Resumen: El lavado de activos es el proceso mediante el cual se obtienen bienes de origen delictivo que se integran al sistema comercial y financiero de manera ilegal, aparentando haber sido obtenidos de manera lícita. El objetivo de este artículo es analizar el impacto del lavado de activos y su efecto en las inversiones del sector empresarial del Ecuador. La investigación tuvo un diseño metodológico cuantitativo y cualitativo. Se realizaron estudios bibliográficos, documentales, artículos académicos y validación de la información por medio de entrevistas con grupos focales, identificando entre los principales hallazgos los siguientes: en Ecuador se han identificado algunas tipologías de lavado de activos y terrorismo lo cual afecta al sector empresarial; se evidencia desarticulación entre las compañías de bienes y servicios y entes de control para aplicar e implementar estrategias y procedimientos adecuados para mitigar la problemática existente; se observan escasos programas de capacitación para concienciar sobre las afectaciones en el sector empresarial relacionadas al riesgo legal, reputacional, económico y financiero de sus inversiones. Se concluyó que es necesario no sólo una propuesta normativa sino también fomentar una cultura de prevención en los sectores empresariales y generar grupos articulados multidisciplinarios para la aplicación de estrategias efectivas en el sector empresarial y entorno económico.
Palabras clave: Dinero y tipos de interés, Evasión fiscal, Consumo, ahorro, producción, empleo e inversión.
Abstract: Money laundering is the process by which assets of criminal origin are obtained that are integrated into the commercial and financial system illegally, appearing to have been obtained legally. The objective of this article is to analyze the impact of money laundering and its effect on the investments of the business sector in Ecuador. The research had a quantitative and qualitative methodological design. Bibliographic studies, documentaries, academic articles and validation of the information were carried out through interviews with focus groups, identifying the following among the main findings: In Ecuador some types of money laundering and terrorism have been identified, which affects the business sector, there is evidence of disarticulation between the companies of goods and services and control entities to apply and implement adequate strategies and procedures to mitigate the existing problem; Few training programs to raise awareness of the effects on the business sector related to the legal, reputational, economic and financial risk of their investments. It was concluded that it is necessary not only a normative proposal but also to promote a culture of prevention in the business sectors and generate multidisciplinary articulated groups for the application of effective strategies in the business sector and economic environment.
Keywords: Money and Interest Rates, Money and Interest Rates, Trade Policy, International Trade Organizations, Tax Evasion and Avoidance, Consumption, Saving, Production, Investment, Labor Markets, and Informal Economy.
Lavado de activos y su efecto en las inversiones del sector empresarial en el Ecuador
Recepción: 17 Febrero 2022
Aprobación: 12 Mayo 2022
Se entiende por lavado de activos al proceso de disfrazar o esconder la fuente, movimiento, destino o uso ilegal de bienes de fondos provenientes de actividades ilícitas, por medio de etapas diseñadas que van desde la colocación, la diversificación e integración. Esta práctica también se conoce como lavado de dinero, blanqueo de capitales, lavado de capitales, legitimación de capitales, o legalización u ocultamiento de bienes provenientes de actividades ilícitas.
Al respecto, Guerrero Luzuriaga et al. (2019) aseveran que las inversiones ilegales o al margen de la ley aparentemente inyectan capital y promueven la reactivación económica a través de medianas y pequeñas empresas, las cuales son más susceptibles al cometimiento del delito en cuestión. Entre estas empresas se encuentran las empresas familiares, empresas de bienes raíces y personas con capacidades emprendedoras sin capital para invertir.
Para entender mejor lo antes expuesto, se conceptualiza ¿Qué es una inversión? Este término se refiere al acto de postergar el beneficio inmediato del bien invertido a cambio de un beneficio futuro probable. Una inversión es una cantidad limitada de dinero que se pone a disposición de terceros, de una empresa o de un conjunto de acciones, con la finalidad que este se incremente y genere rentabilidad (BBVA, 2021).
