Tijuca (donde el club está localizado), que apuntaron a que más de la mitad quería un nuevo uso para la sede social, pues entendían que se había transformado en un símbolo de atraso para la evolución del club y del barrio (O PASSEADOR TIJUCANO, 2016).
Así que a finales del año 2016, teniendo en cuenta que el Estatuto de las Ciudades (Ley 10.257/2001) (BRASIL, 2001b) garantiza beneficios tributarios a los bienes que son nombrados como de interés social y la posibilidad de disfrutar de exenciones fiscales previstas en el Decreto local n. 28.247, de 30 de Julio de 2007 (RIO DE JANEIRO, 2007b), como el “Impuesto Predial y Territorial Urbano”, “Impuesto sobre Servicios de cualquier Naturaleza” y la “Tarifa de Obras en Áreas Particulares”, que se destinan únicamente a las edificaciones que son parte del patrimonio cultural de la ciudad del Rio de Janeiro, los dirigentes deportivos en un acuerdo hecho con ex alcalde de la ciudad del Rio de Janeiro, lograron presentar el proyecto de ley n. 169/2016 (RIO DE JANEIRO, 2016), que buscaba la revitalización, manutención y la modernización de sus instalaciones sociales y deportivas.
Las intenciones de los directivos se hicieron realidad con la publicación de la Ley 169/2017 (RIO DE JANEIRO, 2017a), que permite la demolición de la actual sede en substitución a una nueva y moderna, “preservando” el estatus de bien de interés cultural y en contrariedad al decreto provisorio publicado en 2010, que determinó que toda y cualquiera obra que se quiera realizar debería preceder de análisis del Consejo Municipal de Protección del Patrimonio Cultural.
Igualmente, los paraenses del Clube do Remo y Paysandu, fueron beneficiados con iniciativas de congresistas y concejales, que aprobaron leyes en el ámbito estadual y municipal de la ciudad de Belém, reconociéndolos como “Patrimonios Culturales Inmateriales”[8].
Por ocasión de estos reconocimientos, el concejal señor Vandick Lima, también Presidente del Paysandu Sport Club, por lo tanto, considerado un “doble-agente”, en una entrevista que le realizaron en el año 2015, mostró las verdaderas intenciones de los procesos patrimonializadores:
[...] La ley tiene gran importancia para el club, principalmente en caso de que Paysandu necesite nombrar algún objeto como bien de interés cultural también en la búsqueda de financiamiento público para desarrollar algún proyecto ligado a la institución, así como difícilmente tendremos una subasta de nuestra sede. (PAYSANDU, 2015).
En otras circunstancias la patrimonialización es operada por políticos como recurso para ampliar la popularidad en períodos electorales. En 2007, año en la cual la pesquisa de la empresa TNS Sports registró que 56,3% de la población de la ciudad del Rio de Janeiro eran hinchas del equipo Flamengo, el ex Alcalde Sr. César Maia, sancionó el Decreto n. 28.787/2007, declarando la hinchada de Flamengo como “Patrimonio Cultural de la ciudad del Rio de Janeiro.” (RIO DE JANEIRO, 2007c).
Maia en esa ocasión justificó que la hinchada era una especie de punto turístico mucho más importante que el clásico entre Flamengo y Fluminense, y que el ondear de la bandera del Clube de Regatas Flamengo en las gradas del estadio del Maracanã era un paisaje más carioca que el Pan de Açúcar (FREIRE, 2007), este declarado como patrimonio paisajístico de la humanidad por la Unesco en 2016.
Años después, la patrimonializacion del clásico “Fla-Flu” reafirmaría esa actuación oportunista por parte de otros políticos. Debido a las festividades de los 101 años del primer partido disputado entre los clubes, nuevamente Cesar Maia, en aquel momento en la condición de concejal, ofreció el proyecto de ley n. 238/2013, buscando el reconocimiento del clásico como “Patrimonio Cultural de Naturaleza Inmaterial de la Ciudad del Rio de Janeiro” (RIO DE JANEIRO, 2013a).
