Espacio Abierto
“Libre de los Andes hasta el mar”. Disputas en torno a grandes represas hidroeléctricas de inversiones chinas: el caso del Río Santa Cruz (Provincia de Santa Cruz, Argentina).
"Running free from the Andes to the sea". Disputes over large hydroelectric dams in Chinese investments: the case of the Santa Cruz River (Province of Santa Cruz, Argentina).
“Libre de los Andes hasta el mar”. Disputas en torno a grandes represas hidroeléctricas de inversiones chinas: el caso del Río Santa Cruz (Provincia de Santa Cruz, Argentina).
QUID 16. Revista del Área de Estudios Urbanos, núm. 14, pp. 165-186, 2020
Universidad de Buenos Aires
Recepción: 01 Octubre 2019
Aprobación: 05 Noviembre 2020
Resumen: Las inversiones chinas en represas hidroeléctricas se incrementaron en los últimos 20 años. Muchos proyectos fueron y son resistidos desde el punto de vista tecnológico y político por la forma en que las decisiones sobre los territorios son realizadas, así como por los impactos socio-ecológicos y los aspectos distributivos de estos emprendimientos. El proyecto de represar el Río Santa Cruz, en la provincia homónima de la Patagonia Argentina, plantea un escenario conflictivo en torno a la construcción y problematización de ese territorio hidrosocial por varios actores. A través del estudio de fuentes documentales de las instancias de participación social previstas por la normativa legal, este artículo identifica los discursos que cristalizan ideas asociadas al río. Se expresa una visión sostenida por el Estado argentino, que ve al curso de agua como un recurso explotable y a la inversión china como una oportunidad de acceso al crédito internacional, y otra que se ancla en sus valores biológicos, culturales y sociales, encarnada en una heterogeneidad de actores capaz de explorar alternativas en el cuidado de los bienes comunes naturales.
Abstract: Chinese investments in hydroelectric dams have increased in the last 20 years. Many projects are technologically and politically resisted, from a political technological point of view, for the way in which decisions about territories are made, as well as for the socio-ecological impacts and distributional aspects of these ventures. The project to dam the Santa Cruz River in the province of the same name in the Argentine Patagonia poses a controversial scenario regarding the construction and problematization of this hydro-social territory by various actors. By using documentary sources of the instances of social participation provided by the legislation, this study seeks to identify the discourses that crystallize ideas associated with the river. We reflect on the social construction of the water landscape that is expressed in a vision sustained by the Argentine State, which sees the watercourse as an exploitable resource and Chinese investment as an opportunity for access to international credit, and another that is anchored in its biological, cultural and social values, embodied in a heterogeneity of actors capable of exploring alternatives in the care of natural commons.
Keywords: Represas, Río Santa Cruz, Patagonia argentina, ecología política, territorio hidrosocial, Large dams, Santa Cruz river, Argentinian Patagonia, political ecology, waterscape.
“Aguas que van, quieren volver” “Quimey Neuquén”
Fuente: Milton Aguilar
Introducción
Durante el siglo XX, las represas y otros grandes proyectos de infraestructura fueron exponentes del poder simbólico de Estados nacionales y capitales transnacionales sobre el territorio, encarnando discursos del desarrollo económico (Bartolomé, 1999; Ribeiro, 1987; Radovich, 2005; CADECI, 2015).
A comienzos del siglo XXI, las nuevas inversiones y conductas empresariales y gubernamentales han internalizado el discurso global del desarrollo sostenible para tornar “gobernable el cambio climático” (Ogden et al., 2013; Oels, 2005). En ese contexto, los proyectos de desarrollo hidroenergético han resurgido en escena como una alternativa ecológica para países periféricos y como parte del establecimiento de una economía baja en carbono (Pearse-Smith, 2014). De acuerdo a la base de datos Global Dam Watch., la mayoría de estos proyectos -encabezados por las inversiones de la República Popular China- se llevan a cabo en países del sur global. En la actualidad, se calcula que la energía hidroeléctrica provee 16% de la energía global y un 85% de la energía renovable (IEA, 2016)., y se habla de un “boom” de construcción de represas que crecerá en un 73% hacia 2040 (Zarfl et al., 2015).
No obstante, los recurrentes impactos negativos en términos sociales y ambientales (Cernea, 2004; International Rivers, 2002; Khagram, 2004), como desplazamiento de comunidades y destrucción de ecosistemas, han generado resistencias sociales y cuestionamientos en medios y ciertos sectores científicos (Ansar et al., 2014).
Como un aporte a los crecientes estudios sobre conflictos por grandes proyectos hídricos en América Latina, se presenta aquí el caso de la construcción de dos represas sobre el Río Santa Cruz en la provincia homónima de la Patagonia argentina, fruto de un acuerdo bilateral con capitales chinos firmado en 2007. Se trata del último río glaciario no intervenido técnicamente, que fluye libre -hasta el momento- desde la Cordillera de los Andes hasta el Mar Atlántico.
Marco conceptual, objetivos del trabajo y aspectos metodológicos
Desde la ecología política del agua, las nociones de territorio hidrosocial y justicia hídrica (Swyngedouw, 1999; Zwarteveen y Boelens, 2014; Budds y Hinojosa, 2012; Boelens et al., 2016) nos permiten trascender la usual separación de análisis entre naturaleza y sociedad, pensando en su lugar en entornos socio-naturales, configuraciones híbridas de componentes humanos y no-humanos, e hibridaciones en los saberes y modos de vida (Swyngedouw, 1999).
