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Implementación del enfoque de género en el Acuerdo Final con las FARC-EP: evolución, desafíos y perspectivas en razón del nuevo periodo presidencial 2018-2022*
Angie Lorena Ruiz Herrera
Angie Lorena Ruiz Herrera
Implementación del enfoque de género en el Acuerdo Final con las FARC-EP: evolución, desafíos y perspectivas en razón del nuevo periodo presidencial 2018-2022*
Implementation of the gender approach in the Final Agreement with the FARC-EP: evolution, challenges and perspectives in the new presidential term 2018-2022
Via inveniendi et iudicandi, vol. 14, núm. 1, pp. 91-128, 2019
Universidad Santo Tomás
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Resumen: El conflicto armado en Colombia ha impactado de manera diferencial a hombres y mujeres. Esta situación se reconoce en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera alcanzado con las FARC-EP. No obstante, la ideología que permea el periodo presidencial 2018-2022 plantea una serie de obstáculos para el cumplimiento del enfoque de género incorporado en dicho acuerdo. Por lo anterior, este artículo plantea un análisis de la implementación del enfoque de género a la luz de la ideología imperante identificando los obstáculos que esta representa para aquel. Para esto, se desarrolla una metodología cualitativa, utilizando técnicas de investigación documental y análisis textual; señalando la ausencia histórica del enfoque de género en procesos anteriores, su incorporación sustancial en el Acuerdo Final y la tergiversación y el consecuente abandono de esta perspectiva en los antecedentes ideológicos y las propuestas previstas para el nuevo periodo presidencial. Se indicará por qué esto último constituye un retroceso preocupante en la garantía de la diversidad.

Palabras clave: acuerdo de pazacuerdo de paz,enfoque de géneroenfoque de género,ideologíaideología,periodo presidencial 20182022periodo presidencial 20182022,FARCFARC.

Abstract: The armed conflict in Colombia has had a differential impact on men and women. This situation is recognized in the Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera achieved with the FARC-EP. However, the ideology that permeates the presidential period 2018-2022 poses a series of obstacles to compliance with the gender approach incorporated in this Agreement. Therefore, this article proposes an analysis of the implementation of the gender approach in light of the prevailing ideology, identifying the obstacles to it. For this, a qualitative methodology is developed, using techniques of documentary research and textual analysis; finding the historical absence of the gender approach in previous processes, the substantial incorporation in the Acuerdo Final and the abandonment and misrepresentation of this perspective in the ideological background and the proposals foreseen for the new presidential term; constituting a worrying return in the guarantee of diversity.

Keywords: Peace agreement, gender approach, ideology, 2018-2022 presidential term, FARC.

Carátula del artículo

Artículos

Implementación del enfoque de género en el Acuerdo Final con las FARC-EP: evolución, desafíos y perspectivas en razón del nuevo periodo presidencial 2018-2022*

Implementation of the gender approach in the Final Agreement with the FARC-EP: evolution, challenges and perspectives in the new presidential term 2018-2022

Angie Lorena Ruiz Herrera
Universidad Nacional de Colombia, Colombia
Via inveniendi et iudicandi, vol. 14, núm. 1, pp. 91-128, 2019
Universidad Santo Tomás

Recepción: 03 Julio 2018

Aprobación: 20 Agosto 2018

Introducción

De conformidad con Sánchez,

la tensión entre neoliberalismo y derechos humanos en América Latina ha generado toda una literatura en la región que ha posibilitado el surgimiento de nuevos marcos analíticos en el derecho como el neoconstitucionalismo, la incorporación en el derecho constitucional de conceptos como el "buen vivir", o el surgimiento de nuevos conceptos como el de Estado constitucional regulador. Este último surge en un contexto de desarrollo económico volcado en la producción de materias primas y la consolidación constitucional de un discurso de los derechos. (2018, p. 96)

Según Joya y Sánchez,

en el año 2010 inicia el proyecto de la paz, con el advenimiento de Juan Manuel Santos Calderón como presidente de la República de Colombia, quien toma el riesgo de proponer nuevamente un diálogo con las insurgencias guerrilleras presentes en el país, después de múltiples fracasos en la historia colombiana. Es así como se da inicio al proceso de paz en Colombia con el grupo guerrillero de las FARC. (2018, p. 204)

El conflicto armado en Colombia es conocido como el de mayor antigüedad en el mundo (GMH, 2013). Sus orígenes se remontan a los años cincuenta del siglo XX, con antecedentes en las guerras civiles y la debilidad política heredada del siglo XIX. Dentro de las causas más reconocidas se encuentran la exclusión política, la debilidad en las instituciones del Estado, la desigualdad económica y la inequidad en el acceso a la tierra, entre otras (Nussio, 2012).

Desde sus orígenes las modalidades de violencia llevadas a cabo por los diferentes grupos armados han impacto de manera diferencial a las mujeres. En este sentido, la violencia contra la mujer, en específico la de índole sexual en el desarrollo del conflicto armado, se ha constituido en arma de guerra de los diferentes actores armados legales o ilegales. El Registro Único de Víctimas (RUV) señala que entre 1985 y marzo de 2013 2 683 335 mujeres han sido víctimas del conflicto armado: 489 687, de violencia sexual; 2601, de desaparición forzada; 12 624, de homicidio; 592, de minas antipersonal; 1697, de reclutamiento ilícito y 5873, de secuestro (GMH, 2013).

Además, en concordancia con lo expuesto en líneas anteriores y aunque no es el asunto central del presente ensayo, es importante analizar cuál es la naturaleza jurídica de la reparación integral de las víctimas por desplazamiento forzado, lo cual supone un análisis cualitativo orientado a la esencia de tal reparación y a los aportes que de su práctica se pueden obtener. Esto último involucra tanto los aportes del área jurídica -incluidos los pronunciamientos jurisprudenciales expedidos en el espacio interno por los organismos colombianos y las contribuciones que se realizan en el marco del derecho internacional- como los del campo político (Moreno y Álvarez, 2017).

