Reportes de investigación
La importancia del derecho a la alimentación y sistemas alimentarios sostenibles en alumnos de Licenciatura en Derecho
The importance of the right to food and sustainable food systems in Law Degree students
La importancia del derecho a la alimentación y sistemas alimentarios sostenibles en alumnos de Licenciatura en Derecho
IE Revista de Investigación Educativa de la REDIECH, vol. 15, e1913, 2024
Red de Investigadores Educativos Chihuahua A. C.

Recepción: 12 Julio 2023
Aprobación: 27 Agosto 2024
Publicación: 13 Septiembre 2024
Resumen: El objetivo de este trabajo es identificar el nivel de conocimiento e importancia que tiene el derecho a la alimentación y los sistemas alimentarios sostenibles en alumnos de Licenciatura en Derecho. Para cumplir con este objetivo se realizó el análisis comparativo del pre y postest de un curso virtual desarrollado a partir de la educación ambiental y la tecnología educativa. Se encontró que existe interés por el derecho a la alimentación y los sistemas alimentarios sostenibles, pero es poco trabajado dentro de la Licenciatura en Derecho, por lo que algunos alumnos lo han investigado de forma autónoma. Se concluye que, debido al grado de importancia e interés sobre el tema alimentario, es necesaria la implementación de materias dedicadas a ello dentro de los planes de estudio de las licenciaturas en Derecho.
Palabras clave: Aprendizaje autónomo, derecho a la alimentación, educación ambiental a distancia, sistemas alimentarios sostenibles, tecnología educativa.
Abstract: This work aims to identify the level of knowledge and importance of the right to food and sustainable food systems in Law Degree students. To meet this objective, a comparative analysis of the pre and post-test of a virtual course developed from environmental education and educational technology was carried out. It was found that there is interest in the right to food and sustainable food systems, but it is little worked within the Law Degree, therefore, some students have investigated it independently. It is concluded that, due to the degree of importance and interest in the food issue, it is necessary to implement subjects dedicated to it within the curricula of Law degrees.
Keywords: Autonomous learning, right to food, distance environmental education, sustainable food systems, educational technology.
Introducción
El derecho a la alimentación es un derecho humano que cada vez adquiere mayor relevancia debido a la escasez de recursos y el aumento de precios a causa de la inflación generada por las crisis ambientales, económicas y conflictos nacionales e internacionales (FAO, 2020). Derivado de esto, los sistemas alimentarios sostenibles cobran importancia porque garantizan la seguridad, la soberanía y la autonomía alimentaria de las poblaciones, pero salvaguardando la integridad del ambiente (Intini et al., 2019). La educación ambiental históricamente ha sido una forma de promover la sustentabilidad, y con ello los sistemas alimentarios. La educación ambiental utiliza tecnologías educativas para abarcar distintos contextos y grupos sociales.
Desde 1971, el programa Man and Biosphere de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura –UNESCO por sus siglas en inglés– propuso la creación de un órgano central que impulse la educación medioambiental a nivel internacional. En 1972, en la Cumbre de la Tierra realizada en Estocolmo se planteó la educación como elemento fundamental de la política ambiental (Vázquez y Carrillo, 2018).
En 1973 la Organización de las Naciones Unidas –ONU– creó el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente –PNUMA– como un organismo que impulsó la educación ambiental. Para 1975, en la Carta de Belgrado (UNESCO, 1975) se delimitaron objetivos, metas y contenidos de la educación ambiental. En la Conferencia Intergubernamental de Educación Ambiental de Tbilisi de 1977 (UNESCO, 1977) se estableció que la educación ambiental debe velar por la preservación y mejora ambiental, además de por un desarrollo sano y equilibrado de las comunidades. Posteriormente, el Plan de Acción 21 o Agenda 21 estableció un capítulo de educación ambiental donde se concretaron sus compromisos (Ruiz-Barrios, 2020).
Uno de los principales objetivos de la educación ambiental es hacer conciencia sobre la necesidad de diversas acciones que contribuyan a un futuro sostenible. La educación ambiental busca comprender las dimensiones de las problemáticas ambientales para hacer modificaciones en las relaciones actuales de la sociedad y la naturaleza (Nay-Valero y Cordero-Briceño, 2019). Sin embargo, este objetivo se ve limitado en la práctica educativa debido a que no se da la suficiente atención, a pesar de que la ONU lo contempla como un tema relevante (Ruiz-Barrios y Diez-Martínez, 2021).
Ante tal situación, es imperioso promover herramientas y conocimientos necesarios para fomentar actitudes más sostenibles, por lo que la educación ambiental se vuelve fundamental para adquirir conciencia, valores, actitudes, técnicas ecológicas y éticas que favorezcan la participación activa y efectiva. Es importante contemplar las dinámicas de los medios físico/biológico, socioeconómico y cultural desde todas las disciplinas académicas (Departamento de Asuntos Económicos y Sociales ONU, 2023). Se requiere replantear la filosofía de la educación, modificar currículos y reformar programas educativos, así como la capacitación de maestros y un programa de promoción sobre la importancia de la educación ambiental en la sociedad (UNESCO, 2023).
Ahora bien, en México el gobierno está implementando un programa a distancia sobre educación ambiental que pretende poner a disposición de educadores y público en general una serie de cursos, talleres, diplomados, conferencias y foros, que contribuyan a la construcción de conocimientos para enriquecer las prácticas y profesionalización de personas que se desempeñan en diversos ámbitos educativos. Los niveles de formación van desde lo básico hasta temas avanzados sobre la educación ambiental (Semarnat, 2020); sin embargo, solo llegan de manera complementaria y no como asignaturas que formen parte del mapa curricular de las licenciaturas en Derecho.
