Investigación en Humanidades

El problema del estatus moral

Allikayp kayninpa mana allí kaynin

The Problem of the Moral Status

O problema do estado moral

Matt Álvarez Flores
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú

El problema del estatus moral

Horizonte de la Ciencia, vol. 8, núm. 15, pp. 57-68, 2018

Universidad Nacional del Centro del Perú

Los autores otorgan el permiso a compartir y usar su trabajo manteniendo la autoría del mismo.

Recepción: 01 Junio 2018

Aprobación: 13 Agosto 2018

Resumen: El presente artículo intentará aclarar el concepto de estatus moral. estatus moral, Mary Para lograr este fin se empezará analizando la caracterización Warren, pacientes morales, que hizo Mary Warren de este concepto. Luego de este análisis criterios morales y grados se ofrecerá una caracterización propia del estatus moral. en el estatus moral. Finalmente se procederá a desarrollar cuatro puntos que creo son de importancia para este concepto: los pacientes morales.

Palabras clave: estatus moral, Mary Warren, pacientes morales, criterios morales , grados en el estatus moral.

Abstract: This article will try to clarify the concept of moral status. To find this end, it will begin by analyzing Mary Warren's characterization moral status, Mary Warren, of this concept. After this analysis, a characterization of the moral moral patients, moral cristatus will be offered. Finally, it will proceed to develop four points teria and degrees in moral that I think are important for this concept: moral patients, the cri- status. teria used to attribute moral status and degrees in moral status.

Keywords: moral patients, Mary Warren, moral criteria, moral status, degrees in moral status.

Resumo: O presente artigo tentará esclarecer o conceito de status moral. Para alcançar esse objetivo, começará analisando a caracterização de Mary Warren desse conceito. Após essa análise, uma caracterização própria do status moral será oferecida. Finalmente, irá desenvolver quatro pontos que considero importantes para este conceito: os pacientes morais, os critérios usados para atribuir o status moral e os graus no status moral.

Palavras-chave: status moral, Mary Warren, pacientes morais, critérios morais, graus de status moral.

Palabras clave Mary Warren, allí kayp ishyaaninkuna, allí kayp likayninkuna, ali kayp kaynin wiñayninkuna, Alli kayp kaynin

Introducción

Me gustaría empezar la introducción de esta investigación con la siguiente situación problemática: imagínese estimado lector estando en un día de tormenta a bordo de un bote salvavidas en el que aparte de usted están sobre el bote su esposa y un perro gran danés de unos cuantos años de nacido, ambos inconscientes (pero que muy pronto despertarán al igual que usted lo hizo), y además una obra de arte (por ejemplo el Sol Negro de Fernando De Szyszlo). El problema no radica en que el bote se pueda voltear por el movimiento del mar (el bote es lo suficientemente resistente como para mantenerse en equilibrio a pesar del movimiento), sino en que se necesita prescindir de uno de ellos (incluido la obra de arte) para que el bote siga flotando con normalidad. Como usted es el único despierto en ese bote tiene que tomar una decisión antes de que el bote termine por hundirse. Lo que podría tranquilizarle un poco de esta situación es que pronto vendrán a rescatarlos (incluido al que usted decida arrojar del bote) y que el tiempo que tiene para decidir es el suficiente como para analizar caso por caso. Teniendo en cuenta esto, ¿qué decisión podría tomar? Podría tomar la decisión de saltar usted mismo fuera del bote, pero el dolor por ahogamiento que podría sentir lo haría retroceder de su decisión. Por la misma razón no elegiría a su esposa ni al perro. Pero si lo que usted tiene en cuenta es el dolor que se podría ocasionar, la decisión podría ser elegir a la obra de arte. Si bien no puede sentir dolor, podría considerarse otras razones. Una de ellas podría ser que varias personas se privarían del disfrute que produce verla. Si ese fuese el caso, podría darse una razón por el que no elegiría a la obra de arte. Pero como la decisión es inmediata, opta por elegir a esta última.

Analicemos la decisión que usted tomó. La razón por la que no se eligió a usted mismo ni a su esposa ni al perro tiene que ver con el hecho de que podían sentir dolor por ahogamiento. Esta razón tiene que ver con los efectos ocasionados a cada uno de ellos. En cambio, la razón que utilizó para evaluar el caso de la obra de arte tenía que ver con los efectos que podían causar a otros. Ahora bien, si razonara de este modo, usted estaría considerando a usted, a su esposa y al perro como poseedores de estatus moral y estaría negando esta posesión a la obra de arte, pues este concepto tiene que ver con el hecho de que la condición misma de la entidad (el dolor que cada uno de ellos podría experimentar) nos da un motivo para actuar, en este caso, no arrojarlos fuera del bote.

