Recepción: 27/05/16
Aprobación: 15/12/16
DOI: https://doi.org/http://dx.doi.org/10.22335/rlct.v8i2.368
Resumen: Este artículo presenta la implementación del derecho a la verdad de las víctimas, a través de la creación de once Comisiones de la Verdad (CV), instauradas en Argentina, Chile, El Salvador, Guatemala, Uruguay, Perú, Paraguay, Colombia, Ecuador, Honduras y Brasil, las cuales surgieron como producto de acuerdos de paz o procesos transicionales. Las CV recibieron el encargo de investigar violaciones de los Derechos Humanos, y las infracciones cometidas al Derecho Internacional Humanitario, por dictaduras militares, regímenes autoritarios o conflictos armados internos. Esta revisión evidencia que, además de los temas por los que se constituyen las Comisiones, éstas funcionan gracias a ocho condiciones: duración determinada; legitimidad; temas, metodologías de trabajo concretas; medios de divulgación de resultados; atención a procesos de desarme, desmovilización y reintegración; estrategias de reparación y reconciliación. La existencia de las comisiones de la verdad, si bien transforman los conflictos que atienden no han alcanzado, como estrategia, a la promoción integral de la convivencia y de la reconciliación.
Palabras clave: comisiones de la verdad, derechos humanos, derecho internacional humanitario, reconciliación, paz.
Abstract: This article presents the implementation of the right to the truth of the victims, through the creation of eleven Commissions of Truth, established in Argentina, Chile, El Salvador, Guatemala, Uruguay, Peru, Paraguay, Colombia, Ecuador, Honduras and Brasil, which emerged as the product of peace agreements or transitional processes. The Commissions of Truth received the assignment to investigate violations of Human Rights and breaches of International Humanitarian Law by military dictatorships, authoritarian regimes or internal armed conflicts. This review shows, that in addition to the subjects that constitute the Commissions, they work due to eight conditions: determined duration; legitimacy; themes; working methodologies; media of dissemination of results; attention to Disarmament, Demobilization and Reintegration processes; repair strategies, request for forgiveness and reconciliation. The existence of the Commissions of Truth, while transforming the conflicts they serve, have not reached, as a strategy, the integral promotion of connivance and reconciliation.
Keywords: truth commissions, human rights, droit international humanitaire, reconciliation, peace.
Resumo: Este artigo apresenta a implementação do direito à verdade das vítimas, por meio da criação de onze Comissões da Verdade (CV), inseridas na Argentina, Chile, El Salvador, Guatemala, Uruguai, Peru, Paraguai, Colômbia, Equador, Honduras e o Brasil, que surgiram como resultado dos acordos de paz e processos de transição. As CV foram encarregadas de pesquisar as violações de direitos humanos e violações do direito internacional humanitário por ditaduras militares, regimes autoritários ou conflito armado interno. Como o mostra a presente análise, além dos problemas para os quais foram formados as comissões, elas são alimentadas por oito condições: prazo fixo; legitimidade; questões; metodologias de trabalho específicos; meios de difusão dos resultados; processos de Desarmamento, Desmobilização e Reintegração; estratégias de reparação e reconciliação. A existência de comissões da verdade, embora transformam os conflitos não atingiram, como uma estratégia, a promoção integral da convivência e da reconciliação.
Palavras-chave: comissões da verdade, direitos humanos, direito internacional humanitário, reconciliação, paz.
Introducción
El propósito de éste artículo de revisión, fue realizar una exploración de once Comisiones de la Verdad en América Latina, creadas en Argentina, Chile, El Salvador, Guatemala, Uruguay, Perú, Paraguay, Colombia, Ecuador, Honduras y Brasil para establecer cuál es la importancia de la verdad, por qué es un derecho de las víctimas, sus familiares y de toda la sociedad y como pueden servir éste esta comparación de países de un mismo continente, de referencia para la creación de nuevas comisiones de verdad en Colombia, último país en América en tener un conflicto armado interno.
La Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2014) ha señalado que “el derecho a la verdad se vincula de manera directa con los derechos a las garantías judiciales y protección judicial, los cuales se encuentran establecidos en los artículos XVIII y XXIV de la Declaración Americana, así como en los artículos 8 y 25 de la Convención Americana. Asimismo, en determinados supuestos el derecho a la verdad guarda relación con el derecho de acceso a la información, contemplado en el artículo IV de la Declaración Americana y el artículo 13 de la Convención Americana” (p. 6) y que éste derecho es una obligación de los Estados, el cual no corresponde solamente a las víctimas y a sus familias, sino a toda la sociedad en general.
Para esclarecer la verdad de manera complementaria a los procesos judiciales, han surgido las Comisiones de la Verdad (CV), las cuales han permitido romper los pactos de silencio y avanzar en la construcción colectiva de la verdad, tomando en cuenta el marco histórico, social y político, en la medida que son “órganos oficiales, temporales y de constatación de hechos que no tienen carácter judicial y se ocupan de investigar abusos de los derechos humanos o el derecho humanitario que se hayan cometido a lo largo de varios años” (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2014, p. 10) en momentos de transición política de gobiernos autoritarios hacia regímenes democráticos o en el paso de conflictos armados internos y guerras civiles a la paz.
En este sentido, las CV han ayudado a dibujar una imagen del impacto de las violaciones a los Derechos Humanos (DD.HH) y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH), ampliar los contenidos de la historia, a establecer la verdad sobre el pasado y cómo esa verdad se asume en el presente y en el futuro; a develar la mentira institucionalizada; a convertirse en plataformas públicas para las organizaciones de derechos humanos y de víctimas (Beristain, 2011) y han dado recomendaciones jurídicas y lecturas antropológicas, psicológicas, sociales e históricas, a cada uno de los procesos a los que han pertenecido (López, 2006).
La construcción de la verdad y de la memoria, apelan a que la verdad es un derecho individual y colectivo de origen histórico que preserva en la memoria lo que sucedió y previene de cometer errores e incluso violaciones en el futuro. Sin embargo, las Comisiones de la Verdad han sido un campo de tensión y debate entre los que quieren saber la verdad y piden justicia y reparación, los que no quieren remover las heridas del pasado y los que intentan establecer su propia versión de los hechos.
El artículo está dividido en tres partes. La primera parte presenta el contexto de creación de las Comisiones de la Verdad en América Latina, la segunda parte, es un balance de las mismas teniendo en cuenta su duración, los temas tratados, la composición, su legitimidad, las metodologías implementadas, los medios de divulgación de los informes, las estrategias de reparación, reconciliación y los procesos de desarme, desmovilización y R). Y la última parte, presenta algunas conclusiones y recomendaciones generales.