De manera particular, el GMH (2013, p. 80) resalta que en el caso de los paramilitares los objetivos de esta violencia han sido: 1) atacar a las mujeres por su condición de liderazgo, 2) destruir el círculo afectivo de aquellos considerados como enemigos, 3) "castigar" conductas transgresoras o ignominiosas desde la perspectiva de los actores armados, 4) violencia sexual articulada a prácticas culturales y 5) violencia sexual orientada a generar cohesión entre los integrantes de grupos paramilitares y afianzar sus identidades violentas. Al respecto, señala Cadavid (2014) que el actor armado se considera poseedor del comportamiento y la libertad de la mujer, de modo que la utiliza como arma de guerra contra el adversario.

Asimismo, es importante conocer las dinámicas de la guerra y su afectación a las mujeres puesto que, como se ha documentado en diferentes informes (Unifem, 2005; Ramírez, 2014), la desmovilización no garantiza que el trato hacia la mujer cambie. En efecto, las secuelas del conflicto en el comportamiento del excombatiente marcan una pauta de acción en relación con su posición frente a los demás y frente a la mujer.

Reconociendo lo anterior, la comunidad internacional ha insistido en la incorporación de la perspectiva de género en los diferentes acuerdos de paz en el mundo. Por eso, el Acuerdo Final alcanzado por el gobierno de Juan Manuel Santos y la exguerrilla de las FARC-EP incorpora dicha perspectiva. Es importante reconocer que el enfoque de género señala el reconocimiento diferencial de los efectos del conflicto tanto para mujeres combatientes y civiles como para la comunidad LGBTI, lo que ha sido motivo de discusión en la refrendación del mencionado acuerdo. Al respecto, y de conformidad con Trujillo, es importante anotar que "la administración de las misiones diplomáticas es un tema importante para el entendimiento de las relaciones exteriores entre los Estados, ya que esclarece el funcionamiento interno de las misiones como unidades de gestión en el exterior de sus cancillerías" (2018, p. 145).

Las discusiones alrededor del enfoque de género en el acuerdo llevan a la preocupación acerca de su garantía, necesaria ante el escenario diferencial de afectación. Teniendo en cuenta esto, la problemática desarrollada en esta investigación se relaciona con los avances del enfoque de género en el Acuerdo Final y los obstáculos de la implementación de este en el nuevo periodo presidencial. Esto a la luz de las diferencias ideológicas con dicho concepto manifestadas principalmente en la campaña por el no llevada a cabo en el contexto del plebiscito para la refrendación de los acuerdos. Así, se pretende la identificación de los avances en materia de género en el acuerdo de paz y los obstáculos que se presentan en el nuevo periodo presidencial.

Lo anterior esta en conexión directa con el hecho de que la afirmación de un concepto de derecho unívoco es particularmente compleja. De conformidad con Guarín y Aldana,

se piensa que el término derecho refiere a una realidad que, más que definible esencialmente, puede ser objeto de descripción, para lo cual el criterio a partir del cual se mire es determinante; por eso hay varios conceptos de derecho a los que, en el mejor de los casos, se les otorga algún grado de corrección, pero de los que se indica, tienen la imposibilidad de abarcar lo que encierra esa realidad que llamamos derecho. (2016, p. 20)

De esta manera, la problemática presentada se responderá a la luz de una metodología cualitativa, que permite el uso de técnicas de carácter documental y de análisis textual. En este sentido, se recurrirá a documentos tales como informes históricos, artículos especializados, normativa internacional y nacional, medios periodísticos, entre otros. Igualmente, mediante la metodología de análisis textual se estudiarán las noticias alrededor de la campaña del no en 2016 y 2017, presentadas en medios de comunicación digitales como El Tiempo y El Espectador. Se reconoce de esta manera la importancia del uso de la palabra y su mensaje.

La investigación presenta inicialmente algunos de los antecedentes del Acuerdo Final, en particular las iniciativas de paz desarrolladas en otros periodos presidenciales. Posteriormente, realiza una aproximación conceptual al enfoque de género, reconociendo los avances normativos internacionales en la materia. Continúa con el análisis de la incorporación de la perspectiva de género en los acuerdos, indagando punto por punto. A continuación señala los desafíos del enfoque de género en el marco de la ideología imperante en el gobierno electo, señalando la importancia dada en la campaña del no a la denominada ideología de género. Finalmente, se presentan las conclusiones de la investigación y de manera específica se responde a la problemática planteada.

Antecedentes de los Acuerdos de La Habana
Los Acuerdos de La Uribe

El gobierno de Julio César Turbay Ayala se caracterizó por la permanencia del estado de sitio, que daba rienda suelta a las FF. MM. para la implementación de estrategias en contra del enemigo interno. Sin embargo, esto justificó la violación de los DD. HH. de los colombianos con la excusa de que los afectados hacían parte de grupos guerrilleros (Romero, 2011).

Esta doctrina entra en contradicción con las ideas del sucesor de Turbay, el presidente Belisario Betancur, que reconoce el estatus político de la confrontación armada, lo cual le permitía buscar soluciones políticas al conflicto armado interno. Lo anterior se evidencia desde su campaña presidencial, en la que obtiene el apoyo de miles de colombianos cansados de la lucha armada. Así, la apertura democrática propuesta por Betancur fue bien recibida por los colombianos y las guerrillas.