El lavado de activos, en el tercer milenio, se desarrolla con la aplicación de un modus operandi que aprovecha, a la vez que combina con suma habilidad, las oportunidades y ventajas que le brindan unos espacios comerciales o empresariales globalizados, así como la alta tecnología informática con la que actualmente cuenta la humanidad.
De acuerdo con Varela y Venini (2007), el lavado de activos es un delito que provoca problemas sociales a nivel mundial y en los Estados; en los mercados financieros genera riesgos de iliquidez y pánico bancario al momento de existir grandes sumas de dinero que pueden desaparecer de manera espontánea y sin aviso.
En relación a estos aspectos mencionados el objetivo de esta investigación es analizar el lavado de activos y su efecto en las inversiones del sector empresarial del Ecuador, lo cual contribuirá como un referente investigativo porque a través de esta temática poco investigada se tendrá información respecto al delito de lavado de activos y el efecto inverso que este genera en la rentabilidad de las inversiones, la influencia negativa en el funcionamiento de los mercados, así como el incremento de los riesgos en el entorno económico; ya que como lo expresa De la Torre (2017), este delito, entre otras cosas, también da lugar a que las instituciones y organizaciones se encuentren expuestas a riesgos reputacionales, operativos y legales, lo que puede afectar seriamente a todas sus actividades, así como su permanencia en el mercado.
Para el desarrollo de la investigación fue necesaria una revisión bibliográfica sobre el análisis del marco jurídico, artículos científicos, revisión de páginas web como fuentes confiables y verificadas y se aplicó la técnica de entrevista estructurada, así como encuestas para recolección de información.
Generalidades y características del lavado de activos
La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) conceptualiza el lavado de activos como el proceso a través del cual los bienes de origen delictivo se integran al sistema económico financiero legal, aparentando haber sido obtenidos de forma lícita.
La lógica económica de los inversionistas al margen de la ley es contraria a la de un empresario legal, ya que su objetivo principal no es obtener utilidad sino legitimar capitales obtenidos por medio de actividades ilícitas o al margen de la ley, sin considerar precios y costos acordes con la oferta y demanda, razón por la cual las empresas legales pueden resultar fácilmente expulsadas de los mercados. Por lo tanto, se coincide con Eduardo Fabián Caparrós, el cual asevera que “en tanto no se cuente con instancias universales que controlen este tipo de procesos, será necesario armonizar las legislaciones de manera que la libertad de la nueva era no perjudiquen sus propios fundamentos” (Fabián et al., 2007).
El lavado genera una emisión monetaria de dinero que distorsiona la economía porque aumenta los precios, produce escasez en algunos bienes y servicios, enriquece a una minoría, corrompe a las autoridades y amplios sectores de la población. En esta situación, previamente mencionada, se involucra el sector bancario, esto debido a que se tiende a fortalecer de manera paralela, es decir, existe incremento de la masa monetaria, pero sin controles ni limites, sin encajes ni registros. En el mundo global, algunos bancos, a través de sus filiales ubicadas en paraísos fiscales, descubren otras posibilidades de negocio para el manejo de dólares ilícitos, los cuales no cobran intereses o rendimientos por sus depósitos, a cambio de que se mantenga incógnito el origen de sus fuentes de dinero mediante el secreto bancario. Se estima que el dinero a causa del lavado de activos en el mundo, para la segunda década del siglo
Las cifras estimadas que refleja Latinoamérica sobre el delito de lavado de activos producen un gran número de consecuencias económicas negativas para los mercados y las inversiones legales. La principal amenaza es la capacidad que tienen estos flujos para promover la viabilidad económica de las actividades delictivas, contribuyendo a su propagación y expansión, según ONUDC (2011).
Etapas del avado de Activos
El Grupo de Acción Financiera (GAFI) identifica las etapas del lavado de activos y financiamiento de delitos en tres: colocación, estratificación e inversión, las cuales se detallan en el estudio realizado por González et al. (2011, pág. 43):
1. Colocación: es la etapa donde el lavador se desprende de las cuantiosas sumas de dinero generadas por la actividad delictiva, a través del uso de entidades financieras y otros medios.
