Sociedad y Cultura
El femicidio como problema público en Salta. A 10 años de la declaración de emergencia por violencia de género
Femicide as a public problem in Salta. Ten years after the declaration of the gender violence emergency.
El femicidio como problema público en Salta. A 10 años de la declaración de emergencia por violencia de género
Revista de Investigación del Departamento de Humanidades y Ciencias Sociales, núm. 26, pp. 23-54, 2024
Universidad Nacional de La Matanza

Recepción: 13 Octubre 2023
Aprobación: 10 Junio 2024
Resumen: El artículo se propone conocer las particularidades que asume la configuración del femicidio como problema público en Salta, Argentina, desde una epistemología feminista. Para esto, en primer lugar, hace una contextualización local de la problemática de violencia contra las mujeres desde principios del 2000. Posteriormente, esboza diversos factores sociales y políticos que, a criterio de esta investigación, incidieron en la declaración de la Emergencia Pública por Violencia de Género el 9 de setiembre de 2014. A partir de una metodología cualitativa y documental se utilizó la técnica del análisis de contenido como recurso ordenador de diversas fuentes bibliográficas y periodísticas. El trabajo busca ser un aporte para la reconstrucción de procesos de historia reciente que, por un lado, disputan sentidos con la salteñidad imperante, y, a su vez, permiten establecer relaciones entre casos conmocionantes de femicidio; movilizaciones de familiares que recuperan estrategias y consignas de las organizaciones de derechos humanos; y luchas y resistencias de un feminismo, hasta entonces, no popularizado.
Palabras clave: femicidio, violencia contra las mujeres, feminismos, Salta.
Abstract: The article aims to understand the particularities of the configuration of femicide as a public problem in Salta, Argentina, from a feminist epistemology. In order to do this, first of all, it makes a local contextualization of the problem of violence against women since the beginning of 2000. Subsequently, it outlines various social and political factors that, in the opinion of this research, influenced the declaration of the Public Emergency for Gender Violence on September 9, 2014. Based on a qualitative and documentary methodology, the technique of content analysis was used as an organizing resource of various bibliographic and journalistic sources. The work seeks to contribute to the reconstruction of recent historical processes that, on the one hand, dispute the prevailing sense of salteñidad, and, at the same time, allow establishing relationships between shocking cases of femicide; mobilizations of family members who recover strategies and slogans of human rights organizations; and struggles and resistance of a feminism, until then, not popularized.
Keywords: femicide, violence against women, feminisms, Salta.
Introducción
El femicidio, como todo problema público no es un fenómeno objetivo, se configura con diferentes matices de acuerdo con las particularidades y aperturas que ofrece el sistema político institucional, las características de quienes se involucran y los discursos construidos a partir de los marcos interpretativos sobre el tema (Araujo, Guzmán y Mauro, 2000). Salta es una de las provincias argentinas con mayor cantidad de femicidios cada 100 mil habitantes de acuerdo con registros realizados, sobre la base de diferentes fuentes[2], desde el año 2008. En agosto de 2022 el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación publicó los resultados de la primera encuesta nacional de prevalencia de violencia contra las mujeres”[3] . Del análisis del documento, con relación a Salta, surge que con un porcentaje del 62%, es la segunda provincia, luego de Jujuy (67,5%), con mayores niveles de violencia doméstica en cuatro tipos: física, psicológica, sexual y económica-patrimonial.
En setiembre de 2014 el exgobernador Juan Manuel Urtubey[4] declaró la Emergencia Pública por Violencia de Género (EPVG) en todo el territorio provincial a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia que luego se convirtió en la Ley Provincial N° 7857. Este hecho sucedió luego de la visibilización de hechos de femicidio cometidos en un lapso breve de tiempo, lo que obligó al Estado a tomar medidas urgentes. El presente artículo parte de la premisa de que la sanción de esta normativa responde a un proceso histórico y social que inició años atrás, y que se aceleró, especialmente, desde el año 2011. Por esta razón, el objetivo principal, desde una epistemología feminista, es conocer el devenir local que asume la configuración del femicidio como problema público en Salta.
El trabajo se divide en cuatro apartados. En primer lugar, se hará referencia a algunas especificaciones teóricas y metodológicas. Luego, se realizará un breve recorrido sobre tópicos que atraviesan las luchas por los derechos de las mujeres en Salta[5]: aplicación de la ley de Educación Sexual Integral (ESI); discriminación de género en el ámbito laboral; enseñanza religiosa en las escuelas públicas; y limitaciones en el acceso al aborto no punible (ANP).
Posteriormente, se identificarán los diversos factores que, a criterio de esta investigación, incidieron en la sanción de la EPVG y sus repercusiones inmediatas en el Encuentro Nacional de Mujeres (ENM) N° 29 que se hizo en Salta ese mismo año. Al respecto, se abordarán casos conmocionantes de femicidios, desapariciones y “muertes dudosas” de mujeres sucedidos en la provincia durante el periodo 2011 y 2012; movilizaciones en relación con los hechos de femicidio en Salta y el noroeste argentino en general; y posturas de diferentes sectores del feminismo local sobre la necesidad de la generación y/o el afianzamiento de políticas públicas para trabajar la problemática. Por último, se esbozarán reflexiones finales.
Consideraciones teóricas y metodológicas
Este trabajo se encuadra en el desarrollo de una tesis de maestría del Programa Género, Sociedad y Políticas Públicas de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) sobre representaciones sociales del femicidio en Salta a partir de la declaración de EPVG. Hasta ese entonces, el estado provincial no había promulgado normativas locales sobre violencia contra las mujeres (VCM) y de género. No obstante, en Argentina, desde el año 2009, estaba en vigencia la Ley Nacional N°26.485, que especifica diferentes tipos y modalidades de VCM, definida Según la Ley 26.485 como:
toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. (Art.4)
De acuerdo con la Convención de Belém Do Pará, en el 2012, se reformuló el artículo 80 del Código Penal para criminalizar de modo agravado a los homicidios donde haya mediado violencia de género.
El término femicidio fue acuñado en Inglaterra por Mary Orlock a inicios de la década del 70 y usado públicamente por Diana Russell ante el Tribunal Internacional de Crímenes contras las Mujeres celebrado en Bélgica en 1996. Posteriormente, junto con Jill Radford, lo definen como el asesinato misógino de mujeres cometido por varones y señalan que al llamar femicidio a estas muertes de mujeres se remueve el velo oscurecedor con el que las cubren términos neutrales como homicidio (Gamba, 2009). Monserrat Sargot (2021) considera que este concepto es muy útil porque expresa un carácter profundamente político, fruto de las relaciones de poder, dominación y privilegio entre hombres y mujeres en la sociedad.