Con esta disposición a favor de negociar, el 30 de enero de 1983 sucede un hecho histórico: por primera vez la Comisión Nacional de Paz elegida por el presidente Betancur se reúne con el Secretariado de las FARC en algún lugar de Colombia. Aunque las FF. MM. y el Ministerio de Defensa se oponían de manera rotunda a estas conversaciones, el 28 de marzo de 1984 John Agudelo Ríos, presidente de la Comisión de Paz y representante del Gobierno, y Manuel Marulanda, representante de las FARC, firman el Acuerdo de Cese al Fuego, Tregua y Paz en algún lugar del municipio de La Uribe, Meta -de allí que se le llamara también "Acuerdo de La Uribe"-.

Entre los puntos más relevantes de este acuerdo se encuentran (Romero, 2011):

  1. 1. El cese al fuego por parte de las FARC, que se mantendría si el presidente de la época mostraba un gesto similar.
  2. 2. La condena de actos como el secuestro y la extorsión.
  3. 3. La creación de comisiones para la vigilancia del cumplimiento de los acuerdos, presentes en diferentes puntos del país y con garantías del Gobierno nacional.
  4. 4. La organización política, económica y social de sus miembros y simpatizantes bajo garantías legales y constitucionales.
  5. 5. La posibilidad de los integrantes de las Farc-EP de acogerse a los beneficios de la Ley 25 de 1982.
  6. 6. La promoción del fortalecimiento de las condiciones de fraternidad democrática, incentivando el perdón y el olvido.

Como se menciona, el acuerdo da vía libre a la participación política de los miembros de las FARC-EP y sus simpatizantes, lo que da origen al partido Unión Patriótica (UP). No obstante, las ideas y luchas de la UP se vieron empañadas por los miles de asesinatos cometidos contra sus integrantes y simpatizantes, que se tradujeron en la terminación de las conversaciones con el Gobierno. En este primer intento por alcanzar la paz no se registra referencia alguna al enfoque de género o a los derechos de las mujeres.

La Zona de Distención de Andrés Pastrana y la Agenda Común por el Cambio hacia una Nueva Colombia

Andrés Pastrana llega a la Presidencia de Colombia en 1998 con la consigna, ya abonada por los anteriores gobiernos, de la salida política al conflicto vivido en el país. Tal como lo señala Leguízamo (2002), los gobiernos que precedieron a Pastrana crearon una actitud positiva frente a la negociación de la paz, a pesar de las diferentes dificultades en los diversos intentos por alcanzar de manera dialogada una solución al conflicto.

Así pues, Pastrana conquista las urnas con la consigna de la paz, y en su gobierno se constituye la denominada Zona de Distensión, comprendida entre los municipios de La Uribe, Vistahermosa, Mesetas y La Macarena, en el departamento de Meta, y San Vicente del Caguán, en el departamento de Caquetá. Luego se define allí la Agenda Común por el Cambio hacia una Nueva Colombia. Dentro de los aspectos más relevantes se encuentran:

  • La búsqueda de una solución política al conflicto, involucrando a diferentes actores del país en el compromiso con la construcción de la paz, sin distinción de partidos, intereses económicos, sociales o religiosos.

  • La protección a los derechos humanos, garantizando el cumplimiento de los tratados internacionales.

  • La creación de una política agraria integral, que permita la democratización del crédito, la asistencia técnica, el mercadeo, la redistribución de la tierra improductiva, la recuperación y distribución de la tierra adquirida a través del narcotráfico o el enriquecimiento ilícito, entre otros aspectos.

  • La protección del ambiente sobre la base del desarrollo sostenible.

  • La estructuración de una política económica que permita ampliación de mercados, estímulos a la producción a través de la pequeña, mediana y gran empresa privada, apoyo a la economía solidaria y cooperativa, participación social, entre otros aspectos.

  • Reformas a la justicia, lucha contra la corrupción y el narcotráfico.

  • Reforma política para la ampliación de la democracia, garantizando los derechos de la oposición y las minorías y permitiendo además mecanismos de participación ciudadana.

  • Reformas al Estado en materia administrativa, logrando una mayor eficiencia de la administración pública; asimismo, la descentralización y el fortalecimiento del poder local.

  • Redefinición del papel de las FF. MM.: defensa de la soberanía, protección a los DD. HH., combate a grupos de autodefensa.

Si bien de manera explícita no se hacían menciones a la perspectiva de género, es importante anotar que en esta agenda se comprometía a todos los sectores de la sociedad en la construcción de la paz y se ponía de manifiesto la necesidad de garantizar los derechos de las minorías y la participación social. Sin embargo, los esfuerzos de paz se deshacen al no presentarse logros reales en su avance, y tras diferentes hechos de ambas partes el presidente Pastrana da por terminada la Zona de Distensión y el proceso de paz con las FARC. Para el efecto, es importante no olvidar que "la Constitución Política declara que Colombia es un Estado social y democrático de derecho con lo que impone una caracterización precisa que permite distinguirlo de otros modelos superados o por lo menos de los que ha evolucionado" (Arias, 2017, p. 64).

Los acuerdos de Santa Fe de Ralito y la Ley de Justicia y Paz

Las negociaciones con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en el gobierno de Álvaro Uribe son precipitadas por la legitimación por parte de la sociedad civil de los actos de las AUC como defensa del ataque guerrillero. En efecto, en el imaginario social permanecería la idea que Carlos Castaño manifiesta a la opinión pública en 2000, que justifica la necesidad del paramilitarismo frente a las acciones de las FARC, que no fueron prevenidas en su momento por el Estado (Otálora, 2010). Funcionan entonces como un para-Estado, las autodefensas serían un mal necesario para el pueblo colombiano. Lo anterior permitiría la aceptación de las negociaciones por parte de la opinión pública, y por tanto, daría la bienvenida al proceso de paz con las AUC.

