Gobernanza en los parlamentos de América del Sur: periodicidad de la presidencia, mesa directiva y ejercicios presupuestales
Governance in South American parliaments: periodicity of the presidency, board of directors and budgetary exercises
Gobernanza en los parlamentos de América del Sur: periodicidad de la presidencia, mesa directiva y ejercicios presupuestales
Revista Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo, vol. 11, no. 2, 2024
Universidad Nacional del Litoral
Received: 29 January 2024
Accepted: 02 June 2024
Resumen: El objetivo del estudio fue conocer si la periodicidad del periodo parlamentario en América del Sur coincide con el ejercicio presupuestal para la aprobación de las políticas públicas y su posterior implementación. El diseño del estudio fue retrospectivo, pues se basó en el uso de datos secundarios, y utilizó la técnica de la revisión legal. Se halló que la mayoría de los países en América del Sur tienen parlamentos cuyas presidencias y mesas directivas duran solo un año. Asimismo, el ejercicio presupuestal de los parlamentos, para la presidencia y mesas directivas en todos los casos estudiados corresponde a solo un año, e inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre, por lo que existe un descalce con el periodo de inicio de funciones de estos órganos parlamentarios, resultando una limitante en el ejercicio de sus funciones.
Palabras clave: gobernabilidad, planificación, políticas públicas, presupuestos, parlamentos.
Abstract: The objective of the study was to determine whether the periodicity of the parliamentary term in South America coincides with the budgetary period for the approval of public policies and their subsequent implementation. The design of the study was retrospective, as it was based on the use of secondary data and used the legal review technique. It was found that most countries in South America have parliaments whose presidencies and boards of directors last only one year. Likewise, the budgetary exercise of parliaments, for the presidency and executive boards in all the cases studied, corresponds to only one year, and begins on January 1 and ends on December 31, so there is a mismatch with the period in which these parliamentary bodies begin their functions, resulting in a limitation in the exercise of their functions.
Keywords: governance, planning, public policies, budgets, parliaments.
1. Introducción
La gobernanza de los parlamentos es fundamental en un contexto como el latinoamericano. Así, debemos tener en cuenta que el concepto de gobernanza ha ganado un espacio protagónico en el discurso de académicos, investigadores y practicantes de los asuntos públicos del hemisferio norte; y algún grado de protagonismo en el hemisferio sur. Se concibe la gobernanza como la realización de relaciones políticas entre diversos actores involucrados en el proceso de decidir, ejecutar y evaluar decisiones sobre asuntos de interés público, proceso que puede ser caracterizado como un juego de poder[1]. E incluso es aplicado al funcionamiento de otros organismos que no son de orden político[2]. Sin embargo, en la práctica este término sigue siendo relativamente poco conocido.
En este sentido, de manera comparada se observa un desarrollo diferenciado de la gobernanza en los parlamentos en los distintos países de Latinoamérica, e incluso de este grupo con países de Europa, como Holanda, Francia y Gran Bretaña. De esta forma, los sistemas democráticos en los países de Latinoamérica se encuentran en vías de su consolidación, algunos con mayores avances que otros[3]. Asimismo, la incorporación de los instrumentos de gobernanza ha sido relevante sobre las experiencias de algunos países latinoamericanos. Es así como la gobernanza democrática resulta ser una opción viable para el fortalecimiento de la calidad de la democracia en América Latina.
En América del Sur, el concepto de gobernanza en organismos públicos se viene aplicando a la administración pública para la búsqueda de planificación de políticas públicas predecibles y perdurables en el tiempo, con el objeto de reducir la incertidumbre. Además, se aplica para la eficiencia en el gasto público, pero sobre todo se hace para lograr una adecuada gobernabilidad; introduciendo las variables referidas a la planificación, tiempo y eficiencia para ejecutar políticas públicas. Y sienta las bases para una adecuada gestión económica y financiera, en lo referido a la gestión presupuestal, en su organización[4]. Así, es necesario fortalecer la gobernanza en el Parlamento, por medio de la adecuación y acercamiento de sus estructuras administrativas y políticas orientadas a sus funciones[5]. En esta misma línea, es importante medir la gobernanza con indicadores que representen la capacidad, y la rendición de cuentas, entre los que se encuentra el manejo presupuestal, calidad de la regulación, control de la corrupción y estabilidad[6].