Una contextualización de las Comisiones de la Verdad (CV)
Las Comisiones de la Verdad implican a). La preservación de los archivos en relación con las violaciones de Derechos Humanos (DD.HH) y b). La existencia de comisiones no judiciales de investigación. La primera, tiene en cuenta las medidas de protección y de represión contra la sustracción, la destrucción u ocultación de evidencias de hechos contra los DD.HH; la realización de un inventario de archivos disponibles, que incluya los existentes en países terceros con la finalidad de que, con su cooperación, puedan ser consultados, o en su caso, restituidos y la adaptación a la nueva situación, de la reglamentación, sobre el acceso a los archivos y su consulta. Y la segunda, las comisiones no judiciales, ayudan a desmontar los mecanismos que han llevado a la práctica cuasi administrativa de actos aberrantes, para evitar su repetición y a preservar las pruebas para la justicia (Díaz, 2009; Joinet, 1996).
En este sentido, la verdad que se construye a través de la recolección de datos en las Comisiones de la Verdad, se puede convertir en un factor restaurador que devuelve la dignidad a las víctimas y a su familia, transforman su dolor, ayuda a la elaboración del duelo y a la superación de la situación traumática, así como a restablecer la conciencia moral de la sociedad, la convivencia y los primeros cimientos de la reconciliación (Joinet, 1996).
Sobre la relación de las CV con la reconciliación, se puede decir, que algunas Comisiones de la Verdad han introducido directamente en su nombre la noción de reconciliación, como fue el caso de Guatemala (1987), Chile (1990), Sur África (1991), la Antigua Yugoslavia (1993), Ruanda (1993), Perú (2001), Sierra Leona (2002), Ghana (2002), Marruecos (2004), Colombia (2005), (Bueno, 2006; Chapman, 2000; López, 2007; Méndez, 2011).
Siguiendo una línea cronológica, el contexto de creación de once Comisiones de la verdad en América Latina, muestra que la primer Comisión de la verdad en crearse en Latinoamérica se instauró en Argentina el 16 de diciembre de 1983 con el nombre de Comisión Nacional sobre la Desaparición de personas (CONADEP) bajo el decreto de Ley 187/83 del 15 de diciembre de 1983 del presidente Raúl Alfonsí, la cual terminó su informe el 20 de septiembre de 1984. La Comisión fue presidida por Ernesto Sábato, miembros de las iglesias (católica, judía y metodista) y tres diputados elegidos por el Presidente de la República, quienes tuvieron como mandato investigar las violaciones contra los derechos humanos ocurridos entre 1976 y 1983, recibir la denuncia sobre las desapariciones y secuestros y elaborar un informe de la Comisión (García, 2008; Hayner, 2006).
En el periodo comprendido entre 1976 a 1983, duró la dictadura militar en Argentina, caracterizada porque se cometieron graves violaciones a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad, desapariciones forzadas, homicidios, privación ilegal de la libertad, violencia sexual, tortura, masacres, entre otras. En este periodo, la junta militar presidida por el General Leopoldo Galtieri, tomó la decisión de invadir las Malvinas bajo la soberanía de Gran Bretaña, con el fin de unificar el sentimiento nacional y contrarrestar la oposición interna. Esta invasión terminó con la derrota militar del ejército Argentino en el año de 1982, con una crisis política que dio paso a la finalización de la dictadura militar en 1983 y al inicio de la democracia –elección de Raúl Alfonsín- y a las investigaciones sobre violación de derechos humanos (DD.HH) (Marchesi, 2001; García, 2008).
La segunda Comisión de la Verdad en Latinoamérica, fue la de Chile (1990) que introdujo la noción de Reconciliación explícitamente en su nombre. La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación Chilena (CNVR), fue un organismo creado por el Presidente Patricio Aylwin Azócar a través del Decreto Supremo No 355 del 25 de Abril de 1990 con el fin de realizar un Informe en el cual se preservara la memoria histórica sobre los acontecimientos de graves violaciones de Derechos Humanos y de la violencia Política que se dio en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990, periodo que duró el régimen militar de Augusto Pinochet (Cárdenas, Páez, Arnoso y Rime, 2013; Garretón, González y Lauzán, 2011; Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación de Chile, 1996).
El mandato de la Comisión fue establecer las graves violaciones a los DD.HH; reunir antecedentes que permitieran individualizar sus víctimas y establecer su paradero y recomendar las medidas de reparación y reivindicación que se creyeran de justicia y aquellas que deberían adoptarse para impedir o prevenir la comisión de nuevas violaciones. Esta comisión sesionó por 9 meses, entregó su informe en febrero de 1991. La comisión estuvo presidida por el abogado Raúl Rattig e integrada por abogados de tendencia democristiana, centro derecha, izquierda, ex parlamentarios y dos ex funcionarios de la dictadura de Pinochet (Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación de Chile, 1996; Espinoza, Ortiz y Rojas (s.f)).
La tercera Comisión de la Verdad en Latinoamérica, fue la de El Salvador, la cual fue instalada el 15 de julio de 1992 y terminó sus actividades el 15 de marzo de 1993 con la entrega del Informe a las partes y al secretario General de las Naciones Unidas. Su mandato siguió el Acuerdo de Paz (Acuerdo de Chapultepec), negociado entre el gobierno de El Salvador y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) entre 1989 y 1992.
La guerra civil en el Salvador duró aproximadamente 12 años y se produjo en el marco de la guerra fría. El gobierno de los EEUU apoyo al gobierno Salvadoreño, mientras Cuba, Nicaragua Sandinista y la Unión Soviética apoyo al frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN). Un factor que ayudó a terminar la guerra civil fue el hecho que la guerra fría comenzó a perder fuerza y los patrocinadores empezaron a perder interés político y económico (Comisión de la Verdad para el Salvador, 1993; Fisas, 2014).
El mandato de la comisión fue investigar los hechos de violencia cometidos entre 1980 y 1991 para el conocimiento público de la verdad, escoger para estudio algunos casos emblemáticos, tal como el asesinato del Arzobispo Romero y los seis jesuitas, la masacre de El Mozote, Rio Sumpul y El Calabozo, con el objetivo de avanzar hacia la reconciliación nacional. Además, se planteó en el Acuerdo la necesidad de esclarecer y superar todo señalamiento de impunidad de oficiales de la fuerza armada especialmente en los casos donde estuviese comprometido el respeto a los Derechos Humanos. La Comisión estuvo integrada por tres extranjeros: Belisario Betancurt, Reinaldo Figueredo y Thomas Buergenthal (Informe de la Locura a la Esperanza. La guerra de los doce años en El Salvador: Reporte de la Comisión de la Verdad para el Salvador, 1993; Buergenthal, 1994).
