Artículos de investigación, reflexión y revisión

Recepción: 04 Abril 2017
Aprobación: 08 Agosto 2017
Resumen: El Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, propone garantizar a los trabajadores un ambiente laboral adecuado y apropiado para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales. Desde esta perspectiva, el objetivo general de esta investigación consistió en examinar el conocimiento que acerca del Sistema Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo poseen los estudiantes de Contaduría Pública de la ULA-NURR. Se sustentó en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2005), Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (2012), entre otros. La metodología fue descriptiva, con diseño de campo, la población se conformó por los pasantes de Contaduría Pública del semestre A-2014, para ello, se diseñó un cuestionario. Obtenida la información se procesaron los datos, mediante la estadística descriptiva, los cuales permitieron concluir que los estudiantes en su mayoría están empleando los conocimientos adecuados, referente al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Se recomienda, que una vez estén ejerciendo en el campo laboral, fortalezcan aun más estos conocimientos para el digno ejercicio de la profesión.
Palabras clave: Sistema, régimen prestacional, trabajador, estudiantes.
Abstract: The Benefit System Safety and Health at Work, aims to guarantee workers an adequate and appropriate working environment for the full exercise of their physical and mental faculties. From this perspective, the overall objective of this research was to examine the knowledge about the Benefit System System Safety and Health at Work have students of Accounting ULA-NURR. It was based on the Organic Law on Prevention, Conditions and Working Environment (2005), Organic Law of the Social Security System (2012), among others. The methodology was descriptive, with field design, the population was composed by interns Public Accounting semester A-2014, to this end, a questionnaire was designed. Information obtained data were processed by descriptive statistics, which led to the conclusion that students are mostly using the right skills, referring to the Benefit System Safety and Health at Work. It is recommended that once you are exercising in the workplace, strengthen further this knowledge to the worthy exercise of the profession.
Keywords: System benefits conditions, worker students.
1. Introducción
Los sistemas de seguridad social han estado experimentando dificultades; algunos consideran que éstos son muy costosos, otros se refieren a deficiencias en el nivel de protección y alcance de la cobertura, lo cual implica que cuando hay un aumento del desempleo y otras formas de inseguridad laboral, la seguridad social es más necesaria que nunca. Esto ha implicado una evolución constante en esta materia. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 2009), en su artículo 86, consagra este derecho fundamental, por lo que el Estado ha tomado como obligación asegurar su efectividad, creando en el 2002, un Sistema de Seguridad Social (SSS), universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas.
Al respecto, Brito (2010:5), refiere que representa un “conjunto integrado de sistemas y regímenes prestacionales, orientados a prestar atención a diversas contingencias, a través de sus distintas instituciones y organismos como objeto de protección de dicho sistema”. Añade, que comprende un conjunto de organismos, servicios, e instituciones dependientes del Estado que cubren determinadas necesidades de la población tales como: sanidad, pensiones, subsidios, entre otros, que se interrelacionan y organizan en subsistemas que tienen carácter de servicio público concedido para todo ser humano; también tiene esencia contributiva, pero no lucrativa. En efecto, guarda relación con el sector empresarial debido a que gran parte de los fondos necesarios para el financiamiento a los diversos sistemas provienen tanto de los trabajadores, como de los empleadores.
Es así como, según lo establecido en el artículo 19 por la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS: 2012), dentro del Sistema de Seguridad Social, se crearon tres Sistemas Prestacionales: Salud, Vivienda y Hábitat y Previsión Social; donde éste último, agrupa varios regímenes como: el de servicios sociales al adulto mayor y otras categorías de personas, pensiones y otras asignaciones económicas, empleo, Seguridad y Salud en el Trabajo.
Ahora bien, el Régimen Prestacional de Seguridad Social se encuentra regulado por la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) la cual fue reformada el 30 de abril del 2012, donde se estipula que este Régimen Prestacional constituye, por mandato un servicio público de carácter no lucrativo, siendo así tipificado en su artículo 4, como un derecho humano y social fundamental e irrenunciable garantizado por el Estado, para venezolanos residentes en el país, y extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y rentas.