Diferentes estudios empíricos sobre implementación de grandes proyectos hídricos a nivel global muestran cómo contribuyen a la configuración de un territorio hidrosocial: no lo logran unilateralmente (“top-down”) imponiendo un conocimiento único, experto (“occidental”), sino a través de resistencias y negociaciones con otras prácticas existentes y experiencias. Estas resistencias dan lugar a dinámicas híbridas, con presencia de redes sociales, prácticas culturales y modos de vida locales, que ofrecen alternativas de uso y develan cómo estos proyectos son disputados. De esta forma, el desarrollo y la puesta en marcha de las obras de grandes represas hidroeléctricas son manifestaciones de regímenes de conocimientos contrapuestos (Boelens et al, 2019).
Los sistemas tecnológicos no vienen dados, sino que están
socialmente producidos y políticamente construidos; las formas en que las represas son diseñadas no son neutrales, objetivas u “óptimas”, sino una respuesta contextual y sesgada a problemas particulares que son enmarcados e inventados por una cultura hídrica particular y dominante (Boelens et al. 2019: 2).
En el caso que traemos, un discurso hegemónico esgrimido históricamente por actores estatales sobre el espacio patagónico, tiende una línea directa con el proyecto de las represas diseñado para el río Santa Cruz, en función de una serie de prerrogativas y argumentaciones sobre el potencial energético del cuerpo de agua en un contexto determinado para la región y el país.
Recurrimos, a la vez, a la noción de justicia hídrica en las elaboraciones de Schlosberg (2009), Budds (2011) y Zwarteveen y Boelens (2014) para considerar cuatro ejes de análisis sobre los derechos que se ven afectados por la implementación de estos proyectos. En primer lugar, la justicia procedimental, para hacer referencia a la transparencia en los métodos de toma de decisiones y dispositivos de participación. Otro eje de análisis se concentra en el reconocimiento de la diversidad de los actores involucrados y de las experiencias de las comunidades afectadas. Un tercer eje lo compone la justicia distributiva, que analiza la repartición de los costos y beneficios derivados del proyecto, en términos materiales y económicos. Por último, la importancia y delicadeza del bien hídrico para el sostenimiento de la biodiversidad en un sentido amplio, tanto la actual como la de futuras generaciones, lleva a considerar un foco de justicia socioecológica.
Dado que las represas sobre el Río Santa Cruz se encuentran en etapa de construcción (por lo cual sólo es posible anticipar los resultados distributivos.), en este estudio nos enfocaremos en los componentes de reconocimiento y procedimentales en los dispositivos de participación vigentes en el proceso.
Nuestra hipótesis es que las represas del Río Santa Cruz ponen en juego múltiples y alternativas disputas simbólicas y materiales en el territorio hidrosocial en torno al río (Boelens et al., 2016) y que en este conflicto ambiental se evidencian las tensiones y límites de las herramientas institucionales para dar respuesta al reclamo de reconocimiento y participación a la diversidad de actores impactados por el proyecto. A través del análisis de diversas fuentes documentales -Informes técnicos, estudios de impacto ambiental, transcripciones de las instancias de participación social previstas por la normativa legal (Audiencias Públicas), medios de comunicación- trazaremos los diferentes saberes y conocimientos puestos en juego y las desigualdades de relaciones de poder que el propio procedimiento legal reproduce.
Sostenemos que estos aspectos son fundamentales a la hora de estudiar las transformaciones espaciales del agua: sean encaminadas en mayor medida por iniciativas políticas públicas y/o del mercado, en ellas juegan complejos procesos de disputa política, negociación y lucha, donde se revelan distintos saberes y posiciones de poder. Nos interesa, pues, analizar el caso profundizando la complejidad de la conformación hidrosocial que atraviesa el río, identificando los procesos de resistencia y contestación a los entramados hegemónicos, y de qué manera estos últimos también recuperan aspectos relevantes para establecer su discurso sobre el territorio.
La construcción socio-natural del Río Santa Cruz
Las represas son configuraciones socioecológicas que representan material y simbólicamente el poder de las elites (Romero Toledo, 2014), por lo cual, para concretarse como las grandes transformaciones ambientales y sociales que resultan sobre el territorio, requieren de la consolidación de un discurso hegemónico que las avale. El territorio hidrosocial de Santa Cruz ha sido históricamente construido desde actores estatales como un paisaje aislado, despoblado y desaprovechado (López y Gatica, 2006), y en esa línea, el proyecto de represas en Santa Cruz ha cristalizado en uno de los principales relatos actuales sobre el desarrollo de la Patagonia. Por las características del área donde se emplazarán (estancias de grandes extensiones con un clima árido y frío, que no implica la inundación de áreas urbanizadas) sumado a las considerables distancias entre las ciudades más importantes de Santa Cruz, los impactos típicamente asociados a la construcción de grandes represas -por caso, la translocación de población y la inundación de pueblos y ciudades- no se hacen presentes y refuerzan la idea de la inocuidad y conveniencia del proyecto.
Sin embargo, la Patagonia no es un lugar vacío y una de las características de estos emprendimientos es que no generan instancias de participación social. Autores como Hensengerth (2017) y Del Bene, Scheidel y Temper (2018) han sumado evidencia empírica de casos donde las compañías inversoras carecen de una mínima articulación con las comunidades locales y soslayan las diferentes valoraciones preexistentes sobre el territorio, lo que exacerba las tensiones y conduce a una mayor fragmentación de identidades y pérdidas culturales significativas.
Además, en la conformación de ese territorio hidrosocial actúan diferentes escalas. Si bien la iniciativa de construcción de las represas parte de procesos macroeconómicos (en el escenario de la geopolítica internacional de bienes comunes naturales, con los capitales chinos jugando un rol preponderante en las dinámicas territoriales de la región.), estos recalan en estructuras gubernamentales dispuestas a asumir compromisos bilaterales para atraer inversiones como forma de generar crecimiento económico. La estructura federal del país, en este caso, también es un factor a considerar en cuanto al aprovechamiento de los recursos naturales, que son dominio de las provincias.