Por otro lado, se debe reconocer que las tecnologías de la información y la comunicación –TIC– se vuelven un elemento necesario para la educación a distancia, en la que la comunicación entre estudiante-docente se realiza mediante las herramientas digitales, haciendo que el estudiante se vuelva más autónomo y vaya construyendo su proceso de formación académica, y el docente se vuelva meramente un guía (CAF y Naciones Unidas, 2020; Sierra, 2013).
Basado en lo anterior se desarrolló un curso virtual sobre derecho a la alimentación y los sistemas alimentarios sostenibles, dirigido a alumnos de Licenciatura en Derecho, en virtud de que la cultura jurídica debe dejar de ser cerrada e involucrarse de manera activa con otras ciencias de frontera (Friedman, 1987), en aras de permitir evaluar adecuadamente el impacto legislativo que pueden llegar a tener, ex ante y ex post, los proyectos de ley en caso de ser aprobados por los legisladores (Ehrman, 2018). En este orden de ideas, el conocimiento y dominio de la materia alimentaria como tema de ciencia de frontera se vuelve fundamental en la formación de los alumnos de Licenciatura en Derecho. Estos estudiantes requieren de herramientas y conocimientos suficientes para intervenir en la creación, asesoría y evaluación de proyectos legislativos en materia alimentaria. Lo anterior además está alineado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en concreto al segundo objetivo, que busca poner fin al hambre y asegurar el acceso de todas las personas a una alimentación sana, nutritiva y suficiente (ONU, 2024).
Metodología
El objetivo de este trabajo fue identificar el nivel conocimiento e importancia que tienen el derecho a la alimentación y los sistemas alimentarios sostenibles para los alumnos de Licenciatura en Derecho. Para ello se realizó una investigación cuantitativa y exploratoria, en la cual se desarrolló un curso virtual asincrónico de 25 horas en la plataforma Moodle sobre la importancia del derecho a la alimentación y los sistemas alimentarios sostenibles. Cabe mencionar que estos temas no son comprendidos dentro del mapa curricular de la Licenciatura en Derecho. El curso fue realizado por 36 estudiantes de la Licenciatura en Derecho perteneciente a la Universidad Autónoma de Querétaro, México.
El curso se dividió en los siguientes apartados: “Introducción”, con un video sobre cómo navegar por el curso y su respectivo programa; Unidades: “1. Conceptos básicos”, “2. Sistemas alimentarios sostenibles”, “3. Derecho a la alimentación”, “4. Ley general de la alimentación adecuada”, y “Producto final”, donde cada estudiante argumentó la necesidad de una ley general del derecho a la alimentación en México.
La investigación fue realizada en el marco del proyecto de Ciencia de Frontera (15004) “Ciudades en transición: dimensión espacial de la (des)vinculación ecológica, modos de vida urbanos y escenarios futuros”, financiado por Conahcyt. El curso contó con dos pruebas que permitieron medir un antes y un después del curso. El pretest buscó identificar el nivel de conocimiento que cada alumno poseía respecto a los temas del curso, asimismo sirvió para que los alumnos se percataran de su propio conocimiento. Después de concluir el curso se aplicó un postest para visualizar si hubo algún cambio en el conocimiento de los alumnos. Los cuestionarios constaron de diez preguntas abiertas, se realizó un análisis comparativo de las respuestas del pretest y del postest; se resaltaron las respuestas más ejemplificativas, retomándose de manera textual. Además se analizaron las propuestas y críticas a los proyectos de ley en materia alimentaria que fueron expuestas por los alumnos en el trabajo final del curso. Por último se dejó un espacio para un autoinforme donde los estudiantes señalaron sus apreciaciones con relación al tema, el contenido y la forma en que fue implementado el curso.
Resultados y discusión
En los resultados se encontró que, aunque existe interés por los temas, es poco trabajado a nivel general e institucional; sin embargo, algunos alumnos de forma autónoma han investigado y trabajado el tema, lo cual se puede observar en las respuestas textuales de los alumnos, que se analizan a continuación.
En primer lugar se compararon las respuestas del pretest y del postest, lo que permitió encontrar los siguientes resultados: en relación a la pregunta 1, “A grandes rasgos y con tus propias palabras, escribe a qué se refiere el derecho a la alimentación” (Tabla 1), durante el pretest los estudiantes señalaron que se refiere a una garantía que debe proporcionar el Estado o un derecho contenido en la ley. Después del curso, los alumnos pudieron percatarse de que el derecho a la alimentación va más allá de la Constitución, pues se trata de un derecho humano (San Vicente Parada, 2022). Sin embargo, el reto consiste en realizar políticas públicas que permitan materializar el derecho humano a la alimentación, lo cual conlleva a un correcto diagnóstico, diseño, aplicación y seguimiento de políticas alimentarias (Rodríguez-Peñaguirre y González-Arellano, 2024).