Por tanto, a efectos de la investigación que se presenta, se consideró el Sistema de Previsión Social, particularmente el referido a la seguridad y salud en el trabajo y en este sentido, el Régimen Prestacional es definido por la LOSSS (2012), como el conjunto de normas que regulan las prestaciones con las cuales se atenderán las contingencias, carácter, cuantía, duración y requisitos de acceso; las instituciones que las otorgarán y gestionarán, así como su financiamiento y funcionamiento.
En este contexto, les corresponde a los estudiantes de Contaduría Pública, como futuros profesionales, conocer los aspectos vinculados con el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; más aún aquellos que están realizando sus pasantías, quienes deberían poseer la instrucción necesaria para aplicarlo en el ámbito laboral, a fin de asesorar y contribuir con las entidades y evitar las infracciones a las que pueden estar expuestas por parte del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL), quien es el órgano encargado de vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas en materia de salud y seguridad en el trabajo.
Es importante acotar lo señalado por Osuna (2012), en su investigación acerca del cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud laboral en la Universidad de los Andes Núcleo Rafael Rangel, donde señala que hay un alto porcentaje de incumplimiento de las normas de seguridad y salud laboral por parte de la Universidad, hecho que llama la atención porque es la propia institución quien los forma y se encuentra al margen de la normativa, de tal forma que es una reflexión y motivación para los estudiantes de Contaduría Pública, por interesarse aún más en el conocimiento del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En virtud de lo planteado, se desarrolló este estudio con la finalidad de examinar el conocimiento que referente al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo poseen los estudiantes de Contaduría Pública y en particular los que realizaron pasantías en el semestre A-2014.
2. Precisiones generales del problema
La seguridad y salud en el trabajo han sido objeto de interés por parte de diversos organismos internacionales, entre los cuales se destacan la Organización Mundial de la Salud (OMS), ente que coopera con los gobiernos y otros asociados en la aplicación de las estrategias y planes nacionales para la salud en los países, así como en el cumplimiento de los compromisos colectivos asumidos por sus órganos deliberantes de la institución. La OMS (2014), señala que en la mayoría de los países, los problemas de salud relacionados con el trabajo ocasionan pérdidas que van del 4 al 6% del PIB, y anualmente, 12.2 millones de personas, mayormente de países en desarrollo, mueren en edad laboral.
De igual manera, es conveniente destacar lo que al respecto señala la Organización Internacional del Trabajo (OIT; 2002), a la cual Venezuela está suscrita, relacionado con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, el cual tiene como objetivo crear conciencia mundial sobre la magnitud y las consecuencias de los accidentes, lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo, por lo que ha referido algunas normas en esta materia que proporcionan instrumentos esenciales tanto para los gobiernos, los empleadores y los trabajadores a fin que instauren dichas prácticas y prevean la máxima seguridad y salud en el trabajo.
Bajo las premisas acotadas, el Sistema de Previsión Social es el responsable de implementar y poner en marcha el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, dando origen a la promulgación a la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT ,2005), la cual tiene entre sus objetivos desarrollar lo dispuesto en la CRBV (2009), así como el Régimen antes mencionado. Además, establece sanciones por el incumplimiento de las normas tales como la responsabilidad material, así como objetiva de los empleadores al ocurrir un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional
Autores como, Badell & Grau (2005), manifiestan que el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene por objeto garantizar las condiciones seguras, saludables, mediante el control en las condiciones y medio ambiente en el ámbito laboral, prevención de accidentes, también enfermedades ocupacionales, promoción y desarrollo de programas de recreación, atención integral a los trabajadores ante la ocurrencia de un accidente del trabajo o enfermedades ocupacionales
Para Brito (2010), se enfoca en la promoción de un trabajo seguro, saludable con óptimas condiciones y medio ambiente laboral, para prevenir los accidentes y enfermedades ocupacionales, así como incentivar y desarrollar programas de recreación, tiempo libre, descanso y turismo social. Por tanto, está direccionado a la atención de forma integral a los trabajadores ante un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, entre otros.
Aun con el rango constitucional otorgado a la seguridad y salud en el trabajo, obligando al empleador que garantice esas condiciones a sus trabajadores a través del mencionado Régimen Prestacional, en ocasiones esto depende del conocimiento que las organizaciones posean respecto al procedimiento a seguir de acuerdo con la legislación vigente, por lo cual, es necesario que los empleadores se registren en la Tesorería de Seguridad Social, afilien los trabajadores al Sistema, realicen la cotización pertinente, para así proteger la salud y seguridad de los mismos.