Aunque la situación descrita arriba es solo una situación hipotética, no obstante nos permite conocer los conceptos que subyacen en las decisiones morales que tomamos. El concepto de estatus moral es el concepto que pretendo abordar en este artículo. Aunque ya se haya explicado grosso modo qué se entiende por estatus moral, la sección primera desarrollará con más profundidad este concepto. Para ello se analizará críticamente la caracterización que hizo Mary Warren del estatus moral. A partir de esto se intentará ofrecer una caracterización propia de este concepto. Para entender mejor el concepto de estatus moral, en las secciones siguientes se desarrollarán puntos que están vinculados con este concepto.

El problema del estatus moral

Qué se entiende por estatus moral: la caracterización de Mary Warren

Mary Warren (2000) caracteriza al estatus moral como sigue:

Es un medio para especificar a esas entidades a las que creemos que se les tiene obligaciones morales…Tener estatus moral es ser moralmente considerable o tener entidad moral. Es ser una entidad a la que los agentes morales tienen o pueden tener obligaciones morales. Si una entidad tiene estatus moral, entonces no podemos tratarla de cualquier forma. En nuestras deliberaciones estamos obligados moralmente a dar importancia a sus necesidades, intereses, o a su bienestar. Además, tenemos la obligación moral de hacerlo no solo porque su protección nos beneficiaría a nosotros o a otras personas, sino porque sus necesidades tienen importancia moral por derecho propio (p. 3,9).

Warren en la segunda oración nos dice que “Tener estatus moral es ser moralmente considerable o tener entidad moral." En esta cita, Warren equipara “estatus moral” con "entidad moral". Esta equiparación podría resultar algo problemática. Algunos autores afirman que son términos distintos. Bonnie Steinbock (2011), por ejemplo, afirma que la entidad moral tiene que ver con los intereses que se tiene en cuenta, en cambio, el estatus moral, con cuánto cuentan esos intereses (p. 1). De una opinión similar es Allen Buchanan (2009) cuando afirma que el estatus moral, a diferencia de la entidad moral, es una noción comparativa. Él nos dice que

...un ser tiene entidad moral si cuenta moralmente en su propio derecho. Para Bentham, todos los seres que son sensibles cuentan moralmente en su propio derecho. Para Kant, sólo las personas, los seres con la capacidad de la racionalidad práctica, tienen entidad moral. En ambos puntos de vista, la entidad moral no es una noción comparativa. El estatus moral, por el contrario, sí lo es. Dos seres pueden ambos tener entidad moral, pero uno puede ser de un estatus moral superior. (Buchanan, p. 346).

Dejando de lado a Buchanan y Steinbock cuya distinción entre entidad moral y estatus moral fue influenciada por Buchanan, como él mismo lo afirma (2011, p. 1), la mayoría de los autores equipara ambos términos. Así, por ejemplo, tenemos a Rosalind Hursthouse (2013), Christopher Morris (2011), James Dwyer (2011), Benjamin Sachs (2011), Julia Tanner (2007) y la misma Warren (2000). En base a esto, se podría decir que, en términos generales y a excepción de estos dos autores, estatus moral y entidad moral es usado como términos equiparables. En este sentido, decir que una entidad, por ejemplo un animal, tiene estatus moral significaría lo mismo que decir que dicho animal tiene entidad moral.[1]