2. Estratificación: corresponde a la conversión del dinero en efectivo en instrumentos de pago como, por ejemplo, de la reventa de los bienes adquiridos con los recursos en efectivo y la transferencia electrónica de fondos.
3. Integración: en esta etapa se integra la riqueza obtenida por medio de la venta de inmuebles, empresas pantalla y préstamos simulados.
Bermeo (2015) identifica, entre las formas de lavado de dinero, las siguientes:
Fraccionamiento: Es decir, introducir dinero en el mercado a través de varias transacciones, en complicidad con empleados de instituciones financieras; esta puede darse por extorsión o soborno.
Licuado: corresponde a la mezcla de dinero ilícito con dinero de empresas legales; este es presentado como rentas de la empresa, adquisición de bienes inmuebles, autos y otros, tales como las transacciones entre un vendedor que tiene conocimiento de la procedencia ilegal del dinero, quien vende bienes a precios sobre el valor comercial, siendo la diferencia parte de la comisión para el vendedor. En este caso, el blanqueador luego vende esos bienes a precio de mercado y obtiene dinero lícito.
Contrabando de dinero: se transporta dinero físico desde el exterior hacia otro territorio o país. Las transferencias pueden ser bancarias o electrónicas; estas se realizan vía internet, moviendo fondos ilícitos desde una entidad bancaria a otra, o entre empresas.
Doble facturación: es la facturación falsa de importaciones o exportaciones en que se declaran montos ficticios, de modo que el dinero ilícito aparece como la diferencia entre la sobrefacturación y el valor real.
Garantías de préstamos: otorgar garantías para luego pagar estos préstamos.
Amnistías fiscales: decisión política tomada por los Estados (Bermeo, 2015).
Todas estas formas de lavado de dinero han ido incorporándose en los países a nivel mundial y regional, lo cual ha generado distorsión económica y, en este sentido, se han implementado algunas acciones y estrategias globales para combatir o mitigar estos actos; entre ellas, se ampliará la normativa, los acuerdos, directrices, entidades y organizaciones que promueven mecanismos para prevenir o mitigar los aspectos citados en el párrafo anterior.
Normativa mundial, regional y nacional para prevención y lavado de activos
Es necesario contextualizar que, a nivel internacional, existen varios organismos que luchan contra el lavado de activos a través de estándares internacionales, medidas regulatorias y operativas para lograr la integridad de los sistemas económicos. El principal es el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI o FATF por sus siglas en inglés) (FATF, 2021). El Segundo organismo en importancia es el Grupo Egmont, el cual tiene su sede en Toronto (Canadá) y se ha institucionalizado en una supra estructura de inteligencia financiera. A nivel regional, el principal organismo es el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y en el territorio ecuatoriano es la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), organismo de lucha contra el lavado de activos en el país.
Existe una gran diversidad de organismos e instituciones a nivel mundial que se han preocupado por establecer un marco jurídico o normativo que ayude a mitigar el lavado de activos y financiamiento de delitos, incluyendo el terrorismo, los cuales sirven como instrumentos y mecanismos de control de las actividades mencionadas. Entre los principales órganos internacionales y grupos se encuentran:
• Organización de las Naciones Unidas (ONU)
• Consejo de la Unión Europea
• Organización de Estados Americanos (OEA)
• Grupo de Acción Financiera (GAFI)
• La Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL)
• Grupo Egmont.
• Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC)
• Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT)
• Grupo Asia/Pacífico sobre Lavado de Activos (APG)
• Grupo de Anti Lavado de Dinero de África Oriental y del Sur
Evolución de iniciativas para la prevención de lavado de activos
Existen algunas iniciativas para mitigar lo mencionado en el párrafo anterior; entre ellas, las supranacionales que se describen a continuación:
A nivel de regulaciones se señalan los principales Tratados y Convenios Internacionales, los cuales son parte de procesos y compromisos de Estado, declaraciones y recomendaciones de grupos que han propuesto normativas a nivel internacional y regional. A continuación, se presentan los principales Tratados Internacionales:
Tratados, convenios, declaraciones y recomendaciones preventivas para el lavado de activos en el sector empresarial a nivel nternacional y regional
Existen a nivel mundial algunos tratados y convenios internacionales, los cuales son compromisos de Estados; además, declaraciones y recomendaciones de grupos mencionados en el anterior epígrafe sobre propuestas normativas, algunas a nivel internacional y otras a nivel regional. Entre los tratados se detallan a continuación:
• Convención de las Naciones Unidas sobre fiscalización de drogas, las mismas que se han denominado de la siguiente manera: a) Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, b) Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, c) Convención contra en Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988.