Contexto geopolítico – Las inversiones en grandes proyectos hídricos en el sur globalDurante la década de 1990, la principal fuente de inversión en energía hidroeléctrica fue el Banco Mundial, pero ante las controversias generadas alrededor de los proyectos, paulatinamente ha comenzado a orientarlas hacia medidas de compensación a poblaciones desplazadas y desmantelamiento, reconstrucción o mantenimiento de represas ya instaladas (McCully, 2004).
Mientras el Banco Mundial abandonaba las inversiones en represas, la República Popular China ha protagonizado iniciativas de hidroenergía en el sur global (Siciliano et al., 2019). Siguiendo a Matthes y Motta (2015, citado por Kirchherr et al., 2017), el impulso en el desarrollo de proyectos fuera del país asiático es motorizado por la política de “Going Out”. iniciada en el año 2001. Mientras antes del año 2000 sólo existían 17 proyectos liderados por China, a comienzos de este siglo fueron completadas al menos 75 represas. De acuerdo al reporte de International Rivers (2012), las inversiones de compañías y bancos chinos pasaron a tomar protagonismo como exportadoras de tecnología para la explotación de bienes naturales en países donde la construcción de represas forma parte de acuerdos de cooperación más grandes, logrando que China estreche lazos político-económicos con diferentes regiones. En América Latina, la presencia del país asiático, en tanto comprador de materias primas y financista de grandes emprendimientos, ha contribuido a su ascenso como actor global económico en el contexto del llamado “consenso de los commodities”. (Svampa, 2019).
Ahora bien, este avance de China en materia de hidroenergía tampoco ha estado exento de cuestionamientos. Varios estudios documentan el aumento en las inversiones hidroeléctricas en el sur global en relación con sucesivos conflictos ambientales, la mayoría en los continentes de Asia y África (Del Bene et al., 2018; McCully, 2004; Siciliano et al., 2019).
Según la organización International Rivers (2012), las empresas chinas (muchas de las cuales son propiedad o sociedades estatales chinas, que invierten en países extranjeros) estarían sujetas a consideraciones y recomendaciones propias sobre los impactos ambientales y sociales de sus emprendimientos. Así también lo confirman los documentos de la China International Contractors Association (CHINCA, 2018). De acuerdo a estos informes, son las compañías inversoras las responsables de aplicar la legislación internacional o local sobre las regulaciones ambientales y sociales. No obstante, la experiencia indica que estas compañías terminan delegando en los estados receptores la aplicación de la legislación correspondiente, que no siempre es cumplida en tiempo y forma.
Breves datos sobre el proyecto
En julio de 2007, la administración de la entonces presidenta de la nación, Cristina Fernández de Kirchner, junto al gobierno de la provincia de Santa Cruz, dio comienzo a un complejo y controversial proceso de licitación para construir dos represas en las estancias Cóndor Cliff y La Barrancosa, sobre el Río Santa Cruz. Este cuerpo de agua nace en una cuenca glaciar donde se alimentan los lagos Viedma y Argentino, y cruza de oeste a este toda la provincia, por un trecho de 385 km hasta desembocar en el mar.

El complejo hidroeléctrico tiene una relación estrecha con los lazos entre Argentina y China durante la segunda década del siglo XXI, sobre todo en iniciativas de promoción de actividades productivas y de transporte.. En un contexto de crisis con los holdouts internacionales y frente a la necesidad de nuevas fuentes de energía, el Gobierno nacional presentó a la hidroenergía como “una energía renovable, limpia, estable, flexible, económica en su explotación y cuyos costos, además de ser sumamente bajos por unidad de energía generada, no están sujetos a variabilidad de precios internacionales” (Ministerio de Planificación Federal 2012: 2; citado por Mora, 2018: 65).. Se trataría de una obra hidroeléctrica de enorme envergadura, la tercera en importancia y capacidad de generación eléctrica (Represas Patagonia, 2015). Entre los beneficios que el proyecto aportaría al Estado argentino se señalaron: la generación de energía limpia, el autoabastecimiento, las ventajosas condiciones del crédito obtenido, la ampliación de la frontera productiva, la diversificación de la matriz energética y la sustitución de combustibles fósiles. Por esto último, según los documentos publicitarios de la obra, se destacaría la compatibilidad del proyecto con los principales acuerdos globales referidos al cambio climático, como los objetivos del Acuerdo de París y el Convenio sobre la Diversidad Biológica., lo cual también indica los desafíos para estas iniciativas de adecuarse a las nuevas líneas o normativas internacionales de la sostenibilidad (Oels, 2005; Pereira y Segura, 2017).
En 2015 finalmente se adjudicó el proyecto a la Unión Transitoria de Empresas (UTE) “Represas Patagonia”, conformada por las empresas Electroingeniería, Hidrocuyo y la empresa china Gezhouba, bajo un mecanismo de financiamiento por parte de China con cláusula de “cross default”, comprometiendo la ejecución del proyecto a otros convenios firmados con el país asiático10. El proceso fue seguido de cerca por organizaciones no gubernamentales especializadas en derecho ambiental, como Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y Asociación Abogados Ambientalistas de la Patagonia (AAAAP), las cuales calificaron a las licitaciones como “poco transparentes” y realizaron reiterados pedidos de informes desde 2012 (FARN, 2016).