Marcela Lagarde y de los Ríos (2006), con autorización de Diana Russell, cuando toma el concepto de femicide, hace una modificación y en lugar de traducirla literalmente como femicidio, introduce la conceptualización de feminicidio. De acuerdo con la autora, esta violencia es ejercida por “hombres en supremacía social, sexual, jurídica, económica, política, ideológica y de todo tipo, sobre mujeres en condiciones de desigualdad, de subordinación, de explotación o de opresión, y con la particularidad de la exclusión” (p. 221). De esta forma, como señala María Luisa Femenías (2023), Lagarde y de los Ríos cambia el paradigma epistemológico para abordar estos asesinatos y se opone a que la única respuesta posible sea la implementación de medidas policiales y punitivas. Por esta razón, propone un enfoque integral que también tenga en cuenta aspectos socioculturales, de clase y estructurales. Asimismo, considera que se tratan de delitos de lesa humanidad en donde el Estado, por acción y omisión, es responsable.
Si bien se entiende que la VCM es una expresión de la violencia estructural de género, en esta investigación se hará hincapié en la primera. Esto responde, por un lado, al objetivo del artículo que pone el foco en el estudio del femicidio, y a que existen escasos datos, para el periodo 2011-2014, en torno a otros asesinatos por razones de género y sus resonancias en el espacio público.
Hay una diversidad de trabajos que abordan la configuración de la VCM y el femicidio como problema público en Argentina (Cabral y Acacio, 2016; Gherardi, 2017; Innocente, 2020). Sin embargo, es necesario que la producción del conocimiento haga hincapié en los mecanismos políticos e ideológicos del patriarcado en sus particularidades históricas y geográficas (Carosio, 2017). Como señalan Gayol y Kessler (2018) lo local habilita un análisis micro que permite descubrir otras realidades sociales y entender por qué algunos asesinatos, en este caso, femicidios, se configuran como altamente conmocionantes en un tiempo púbico particular, aunque no hayan tenido repercusión a nivel nacional.
El Ni Una Menos, como manifestación de una nueva sensibilidad legal, social y más mediática (Trebisacce y Varela, 2020), sucede en el año 2015, luego de sancionarse la EPVG. A pesar de que, como se dijo, ya existía una ley sobre VCM y la figura de femicidio estaba incorporada al Código Penal, es a partir de ese grito colectivo que el femicidio se configura como un problema público en Argentina. Para que esto último suceda no basta con lo que diga un texto normativo, es necesario que exista, además, una dimensión discursiva y simbólica que lo sostenga.
Se parte de la hipótesis que la EPVG no fue el inicio sino una consecuencia de un proceso de politización y dramatización pública (Gusfield, 2014) que sucedió en dicha provincia con características y efectos de sentido específicos. Algunos de estos entraron en tensión con el discurso identitario de salteñidad, que se conforma a fines del siglo XIX y a lo largo de la primera mitad del siglo XX, en el que han intervenido diferentes prácticas sociales y discursos (literario, historiográfico, religioso, mediático, político, etc.). Así pues, se configuró una construcción hegemónica y eficaz en la reproducción de cierto orden social que privilegia a ciertos grupos que se autorreferencian como gente decente (López, 2022). En este orden, durante muchos años, la religión católica tuvo un rol fundamental en la cimentación de un modelo de mujer que debe cumplir con las expectativas que el sistema patriarcal espera.
Esta investigación se posiciona desde la perspectiva de género y comparte los postulados del conocimiento situado y del punto de vista (Haraway, 1995; Harding, 1998) que propone una objetividad fuerte, que tenga en cuenta todas las fuentes de error o de prejuicio tanto cultural como técnico (Blázquez Graf, 2012). La teoría del Punto de vista reapareció en las décadas de los años setenta y ochenta del siglo XX, como epistemología feminista, filosofía de la ciencia, sociología del conocimiento y metodología feminista. Sostiene “que algunos tipos de ubicación social y de luchas políticas impulsan el desarrollo del conocimiento opuesto a la visión dominante que afirma que la política y la posición en relación con la situación local sólo bloquean la indagación científica” (Harding, 2012, p. 41).
Se parte, entonces, desde una epistemología feminista para esbozar algunas reflexiones fruto de una reconstrucción feminista (Maffia, 2007) sobre el proceso de politización del femicidio como problema público en Salta desde un enfoque metodológico cualitativo y documental. Esto se impuso como necesario ya que hay una ausencia de antecedentes locales que hayan contextualizado, en profundidad, sobre este tema. Por esta razón, uno de los desafíos fue realizar dicha reconstrucción partiendo de una exhaustiva revisión bibliográfica sobre determinados casos o períodos que aporten a la investigación, y que a su vez permitan nuevas lecturas, desde un enfoque de género, sobre el pasado reciente.
Se reconoce, como afirma Jelin (2001), el carácter construido y cambiante de los sentidos del pasado ya que los hechos ocurridos allí están para ser interpretados. Partimos de la premisa de que algunos femicidios, muertes violentas o desapariciones que se van a abordar en este trabajo se encuentran presentes en la memoria colectiva porque conmocionaron y movilizaron a la sociedad a nivel local y/o nacional. Ahora bien, como señala Halbwachs (1925) existen múltiples memorias ya que los acontecimientos no tienen la misma importancia para los distintos grupos sociales, y su interpretación depende del contexto contemporáneo. Sin embargo, no cabe duda de que la narrativa dominante siempre estuvo impregnada por visiones patriarcales (Jelin, 2001) funcionales a una memoria colectiva hegemónica (Maceira, 2023) que, históricamente, ha legitimado y/o invisibilizado la violencia contra las mujeres. Por lo tanto, se propone hacer un ejercicio de contra memoria y disputar sentidos en relación con hechos que sucedieron mucho tiempo antes que el proceso de popularización feminista que tuvo lugar durante los últimos años.
La técnica del análisis de contenido permitió organizar y explorar múltiples antecedentes, la mayoría de ellos de producción local y regional, y fuentes periodísticas que fueron fundamentales para contrastar información y ubicar acontecimientos en determinados escenarios espacio temporales. Asimismo, se incluyen datos que fueron registrados durante el Encuentro Nacional de Mujeres que se realizó en Salta en 2014 y un trabajo personal de archivo de medios, que se realiza desde el año 2011, sobre femicidios sucedidos en la provincia. Para identificar los factores que impulsaron la EPVG se desarrolló una matriz de análisis en torno a cuatro grandes categorías: derechos de las mujeres, casos conmocionantes, movilizaciones y feminismo local.
Luchas por los derechos de las mujeres en Salta: visibilidad mediática, catolicismo y litigios judiciales
En 2005 se sancionó en la Cámara de Senadores de Salta, bajo el gobierno de Juan Carlos Romero[6], la Ley N° 7457 que estableció el 25 de marzo como el “día del niño por nacer” en la provincia y que insta al Ministerio de Educación a realizar actividades informativas y educativas al respecto. En este mismo año surge la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito (CNDA) de carácter federal. En Salta, desde la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Salta (UNSA), se articularon acciones entre esta campaña y el grupo “Pensar el género” que realizó múltiples actividades académicas, culturales y de divulgación sobre el derecho al aborto en departamentos y municipios (Flores, 2015).