En este contexto resulta relevante analizar de manera comparada el factor de periodicidad que se incorpora en la gobernanza de los parlamentos de América del Sur, es decir, la duración de su presidencia y mesas directivas (fechas de inicio y termino) que son concordantes con la duración de sus ejercicios presupuestales. Ello debido a que estos factores son fundamentales en el desempeño de los parlamentos, los cuales requieren -para poder ejercer sus funciones- una adecuada planificación y ejecución de sus políticas públicas considerando la existencia de continuidad a lo largo del tiempo.
De ahí que estudiar este fenómeno coadyuva a explicar comparativamente el factor periodicidad de la gobernanza con el ejercicio presupuestal de los parlamentos de América del Sur. Al mismo tiempo, desde una perspectiva institucional, sirve para explicar las reglas de juego concernientes al tiempo de elección de las presidencias y mesas directivas y la periodicidad del ejercicio presupuestal que son poco conocidas y comprendidas por la ciudadanía de los países. Y en general, dichos aspectos han sido poco abordados desde el punto de vista del derecho y de la gestión pública.
En cuanto, a la gobernanza de los parlamentos se debe destacar que los presidentes de las Asambleas parlamentarias nacionales tienen una posición destacada en el seno de los Parlamentos y que éstos no podrían funcionar sin ellos[7]. Por lo que el periodo en el que ejercen sus funciones determina cómo se llevan a cabo las labores al interior del Parlamento durante dicho periodo.
Así, la evidencia[8] muestra el papel de las organizaciones e instituciones en la gobernanza del Parlamento, analizando la gobernanza en los parlamentos y evaluando el nivel y el tipo de gobernanza en cuerpos legislativos, específicamente el tipo de gobernanza ejercido por las mesas directivas. Además, se indica que existe gran heterogeneidad en el papel de la junta directiva sobre la gobernanza del parlamento, revelando que cada parlamento desarrolla una solución propia e inherente para los aspectos referidos a su gobernanza.
En cuanto a la gobernanza de los parlamentos de América del Sur los estudios son escasos. Por consiguiente, para coadyuvar con la generación de evidencia sobre la gobernanza de los parlamentos el presente estudio busca describir comparativamente la periodicidad de la gobernanza de los parlamentos de América del Sur, así como la relación con sus períodos presupuestales. Ello permitirá conocer de manera comparada la periodicidad de gobierno con que cuentan las presidencias y mesas directivas de los parlamentos y de sus presupuestos para planificar y ejecutar sus políticas públicas.
2. Fundamentos de la gobernanza, periodicidad de las presidencias y mesas directivas, y ejercicios presupuestales en los parlamentos de América del Sur
2.1. Gobernanza en los parlamentos
En Latinoamérica, la aplicación de los principios de gobernanza es reciente y sobre todo se ha comenzado a aplicar en el Poder Ejecutivo. Ello con el objeto de fortalecer la gobernabilidad en los gobiernos mediante el establecimiento de políticas públicas que respeten la institucionalidad democrática. De manera que, estas generen mayor certidumbre, sean perdurables y predecibles en el tiempo[9]. E incluso en este contexto existe fragilidad en la estructura de la gobernanza en los distintos niveles de gobierno[10].
Al respecto, se debe analizar el concepto de gobernanza como juego de poder y su proceso de cambio a lo largo del tiempo. Así, existen transformaciones que se han presentado en el concepto de gobernanza desde de la emergencia de la Pos-Nueva Gestión Pública, y que los paradigmas en materia de organización del Estado, administración pública y gestión de lo público han cambiado durante la última década del siglo XX y las primeras dos del siglo XXI[11]. De esta manera, los cambios antes mencionados repercuten sobre las interacciones entre los aparatos públicos y la sociedad. Pero, sobre todo, la gobernanza implica la toma de decisiones, y en el contexto de los parlamentos, estas inciden sobre el ejercicio de sus funciones[12].
Ahora bien, la gobernanza en los parlamentos está muy ligada al accionar de quienes tienen la responsabilidad de conducirla. De esta manera, la revisión de las características de la función presidencial dentro del Parlamento muestra que los presidentes de las Asambleas parlamentarias nacionales tienen una posición destacada en el seno de los parlamentos y que éstos no podrían funcionar sin ellos[13]. En este sentido, la labor de la presidencia del Parlamento, como órgano colegiado, define la gobernanza y responde a las necesidades de esta entidad en un momento determinado.
A pesar de ello, se observa que los efectos de la gobernanza a nivel de los parlamentos de América del Sur aún han sido poco investigados, en especial sobre la periodicidad de los mandatos de los presidentes y mesas directivas de los parlamentos, en correspondencia con los ejercicios presupuestales, más aún si se considera que estos órganos en el parlamento son quienes dirigen toda la labor política y administrativa. Además, que esta labor está supeditada al ejercicio presupuestal que le permita realizar sus funciones[14], las mismas que se refieren a su labor de representación, control político y dación de leyes a través del análisis de los proyectos planteados por el Ejecutivo[15], que incluso repercuten sobre aspectos referidos al tratamiento de la corrupción[16].