En la cita de Warren arriba señalada podemos notar, además, que utiliza la expresión "ser moralmente considerable" y que además la identifica con la posesión de estatus moral. Ella dice que tener estatus moral significa ser moralmente considerable. Warren utiliza el verbo “ser” cuando se refiere a la considerabilidad moral y reserva el verbo “tener” para el estatus moral, lo que sugiere que para ella la considerabilidad moral no es algo que se tenga. Está en lo correcto al afirmar esto porque la considerabilidad moral no es algo que se pueda tener. Benjamin Hale nos puede ayudar a entender esto último. Hale (2011) menciona que cuando nos preguntamos si algo es comprensible (u otras expresiones similares como inefable o respetable), lo que nos estamos preguntando es si podemos comprenderlo y no si tiene comprensibilidad. De la misma forma, al preguntar si algo es considerable, nos estamos preguntando si podemos considerarlo y no si tiene considerabilidad (p. 41-42). En base a esto, podría decirse que la considerabilidad moral no sería una posesión o algo que se tiene como lo sugiere Warren. Pero yendo un poco más a fondo, usar la expresión “considerabilidad moral” es de por sí problemática en la medida en que requiere a su vez aclaración. El mismo Hale en el artículo mencionado se refiere a la considerabilidad moral como “tener en cuenta los hechos conocibles sobre su situación -sus intereses, necesidades o requerimientos, en caso de que tengan intereses, necesidades o requerimientos” (p. 53). En cambio, Mark Bernstein (1998) caracteriza a la considerabilidad moral como “la capacidad para absorber consideración moral” (p. 9). Óscar Horta (2007) lo define como "la posibilidad de que en cada caso en concreto una entidad determinada pueda ser objeto de consideración moral efectiva", entendiendo por consideración moral "el hecho de ser considerado, de ser tenido en cuenta en aquellas decisiones que cabe denominar como morales" (p. 1210-1212). Teniendo en cuenta estas tres formas de entender a la considerabilidad moral se podría o bien especificar qué se entiende por considerabilidad moral o prescindir de su uso. En el caso de Warren al no especificar qué entiende por considerabilidad moral su mención en vez de aclarar el concepto de estatus moral, lo oscurece más.

En resumen podríamos decir que la “considerabilidad moral” es un término que se tendría que usar con cuidado si lo que se quiere es una caracterización que aclare el concepto de estatus moral. Usar la expresión considerabilidad moral y, más aún, equipararlo con la expresión estatus moral no aclara el concepto, sino todo lo contrario.

Siguiendo con la caracterización que Warren nos ofrece, ella menciona a continuación que tener estatus moral "es ser una entidad a la que los agentes morales tienen o pueden tener obligaciones morales. Si una entidad tiene estatus moral, entonces no podemos tratarla de cualquier forma. En nuestras deliberaciones estamos obligados moralmente a dar importancia a sus necesidades, intereses, o a su bienestar". Y más adelante dirá que esas obligaciones que tenemos a la entidad son obligaciones a la entidad misma (p. 10). James Dwyer (2011) de la misma forma alude a que si una entidad tiene estatus moral “le debo algunas obligaciones morales a la entidad misma” (p. 9). Esta referencia a las obligaciones hacia la entidad que posee estatus moral parece ser básica en cualquier caracterización que se haga del estatus moral. La caracterización, quizá más simple, sobre este concepto nos la ofrece Christopher Morris. En su artículo "The Idea of Moral Standing" afirma que "algo tiene entidad moral si se le debe deberes [obligaciones]" (Morris, 2011, p. 261).

Todo lo dicho en torno a las obligaciones morales tanto en Warren, Dwyer como en Morris nos sugiere que hay una relación estrecha con el concepto de estatus moral. No obstante, lejos de tener una relación estrecha y de ser básica, la apelación a las obligaciones (deberes) no es neutral, ya que (como se verá a continuación en relación a los intereses y otras expresiones más) se circunscribe a determinadas formas de caracterización como son las deontológicas. Él mismo Morris es un ejemplo de ello.

Otra consideración de la cita anterior es la referencia que hace Warren sobre la importancia a las necesidades, los intereses o al bienestar de la entidad. Esta referencia es compartida por James Dwyer cuando nos dice que "[cuando] una entidad tiene estatus moral, no puedo tratarla de cualquier forma, ignorando sus bienestar, sus preferencias o su existencia continuada" (2011, p. 9). Esta importancia a las necesidades, los intereses, el bienestar, los deseos futuros, las preferencias o la existencia continuada, limita el estatus moral a determinadas entidades. Así por ejemplo, al hablar de intereses o de deseos futuros el estatus moral se limita al grupo de los seres humanos y al grupo de los animales de los que sí se puede decir que algunos tienen intereses y deseos futuros, excluyendo a otras entidades, como los árboles o las montañas de las que no se puede hablar de deseos futuros ni intereses. Para evitar esto, quizá se pueda caracterizar al estatus moral de una forma más inclusiva, una caracterización que permita incluir a otras entidades más allá del reino animal.