Sin embargo, en el año anterior, Eduardo Paes, en aquel momento alcalde de la ciudad, ya había publicado, sin la participación del Consejo del Patrimonio Cultural, el Decreto n. 35.878/2012, en el cual reconoció el partido entre los equipos como “Bien de Naturaleza Inmaterial de la Ciudad del Rio de Janeiro” (RIO DE JANEIRO, 2012b).
Dichas patrimonializaciones además de cuestionables en una perspectiva de la moralidad de la administración pública, son igualmente discutibles jurídicamente en lo que trata de la competencia sobre quién debe decir o no lo que es patrimonio.
En ese sentido, el ordenamiento jurídico brasilero en la materia del patrimonio, desde una mirada comparada entre los artículos 216 de la Constitución Federal (BRASIL, 1988) y 2º de la Ley 6.844/2009 (BRASIL, 2009), la cual regula la organización y la competencia del IPHAN, determina que la competencia legal de decidir lo que es o no patrimonio, no puede ser trasladado a agentes políticos.
Art. 2o El IPHAN tiene por finalidad institucional proteger, fiscalizar, promover, estudiar y pesquisar el patrimonio cultural brasilero, en los términos del art. 216 de la Constitución Federal [...]
II - promover la identificación, la documentación, el reconocimiento, el nombramiento y el registro del patrimonio cultural brasilero. (BRASIL, 2009, traducción nuestra).
A lo que, si están autorizados el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo en los cargos de alcaldes, gobernadores o inclusive el presidente de la Republica, debido al párrafo primero del artículo 216 de la Constitución Federal, es a la promoción o creación de más mecanismos de protección y preservación de los patrimonios.
Art. 216, Párrafo 1º: El Poder Público, con la colaboración de la comunidad, promoverá y protegerá el patrimonio cultural brasilero, por medio de inventarios, registros, vigilancia, nombramiento y desapropriacion, y otras maneras de acautelamiento y preservación. (BRASIL, 1988, traducción nuestra).
Un ejemplo de creación de mecanismos para la protección y preservación del patrimonio que se ha dado con el Decreto n. 3551 de 2000, ya que determino el registro de los bienes culturales de naturaleza inmaterial, adecuando así la legislación brasilera con los diplomas internacionales propuestos por la Unesco (BRASIL, 2000).
El STF, en el juzgado del Agravo de Instrumento n. 714949, decidió que a la luz de la Constitución el nombramiento de bienes culturales a la condición de patrimonios detiene naturaleza administractiva. Eso significa que la competencia es del Poder Ejecutivo en la figura de los Consejos de Patrimonio Cultural, sin espacio para Decretos de Alcaldes, Gobernadores o Presidente, bajo pena, como ha dicho el relator ministro Luis Roberto Barroso, de violación a los principios constitucionales de la independencia de poderes, debido proceso legal y del contradictorio, ya que cuando ocurre el nombramiento se establece limitación inmediata al derecho de propiedad, lo que obliga el Estado a dar la oportunidad a los dueños de inmóviles de contestar dichas decisiones (BRASIL, 2015a).
De esa manera, queda en evidencia que la realidad nacional patrimonial en Brasil, en lo que tiene que ver con el fútbol, en definitivo, no refleja la intención buscada por el constituyente, llenando así de ilegalidades e inmoralidades los reconocimientos que hemos presentado.
3.2. El “Catenaccio Anti Patrimonializador”: dos patrimonios en el banquillo
Así como se registró la presencia de “dobles-agentes” en los procesos de patrimonialización relacionados a clubes, sedes sociales y demás elementos del fútbol, estos también están presentes en las sillas del Congreso Nacional de Brasil, sin dejar de presentar conductas e intereses cuestionables de los encargados de decidir sobre las propuestas que interconectan fútbol y patrimonio.