En el año 2006 se aprueba, mediante la Ley N° 26.150, el programa de Educación Sexual Integral y en el artículo 10 establece un plazo de cuatro años para que cada jurisdicción aplique de forma gradual y progresiva. De acuerdo con la investigación desarrollada por Marina Leañez (2020), en la provincia, el tiempo sugerido por la normativa fue rechazado no solo por la fuerte impronta católica en la población, sino también, por el accionar de las autoridades ministeriales que obstaculizaron cualquier intento de incorporación curricular con perspectiva nacional y se priorizó un enfoque religioso. El Instituto de la Familia y la Vida de la Universidad Católica de Salta (UCASAL) se encargó de elaborar materiales y capacitaciones, especialmente para el nivel secundario. Los otros niveles educativos fueron poco o nulamente abordados. Por su parte, en la UNSA se aprobó el dictado del Postítulo de Actualización Académica Cuerpo y sexualidad en la adolescencia, para aportar en la formación en ESI de los y las docentes de la provincia.
Durante el 2008, Mirtha Sisnero, acompañada por la Comisión de la Mujer de la UNSA[7] y por la Fundación Entre Mujeres[8] presenta un recurso de amparo colectivo ante la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial local por motivo de discriminación de género en el trabajo. Desde el 2004 solicitaba empleo a las siete compañías privadas que brindaban servicio de transporte público en Salta por aquel entonces. A pesar de contar con la licencia y las formaciones requeridas no lograba ingresar ya que este servicio nunca había contratado a una mujer para que se desempeñe en este puesto (Ruibal, 2018).
En noviembre de 2009 el juez Mario D'Jallad falla a favor del reclamo y establece que Sisnero debía ser incorporada como trabajadora en este sector. Además, indica que las empresas tenían que contratar mujeres hasta que haya, al menos, un 30% de las mismas en el servicio de transporte público local. Las empresas apelaron este fallo ante el Tribunal Superior de Salta que, en 2010, lo revocó por considerar que no había pruebas de la discriminación de género. No obstante, debido a la apelación interpuesta por las demandantes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), en mayo de 2014, hizo lugar al reclamo. El litigio fue el primero en su tipo a nivel nacional y habilitó que muchas mujeres del país puedan ejercer como colectiveras.
En el año 2011 Salta obtiene la atención de medios nacionales por el caso de una niña de 13 años que murió en un hospital público por una infección generalizada producto de un aborto realizado en la clandestinidad. Entre los meses de enero y setiembre de ese año concurrieron 1605 mujeres, de las cuales 499 llegaron con cuadros graves por esta razón (Carbajal, 2011). Sin embargo, dos días después del hecho, la Cámara de Senadores de Salta aprueba, por unanimidad, una declaración donde se insta a que los y las legisladores nacionales arbitren todos los medios para rechazar la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en el Congreso.
En este contexto, algunas referentes de organizaciones feministas locales denunciaron públicamente que la Ley Provincial N° 7311 de Sexualidad Responsable, sancionada en el 2004, no había sido reglamentada y que, como contrapartida, se dictaba catecismo católico en las escuelas públicas como parte de la currícula. Esto último fue ratificado como obligatorio en la Ley Provincial N°7546, impulsada en el 2008 por el exgobernador Urtubey. Durante el transcurso de su aprobación, se generó un debate público, precisamente, en torno a la inclusión de la enseñanza religiosa que se polarizó entre una coalición, mayoritaria, defensora de la ley, en la que la iglesia católica jugó una posición clave, y una coalición minoritaria opositora conformada por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), la Asociación Civil de Ateos en Argentina (ARGATEA), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y la Facultad de Humanidades de la UNSA. Además, tuvo una dinámica restrictiva en relación con la participación de la sociedad civil como es el caso de los sindicatos docentes y estudiantes (Prieto, 2017).
Durante el año 2010, la ADC y un grupo de madres y padres interpusieron una acción de amparo colectiva contra la provincia acompañadas por la delegación del INADI local, presidido por Verónica Spaventa, y el asesoramiento legal de Graciela Abuut Carol y Gabriela Gaspar. Las tres abogadas feministas consideraron que este era un reclamo crucial para el avance de los derechos de las mujeres en Salta puesto que una de las condiciones para este progreso era la separación de la Iglesia y el Estado (Ruibal, 2018). Al respecto, plantearon la inconstitucionalidad de un inciso de dicha ley que indicaba que la instrucción religiosa integre los planes de estudio, y que los contenidos y la habilitación docente debían tener el aval de la autoridad religiosa correspondiente. Recién en 2013, la Corte Suprema de Justicia de Salta (CSJS) se pronunció por el rechazo de la acción de amparo y, por lo tanto, a favor de la constitucionalidad de dicha norma.
En 2017 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió que no puede dictarse religión en las escuelas públicas de la provincia durante el horario de clase y, entre otras cuestiones, afirmó que la decisión de profesar o no una religión es personal y propia de la intimidad de cada persona. Esta situación puso de manifiesto una cuestión fundamental: la discriminación que durante años sufrieron diariamente alumnas y alumnos que no profesaban la religión católica. En este sentido, el estudio realizado por Prieto (2019) sobre catolicismo y educación en los debates parlamentarios de la Ley de Educación de Salta señala que en la provincia operan memorias colectivas que la presentan como homogéneamente católica, lo cual, a través de la invisibilización de las minorías étnicas y religiosas, plantea problemas en términos de garantía de los derechos de igualdad y no discriminación.
En 2012, la CSJN, a partir del Fallo FAL. s/ medida autosatisfactiva, precisa el alcance de las causales de no punibilidad del aborto prescriptas ya en el artículo 86 del Código Penal desde 1922. Establece, entre otras disposiciones, que su realización no está supeditada al cumplimiento de ningún trámite judicial y que los jueces tienen la obligación de garantizar estos derechos sin dificultar este proceso ni judicializar el acceso a estas intervenciones.
Salta, nuevamente, fue epicentro de debate puesto que Urtubey, en un primer momento, manifestó que por tratarse de un fallo que se refería a un caso particular no se generaba la obligación de que sea aplicado en la provincia. Esto provocó una ola de repudios y cuestionamientos de referentes políticos y organizaciones feministas locales y nacionales (Carbajal, 2012). El mandatario decidió, entonces, dictar el Decreto N°1170/12 por el que se instruyó al Ministerio de Salud y al Ministerio de Derechos Humanos para que elaboren guías de procedimiento necesarias para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual y la atención de los abortos no punibles (ANP) en los hospitales públicos. Sin embargo, establecía que para que se realice la práctica se debía presentar una denuncia penal o declaración jurada con asistencia del defensor oficial o del asesor de menores e incapaces, según corresponda. Esto la convirtió en la provincia que más se alejó de los estándares establecidos por la CSJN (Suárez y Flores, 2016).