Por último, la caracterización de Warren hace una interesante distinción entre lo que significa “estatus moral” como tal y “tener estatus moral”. Todo lo descrito anteriormente puede ser considerado como una explicación a lo que significa “tener estatus moral”. Lo que significa el “estatus moral” como tal es algo distinto. Ella define el estatus moral como “un medio para especificar a esas entidades a las que creemos que se les tiene obligaciones morales”. Una distinción similar la hace Dwyer (2011) cuando afirma que el estatus moral es “una característica que los agentes morales humanos atribuimos a las entidades” (p. 9) (Las cursivas en ambas citas son mías). En el caso de Warren, el estatus moral visto como un medio puede ser reforzado cuando, más adelante, se refiere al estatus moral como una herramienta que “utilizamos para poner orden a la abundancia de afirmaciones contradictorias sobre lo que debemos o no hacer" (2000, p. 13). En cuanto a Dwyer, quizá la alusión al estatus moral como una característica tenga que ver con la posesión de propiedades como la sensibilidad, la racionalidad u otras que serían las formas más comunes de abordar el tema del estatus moral. En todo caso, cabe resaltar la forma en que estos dos autores entienden al estatus moral en sí mismo que de alguna forma responde al reclamo hecho por Benjamin Sachs (2011) cuando afirma que los teóricos cuando hablan del estatus moral abordan lo que significa tener estatus moral y no lo que es el estatus moral (p. 89).

Teniendo en cuenta estas observaciones de la caracterización del estatus moral de Warren y en la medida en que se quiere entender lo que significa el estatus moral es conveniente dar a conocer los resultados a los que he llegado: en primer lugar, prescindir de expresiones como intereses, bienestar, deseos futuros u otras expresiones similares. En segundo lugar, prescindir igualmente de la noción de obligaciones morales. En base a esto, lo que nos queda es lo siguiente: el estatus moral es ser moralmente considerable. Lo que corresponde ahora es especificar qué se entiende por “ser moralmente considerable”. Pero antes de continuar, quiero rescatar un procedimiento similar al desarrollado en este artículo. Julia Tanner (2007) en su libro Animals, Moral Risk and Moral Considerability menciona que los términos que no pueden formar parte para una “definición neutral” son el de deberes, derechos, intereses, necesidades o bienestar (p. 12). La diferencia entre el procedimiento desarrollado en este artículo y el de Tanner es que esta autora aborda la cuestión de la considerabilidad moral y no la del estatus moral. Sin embargo creo que la “definición” que ella da puede ayudar a entender la caracterización del estatus moral. Ella define a la considerabilidad moral como sigue: "X es moralmente considerable si y solo si X tiene importancia moral por derecho propio [in their own right]” (Tanner, 2007, p. 12). Teniendo en cuenta el modo en cómo entiende a la considerabilidad moral, la caracterización del estatus moral quedaría como sigue: el estatus moral es ser moralmente considerable entendiendo por esto tener importancia moral por derecho propio. Esta forma de caracterizar al estatus moral está también presente en Warren. Al final de la extensa cita que puse al inicio de esta sección, ella usa esta expresión cuando se refiere a que sus necesidades, sus intereses, y su bienestar deben tener importancia moral por derecho propio.

Esto sería una caracterización del estatus moral que quedaría al prescindir de expresiones, que según mi parecer, no permiten entender lo que significa el estatus moral. Lo que podría hacer ahora es explicar un poco qué se podría entender por “tener importancia moral por derecho propio”. Cuando se refiere a la importancia moral por derecho propio, Tanner menciona a Scott Wilson y la forma cómo entiende este lo que él denomina estatus moral directo (2007, p. 11). Así, utilizaré el modo en cómo entiende Wilson al estatus moral directo para explicar la expresión “tener importancia moral por derecho propio”. Wilson utiliza un ejemplo muy ilustrativo para entender esto del estatus moral directo y, en oposición a este, el estatus moral indirecto. Este autor nos dice que consideremos:

...un caso en que un hombre usa un mazo para destruir el carro de otra persona. Tal acción tiene un rasgo que la hace incorrecta. Sin embargo, pocos de nosotros estaríamos inclinados a juzgar que el carro tiene un estatus moral directo. La razón de esto es que nosotros no consideramos que la destrucción del propio carro constituya la razón de por qué la acción tiene un rasgo que la hace incorrecta. Más bien, es el efecto sobre la persona que posee el carro que da lugar a este tipo de razón. Compare esto con un caso en el que un hombre lleva un martillo a otra persona, y luego destruye (es decir, mata) a esa otra persona. Aquí tenemos un ejemplo claro del concepto de estatus moral directo. Para un caso como este, no necesitamos ver si el daño a la persona constituye un daño a otra persona (aunque lo más probable es que lo haga también), sino más bien preferimos concluir que la acción tiene un rasgo que la hace incorrecta principalmente debido al daño causado a la persona destruida. Por lo tanto, podemos dividir las entidades en al menos dos tipos: las que tienen un estatus moral directo y las que tienen un estatus moral indirecto. (Wilson, 2001, p. 137).