Esto coincide con los estudios que buscan analizar el papel de las comisiones y los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados en España. Así, la gobernanza del Congreso de los Diputados responde a la matriz institucional implantada para la formación de las políticas públicas en el Estado español, y mediante el análisis institucional comparativo entre el caso español y el estadounidense evidencia las diferencias entre ambos modelos[17]. Además, esta gobernanza también incide sobre la forma en que se toman las decisiones en los organismos parlamentarios supranacionales como en el Parlamento Europeo[18]. Asimismo, también guarda relación, finalmente, con la capacidad de respuesta que tienen estos parlamentos sobre el ámbito de su representación[19].
Igualmente, cuando se trata de responder la pregunta ¿cuál es el papel de la junta directiva (entiéndase como el órgano de gobierno de los parlamentos) en la gobernanza del parlamento?, analizando la gobernanza en los parlamentos evalúan el nivel y el tipo de gobernanza en cuerpos legislativos se halló que existe gran heterogeneidad en el papel de la junta directiva sobre la gobernanza del parlamento, revelando que cada parlamento desarrolla una solución propia e inherente para los aspectos referidos a su gobernanza[20]. De esta manera, resulta relevante analizar ¿Cuál es la temporalidad de los periodos de gobierno parlamentarios de América del Sur, y si estos concuerdan con el desarrollo de los ejercicios presupuestales para planificar y ejecutar sus funciones?
2.2. Periodicidad de las presidencias y mesas directivas de los parlamentos de América del Sur
Los países originados de los virreinatos españoles construyeron sus democracias con tendencias presidencialistas influenciados por la declaración de independencia de las tres colonias inglesas que se convirtieron en los Estados Unidos de Norte América, pero también recogen la visión de un parlamento autónomo y fuerte dentro de la división de poder que sustento la revolución francesa. Luego, un siglo después se volteó la mirada al sistema parlamentarista español y se trasladaron algunas de sus instituciones a nuestros parlamentos. Así, América del Sur fue construyendo su historia parlamentaria. Y en el caso del Parlamento de Brasil, este tiene otros orígenes históricos, derivado de lo que fue el imperio portugués.
Ahora bien, en los países de América del Sur la elección presidencial y parlamentaria es simultánea y por el mismo período; esto es, se tiene un presidente del ejecutivo que gobernará por todo el periodo por el que ha sido elegido. En el Parlamento, siendo un órgano multipartidario conformado de acuerdo con la proporción electoral que obtuvo su elección cada agrupación política, se elige un presidente y una mesa directiva ¿por todo el periodo parlamentario o por determinadas legislaturas? Por tal motivo, es relevante mostrar el período exacto por el que son elegidos los parlamentos, considerando que esto es heterogéneo para los países en América del Sur.
Así mismo se debe señalar que el mandato presidencial del ejecutivo siempre está establecido en la Constitución Política de cada país al igual que el período parlamentario. Sin embargo, el tiempo de duración de la presidencia y mesa directiva de los parlamentos rara vez esta plasmada en el texto constitucional. De manera que, esta particularidad se encuentra regularmente en el estatuto o los reglamentos parlamentarios que rigen su funcionamiento; con características propias de elección, así como de la posible reelección.
2.3. Periodicidad de los ejercicios presupuestales de los parlamentos de América del Sur
En América del Sur, la elaboración de los presupuestos públicos es responsabilidad del Poder Ejecutivo, y es un ejercicio que se realiza de manera anual, con excepción de Uruguay. El proceso de formulación de estos presupuestos comienza generalmente en el segundo semestre del año y culmina con la aprobación de los presupuestos por parte de sus respectivos cuerpos legislativos antes de que finalice el año fiscal.
Además, el proceso de aprobación del presupuesto se inicia con la presentación del proyectopor el Poder Ejecutivo ante el Poder Legislativo en el que es previamente remitido a cuerpos especializados (en la mayoría de los casos comisiones parlamentarias) donde se revisa, debate y modifica, para finalmente ser puesto al debate general de los plenarios que finalmente aprueba el presupuesto.La participación del Parlamento en un Estado democrático sirve para garantizar la transparencia, el equilibrio de poderes y la supervisión de la distribución y utilización de los recursos públicos.