| Sujeto | Pre test | Post test |
| S13 | Es la garantía de que existen los alimentos adecuados y necesarios para alimentarse de manera digna. Y no solo que existan los alimentos, sino que también exista el fácil acceso a ellos. | El derecho a la alimentación es un derecho humano fundamental, pues protege el derecho de todos los seres humanos sin ninguna distinción a alimentarse de una manera adecuada, nutritiva, suficiente, de calidad y con dignidad ya sea, produciendo sus propios alimentos o adquiriéndolos |
| S5 | Consta de brindar o proporcionar el alimento a todas las personas es un derecho que por ley debe ser cumplido | Es uno de los derechos más grandes dentro de la constitución, es un derecho humano que protege la salud de las personas, así como su condición para seguir subsistiendo |
| S18 | Es el derecho fundamental que tenemos a satisfacer esa necesidad básica. | Es el derecho humano consagrado en distintos documentos donde el Estado debe garantizar la oportunidad y abasto alimentario. |
| S2 | Se refiere al derecho intrínseco que tenemos todos a satisfacer la necesidad del alimento, a través de una correcta alimentación y adecuada proporción. | El derecho a la alimentación es un derecho humano, inherente a todas las personas. Este se refiere a que todas las personas deben tener acceso a una alimentación digna y adecuada que contribuya a su desarrollo físico, mental e intelectual. |
En la pregunta 2, “¿Cuál es el fundamento jurídico internacional para argumentar que el derecho a la alimentación es un derecho humano?” (Tabla 2), la mayoría de los estudiantes en el pretest hicieron referencia a la Declaración de los Derechos Humanos, mostrando que solo poseen un conocimiento muy generalizado del tema, mientras que en el postest se pueden apreciar respuestas más amplias y específicas ante el tema.
| Sujeto | Pre test | Post test |
| S20 | Declaración universal de los derechos humanos | Un fundamento jurídico internacional es el pacto internacional de derechos económicos sociales y culturales en su artículo 11, el protocolo adicional a la convención americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos sociales y culturales en su artículo 12, en la convención sobre los derechos del niño, en la carta de la organización de los estados americanos en su artículo 34, en la declaración universal de derechos humanos en su artículo 25 y la ley marco derecho a la alimentación seguridad y soberanía alimentaria |
| S32 | La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 | Son diversos los instrumentos internacionales que prevén el derecho a la alimentación: - La Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 25. Aunque no es un instrumento vinculante para México sí lo fundamenta. - El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. - El Protocolo Adicional de La Convención Americana Sobre Derechos Humanos En Materia de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales "Protocolo de San Salvador". - La Convención Sobre los Derechos Del Niño. - La Carta De La Organización De Los Estados Americanos. |
| S25 | La declaración universal de derechos humanos | Aunque existen diversos ordenamientos que lo prevén uno de los principales es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 11. |
Respecto a la pregunta 3, “¿Cuál es el fundamento jurídico nacional del derecho a la alimentación?” (Tabla 3), en el caso del fundamento jurídico nacional, las respuestas de los estudiantes hacen referencia a la Constitución; sin embargo, en el postest se muestran respuestas más detalladas sobre el tema a nivel nacional, aunque cabe aclarar que a la fecha en que se realizó el curso todavía no se publicaba la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible (DOF, 2024).
| Sujeto | Pre test | Post test |
| S3 | El artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafo 3o. | - La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, principalmente en el artículo 4o, aunque también se considera el los artículos: 2o, 3o, 16, 17, 123. - Leyes de orden General: Ley General de Salud Ley General de Desarrollo Social. Ley de Desarrollo Rural Sustentable Ley Federal de Protección al Consumidor Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano |
| S15 | La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos | Su fundamento jurídico nacional está en la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 2, 3 fracción II y 4 |
| S21 | En la constitución en la parte dogmática debería estar señalado. | la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Desarrollo Social y la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. |
En relación a la pregunta 4, “¿Existe diferencia entre el concepto de soberanía y autonomía alimentaria, sí, no y por qué?” (Tabla 4). Algunos estudiantes en el pretest señalaron que existe cierta diferencia, pero sin señalar nada en específico, mientras que otros estudiantes, a pesar de no haber tenido una materia dedicada a esta temática dentro de su mapa curricular, ya conocían algunos de estos conceptos, e incluso sus alcances y limitaciones (Fernández, 2020; Mariscal et al., 2017), lo que demostró que existe cierto interés por el tema y han realizado un aprendizaje autónomo (Marcos y Moreno, 2020; Sierra, 2013).
| Sujeto | Pretest | Post test |
| S6 | Sí, debido a que una cosa es que se tenga la soberanía alimentaria (el decidir si lo que se está produciendo se comercializa o no) y otra cosa es la autonomía alimentaria (la capacidad de dichos sectores agrarios para poder regenerarse al momento de comercializar sus productos). | Sí, la autonomía alimentaria es la capacidad de decidir cómo regenerar los agrosistemas por parte de las comunidades indígenas. Por otro lado, la soberanía alimentaria es aquel derecho o capacidad que los pueblos indígenas tienen para definir las políticas de producción, distribución y procesos para los alimentos y al mismo tiempo, satisfacer las demandas alimentarias de sus distribuidores al igual que sus habitantes. |
| S18 | Si, sin embargo, no la conozco | Si, la soberanía atiende a la libertad en la toma de decisiones de los campesinos y la autonomía al cuidado del ambiente y la conservación en la producción atendiendo a los conocimientos e intereses indígenas. |
| S14 | Sí, pero no sabría cual es específicamente para cada uno de ellas. | La soberanía es cuando se los productores deciden que es lo que producen y como se distribuye mientras que la autonomía es tener libertad sobre lo que se va a producir, cómo se va a producir, su uso y fines para las comunidades vulnerables. |
| S17 | Sí. La autonomía está relacionada a la capacidad que tiene un Estado de producir lo que consume; mientras que la soberanía alimentaria tiene que ver con el desarrollo de políticas públicas sobre la producción y distribución de los alimentos. | Sí. La diferencia radica en que la Soberanía Alimentaria se puede garantizar cuando los campesinos son quienes toman las decisiones de qué producir y cómo vender eso que se produce, mientras que en la Autonomía Alimentaria los campesinos deciden qué producir y utilizan eso mismo que producen para alimentarse. |
Respecto a la pregunta 5, “¿Cuál es la finalidad u objetivo de los sistemas alimentarios sostenibles?”, en la Tabla 5 se muestran algunas respuestas en las que en el pretest los estudiantes señalaron afirmaciones referentes a una buena alimentación. Durante la implementación del curso se logró que los alumnos no solo vieran que un sistema alimentario debe poder garantizar el derecho a la alimentación, sino que a su vez debe ser sostenible (Rodríguez-Peñaguirre y González-Arellano, 2022).