El discurso por la declaración del fútbol y del seleccionado brasileiro como patrimonios culturales, considerados de relevancia e intereses público, empezó en el año 2000, en la Cámara de los Diputados, con la creación de la Comisión Parlamentar de Investigación (CPI) que buscaba investigar las denuncias de irregularidades de los contratos de patrocinio entre la empresa americana Nike y la Confederación Brasilera de Fútbol (CBF), que supuestamente contenían cláusulas que aseguraban a Nike, la organización de los partidos y la elección de los titulares del seleccionado brasilero. (BRASIL, 2001a).
En la ocasión de la deflagración de las investigaciones el Diputado Aldo Rebelo evidenció el interés por la patrimonialización, destacando la importancia del fútbol a la sociedad brasilera:
Queremos también preservar el fútbol como patrimonio cultural inalienable que lo transforma en un bien público - el único que logra unir todo el territorio nacional alrededor de una sola pasión, democráticamente dividida por clases y segmentos sociales. (BRASIL, 2001a, p. 8, traducción nuestra).
Dicha CPI que se puede considerar fue también el primero intento de determinados políticos para buscar la moralización de la administración del fútbol brasilero, ha terminado prematuramente sin que su texto final hubiera sido puesto en votación. La motivación del fracaso registrado se justificaría por la actuación de parlamentares vinculados a la CBF, los miembros de la llamada “Bancada de la CBF”, que actualmente cuenta con más de 40 políticos, muchos “doble-agentes”, como los Diputados Vicente Cândido y Marcelo Aro, que son al mismo tiempo, Director de Relaciones Internacionales y Director de Ética y Transparencia de la entidad respectivamente.
Liderados por Wanderbergue Machado, un lobista contratado por la CBF para actuar en el Congreso Nacional y defender sus intereses, desde el inicio del siglo XXI, con total éxito vienen interrumpiendo intentos que buscan la patrimonialización del fútbol o de la selección nacional.
Desde el año de 2005, siete proyectos de leyes – 286/2005 (BRASIL, 2005); 1.429/2007 (BRASIL, 2007); 3.786/2008 (BRASIL, 2008); 5.201/2013 (BRASIL, 2013a); 6.753/2013 (BRASIL, 2013b); 010/2015 (BRASIL, 2015b) y 221/2014 (BRASIL, 2014a) –, incluso un proyecto de enmienda constitucional – 12/2012 (BRASIL, 2012), fueron presentados por agentes subversivos, siempre con justificativas en común: los discursos relacionados a una identidad nacional construida alrededor del futbol, a las memorias que deberían ser preservadas y su supuesto interés público y social.
Además de esto, se quería garantizar transparencia y combatir a la corrupción, la cual se ha transformado en sinónimo de las entidades futbolísticas en Brasil o en aquellas en las que hay brasileros en los cargos más altos[9]. Los proyectos han recibido el apoyo directo y fundamental del ex jugador Romario, hoy Senador de la Republica, así como de muchos periodistas como Juca Kfouri, gran crítico de la administración de la CBF.
Sin espacio para detallar las especificidades de cada tramitación, que al todo suman más de 1500 páginas de preciada documentación, es importante presentar las acciones y omisiones registradas por los políticos que buscaban la modificación de la estructura del campo futbolístico, y, en especial, de los parlamentares “seleccionados” por la CBF cuando los proyectos estaban en pauta de discusión en comisiones especiales del Congreso Nacional.
Más que los reconocimientos y la titulación de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Brasil, la CBF, en realidad, buscaba evitar cualquier fiscalización del Ministerio Publico brasilero y, por consecuencia, discusiones por la determinación del destino de los lucros generados con la administración del futbol y del equipo nacional.
En términos legales, si uno de los proyectos hubiera sido aprobado, el Ministerio Publico, como protector del Patrimonio Cultural, por fuerza del artículo 5º, III, ‘c’ de Ley 75, de 20 de mayo de 1993, estaría en la posición de investigar las actividades de la entidad, influenciando de esa manera la caída del discurso hegemónico que defiende la autonomía absoluta de la entidad, especialmente contra cualquier influencia del Estado (BRASIL, 1993).