En efecto, la protección a la salud y seguridad, es responsabilidad del empleador; por tanto, deben tener claro los derechos y deberes de los trabajadores. Para ello, la LOPCYMAT (2005), en los artículos 53 al 56, estipula que los trabajadores tendrán derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado para el pleno ejercicio de sus facultades, donde se les garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas, por lo cual, tienen el deber de cumplir con las normas establecidas. Además, los patronos como así son denominados por este marco regulatorio, deben tener conocimiento de sus obligaciones y exigencias en pro de la relación que existe en el trabajo, y particularmente referente a la prevención de riesgos laborales.
De igual manera, la ley en cuestión, desde el artículo 116 al 136 indica lo relacionado a las infracciones y sanciones. Para ello, deben observar que acciones les conllevan a violar lo establecido en el marco regulatorio, pues dependiendo de la gravedad de la infracción, les serán aplicadas sanciones tanto de tipo civil, como penal. Por lo cual, todo personal integrante de las entidades de trabajo, deben tener conocimiento de este Régimen Prestacional, tanto nivel operativo como gerencial y en este sentido, los futuros profesionales deben ser formados en estos aspectos
Es importante acotar, que para la Universidad de Los Andes (ULA) y en particular para el Núcleo “Rafael Rangel” (NURR), es fundamental formar un profesional que conozca la realidad venezolana, con conocimientos suficientes, preparado a los cambios que se suceden en la actualidad y capacitado para desempeñarse tanto en las entidades públicas como privadas de cualquier ramo económico
Además, la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública (1973), en su artículo 6 instituye la actividad profesional del contador público, como todas aquellas actuaciones que requieran la utilización de los conocimientos profesionales. Por lo tanto, se considera significativo que al salir a ejercer al campo laboral, realizan todas las actividades según sus conocimientos profesionales, y en muchas ocasiones pueden ejercer funciones dentro de una entidad, vinculada no sólo al área contable, sino a la administrativa, por lo cual es necesario que estén al día en cuanto a los aspectos laborales referidos.
3. Argumentación teórica de la investigación
Con la finalidad de contar con un marco legal, que permitiera ejercer las normas de Higiene y Seguridad Industrial y el apoyo para la protección de trabajadores y acondicionarlos a un seguro medio ambiente de trabajo, se crea en 1986 la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), esta ley fue modificada en el año 2005, bajo la premisa de mantener por parte del Estado una estricta vigilancia y control de las medidas de seguridad que las organizaciones implementan en beneficios a sus trabajadores.
En este orden de ideas, la LOPCYMAT (2005), desarrolla lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS; 2012), en su artículo 7, expresa que es el conjunto de normas que regulan las prestaciones con las cuales se atenderán las contingencias, carácter, cuantía, duración y requisitos de acceso; las instituciones que las otorgarán y gestionarán, así como su financiamiento y funcionamiento.
Asimismo el artículo 92, del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, señala que se crea con el objeto de ser el responsable, en concordancia con los principios del sistema público nacional de salud, de la promoción del trabajo seguro y saludable, del control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, de la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, de la promoción e incentivo del desarrollo de programas de recreación., utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y el fomento de la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura recreativa de las áreas naturales destinadas a sus efectos y de la atención integral de los trabajadores y trabajadoras.
Asimismo, siguiendo el marco de la LOSSS (2012), específicamente en su artículo 94, el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, contempla que los principios del sistema público nacional de salud. Aunado a ello, el artículo 95, hace referencia que este Régimen garantiza a los trabajadores dependientes afiliados al Sistema de Seguridad Social sus prestaciones, así como en la promoción e incentivo del desarrollo de programas de recreación, utilización del tiempo libre.