Por lo tanto, los fundamentos normativos de los periodos presupuestales en los países de América del Sur son:
En Argentina su Constitución Nacional Argentina en los artículos 75 y 100 trata el tema presupuestal[21] y en la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional (Ley 24.156)
En Bolivia la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia se establece la regulación anual en el Artículo 322[22] y la norma específica es la ley Ley N.º 2042 de Administración Presupuestaria
En Brasil la Constitución Federal de Brasil se trata el tema presupuestal en su artículo 61[23], y en la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF), la Ley Complementaria Nº 101 de 4 de mayo de 2000.
En Chile desarrolla el tema presupuestario en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 67[24]y en el Decreto Ley 1263 Decreto Ley orgánico de administración financiera del Estado.
En Colombia tenemos que la Constitución Política de Colombia trata el tema presupuestal anual en el artículo 346[25] y en el Estatuto Orgánico del Presupuesto (Decreto 111/96)
En Ecuador la Constitución de la República del Ecuador trata el tema presupuestario en el artículo 294[26] y en su Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas
En Paraguay tenemos que la Constitución Nacional del Paraguay regula el tema presupuestario en el artículo 216[27] y se desarrolla en la Ley que modifica la ley 1.535/99 de Administración Financiera del Estado
En Perú el tema presupuestal se desarrolla en la Constitución Política del Perú artículo 77[28] y en la Ley N.º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
En Uruguay en la Constitución de la República Oriental del Uruguay encontramos que el tema presupuestario es tratado en los artículos 108, 211, 214[29] en los cuales se establece que el Poder Ejecutivo proyectará con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Presupuesto Nacional que regirá para su período de Gobierno y lo presentará al Poder Legislativo dentro de los seis primeros meses del ejercicio de su mandato. Así mismo tenemos la Ley de Presupuesto Nacional 2020-2024. Ley 19.924
En Venezuela la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela trata el tema presupuestario en el artículo 313[30] y en su Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público Gaceta Oficial N° 37.606 del 9 enero 2003.
Así los países tienen prácticas específicas para su aprobación que varían de un país a otro, nueve tiene una periodicidad anual es decir el año fiscal que comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre, difiere en Uruguay que como hemos visto es por el mandato de gobierno.
Los parlamentos basados en su autonomía tienen un procedimiento especial en el que la elaboración y aprobación es de su exclusiva competencia; pero se rige por el mismo periodo de tiempo del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
3. Estrategia metodológica
El diseño del estudio fue retrospectivo, pues se basó en el uso de datos secundarios, y transversal debido a que los datos fueron recolectados en un momento en el tiempo. En específico se utilizaron los datos secundarios para recopilar la información de la periodicidad de la gobernanza y presupuestos de los parlamentos de América del Sur como Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Uruguay, Paraguay, Perú y Venezuela; y sobre esa base se realizó el análisis de la periodicidad de las presidencias y mesas directivas de los referidos parlamentos.
Además, el enfoque del estudio fue de naturaleza retrodictiva que se refiere a la descripción y la explicación del pasado. En esta descripción se presentaron las normas constitucionales o reglamentarias referidas a la periodicidad de las presidencias y mesas directivas de los parlamentos de América del Sur, y se realizaron comparaciones entre los periodos de duración de la gobernanza de los parlamentos estudiados y sus respectivos ejercicios presupuestales. Así, a través de este enfoque se buscó explicar cómo influye la periodicidad de los periodos parlamentarios en las políticas públicas y su implementación.
De esta manera, se buscó responder a la pregunta que se presenta a continuación: ¿la periodicidad del periodo parlamentario coincide con el ejercicio presupuestal para el desarrollo de las políticas públicas y su implementación? Siendo así, la técnica usada para recabar los datos para el presente estudio fue la documentación, que sirvió para comparar el tiempo de duración de las presidencias o mesas directivas de los parlamentos y su relación con sus periodos presupuestales, y así poder explicar si el periodo parlamentario permite planificar y ejecutar sus políticas públicas. Siendo así, se elaboraron tablas para la sistematización de la periodicidad de la directiva y las mesas directivas.
En este marco de estudio, se realizó el de las instituciones de los países de América del Sur referidas a la periodicidad de los parlamentos. Así, se examinaron las reglas de juego referidas a las características de los parlamentos que están ceñidas en sus cartas magnas, reglamentos o estatutos parlamentarios buscando específicamente los alcances referidos a su periodicidad.
4. Resultados
4.1. Descripción de la periodicidad de las presidencias y mesas directivas de los parlamentos de América del Sur
A continuación, se describen país por país los instrumentos legales, sea Constitución, reglamento o estatuto parlamentario en el cual se precisa o señala la periodicidad de los parlamentos de América del Sur.