Según este ejemplo, si la razón por la que juzgamos que determinado acto es incorrecto está en la misma entidad y no por la relación que tiene con otra, esa entidad importaría moralmente por derecho propio. Se podría decir que esta entidad es valorada no como un medio sino como un fin que sería otra forma de significar lo mismo cuando hablamos de “tener importancia moral por derecho propio”. Así lo entiende Frances Kamm (2007). Según esta autora una entidad que importa por derecho propio significaría decir también que esta entidad es valorada como un fin y no como un medio, es decir, que no es valorada a causa de algo más sino por causa propia. Para Kamm ser valorada como un fin significaría, como mínimo, que la condición de la entidad que es valorada de este modo nos da una razón para actuar o comportarnos independientemente de otras consideraciones (p. 228). Por ejemplo consideremos la acción de experimentar con un bebé. Si la causa por el que no podemos experimentar con un bebé es porque causaría sufrimiento a su madre, entonces valoramos al bebé como un medio. Pero si la causa por el que no podemos experimentar con un bebé es debido al sufrimiento que tendría, entonces valoramos al bebé como un fin. En el primer caso, no es la condición misma del bebé la que nos da una razón para no actuar, en este caso, para no experimentar con él, sino la condición misma de la madre (el sufrimiento de esta). En cambio, en el segundo caso, es la condición misma del bebé (su sufrimiento) la que nos da una razón para no actuar, una razón para no experimentar con él.[2]

Espero que esta forma de entender el valor como un fin permita entender mejor la expresión “tener importancia moral por derecho propio” que es la forma en cómo entiendo el estatus moral.

Pacientes morales o quiénes tienen estatus moral

Antes de abordar el tema de los pacientes morales, empezaré abordando una expresión que suele mencionarse conjuntamente con esta: me estoy refiriendo a los agentes morales. En la caracterización que Warren hace del estatus moral se alude a los agentes, pero no a los pacientes morales. Sin embargo, podríamos decir que "esa entidad" a la que los agentes morales tienen obligaciones morales es el paciente moral. Similarmente se podría decir que los agentes morales vendrían hacer aquellas entidades que tienen obligaciones morales (Pluhar, 1987; Gruen, 2011). Esto no quiere decir que no se pueda tener obligaciones morales a los agentes. Se les tendría cuando son vistos como pacientes por otros agentes morales.

Algo que puede ayudar a entender los conceptos de agentes y pacientes morales es la función que cumple el complemento agente en la gramática. En esta, el agente es aquel que realiza la acción, y el paciente, aquel que la recibe. En el caso que nos compete, el agente moral vendría a ser aquel que realiza la acción moral, aquel que actúa moralmente; el paciente moral, por el contrario, vendría a ser aquel a quien recae esa acción moral, aquel que es el objeto de tales acciones (Ricard, 2015, p. 316-17).

Algunos consideran que los agentes morales, además de tener obligaciones morales, son capaces de formular, incorporar y actuar conforme a principios morales que le permitirán distinguir entre actos correctos e incorrectos (Pluhar, 1987; Gruen, 2011; Ricard, 2015). También afirman que los agentes morales, a menos que actúen por coacción, son responsables por los actos que realizan en base a esos principios, además de que tales actos pueden ser objetos de evaluación moral (Pluhar, 1987; Gruen, 2011). Los pacientes morales, por el contrario, carecen de todas estas características, por lo que no pueden actuar conforme a principios morales, no pueden hacer lo que es correcto o incorrecto, ni pueden ser responsables de sus actos.

Ahora bien, cuando se habló de tener estatus moral en la caracterización de Warren no es, como diría Cavalieri, a los agentes morales a los que nos referimos sino a los pacientes morales (Cavalieri, 2001, p. 29). Siguiendo a Cavalieri se podría afirmar que son los pacientes morales los que tienen estatus moral. Pero esto no significa que sea exclusivo de ellos. Como se dijo más arriba, si las acciones morales recaen en los agentes, estos vendrían a ser también pacientes morales y, por tanto, tendrían estatus moral.