Por su parte, la LOPCYMAT (2005), ha sido minuciosa al imponerle al patrono una serie de obligaciones y establecer una cantidad de hechos e infracciones que debe imponerle así no haya ocurrido accidente alguno. Es una Ley no solo esencialmente preventiva en cuanto que busca evitar el infortunio laboral, sino también castiga duramente al incumplimiento del patrono de las disposiciones legales y reglamentarias. Según la ley en cuestión, en su artículo 12, el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo estará conformado por los siguientes organismos y personas:
Rectoría: El Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Gestión: El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales (INPSASEL) y el Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores (INCRET).
Recaudación y distribución: La Tesorería de Seguridad Social.
Supervisión y Control del Régimen: La Superintendencia de Seguridad Social.
Supervisión o inspección de empresas, establecimientos, explotaciones y faenas: Las Unidades de Supervisión adscritas a la Inspectoría del Trabajo. Las Unidades Técnico-Administrativas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
Organismos e instancias de consulta y participación: Consejos de Seguridad y Salud.
Asimismo, en su artículo 91 la LOSS (2012), establece que el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, garantizará al trabajador amparado, programas de capacitación, y el desarrollo de políticas que faciliten su reinserción laboral de acuerdo a sus capacidades.
Registro Patronal según el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. En primer término, se refiere lo expresado por Brito (2010), acerca del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, quien será responsable de proporcionarle al trabajador un trabajo seguro y saludable con control de las condiciones y medio ambiente en el trabajo y enfermedades ocupacionales. Para ello, las organizaciones, deben seguir lo siguiente:
Registro: Baker & Mckenzie (2005), señalan que todos los empleadores están obligados a registrar a sus trabajadores, también las cooperativas y demás formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio tienen la obligación de registrarse. Al respecto, la LOPCYMAT (2005), en su artículo 6 establece la obligación que tienen todos los trabajadores de registrarse en la Tesorería de Seguridad Social, en la forma que disponga la LOSSS (2012) y su Reglamento (2007). A la par, Castillo (2006), refiere que todos los patronos del sector público o privado con uno o más trabajadores bajo su dependencia, independientemente de la forma de su contrato de trabajo, están obligados a registrarse en la Tesorería de la Seguridad Social. Es notorio entonces que esta obligación no hace distinciones de ninguna naturaleza independientemente del número de trabajadores que tenga el patrono a partir de un trabajador esta obligación de registro es obligatoria.
Afiliación: Brito (2010) y Legis (2012), refieren que los empleadores al contratar a uno o más trabajadores están obligados a afiliarlos, dentro de los tres primeros días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral en el sistema de Seguridad Social y hacer las respectivas cotizaciones. Por su parte, la LOPCYMAT (2005), en su artículo 6 indica la obligación de los empleadores que contraten uno o más trabajadores bajo su dependencia, independientemente de la forma o términos del contrato de trabajo, están obligados a afiliarlos, dentro de los primeros tres días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral, en el Sistema de Seguridad Social y a cotizar al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo establecido en la LOSSS.
Cotización: la LOPCYMAT (2005), en su artículo 12 establece que el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo estará conformado por los organismos Recaudación y Distribución que será la Tesorería de Seguridad Social y en el artículo 35 menciona que se crea la Tesorería del Sistema de Seguridad Social, como instituto autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente del Fisco Nacional, el cual se denominará Tesorería de Seguridad Social, adscrito al órgano rector del sistema de Seguridad Social a los solos efectos administrativos.
Las cotizaciones se causarán por los meses vencidos, contado el primer mes desde la fecha de ingreso del trabajador, y así sucesivamente, esta debe cancelarse dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes. Además, en su artículo 94, establece que para determinar la tasa de cotización de este Régimen Prestacional, las entidades de trabajo se distribuirán en las siguientes clases de riesgos: Clase I. Riesgo mínimo, Clase II. Riesgo bajo, Clase III. Riesgo medio, Clase IV. Riesgo alto y Clase IV. Riesgo Máximo.
También, hay una escala de grados de riesgos que van del límite mínimo de 14 grados de riesgos, al límite máximo de 186 grado de riesgos, para cada clase se establece un límite mínimo, un valor ponderado y un límite máximo. El monto de las primas que el patrono debe pagar por los empleados de una empresa, se establecerá multiplicando el total de salarios por el grado de riesgo que se ha asignado a la empresa y por un factor constante igual a 5,375; dividido entre 10.000.