El proceso inicia formalmente con la declaratoria de cese unilateral de hostilidades por parte de las AUC, el Bloque Central Bolívar y la Alianza Oriente. Se conforman cuatro mesas de negociación paralelas que funcionan de manera autónoma pero coordinada. Los responsables de dinamizar las conversaciones fueron Luis Carlos Restrepo, alto comisionado para la Paz, y Sabas Pretelt de la Vega, ministro del Interior y de Justicia. Sin embargo, no se establece una agenda que aborde los problemas que dieron origen al fenómeno paramilitar y que propiciaron su continuación y el surgimiento de nuevas modalidades de violencia aún después de los acuerdos de Santa Fe de Ralito. Los puntos principales se inclinan a fijar las condiciones para el desarme y la desmovilización, sin abordar tampoco como punto principal los derechos de las víctimas. En este sentido, temas como el narcotráfico y su contribución a la existencia de la violencia no son tratados de manera seria en el proceso. Tampoco se señalan los vínculos del paramilitarismo con sectores empresariales, políticos y de poder regional que los apoyaron, y aún menos los nexos de este grupo con la fuerza pública (Otálora, 2010).

Como resultado del proceso de negociación el número de desmovilizados fue de 31 671 de 39 diferentes bloques y frentes paramilitares que operaban en todo el país. Dichas desmovilizaciones se realizaron entre 2003 y 2006. Asimismo, se entregaron 18 051 armas, entre largas, cortas y de apoyo, 13 117 granadas y 2 716 401 unidades de munición. Del total de desmovilizados, 2900 fueron postulados a la Ley 975 de 2005, previa ratificación de su voluntad de vincularse al proceso judicial. Los demás fueron procesados por la Ley 782 de 2002 (Otálora, 2010).

Como resultado de las negociaciones con las AUC, se obtiene la denominada Ley de Justicia y Paz, cuyos puntos más relevantes se presentan en la tabla 1.

Tabla 1
Características de la Ley 975 de 2005

Fuente: elaboración propia a partir de la Ley 975 de 2005 y la Sentencia C-370 de 2006.

Aproximación conceptual al enfoque de género

La consideración de una perspectiva basada en el género fue posible y se desarrolla gracias a la creación de diferentes instrumentos internacionales, producto de las manifestaciones de distintos sectores. Esto ha permitido que en los diferentes Estados sea posible la perspectiva de DD. HH. basada en el género.

De esta manera se crea uno de los instrumentos internacionales guía en la materia. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es el máximo instrumento de protección de los derechos, tanto de hombres como de mujeres, y de manera prioritaria en su artículo 1 señala: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros" (ONU, 1948).

De manera específica el artículo 2 señala la igualdad de derechos independientemente del sexo: "Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición" (ONU, 1948).

Con este instrumento se inaugura una serie de pronunciamientos internacionales relativos a la garantía de los derechos humanos de diferentes colectividades: mujeres, niños, etnias, etc. En el camino de la garantía de los derechos de las mujeres en 1979 nace la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw). En esta no solamente se señala la necesidad del trato equitativo entre hombres y mujeres, sino que se define de manera explícita lo entendido como discriminación contra la mujer:

Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. (ONU, 1979)

Teniendo en cuenta esto la Convención insta a los Estados a adoptar estrategias que eliminen los patrones socioculturales que tradicionalmente han permitido la exclusión, discriminación y violencia contra la mujer. Señala además la necesidad de la participación equitativa de hombres y mujeres en política y en las decisiones que rigen las naciones.

No obstante, los patrones socioculturales de violencia en contra de la mujer se presentan en diferentes naciones de manera sistemática, de modo que surge la necesidad de un nuevo pronunciamiento por parte de la comunidad internacional. De esta manera en 1993 nace la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Este instrumento plantea la necesidad de erradicar el fenómeno de la violencia contra la mujer para garantizar sus derechos humanos.

De conformidad con lo estipulado en la Convención (ONU, 1979), la Declaración (ONU, 1993) solicita a los Estados condenar todo acto de violencia contra la mujer y determina la obligatoriedad de no justificar estos actos en contextos religiosos, tradicionales o culturales. Así, reitera la necesidad de adoptar medidas para la sanción de los hechos de violencia contra la mujer y la desestructuración de patrones socioculturales que la justifican (Ruiz, Goite y Trujillo, 2017).

En el Sistema Interamericano de Derechos Humanos se firma la Convención de Belém do Pará con la finalidad de intervenir en los hechos de violencia en contra de la mujer. Además de definir este tipo de violencia y sus modalidades la Convención enlista los derechos de la mujer: el derecho a que se respete su vida; el derecho a que se respete su integridad física, síquica y moral; el derecho a la libertad y a la seguridad personales; el derecho a no ser sometida a torturas; el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia; el derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley; el derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos; el derecho a la libertad de asociación; el derecho a la libertad de profesar la religión y las creencias propias dentro de la ley; el derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluida la toma de decisiones; el derecho a estar libre de toda forma de discriminación, y el derecho a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y de prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación (OEA, 1994).

Otro de los instrumentos internacionales que señala la garantía de los derechos de las mujeres es la Plataforma y Declaración de Beijing de 1995. Por medio de esta se pretende el empoderamiento de las mujeres en la búsqueda del reconocimiento de sus derechos, los cuales trascienden del ámbito privado a diferentes escenarios públicos y de importancia internacional: la pobreza, la educación y la capacitación, la salud, los conflictos armados, la economía, el ejercicio del poder y la adopción de decisiones, mecanismos institucionales para el desarrollo de la mujer, los derechos humanos, los medios de difusión y el medio ambiente, entre otros.

Claramente, los diferentes pronunciamientos internacionales abonaron la idea de la garantía de derechos con enfoque de género, reconociendo así que las problemáticas sufridas por las mujeres son diferentes a las de otros grupos sociales, dada la discriminación histórica y los patrones socioculturales que contra ellas han persistido.