Además de reafirmar la necesidad de intervención del Ministerio Público para tomar la declaración jurada de la víctima de violación, se disponía que su puesta en práctica debía ejecutarse en un plazo no mayor a las 12 semanas de gestación. Ante esto, el Foro de Mujeres por la Igualdad de Oportunidades[9] presentó una acción de inconstitucionalidad contra la normativa ante la Corte de Justicia de Salta. Esto fue acompañado por la Comisión de la Mujer de la UNSA, la Red de Periodistas por una Comunicación No Sexista (Red PAR) y el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) quienes presentaron un amicus curiae que dejaba en evidencia que, en decisiones tan restrictivas como la expuesta, las mujeres son conceptualizadas como meros úteros reproductores, destinadas única y exclusivamente a una función a la que no pueden negarse (Flores, 2015).
Lamentablemente, la CSJS rechazó la acción y apoyó la normativa promovida por el ejecutivo provincial. Al respecto, determinó que la vida es un derecho protegido desde el momento de la concepción por el bloque de constitucionalidad vigente en el país. En su análisis, Sonia Escudero (2020), señala que la sentencia está basada en un estereotipo de mujer víctima de violación como incapaz, débil y vulnerable, cuya voluntad debe ser asumida por el Estado.
Posteriormente, en el año 2013 se presenta un caso que problematiza la aplicación de dicho decreto y adquiere gran repercusión mediática. Una funcionaria solicita una medida cautelar para impedir el acceso al ANP a una niña de trece años, embarazada fruto de una violación de su padrastro, argumentado la defensa del niño por nacer. El juez Víctor Soria hace lugar a la medida y, además, resuelve que, una vez finalizado el embarazo, la adolescente debía entregar el bebé en adopción (Rebossio, 2013). Por lo tanto, la práctica se retrasa mientras la madre de la menor, con el asesoramiento de organizaciones feministas locales, presenta un recurso de apelación ante la CSJS que, finalmente, recurre la decisión y autoriza la realización del ANP. En esta instancia, es importante destacar los fundamentos del voto de la jueza Susana Kauffman, única mujer integrante de la corte en aquel momento, quien afirmó que el Decreto 1170/12 y sus respectivas resoluciones debían ser declaradas inconstitucionales porque imponían requisitos que dilataban o entorpecían una decisión del ámbito de reserva de la mujer que fue violada.
En 2018 se conoce, en todo el país, el caso de una niña salteña de 10 años embarazada producto de una violación por parte de su padrastro. De acuerdo a lo que anunció el propio exgobernador Urtubey, la familia de la víctima decidió que continuara la gestación. Sin embargo, como estaba transitando la semana 19, de acuerdo con dicho decreto, no habría podido acceder a un aborto no punible. Esto provocó que, nuevamente, organizaciones feministas y dirigentes de diferentes partidos presionaran socialmente para que se derogue esta normativa. Finalmente, el mandatario lo hizo y resolvió adherir al Protocolo para la Atención Integral de las Personas y el derecho a la Interrupción Legal del Embarazo, aprobado por el gobierno nacional en 2015.
Casos, grupos y movilizaciones en el marco de la declaración de EPVG
Casos conmocionantes (2011-2012)
Estos casos tienen una incidencia fundamental en la politización de un problema. Determinadas muertes violentas habilitan sensibilidades colectivas y demandas sociales que ingresan a la agenda político- mediática (Galar, 2016).
Durante los años 2011 y 2012 Salta fue el escenario de desapariciones, secuestros y/o muertes violentas de mujeres jóvenes que generaron un gran impacto social y fueron protagonistas de la agenda mediática local: femicidio de Cintia Fernández; doble femicidio de Cassandre Bouvier y Houria Mounmi; desaparición de María Cash y las muertes dudosas de Lujan Peñalva y Yanina Nuesch.
Cintia Fernández fue asesinada por Mario Condorí, expolicía que trabajaba en la División Trata de Personas de la Policía de Salta, el 28 de Abril de 2011 en un barrio de la capital salteña. Sin embargo, en un primer momento, Condorí, con quien Fernández mantenía una relación, fue sobreseído ya que el juez consideró que se trató de una muerte violenta, generada por ella misma, en un contexto suicida o accidental mientras tenía una práctica sexual en solitario. En el proceso judicial se dañó la intimidad y reputación de la víctima (Escudero, 2020). Finalmente, en el año 2019, Condorí fue condenado a 23 años de prisión.
El 29 de julio de 2011 fueron encontrados los cuerpos de Cassandre Bouvier y Houria Mounmi, estudiantes de origen francés, en la Quebrada de San Lorenzo, a 15 kilómetros de la capital y en uno de los atractivos turísticos más importantes de la provincia. En junio de 2014 se desarrolló el juicio oral y público y se condenó por unanimidad a Gustavo Lasi a la pena de 30 años de prisión por el delito de robo, abuso sexual con acceso carnal y doble homicidio calificado. Asimismo, Daniel Vilte y Clemente Vera (señalados por Lasi) fueron absueltos por la debilidad de las pruebas presentadas en su contra. Sin embargo, en 2016 se revocó la sentencia absolutoria de Vera y se lo condenó a prisión perpetua.
Tanto en la instrucción como en el juicio oral los imputados y testigos ratificaron haber sido víctimas de torturas por parte de oficiales de la Brigada de Investigaciones. Sonia Escudero (2020), a partir del acceso a las declaraciones testimoniales de los acusados, afirma que “los encapucharon, los llevaron a una habitación donde los picanearon, les pusieron una bolsa en la cabeza para generar asfixia, les dieron golpes de puño y patadas, los amenazaron con matar a sus seres más queridos si no se hacían cargo de los asesinatos” (p. 116).
El padre de una de las víctimas, Jean Michel Bouvier, en reiteradas oportunidades, reclamó la inocencia de Vera y exigió la reapertura de la investigación. Recientemente, el día 7 de diciembre de 2023, la CSJN hizo lugar a un recurso de queja presentado en el año 2007, y dejó sin efecto la sentencia de prisión perpetua. La defensa de Vera fue patrocinada por la organización Innocence Project[10].
María Cash, diseñadora textil oriunda de Buenos Aires, viajaba en colectivo de larga distancia con destino a Jujuy, pero por diferentes circunstancias que aún no se conocen con claridad, se bajó antes, en la localidad salteña de Rosario de la Frontera. Finalmente llega a Jujuy, pero luego vuelve a Salta donde se la ve por última vez, a través de cámaras de seguridad, el día 8 de julio de 2011, en un peaje de ingreso a la capital. La madre señaló que Urtubey no quiso recibir a la familia y que la investigación no tuvo celeridad en la justicia local desde un primer momento (Nöllmann, 2022). Actualmente, una de las principales hipótesis de la desaparición se vincula con la trata de personas con fines de explotación sexual y el Ministerio de Seguridad de la Nación ofrece una recompensa a quienes aporten datos certeros sobre su paradero.