Infracciones del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el trabajo. El incumplimiento en materia de seguridad y salud en el trabajo, puede acarrear sanciones e infracciones. La LOPCYMAT (2005), dispone que a consecuencia del incumplimiento de la normativa legal por parte del empleador, este pagará al trabajador o a sus derechohabientes una indemnización calculada bajo los términos de la Ley.
Infracciones administrativas: según la LOPCYMAT (2005), son las acciones u omisiones de los empleadores que incumplan las normas legales y reglamentarias en materia de seguridad y salud laboral sujetas a su responsabilidad. Estas infracciones las determina el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INSAPSEL), e impone las sanciones correspondientes, según los artículos 118, 199, 120 de la LOPCYMAT (2005), se clasifican de la siguiente manera:
Infracciones leves: no se pone en peligro la vida de los trabajadores. Se sancionará al empleador con multas de hasta 25 UT por cada trabajador expuesto.
Infracciones graves: pone en peligro la vida e integridad física de trabajadores. Se sancionará al empleador con multas de 26 a 75 UT por cada trabajador expuesto.
Infracciones muy graves: pone en peligro muy gravemente la vida. Se sancionará al empleador con multas de 76 a 100 UT por cada trabajador expuesto, cierre del establecimiento hasta por 48 horas, durante el cierre se debe pagar los salarios.
Infracción en materia de cotización y afiliación: la LOPCYMAT (2005), dispone en su artículo 128, que cuando el empleador infrinja las disposiciones referente a: cotizaciones, afiliación, registro y todas aquellas vinculadas a las prestaciones establecidas por el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, será sancionado con multas de hasta 100 U.T. por cada trabajador no afiliado, afiliado a destiempo, o declaración inexacta de la información, según la gravedad de la infracción, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal que le corresponda por los daños y perjuicios causados a sus trabajadores.
4. Contexto Metodológico
La investigación se enmarcó como un estudio descriptivo, por lo que se especificó las propiedades, características así como los perfiles importantes de personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno sometido a un análisis. Hernández y otros (2003:117) señalan que “miden, evalúan y recolectan datos sobre diversos aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno a investigar”. Por tanto, este estudio se consideró de tipo descriptivo, pues en el desarrollo de los objetivos planteados, se examinó el conocimiento que acerca del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo poseen los estudiantes de Contaduría Pública de la ULA-NURR.
Además, el estudio se desarrolló en el contexto de los estudiantes que están de pasantías de la carrera Contaduría Pública de la ULA-NURR, es decir los datos de interés se recogieron en forma directa de la realidad, mediante el trabajo concreto del investigador, por lo que el diseño es de campo, definido por Arias (2006: 6) como “la recolección de datos directamente de la realidad desde que ocurren los hechos”.
Ahora bien, se destaca que particularmente en esta investigación se utilizó un muestreo no probabilístico Opinático o Intencional, según Bisquerra (2009), en este tipo de muestreo se seleccionan sujetos particulares como fuentes importantes de comunicación. De igual manera, Arias (2006), menciona que la muestra intencional son elementos escogidos con base en criterios o juicios preestablecidos por el investigador.
Con base en estos planteamientos anteriores, se seleccionaron 22 sujetos informantes (estudiantes de Contaduría Pública), que se encontraban realizando pasantías para el semestre A-2014, con quien el investigador realizó un acercamiento para la administración del cuestionario, el cual fue el instrumento utilizado, a través de la encuesta como técnica, el cual para Arias (2006:74), es el “instrumento o formato utilizado en la encuesta denominado auto administrado porque debe ser llenado por el encuestado, sin intervención del encuestador”.
Por otra parte, los procedimientos utilizados al codificar y tabular la información fueron basados en la estadística descriptiva con una distribución de frecuencia, la cual es definida por Hernández y Otros (2003: 390), como “un conjunto de puntuaciones ordenadas en sus respectivas categorías” cuyo análisis porcentual permitió describir los datos obtenidas siendo codificados para su posterior análisis. Los resultados derivados se analizaron con base tanto en los datos cuantitativos y se interpretaron en función de los aportes teóricos, así como también de los objetivos que se derivan a dicha investigación.