| Sujeto | Pretest | Post test |
| S21 | Lograr que todos los individuos gocemos de una alimentación íntegra y de calidad. | Que se defienda el derecho a la alimentación de una forma que no afecte a la ecología y a su vez sea sustentable para el estado. |
| S11 | Asegurarles a las personas que tendrán una buena alimentación | Su objetivo es garantiza la seguridad alimentaria y la nutrición para todos, de forma que no comprometan las bases económicas, sociales y ambientales para las futuras generaciones. |
| S12 | Tener un estado sin deficiencias alimenticias. | Un sistema alimentario sostenible es aquel que tiene como objetivo principal garantizar la seguridad alimentaria y la nutrición para todos, de forma que no comprometan las bases económicas, sociales y ambientales para las futuras generaciones. |
| S15 | Buscar que toda una población tenga acceso a alimentos con base en un sistema cíclico en el que producen para consumir. | Los sistemas alimentarios sostenibles tienen como objetivo garantizar el acceso a alimentos de calidad de manera sostenible y equitativa para todas las personas. Esto incluye consideraciones como la seguridad alimentaria, la sostenibilidad ambiental y la justicia social. |
Sobre la pregunta 6, “¿Conoces alguna propuesta de proyecto de reforma o proyecto de ley en relación al derecho a la alimentación?”, se observó en el pretest cómo los estudiantes no conocen ni se involucran en este tipo de proyectos legislativos, pero en algunos casos los alumnos señalan que les interesaría saber más (Tabla 6). A partir del curso se logró que los estudiantes conocieran algunos proyectos de ley en materia alimentaria que busca implementar el Estado para el beneficio de las comunidades de manera sostenible (Rivera Rivera y Sierra Arámburo, en Senado de la República, 2021).
| Sujeto | Pretest | Post test |
| S6 | No, pero me interesaría poder saber más respecto a las iniciativas que se tienen en cuestión de la relación que tiene cada estado con la sustentabilidad que se tiene con las comunidades indígenas. | La propuesta o Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de la Alimentación Adecuada, la cual nos dice por qué se establece dicha iniciativa y por qué debemos implementar la ley para el beneficio de las comunidades que tienen menos recursos económicos para adquirir los alimentos y granos básicos para el humano. |
| S5 | No | Justamente es una de las propuestas que se trabajaron al final del curso “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley General de la Alimentación Adecuada" |
| S15 | No, desconozco del tema | Sí, en México existen varias propuestas de reforma o proyectos de ley relacionados con el derecho a la alimentación. Una de ellas es el proyecto de Ley General de Alimentación y Nutrición, que fue presentado en el Congreso de la Unión en 2018. Otra propuesta de reforma relacionada con el derecho a la alimentación es el proyecto de Ley General de Seguridad Alimentaria y Nutricional, que fue presentado en el Congreso de la Unión en 2019. |
| S14 | No conozco ninguna | Solo la Iniciativa que este curso me proporciono. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la ley general de alimentación adecuada. |
Respecto a la pregunta 7, “¿Conoces alguna metodología para evaluar el impacto legislativo? De ser así, menciona cuál”(Tabla 7), se encontró que la mayoría de los alumnos no tenían conocimiento de estas metodologías. Después del curso, los estudiantes señalan la evaluación de impacto legislativo (Ehrman, 2018), el cual contempla encontrar el problema o causas, definir objetivos, evaluar alternativas, consultar el cuerpo normativo, elaborar un proyecto, determinar a los encargados de la propuesta, evaluar el costo/beneficio, evaluar la carga administrativa, evaluar el impacto presupuestario y evaluar su efecto sobre la igualdad de género y no-discriminación.
| Sujeto | Pretest | Post test |
| S8 | Desconozco la metodología que se emplea. | Encontrar el problema o las causas, definir los objetivos, evaluar nuestras alternativas, consultar nuestro cuerpo normativo, elaborar un proyecto de norma, determinar a los encargados de la propuesta, evaluar el costo/beneficio, evaluar la carga administrativa, evaluar el impacto presupuestario y evaluar su efecto sobre la igualdad de género y no discriminación. |
| S1 | No. | Sí, la "Guía para la evaluación de impacto" (2005) y los "Lineamientos para la Evaluación del Impacto Presupuestario de los Proyectos de Iniciativas de Leyes, Decretos, Acuerdos o Reglamentos" |
| S18 | no, no conozco ninguna | La EIL que propone la evaluación del impacto en distintos ámbitos, desde la identificación de las causas, pasando los la valoración de alternativas y abarcando hasta el impacto en costo beneficio y administrativo de la puesta en marcha para estas reformas. |
| S7 | Ninguna. | Ahora así es, después de trabajarlo en el curso, conozco el modelo de análisis de impacto legislativo y sus elementos. |
| S2 | Desconozco | Sí, la metodología propuesta en La evaluación de impacto legislativo: un programa para la mejora de los resultados de la legislación por Roberto Ehrman, donde menciona que: ...La propuesta se compone por una serie de apartados, cada uno con un ámbito especifico de aplicación y su propia metodología de análisis. En cada apartado se señala un rubro específico de análisis de impacto que el nuevo dispositivo legal, o su reforma, tiene sobre una dimensión determinada, ya sea jurídica, social, económica administrativa y presupuestaria. Por cada apartado habrá que elaborar una serie lineamientos o guías de cumplimiento, mismas que ya existen en otros ordenamientos jurídicos, nacionales e internacionales. |
| S15 | No | Análisis de costo-beneficio: consiste en evaluar los costos y los beneficios de una ley o propuesta de reforma, para determinar si el impacto es beneficioso o no para la sociedad en su conjunto. Análisis de impacto distributivo: consiste en evaluar cómo la ley o propuesta de reforma afecta a diferentes grupos de la sociedad, en términos de género, edad, nivel socioeconómico, etc. La evaluación de las alternativas: Evaluar el costo de oportunidad; Análisis de opciones; Pirámide regulatoria. |
En la pregunta 8, “¿Conoces alguna ley local que se relaciona con el derecho a la alimentación?”, la mayoría de los estudiantes no conocía ninguna ley durante el pretest; después de la implementación del curso los estudiantes respondieron que existen varias leyes que se relacionan con la materia alimentaria, lo cual posibilitó que se percataran de que el tema se encuentra relacionado con otros (Tabla 8).