Parlamento argentino
La Constitución vigente de Argentina es la aprobada en 1853 por una Asamblea Constituyente compuesta por representantes de trece provincias reunidos en la ciudad de Santa Fe. Esta Constitución fue reformada en los años 1860, 1866, 1898, 1949, 1957, 172 y 1994; establece dos Cámaras (bicameral), una de diputados de la Nación y otra de senadores (artículo 44), los diputados son elegidos por un plazo de cuatro años y los senadores por un plazo de seis años (artículo 50 y 56)[31]; es el Reglamento de la Cámara de Senadores de la Nación la que establece la duración del mandato de la mesa directiva, como pasamos a ver: “Art. 5. El presidente provisional, el vicepresidente, el vicepresidente 1º y el vicepresidente 2º duran en sus funciones hasta el último día del mes de febrero del año siguiente al de su elección. Si vencida esta fecha no se han elegido nuevas autoridades continuarán en el desempeño de sus funciones, hasta que así se haga”[32].
En cuanto a la cámara de diputados, es el Reglamento el que establece una norma similar a la de los senadores en el “Artículo 37. El presidente y vicepresidentes nombrados con arreglo al artículo 2° durarán en sus funciones un año. Si vencido el término no hubieren sido reemplazados de acuerdo a lo establecido por el mismo artículo, continuarán en el desempeño de sus funciones hasta que así se hiciere”[33].
Cabe señalar que los reglamentos han sido aprobados en el año 2002 y entraron en vigencia el 2003, sin embargo, la elección anual es muy propia desde inicios de su república.
Parlamento boliviano
La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, está vigente desde el 7 de febrero de 2009; establece una Asamblea Legislativa Plurinacional compuesta por dos cámaras, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores (artículo 145); establece que el mandato es por cinco años pudiendo ser reelectos por una sola vez. (artículo156), es menester señalar, que diferencia la dirección de la Asamblea Legislativa Plurinacional de las cámaras; así el Vicepresidente del Estado preside la Asamblea Legislativa Plurinacional (Artículo 153)[34].
En cuanto a las cámaras se establece que tienen como atribución elegir a su directiva, así como determinar su organización interna y su funcionamiento (artículos 159 y 160).
El Reglamento General de la Cámara de Senadores, establece que la elección de la directiva de la Cámara es por un período legislativo, así se establece en el “Artículo 35. (Composición y Elección). I. La Directiva Camaral está conformada por una Presidenta o un Presidente, dos Vicepresidentas o dos Vicepresidentes y tres Secretarias o Secretarios, que durarán en funciones un período legislativo (…)”[35].
Es necesario señalar que el Artículo 50 establece que: “La designación de los miembros Titulares de las Comisiones y Comités tendrá vigencia por una legislatura y podrán ser reelegidos en la misma Comisión o Comité solo por un período anual”[36].
El Reglamento de la Cámara de diputados establece una diferencia con la cámara de senadores ya que señala que la elección es por cada legislatura así se establece en el “ARTÍCULO 33° (Composición y Elección). La Cámara elegirá, de entre sus miembros titulares, por mayoría absoluta de los presentes y en cada legislatura, (...)”[37].
Parlamento brasileño
La Constitución de la República Federativa de Brasil de 1988, vigente a la cual se le ha realizado 119 reformas al 2021; establece como su denominación “Congreso Nacional”, compuesta por dos Cámaras: Diputados y Senado Federal (artículo 44). El mandato de los diputados[38] es de cuatro años y de senadores federales es de ocho años (artículos 27 y 46).
La constitución faculta a que las cámaras elaboren sus reglamentos internos, pero establece en el numeral 4 del artículo 57 que las mesas tienen un mandato de dos años sin reelección, veamos: “4. Cada una de las Cámaras se reunirá en sesiones preparatorias, a partir del 1 de febrero, en el primer año de la legislatura, para la toma de posesión de sus miembros y la elección de las Mesas respectivas, por mandato de dos años, prohibiéndose la renovación en el mismo puesto en la elección inmediatamente posterior (…)”[39].
Parlamento colombiano
Colombia está regida por la Constitución Política de 1991, la cual establece dos cámaras Senado y Cámara de Representantes elegidos para un período de cuatro años, (artículo 132); es el artículo 147 de la Constitución el que establece que las mesas directivas de las cámaras y sus Comisiones permanente se eligen cada año y sin reelección, conforme se encuentra redactado en el “ARTICULO 147º—Las mesas directivas de las cámaras y de sus comisiones permanentes serán renovadas cada año, para la legislatura que se inicia el 20 de julio, y ninguno de sus miembros podrá ser reelegido dentro del mismo cuatrienio constitucional”[40].