La cuarta Comisión en crearse fue la de Guatemala, Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) la cual se instaló el 23 de junio de 1994 con el Acuerdo de Oslo, como resultado de un proceso de negociación entre el Gobierno del presidente Álvaro Arzú Irigoyen y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG), la cual contó con la participación de las Naciones Unidas (ONU), con el fin de establecer la paz firme y duradera en Centroamérica y terminar para siempre el conflicto armado interno (Acuerdo de creación de la Comisión Nacional de Reconciliación de Guatemala, 1987;Fisas, 2014).
Fue instalada tres años después, el 31 de julio de 1997 y terminó su informe el 24 de febrero de 1999, funcionó durante 18 meses y estuvo compuesta por tres miembros, un extranjero, Cristian Tomuschat y dos nacionales, Alfredo Balssels y Otilia Lux de Cotí. Tuvo como mandato esclarecer las violaciones a los derechos humanos y los hechos de violencia vinculados al enfrentamiento armado; elaborar un informe con los resultados que ofrezca elementos objetivos de juicio sobre lo acontecido, abarcando factores externos e internos y formular recomendaciones para preservar la paz, la memoria de las víctimas y fomentar una cultura de respeto mutuo (Comisión para el esclarecimiento histórico de las violaciones a los Derechos Humanos y los Hechos de Violencia que han causado sufrimientos a la población Guatemalteca, 1999; Guatemala a grandes trazos, s.f; Informe sobre los derechos humanos en Guatemala, 2001).
La quinta Comisión en crearse fue la de Uruguay, la cual recibió el nombre de Comisión para la Paz, creada por Resolución de la Presidencia de la República No 858/200, del 9 de agosto 2000, con un mandato en principio de 120 días, la cual se extendió hasta el 10 de abril del 2003, fecha en la cual se entregó el informe. Los hechos que la motivaron fue la violación de Derechos Humanos cometida durante el régimen cívico-militar comprendido entre 1973 hasta 1985 (Comisión Para la Paz de Uruguay, 2013; TRIAL; 2015).
La Comisión estuvo presidida por el Arzobispo de Montevideo, Monseñor Nicolás Cutugno, Luis Pérez Aguirre (jesuita), José D’Elia (dirigente sindical), José Claudio Williman (profesor) y Gonzalo Fernández y Carlos Ramela Regules (abogados). Lamentablemente, durante el tiempo del mandato de la comisión, falleció el padre Pérez, quien fue remplazado por el Padre Jorge Osorio(Comisión para la Paz de Uruguay, 2003).
El mandato de la Comisión fue recibir, analizar, clasificar y recopilar información sobre las desapariciones forzadas ocurridas durante el régimen de facto que se instaló desde el 27 de junio de 1973, de acuerdo con lo previsto por el art. 1º de la Resolución Nº 858/2000, con el fin de “constatar, en cuanto le fuere posible, la verdad de lo ocurrido con las personas que fueron denunciadas como detenidas y desaparecidas” (Comisión para la Paz de Uruguay, 2003, p. 8).
La sexta comisión fue la del Perú, nombrada Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR). Fue creada el 4 de junio de 2001 bajo la presidencia transitoria de Valentín Paniagua, Presidente del Congreso. Dado que según Rivera (2003), después de la victoria en la lucha armada contra movimientos insurgentes y de la reelección de Alberto Fujimori como Presidente de la República en julio de 2000, estalló un gran escándalo nacional a raíz de una cinta de vídeo que probaba los sobornos a dirigentes políticos del entonces asesor del Sistema Nacional de Inteligencia y brazo derecho del presidente, Vladimiro Montesinos, lo cual hizo que se citaran a nuevas elecciones y que Alberto Fujimori pidiera asilo aprovechando su nacionalidad japonesa (Comisión de la Verdad y la Reconciliación del Perú, 2003; Rivera, 2003).
El mandato que tuvo la CVR fue esclarecer el proceso, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violación de los derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre de 2000, imputables tanto a las organizaciones armadas ilegales, Sendero Luminoso y Movimiento revolucionario Túpac Amarú, como a los agentes del Estado, al igual que proponer iniciativas destinadas a firmar la paz y la concordia entre los peruanos (Rivera, 2003).
Los cinco objetivos de la CVR fueron: 1). Realizar un análisis de las instituciones y de las condiciones políticas, sociales y culturales en el período de violencia comprendido entre 1980 y 2000. 2). Favorecer al esclarecimiento por parte de la justicia de los crímenes y violaciones de derechos humanos perpetrados por organizaciones terroristas y agentes del Estado. 3). Identificar y analizar los daños producidos como consecuencia de los crímenes y violaciones de los derechos humanos. 4). Formular propuestas para la reparación de los daños de las víctimas o sus familiares. 5). Elaborar recomendaciones sobre la base de las reformas institucionales que contribuyan a la prevención de la violencia política. La Comisión estuvo compuesta por doce integrantes de diferentes iglesias del Perú, ex congresistas, académicos y fue presidida por Salomón Lerner Febres, Rector de la Pontificia Universidad Católica del Perú y terminaron su informe en agosto de 2003. Esta comisión fue la primera en el mundo que tuvo enfoque de género (Comisión de la Verdad y la Reconciliación del Perú, 2003).
La séptima Comisión, la de Paraguay, fue nombrada como Comisión de Verdad y Justicia. Creada por Ley de la Nación No 2225/03 con un mandato hasta 2008. Surgió como consecuencia de la solicitud de las víctimas y del pueblo de Paraguay por esclarecer lo sucedido durante la dictadura de Alfredo Stroessner entre 1954 y 1989, cuando se cometieron graves violaciones a los Derechos Humanos (Comisión de Verdad y Justicia de Paraguay, 2008; Valiente, 2011).