En julio del 2012 fueron encontradas sin vida Yanina Nuesch y Luján Peñalva de 16 y 19 años. El caso fue caratulado como muerte dudosa y en 2013 el juez actuante concluyó que se trató de un pacto suicida y archivó la causa.
La familia Peñalva siempre denunció irregularidades en la investigación y premura para cerrar este proceso. Hicieron estudiar el caso por expertos en criminalística de Estados Unidos quienes descartaron categóricamente la hipótesis del suicidio. Por esta razón, la familia insistió en desarchivar la causa y el cambio de carátula a homicidio. En 2021 publicaron un documental en donde sostienen, en base a diferentes fuentes, que alguien, cercano al poder político y mediático de la provincia, podría estar involucrado. Según este material, la noche anterior a la desaparición de las jóvenes, Lujan se encontró con esta persona, quien era su pareja, y fue víctima de abuso sexual. Sin embargo, aunque se logró reabrir la casusa, en el mes de mayo de ese mismo año, la jueza de turno ratificó que se trató de un doble suicidio y dispuso el archivo definitivo.
La investigación local No son suicidas, son víctimas de femicidios (Flores y Macazaga, 2021), impulsada por el Observatorio de Violencia contra las Mujeres de Salta en articulación con Iniciativa Spotlight[11], retoma los casos de Cintia Fernández, Luján Peñalva y Yanina Nuesch y señala los vacíos de información e interrogantes que surgen en torno a aquellas tramas de violencia de género que se esconden detrás de suicidios y/o el incumplimiento de protocolos de investigación e intervención en casos de muertes violentas en Salta. El estudio se centra en aquellos femicidios identificados como suicidios y en los denominados suicidios feminicidas y/o por razones de género. En el caso de Cintia Fernández se pudo comprobar que fue víctima de femicidio y que esto fue encubierto por agentes de la policía provincial.
Escudero (2020) sostiene que existen denominadores comunes en los femicidios o posibles femicidios de Cintia Fernández, Cassandre Bouvier, Houria Mounmi, Lujan Peñalva y Yanina Nuesch: declaraciones del poder político direccionando las investigaciones; premura para resolver los casos; y la falla estatal en investigar con debida diligencia. Por esta razón, la autora afirma que la falta de independencia judicial, en conjunto con la impunidad que esto conlleva, tiene incidencia en el incremento y/o perpetuación de la VCM en la provincia.
Movilizaciones en el NOA
El tema de investigación propuesto requiere de una reflexión que no solamente tenga en consideración la lucha del movimiento feminista, sino también, de sujetos, sujetas y grupos que iniciaron instancias de protesta social permanentes para buscar justicia y el cese de la impunidad ante hechos de femicidio. Para esto es necesario analizar no solamente la experiencia salteña sobre el tema sino dar cuenta de cómo la misma se entreteje con procesos de movilización que se sucedieron en el noroeste argentino[12] (NOA) desde la década del 90.
De la casa a la plaza: Comisión de Familiares contra la Impunidad de Salta
En el marco de los casos desarrollados anteriormente y muchos otros, los familiares de víctimas tomaron un rol predominante en la escena pública salteña y, en función de diferentes reclamos y pedidos de justicia, decidieron integrar o participar esporádicamente de la Comisión de Familiares contra la Impunidad de Salta. Este espacio se conformó, formalmente, a partir del 12 de agosto de 2011. Antes de esta fecha, en el año 2010, se realizaban reuniones esporádicas con familiares de víctimas de muertes violentas para exigir justicia. En esta primera etapa fue el Partido Obrero quien impulsaba las movilizaciones de un número reducido de integrantes (Ramos, 2017). Luego del doble femicidio de Moumni y Bouvier, se comenzó a realizar marchas todos los viernes para visibilizar distintos casos que no tenían resolución judicial (femicidios, homicidios, desapariciones, etc.). Ana Fernández (madre de Cintia Fernández) es integrante fundadora, Gustavo Peñalva (papá de Lujan Peñalva) comenzó a formar parte a partir del 2012, Jean Michel Bouvier, al igual que la familia de María Cash, participó de algunas de estas jornadas durante sus estadías en Salta.
Las marchas se realizan alrededor de la Plaza 9 de Julio, ubicada en el centro de la Ciudad de Salta, que forma parte del circuito principal del casco histórico de impronta colonial. Es el epicentro de la implementación de obras públicas, políticas de conservación, restauración, recuperación y refuncionalización. Asimismo, actúa como punto de referencia de salteñas y salteños y tiene una gran densidad simbólica porque reúne imágenes y estratos de la historia y el pasado (Álvarez Leguizamón y Villagrán, 2010).
La comisión surge en un contexto de movilización de grupos autoconvocados que reclaman justicia en el noroeste argentino desde fines de los años 90 y durante la primera década del 2000: marchas del silencio en Catamarca luego del femicidio de María Soledad Morales[13] en 1990; movilizaciones masivas en Santiago del Estero, en 2003, a partir de los femicidios de Leyla Nazar y Patricia Villalba[14]; y, el surgimiento, en Tucumán, de la Comisión de Familiares contra la Impunidad , presidida por Alberto Lebbos, padre de Paulina Lebbos[15], víctima de femicidio en 2006. Dicha comisión, al igual que en Salta, realiza marchas alrededor de la plaza principal de la capital.
Si bien en Salta, Tucumán y Santiago ya existían experiencias de reclamo colectivo frente a la falta de justicia ante muertes violentas o desapariciones, fueron casos de femicidio los que impulsaron la acción sistemática de protesta. Los asesinatos y violaciones de María Soledad, Leyla, Patricia, Paulina, Cassandre y Houria tienen como factor común el encubrimiento (posible o comprobado) de culpables por parte del poder político local, el mal accionar judicial y policial; y la sospecha insistente de impunidad. Como consecuencia, invadieron el espacio público, urbano y mediático (Rodriguez, 2019), a partir de la recuperación histórica y simbólica de una forma de protesta social que implica la marcha alrededor de una plaza para reclamar derechos civiles. Esto se relaciona con la lucha de las Madres de Plaza de Mayo quienes, también tomaron el espacio público y trasgredieron el rol tradicional de madres para dotar de corporalidad a la consigna lo personal es político, aunque no se reconocieran como feministas en ese contexto (Barrancos, 2010; Gamba y Zapletal, 2018). En este sentido, la célula familiar era la metáfora central del gobierno militar, pero, también, fue fundamental para los discursos y las prácticas del movimiento de derechos humanos en Argentina (Jelin,2017).
Las marchas del silencio en Catamarca impulsaron un movimiento social subalterno (Bergman y Szurmuk, 2006) en una ciudad periférica y en el marco de un clima de restablecimiento democrático en la región. Las mujeres también fueron protagonistas de la gestación de este proceso ya que quienes iniciaron las marchas fueron las compañeras del colegio de María Soledad, con el apoyo de la monja Martha Pelloni, directora de la institución. No obstante, la cuestión de género estaba casi ausente en el espacio público (Gayol y Kessler, 2018) ya que el eje del reclamo giraba en torno a la impunidad, basada en la corrupción y el nepotismo, como forma de gobierno, por encima de las violaciones y abusos sufridos por las mujeres (Chejter, 1990). Esto también se evidencia en Santiago del Estero, Tucumán y Salta.