El referido mandato constitucional es recogido por la Ley 5 de 1992, denominada Reglamento del Congreso; el Senado y la Cámara de Representantes de Colombia, que en su artículo 40 reproduce el mismo mandato y lo extiende a comisiones bajo el mismo mandato de no reelección[41].
ARTÍCULO 40. COMPOSICIÓN, PERÍODO Y NO REELECCIÓN. La Mesa Directiva de cada Cámara se compondrá de un Presidente y dos Vicepresidentes, elegidos separadamente para un período de un año y a partir del 20 de julio.
Las Minorías tendrán participación en las Primeras Vicepresidencias de las Mesas Directivas de Senado y Cámara, a través del partido o movimiento mayoritario entre las minorías.
Ningún Congresista podrá ser reelegido en la respectiva Mesa Directiva dentro del mismo cuatrienio constitucional.
Las Mesas Directivas de las Cámaras, y de sus Comisiones, serán renovadas cada año, para la legislatura que se inicia el 20 de julio, y ninguno de sus miembros podrá ser reelegido dentro del mismo cuatrienio constitucional.
Parlamento chileno
La Constitución Política de la República de Chilefue aprobada el 8 de agosto de 1980 después de su ratificación vía plebiscito, entró en vigor el 11 de marzo 1981; de acuerdo con los datos del Tribunal Constitucional y de la Biblioteca del Congreso chileno se han realizado 257 modificaciones a través de 52 leyes de reforma. El 25 de octubre 2020 se aprobó mediante plebiscito redactar una nueva constitución a través de una Convención Nacional; sin embargo, el plebiscito ratificatorio de septiembre del 2022 rechazó la nueva constitución, ergo, sigue vigente la referida constitución de 1980.
El artículo 46 de la carta vigente establece la Cámara de Diputados y el Senado, la primera es elegida por cuatro años y los senadores por ocho años con renovación alternada cada cuatro años (artículo 47 y 49). Chile posee la Ley N° 18.918 Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que desarrolló la composición, atribuciones y funcionamiento del Congreso Nacional pero no establece la elección de las presidencias y mesas directivas, lo cual lo deja al reglamento interno de cada una de ellas.
El “Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile”, en su artículo numeral 11 del artículo 1 señala: “Período legislativo es el cuadrienio que se inicia con la instalación de la Cámara de Diputados.” Por consiguiente, el artículo 45 del mismo cuerpo legal al establecer que la mesa directiva es elegida por el periodo legislativo, se está refiriendo a los cuatro años es decir a todo el mandato para que fueron elegidos, veamos[42]:
Artículo 45. La Cámara elegirá por mayoría absoluta y en votación pública, un Presidente, un primer Vicepresidente y un segundo Vicepresidente. Ellos constituirán la Mesa de la Cámara de Diputados. Esta votación se realizará mediante cédula nominativa en la forma que disponga la Secretaría General, debiendo votar en cada cargo por el candidato o la candidata que se estime pertinente.
La Mesa así elegida durará en sus funciones hasta el término del período legislativo. En los casos de vacancia de todos o de algunos de estos cargos, se les proveerá por el tiempo que falte.
Los acuerdos de la Mesa se registrarán por el Secretario General.”
El Reglamento del Senado es muy directo al establecer que la mesa se elige por el periodo legislativo, así se aprecia en el “Artículo 21.-En la primera sesión de cada período legislativo, el Senado elegirá un Presidente y un Vicepresidente, quienes constituirán la Mesa de la Corporación. (…)”[43].
Parlamento ecuatoriano
La Constitución de la República del Ecuador, fue aprobada mediante referéndum constitucional entrando en vigor en octubre del 2008; cabe recordar que, desde la separación de la Gran Colombia en el año 1830, Ecuador ha tenido 20 constituciones. El artículo 118 de la vigente constitución establece la Asamblea Nacional unicameral que es elegida cada cuatro años; así mismo el artículo 121 establece: “La Asamblea Nacional elegirá a una Presidenta o Presidente y a dos Vicepresidentas o Vicepresidentes de entre sus miembros, para un período de dos años, y podrán ser reelegidos”[44].
Parlamento uruguayo
La Constitución de la República Oriental del Uruguay, data de 1967, habiéndosele realizado modificaciones plebiscitadas el 26 de noviembre de 1989, el 26 de noviembre de 1994 y el 8 de diciembre de 1996. En el artículo 84 se establece que la Asamblea General se compone de dos Cámaras: una de Representantes y otra de Senadores, ambos tienen un mandato de cinco años (artículos 89 y 97)[45].