Actores y disputas en el territorio hidrosocial del Río Santa Cruz
En los primeros meses de 2015 se firmaron los contratos de inicio de actividades y China desembolsó montos millonarios para la ejecución. En ese punto se intensificaron las acciones de resistencia de las comunidades locales y ONG para proteger el Glaciar Perito Moreno y el Río Santa Cruz. Bajo las consignas como “Río Santa Cruz sin represas” y “Patagonia libre” se nuclearon movimientos de asociaciones y personas que se oponen al proyecto e iniciaron acciones judiciales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) reclamando la realización del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y la Audiencia Pública correspondiente, instancias previstas en la Ley General del Ambiente (25.675) y disposiciones que se encuentran en la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección de Glaciares.
Los actores que entraron en juego fueron ONG ambientalistas (Aves Argentinas, FARN, Banco de Bosques, Vida Silvestre Argentina, Flora y Fauna Argentina), pueblos originarios Mapuche, Tehuelche y Mapuche-Tehuelche locales, AAAP, una parte de la comunidad científica que hizo públicas sus objeciones (principalmente biólogos, glaciólogos, geólogos, antropólogos, que trabajan en contacto con los valores biológicos y culturales del río) y parte de la comunidad local (dueños de estancias, deportistas, guías de turismo, guardaparques). Varios se aglutinaron en organizaciones comunitarias como “Río Libre”, “Movimiento Patagonia Libre”, “Río Santa Cruz Libre”(Schweitzer, 2020), que desde ese momento despliegan diferentes acciones de difusión sobre la problemática.
Con el aporte del conocimiento legal y científico, más la logística y recursos de las ONG, se logró llevar un conjunto de argumentos al debate público en el marco de las herramientas legales institucionales. Fueron varios los cuestionamientos que estos actores realizaron. En primer lugar, la probable afectación de los cuerpos de hielo patagónico, especialmente al Glaciar Perito Moreno, considerado Patrimonio de la Humanidad desde 1981. Luego, las alteraciones sobre el flujo de nutrientes del río, que afectarían al estuario donde pasa la temporada de invierno el Macá tobiano (Podiceps gallardoi), ave endémica de la provincia de Santa Cruz catalogada como en peligro crítico de extinción y prioridad de conservación para el Estado Argentino11. Otro elemento es la ausencia de estudios del proceso de “sismicidad inducida” y de las proyecciones de precipitaciones y cambio climático. Por otro lado, la inundación de 40.000 hectáreas y la destrucción de más de 70 sitios arqueológicos que provocaría la generación de los embalses, causando una pérdida irreversible de material histórico y cultural, valores inmateriales de los pueblos originarios y pobladores históricos de la región12. En términos de paisaje turístico, el cambio de paisaje podría incidir en la pesca de salmónidos y truchas y afectar las actividades deportivas que se realizan en el cuerpo de agua, una de las fuentes de trabajo de las localidades cercanas de El Calafate y El Chaltén. Los criadores de ganado ovino que tienen sus campos lindantes al río dejarían de utilizarlo como recurso, siendo la única fuente de agua potable disponible para ellos en la región.
En diciembre de 2016 la CSJN, respondiendo a presentaciones de orden judicial de la AAAP y las ONG, ordenó la suspensión de las obras hasta tanto se realizaran los estudios y consultas previas. Finalmente, la Audiencia Pública se llevó a cabo en julio de 201713, lo que permitió que aproximadamente 100 expositores -entre los cuales se encuentran representantes de los diferentes actores enumerados- ofrecieran sus posturas en torno a este proyecto.
Aunque la instancia de participación mereció el calificativo de simple “trámite administrativo”14 por parte de algunas voces en oposición, una vez que se cumplieron estos requisitos ordenados por la Corte se levantó la suspensión, con la promesa del gobierno de incorporar las sugerencias recibidas en las exposiciones. Por su parte, las comunidades originarias de la zona acudieron en octubre de 2017 a la justicia, con el fin de exigir el cumplimiento de la consulta libre, previa e informada a los pueblos originarios (Constitución Nacional, Art. 75 inc. 17 y el Convenio 169 de la OIT), logrando un fallo que obliga al Estado, a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), a cumplir con ese requisito. Si bien este proceso no se generó antes de comenzar con las obras como dictamina la ley, se consiguió un fallo que obliga a la empresa y al Estado a reconocer su pre-existencia y derecho a participación y consulta.
Más allá de que estas organizaciones lograron que Estado argentino cumpla con los requisitos legales para avanzar con el proyecto según la Ley General del Ambiente (25.675), es la propia herramienta jurídica la que propicia los intersticios para que, a pesar de todos los argumentos esgrimidos cuestionando el proyecto, el mismo pueda avanzar15. Las leyes ambientales mencionadas son robustas, pero la Audiencia Pública no es un proceso vinculante, y por tanto el Estado no está compelido a rechazar el proyecto aún si la mayoría de los expositores se expresaron en contra y aportaron argumentos suficientes para poner en duda la viabilidad ambiental de las obras. En términos de la justicia procedimental, lo anterior demuestra cómo el proceso entero alrededor de las represas moviliza diferentes actores en sus territorios, quienes no son parte de la toma de decisiones desde un principio, sino hasta que se ponen en juego algunas de las “reglas” de la normativa legal en este tipo de proyectos. Esta “precariedad”, por llamar de algún modo a la dimensión procedimental de la justicia hídrica, lleva a que las organizaciones que se oponen al proyecto reclamen esa participación a través de mecanismos judiciales, obligando al Estado y empresas a escuchar sus voces. En cuanto a la dimensión de reconocimiento, la justicia hídrica también tuvo sus obstáculos, ya que el artículo 169 de la OIT sobre los pueblos originarios tampoco tiene carácter vinculante y no hay reglamentación de base que indique a los organismos estatales cómo debe realizarse la participación de estas comunidades16. Por lo cual, si bien luego de otra acción judicial el Estado y la empresa se vieron forzados a poner el práctica la consulta previa, libre e informada, el resultado de las mismas puede no modificar el futuro de las obras.