5. Presentación y Análisis de resultados
Se considera en principio: Identificar el conocimiento que referente al registro patronal según el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo poseen los estudiantes de Contaduría Pública ULA-NURR. Para ello, se observan lo referente al Registro, Afiliación y Cotización.
Al respecto, en cuanto al indicador Registro, según los dados de la Tabla 1, la población encuestada respondió en un 100% que el Instituto Venezolano del Seguro Social (IVSS), 5% que es la Tesorería de Seguridad Social y 9% indicaron que es el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). Con base a los resultados obtenidos, se puede teorizar que la mayoría de los sujetos informantes no están aplicando los conocimientos adecuados, en cuanto a la institución en la cual debe registrarse el empleador según el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el trabajo, pues de acuerdo a lo establecido en la LOPCYMAT (2005), en su artículo 6, es obligación de todo patrono registrarse ante la Tesorería de Seguridad Social. Sin embargo, cabe resaltar que hasta la fecha no se ha creado, por lo tanto el registro patronal se hace en primer lugar ante el IVSS. El conocimiento no adecuado de estos estudiantes puede ir en detrimento del futuro ejercicio profesional.

Referente al indicador Afiliación, en concordancia con los resultados mostrados en la Tabla 2, la totalidad de los estudiantes de la carrera Contaduría Pública, identifican que el tiempo donde el patrono deberá registrar al trabajador es de 3 días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral.
Los resultados descritos permiten argumentar que los sujetos informantes conocen lo señalado en el artículo 6 de la LOPCYMAT, donde indica aquellos empleadores que contraten uno o más trabajadores bajo su dependencia, independientemente de la forma o términos del contrato de trabajo, están obligados a afiliarlos, dentro de los primeros tres días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral, en el Sistema de Seguridad Social y a cotizar al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. El observar las nociones correctas del indicador en cuestión, les permitirá a los estudiantes de Contaduría Pública un desempeño profesional acorde a las expectativas que exige el entorno laboral venezolano.

Continuando con el indicador Afiliación, la Tabla 3, muestra a partir de cuantos trabajadores deberá el patrono comenzar el proceso de afiliación ante el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el trabajo, en efecto un 91% opinó desde 1 trabajador, 5% a partir de 2-9 trabajadores y en la misma proporción después de 10 o más trabajadores. Según los resultados presentados, la mayoría de los sujetos informantes, conocen la obligación de las entidades en afiliar a los trabajadores a partir de que contraten el primero.
Todo ello, según lo establecido en la LOPCYMAT (2005), donde se señala que los empleadores que contraten uno o más trabajadores bajo su dependencia, el empleador deberá afiliarlos ante el Sistema de Seguridad Social y hacer las respectivas cotizaciones. Los estudiantes de Contaduría Pública del NURR al advertir los conocimientos apropiados, su ejercicio profesional estará en concordancia con las exigencias de la legislación en materia del Régimen Prestacional.

Referente al indicador: Cotización, en concordancia con la Tabla 4, vinculado a cuantas clases de riesgos para efectuar las cotizaciones existen en el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el trabajo, 68% de los encuestados señalaron que existen 5 clases de riesgos, 27% opinaron que concurren 3 clases de riesgos y 5% de los encuestados manifestaron conocer sólo 6 clases de riesgos.
Según los resultados presentados, se puede argüir que la mayoría de los estudiantes de la carrera Contaduría Pública de NUUR, conocen la existencia de 5 riesgos. Lo cual concuerda con lo establecido LOPCYMAT en su artículo 94, donde establece que las empresas se distribuirán en 5 clases de riesgos, que comprenden una escala de grados de riesgos y para cada clase se establece un límite mínimo, un valor ponderado y un límite máximo. Por tanto, al emplear los conceptos de cotizaciones con propiedad los sujetos informantes serán de gran apoyo al área administrativa en el venidero ámbito laboral.

Prosiguiendo con el indicador Cotización, relacionado con los resultados de la Tabla 5, en cuanto a la formula de cálculo para el monto de la prima a cotizar por el empleador ante el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el trabajo, los estudiantes señalaron en un 64% que se hace de la siguiente forma: el total de salarios * grado de riesgo * factor constante/10.000, 31% el total de salarios * grado de riesgo y 5% el total de salarios* grado de riesgo/10.000.