• Convención de Palermo, del año 2000 establecido y publicado por la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
• Convención de Naciones Unidas contra la corrupción
• Convenio de Estrasburgo, relacionado al blanqueo, identificación, embargo y confiscación de los productos del delito
• Directiva de las Comunidades Europeas del año 1991
• Convención Interamericana contra la Corrupción
• Convenio Centroamericano para la prevención y la represión de los delitos de lavado de dinero y activos relacionados con el tráfico ilícito de droga y delitos conexos
• Convención Interamericana contra el terrorismo
• Directiva del Parlamento
• Consejo de la Unión Europea
Entre las declaraciones y recomendaciones de alcance universal que se relacionan con el lavado de activos y financiamiento de delitos, incluido el terrorismo, se mencionan las siguientes:
• Declaración sobre los principios de Basilea para la Prevención de la utilización del Sistema Financiero para el Blanqueo de Fondos de Origen Criminal.
• Declaración de Propósitos del Grupo Egmont, año 1997
• Declaración Política y Plan de Acción contra el Lavado de Activos de la ONU del año 1998
• Las 40 recomendaciones del GAFI
• Las 8 recomendaciones especiales sobre la financiación del terrorismo
• Principios del Wolsgferb
• Las 19 recomendaciones del GAFIC
• Declaración Política del GAFISUD
Existe la necesidad de desarrollar las obligaciones y acciones preventivas económicas o profesionales susceptibles a ser contaminadas por prácticas de este tipo de delito, lo cual debe ser asumido por el derecho interno de cada Estado; en los Estados Americanos, en el artículo 22 del Reglamento Modelo del CICAD-OEA, se ha demandado el compromiso para promover el control en actividades económicas que a continuación se detallan:
1. La venta o traspaso de bienes raíces, armas, metales preciosos, objetos de arte, objetos arqueológicos, joyas, automóviles, barcos, aviones u otros bienes coleccionables y la prestación de servicios relacionados con los viajes o el entretenimiento;
2. Los juegos de azar y operaciones relacionadas a las mismas;
3. La prestación de toda clase de servicios profesionales incluyendo los notariales y contables;
4. Seguros, reaseguros y su corretaje;
5. Inversiones y fondos de inversión;
6. Las relacionadas con la comercialización internacional de bienes, servicios y transferencia de tecnología y la movilización de capitales;
7. El financiamiento de organizaciones no lucrativas o no gubernamentales; o
8. Cualquier actividad comercial que debido a la naturaleza de sus operaciones pudiera ser utilizada para fines relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
El lavado de activos en las inversiones del sector empresarial del Ecuador
Existen en el Ecuador regulaciones para mitigar las afectaciones de las inversiones legales y prevenir el lavado de activos; en este orden, se han considerado, entre otras, las siguientes:
• Es importante considerar, dentro de la normativa nacional, que el lavado de activos está tipificado como delito en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal.
• Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.
• Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos
• La Resolución No. SCVS-DSC-2018-0041, respecto a las normas de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos, criterio institucional emitido por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
• Las Directrices para que las personas naturales elaboren la guía básica de prevención del lavado de activos y del financiamiento de delitos, expedida mediante Resolución No. UAFE-DG-SO-2017-0007 por la UAFE, la misma que se emitió para informar a las personas naturales acerca de los procedimientos de prevención de lavado de activos que deberán aplicar a sus clientes al iniciar la relación comercial o contractual, con el fin de prevenir que la actividad comercial sea utilizada para el cometimiento de delitos.
