Ellen Kennedy, Carl Schmitt en la República de Weimar La quiebra de una constitución,traducción de Pedro Lombana Falcón,Madrid, Tecnos, 2012, 283 pp.
Ellen Kennedy, Carl Schmitt en la República de Weimar La quiebra de una constitución,traducción de Pedro Lombana Falcón,Madrid, Tecnos, 2012, 283 pp.
Revista jangwa Pana, vol. 18, núm. Esp.1, pp. 152-153, 2019
Universidad del Magdalena

| Kennedy Ellen. Carl Schmitt en la República de Weimar La quiebra de una constitución, traducción de Pedro Lombana Falcón. 2012. Madrid. Tecnos. 283pp. |
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Estudiar a los clásicos de la teoría política y del derecho constitucional, resulta un reto académico bastante complicado más si se trata de autores tan controversiales como Carl Schmitt, sin embargo, el libro de la profesora Ellen Kennedy ha sabido superar ese reto.
Carl Schmitt que logró vivir hasta la década de los ochenta del siglo pasado, ha sido un autor bastante criticado por haber pertenecido al Partido Nacional Socialista de los Trabajadores de Alemania desde el 01 de mayo de 1930 bajo el número 2.098.860 (Massot, 2002) y por ser considerado el jurista del nazismo, a pesar de esto la profesora de Pennsylvania se atreve a estudiar su obra y su pensamiento resaltando su aporte principalmente al derecho constitucional contemporáneo.
El libro de la profesora Kennedy, sin entrar a detallar la vida personal de Carl Schmitt, constituye un verdadero análisis de la forma como Schmitt reflexionó sobre los conceptos de lo político, soberanía, Estado, decisionismo judicial y como la teoría política del liberalismo llevarían al fracaso a la República de Weimar. Además de lo anterior, el libro logra mostrar una faceta de este autor poco conocida, su pasión por el arte y la literatura, pero siempre buscando introducir su estudio en el mundo jurídico-político anglosajón (Estados Unidos e Inglaterra), con el fin de levantar su veto académico por la tan cuestionada defensa del nazismo, en su momento.
Quizás unos de los mayores aportes del iuspublicista alemán consisten en determinar el concepto de lo político a través de la distinción amigo-enemigo, así como la importancia de la soberanía del Estado, por ello que sea considerado como “el Hobbes moderno”. La autora persigue con su obra presentar el pensamiento de Schmitt y principalmente su interpretación de los problemas que llevaron al fracaso de la Constitución de Weimar: legitimidad, democracia y representación, división y equilibrio de poder y la crisis general de los valores modernos en un mundo desencantado (p. 36).
La presentación del pensamiento jurídico-político schmittiano por parte de la profesora Ellen Kennedy resulta adecuado, riguroso y práctico. Se debe resaltar su pertinencia, puesto que en la actualidad estamos en el tiempo del derecho de los jueces, o lo que muchos se han atrevido a denominar como la politización de la justicia, situación que siempre cuestionó el abogado alemán, especialmente en lo relacionado con el control constitucional de las normas expedidas por el parlamento por parte de un tribunal constitucional, el cual ejerce funciones judiciales.
Es en este punto donde surge su principal diferencia con Kelsen en cuanto a la pregunta ¿quién debe ser el guardián de la Constitución?, puesto que Schmitt defiende la tesis que es el presidente del Reich a quién le compete ser el garante de la Constitución puesto que este al ser elegido por la ciudadanía posee la legitimidad y neutralidad necesaria, mientras que el autor austriaco sostiene que es un tribunal autónomo y jurisdiccional quién debe ejercer el control constitucional. Esta discrepancia parte de la forma como estos autores conciben a la ley fundamental; el primero como una decisión política, el segundo como una norma jurídica.
Como mencionamos con anterioridad, el libro Carl Schmitt en la República de Weimar La quiebra de una constitución, no pretende ser una crítica al pensamiento de este autor clásico, sino que busca relacionar aspectos de la vida de Schmitt como su amistad con Popitz y la incidencia del pensamiento weberiano en sus posiciones iniciales, así como del romanticismo en sus primeros escritos y la necesaria incorporación al nazismo, puesto que su voluntad fue asumida por el Estado que en ese momento era gobernado por Hittler. De allí, que Schmitt considere que el objetivo político del poder soberano sea la consecución del orden estatal, el cual se logra a través del estado de excepción, argumento que se desarrolla en mayor medida en la Teología Política, quizá la obra más importante del autor alemán.
Entre los aspectos relevantes del pensamiento schmittiano es su férrea defensa de la diferencia entre lo político y lo jurídico, principalmente de una decisión judicial en términos constitucionales, es así como Rosler (2011) señala “[l]a posición de Schmitt es que la ‘juridificación de la política’ es imposible y que en realidad el intento de llevarla a cabo da lugar a la ‘politización del derecho’”, así mismo, como su fuerte crítica al sistema de partidos y la necesidad de la hegemonización de la sociedad.
Otro elemento interesante del libro es que va más allá de lo que se ha escrito de Schmitt, además de relacionar una serie de acontecimientos de la vida de este autor con datos y situaciones exactas, esto se debió quizás a la posibilidad que tuvo la autora de sostener conversaciones con el abogado alemán mientras cursaba su doctorado en Inglaterra, también intenta demostrar como las previsiones y cuestionamientos hechos por él a la Constitución de la República de Weimar predijeron el fracaso de esta. Es así como en el capítulo VI se dedica de manera exclusiva a comprobarlo, puesto que “[e]l constitucionalismo, como teoría política del liberalismo, había fracasado. Y la Constitución, como fundamento del derecho, como referente del discurso jurídico y político, y como marco de la acción política había quebrado” (p. 242) y como la ley fundamental no podía convertirse en una Constitución económica, ya que los asuntos económicos son del resorte del ejecutivo o del Gobierno (p. 244).
Sin duda la obra de la profesora Kennedy, deja ver otra cara de Schmitt, sobretodo que su pensamiento sigue vigente y más en estos tiempos donde prima el activismo judicial y cada vez más se politiza el control constitucional. Prueba de ello es el caso colombiano a través de algunas decisiones de la Corte Constitucional y el poder que adquiere cada día más, siendo ejemplos claros; el control material que puede realizar a los actos legislativos cuando estos sustituyen total o parcialmente nuestro estatuto constitucional, como la declaratoria de inexequibilidad del acto legislativo 1 de 2011, que buscaba que los Congresistas no tuviesen la necesidad de declararse impedidos en la discusión y aprobación de reformas constitucionales, así como lo que se evidencia en los exhortos que le hace al órgano legislativo para que legisle en un determinado sentido, rompiendo con el principio de discrecionalidad legislativa.
La autora revive a Schmitt para enseñarnos que su lectura es necesaria para entender los retos del derecho constitucional contemporáneo y la teoría política, lo que sin duda se convierte en un gran aporte al mundo jurídico anglo-americano y latinoamericano.