| Sujeto | Pretest | Post test |
| S11 | La verdad no | Ley de Desarrollo Social y la Ley de Desarrollo Rural Sustentable |
| S13 | Si - ley General de Desarrollo social | Ley general de salud Ley general de desarrollo social Ley de desarrollo rural sustentable Ley de seguridad alimentaria y nutricional para el Distrito federal |
| S15 | No conozco ninguna | Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional del Estado de México: esta ley tiene como objetivo promover la producción, distribución y consumo de alimentos saludables y sostenibles, y garantizar el derecho a la alimentación y la nutrición adecuada de todas las personas en el estado de México. |
| S14 | No | Ley de seguridad alimentaria nutricional para el Distrito Federal Ley de Huertos Urbanos de la Ciudad de México |
En relación a la pregunta 9, “¿Cómo se podría garantizar o mejorar la forma en que se garantiza el derecho a la alimentación en México?”, se observó cómo por falta de conocimiento la opción más común es querer responsabilizar (Rodríguez-Peñaguirre y Gutiérrez-Yurrita, 2020) y cuestionar sin proponer, y las respuestas más repetidas por los alumnos fueron en torno a satisfacer las necesidades alimentarias o relacionadas con el comercio internacional de alimentos (Tabla 9). Sin embargo, con la implementación de este curso se pudieron observar propuestas mejor estructuradas que pretenden dar seguimiento a las leyes para analizar su impacto y saber si dichas leyes cumplen con su objetivo de garantizar el derecho a la alimentación como derecho humano; además de que las respuestas se enfocaron a las poblaciones más vulnerables, sobre cómo apoyarlas y fortalecerlas con programas especializados.
| Sujeto | Pretest | Post test |
| S13 | Priorizando a los grupos más desfavorables de la sociedad y en general a la sociedad y adecuándose a las facultades que tienen las leyes que garantizan el derecho a la alimentación | Establecer diferentes mecanismos legales para garantizar el derecho a la alimentación adecuada, particularmente en relación con la población más vulnerable, mediante una legislación de carácter general que sea capaz de fincar una política de estado encaminada a la transformación del sistema alimentario desde un enfoque de derechos humanos, destacando el carácter interdependiente del derecho a la alimentación con el ejercicio y goce de diversos derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. |
| S8 | Haciendo responsable a las personas que deben cumplir con ese deber (padres, estado, etc.) | Dándole seguimiento a ciertas leyes de alimentación para asegurar que las personas reciban dicha alimentación de manera adecuada. Así mismo Llevar a cabo actividades con el fin de fortalecer el acceso a los alimentos por parte de la población y, cuando un grupo o una persona sea incapaz, por razones que escapen de su control, de disfrutar el derecho a una alimentación adecuada por los medios a su alcance, hacer efectivo ese derecho directamente. |
| S16 | Podría pensar que es necesario un mejor desarrollo del país, organización de la distribución y exportación de los alimentos | Fortalecer los sistemas de producción, distribución y comercialización de alimentos: Esto incluye apoyar a los pequeños productores y fomentar la agricultura sostenible y la producción de alimentos locales y saludables. Mejorar el acceso a los alimentos: Esto puede incluir programas de distribución de alimentos y servicios de entrega a domicilio para llegar a las personas que viven en áreas rurales o de difícil acceso. Promover la educación alimentaria: Es importante que las personas tengan acceso a información sobre cómo elegir alimentos saludables y preparar comidas nutritivas. |
Finalmente, en la pregunta 10, “¿Conoces alguna política pública en materia alimentaria? De ser así, menciona en qué consiste” (Tabla 10), con el curso los alumnos pudieron comprender que la forma en que se materializa una ley en muchas ocasiones es a través de políticas públicas (González-Nolasco y Cordero-Torres, 2019), y para poder ver si estas son efectivas lo primero es conocer por lo menos algunas de estas políticas públicas.