Es importante resaltar que la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros es el organismo que controla e inspecciona el cumplimiento de las entidades jurídicas para adoptar las medidas de prevención a los sujetos obligados de todas las compañías que son reguladas por esta entidad, y que la Resolución No. SCVS-DSC-2018-0041, respecto a las normas de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos, es el criterio institucional emitido por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, incluyéndose los consorcios que realicen actividades de esta normativa, la cual en el Art. 3 determina lo siguiente:
Los sujetos obligados deben contar con políticas y procedimientos de control para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos; en este sentido, deben adoptar medidas de control apropiadas y suficientes, orientadas a evitar que puedan ser utilizadas como instrumentos de actividades vinculadas al lavado de activos y/o al financiamiento del terrorismo y otros delitos.
En el art. 4 de las políticas que deben adoptar las compañías controladas para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos, se consideran algunos parámetros como: lineamientos para medir, analizar, evaluar y monitorear los riesgos; conocimiento sobre las normas legales y reglamentarias sobre este aspecto; minimizar el grado de exposición inherente al lavado de activos; establecer políticas y procedimientos para conocer al cliente, proveedor, empleado, socio/accionista, mercado y corresponsal, según el caso; definir a los responsables de su implementación y establecer sanciones a socios y empleados que no cumplan con normativa. En este articulado se establece la importancia de la identificación de quienes son parte de la gestión operativa del negocio y verificar su información (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, 2022).
La descripción de controles y deberes preventivos en el sector empresarial del Ecuador se establece en la Resolución No. SCV- INC-DNCDN-2021-002 de la Superintendencia de Compañías, donde de forma específica se enfocan en la política “conozca a su cliente”, “conozca a su mercado”, “conozca a su socio/accionista”, “conozca a su proveedor” y “conozca a su corresponsal”. No obstante, la adecuada implementación operativa es una interrogante, lo cual se determinará e identificará a largo plazo en los indicadores de eficiencia y eficacia de cada una de las empresas.
En el ámbito del sector empresarial, de acuerdo a lo que expresan los artículos 32 y 33 de las Normas de Prevención Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo, se establece que la Junta de Accionistas y/o los socios de las compañías en calidad de sujetos obligados, o el órgano administrativo estatutario competente debe cumplir las responsabilidades para prevenir el lavado de activos y el financiamiento de delitos o terrorismo; así mismo, establece las funciones y competencias de los representantes legales de las compañías, en calidad de sujetos obligados (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, 2021).
En concordancia con De la Torre (2016) “en el caso del Ecuador, este ha recibido calificaciones que lo colocaban como una jurisdicción con deficiencias estratégicas contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo”. En este sentido, el autor plantea estudiar dicha problemática, su incidencia y efectos en las inversiones en el sector empresarial del Ecuador, lo cual permitirá incidir en el fortalecimiento e implementación de los controles previos que derivan en la creación de compañías y el modelo de los controles establecidos, así como transmitir y fomentar el conocimiento sobre la problemática y normativa a fin de promover una cultura de inversiones legítimas, reduciendo el riesgo de mercado y de liquidez en sus inversiones.
Esta investigación presenta un diseño metodológico cuantitativo y cualitativo (Hernández Sampieri et al., 2014), el cual se aplica a través del análisis de fuentes bibliográficas, especialmente revisión de normativas, resoluciones, y regulaciones sobre el lavado de activos en el sector empresarial a nivel global, regional y nacional. Se utilizaron fuentes documentales e investigaciones académicas para el estado del arte. Fue relevante la consideración de artículos de expertos analistas económicos y jurídicos para analizar la problemática del lavado de activos y su repercusión en las inversiones desde una perspectiva empresarial.
En este proceso de análisis también se empleó el método Delphi, aplicando cuestionario estructurado con preguntas a algunos sujetos obligados de sectores estratégicos, con el posterior análisis con expertos para obtener información de carácter cuanti-cualitativo y canalizar aspectos importantes para el objeto de la investigación.