En resumen, podríamos decir que los agentes morales son aquellas entidades que además de poseer las características arriba señaladas podrían poseer estatus moral. En cambio, los pacientes morales son aquellos que solo poseen estatus moral. Pero si los pacientes morales son las entidades que tienen estatus moral, las preguntas que podrían surgir serían ¿qué entidades tendrían estatus moral? Y en caso de determinar cuáles son estas, se podría preguntar si todas ellas tienen el mismo estatus moral o si hay entidades que tienen mayor estatus moral que otras. La primera pregunta va depender de aquello que se utilice para conceder estatus moral, va depender, en otras palabras, del criterio utilizado para conceder estatus moral. La segunda pregunta va depender de si se considera al estatus moral como algo que viene en grados. Empezaré por responder a la última pregunta dejando la respuesta a la primera para el punto cuatro.

Grados en el estatus moral

La cuestión de los grados en el estatus moral se puede entender como sigue: si el estatus moral significa tener importancia moral por derecho propio, los grados en el estatus moral vendrían a significar que entre los que tienen estatus moral habrá algunos que tienen mayor o menor importancia moral. Para poder entenderla mejor, expliquémosla en una situación concreta. Para ello modifiquemos la situación problemática mencionada en la introducción. El bote sigue teniendo los mismos ocupantes, pero con dos diferencias: que su esposa presenta fobia al agua y que ya no se tenga que arrojar solo a uno fuera del bote sino que se tenga que salvar solo a uno, es decir, solo uno quedará sobre el bote. En una situación como esta, ¿qué haría usted? Si tiene que elegir solo a uno, podría razonar del siguiente modo: si lo que va tener en cuenta es el dolor que podría experimentar por ahogamiento, usted, su esposa y el perro podrían no ser candidatos para ser arrojados, pero la condición de su esposa la pone en una situación distinta, pues no solo sufrirá por ahogamiento sino que tendrá un sufrimiento adicional por la fobia que presenta. En tal caso, si tiene que elegir solo a uno para que se salve, la condición misma de su esposa, es decir, el dolor por ahogamiento y el sufrimiento por la fobia le darían razones para ser ella la elegida. Si razona de este modo, usted considera a su esposa como poseedora de un grado mayor de estatus moral en relación al resto, en otras palabras, su esposa tiene para usted un mayor grado de importancia moral.

Ahora bien, la forma en cómo se puede hablar de grados en el estatus moral va depender de cómo se caracteriza el estatus moral. Así si la caracterización está en base a nociones como el de los deberes morales o el de los intereses, la forma de hablar de grados será distinta. En cuanto a los deberes morales, como se recodará, he mencionado la caracterización de Christopher Morris. Él afirma que en base a su caracterización del estatus moral (como deberle deberes a algo) se podría hablar de grados de estatus moral en función a la cantidad de deberes que se le tenga a dicha entidad: mientras más deberes se le tenga tendrá un grado más alto de estatus moral (Morris, 2011, p. 264). En cuanto a los intereses, tenemos a David DeGrazia. Para él, tener estatus moral significa tener importancia moral directa o independiente. Esto quiere decir que tenemos en cuenta moralmente a una entidad, un gato por ejemplo, no por los efectos que pueda tener sobre alguien que sí tiene estatus moral (por ejemplo, como la propiedad de alguien), sino porque tiene importancia moral en sí misma. Aunque tendríamos que tener cuidado con esta forma de caracterizar al estatus moral, porque, como el mismo DeGrazia lo reconoce, se puede hablar de acciones morales que tienen importancia moral (como la acción de esclavizar) que podrían sugerir que tienen estatus moral. Para evitar esto, DeGrazia (2008) afirma que tener estatus moral además de relacionarse con importancia moral, se relaciona también con los intereses, por lo que la acción de esclavizar al no tener intereses[3] no tendría estatus moral (p. 183). Esta última referencia a los intereses le va permitir a DeGrazia (2008) abordar la cuestión de los grados en el estatus moral. Él nos habla de dos modelos para entender qué es lo que significa cuando decimos que determinada entidad tiene mayor estatus moral: el Modelo de consideración desigual y el Modelo de los intereses desiguales. Según el primer modelo, una entidad tiene mayor estatus moral que otra si se le da mayor importancia al interés del primero. La cuestión aquí es que ambos intereses deben ser comparables, ambos intereses deben estar presente en ambas entidades, y deben estar en la misma medida. Un ejemplo puede ayudar a entender mejor este modelo. Si tenemos a dos entidades, una persona y un animal, ambos tienen intereses, y entre todos ellos el interés en evitar el sufrimiento es un interés comparable. Ahora bien, afirmar que el interés en evitar el sufrimiento de la persona tiene mayor importancia que el interés en evitar el sufrimiento del animal, es afirmar que la persona tiene mayor estatus moral que el animal. (Hay que tener presente que este modelo solo tiene en cuenta intereses comparables, así que afirmar que una entidad tiene mayor importancia moral que otra en cuanto al interés en vivir, que es un interés no comparable, un interés que no está presente en ambos en la misma medida, no significa que la primera tiene mayor estatus moral que la segunda[4]). (p. 187-8).