| Sujeto | Pretest | Post test |
| S11 | No | Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria; Suplementos Alimenticios del Programa Oportunidades; y Programa de Apoyo Alimentario. Estrategia de desarrollo nacional, se considera fundamental prevenir el hambre, combatir la pobreza, reforzar el rol de la agricultura y el desarrollo rural sostenible, así́ como promover el desarrollo económico con equidad, y la creación de oportunidades y capacidades de las personas para mejorar su calidad de vida. |
| S1 | No conozco ninguna | A través de los años se presentaron diversas políticas como el Sistema Alimentario Mexicano, el Programa Nacional de Alimentación, Solidaridad, Cruzada contra el Hambre y Oportunidades. En la actualidad se reconocen los puntos álgidos en el Plan Nacional de Desarrollo sin una propuesta concreta; y de manera local solo tengo conocimiento de los programas de desayunos escolares, y la asistencia que se les da a los menores de 5 años no escolarizados y la asistencia alimentaria a sujetos vulnerables que opera el DIF. |
| S12 | No. | hay varios, los más importantes creo que son 5 del que me acuerdo más es el de La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Social. De manera específica, las acciones contra la pobreza alimentaria se concretaron en la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria; Suplementos Alimenticios del Programa Oportunidades; Programa de Abasto Social de Leche; Programa de Abasto Rural, y Programa de Apoyo Alimentario. |
| S16 | El Instituto Nacional de Salud Pública en materia de alimentación y nutrición | Programa de Abasto Básico: Este programa tiene como objetivo garantizar el acceso a alimentos básicos a bajo costo para las familias más vulnerables. Programa Nacional de Seguridad Alimentaria: Este programa tiene como objetivo garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la población, promoviendo la producción, distribución y consumo de alimentos saludables. Programa Nacional de Alimentación Escolar: Este programa proporciona alimentos a los niños y niñas que asisten a la escuela, con el objetivo de mejorar su nutrición y su rendimiento escolar. |
Por otro lado, a partir de lo visto en el curso se solicitó la realización de un trabajo final que consistió en argumentar si es necesaria o no una ley general de derecho a la alimentación en México. En dicho trabajo los alumnos debían hacer al menos una crítica o una propuesta al contenido de una iniciativa de ley en materia alimentaria. El trabajo final tuvo como objetivo generar un pensamiento crítico socio-jurídico enfocado en la sostenibilidad, que a su vez promoviera propuestas que enriquezcan los proyectos de ley en materia alimentaria en los que se involucren alumnos de derecho. En este sentido, de manera ejemplificativa sobresalen las críticas o propuestas incluidas en la Tabla 11.
| Sujeto | Crítica / Propuestas |
| S1 | Se ha evidenciado la ausencia de una política alimentaria clara, la ausencia de recursos en derecho sustantivo, así como evidentes contradicciones entre la legislación secundaria y la Carta Magna. Observé que esta propuesta de ley viene a subsanar la serie de críticas que se revisaron a lo largo del curso, como: la falta de coordinación entre los niveles gubernamentales y sus limitaciones a lo supeditado por el orden federal; la falta de coordinación interinstitucional o duplicidad de objetivos; y la falta de organismos con recursos administrativos que hicieran efectivo el objetivo. De igual manera menciono que desafortunadamente no se retoma el concepto de AUTONOMÍA ALIMENTARIA, por lo que lejos de implementarlo en uno solo de los artículos debería considerarse como un eje transversal de la propuesta legislativa, así como la priorización a la población indígena. Evidencio también que no se habla del gravamen de los alimentos ni de la competencia con los productos extranjeros, o la ausencia de consideración de los sistemas alimentarios de tipo URBANO junto con las medidas de calidad que bien podrían implementarse con la intervención de instituciones como Protección Civil, Sagarpa y Obras Públicas, con la finalidad de no transgredir la salud de los ciudadanos; aunque la misma propuesta dispone que se pueden agregar las políticas pertinentes deberían considerarse las temáticas referidas como parte de los ejes fundamentales. |
| S2 | Siguiendo la línea de un modelo de análisis y evaluación de impacto legislativo, en el artículo 38 se mencionan los objetivos que tendrán las políticas en materia de distribución de alimentos y estos a su vez, son acompañados por indicadores cuantificables. Desconozco si se evaluaron algunas otras alternativas antes de plantear este decreto, pero por lo que nos da entender la exposición de motivos y por el contenido de la ley per se, imagino que es así. por lo que la evaluación de alternativas que resulta ser otro de los elementos más importantes del impacto legislativo que ha cubierto. |
| S22 | Siguiendo este orden de ideas es primordial y una obligación por parte de los legisladores la creación de una ley general de derecho a la alimentación con el fin de obtener un sistema alimentario que fomente una producción de alimentos nacionales adecuados para cada región, con el uso de las herramientas tecnológicas que mitigue la sobre explotación de la tierra y lograr una eficacia en los procesos de producción, almacenamiento y logística. Con dicha ley se podría aminorar notoriamente cada uno de los problemas relativos a la alimentación, como el poder mantener los precios de la canasta básica, reducir las enfermedades relacionadas a la amala alimentación y el poder evitar el deterioro del medio ambiente. |