La Audiencia Pública por el Río Santa Cruz
Boelens, Shah y Bruins (2019) argumentan que, en la historia de los debates sobre la gobernanza del agua, y en las grandes represas en particular, los conflictos entre diferentes cuerpos de conocimiento durante el proceso de localización de los proyectos han sido mayoritariamente presentados como un enfrentamiento entre grupos de usuarios del agua (o comunidades afectadas), e ingenieros y burócratas estatales. Aunque no explicitado, el diseño y planificación de las represas -presentadas como soluciones universales a problemas de escasez y manejo del recurso hídrico- involucra conflictos entre grupos sociales muy amplios -desde agencias de financiamiento internacional, instituciones globales de políticas públicas, cortes de derechos humanos internacionales; pasando por movimientos sociales globales y locales, comunidades originarias, ONG, medios de comunicación, gobiernos y agencias estatales, expertos, universidades, académicos y activistas independientes, etc.-, que generan escenarios o “campos de batalla” donde se confrontan valores, saberes e intereses, haciendo de estos procesos algo mucho más complejo. Siguiendo esta idea, podemos ver cómo la constelación de actores que se oponen a la construcción de las represas se hace visible según diversas estrategias y alianzas; en ocasiones abocadas a la difusión de información a la comunidad a través de redes sociales y charlas en diversas localidades, acciones que principalmente llevan adelante las asociaciones civiles, muchas veces en alianza con las comunidades originarias, ONG locales e internacionales e investigadores del CONICET17 o de las universidades nacionales. Otras veces las alianzas se forman con el objetivo de recurrir a acciones legales, en este caso los actores principales son los abogados de la AAAP y los contratados por las ONG, y los pueblos originarios. Fue a través de estas alianzas y por sus insistencias ante los distintos niveles jurídicos que se alcanzó la instancia de la CSJN, para que ordene la realización de la Audiencia Pública y también la orden judicial que obligó al Estado Nacional, Provincial y a la empresa a reconocer el incumplimiento de la Consulta previa, libre y obligatoria con los pueblos originarios. En ese sentido, consideramos que los documentos legales, fallos judiciales y la experiencia de la Audiencia Pública18 son el producto o efectos institucionales y políticos de los reclamos de las organizaciones (Azuela y Mussetta, 2009). De ellos seleccionamos recortes que funcionan a modo de “nudos argumentales” (Páramos y Mogliati, 2010). No nos centramos en las controversias sociotécnicas (Callon, Lascoumes y Barthe, 2001) del proyecto (por ejemplo, si las represas son o no fuente de energía renovable; si la cota de embalse afecta o no al glaciar, etc.), sino en aquellas expresiones que dan cuenta de la justicia procedimental y de reconocimiento, y en los distintos tipos de conocimientos que se ponen en juego en la construcción simbólica del río, en su relación con la vida de las comunidades afectadas por su represamiento y las disputas entre los actores por el uso de los bienes comunes. En definitiva, se trata de un territorio hidrosocial en el que coexisten cosmovisiones alternativas y conocimientos varios que se solapan, resisten y compiten, en relaciones de fuerza capaces de legitimar e imponer un cierto tipo de conocimiento por sobre otros19.
Otro elemento a considerar es la importancia de la interacción de las identidades de clase, raza, etnicidad, género y profesionales en los debates (Boelens, Shah y Bruins, 2019). Por ejemplo en este caso, en la Audiencia Pública se evidenció una clara desigualdad, en términos de género y raza, en el acceso al debate público de los diversos actores y colectivos en disputa: de un total de 97 expositores, 73 fueron varones, en su gran mayoría profesionales y representantes del Estado u organismos oficiales, ONG o centros científicos, mientras sólo dos fueron representantes varones de comunidades originarias y 22 mujeres accedieron a emitir una opinión pública (además, recién pudieron intervenir luego de que expusiera casi la mitad de los convocados20).
Análisis de discursos de la Audiencia Pública y documentos legales
Una de las ideas fuerza que atraviesan el discurso de ambientalistas, pueblos originarios y otros opositores a las represas es su seguridad de que van a “Matar al Río”21. Sintetiza la noción de un ecosistema vivo, del que dependen tanto humanos como no humanos: obstaculizar el libre fluir del río es equivalente a asesinarlos. Por ejemplo, algunos argumentos contra las represas se expresaron en esta dirección: “(...) Si a nosotros nos cortan el río, algo nos va a faltar, no vamos a poder vivir bien.” .Representante de Comunidad originaria.; “(...) Porque la naturaleza es vida, el agua es vida, el río es vida, señores, por favor no matemos el Río Santa Cruz” .Habitante de El Calafate22..
Relacionado con lo anterior, la vitalidad del río se hace muy presente en dos sentidos opuestos: por un lado, el agua como fuente de vida que está en riesgo por la construcción de las represas (.(...) No es casual que nosotros aprendamos de cada una de las cosas que nos rodean porque ella también nos protege, nos cuida, nos vitaliza, nos da vida, nos fortalece y nos alimenta. Nadie puede vivir en un entorno destruido” .Representante de Comunidad originaria.; .(...) Los propietarios de campo seguían teniendo acceso a las riberas, que son de vital importancia para la ganadería ovina porque los lugares donde las ovejas pueden ir a tomar agua son muy escasos.” .Propietario de campo.) y por el otro, como elemento primordial y necesario para llevar adelante el desarrollo económico a través de la obtención de energía, incorporando el control sobre el cauce del río (“(...) falta de provisión de un insumo vital, para desarrollar nuestro país” .Funcionario estatal.; “(...) es vital para crear una cadena de valor de provisión de insumos y servicios” .Funcionario estatal.).