La Comisión de Familiares contra la Impunidad de Salta, como espacio, no participa de las jornadas que se organizan cada 8 de marzo por el Paro Internacional de Mujeres y el 3 de junio de la colectiva Ni Una Menos. La impunidad sigue siendo el parámetro central del reclamo en torno a causas en donde están involucradas personas, directa o indirectamente, vinculadas con el poder político, judicial y policial de Salta. No obstante, en el transcurso de más de 10 años, acompañó la visibilización y procesos judiciales de algunos hechos de femicidio en Salta y compartió jornadas de protesta con organizaciones feministas locales como el Foro de Mujeres por la Igualdad de Oportunidades.
Dichos familiares, también, tienen un rol muy importante en procesos de institucionalidad de género en el Estado (Guzmán y Montaño, 2012). Ana Fernández, en 2016, creó la Fundación Cintia Fernández y, a través de esta, impulsó un proyecto para que el Ministerio Público Fiscal de Salta (MPFS) tenga una fiscalía especializada en femicidios (UFEM). Fue inaugurada en diciembre de 2020 y se constituyó en la cuarta a nivel nacional. Además, es integrante del Comité de Evaluación de Femicidios, Transfemicidios y Violencia de Género de la provincia creado en 2016, y realiza acompañamiento legal y técnico a familiares de víctimas de femicidio.
Jean Michel Bouvier, en una reunión con la presidenta de aquel entonces, Cristina Fernández, y en distintas manifestaciones públicas, solicitó que se incluya en el Código Penal de Argentina la figura de femicidio. Al respecto, la exmandataria expresa lo siguiente:
El 15 de noviembre de 2012 se incorporó la figura de femicidio en el Código Penal, es decir el agravamiento de penas por violencia de género. Fue un proyecto de ley que había enviado después del asesinato de dos jóvenes turistas francesas, en la provincia de Salta en julio de 2011. Las chicas habían sido salvajemente violadas y ultimadas. Muy conmocionante. Dos meses después recibí al padre de Cassandre Bouvier, una de las jóvenes, con motivo de mi visita a Francia en septiembre del mismo año. Me impresionó la serenidad de ese hombre y, al mismo tiempo, la convicción con la cual me pedía que incorporáramos la figura del femicidio a nuestra legislación penal. (Fernández, 2019, p. 329)
Durante el año 2013 se cometieron 17 femicidios en la provincia. Uno de estos casos resultó altamente conmocionante ya que la víctima, Judith Palma, tenía 9 años y vendía pan casero para poder ayudar a su familia que estaba atravesando una situación económica muy vulnerable. En uno de sus recorridos diarios fue secuestrada, violada y asesinada por tres varones adultos en la localidad de Joaquín V. González[16]. Esto generó una gran indignación social ya que el hecho se presentaba como algo intolerable, que no se puede soportar ni admite la defensa o minimización pública (Gayol y Kessler, 2018). Fue un punto de inflexión en esta comunidad ya que, anteriormente, habían ocurrido diversos hechos de abusos de menores que no tuvieron mucha trascendencia (Pastrana, 2013). Luego del femicidio[17], los pobladores quisieron prender fuego la casa de uno de los asesinos y tuvieron enfrentamientos con la policía. Las posteriores marchas revelaron una fuerte movilización en esta localidad, lo cual presenta una diferencia con los casos mencionados anteriormente ya que estos configuraron sus escenas públicas (Rodríguez, 2019) en la capital salteña.
Movimiento feminista local y Encuentro Nacional de Mujeres N°29
Las políticas y la institucionalidad de género en el Estado implican la disputa de sujetos y sujetas en el espacio público a partir de sus visiones y marcos interpretativos de la realidad que los y las sitúan en una posición subordinada en las relaciones sociales. El movimiento feminista local asume un rol fundamental en ese proceso ya que sus demandas al Estado no fueron solo desde partidos políticos y organizaciones sino también, desde las redes de interacción, coordinación y comunicación que pudieron gestar internamente, por encima de sus diferencias y procedencias.
Como se explicó anteriormente, en especial, a partir del año 2011, los reclamos y movilizaciones por el asesinato de mujeres en la provincia pusieron en evidencia la necesidad de aprobar y/o fortalecer políticas públicas para combatir la violencia de género de forma urgente. En este escenario, Postiglione (2018), sostiene que “a pesar de su escaso poder inicial, el movimiento de mujeres se valió de recursos simbólicos, humanos y discursivos para instalar con gran contundencia el debate sobre la violencia” (p. 25). No obstante, debido a su diversidad, el abordaje de la problemática se planteaba desde una variedad de concepciones, marcos cognitivos (Guzmán y Montaño, 2012) y estrategias de acción.
Algunos sectores solicitaban que se trabaje más seriamente para fortalecer las políticas públicas ya existentes y, otros, desde el año 2012, reclamaban al gobierno provincial la declaración de la Emergencia Pública por Violencia de Género (Postiglione, 2012,). Se realizaban jornadas de lucha, proyectos de ley y declaraciones en medios locales y nacionales. A pesar de las diferencias, la mayoría de los espacios acordó un documento sobre políticas con enfoque de género que se presentó ante la Cámara de Diputados de la provincia ese año.
En este escenario, las interpelaciones al Estado fueron permanentes y dicho movimiento, en articulación con fuerzas políticas progresistas, presionó, desde lo discursivo y lo fáctico, por el debilitamiento del orden de género tradicional (Guzmán y Montaño, 2012) y cambios en la institucionalidad vigente. Los reclamos no cesaron durante el transcurso del 2013 y la primera mitad del año 2014 hasta que finalmente el 9 de septiembre el gobernador de la provincia anunció, por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia, la EPVG en la provincia, lo cual alcanzó repercusión internacional, especialmente, por el doble femicidio de Houria Moumni y Cassandre Bouvier.
Desde sectores del feminismo académico local, a través de la Comisión de la Mujer de la UNSa, se planteaba que la declaración era un barniz (Corrales, 2014) ya que quienes habían participado en la presentación del decreto, a su vez, se resistían a capacitarse en perspectiva de género. Asimismo, se hizo hincapié en señalar que en la provincia ya existían leyes, programas e instituciones que contemplaban muchas de las medidas especificadas en el decreto, pero no contaban con el presupuesto correspondiente (Carrique, 2014). También se cuestionaba el término emergencia puesto que, como sostiene María Florencia Alcaraz (2014), la violencia machista no es un accidente que emerge, es producto de relaciones asimétricas de poder.