Dado todo lo anterior, la comunidad internacional se pronuncia por medio de la Resolución 1325 de 2000 del Consejo de Seguridad, reconociendo el "importante papel que desempeñan las mujeres en la prevención y solución de los conflictos y en la consolidación de la paz" (ONU, 2000, p. 1). Por ello es indispensable la incorporación de la perspectiva de género en todas las operaciones o estrategias para la consecución y el mantenimiento de la paz, así como el aumento de la representatividad de las mujeres en los órganos de decisión de las naciones.

Igualmente, la Resolución manifiesta la necesidad de

  • Incorporar una perspectiva de género en las operaciones de mantenimiento de la paz.

  • Proteger los derechos y las necesidades especiales de las mujeres, así como reconocer la importancia de la participación de ellas en la adopción de todas las medidas de mantenimiento y consolidación de la paz.

  • Alentar a todos los que participen en la planificación para el desarme, la desmovilización y la reintegración a que tengan presentes las necesidades distintas de los excombatientes según sean del género femenino o masculino y tener en cuenta las necesidades de sus familiares a cargo (ONU, 2000, pp. 2-4).

Como se verá, cuando se habla de género se involucran un sinfín de conceptualizaciones que abarcando no solo a la mujer, sino también a la comunidad LGBTI. Para reconocer esto, en 2014 el Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprueba una resolución por medio de la cual se pretende combatir la violencia y la discriminación por orientación sexual e identidad de género que constituye un aporte histórico a la garantía de los derechos humanos (Human Rights Watch, 2014).

Con estos antecedentes internacionales los estudiosos del tema identifican la necesidad de entender el constructo género reconociendo que no es sinónimo de mujer. En este sentido, la OMS (2018) señala que género "se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres". Trascendiendo esta conceptualización, Marcela Lagarde (1996) indica que hablar de género es reconocer la diversidad entendiendo la existencia de hombres y mujeres en un contexto social.

De esta manera, la perspectiva de género tiene la finalidad de reconstruir social y subjetivamente la historia, la sociedad, la cultura y la política desde los diferentes actores sociales. Así, señala Lagarde,

la perspectiva de género permite analizar y comprender las características que definen a las mujeres y a los hombres de manera específica, así como sus semejanzas y diferencias. Esta perspectiva de género analiza las posibilidades vitales de las mujeres y los hombres; el sentido de sus vidas, sus expectativas y oportunidades, las complejas y diversas relaciones sociales que se dan entre ambos géneros, así como los conflictos institucionales y cotidianos que deben enfrentar a las maneras en que lo hacen. (1996, p. 14)

Por otra parte, Miranda menciona que la perspectiva o el enfoque de género tiene sus antecedentes en el modelo relacional, que señalaba una organización entre hombres y mujeres fundada en "la distinción de los sexos, pero en un nivel de igualdad" (2012, p. 345). Con esto, la antropología cultural concibió que el género debería ser una categoría de análisis para el entendimiento de la organización social y política. De allí surgió la expresión "perspectiva de género".

La perspectiva de género apunta hacia la consideración de las diferencias sexuales y los roles que se construyen a partir de esa diferencia. Tiene como objetivo el alcance de los derechos en relación de equidad entre hombres y mujeres, desechando la idea de la homogeneización.

Por ello, y a diferencia de la concepción según la cual la perspectiva de género se refiere únicamente a las mujeres, los estudios en esta materia requieren información sobre las situaciones vividas por el varón, con la finalidad de transformar el orden social preexistente: "Se trata de dos cuestiones que no se pueden separar. Si cambian las cosas para ellas, también deben cambiar para ellos, en beneficio de ambos y de la sociedad" (Miranda, 2012, p. 347).

Análisis de la inclusión del enfoque de género en el acuerdo final

El Gobierno de Juan Manuel Santos logra la firma del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera el 24 de noviembre de 2016 en el Teatro Colón de Bogotá, tras una serie de revisiones producto del triunfo del no en el plebiscito celebrado el 2 de octubre del mismo año.

Antes de describir los avances en materia de género en estos acuerdos, se presenta a continuación la participación de las mujeres en el conflicto armado en Colombia y en particular en las FARC-EP. El Observatorio de Paz y Conflicto de la Universidad Nacional de Colombia revela algunas cifras referidas a tal participación. De esta manera, en los procesos de paz de la década de los noventa se registraron 1183 desmovilizadas, lo que equivale al 24 % del total de desmovilizados. Por su parte, en los procesos de paz con las AUC se desmovilizan de manera colectiva 1911 mujeres y de manera individual, 5450 tanto de grupos de autodefensas como de guerrillas. Es decir, desde 1990 hasta 2014 se habían desmovilizado 8554 mujeres de los grupos armados ilegales de Colombia (OPC, 2015; 2016).

Por otro lado, para mayo de 2018 la actual Agencia de Normalización y Reincorporación reporta tanto el número de mujeres en proceso de reintegración como el de aquellas que han culminado el proceso (tabla 2).

Tabla 2
Número de hombres y mujeres en los momentos de la reintegración

Fuente: Agencia de Normalización y Reincorporación, 2018.

Como se evidencia, los porcentajes de mujeres participando en los diferentes momentos de la reintegración no son despreciables, lo que muestra la necesidad del enfoque de género en el análisis de los acuerdos de paz que suscriba el Gobierno nacional de turno con los diferentes grupos armados al margen de la ley. Lo anterior es apoyado por la caracterización de las comunidades farianas en las zonas veredales realizada por la Universidad Nacional de Colombia (2017), en la cual se encuentra que 2267 excombatientes (el 23 %) son mujeres.