La Comisión estuvo integrada por representantes del Estado, organizaciones de la sociedad civil y de víctimas de la dictadura: Monseñor Mario Melanio Medina, Juan Manuel Benítez, Yudith Rolón, Miguel Ángel Aquino, Heriberto Matías Alegre, Carlos Luís Casabianca, Carlos Portillo, Mario Sandoval y Víctor Jacinto. También fueron comisionados en una primera etapa la Canciller Leila Rachid Lichi, Margarita Durán Estragó, Jorge Domingo Rolón Luna, Juan Enrique Díaz Bordenave y Ausberto Valentín Rodríguez Jara (Melanio, 2008, p. 5).
La octava comisión que se creó fue la de Colombia (2005) y se conoció como la Comisión de la verdad sobre los hechos ocurridos en el Palacio de Justicia (6 y 7 de noviembre de 1985) los cuales se caracterizaron por una desproporcionada acción militar desatada en respuesta al ataque del Movimiento guerrillero M-19, episodio ocurrido durante la presidencia de Belisario Betancur (Gómez, Herrera y Pinilla, 2010).
Fue creada por la Corte Suprema de Justicia en el vigésimo aniversario de los hechos del Palacio de Justicia, frente a la evidencia de una verdad incompleta, de la impunidad y de un pacto de silencio expreso o tácito, generalizado sobre lo ocurrido (Gómez, Herrera y Pinilla, 2010). Tuvo una duración de 8 años (2005-2013) y estuvo compuesta por tres comisionados: Nelson Pinilla, Jorge Aníbal Gómez Gallego y José Roberto Herrera. Esta comisión no tuvo atribuciones jurisdiccionales, ni facultades para señalar responsabilidades individuales. Y se le presentaron muchas dificultades para esclarecer la verdad, dado que no contó con información que se suponía iba a brindar las Fuerzas Armadas, tampoco tenían financiación de ninguna instancia estatal y su trabajo fue ad honorem.
Esta no ha sido la única comisión que ha existido en Colombia. También se tiene registro de tres comisiones más: la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR), la Comisión de la verdad desde las mujeres, liderada por la Ruta Pacífica de las Mujeres, como colectivo afectado por el conflicto político armado del país y la nueva Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, creada en el marco del Acuerdo de Paz alcanzado entre el Gobierno del Presidente Santos y la Guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias –FARC- la cual entrara a funcionar una vez las FARC haya dejado las armas (Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, 2016; Fisas, 2014, 2016).
La Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR), aunque formalmente no fue una Comisión de la Verdad, si tuvo algunos efectos similares. Fue creada en el marco jurídico de la Ley 975 de 2005 o Ley de Justicia y Paz, cuyo objetivo fue facilitar los procesos de paz y de reincorporación individual y/o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la ley- en especial de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC)-, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación. Tuvo como funciones recomendarle al Gobierno la implementación de un programa institucional de reparación colectiva que permita afianzar la institucionalidad del Estado Social de Derecho, restablecer y promover los derechos de los ciudadanos afectados por los hechos de violencia así como reconocerlos y dignificarlos. La CNRR tuvo una composición mixta e interinstitucional, estuvo presidida por Eduardo Pizarro Leongómez e integrada por 12 comisionados más, entre los que estaban representantes del gobierno, de la sociedad civil, organizaciones de víctimas y organismos de control del Estado (Ley 975 de 2005, Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación y Organización Internacional para las Migraciones, 2009; Congreso de la República de Colombia; Plata, 2012).
Esta comisión aunque tenía una vigencia de ocho años fue cerrada en 2011, antes del tiempo estipulado, por el vicepresidente Angelino Garzón. A partir ese momento se eliminaron todos los registros de la CNRR de las páginas oficiales y sólo están disponibles los documentos elaborados por uno de los programas de la comisión, el del Grupo de Memoria histórica, quienes entregaron informes de casos emblemáticos de reparación colectivas documentados a la Unidad para las víctimas.
La Comisión de la verdad desde las mujeres para Colombia, fue una iniciativa especial liderada por la Ruta Pacífica de mujeres, en resistencia a la guerra, con amplia base de la sociedad civil y apoyada por agencias e instituciones internacionales (Ruta Pacífica de las Mujeres, 2013; Beristain, Mazo, Echeverry, Gallego y Ruta Pacífica de las Mujeres, 2013).
La comisión fue creada en el año 2010-2013, como una experiencia de investigación pionera en el mundo dado que fue elaborada por las propias mujeres, que documentaron los efectos de la violencia que han sufrido ellas y sus familias, las vulnerabilidades a las que han estado expuestas y las dificultades para el ejercicio y reconocimiento de sus derechos. La metodología empleada, según las autoras se ha realizado desde la perspectiva del acompañamiento, con un enfoque feminista, a través de la documentación de las historias y hechos contados por las mujeres (Alfonso, Beristain y Ruta Pacífica, 2013; Ruta Pacífica de las Mujeres, 2013).
Actualmente está en proceso de creación una nueva Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, la cual tiene como mandato “esclarecer y promover el reconocimiento de: las prácticas y hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) que tuvieron lugar con ocasión del conflicto; las responsabilidades colectivas por estas prácticas y hechos; el impacto humano y social del conflicto en la sociedad y en las diferentes poblaciones; el impacto del conflicto en el ejercicio de la política y en el funcionamiento de la democracia; el contexto histórico, los orígenes y múltiples causas del conflicto armado; los factores y condiciones que facilitaron o contribuyeron a la persistencia del conflicto” (Oficina del Alto Comisionado para la Paz, 2016).
Las funciones que tiene son investigar sobre todos los elementos del mandato; crear espacios en los ámbitos nacional, regional y territorial, en especial audiencias públicas, con el fin de escuchar las diferentes voces y de promover la participación de los diferentes sectores de la sociedad, incluyendo de quienes hayan participado de manera directa o indirecta en el conflicto; elaborar un informe final; implementar una estrategia de difusión, pedagogía y relacionamiento activo; asegurar la transversalidad del enfoque de género en todo el ámbito de trabajo de la Comisión y rendir cuentas de manera periódica. Tendrá una duración de 3 años, con un periodo anterior de preparación de 6 meses (Oficina del Alto Comisionado para la Paz, 2016).
La novena Comisión de la Verdad (CV) en crearse en América Latina fue la del Ecuador, la cual fue instaurada por el Presidente de la República Rafael Correa Delgado, el 3 de mayo de 2007 mediante el decreto presidencial No 305. Esta comisión tuvo el mandato de “investigar, esclarecer e impedir la impunidad respecto de los hechos violentos y violatorios de los derechos humanos, ocurridos entre 1984 y 1988 y otros periodos” (Comisión de la Verdad de Ecuador, ni silencio ni impunidad, 2010, p. 17).