En el contexto de las inversiones en Ecuador, en el año 2019 estas ascendieron a USD 26.908 millones; de ellos, USD 18.440 millones se originaron del sector privado, representando el 68.5% del total de inversión del país. Estas cifras representaron el 17.1 del PIB total, según BCE (2021). Por sectores, se estima que las inversiones inmobiliarias y de construcción representan el mayor porcentaje en el año 2019 (Primicias, 2020). Por otra parte, los montos reportados por operaciones inusuales injustificadas (ROII) a la Unidad de Análisis Financiero y Económico del Ecuador corresponden, en un 43%, a tipologías sobre estructuras comerciales, empresas pantalla, negocios legítimos y obtención de capitales no acorde a perfiles económicos, todas relacionadas al ámbito inversiones, siendo esta la primera de las tipologías reportadas por los sujetos obligados (UAFE, 2019).
De acuerdo a la Evaluación Nacional de Riesgos, realizada por la (UAFE, 2021) en la cual presenta un reporte con la finalidad de esta información tener un diseño de un plan de acción eficaz en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo a nivel nacional. Entre los principales resultados se obtuvieron los siguientes:
• Se evidenció un nivel de amenaza de lavado de activos de “medio – alto”, mientras que, el nivel de vulnerabilidad también se ubica en un nivel “medio – alto”. La vulnerabilidad al lavado de activos está compuesta por la variable de vulnerabilidad sectorial (medio-alta) y la habilidad de combate nacional (medio-bajo). Por tanto, el riesgo de lavado de activos en Ecuador es medio – alto
• Entre las principales amenazas se hallaron las siguientes: Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, Evasión fiscal, Robo (vehículos), Contrabando, Corrupción.
• Se menciona también que la corrupción en el país tiene relación con los procesos de contratación pública. El fraude y soborno en la contratación pública se presenta de diversas formas utilizando múltiples modelos y estructuras dificultando su identificación. De igual forma, ocurre con la evasión fiscal y contrabando que genera pérdidas para el Estado y afecta a sectores vulnerables.
• Las deficiencias en las normas deben ser objeto de corrección urgente y prioritaria de acuerdo con un plan integral que incluya tanto modificaciones de alcance subjetivo como la designación y fortalecimiento de organismos supervisores.
Es necesario acotar que la UAFE y la OEA (2020) presentan una guía sobre las tipologías sobre el lavado de activos, financiamiento de delitos como el terrorismo en el Ecuador y qué medidas de prevención deben considerar los sujetos obligados como mecanismos o procedimientos necesarios en cada uno de los sectores mencionados. En este sentido, se explican 11 casos de situaciones, las cuales se basan en hechos reales identificadas en el Ecuador; a partir de aquello se exponen las señales de alerta y medidas de prevención a utilizarse por parte de los sujetos obligados, para mitigar la situación en mención. Entre los principales hallazgos en los casos en mención se identifican los siguientes:
1. Uso de documentos adulterados para la adquisición de vehículos de alto valor.
2. Uso inadecuado de productos financieros en cuentas de personas expuestas políticamente.
3. Lavado de activos a través de exportaciones sobrevaloradas.
4. Uso de exportaciones de oro para canalizar dinero ilícito.
5. Transporte y comercialización de productos agrícolas ingresados al país de forma irregular.
6. Desvío de recursos públicos por prestación de servicios y adquisición de suministros y materiales.
7. Comercialización de vehículos con dinero de origen ilícito.
8. Empresas de colocación de créditos con dinero de origen ilícito y contratos de pago de intereses mayores a los permitidos por la ley.