Se ha indagado acerca de la participación de las mujeres en acuerdos de paz en países con situaciones de conflicto similares a la nuestra. En ese sentido, a pesar de los avances en la década de los ochenta relativos a la estrategia Género en Desarrollo (GED), que reconoce a la mujer como parte activa de la sociedad y le permite participar en la planificación y evaluación de toda intervención ligada al desarrollo de las naciones (Mendia, 2010), "no se encuentra una participación relevante de las mujeres en los escenarios de construcción de paz derivados de los acuerdos con las organizaciones en disputa en los países centroamericanos" (Huertas, Ruiz y Botia, 2017, p. 55). Y ello a pesar de la participación activa de las mujeres en los escenarios de confrontación. Así por ejemplo, en El Salvador las mujeres participaron activamente en el Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional (FMLN): constituían el 30 % de sus combatientes y el 60 % de la base social de apoyo (Mendia, 2010). A pesar de esto, documentan Huertas, Ruiz y Botia en relación con los programas DDR:

Se orientaron a los excombatientes hombres, a quienes se les brindó tierras, becas o ayudas; no obstante, a la reinserción de la mujer excombatiente se le destinó una menor cantidad de recursos, a pesar de las responsabilidades que estas presentaban al ser, en algunos casos, madres cabeza de familia. (2017, p. 56)

Sumado a lo anterior, las concepciones conservadoras mantenidas por la sociedad permitieron actos de discriminación contra las mujeres en razón del incumplimiento del rol tradicional asignado, esto es, el abandono de familia y hogar por la lucha armada. Situación contraria sucede con los hombres combatientes, quienes, al contrario, son recibidos como héroes por combatir por las premisas sociales de la organización.

Buscando no caer en los errores de procesos de paz anteriores y extranjeros, el Acuerdo Final firmado entre las FARC-EP y el Gobierno nacional es ejemplo de la inclusión de la perspectiva de género como garantía de los derechos de las mujeres y la lucha por la equidad entre sexos. Eso no se había presentado en anteriores aproximaciones de paz entre el Gobierno y las guerrillas, por lo cual su inclusión resulta ser un avance significativo para el cumplimiento y la garantía de los derechos de las mujeres. A continuación se describe cómo se incluyó dicha perspectiva según cada uno de los puntos acordados entre las partes, evidenciando su potencial beneficio para mujeres tanto civiles como excombatientes (ONU Mujeres, 2017).

Tabla 3
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Reforma Rural Integral

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.

Además de estos puntos que se relacionan de manera indirecta con las excombatientes, se encuentran estrategias dirigidas a la mujer campesina, a la cual se le han vulnerado sus derechos en razón de los roles tradicionales que ha tenido que cumplir. De esta manera, otras de las estrategias en materia de género en el sector rural son la creación del crédito para la mujer campesina, la desagregación por sexo en el Sistema General de Información Catastral, el acceso a la educación profesional de las mujeres, la participación activa de la mujer campesina en la búsqueda de soluciones para los conflictos en su territorio, el acceso a vivienda y la autonomía económica, entre otras medidas.

Por otro lado, la participación política en términos de equidad es otro de los puntos discutidos en el Acuerdo Final. En la tabla 4 se presentan las estrategias allí establecidas para la participación política de las mujeres excombatientes, así como de las demás mujeres colombianas.

Tabla 4
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Participación Política

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.

Otras propuestas se relacionan con la incorporación de medidas especiales para la participación de las mujeres en el sector público, incluidas garantías de seguridad, desarrollo y bienestar. Igualmente, se tienen en cuenta las vulnerabilidades en razón del cumplimiento de valores tradicionales, por lo cual se promueven campañas comunicativas y capacitaciones para las mujeres, con el fin de enseñar valores democráticos y habilidades para la participación.

El fin del conflicto fue otro de los puntos del Acuerdo Final y tuvo como objetivo el establecimiento de los parámetros y condiciones para la terminación de las hostilidades y el cumplimiento de lo pactado. Entre los puntos relacionados con los derechos de las mujeres excombatientes se encuentran los reseñados en la tabla 5.

Tabla 5
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Fin del Conflicto

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.

El punto 4. relacionado con la solución del problema de los cultivos ilícitos, plantea estrategias que promueven intervenciones de salud pública para enfrentar el consumo, incluyendo y reconociendo el impacto diferencial de aquellas en las mujeres y proponiendo estrategias en esta línea.

Tabla 6
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Solución al Problema de las Drogas Ilícitas

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.

Entre otras estrategias propuestas en este punto se encuentra la promoción de actividades económicas en reemplazo del cultivo ilícito para las mujeres campesinas. Ligado a esto se hace especial énfasis en la generación de empleo y el acceso a oportunidades laborales para madres cabeza de familia, lo que contribuiría con la seguridad alimentaria de la primera infancia en las zonas afectadas por el cultivo ilícito. Asimismo, se incentiva el acceso a la tierra para hombres y mujeres, entre otras medidas.

Finalmente, se presentan a continuación algunas de las estrategias en materia de género relacionadas con el punto 5, relativo a las víctimas del conflicto armado.

Tabla 7
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.

Desafíos de la garantía del enfoque de género: retomando el pasado para analizar el futuro

La pregunta de investigación que rige este documento se relaciona con la garantía del enfoque de género incorporado en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto con las Farc-EP. Si bien la incorporación de la perspectiva de género no debería suscitar problema alguno, ocurrió que en el momento de refrendar los acuerdos abanderados del no, del partido del hoy presidente electo, se opusieron argumentando promoción de la impunidad, objeciones a la participación política y, sobre todo, desacuerdo con concepciones relativas a la "ideología de género".

Tal como lo señala Céspedes,

llamar "ideología de género" a la integración de una perspectiva que permite introducir el sexo y la sexualidad como categorías relevantes para comprender el conflicto armado les permite negar la seriedad y la relevancia teórica de esta propuesta y mostrarla como un proyecto subversivo carente de fundamento. (2017, p. 296)

Negar la importancia de la garantía a los derechos de las mujeres y la comunidad LGBTI generó preocupaciones relativas al enfoque de género, que luego de diferentes modificaciones se logró incorporar en el Acuerdo de paz.