El proyecto de Ley 1429/2007, escrito por el Diputado Silvio Torres, uno de los más combativos políticos contra el poder de la CBF, reúne las principales estrategias utilizadas para garantizar el archivamiento o la reprobación de las proposiciones legales (BRASIL, 2007).
En ese proyecto que lleva más de 7 años en las comisiones del Congreso Nacional, se detectó la intencional ausencia en reuniones para no cumplir con el quorum necesario para comenzar los trabajos de discusión; la intencional retirada de votaciones para no permitir alcanzar el número de votantes necesario para determinar si debería o no ser patrimonio; y la invitación de políticos que tenían conexiones con los políticos de la “Bancada de la CBF”, de manera a ayudarles con votos de rechazo hacía las propuestas.
En cambio, se descubrió que los miembros de la “Bancada de la CBF” tuvieron sus campañas electorales parcial o totalmente financiadas por la entidad; muchos de ellos fueron nombrados jefes de delegación del seleccionado nacional en torneos internacionales; fueron reconocidos con títulos honoríficos de la CBF en sus zonas electorales por los “buenos servicios al desarrollo del fútbol”, entre otros beneficios.
El Diputado Torres en la última sesión de votación en la Comisión de Deportes de la Cámara de Diputados que decidió por el rechazo de su proyecto de ley, ha resumido en parte la realidad de las conexiones entre la entidad máxima del futbol brasilero y de muchos políticos que, en tesis, son representantes del pueblo.
Hoy vinieron diputados con el firme propósito de derrotar ese proyecto, porque ese proyecto amenaza la estructura, amenaza la continuidad de lo que ya acontecía. Todavía no han ido todos a la cárcel, hace falta el señor Ricardo Teixeira y la gente de sus negocios. Esta lejos también el terminar mi lucha. Por el tiempo que yo este acá en el parlamento, voy a denunciar lo que vengo denunciando desde la CPI ‘CBF-Nike’. Incluso lo que ha sido denunciado resulto en la prisión de mucha gente. Ahora en cuanto haber voces para impedir la transparencia es porque están intentando ocultar alguna cosa, no hay ninguna otra razón para traer gente que esta acá y que yo sé que tiene una historia limpia. Venir acá a votar porque recibió un pedido de alguien que tiene interés que continúe ese modelo, que es de la CBF, de las federaciones, de los clubes, deja el fútbol brasilero muy lejos de ser aclarado. Puedo perder hoy, pero siempre introduciré este proyecto en la pauta de votaciones en el próximo año y cuantas veces yo pueda. (BRASIL, 2017, p. 1, traducción nuestra).
Acá es imprescindible establecer la conexión de las últimas palabras de Silvio Torres con que Bourdieu ha puesto en su texto “Alguna de las propiedades de los campos” de la obra “Cuestiones de Sociología”. Dice el sociólogo:
La lucha presupone un acuerdo entre los antagonistas sobre lo que merece ser disputado, hecho escondido por detrás de la apariencia de lo obvio, dejada en estado de doxa, o sea, todo aquello que constituye el propio campo, el juego, sus objetos de disputa, todos los requisitos tácitamente aceptos, incluso lo que no se tiene en cuenta, por el simple hecho de jugar, de entrar en el juego. Los que participan de la lucha contribuyen para la reproducción del juego contribuyendo (más o menos completamente dependiendo del campo) para la producción de la creencia en el valor de lo que esta siendo disputado. […] Ellos son llevados a las estrategias de subversión que, por su vez, bajo pena de exclusión, permanecen dentro de ciertos límites. (BOURDIEU, 1983, p. 90, traducción nuestra).
Hemos visto que, a través de este pasaje, según Bourdieu, el campo tiene características ambiguas, pues al mismo tiempo es espacio de conflicto y competición, y de concordancia implícita. Es decir, competidores y defensores de las condiciones de reproducción del juego batallan, pero concuerdan en dejarlo activo, pues si lo termina, este acaba para todos, aunque dicho escenario iba a ser perfecto para la CBF, seguramente, no lo seria para Torres y demás agentes subversivos[10].