Todas estas críticas se explicitaban en un escenario previo al Encuentro Nacional de Mujeres que se hizo en Salta ese mismo año, casi un mes después de la declaración. En el transcurso de ese tiempo, se cometieron dos femicidios más en la provincia que tuvieron como víctimas a Clara Ovando y Evelia Murillo. Este último caso tuvo mucha repercusión puesto que se trataba de una maestra rural que fue asesinada por defender a su alumna, una joven wichí que buscó protección ante la amenaza de un ataque sexual por parte de un vecino de la zona. La docente se interpuso y el femicida la mató delante de sus estudiantes que huyeron al monte. Debido a que las redes de comunicación eran muy precarias no se realizaron los llamados de emergencia pertinentes y recién, al otro día, personal policial pudo arribar al lugar. Esto puso en evidencia las condiciones laborales de docentes rurales, en su mayoría mujeres, que, ante situaciones de peligro, no contaban con asistencia médica ni seguridad.
El 29° ENM se desarrolló los días 11, 12 y 13 de octubre y contó con una participación que osciló entre 35 y 40 mil asistentes (Alcaraz y Paz Frontera, 2018). De esta manera, se convirtió en el encuentro con mayor grado de masividad hasta ese momento[18]. Semanas antes, se había desplegado una campaña, en espacios públicos y medios de comunicación, denominada Cuidado Salta por parte de sectores fundamentalistas ligados a la iglesia católica. Se planteaba que la provincia sería arrasada por mujeres que llegaban para destruir la ciudad y se cuestionaba la “ideología de género” que pretendía destruir la familia (Santoro, 2014). Se hicieron diversos pronunciamientos y se juntaron firmas para evitar que se lleve adelante.
En el 2002, Salta también había sido sede del ENM. En esa oportunidad “se pudo ver a mujeres coordinadas y dispuestas a imponer las directivas del Vaticano en los talleres. Ellas mismas reconocieron que éste había sido un encuentro ‘distinto’ y un punto de inflexión en la historia de los Encuentros” (Tarducci, 2005, p. 398).
Luego de la declaración de EPVG, el encuentro de 2014 habilitó la posibilidad para que, a nivel nacional, se conociera la situación crítica que atravesaba la provincia en torno a los altos índices de VCM y femicidio. Esto se puso en evidencia a partir de la palabra de militantes feministas en diferentes sitios periodísticos, aunque fueron pocos los medios nacionales que cubrieron el evento.
El ENM, también, se presentó como una gran oportunidad para que diferentes sectores de dicho movimiento puedan articular acciones a partir de su participación en la Comisión Organizadora del Encuentro, que se reunía semanalmente. Natalia Gonza (2019) señala que este espacio, a raíz de una serie de peticiones de resguardo del patrimonio y acuerdos con autoridades municipales, determinó que la marcha tradicional de culminación del encuentro no circularía por el circuito principal del casco histórico de la Ciudad de Salta (catedral, cabildo, museos y plaza principal). No obstante, algunos grupos de mujeres hicieron caso omiso a esta decisión y se generó un enfrentamiento físico entre la policía, personas que protegían la catedral y activistas feministas.
De acuerdo con la autora, lo sucedido se enmarca en una Ciudad de Salta donde las reivindicaciones sociales y luchas políticas de las mujeres no se consideran como tales, y el patrimonio histórico solo reconoce la figura del hombre como agente político. Al respecto, afirma lo siguiente:
Aún cuando estas juegan roles decisivos en situaciones de crisis, riesgo colectivo y en la vida cotidiana, las escasas referencias que este dispositivo ofrece de las prácticas, las experiencias y las historias de las mujeres reactualizan el estereotipo de estas en tanto sujetos física, intelectual y moralmente débiles, cuyos roles se circunscriben a la función de la maternidad y el cuidado de la familia y, por lo tanto, a sujetos ajenos a la actividad política y pública (Gonza, 2019, p. 213).
Reflexiones finales
Como se planteó en un inicio, el objetivo de este artículo era indagar en la configuración del femicidio como problema público en Salta. Desde una epistemología feminista se puso el acento en contextualizar la problemática de la VCM a partir de hechos que venían sucediendo en la provincia, e identificar diversos factores que incidieron en la declaración de la EPVG. Esto permitió dar cuenta de las tramas patriarcales que, históricamente, han atravesado y cercenado los derechos de las mujeres en complicidad con los poderes político, judicial y eclesiástico de la provincia.
A pesar de lo que establecía el Código Penal, en Salta se hacía todo lo posible para que niñas y jóvenes víctimas de violación, que eran atendidas en los hospitales públicos, no accedan al ANP. Mientras tanto, la ley nacional de Educación Sexual Integral tardo años en reglamentarse y cuando inició este proceso estaba a cargo de instituciones y docentes que profesaban el catolicismo y que defendían el derecho al niño por nacer. Esto con contó con el aval de personas con responsabilidad estatal y judicial, y gobernadores, especialmente Juan Manuel Urtubey, quienes tomaron decisiones que, con mayor o menor responsabilidad, obligaron a niñas de sectores populares a ser madres. Como explica Monica Menini (2018) esto constituye un sufrimiento equivalente a tortura que responde a una vulneración de derechos físicos, psíquicos y morales.
Sectores del feminismo local, en articulación con organizaciones, impulsaron o acompañaron presentaciones ante la justicia para denunciar los abusos que se cometían en múltiples ámbitos y que perpetuaban la desigualdad de género. En este sentido, la Fundación Entre Mujeres, el Foro de Mujeres por la Igualdad de Oportunidades, la Comisión de la Mujer de la UNSA y referentes locales de Católicas por el Derecho a Decidir y Red PAR tuvieron una incidencia muy significativa. Con distancia de una mirada esencialista, es cuestionada porque se considera que, en el marco de los estudios de género, es necesario ir más allá de incorporación afirmativa de las mujeres. Estos enfoques, en algunos casos, han potenciado miradas conservadoras del género y determinismos biológicos que apelaban a ciertas características esenciales propias de las mujeres y los hombres (Troncoso Pérez y Piper Shafir, 2015). Recuperar estas experiencias políticas de feministas, no solo de mujeres, contribuye a visibilizar las luchas dadas en un pasado reciente para conquistar derechos y problematizar e historizar los desafíos del presente. En términos de Argilleta (2021) se trata de sacudir los archivos para mostrar las negociaciones, tensiones e intervenciones entre los feminismos y la política.
Los femicidios de Cintia Fernández, Cassandre Bouvier y Houria Mounmi originaron una nueva experiencia de socialización política (Tarrow, 1994) en la provincia: la Comisión de Familiares contra la Impunidad. Sus integrantes, hasta la actualidad, marchan cada viernes alrededor de la plaza principal de la capital. En algunas de estas jornadas se han ubicado frente a la catedral e interpelado con la palabra, a través de megáfonos, al arzobispo de la provincia, monseñor Mario Cargnello[19], a quienes les piden acompañamiento en su lucha, pero el referente de la iglesia católica siempre se mantuvo distante.