Tras un análisis de diferentes noticias referidas a este punto, constantemente se encuentran en los pronunciamientos de la campaña del no los temas de la mujer, la comunidad LGBTI y el género, lo que evidencia la fuerte campaña que se libró al respecto. De esta manera, de las más de 89 noticias analizadas en dos medios de comunicación colombianos (El Espectador y El Tiempo) se encuentra la mayor frecuencia de menciones en las noticias de la campaña del no.

Tabla 8
Frecuencia de palabras en noticias de El Espectador, campaña por el no

Fuente: elaboración propia.

Tabla 9
Frecuencia de palabras en noticias de El Tiempo, campaña por el no

Fuente: elaboración propia.

Como se evidencia, entre los temas más frecuentes están los relacionados con mujeres y enfoque de género, así como alusiones a la comunidad LGBTI. Asimismo, son múltiples los pronunciamientos que hacen alusión a la "ideología de género" por parte de voceros de la campaña del no o personajes que se oponían rotundamente al acuerdo de paz alcanzado. Algunas de las afirmaciones emitidas se exponen a continuación:

  • "Están utilizando la paz como excusa para imponer la ideología de género" (El Espectador, 11 de octubre de 2016).

  • "Cuando se habla de enfoque esa denominación tiene dos utilizaciones: una que tiene que ver con los derechos de la mujer [...] pero hay otras utilizaciones, por ejemplo, cuando se habla de la cultura sexista, cuando se habla de las familias patriarcales, cuando se refiere a la imposición de estereotipos [...] cuando se define género sin relación con el sexo que es el concepto que va implícito" (El Espectador, 11 de octubre de 2016).

  • "Es innecesaria la presencia del enfoque de género que está incluida en el acuerdo. Estábamos hablando sobre el cese del conflicto y nunca nos dijeron que hablarían de la transformación de la sociedad" (El Tiempo, 14 de septiembre de 2016).

  • "La noción de género, la novedad, es precisamente que este no tiene relación con el sexo, que no se nace hombre, ni mujer, sino que se hace. Eso implica toda una nueva antropología que va a impactar políticas públicas" (El Tiempo, 12 de octubre de 2016).

  • "No hay derecho a que un asunto tan importante como la terminación del conflicto lo mezclen con la ideología de género. En esas condiciones, y aun queriendo la paz para mi país, yo me siento moralmente impedida para votar por el sí" (El Tiempo, 24 de octubre de 2016).

Respecto a esta campaña y la incorporación de la "ideología de género" Céspedes señala:

Lo paradójico es que algunos de los opositores del Acuerdo pretenden ver en este una amenaza para el orden heterosexual de la sociedad colombiana, cuando en efecto sucede todo lo contrario: la perspectiva de género del Acuerdo es conservadora y su posición sobre la ordenación de la sexualidad se finca básicamente en la heterosexualidad. (2017, p. 316)

Es, pues, importante acercarse a la conceptualización del constructo protagonista: "ideología de género". La reflexión sobre el género tiene como característica esencial la separación entre este y el sexo, entendiendo que el ser humano nace sexualmente neutro y por medio de la socialización se define como hombre o mujer. De esta manera, frases como "No se hace mujer: llega una a serlo" de Simone de Beauvoir, representan de manera clara la "ideología de género". Así, esta señala que la subordinación de la mujer desaparecerá en la medida en que la relación binaria hombre-mujer desaparezca. Otras características de este enfoque son (Miranda, 2012):

  • La exigencia absoluta de igualdad, lo que implica la disolución de rasgos característicos de hombres y mujeres.

  • La naturaleza, bajo esta perspectiva, es neutra: no se nace hombre o mujer, lo anterior es resultado de un proceso social.

  • La "ideología de género" permite una serie de géneros relacionados con la orientación sexual de la persona: heterosexual, homosexual, lesbiana, bisexual y transexual.

  • Se equiparan heterosexualidad y homosexualidad. Lo anterior tendría como consecuencia "que instituciones consideradas como pilares de la sociedad, como el matrimonio y la familia, cuya característica principal y fundante es la heterosexualidad, se vean menoscabadas y desdibujadas sus propiedades y funciones originales al ser asimiladas a otro tipo de uniones" (p. 351).

  • Se señala que las diferencias producto de la dicotomía hombre-mujer, y por tanto las relaciones heterosexuales, son las responsables de los conflictos y agresiones del varón hacia la mujer. De esta manera, al desaparecer las diferencias, desaparece la violencia contra la mujer.

Como se vio en el apartado anterior, relativo a los asuntos de género involucrados en el Acuerdo, no se vislumbran los propósitos de la "ideología de género". Por el contrario, se evidencia la garantía de derechos de las mujeres bajo el reconocimiento de su impacto diferencial como consecuencia del conflicto armado, sin la pretensión de homogeneizar a los sexos.

La garantía de los derechos de las comunidades desde la perspectiva de género es un asunto que preocupa en razón del nuevo periodo presidencial. Ante esto, se revisaron las propuestas de campaña de electo presidente Iván Duque y se notó la ausencia de medidas claras para las mujeres y la comunidad LGBTI. El análisis de frecuencia de palabras del documento revela la poca preocupación al respecto (tabla 10).

Tabla 10
Frecuencia de palabras documento "203 propuestas Iván Duque y Martha Lucía Ramírez" (2017)

Fuente: elaboración propia.

Se evidencian entre los temas más frecuentes los relacionados con la educación, los recursos, la economía y la salud. La mujer y la comunidad LGBTI están en cambio ausentes de las preocupaciones del nuevo presidente, cuya ideología resulta ser entonces uno de los mayores desafíos para la implementación del enfoque de género tanto en el Acuerdo de Paz como en las demás decisiones políticas del país.