Según el segundo modelo, una entidad tiene mayor estatus moral cuando se le da mayor importancia moral a su interés que al interés de otra entidad. Pero a diferencia del primer modelo, en este ambos intereses no deben ser comparables. Por ejemplo, dado un interés que no es comparable como el interés en vivir, afirmar que este interés tiene mayor importancia moral en una persona que el interés en vivir de un animal que no es persona, es afirmar que la persona tiene mayor estatus moral que el animal (DeGrazia, 2008, p. 188).

Como podemos notar, la forma en que se puede hablar de grados en el estatus moral depende de la manera en cómo se caracteriza al estatus moral. Se puede hablar también de una forma que apela a ciertas características que tienen las entidades, características que se utilizan para atribuirles estatus moral (Morris y DeGrazia 5). Por ejemplo, suponiendo que el estatus moral se conceda en base a la inteligencia, esta al presentar grados, o sea, al haber, por ejemplo, seres humanos que sean más inteligentes que otros, se podría afirmar que los más inteligentes tienen más estatus moral que los menos inteligentes, y lo mismo se podría decir de otras características. Pero ¿qué características pueden servir para hablar de grados de estatus moral? O más aún ¿qué características de las entidades se tienen en cuenta cuando se habla de estatus moral? La respuesta a estas preguntas será desarrollada en la siguiente sección.

Criterios para conceder estatus moral

Utilizo el término criterio para referirme a las características o, como se suele denominar, a las propiedades que tienen determinadas entidades y que son utilizadas para concederles estatus moral. La idea de los criterios está estrechamente relacionada al de los pacientes morales. Así por ejemplo, si se elige la sensibilidad como propiedad para atribuir estatus moral, tendrán estatus moral solo las entidades que sean sensibles, y lo mismo se puede decir con otros criterios. Según Justin Sytsma y Edouard Machery (2012), en general, hay dos fuentes de la entidad moral, y podríamos agregar nosotros, dos fuentes que se han considerado en la historia de la filosofía occidental y que podría decirse que son los criterios utilizados para la atribución del estatus moral: la complejidad en las capacidades cognitivas (o lo que podría llamarse, capacidades cognitivas superiores) y la sensibilidao 6 (p. 305). En cuanto al primero, va depender qué capacidades cognitivas se señalen como condición para la posesión de estatus moral. Podrían señalarse a las creencias, los deseos y la capacidad para hacer planes a largo plazo, por ejemplo (Carruther, 1995). Por lo general, dentro de las entidades que poseen estatus moral estarían la mayoría de los seres humanos y algunos animales (los grandes simios). En cambio, el segundo criterio, la sensibilidad, incluye una lista más amplia de poseedores de estatus moral, pues no solamente estarían la mayoría de los seres humanos sino también todos aquellos animales que puedan experimentar placer y dolor que es como se le suele definir a este criterio (Singer, 1995, p. 72).

Conclusiones

Warren al usar expresiones como “considerabilidad moral” dificulta el entendimiento del estatus moral. Lo que se podría hacer es explicar lo qué significa tal expresión. Otra expresión utilizada es la de intereses, necesidades o bienestar. Estas expresiones limitan el uso del estatus moral a determinadas entidades excluyendo a otras. Lo que se podría hacer en este caso, es utilizar una expresión más inclusiva y que por tanto no excluya a otras entidades. Todas estas observaciones me ha permitido ofrecer una caracterización propia que vendría a ser la siguiente: el estatus moral es ser moralmente considerable, es decir, tener importancia moral por derecho propio.

Los pacientes morales vendrían a ser aquellas entidades que tienen estatus moral. La noción de paciente moral está vinculada a la del criterio. Así por ejemplo, si el criterio utilizado es la sensibilidad, los pacientes morales serán aquellos que sean sensibles. Cuando se habla de tener estatus moral es a los pacientes morales a los que se refiere.

El criterio es aquello que se utiliza para conceder estatus moral a determinadas entidades. Se utiliza por lo general dos criterios para conceder estatus moral: las capacidades cognitivas superiores y la sensibilidad. Este criterio es más amplio respecto al primero porque incluye más entidades que poseen estatus moral.