Por ello, entendemos estar justificada la metáfora del subtitulo, pues como comprobado, desde el comienzo de la década de 2000, la CBF ejecuta la estrategia del “catenaccio[11] anti-patrimonializador”, en lo que se vale de una corriente de diversos agentes para dejar la “portería cerrada” para cualquier intento subversivo de adversarios que quieren marcarle goles (pedidos de patrimonialización).
Como en la estrategia de Viani, la CBF siempre ha tenido más defensores para salir de una votación importante, o llenarla cuando necesario, de manera que todavía preserva su autonomía y distancia de investigaciones públicas.
4 Conclusiones
Como propuso Smith (2006), el patrimonio no es cosa, sino proceso, que envuelve tanto creación, recreación y legitimación de lazos sociales y culturales cuanto poder para regular, legitimar y justificar narrativas de identidades nacionales y jerarquías sociales.
De esa manera en sus investigaciones, la autora ha constatado que, debido a los discursos autorizados del patrimonio, los procesos de patrimonialización ocurren, muchas veces, a partir de reivindicaciones precarias desde el punto de vista de la legitimidad, lo que buscamos haber evidenciado en los casos de la “viralización patrimonial del fútbol”.
Si comparamos con las etapas de un proceso de patrimonialización propuesta por Davallon (2002), deberíamos considerar también la idea de que el patrimonio además de ser un producto cultural y un recurso político es, en última hipótesis, la promoción (o marginalización) de intereses particulares (GRAHAM; ASHWORTH; TURNBRIDGE, 2000[12] apud BRITTAIN; GAMMON; RAMSHAW, 2012).
Para Davallon (2002), la primeira etapa, que está en la base del patrimonio cultural, es descrita como la "descubierta" del objeto, que debe ser espontánea, a la suerte, no intencional. En la segunda etapa, después de la "descubierta", el origen y autenticidad deben ser establecidas por medio de la documentación e investigación científica, para que tenga el estatuto de patrimonio.
El paso siguiente es celebrar la descubierta del objeto visitándole, para evaluar con mayor propiedad la elección hecha. Eso lleva a la última etapa, que es la obligación de transmitir lo que se seleccionó para las generaciones futuras, lo que para Santos (2011), es permitido en un contexto de visita o en un contexto museológico.
Es decir, en el concepto de patrimonio cultural no somos propietarios, pero si depositarios, con la obligación de conservar lo que heredamos para transmitir, garantizando de esa manera la dimensión patrimonial. Como demostramos, tales características definitivamente no se adecuaron a la mayoría de los procesos de patrimonializacion del fútbol en Brasil.
Ha sido evidente la intencionalidad a través de acciones estrategias para nombrar los bienes como patrimonios; la ausencia de investigaciones técnicas por consejos del patrimonio; y tampoco ocurrió la efectuación de la transmisión de los valores patrimoniales por medio de una iniciativa museológica, por ejemplo. Es decir, faltaron las llaves de la comprensión de estos nuevos patrimonios.
Por ello, metafóricamente estamos de acuerdo con el entrenador de fútbol Marcelo Bielsa (2013), que mismo después de una victoria como entrenador del Athletic Bilbao, afirmo que “[…] se debe evaluar no lo conseguido, pero si lo merecido, bajo el riesgo de estar evaluando de manera incorrecta”( doc. no paginado).
Como los significados del patrimonio provienen de una fuente infinita, en la cual se crea patrimonio a la medida que necesitamos, es urgente la mayor participación de agentes del campo patrimonial para que se enteren de esa ola patrimonial del fútbol brasilero, es decir, como una trama de manifestaciones que van más allá de las canchas, y que, en la contemporaneidad, generan implicaciones y problemas sociales, culturales, políticos y éticos más amplios y profundos.
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Notas
Notas de autor
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