9. Uso de empresas fantasma para realizar actos de defraudación tributaria utilizando el sistema financiero nacional.
10. Uso de empresas fachada para dar apariencia de legalidad a fondos y bienes obtenidos de forma ilícita.
11. Uso de “cuentas de embudo” para ocultar fondos ilícitos.
En el caso del Ecuador, existe el Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas que la UAFE remite a la Fiscalía General del Estado para que esta, en el ámbito de sus competencias, lidere las fases pre procesal y procesal. Existe un caso de este tipo de sentencias en el cual se considera el siguiente ejemplo: El Tribunal de Garantías Penales, acogiendo la tesis de la Fiscalía General del Estado, de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco de Asís, en calidad de acusadores particulares, declaró la culpabilidad de cuatro exfuncionarios de la Cooperativa en mención. El Tribunal impuso la pena privativa de libertad de 9 años para Johnny A. y Angélica A.; y de 6 años para Johanna Z. y María E. Además, de conformidad con el último inciso del Art. 317 del Código Orgánico Integral Penal, ordenó el decomiso de bienes y el pago de una multa de alrededor de USD 11.5 millones, correspondientes al duplo del monto de lavado de activos. Este caso particular se toma como referencia de análisis sobre los acontecimientos particularizados en la investigación.
Resultados de expertos
Se realizó un grupo focal con entrevistas vía telemática, con un total de ocho expertos en las áreas administrativas, económicas y de riesgos, vinculados al sector financiero y de la docencia, entre los cuales se indagó sobre las afectaciones que puede provocar el lavado de activos en el sector empresarial ecuatoriano; como resultados relevantes, se detallan los siguientes:
Tabla 2. Resumen de expertos sobre el lavado de activos en las inversiones del sector empresarial.
Resultados de aplicación de entrevistas en sectores estratégicos
• De acuerdo a los resultados obtenidos, el 74% de las personas manifestó que conoce parcialmente sobre la Ley de Lavado de Activos en el Ecuador, mientras el 20% indicó que no y que desconoce totalmente el tema; sin embargo, el 4% si conoce totalmente la ley y el 2% restante expresó que le es indiferente, lo cual evidencia que la gran mayoría conocen parcialmente la ley de activos en el Ecuador y existe una minoría que si conoce totalmente del tema. Estos datos reflejan que es necesario la implementación de procesos de difusión y comunicación más efectivos para que exista pleno conocimiento sobre la normativa y de qué manera se aplicaría a sus organizaciones y/o empresas.
• Existe un conocimiento parcial por parte de los sectores empresariales sobre las consecuencias penales por cometer el delito de lavado de activos en el Ecuador; en este sentido, el poco conocimiento sobre las medidas de prevención y/o procedimientos a seguir por parte de las entidades reguladoras y de control, no los exime de las sanciones establecidas por incumplimiento de dichas normativas civiles y penales establecidas en la normativa jurídica ecuatoriana.
De acuerdo a la Organización de Estados Americanos (OEA), se plantea la necesidad de combatir el lavado de activos desde el Sistema Judicial. En este sentido, se manifiesta que:
El lavado de activos asociado a las diversas tipologías utilizadas por la delincuencia organizada viene alcanzado un protagonismo cada vez mayor y más complejo en nuestra región y sus consecuencias afectan indiscutiblemente la estabilidad democrática, la integridad de los mercados financieros y el bienestar social, provocando distorsión económica, inestabilidad política e inseguridad. Además, por tratarse el lavado de activos de un fenómeno transnacional, combatirlo exige que los poderes estatales aúnen esfuerzos en la búsqueda de una respuesta integral, multidimensional y multidisciplinar en el marco de estrategias que incluyan como eje central un alto grado de cooperación regional e internacional (2014)
En coincidencia con lo expresado por la OEA y autores como Guerrero et al. (2019), el Estado ecuatoriano debe incrementar datos estadísticos e investigaciones en materia del lavado de activos, los cuales proporcionen datos actualizados y verídicos que sean de fácil acceso para poder diagnosticar la situación interna del país, a la vez que permita tener una perspectiva cuantitativa que dé más realidad e influya en la medición del impacto real de la economía del país desde el ámbito productivo y económico. A pesar de que en el caso del Ecuador existe el Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas, que la UAFE remite a la Fiscalía General del Estado para que esta, en el ámbito de sus competencias, lidere las fases pre procesal y procesal, no hay datos suficientes sobre investigaciones desde un criterio académico.