| S3 | No es suficiente darle un reconocimiento constitucional al derecho a la alimentación, cuando en la práctica no se cumple a cabalidad con dicho derecho, es necesaria la implementación de algo vinculante, que obligue, jurídicamente y no de manera “política”, al Estado a que se garantice tal derecho. No obstante, el cumplimiento de esta acción vinculante, como lo es la Ley General, debe de ser realizada desde la postura de los necesitados, es decir, realmente conociendo las necesidades de estos, así como tomar en cuenta las costumbres y los alimentos que se puedan producir en el lugar donde se aplica. No puede ser aplicada de la misma manera para todos. |
| S23 | Empezar a implementar un verdadero modelo que tome en cuenta cada aspecto; así como es tomado en su proceso de creación y no sólo un intento como proyecto o borrador que satisfaga momentáneamente, sino que tenga un enfoque de verdadera sostenibilidad a largo plazo, que sea sustentable y garantice todo aquel fragmento que hace el “derecho a la alimentación”. |
| S19 | A partir de los años se han creado diversos programas sociales dedicados al mismo combate de la pobreza alimentaria, cada plan de acción es distinto al anterior y se prometen monumentales cambios para dicha problemática, pero lo genuinamente certero es que se concluye realizando un plan de acción que a la larga no genera cambios o reformas estructurales para el crecimiento del desarrollo de la población, no simplemente por que carezcan de medios, si no de táctica y estrategia. |
| S24 | Considero que todo tiene que ver con la administración y el mal manejo de recursos, es importante implementar cursos de sobre cómo planificar, ejecutar y vigilar los fondos públicos y los gastos de este sector, todo se tiene que planificar, se tiene que vigilar el derecho a una alimentación adecuada. |
| S18 | Hablar de familias productivas, comedores comunitarios, comités alimentarios escolares y cooperativas de alimentarios es un paso fundamental para garantizar el derecho a la alimentación, podemos ahondar mucho aún en estas reformas, sin embargo, la participación social es indispensable para resolver esta problemática. |
| S15 | También podría incluir medidas para mejorar la eficiencia y la transparencia en la distribución de alimentos y para proteger a los trabajadores agrícolas y de la industria alimentaria. |
| S13 | La propuesta que haría para mejorar el contenido de las iniciativas es, utilizar palabras adecuadas y que sean entendibles para todas las personas porque no tendría caso establecer leyes sobre alimentación sí pocas personas entenderían cuál es el objetivo de las mismas. |
| S25 | Además de mencionar la obligación jurídica y política que tiene el Estado sobre regular y codificar los mecanismos para que todos los ciudadanos accedan al derecho a la alimentación; es evidente que en el mundo ha surgido una gran problemática en lo que respecta a la distribución de alimentos, parece increíble pensar que hay sistemas alimentarios industriales que producen merma de alimentos, y exista gente al mismo tiempo que pasa hambre. Creo que esto obliga a que exista una ley reglamentaria que garantice que México tome una responsabilidad en su sistema alimentario para no dejar a nadie atrás. En aras de poder argumentar cómo ese sistema alimentario que adoptemos en México, es importante asumir que hay una constante evolución contextual sobre los alimentos y la cultura, también es claro que en nuestro país todo lo derivado del “comer” tiene una gran carga cultural y humana en nosotros, por lo que plantear modelos que se alejan de eso se vuelven inadecuados |
| S26 | Es inconcebible el hecho de que los lugares sureños donde existen niveles más altos de riqueza para el aprovechamiento de los recursos naturales para la producción y satisfacción de las necesidades alimentarias haya una tasa más grande de desnutrición y condiciones extremas de pobreza que obstaculicen el desarrollo integran de las poblaciones. Es por este tipo de situaciones que se puede ya deducir que el derecho a la alimentación no está siendo adecuadamente garantizado. |
| S4 | Si bien nadie está obligado a lo imposible, lo mínimo que el estado podría hacer es generar el entorno necesario para que todas las clases sociales; principalmente las más vulnerables, para que tengan la posibilidad de accesar de forma legal, fácil, y segura a una alimentación equilibrada saludable y digna. ¿Cómo lo podríamos hacer posible?, pues bien, aquí es donde comienza el verdadero trabajo de planeación, diseño, logística, creación y administración de diversos programas, regulaciones y creaciones de trabajos que generen las posibilidades de acceso a este derecho humano fundamental. Primeramente, se tendrá que analizar los diversos permisos de las empresas extranjeras alimentarias y reajustar los diversos porcentajes de permisos en cuanto a la toma, uso, producción y distribución de los recursos nacionales, como es el caso con el agua que explotan las empresas extranjeras refresqueras, cerveceras, lecheras, entre otras; así mismo, se deberá hacer lo mismo con las nacionales. Posteriormente, si creáramos un sistema de mercadeo nacional en el que los agricultores, transportistas, vendedores entre otros elementos que forman parte del sector alimentario nacional, en el que formen parte de una red de producción distribución y compraventa, mismo que contenga apoyo en cuestión de seguridad con el fin de que se evite en la medida de lo posible los delitos como los que se han visto con los sembradíos, y trasporte de alimentos en los estados de Michoacán, Tabasco, Guerrero, Veracruz entre otros estados que son productores de alimentos como el chile, aguacate, mango, maíz, café, chocolate entre otros. |
Con esta actividad los alumnos pudieron percatarse de que no basta con que el derecho humano a la alimentación esté reconocido en la Constitución y tratados internacionales, para poder materializar este derecho es necesario tomar en consideración un conjunto de situaciones complejas como son los distintos tipos de contextos que existen a nivel local, regional, nacional e internacional, por lo que debe existir coherencia y coordinación entre el contexto, las leyes, las políticas públicas y la actuación de los distintos niveles gubernamentales (Cejudo y Michel, 2016; Delgado y Culebro, 2019).
