Carta al Editor
Políticas públicas en educación y derechos humanos
Public policies in education and human rights
Recepción: 15 Septiembre 2021
Revisado: 10 Noviembre 2021
Aprobación: 15 Diciembre 2021
Publicación: 01 Enero 2022
En las Políticas públicas en educación y derechos humanos, los ciudadanos se consideran como participantes y protagonistas activos del proceso educativo, ya que mediante las mismas se deben facilitar los instrumentos y técnicas propiciando y facilitando la participación, la reflexión, el diálogo, el compromiso y el trabajo en equipo. La educación, con sus planes, estrategias y metodologías debe estar integrada con los otros sectores de la vida social, vistos integralmente como un solo cuerpo: la salud, la seguridad, el esparcimiento, el urbanismo, los servicios básicos, entre otros. (Reyes y Arteaga Quintero, 2021, p.57).
En este sentido, Pita Torres (2012) indica lo siguiente:
Para una gestión educativa pública soportada por técnicas modernas de administración, su principal objetivo será el de procurar espacios de conciencia social educativa entre la ciudadanía y el gobierno, en pro de una calidad de vida en armonía con los requerimientos humanos de quienes se educan. (p.141)
Desde esta perspectiva, las políticas educativas deben ir encaminadas al fortalecimiento de los derechos de los ciudadanos, mediante la formación en principios y valores que les permitan desarrollarse como miembros de un colectivo y en un contexto convulsionado y en constante cambios. El Estado responde a las problemáticas que despiertan conflictos a través de políticas públicas, de este modo se materializan los procesos sociales en respuesta a las demandas de la sociedad. (Nin y Lorda, 2019, p.140)
Por lo tanto, estas políticas deberán reorientar los procesos para cumplir con los objetivos en materia educativa y derechos humanos. Al respecto, Zambrano Noles et al. (2018) indican:
La política pública, por lo tanto, se reconoce como un proceso de aprendizaje colectivo para aumentar la capacidad de resolver problemas, influyendo de manera decisoria en la formulación y legitimación de la agenda pública a través de un proceso de interlocución y comunicación democrática entre sociedad y gobierno. (p.235)
Así mismo, se observa que desde distintas décadas atrás se han ido robusteciendo movimientos, políticas, leyes y estrategias educativas que buscado enseñar y concienciar al ser humano sobre asuntos de elevada importancia en el componente social y de participación. De allí lo planteado por, Velásquez Villate (2020):
El objeto de la educación, para ser democráticamente regulado, debe ser intervenido desde las diversas instancias del poder público porque sólo este poder tiene la capacidad para hacerlo y que la articulación orgánica de la intervención estatal en el sector de la educación debe establecer claramente los nexos estructurales entre el campo educativo y los otros campos de la vida social. (p.37)
En este sentido, la educación siempre ha estado relacionada a la sociedad, y la mismas constantemente está cambiando y al igual que lo hace la educación, ya sea como disposición para un tipo determinado de sociedad o como reflejo de la misma, por ello es necesario contar con una serie de herramientas tal como lo plantean Toscanini Segale et al. (2016):
Es pertinente contar con leyes, reglamentos, normas de procedimientos debidamente actualizados, acordes con la sociedad y sus necesidades, a fin de que los actores del proceso educativo, especialmente los docentes, orienten su accionar pedagógico desde bases científicas, desechen cualquier nivel de improvisación y se ajusten a las particularidades que demanda una educación de calidad, con objetivos claros que apunten a la innovación. (p.162)
Las garantías educativas y sociales mediante las políticas públicas desarrollas por los gobiernos del mundo han de permitir el progreso de los ciudadanos y su contexto habitual, por ello es significativo, la intervención ciudadana en educación, ya que establece la mejor forma de lograr los cambios que se pretenden en una sociedad cada vez más convulsionada, y que demanda las herramientas y la disposición necesario para afrontarla, una de las estrategias asumidas por los Estados, es precisamente la gratuidad de la educación como un derecho humano consagrado en sus constituciones. Al respecto Ruiz Muñoz (2012) lo plantea de la siguiente manera:
La gratuidad y la obligatoriedad se revelan como dos condiciones orientadas a fortalecer la construcción del derecho: ambas tienen carácter reglamentario, son de aplicación masiva, responden a las políticas públicas nacionales y apuntan a asegurar la asistencia a la escuela. (p.41)
La construcción de políticas públicas en educación y derechos humanos requiere de la participación de todos los ciudadanos que buscan el bien común, para fortalecer este binomio en las sociedades del mundo, dándole prioridad a una educación participativa y democrática, constituyendo polos de desarrollo en todos los aspectos: social, económico, político, cultural e intelectual, lo que permitirá un avance significativo de la sociedad.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo; por motivar el desarrollo de la Investigación.