Esta comisión contó con todo el apoyo financiero de la Presidencia de la República, el acceso a información reservada y a las instalaciones militares y policiales y estuvo integrado por cuatro comisionados: Elisie Monge Yoder (presidenta), Julio César Trujillo, Luis Alberto Luna y Pedro Restrepo, que trabajaron a partir de 600 testimonios de las víctimas y de la información de 300.000 documentos desclasificados por el Estado provenientes especialmente del Consejo de Seguridad Nacional, el Ministerio de Defensa y la Policía (Comisión de la Verdad de Ecuador, ni silencio ni impunidad, 2010).
La décima comisión en crearse fue la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Honduras (CVR), la cual fue instalada el 14 de mayo de 2010 por el presidente Porfirio Lobo Sosa. Se fundamentó en el Diálogo Guaymuras Acuerdo, Tegucigalpa/San José del 30 de octubre de 2009, con el mandato de esclarecer los hechos ocurridos antes y después del 28 de Junio de 2009, a fin de identificar los actos que condujeron a la situación en la que estalló una crisis jurídica, social, económica y política la cual desembocó en la expulsión del presidente Manuel Zelaya de su cargo y del país, y proporcionar al pueblo de Honduras elementos para evitar que estos hechos se repitan en el futuro.
La comisión estuvo integrada por 5 miembros; Eduardo Stein Barillas (presidente), Michael F. Kergin, María Amabilia Zavala, Julieta Castellanos y Jorge Omar Casco, que prefirieron analizar los 30 años anteriores a la crisis y los 7 meses siguientes al 28 de junio hasta la fecha de toma de posesión del presidente Porfirio Lobo Sosa, con el fin de que el pueblo de Honduras tenga elementos para evitar que estos hechos se repitan en el futuro. La comisión terminó su mandato en Junio de 2011 y entrego su informe el 7 de Julio de 2011 (Comisión de la Verdad y Reconciliación: para que los hechos no se repitan, 2011).
La última Comisión en crearse, fue la Comisión Nacional de la Verdad (CNV) de Brasil, instalada el 18 de noviembre de 2011 por medio de la Ley 12.528 durante la presidencia de Dilma Rousseff, la cual inicio sus funciones el 16 de mayo de 2012. Es una comisión que surge de la rama legislativa con poder para investigar, similares al del Ministerio Público (Custodio, 2015; González, 2012; 2014).
El mandato de la CNV fue esclarecer las violaciones de los derechos humanos, señalando los hechos, las circunstancias, y las responsabilidades institucionales y sociales de tales violaciones, indicar y hacer públicos las estructuras, los locales y en algunos casos incluso la autoría de dichas violaciones, cometidas entre 1946 y 1988 periodo que duró la dictadura militar -después del golpe Estado que le dieron a Getulio Vargas-.
La comisión estuvo integrada por 7 comisionados, que fueron designados por la presidenta de la República: los abogados José Carlos Días, José Paulo Cavalcanti y Rosa Cardoso; el ex jefe del Ministerio Público Federal Claudio Fonteles; el juez del Tribunal Superior de Justicia Gilson Dipp; la psicoanalista María Rita Kehl y el profesor y político Paulo Sérgio Pinheiro. Sin embargo, en el 2013 renunció Claudio Fonteles, sustituido por el profesor de derecho internacional de la Universidad de Sao Paulo, Pedro Dallari, y se retiró por problemas de salud el comisionado Gilson Dipp (Tabla 1). Es decir, entregaron el informe final el 10 de diciembre de 2014, sólo 6 de los 7 comisionados (Dallari, 2015).
Balance de las Comisiones de la Verdad. Las CV en América Latina han sido instituciones de diversa índole, sin embargo, todas reclaman el derecho colectivo al deber de no olvidar, porque asumen en la construcción colectiva de la verdad, una oportunidad para reconfigurar el dolor de la víctima, sus familias y de una sociedad golpeada y fragmentada por la violencia.
En este sentido, las CV han sido una importante plataforma pública para las organizaciones de derechos humanos y de víctimas, por ejemplo, en Perú, las organizaciones de víctimas han surgido al amparo del trabajo de la CV, y en Guatemala, las organizaciones encontraron un espacio de legitimidad, negado oficialmente (Beristain, 2011).
Sin embargo, las CV enfrentan grandes retos administrativos, económicos, políticos, de credibilidad, e incluso en algunas ocasiones de escepticismo de las víctimas, sus familias y de la sociedad, debido a que algunos gobiernos que la sucedieron aprobaron leyes de punto final, buscando el olvido y la impunidad, provocando desconfianza frente a: la gestión estatal; miedo de ser silenciados por contar y exigir la verdad; a la no incorporación por parte del Estado de las recomendaciones que estas señalan, dado que dependen finalmente de “la voluntad política de los Gobiernos que gestionan los diferentes periodos de la transición, y tanto los poderes judicial como el legislativo tienden a ver estas agendas como algo ajeno a ellos, lo que contribuye a su extensión en el tiempo y a nuevas fuentes de frustración y revictimización, así como a postergar la agenda de la democratización” (Beristain, 2011 p. 15), por ejemplo en Argentina y en el Salvador el gobierno no cumplió la mayoría de las recomendaciones.
El funcionamiento de las CV ha dependido de una serie de condiciones comunes que se presentan a continuación, y que constituyen variables relevantes para su funcionamiento y el cumplimiento de sus metas. Se trata de ocho condiciones que se desarrollan a continuación.
En primer lugar se considera la duración de las Comisiones de la Verdad en América Latina que ha oscilado entre los 4 meses y 8 años. Por ejemplo la Comisión para la Paz de Uruguay duró en principio 120 días; la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de El Salvador tuvo una duración de 6 meses; la Comisión para el Esclarecimiento Histórico de Guatemala tuvo una duración de 8 meses; muy similar el tiempo a la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación de Chile y a la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas de Argentina, las cuales tuvieron una duración de 9 meses; mientras que la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Honduras tuvo una duración de 13 meses; por otra parte, las comisiones que han tenido un mandato más largo han sido la Comisión Nacional de Verdad de Brasil (2 años y 7 meses) y la Comisión de la Verdad de Colombia (8 años) (Buergenthal, 1994; Castillejo, 2015; Cuya y Menschenrechtszentrum, 1996; Dallari, 2015; Garretón, González y Lauzán, 2011; Gómez, Herrera y Pinilla, 2010; Hayner, 2006).