Conclusiones

La pretensión u objetivo de esta investigación fue la identificación de los avances en materia de género en el Acuerdo de Paz y los obstáculos que se presentan en la implementación de esta perspectiva en el nuevo periodo presidencial. Se presenta a continuación dicho balance.

Los avances

  • Los diferentes intentos para alcanzar la paz, específicamente los llevados a cabo con la exguerrilla de las FARC, no contemplaban el enfoque de género. Incluso no se referían a la situación de afectación de las mujeres en el marco del conflicto armado. Un gran avance en el Acuerdo Final se relaciona con la transversalización de este enfoque, lo que implicó la construcción de estrategias de política pública adaptadas a la necesidad de equidad entre hombres y mujeres. Esto dio lugar al enfoque de transversalización del género defendido por ONU Mujeres (s. f.).

  • Asimismo, el enfoque de género en el Acuerdo Final se presenta en cada uno de los puntos cruciales de la negociación. Por ejemplo, reconociendo que el acceso a la tierra fue uno de los factores incidentes en los orígenes del conflicto armado interno en Colombia, y en particular reconociendo el acceso inequitativo a la tierra entre hombres y mujeres, se establecen estrategias claras para que la mujer campesina supere este obstáculo. Además, se señalan también medidas de empoderamiento y salud rural diferenciales, atendiendo a la particularidad de la mujer colombiana, y específicamente de la mujer víctima del conflicto.

  • La participación política de las mujeres es sin duda uno de los avances más claros en materia de equidad de género. Lo anterior se reconoce en el acuerdo objeto de discusión, que además promueve la no estigmatización de grupos históricamente discriminados, tales como la mujer y la comunidad LGBTI, garantizando a su vez, el cumplimiento de sus derechos.

  • En el punto relacionado con el fin del conflicto se resalta la consideración diferencial de las necesidades de la mujer excombatiente, especialmente en los espacios de reincorporación.

  • Por otro lado, y reconociendo la incidencia del negocio del narcotráfico en la salud pública del país, se señala el desarrollo de estrategias con enfoque diferencial y de género para las consumidoras. Asimismo, se promueven medidas para la sustitución de cultivos ilícitos, en lo cual convergen nuevamente el acceso a la tierra y la garantía de participación de la mujer en su administración.

  • Finalmente, en lo relativo a las víctimas se hace énfasis en la participación equitativa entre hombres y mujeres en la representación regional; la sanción de los delitos basados en el género, que no son susceptibles de amnistía ni indulto, y la incorporación del enfoque en los programas de rehabilitación comunitaria y reconstrucción del tejido social.

Los obstáculos y riesgos

  • La conservación de un pensamiento tradicional machista y el desconocimiento de las implicaciones reales del enfoque de género en la población colombiana traen como consecuencia la creencia en ideas infundadas, tales como la denuncia de la "ideología de género".

  • El desconocimiento por parte de la ciudadanía de los acuerdos alcanzados permite la incidencia de medios de comunicación con información alterada como fuentes únicas de argumentos e información.

  • La ideología del partido político actualmente dominante se relaciona con el mantenimiento de ideas religiosas que atentan contra los derechos humanos, los cuales deberán garantizarse con independencia del sexo, el género y la orientación sexual de los seres humanos.

  • A lo anterior se suman el desinterés de la clase política tradicional por los intereses de las minorías históricamente violentadas y el desconocimiento del impacto diferencial del conflicto en mujeres, comunidad LGBTI y demás colectivos.

  • Finalmente, la problemática del paramilitarismo y el desinterés -cuando no la franca oposición- del gobierno actual frente a los Acuerdos de Paz ponen en riesgo la esperanza de paz de los colombianos; pero sobre todo ponen en peligro a los grupos minoritarios o históricamente discriminados, que pueden terminar siendo nuevamente objetivo claro de los grupos armados ilegales.

Material suplementario
Referencias
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Notas
Notas
* Investigación desarrollada en el marco del proyecto "Caracterización de la mujer madre excombatiente de las FARC-EP: implicaciones de política pública con enfoque diferencial, de género y territorial", financiado por la convocatoria Jóvenes Investigadores e Innovadores por la Paz 2017, Colciencias-Universidad Nacional de Colombia. Citar como Ruiz Herrera, A. (2019). Implementación del enfoque de género en el Acuerdo Final con las FARC-EP: evolución, desafíos y perspectivas en razón del nuevo periodo presidencial 2018-2022. Via Inveniendi etIudicandi, 14(1), 91-128. DOI: http://dx.doi.org/10.15332/s1909-0528.2018.0002.06
Tabla 1
Características de la Ley 975 de 2005

Fuente: elaboración propia a partir de la Ley 975 de 2005 y la Sentencia C-370 de 2006.
Tabla 2
Número de hombres y mujeres en los momentos de la reintegración

Fuente: Agencia de Normalización y Reincorporación, 2018.
Tabla 3
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Reforma Rural Integral

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.
Tabla 4
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Participación Política

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.
Tabla 5
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Fin del Conflicto

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.
Tabla 6
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre Solución al Problema de las Drogas Ilícitas

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.
Tabla 7
Incorporación del enfoque de género en el Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto

Fuente: elaboración propia a partir de ONU Mujeres, 2017.
Tabla 8
Frecuencia de palabras en noticias de El Espectador, campaña por el no

Fuente: elaboración propia.
Tabla 9
Frecuencia de palabras en noticias de El Tiempo, campaña por el no

Fuente: elaboración propia.
Tabla 10
Frecuencia de palabras documento "203 propuestas Iván Duque y Martha Lucía Ramírez" (2017)

Fuente: elaboración propia.
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