El Reglamento de la Cámara de Representantes en su artículo 12 establece que se eligen por cada periodo ordinario de sesiones; es decir, anualmente, conforme vemos en el “Artículo 12.- En la sesión inicial de cada período ordinario, a invitación del Secretario, se procederá a elegir Presidente, por votación nominal y mayoría relativa de sufragios, el que durará en sus funciones hasta el siguiente período ordinario. (Artículo 106 de la Constitución)”[46].
El Reglamento del Senado hace una diferencia en la elección del presidente de la cámara de los vicepresidentes mientras que el primero no se elige sino corresponde al Vicepresidente de la República (Poder Ejecutivo), quien ejerce mandato por todo el período de su mandato; los Vicepresidentes del Senado si son elegidos pero su reglamento no es preciso en señalar sobre qué plazo, conforme observamos en los siguientes artículos: “Artículo 16.- La Cámara será presidida por el Vicepresidente de la República, quien tendrá voz y voto y ejercerá sus funciones por todo el período de su mandato. (…) Artículo 20.- La elección de Vicepresidentes y de Presidente ad hoc del Cuerpo se realizará por votación nominal y mayoría relativa”[47].
Parlamento paraguayo
La quinta Constitución de la República de Paraguay está vigente desde el año 1992, establece que el Congreso este compuesto de una Cámara de Senadores y otra de Diputados, por un mandato de cinco años reelegibles, su artículo 200 señala que cada cámara elegirá a sus autoridades[48].
El Reglamento Interno Honorable Cámara de Senadores de Paraguay establece que la Mesa Directiva del Senado está compuesta por un presidente y dos vicepresidentes, elegidos por la mitad más uno de los integrantes, y se eligen por un año, pudiendo ser reelecto conforme lo señalan los artículos 11 y 36, conforme detallamos[49]:
Artículo 11.- La Mesa Directiva del Senado se integrará con un Presidente y dos Vicepresidentes, 1° y 2°, elegidos por mayoría absoluta en votación nominal. La elección se realizará en sesión preparatoria del mes de junio (…)
[…]
Artículo 36.- El Presidente y los Vicepresidentes, designados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de este Reglamento, durarán en sus funciones hasta el 30 de junio del año siguiente y podrán ser reelecto.
Por su parte el Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados de Paraguay en su artículo 28 establece que las elecciones de la mesa directiva son por un año y con reelección, textualmente dice “Artículo 28.- El presidente y los Vicepresidentes, nombrados de conformidad a los artículo 14 y 15 del presente Reglamento, durarán en sus funciones hasta el 30 de junio del año siguiente al de su elección y podrán ser reelectos”[50].
Parlamento peruano
En el Perú, la Constitución de 1993, rompió con nuestra tradición bicameral, para establecer un sistema unicameral, se han realizado modificaciones constitucionales estableciendo que el congreso está conformado por 130 congresistas por un mandato de cinco años no reelegibles de forma inmediata (artículo 90-A)[51].
Es así como el artículo 94 faculta al Congreso de la República del Perú, su nombre oficial, a elaborar y aprobar su Reglamento el cual tiene fuerza de ley. Desarrolla su estructura, elección de sus órganos de gobierno; así como la forma y procedimiento para ejecutar sus funciones.
A su vez, el artículo 12 del Reglamento del Congreso de la República[52]establece que el Congreso de la República del Perú elige la Presidencia y vicepresidencias por un año de julio a julio; asimismo, en los artículos 32 y 33 se establecen las funciones y atribuciones de la presidencia y sus vicepresidencias que conforman en conjunto la mesa directiva[53].
Parlamento venezolano
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, data de 1999 modificada a través de referéndum del año 2009 que aprobó la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230, con el único fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera continua e indefinida (presidencial, gobernador, alcalde, concejal, diputado, rector).
La Constitución vigente establece que la Asamblea Nacional está compuesta por diputados elegidos cada cinco años, pudiendo ser reelegidos por dos períodos consecutivos como máximo (artículos 186 y 192); así mismo, establece que eligen un presidente y dos vicepresidentes dentro del cuerpo de senadores, fuera del cuerpo de senadores eligen a un secretario y un subsecretario, todos por el período de un año, así lo establece el: “Artículo 194. La Asamblea Nacional elegirá de su seno un Presidente o Presidenta y dos Vicepresidentes o Vicepresidentas, un Secretario o Secretaria y un Subsecretario o Subsecretaria fuera de su seno, por un período de un año. El Reglamento establecerá las formas de suplir las faltas temporales y absolutas”[54].