En segundo lugar, ha de considerarse el conjunto de temas tratados en las diferentes Comisiones de la Verdad. El conjunto de temas considera: hechos relacionados con la desaparición de personas (Comisión Sábato, Argentina), situaciones de detenidos políticos, desaparecidos, ejecutados y torturados por agentes al servicio del Estado, víctimas de violencia política y violación de DD.HH (Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación Chilena), violaciones a los Derechos Humanos (Comisión de la Verdad y la Reconciliación de El Salvador; Comisión para el Esclarecimiento Histórico de Guatemala; Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú), o violaciones a los Derechos Humanos con especial énfasis en las violaciones “graves”, es decir, genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra como los atenidos por la Comisión Nacional de la Verdad en Brasil (Hayner, 2006; Espinoza, Ortiz y Rojas, sf)
En tercer lugar se encuentra la legitimidad de las CV. La legitimidad de las Comisiones de la Verdad, ha dependió en gran medida del contenido de sus informes, de la creación, composición y de los procedimientos para la elección de sus miembros. Por ejemplo en el Perú, el informe causó rechazo y duda, debido a que afirmaron con “convicción absoluta” que la autoría de la masacre de los 8 periodistas el 26 de enero de 1983 habían sido los comuneros de Uchuraccay y después se confirmó que no era cierto.
En relación con la creación y la composición de las CV se tuvo en cuanta si fueron creadas por decreto del poder ejecutivo (Ecuador), por la firma de un acuerdo de paz (Argentina, Chile, Perú, El Salvador y Guatemala) o por el poder legislativo como en el caso de Brasil. También las condiciones se diferencian entre mecanismos consultivos y participativos, si estuvo integrada por comisionados del mismo país, como en la Comisión para el Esclarecimiento Histórico de Guatemala, la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú, la Comisión Nacional para la Reparación de Personas Desaparecidas de Argentina, la Comisión de la Verdad sobre los hechos ocurridos en el Palacio de Justicia de Colombia, o por comisionados extranjeros como fue el caso de Comisión de la Verdad y la Reconciliación de El Salvador, o si fue una comisión mixta como en el caso de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Honduras.
Las metodologías a partir de las cuales se desarrollan las tareas de las CV constituye la cuarta condición de su funcionamiento. Las metodologías que implementaron las Comisiones fueron sobre todo: selección de casos emblemáticos, instalación de oficinas por diferentes regiones del país para recopilar testimonios y análisis documental de investigaciones previas, a través de emplear como técnicas de recolección de información entrevistas en profundidad, grupos focales, revisión de actas y expedientes, y audiencias. Las metodologías y las técnicas seleccionadas dependieron de la financiación y las condiciones políticas, económicas y de seguridad en cada uno de los países de América Latina.
Seleccionaron los casos que se debía estudiar en profundidad, para lo cual se organizó el personal que se encargaría de recoger y transcribir la información, realizaron audiencias con los familiares de las víctimas, indagaciones adicionales, posteriormente reconstruyeron el relato de la verdad individual y global, reconocieron los daño causados, enviaron los antecedentes a los tribunales y presentaron las propuestas de reparación y prevención como sucedió en la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación de Chile (Cárdenas, Páez, Arnoso y Rime, 2013).
De igual manera, realizaron una recopilación de investigaciones previas y las contrastaron con entrevistas a protagonistas, entrevistas y testimonios de las víctimas de violaciones de derechos humanos, entrevistas a actores clave, reuniones colectivas, filmaciones y documentales, información legal del Estado, informes y documentación preparados por organizaciones de la sociedad civil y organizaciones internacionales a través de un proceso minucioso de reuniones y entrevistas con el fin de tener una visión más completa e integral del conflicto y de su impacto en la dimensión nacional, regional y local como sucedió en la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Honduras (Comisión de la Verdad y Reconciliación, para que los hechos no se repitan, 2011).
En quinto lugar, se encuentran los medios de divulgación del trabajo y los resultados de las CV, que representa un aspecto fundamental de cara al cumplimiento integral de sus objetivos. Los medios de divulgación de los informes de las Comisiones fueron diversos, algunos se presentaron en físico a través de la publicación de libros o en Separatas en el Periódico Nacional y otros se debían consultar sobre todo por internet.
Los informes presentados en libro físico, constituyeron el Informe de la Comisión de Guatemala, el cual se publicó en 1999 en doce libros y se tituló “Memoria del Silencio” para el Esclarecimiento Histórico de las Violaciones a los Derechos Humanos y los Hechos de Violencia que han Causado Sufrimientos a la Población Guatemalteca, sobre todo el genocidio contra la población maya. El informe fue elaborado con arreglo al mandato de los Acuerdos de Paz firmados en 1996 entre el ejército y el gobierno guatemalteco por una parte, y la URNG (Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca) por la otra, sobre las bases, según la misma Comisión, de satisfacer el derecho del pueblo de Guatemala a conocer plenamente la verdad sobre lo ocurrido durante el enfrentamiento armado, y la esperanza de que el conocimiento del pasado contribuya a que no se repitan acontecimientos tristes y dolorosos de la historia del país (Comisión para el Esclarecimiento Histórico de las Violaciones a los Derechos Humanos y los Hechos de Violencia, 1999), el Informe que presentó la Comisión de la Verdad de El Salvador, fue nombrado “De la Locura a la Esperanza” (1993), se presentó en un libro que incluyó las investigaciones, recomendaciones y anexos. El informe concluyó que hay dos tipos de casos de violencia en el Salvador. 1). Los casos o hechos individuales que por sus características singulares conmovieron a la sociedad Salvadoreña y/o la sociedad internacional, y 2). Los casos que revelan un patrón sistemático de violencia y que su objetivo fue impactar por medio de la intimidación a ciertos sectores de la sociedad. Como fue el caso del asesinato de los 6 jesuitas en 1989 los cuales fueron ejecutados por un pequeño grupo de militares entre los que estaba el entonces coronel Rene Emilio Ponce, el asesinato en 1980 del Arzobispo Romero a mano de un escuadrón de la muerte organizado por Roberto D’ Aubusson ex-mayor del ejército y fundador del partido ARENA, alcaldes y funcionarios públicos, el caso de la Zona Rosa. Dos aspectos novedosos de este Informe, al igual que lo que ocurrió en Paraguay Ecuador, fueron el hecho de incluir los nombres de las personas identificadas como responsables de los hechos violentos (Carreño, 2014). El informe del Paraguay por ejemplo señaló 447 nombres y apellidos de personas señaladas por las víctimas; y el del Ecuador, 460 determinados como fruto de la investigación. “Aunque en ambos informes finales se subraya que esa mención no tiene ningún carácter legal ni judicial, constituye una sanción social mencionar con nombres y apellidos a los presuntos perpetradores de las violaciones de derechos humanos” (Valencia, 2011, p. 233).