Según los resultados, se deduce que la mayoría de los sujetos informantes, estudiantes de Contaduría Pública del NURR, conocen el monto de las primas que el patrono debe pagar, lo cual además de concordar con lo señalado por la LOPCYMAT (2005), les favorecerá a la hora del desempeño profesional en esta materia. Sin embargo, es conveniente reiterar como se hace referencia en el análisis del ítem 1, que hasta la fecha no está conformado la Tesorería de Seguridad Social, y por tanto este aporte patronal no se está realizando.

Ahora bien, referido a: Verificar el conocimiento que concerniente a las infracciones del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo poseen los encuestados. En primer lugar se observa el indicador: Infracciones administrativas, por lo que en concordancia con los resultados mostrados en la Tabla 6, la totalidad de los estudiantes de la carrera Contaduría Pública, identifican que los tipos de sanciones administrativas establecidas.
Los resultados descritos, llevan a relacionar que los estudiantes conocen en la LOPCYMAT, donde se menciona que se clasifican como infracciones leves, graves y muy graves.
Estas infracciones serán sobre los patronos que incumplan las normas legales y reglamentarias en materia de seguridad y salud, poniendo en peligro la vida del trabajador. El usar el conocimiento pertinente a este indicador, por parte de los sujetos informantes, les asegurará amparar al patrono dentro de los parámetros legales establecidos.

Siguiendo con el indicador: Infracciones administrativas, de acuerdo a los resultados mostrados en la Tabla 7, la totalidad de los sujetos informantes, conocen el monto que por sanciones en materia de infracciones administrativas puede estar expuesto el patrono al poner en peligro la vida del trabajador. Los estudiantes en su totalidad seleccionaron que van desde 25 UT, hasta 100 UT, más el cierre del establecimiento por 48 horas.
Los resultados descritos llevan a inferir, que los estudiantes conocen lo señalado en la LOPCYMAT, referente a las infracciones; las leves que se sancionarán con multas de hasta 25 UT, por cada trabajador expuesto, las graves, de 26 a 75 UT, las muy graves de 76 a 100 UT; así como cierre del establecimiento hasta por 48 horas. Los estudiantes de Contaduría Pública del NURR al observar los conocimientos apropiados, su ejercicio profesional estarán en concordancia con las exigencias de la legislación en esta materia.

Referente al indicador: Infracciones en materia de cotizaciones y afiliación, en concordancia con la Tabla 8, en relación con las alternativas que acarrean infracción en materia de cotización y afiliación, 84% expresó que por cada trabajador no afiliado, 47% por la declaración inexacta de la información y el 21% de los estudiantes señalaron poner en peligro al trabajador, en la misma proporción indicaron afiliación a destiempo. Por los resultados presentados, se puede argüir que los estudiantes, conocen lo establecido en la LOPCYMAT, donde señala los motivos que acarrean infracción en materia de cotización y afiliación, los cuales son por cada trabajador no afiliado, afiliado a destiempo, o declaración inexacta de la información. Por lo tanto, al manejar los conceptos con propiedad los sujetos informantes serán un apoyo fundamental en al área administrativa del futuro campo laboral donde se desempeñen.

Síntesis concluyente del proceso cognoscitivo estudiado
Para finalizar con el indicador: Infracciones en materia de cotizaciones y afiliación, concerniente a las multas por cometer infracción en materia de cotización y afiliación. De acuerdo a la Tabla 9, los estudiantes de Contaduría Pública de la ULA-NURR, especificaron en un 58% indicaron que 100 UT, un 26% que 75 UT, y 10% consideraron 120 UT. Tomando en cuenta los resultados mostrados, la mayoría de los estudiantes de la carrera Contaduría Pública de NUUR, utilizan los conocimientos instituidos en la LOPCYMAT, donde se señala que las sanciones para el empleador que haya infringido las disposiciones relativas a las cotizaciones, afiliación, registro y las vinculadas a las prestaciones establecidas por el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aunado a lo anterior, el empleador será sancionado con multas de hasta 100 UT por cada trabajador no afiliado, afiliado a destiempo, o declaración inexacta de la información, de acuerdo a la gravedad de la infracción, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal que le corresponda por los daños y perjuicios causados a estos. Estos resultados afirman una vez más lo significativo de aplicar los conocimientos correctos en cuanto al Régimen Prestacional, pues ayudarán a que el patrono no incurra en infracciones que puedan perjudicar la salud financiera de la entidad.