Los grados en el estatus moral se refiere a la mayor o menor importancia moral que pueden tener las entidades. Ahora bien, hay varias formas en que se pueden hablar de grados de estatus moral, una de ellas es poniendo énfasis en los intereses. Según este enfoque habría dos formas de hablar de grados de estatus moral. Si se tiene dos entidades, una tendrá mayor estatus moral que otra cuando se le da mayor importancia moral al interés de esta. En este caso el interés en cuestión es un interés no comparable como el interés en la vida. Pero si se le da mayor interés a un interés comparable como el del evitar el sufrimiento, entonces dar mayor importancia moral a este interés de determinada entidad, significaría que esta entidad tiene mayor estatus moral.

Referencias bibliográficas

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Notas

1 En lo que resta del artículo, voy a utilizar el término estatus moral y cuando aparezca el término entidad moral, la entenderé como estatus moral.
2 Kamm (2007) afirma que entender esto de "importar por derecho propio" con ser valorada como un fin implicaría, por ejemplo, que los objetos naturales y las obras de arte importan por derecho propio, en el sentido de que valoramos estas cosas no a causa de otras, por ejemplo el placer que podría producir en las personas, sino que las valoramos por causa propia, en el sentido de que nos pueden dar una razón para comportarnos, o para ser más específicos, para restringir nuestro comportamiento (por ejemplo, no destruirlas) debido a que esto las conservaría. Según esto, importan por derecho propio las obras de artes y los objetos naturales (p. 228), y podríamos agregar nosotros, los artefactos tecnológicos: se podría decir igualmente que estos artefactos importarían por derecho propio debido a que nos dan una razón para no destruirlos debido a que esto los conservaría. Esto sugeriría, en base a la caracterización que he propuesto, que se podría hablar de estatus moral tanto en las obras de arte, los objetos naturales como en los artefactos tecnológicos.
3 Como he hecho notar más arriba, apelar a los intereses para caracterizar al estatus moral se enfrenta con una dificultad: que no tienen en cuenta a aquellas entidades que no tienen intereses como los árboles o las montañas, por ejemplo. Esta forma de caracterizar al estatus moral apelando a los intereses no solo está presente en los tres autores arriba señalados (Warren, Dwyer y DeGrazia), sino también está presente en otros autores. Bonnie Steinbock afirma que "tener estatus moral es ser el tipo de ser cuyos intereses deben ser considerados desde un punto de vista moral" (2011, p. 1). De igual forma Agnieszka Jaworska (2013) cuando afirma que “Una entidad tiene estatus moral si y sólo si ella o sus intereses importan moralmente en cierta medida para el propio bien de la entidad, de manera que [la entidad] puede ser perjudicada”.
4 Cuando hablo que el interés en la vida que tiene una persona y un animal no es un interés comparable me refiero a lo siguiente: la persona tiene un interés en la vida que no lo tiene el animal; la persona puede desear seguir viviendo para realizar los proyectos que tiene. Un animal, en cambio, al carecer de proyectos, no puede tener un deseo en seguir viviendo. 5 En el caso de DeGrazia, esta forma para hablar de grados de estatus moral no es una forma a parte de los dos modelos que nos presenta, sino que es una manera de reforzar al Modelo de consideración desigual (2008, p. 193).
5 En el caso de DeGrazia, esta forma para hablar de grados de estatus moral no es una forma a parte de los dos modelos que nos presenta, sino que es una manera de reforzar al Modelo de consideración desigual (2008, p. 193).
6 Al mencionar estos dos criterios no están afirmando que sean los únicos. Ellos mencionan otros criterios como "[el] estar vivo, tener un aspecto humanoide, tener un comportamiento en una manera antropomórfica y ser lindo (tener belleza). La belleza, nos dicen, puede ser otra señal para la atribución de la entidad moral: por ejemplo, si un explorador encuentra una cueva llena de formaciones de cristal extraordinariamente hermosas, la gente puede creer bien que sería moralmente incorrecto para el explorador destruir innecesariamente los cristales aun si nadie más estuviera capaz alguna vez de verlos” (Sytsma y Machery, 2012, p. 309). Paola Cavalieri (2001) en su libro The Animal Question menciona una lista representativa para la atribución de estatus moral: desempeñar un papel en la comunidad biótica; estar vivo; tener un valor intrínseco; ser consciente; ser potencialmente racional; ser potencialmente una persona; ser racional; ser una persona; y pertenecer a la especie humana (p. 33).

Notas de autor

Matt Álvarez Flores. Peruano. Bachiller en Filosofía por la Universad Nacional Mayor de San Marcos

per_zerlo@hotmail.com

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