También vale la pena señalar, que la Comisión Ad-Hoc de El Salvador, conformada por oficiales retirados, hicieron una radiografía muy precisa de los militares responsables de la violación de los derechos humanos y lo publicaron en contra del gobierno, quien se oponían a que se revelaran los nombres de los militares responsables por miedo a un golpe de Estado (Comisión de la Verdad para el Salvador. De la locura a la Esperanza, 1993; Buergenthal, 1994).
Otras Comisiones combinaron la publicación de libros y separatas en los periódicos nacionales, como fue el caso de Chile, que presentó en un primer momento el Informe en forma de separatas distribuidas por el periódico La Nación. En un segundo momento el Ministerio Secretaria General de Gobierno publicó una edición en tres tomos. En un tercer momento se realizó una reedición en dos tomos entre el Ministerio y la Editorial del Ornitorrinco que se distribuyó comercialmente. Y la cuarta reedición la realizó el Consejo Superior en 1996. Este último informe fue dividido en tres partes.
Mientras que en otros países se debían consultar únicamente por internet como ocurrió con el Informe Final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación del Perú, el cual se presentó en español y solamente de manera virtual. Esto fue problemático pues la mayor parte de la población afectada por el conflicto armado interno fue la población más pobre del país, la que no tiene acceso a las nuevas tecnologías de la comunicación y su lengua era el Quechua (Rivera, 2003).
Las estrategias de reparación a las víctimas de las violaciones de DD.HH e infracciones al DIH suponen la sexta condición en el desarrollo de las CV. En relación con las estrategias de Reparación se encontraron varias medidas compensatorias colectivas e individuales de resarcimiento, que se presentan relacionados con la construcción de monumentos nacionales donde aparecieran los nombres de todas las víctimas, petición de perdón, compensación económica, atención psicológica a las víctimas, celebración de un feriado nacional para rendirme homenaje a todas las víctimas, creación de un foro de la verdad y la reconciliación, establecimiento de un fondo para compensar a todas las víctimas, realizar algunas reformas dirigidas al ejército, policía, sistema electoral, programas de reinserción para los excombatientes, como ocurrió en la Comisión de la Verdad y la Reconciliación del Salvador.
Sin embargo, señala Segovia (2004) que aunque en El Salvador la Comisión de la Verdad fue importante, tuvo poco éxito, pues sus recomendaciones para el otorgamiento de reparaciones o implementación de reformas institucionales no fueron puestas en práctica. Además tuvo problemas entre los que se destacan: La falta de consenso político necesario para apoyar a la Comisión e implementar sus recomendaciones.
La Comisión fue estructurada con endebles vínculos gubernamentales, y se desintegró inmediatamente después de la redacción de su informe final, sin establecer mecanismos de seguimiento nacional. Sus recomendaciones fueron carentes de peso y de estructuras de financiamiento, pues no hubo un fondo para reparaciones que permitiera dar cumplimiento a las recomendaciones. Además de la ausencia de una alianza política sólida capaz de presionar al gobierno para hacer cumplir las recomendaciones.
Adicionalmente en el caso del Salvador, se decretó la amnistía cinco días después de la presentación del informe de la Locura a la Esperanza y se eliminó cualquier discusión sobre el pasado (Beristaín, 2011).
En relación con la petición de perdón por todos los crímenes cometidos, sucedió particularmente en Argentina y en Chile. En Argentina ocurrió cuando la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales las leyes de Punto final y de Obediencia debida, el Presidente Kirchner en el 2004 pidió perdón al pueblo Argentino en representación del Estado Argentino. Asimismo en Chile el Presidente Patricio Aylwin pidió perdón por todas las violaciones en nombre del Estado chileno, cuando presentó la síntesis del Informe de la Comisión.
Por el contrario, en países como El Salvador no se llevó a cabo una mención explícita al perdón, ni en los ámbitos formales, lo cual hizo que se dificultaran los procesos de reconstrucción de vínculos sociales en el ámbito de las instituciones informales y entre el pueblo en general (Garrido, 2008).
Propuestas en favor de la reconciliación fueron la séptima condición tenida en cuenta por las CV. La Reconciliación, fue contemplada en algunos de los informes de las Comisiones como la elaboración de un nuevo pacto político que implicaba cambios en las políticas públicas (Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Honduras); como un proceso más psicosocial que considerada la sanación de las heridas físicas, psíquicas y morales de los sobrevivientes a la violencia (Castro, 2005); o como una forma de borrar las narrativas del pasado y no exigir justicia como sucedió en el caso chileno.
Según Villalobos (1999), reconciliación es ayudar a entender lo posible, a entender que cada conflicto, es un fenómeno con diferente grado de complejidad. Propone además que hay lecciones que podrían ser universalmente válidas para otros procesos, entre los que resalta como la paz y la democracia, son más sobre el futuro que sobre el pasado. Contribuir a cambiar la percepción que cada parte tiene de la otra. Entender que la paz y la democracia, significan aceptar el derecho del adversario a existir y a tener un espacio de poder. Paz y democracia significan cambios graduales. La paz es más difícil que la guerra. La guerra simplifica la realidad. La democracia y la paz traen la diversidad, la multiplicidad de intereses, los controles. Nadie tiene manos limpias en una guerra. La reconciliación es más fácil si se acepta esta realidad. Permitir a terceras partes ayudar a que la moderación prevalezca sobre el extremismo (Alta Consejería Presidencial para la Reintegración, 2010; Artidti, 2009).