Tal como lo expresan (Cordero, Caparros, Saldarriaga, Santander, & Zaragoza, 2014) el lavado de activos asociado a las tipologías por la delincuencia organizada ha ido generando cada vez mayor protagonismo en la región latinoamericana, y ha traído muchas consecuencias para la estabilidad democrática, la integridad de los mercados financieros y el bienestar social, lo cual provoca distorsión económica, inestabilidad política e inseguridad, lo cual afecta relativamente a las inversiones y al ser el lavado de activos una situación de orden transnacional, para lograr mitigar o combatir esta problemática se requieren esfuerzos a través de una estructura integral multidimensional y multidisciplinaria para generar estrategias con énfasis en la cooperación regional e internacional.
Por lo anteriormente expuesto, y en coincidencia con los resultados obtenidos, es importante contar con el compromiso y cooperación entre las organizaciones de prevención a nivel mundial y regional, los organismos de control internos del país, los gerentes, representantes legales, sujetos obligados, miembros de la academia y demás vinculados en el entorno empresarial, quienes deben tener pleno conocimiento sobre las normativas, procedimientos y acciones a cumplir para mitigar los efectos o riesgos económicos que inciden en el uso indebido de fondos para la economía del país. En este sentido, es principalmente relevante el fomento de una educación integral sobre el recurso del dinero, de manera que sea lícita para la sostenibilidad del Ecuador. En la investigación se hace énfasis sobre la importancia de analizar el riesgo del lavado de activos en el sector empresarial y cómo incide en la economía el desconocimiento de los procedimientos, directrices y mecanismos para la gestión adecuada en este ámbito; por lo tanto, la articulación de diversos organismos públicos y privados permitirá fortalecer los procedimientos e incluso incentivar a una cultura adecuada para prevención de lavado de activos, con la finalidad de tener inversiones lícitas en el Ecuador.
El lavado de activos tiene diversas formas, métodos y etapas para su implementación; las diversas tipologías de lavado de activos han sido un aspecto de preocupación mundial y regional para establecer una normativa jurídica que mitigue el aumento de estos tipos de acciones. De acuerdo al marco jurídico analizado, se evidencia que existen acuerdos internacionales y mecanismos para que el sistema económico combata este tipo de acciones ilegales; sin embargo, pese a que existen referentes normativos, grupos y entidades de control que direccionan acciones a seguir y estrategias para mitigar los aspectos relacionados a este contexto, se determina que existe una desarticulación para actuar de manera práctica en los procedimientos de control y estrategias en el ámbito empresarial, los cuales involucren al Estado-La Empresa-La Academia-Grupos o entidades de Control y prevención de manera coherente, eficiente y sostenible.
Sobre las obligaciones y normas de los sujetos obligados, inversionistas, gerentes de empresas, pequeños y medianos comerciantes, se evidencia un conocimiento superficial de la normativa y leyes pertinentes, así como escasos programas de formación o capacitación que permitan crear criterios razonables para la mitigación del lavado de activos; este desconocimiento, en la mayoría de los casos, corresponde a una inadecuada aplicación de procedimientos sobre prevención del lavado de activos y las acciones legales que pueden enfrentar ante el caso omiso a lo establecido en la normativa jurídica. Se considera importante también implementar planes y estrategias de control que permitan a los entes reguladores, como el SRI y Superintendencia de Compañías, establecer análisis profundos sobre el lavado de activos en los mercados económicos, a fin de mitigar adecuadamente la problemática, garantizando mercados dinámicos con una libre y apropiada competencia, promoviendo la atracción de inversiones en todos sus segmentos.
Respecto a los efectos económicos y financieros que generan el lavado de activos en las inversiones del sector empresarial del Ecuador, de acuerdo al análisis de la investigación se distinguen principalmente los siguientes: crisis reputacional e intervención de las compañías, crecimiento y desarrollo; en segunda instancia, deterioro y abandono de la institucionalidad, además de que se desvirtúa el rendimiento por sector económico y el análisis del PIB, lo cual incide en una distorsión de la economía y un acelerado crecimiento que atenta contra la libre y leal competencia de mercado, provocando a su vez efectos a mediano y largo plazo en el contexto del entorno empresarial ecuatoriano. En este sentido, es necesario que las autoridades competentes y entidades de prevención se articulen para los fines pertinentes.