No se puede analizar la comisión por fuera de una historicidad de movilizaciones que se gestaron en el NOA desde los primeros años de restauración democrática. Por esta razón, se hizo referencia a las particularidades que asumieron en Catamarca, Santiago del Estero y Tucumán, siendo el femicidio de María Soledad Morales, sin ninguna duda, un hecho social que puso a Catamarca en el centro de la deliberación pública nacional gracias al surgimiento de una nueva forma de protesta en Argentina, pero desde una ciudad periférica: las marchas del silencio. No obstante, como plantean Bergman y Szurmuk (2006), estas marchas no habrían podido suceder en el país antes de 1976 ya que la protesta social y la lucha armada impulsaron nuevas modalidades de participación política en reclamo de un estado de derecho.
Como lo hicieron las Madres de Plaza de Mayo, los y las manifestantes de dichas provincias hacen un desplazamiento personal y político al salir de su casa y habitar la plaza principal para exigir justicia. Esto sucedió en contextos con altos índices de desigualdad social, diversidad cultural y una fuerte impronta católica que pregona la no separación de la iglesia y el Estado, especialmente, en el terreno de la educación. Al respecto, se hizo hincapié en la resistencia que presentó el gobierno de Salta para que se dejara de dictar religión como parte de la currícula en las escuelas públicas.
Aunque no se puede comparar el nivel de movilización que existió en Catamarca con el resto de las provincias, es importante destacar que son precisamente las marchas del silencio las que generaron una sensibilidad nueva sobre ciertos temas (Gayol y Kessler, 2018) en democracia. Como criterio para representar los reclamos, al igual que en el movimiento de derechos humanos, se establece la primacía del vínculo familiar, especialmente el de la madre. Esto no es casualidad ya que como sostiene Jelin (2001): “las mujeres han aparecido en la escena pública como portadoras de la memoria social de las violaciones de los derechos humanos” (p. 115).
A pesar de la diversidad de situaciones, hay algo en común en dichos reclamos: el cese de la impunidad. Este último término también es parte del nombre de las comisiones de familiares de Salta y Tucumán. Como afirma Varela (2020), siguiendo a Karen Ann Faulk (2013), la impunidad evoca la ausencia de un reconocimiento social luego de un hecho traumático y, en el caso de Argentina, la lucha contra esto permitió enlazar nuevos sentidos de in(justicia) y generar bases para la movilización social que recrearon tópicos discursivos de los derechos humanos, construidos en décadas anteriores.
En Catamarca, Santiago del Estero y Tucumán se pudo comprobar, en la justicia, que personas muy cercanas al poder político y policial estuvieron involucradas en el asesinato, violación y/o estrategias de encubrimiento para desviar las investigaciones de dichos femicidios. Guillermo Luque (hijo del entonces diputado nacional Ángel Luque) fue condenado a 21 años de prisión por el delito de violación, seguida de muerte, de María Soledad; y Antonio Musa Azar (exsecretario de Informaciones del gobierno santiagueño y genocida[20]) fue sentenciado a cumplir prisión perpetua por ser el autor intelectual de los femicidios de Leyla y Patricia. En ambas causas las sentencias solicitaban que se inicien nuevas investigaciones para conocer otras responsabilidades penales, pero esto no sucedió.
El esclarecimiento del femicidio de Paulina es aún más alarmante ya que, hasta la actualidad, se llevaron adelante tres juicios: en el primero, en el año 2014, tres expolicías fueron condenados por fraguar las actas de la declaración de un testigo y del hallazgo del cuerpo; en el segundo, en 2018, un expolicía y cuatro funcionarios del gobierno de José Alperovich fueron encontrados culpables de encubrimiento; y en el último, en 2021, Carlos Albaca, exfiscal interviniente, fue condenado a 6 años de prisión, también, por encubrimiento. Sin embargo, todavía no se pudo determinar quién mató a Paulina.
Como se dijo, la cuestión de género no era el eje del reclamo y el término femicidio tampoco era utilizado de forma masiva. El Código Penal Argentino incorpora la figura de femicidio luego de los asesinatos de María Soledad, Leyla, Patricia, Paulina, Cintia, Cassandre y Houria. Sin embargo, hay algo que surge como significativo en este recorrido: es a partir de estos hechos que se iniciaron movilizaciones sistemáticas y organización de familiares en el noroeste argentino. El punto de quiebre fue a partir de la violación y el asesinato de mujeres jóvenes. Aunque existían una diversidad de víctimas y la consigna era la impunidad, fueron estas, en palabras de Gayol y Kessler (2018), las muertes que importaron en esos contextos. Determinados hechos de femicidio tuvieron un impacto social y político, imposible de pronosticar, porque otros hechos no despertaron reacciones similares. Aquí se presenta, entonces, un primer acercamiento a la historización de la guerra contra las mujeres (Segato, 2016) en el NOA.
En Salta, las interpelaciones al gobierno de Juan Manuel Urtubey no eran solamente por parte de familiares, sino por sectores feministas que, aunque tenían diferencias en la necesidad o no de la sanción de una emergencia, reclamaban políticas públicas integrales y más eficaces para combatir la VCM.
En el 29 ENM marcharon más de 35 mil personas, como nunca, en la provincia, por fuera de la clásica procesión religiosa, que se realiza todos los años, en honor al Señor y la Virgen del Milagro[21]. Casi de forma paralela, a través de la EPVG, el femicidio ingresaba a la agenda institucional y gracias a dicho ENM la sociedad salteña era parte y testigo de los primeros indicios de un nuevo orden sensible (Arguilleta, 2021) sobre la violencia contra las mujeres, a nivel local, que meses después, el 3 de junio de 2015, adquirió otras dimensiones a partir de la primera convocatoria Ni Una Menos en todo el país.
Quien escribe el presente artículo participó y tomó registro del evento. Fue, sin dudas, un punto de inflexión y la consigna de los ENM, algo cambia en cada mujer que participa, se cumplió una vez más. En este punto el conocimiento situado, desde una epistemología feminista, habilitó reflexiones que reflejan, también, la perspectiva particular de quien lo vivió. Este enfoque cuestiona la utilización de la objetividad como medio patriarcal de control, el desapego emocional y la idea de que hay un mundo social que puede ser observado de manera externa a la conciencia de las personas (Blazquez Graf, 2012).
La Salta que es linda y que enamora al turismo, como dice el slogan oficial del gobierno, para mediados del año 2014, se presentaba como un escenario donde los derechos y la vida de las mujeres eran avasallados. No obstante, con diferencias y coincidencias, familiares y feministas problematizaban el patrimonio histórico y ponían en discusión el estereotipo de mujer, de madres y otras activistas, que configura la tradición cristina en la Salta colonial (Gonza, 2019), al haber interpelado al poder político, judicial y eclesiástico de la provincia en el espacio público. Esto entró en tensión con los discursos y las prácticas de la salteñidad imperante. Hacer la reconstrucción feminista de este proceso, a nivel local, habilita nuevas reflexiones en torno a los 10 años de la sanción de la EPVG y al femicidio como problema público en Salta.
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Notas
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