Para Hommes y Boelens (2018) la conquista de los cauces y aguas, desobedientes y salvajes, por la visión y las habilidades técnicas de los ingenieros resulta un elemento central de las agendas políticas y de las ideas de civilización y modernización de la Naturaleza y las comunidades.
Por eso, otra idea clave en la disputa es la del aprovechamiento de los ríos para generar energía. Si desde la coalición opositora se exige la libertad del río, y se valora su status de “último río glaciario que corre libre”, desde una mirada tecnocrática, fundamentalmente expresada por los funcionarios estatales, ingenieros y responsables del proyecto, el río es un recurso desaprovechado, que con la ayuda de “la ciencia” puede ser controlado y utilizado para generar energía y posibilitar el desarrollo económico e industrial de Santa Cruz. Este discurso también sostiene que tal aprovechamiento del río es compatible con la protección ambiental. Por ejemplo “(...) posibilidad de salida de la crisis económica estructural” .Funcionario estatal], “(...) Esta obra, cuyo desafío es compatibilizar el respeto a las normas de medioambiente con el desarrollo económico” .Funcionario estatal], “(...) Aquí se ven algunas de las herramientas numéricas que permiten evaluar el funcionamiento de la naturaleza y que, por lo tanto, permiten conocer cómo se dan las relaciones entre distintas variables.” .Gerente del proyecto. “(...) hay otros beneficios asociados, dependiendo de dónde se implante, como es el de irrigación, control de crecidas, desarrollo deportivo, turístico y otros” .Funcionario estatal].
Otro discurso recurrente que sostiene la conveniencia de las represas es la noción de que los impactos ambientales de esta obra -no negados por funcionarios ni técnicos- pueden ser mitigados y compensados. Según Hoogendam y Boelens (2018), una parte crucial del proceso de compensación es la disputa desigual alrededor de las decisiones sobre qué se perderá y qué será compensado, el significado y los valores de los ítems a ser desplazados, los seres y sus relaciones y las unidades de medida de las compensaciones. Esas decisiones son tomadas en contextos económicos, políticos e institucionales desiguales, y también en este punto se hacen evidentes las relaciones de poder marcadas por particulares modos de ver al mundo y sus epistemologías. Habría además, una notable presión para presentar a todos los factores en riesgo como conmensurables y medibles.
Por otro lado, y no menos importante, vale destacar que muchas de las medidas que se presentan como compensatorias son en realidad servicios básicos o de bienestar social que deberían ser garantizados por el propio Estado.
“(...) todo aquello que la obra tiene de impacto debe ser mitigado y compensado. Tenemos acciones que pueden ser mitigables y hay situaciones que no pueden ser mitigables y, por lo tanto, para nosotros ahí no está el punto de la discusión porque está asumido como parte de esta obra, sino que tiene que ser compensable.” [Funcionario estatal]; “(...) Por último, la definición de las compensaciones es una buena práctica y poco habitual en las obras desarrolladas en nuestro país. Este enfoque tiene, además, la intención de convertir los costos en beneficios y los pasivos en ventajas desde una mirada integral.” [Funcionario estatal]; “con la creación de nuevas áreas protegidas y los programas de control de especies exóticas invasoras.” [Funcionario estatal].
La oposición a esta propuesta argumenta que es imposible compensar la pérdida de algo único, como un ecosistema o una especie endémica.
(...) Las compensaciones de lo único que nos están hablando es de que verdaderamente existe daño” [Representante de ONG]; “(...) les digo que eso no es compensable cuando se destruye algo que es irreparable.” [Representante de ONG]; “(...) Porque no se puede mitigar ni mucho menos compensar su extinción” [Científico]; “(...) Creer que por mitigar y compensar impactos irreversibles vamos a vivir bien es jugar a que ustedes, los que administran nuestro patrimonio, son dioses.” [Habitante de El Calafate]; “(...) en cuanto a esto de mitigar o de compensar, por supuesto que serán bienvenidas todas las áreas protegidas que vengan detrás. Pero esto no es compensable, no es mitigable” [Representante de ONG]; “(...) El impacto del macá tobiano va a ser muy concluyente y muy importante y no se podrá después contemplar con compensaciones ni con otras cuestiones” [Representante de ONG]).
Para la comunidad local no pasó desapercibida la entrada de China como principal inversor. En este sentido, los discursos opositores centran su argumento en destacar que este proyecto se lleva adelante sólo para cumplir con acuerdos económicos acordados con el país asiático (“ “(...) Los intereses políticos de fondo responden a las exigencias del emporio chino en el marco de una crisis capitalista mundial” .Representante de agrupación política de El Calafate.; “(...) El cronograma obedece quizás a intereses que vienen desde la República Popular de China y no a intereses que tienen que ver con la participación ciudadana integral y el debate robusto que merece una obra con estos impactos ambientales” .Abogado ambientalista..
El imaginario sobre el futuro también recorrió una gran cantidad de exposiciones de la Audiencia Pública. Para la coalición opositora, que muchas veces recurrió a la Ley General Del Ambiente de Argentina (Ley 25.675), haciendo referencia explícita a los artículos que hablan del principio precautorio y de equidad intergeneracional23, la imagen del futuro una vez construidas las represas es la pérdida irreparable de un patrimonio natural único e irremplazable, y evitar este proyecto es una responsabilidad que asumen en vistas a resguardarlo para las futuras generaciones (“(...) Es por eso que, también, hay que aplicar el principio precautorio” .Representante de ONG.. “(...) no estamos acostumbrados a hipotecar, vender, coartar o sencillamente comprometer el futuro de nuestras generaciones.” .Representante de Comunidad originaria.; “(...) el principio de equidad intergeneracional, que obliga a todos a ver con los ojos de nuestros nietos cualquier impacto que pueda tener un proyecto” .Abogado ambientalista.; “(...) Sin embargo estamos empecinados en perder todo esto por un dudoso desarrollo energético. En vez de ser el país que conserva lugares únicos en el mundo vamos a ser el país que destruye sus recursos naturales” .Guía de turismo].