Por último, en el auto-informe los alumnos refirieron de manera general respecto a su percepción del curso y del tema lo que se consigna en la Tabla 12.
| Sujeto | Percepción del curso | Percepción del tema |
| S1 | el curso contribuyó a ampliar el poco conocimiento que tenía sobre el tema. | los documentos revisados fueron de mi interés aportando mucho conocimiento nuevo que espero poder retomar en el curso de la carrera |
| S27 | Me pareció bastante bueno el curso y la información que contenía cada uno de los apartados, sin duda está muy completo y los temas son bastante interesantes para todos, ya que abarcan cosas que nos pueden beneficiar en nuestro día a día y nos ayuda a entender los problemas actuales por los que atraviesa no solo México, sino el mundo. | |
| S2 | Desde el cuestionario diagnostico me empezó a gustar el curso (…) Lo más interesante para mí fue el producto final y hacer un análisis sobre la propuesta de ley, dado que siempre me ha gustado el derecho social y el tema legislativo, pude encontrar esta actividad como algo muy fructífero, agradezco la guía para un modelo de impacto legislativo, cuyo proceso me será muy útil en la uni y en mi servicio social | Tengo conceptos mucho más claros sobre el tema de los sistemas alimentarios sostenibles que al inicio, no imaginé que los sistemas alimentarios fueran tan diferentes entre sí y que había un marco jurídico amplio, pero poco explorado sobre el derecho a la alimentación. |
| S28 | Lo que más me gusto de este curso fue toda la información nueva a la que tuve el acceso, me pareció de verdad muy interesante todo este tema sobre el derecho a la alimentación (…) no estaba tan informada de la gran problemática que este problema hace a la sociedad y en que cantidades tan extensas estaba presente. | Me gusto que nos expusieran las iniciativas y también que nos hablaran de como en la constitución se le hace mención en varios artículos. |
| S3 | Es diferente a otros cursos y talleres que existen, porque en la mayoría no ponen ejemplos prácticos, sino sumamente teóricos, lo que le da un plus, y un mayor entendimiento al porqué del taller. Además, de que, al ser inmersivo, por ser un tema que nos concierne a todos, nos hace poder ver más allá de lo que muchas veces pensamos y damos por hecho que todos tenemos. | |
| S6 | me pareció un excelente curso, aprendí muchas cosas respecto al ámbito alimenticio y recordé algunas otras que ya sabía, en lo personal pienso que fue un excelente curso son actividades cortas pero efectivas en cuestión de hacerte pensar o reflexionar acerca de lo que se tiene o se debe tener. | pude darme cuenta de la realidad, de que existen diversas leyes y artículos que regulan, velan y protegen los derechos de todas las personas, que nos brindan los alimentos básicos para el desarrollo del ser humano. |
| S7 | Palabras como soberanía, autonomía o seguridad, en cuanto lo alimentario se refiere, se añadieron a mi “glosario” particular, para, con ello, comprender aún más todo aquello que desarrolla o conmueve al derecho a la alimentación en la ley o norma jurídica en nuestro panorama. (..) con este conocimiento en el tema alimentario, es para pensar sobre cómo, aunque existan diferentes tipos, modalidades o formas en que se puedan presentar apoyos, programas o políticas para garantizar el derecho a la alimentación, no es 100% factible que se puede erradicar o evitar la problemática alimentaria, por diversos factores que, a pesar de tenerse planeados, se puede avecinar conflictos en la búsqueda de la garantía de dicho derecho. | |
| S10 | (…) muy relevante la diferencia entre soberanía alimentaria y la autonomía alimentaria, así como la importancia del tipo del sistema de producción que se emplee ya que este puede tener un mal impacto en la sociedad, la economía y el medio ambiente; también es de gran relevancia mencionar cuál es el impacto de las legislaciones en la sociedad desde economía hasta lo laboral, es por eso se tienen metodologías para analizar cuál fue el impacto y a que sectores afectó más | |
| S29 | Me gusto el contenido, los temas, ya que nunca me habían hablado de estos temas en la escuela ni por fuera, o al menos no me habían interesado por qué no me había adentrado a su contenido. | aprendí que hay varias legislaciones, programas, sistemas que protegen este derecho (…) La alimentación es importante no sólo para sobrevivir, sino también para el pleno desarrollo de las capacidades físicas y mentales. |
Respecto a la percepción del curso, de manera general los alumnos señalan que el curso les gustó y pareció interesante ya que posee información relevante tanto en el ámbito teórico como en el práctico, además de mostrarles las problemáticas actuales sobre estos temas a nivel local, nacional e internacional.
En relación al tema, los estudiantes mencionan que desearían tener más información durante el desarrollo de su licenciatura. Asimismo resaltan la importancia de las leyes en el tema alimentario, así como la compleja relación que guarda este tema con otros.
Conclusiones
A partir de la pandemia las TIC tomaron mayor fuerza en los procesos de enseñanza y aprendizaje, facilitando el acceso a la información debido a la flexibilidad que poseen, lo que permite que los estudiantes puedan desarrollar el aprendizaje autónomo en relación a la búsqueda de información sobre algún tema que les sea relevante. Sin embargo, se concluye con esta investigación que, debido al grado de importancia e interés que tiene el derecho a la alimentación y los sistemas alimentarios sostenibles, el aprendizaje autónomo por sí solo podría no ser suficiente para que los estudiantes de Licenciatura en Derecho puedan afrontar los retos del tema alimentario, como pueden ser la creación, asesoría y evaluación de proyectos legislativos en dicha materia, por lo que es pertinente la creación e implementación de materias dedicadas a los temas alimentarios, que formen parte de los planes de estudio de las licenciaturas en Derecho.
Dichas asignaturas deben ser creativas para fomentar el enriquecimiento mental y espiritual mediante la resolución de problemas con soluciones concretas y un enfoque interdisciplinario (UNESCO, 2023), sin perder de vista que estas materias deben facilitar a los estudiantes y egresados los conocimientos y herramientas necesarias para hacer frente a los nuevos desafíos jurídicos que conlleva la transición hacia sistemas alimentarios sostenibles, esto en virtud de poder garantizar el derecho a la alimentación de forma sostenible.
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Notas de autor
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