Síntesis concluyente del proceso cognoscitivo estudiado
El Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, fue creado a grandes rasgos, para la promoción del trabajo seguro y saludable, donde se espera el control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, entre otros aspectos. En este contexto, y cumpliendo con el propósito de la investigación, una vez analizado e interpretado los resultados obtenidos, se llegaron a las siguientes conclusiones:
En cuanto a Identificar el conocimiento acerca del registro patronal según el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, poseen los estudiantes de Contaduría Pública de la ULA-NURR, se puede concluir que los estudiantes en su mayoría no están empleando los conocimientos adecuados, relacionados con la institución en la cual debe registrarse el empleador.
Además se deduce que los estudiantes conocen lo señalado en la LOPCYMAT, sobre la obligatoriedad de los empleadores que contraten uno o más trabajadores bajo su dependencia, de afiliarlos, dentro de los primeros tres días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral, en el Sistema de Seguridad Social y a cotizar al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. De igual manera, estar al tanto sobre la exigencia que tienen las empresas de registrar a los trabajadores a partir de la contratación de un trabajador ante el Sistema de Seguridad Social y hacer las respectivas cotizaciones.
Asimismo, los estudiantes de Contaduría Pública de la ULA- NURR, conocen que las entidades se distribuirán en 5 clases de riesgos, comprendidos su vez en una escala de grados, con un límite mínimo, un valor ponderado y un límite máximo. Igualmente, conocen la fórmula de cálculo para el monto de la prima a cotizar por el empleador ante el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Concerniente a Verificar el conocimiento que acerca de las infracciones del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo poseen los estudiantes de Contaduría Pública de la ULA- NURR, se puede concluir que manejan la información establecida en la LOPCYMAT, sobre las infracciones administrativas materia de seguridad y salud laboral. También conocen la clasificación de las infracciones (leves, graves y muy graves), y serán multados de acuerdo al grado de peligro.
De igual manera, los estudiantes de Contaduría conocen que existen infracciones en materia de cotización y afiliación, vinculadas a las prestaciones establecidas por el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y que además de acuerdo a la gravedad de la infracción, serán sancionados con multas hasta 100 UT, por cada trabajador no afiliado, afiliado a destiempo, y que responderá por los daños causados a sus trabajadores.
Finalmente, se puede concluir que en cuanto al objetivo general de la investigación centrado en Examinar el conocimiento que acerca del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo poseen los estudiantes de Contaduría Pública de la ULA-NURR, se puede evidenciar que la mayoría de los estudiantes de la carrera de Contaduría Pública, tienen un amplio conocimiento de lo establecido según el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, lo que les permitirá conducir con eficiencia y eficacia las entidades de trabajo, minimizar costos y lograr que tengan una mejor productividad en el área de seguridad y salud laboral.
Recomendaciones
Tomando en cuenta las conclusiones a las cuales se llegó en la presente investigación, se procede a sugerir una serie de recomendaciones, que pueden servir de herramientas dirigidas al conocimiento del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
A los estudiantes, futuros profesionales de la Contaduría Pública, sustentar cada día los conocimientos en el área laboral, realizando cursos de actualización profesional, para estar al día con las nuevas reformas laborales y así se fortalezcan en los diferentes campos de actuación.
A los organismos, encargados de ejecutar la aplicación del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, establecer estrategias de capacitación como talleres a los estudiantes, para ofrecer toda la información y asesoría necesaria, con la finalidad de reducir la incomprensión del tema, que pueda ser un factor generador de sanciones a las entidades de trabajo.
A las instituciones educativas, y particularmente a la Universidad de Los Andes, estrechar vínculos con los organismos del Estado encargados del área laboral para que la Universidad sea el lugar donde converjan el compartir del conocimiento.
A la planta profesoral de la Universidad de Los Andes, que sigan fortaleciendo sus conocimientos en el aspecto laboral, de esta manera estarán cada día más capacitados a la hora de impartir sus conocimientos a los estudiantes.
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Notas de autor