Para los funcionarios en cambio, el futuro será de desarrollo económico regional, industrialización y salida de la crisis económica. “(...) Es absolutamente posible generar en nuestro país, porque este país es maravilloso en ese sentido, ese equilibrio del desarrollo sustentable con el cuidado del ambiente, que es algo que nos preocupa a nosotros y, fundamentalmente, a las generaciones futuras.” .Funcionario estatal.; “(...) Buscamos el desarrollo, queremos las represas sobre el Río Santa Cruz, las necesitamos porque tenemos sueños y queremos tener futuro a partir del aprovechamiento de lo que significa la energía electrointensiva para nuestros pueblos.” .Funcionario estatal.; “(...) la existencia de estos aprovechamientos con fuentes renovables significará un aporte energético de gran importancia para la matriz nacional, sentando además las bases para continuar la expansión de manera sustentable.” .Funcionario estatal].
La resistencia a las represas apeló tanto a discursos del saber científico y técnico (apoyados en la experiencia de las ONG ambientalistas y científicos de varias disciplinas y al discurso legal), como al saber de los pobladores locales, los guías de turismo, deportistas y otros ciudadanos que se integraron a la causa y a las tradiciones de los pueblos originarios y sus cosmovisiones. De esta forma, lograron hacer presente el conocimiento local e histórico, usualmente descartado por la autoridad, a la par que trabajaron contrahegemónicamente aquel saber tecnocrático (De Sousa Santos, 2006) para identificar los vacíos e incertidumbres de la sociedad en general sobre el conocimiento de los glaciares, las especies endémicas y otros aspectos biológicos y técnicos, posibilitando así la entrada de otros lenguajes e imaginarios en el campo de disputa simbólica del bien común agua.
Otro de los efectos institucionales (Azuela y Mussetta, 2009) del conflicto fue la puesta en práctica de herramientas legales que apuntaron a establecer el “derecho al ambiente sano” como derecho humano. En ese marco, los reclamos por el derecho a la participación, el acceso a la información, la consulta a los pueblos, el reconocimiento de la responsabilidad hacia las generaciones futuras, e incluso la propiedad social de los bienes comunes, fueron ideas centrales en la construcción social del río. Hasta el concepto de sujeto de derecho fue puesto en juego en su más amplio sentido, integrando al debate como sujetos dignos de protección legal a entidades tales como las generaciones futuras, el ambiente24, la biodiversidad y al propio Río Santa Cruz (Berros y Colombo, 2017)25. En todo ello pueden apreciarse luchas muy importantes en relación a los ejes procedimentales y de reconocimiento de la justicia hídrica. Es interesante recalcar que la mención a las leyes implicó reconocer derechos de incidencia colectiva y derechos de entidades no humanas, lo cual es probablemente un hecho inédito en Argentina, ampliando también el marco de la cuarta dimensión, la de justicia socioecológica:
“(...) La consulta previa se caracteriza por ser un derecho colectivo” [Fallo judicial]; “(...) Los glaciares constituyen un bien público” [Habitante de El Calafate]; “(...) violan el derecho a la belleza escénica” [Habitante de El Calafate]; “(...) el deber estatal de proteger el derecho al ambiente y de preservar el patrimonio natural, cultural y de la diversidad biológica” [Escrito legal]; “(...) ¿Ustedes se pusieron a pensar en la cantidad de vidas de animales y de plantas que se van a perder en esas 40.000 hectáreas cuando se inunde?” [Representante de ONG]; “(...) Cada elemento de la biodiversidad necesita su espacio, su trayectoria e, incluso, su propia historia.” [Representante de Comunidad originaria]; “(...) Pero quiero decir que queda claro que la biodiversidad trasciende a una especie y el propio estudio queda corto en relación al análisis de toda la compleja diversidad ambiental de la cuenca del Río Santa Cruz.” [Representante de ONG] “(...) no permitan que se realicen estas presas que arrasan los derechos de la madre tierra, del buen vivir, de la cosmovisión de los pueblos originarios y también de nuestros derechos humanos que arrebataron nuestro bien común como es el agua dulce y nuestro territorio” [Habitante de Santa Cruz].
Conclusiones
En Santa Cruz, al calor de las denuncias y reclamos por la falta de claridad sobre la implementación del proyecto en cuanto a sus impactos socioambientales, se generó un debate o disputa alrededor de algunas ideas como “desarrollo”, “energía renovable”, “crisis energética”, “región atrasada”, etc. Y si bien este discurso -podemos llamarle “saber experto” tecnocrático26- cuenta con el sostén del Estado y los procesos de acumulación de capital, lo que le otorga la fuerza suficiente para difundirlo masivamente, no fue la única visión del río que trascendió hacia la arena del debate público. Los movimientos sociales también fueron y son capaces de articular discursos y saberes propios, resistencias que emergen en estos debates.
A veces estos saberes y discursos vernáculos confluyen con los hegemónicos. En este sentido, muchas veces quienes se opusieron al proyecto supieron apropiarse y utilizar con habilidad términos provenientes del lenguaje científico o técnico (como “sismicidad inducida”, “extinción”, “principio precautorio”, etc.) para contra-argumentar. También es notable cómo los saberes tecnocráticos se han adaptado al contexto de la crisis climática, definiéndose como “verdes”, “sustentables”, de “buenas prácticas”, etc., para estar en condiciones de “negociar” la verdad acerca de las represas y sus impactos27 en un marco de mayor aceptación social (Pereira y Segura, 2017; Boelens, Shah y Bruins, 2019).