Finalmente como octava condición se encontró como características de la CV su acompañamiento o sus propuestas en relación los procesos de Desarme, Desmovilización y Reintegración (DDR). En los países centroamericanos no hubo un DDR total, lo cual generó que muchos de los excombatientes tras el fin del conflicto armado se dio lugar al rearme de grupos de delincuencia organizada dedicados al narcotráfico ocasionado muchos problemas de seguridad y violencia que pusieron en riesgo la implementación de los procesos de desmovilización (Spencer, 1997). En Nicaragua por ejemplo las demoras en satisfacer las necesidades de los ex-combatientes, el incumplimiento gubernamental de las promesas de asignación de tierras, y las altas tasas de desempleo y subempleo dieron lugar en muchos casos a persistentes amenazas a la seguridad y a nuevas explosiones de violencia. Mientras que en El Salvador, la implementación de un marco de trabajo y planificación elaborado minuciosamente para la desmovilización y reintegración trajo como resultado un proceso relativamente más eficaz y proporcionó oportunidades de recalificación y reintegración a la vida civil para los ex-combatientes (a pesar de irregularidades en la entrega de armamento y el incumplimiento de otros compromisos). En los países sobre todo centro americanos las transiciones ayudaron a disminuir las violencia directa, pero no la violencia estructural, ni la violencia cultural (Jost, 2009; Observatorio de procesos de desarme, desmovilización y reintegración social de la Universidad Nacional, 2011).
Consideraciones finales
Las CV como instituciones transitorias han jugado roles importantes en la transformación de conflictos políticos y armados en América Latina. Los resultados de su trabajo han permitido procesos transicionales en diferentes lugares del hemisferio cuyo efecto ha sido la disminución de la violencia, el esclarecimiento de la verdad en delitos de lesa humanidad y las graves violaciones de DD.HH, así como la recuperación progresiva de la confianza en la institucionalidad democrática. Los temas tratados por las CV dan cuenta del encargo que tienen, siempre referido a la protección y promoción de los DD.HH, aun cuando éstos hayan sido violados de diversas formas; pero las CV suponen en estas fases de los procesos políticos garantías que antes no existían y que se pueden promover. También se encontró que en sólo dos casos, se tuvo en cuenta el tema de género, como ocurrió en la Comisión de la Verdad del Perú y en la Comisión de la Verdad desde las mujeres, liderada por la Ruta Pacífica de las Mujeres en Colombia.
Las ocho condiciones descriptivas que tienen en cuenta todas las CV, se consideran, deben ser articuladas en cada ocasión de forma particular, de manera que sea posible alcanzar los objetivos trazados. No obstante, es siempre necesario cualificar cada una de ellas por separado y luego potenciar el conjunto.
Las críticas y las objeciones que pueden tener las Comisiones de la Verdad en América Latina están relacionadas con limitaciones jurídicas y culturales de los proceso transicionales de regímenes autoritarios y dictaduras militares o de procesos de conflictos armados internos a la paz asociados a la no saturación de la violencia, a la militarización de la sociedad, a la degradación de los medios y de los fines de la guerra, a la desconfianza generalizada, la naturalización de la guerra y la fractura del tejido social.
Algunas de las críticas que se le han hecho a las Comisiones de la Verdad en América Latina son que: 1). No tienen una aceptación total de parte de la sociedad, ni muchas veces del gobierno. 2). Los Informe que presenta la CV no puede hacerlo solamente de manera virtual, porque la mayoría de las víctimas de las zonas rurales no tiene acceso, se requiere realizar audiencias públicas que generen un mayor impacto social. 3). En algunos países los temas tratados no incluyen todas las violaciones a los derechos humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario. 4). Las cifras que presentan en sus informes finales, no coinciden con las cifras oficiales. 5). El cumplimiento de las recomendaciones que hacen, dependen de la voluntad política, de la población afectada y de la presión de la sociedad civil. 6). La falta de financiamiento para la implementación de las medidas de reparación y reconciliación. 6). El poco tiempo que se les han dado algunas comisiones (4 meses) las cuales tuvieron que solicitar plazos adicionales para terminar de cumplir los objetivos y entregar los informes finales. Por lo tanto, es importante las Comisiones tengan un tiempo estimado para realizar su mandato mayor a 4 meses, con un periodo definido para investigar las violaciones de los derechos humanos cometidos, que su composición sea mixta, es decir, que este conformada por personas nacionales y extranjeras que gocen de una alta credibilidad, que incorporen un pluralismo metodológico (talleres, entrevistas en profundidad, grupos focales) y tengan en cuenta un enfoque diferencial y de género (niños, niñas, adultos mayores, mujeres, hombres) con perspectiva regional, pues cada zona de los diferentes países tiene una cultura muy diversa y unos códigos lingüísticos particulares, incluso otro idioma.
Para que la Comisiones de la Verdad ganen legitimidad, es necesario garantizar que sus informes sean conocidos por la sociedad a través de eventos de devoluciones y audiencias públicas donde participen las víctimas, sus familias y la sociedad, que también se pueda tener acceso en físico a los documentos o a unas cartillas pedagógicas, dado que usualmente se dejan los informes en la web y algunas personas, particularmente aquellas que viven zonas rurales, tienen acceso limitado a esta información. Adicionalmente, es importante que las Comisiones tengan acceso a fondos económicos para el cumplimiento de algunas de sus recomendaciones, situación que si ha sucedido se ha presentado con limitaciones.
En términos metodológicos, se recomienda que las Comisiones de la Verdad implementen medidas simbólicas, tengan pluralismo metodológico y enfoque diferencial, es decir, que incorporen metodologías que reconozcan las diversidades de género, étnicas, culturales y regionales, pues las victimizaciones por ejemplo en Colombia, dependen del grupo armado, de la región, la población víctima (mujeres, campesinos, afrocolombianos e indígenas), entre otras variable, con lo que es vital realizar deliberaciones y participaciones democráticas desde las regiones en la construcción de la verdad. Además, esta debe hacerse en clave restauradora, incluyendo la voz, las historias y las necesidades de las víctimas, sus familias y la sociedad y no sólo de los victimarios y tenerse en cuenta las prácticas restauradoras propias de las comunidades afectadas por el conflicto armado.
Las CV ayudan a crear la esperanza de un nuevo porvenir aunque, no suponen, en sí mismas, el final de todos los conflictos sino un aporte en su transformación que pretende conjurar la violación de los DD.HH, las infracciones al DIH y disminuir ejercicios violentos. Como consecuencia de lo anterior, y teniendo en cuenta la divulgación que merecen los informes, se propone la ampliación de estrategias orientadas a la pedagogía social de la transformación del conflicto, la convivencia y la reconciliación como una acción paralela y sostenida en el tiempo
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Notas de autor
idiaz@javerianacali.edu.co
Información adicional
Investigación Asociada: Este artículo hace parte de la tesis doctoral, Naturalización de la Gestión Violenta del Conflicto Armado y Reconciliación en Colombia, adscrita al Doctorado en Psicología, línea en Psicología Social de la Universidad del Valle, Cali, Colombia.