En cuanto a las estrategias que los actores opositores tomaron para resistir el proyecto, destacan las acciones colectivas de visibilización que lograron organizar y que permitieron articular a la vez actores locales con regionales y otros ubicados en centros urbanos. Además consiguieron la realización de una Audiencia Pública en el Congreso Nacional que llevó estas distintas construcciones simbólicas del río y toda su complejidad a la sociedad argentina, que pudo así escuchar las diferentes ideas y controversias sobre el proyecto, un hecho destacable para un momento histórico donde las disputas por la utilización de los bienes comunes naturales resulta uno de los temas centrales de discusión política sobre el futuro del país, e incluso del planeta. En efecto, a la distancia, gracias a la consolidación de redes y la difusión de información y alianzas, se promueve una forma novedosa de defensa que conecta con las resistencias a la mega-minería, la actividad nuclear y el fracking, recurriendo a saberes locales y vínculos con sectores científicos dispuestos a ofrecer respaldo contrahegemónico.
Al analizar los discursos de los diferentes actores, desde la propuesta de justicia hídrica, el Río Santa Cruz y la región que atraviesa son socialmente producidos: no sólo es material la base y procesos ecológicos que lo conforman, sino que es un producto de procesos humanos que lo han utilizado y moldeado en cuanto entorno desde hace miles de años y por variedad de culturas28. A la vez, existen discursos que se refieren al mismo como un bien natural, asociándolo a una representación de la naturaleza determinada, mientras no se trata de las mismas naturalezas para las distintas culturas y contextos que se relacionan con el río. Desde visiones que lo sitúan como un ente aprovechable y capaz de motorizar el desarrollo económico de la región, hasta cuerpo paisajístico que merece fluir “libre” hacia su desembocadura.
A diferencia de otras experiencias29, en este caso no se logró instalar un discurso capaz de amplificar con suficiente fuerza a nivel nacional la preocupación por la afectación ecosistémica y social que permitiera frenar las obras. Así, el panorama del caso, si bien todavía provisorio o “abierto”, sigue su curso. De hecho, sienta un antecedente para el resto del país, la región y el continente, en la resolución de las tensiones en los acuerdos bilaterales que pretenden generar emprendimientos extractivos como camino del desarrollo económico, para los cuales parece no haber instancias legales o mecanismos formales que puedan torcer decisiones tomadas unilateralmente.
No obstante, hemos podido destacar el aprendizaje social que implicó este conflicto particular, pues logró visibilizar otras voces, usualmente silenciadas, y articular actores distanciados territorialmente y con diferentes trayectorias de vida e intereses. Importantes avances institucionales y la generación de redes contribuyeron, en definitiva, a afianzar la socialización de la información y exigir condiciones justas en la participación pública en la toma de decisiones, habilitando las distintas voces del río, y así, la posibilidad de pensar nuevas alternativas al desarrollo.
Hemos identificado también las contradicciones del propio instrumento de regulación ambiental y derecho a la participación pública, ya que los procedimientos de evaluación y estudios de Impacto Ambiental “requieren de dictámenes técnicos que no poseen grietas para la incorporación de la diversidad más allá del límite científico. Esta es una de las manifestaciones del modo en que se ha sellado el vínculo entre derecho y ciencias." (Berros 2015:10). Este instrumento también reproduce desigualdades sociales de género y hacia otras culturas, muy presentes en este caso, como la diferencia en la representación en las Audiencias Públicas de personas de género femenino y pueblos originarios.
El lema “Río Santa Cruz libre”, como se ha difundido, ofrece una oportunidad significativa para plantear nuevos horizontes de sentido en torno a los bienes comunes y permite reflexionar sobre algunas cuestiones de gran importancia para el presente y el futuro del país, e incluso de la vida sobre la tierra. ¿Energía para qué y para quiénes? ¿Qué modelo de desarrollo energético requiere el país y con qué fines se utilizarán los beneficios? ¿Cómo hacer partícipe a la sociedad desde un comienzo en la decisión sobre sus propios bienes y su futuro? ¿Cómo producir energía garantizando el cuidado social y ambiental en el presente, pero considerando también a las generaciones futuras que vivirán en un planeta que se prefigura cada vez más incierto como sostén de vida? ¿Es posible para Argentina “desarrollarse” y a la vez cumplir con las metas comprometidas en las Conferencias globales sobre Cambio Climático? ¿Qué tipo de “desarrollo” requiere el país y en todo caso, cómo lograrlo integrando en la discusión y toma de decisiones a la sociedad en su gran diversidad e intereses?
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Denuncia penal: Aprovechamientos hidroeléctricos del Río Santa Cruz. Posible conflicto de intereses por parte del Procurador del Tesoro de la Nación
Ley General del Ambiente 25.675/02
Fallo Amparo COMUNIDAD MAPUCHE TEHUELCHE LOF FEM MAPU c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986
Recurso Salto Instancia Nº 2 FUNDACION BANCO DE BOSQUES PARA EL MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES c/ EN - PEN - M PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION P Y S Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO en trámite ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación
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Notas
Más en https://www.un.org/es/events/biodiversityday/convention.shtml
Para más detalles sobre los beneficios que el proyecto declara ver:
http://www.represaspatagonia.com.ar/index.php/es/proyecto/implicancias
https://www.argentina.gob.ar/ambiente/biodiversidad/extincioncero