4.2. Análisis comparativo de la periodicidad de las presidencias y mesas directivas de los parlamentos de América del Sur
En la Tabla 1 se muestra una sinopsis de lo establecido por sus instrumentos constitucionales o legales, en el cual se encuentra que la mayoría deja el factor periodicidad del mandato a sus reglamentos, estableciendo una periodicidad de un año, dos años o lo que dure una legislatura.
País | Cámaras | Mandato de la Presidencia y Mesa Directiva | Periodicidad de la Presidencia y Mesa Directiva | Normativa |
Argentina | Bicameral | Del 1 de marzo de un año y finaliza el 28 o 29 de febrero del año siguiente | 1 año | Reglamento |
Bolivia | Bicameral | Del 6 de agosto de cada año y concluye el 5 de agosto | 1 año | Reglamento |
Brasil | Bicameral | Del 1 de febrero del año siguiente a la elección y culmina el 31 de enero dos años después | 2 años | Constitución Política |
Colombia | Bicameral | Del 20 de julio y terminan su mandato el 19 de julio del año siguiente | 1 año | Constitución Política, Reglamento |
Chile | Bicameral | Del 11 de marzo y finaliza al terminar el período | 4 años | Reglamento |
Ecuador | Unicameral | Desde el 14 de mayo | De 2 a 4 años | Constitución Política |
Uruguay | Bicameral | Des el 15 de febrero | 1 año (Cámara de Representantes) | Constitución Política, Reglamento |
Paraguay | Bicameral | Del 1 de julio y culmina el 30 de junio del año siguiente | 1 año | Reglamento |
Perú | Unicameral | Del 26 julio al 25 julio del siguiente año | 1 año | Reglamento |
Venezuela | Unicameral | Desde el 5 de enero | 1 año | Constitución Política |
Fuente: Elaboración a partir de las Constituciones Políticas, Reglamentos y Estatutos Parlamentarios de los países de América del Sur
Países | Periodicidad de la Mesa Directiva | Número de países |
Argentina, Bolivia, Colombia Uruguay, Paraguay, Perú, Venezuela | 1 año de duración | 7 |
Brasil, Ecuador | 2 años de duración | 2 |
Chile | Por todo el período parlamentario | 1 |
De lo anterior, se observa que los países aplican cada uno de los referidos tiempos debido a las características intrínsecas a cada uno de ellos. Así, se muestra la preponderancia en América del Sur de elegir presidentes y mesas directivas por el periodo de un año. Sin embargo, yendo a un análisis histórico El sistema político de América del Sur fue moldeado por el colonialismo europeo, principalmente por España y Portugal. Durante el período colonial, se impuso un modelo de gobernanza altamente centralizado, con una élite gobernante (criollos) que excluía a las mayorías indígenas y afrodescendientes. Tras la independencia en el siglo XIX, las nuevas repúblicas mantuvieron estructuras sociales desiguales y sistemas políticos elitistas, lo que sembró las bases de inestabilidad. Esta herencia ha dificultado el establecimiento de democracias inclusivas y representativas[55]. Así mismo, encontramos que los países que iniciaron su vida republicana con mucha inestabilidad política y vinculados a España siguen con presidentes y mesa directivas de un año a pesar de que ha alcanzado una estabilidad democrática, teniendo al frente un Poder Ejecutivo, con un presidente por cuatro y cinco años de gobiernos que estructura y planifica sus políticas públicas, las cuales son presentadas a los parlamentos, pero -al no tener una adecuada gobernanza- estos no pueden cumplir su rol de control y realizar un adecuado contrapeso al ejecutivo.
Es menester señalar que, en Brasil, que proviene de otra tradición, la duración de la presidencia y mesas parlamentarias son por un período de dos años, en específico la presidencia y mesa directiva de sus cámaras. Esto es por la mitad del mandato de los diputados y un cuarto de la de senadores. Así, es indudable que estas condiciones permiten una mejor planificación del trabajo parlamentario, el cual no se ve limitado a un año, y por ende contiene una previsión de mediano plazo.
Por otro lado, como un caso especial se tiene a Chile que, habiendo sido una capitanía general y no un virreinato, vio sus inicios republicanos con estabilidad en el gobierno y con mucha influenza anglosajón ha sido siempre un país de los más estables en América del Sur, siendo el único en tener presidente y mesa directiva por todo el mandato parlamentario. En dicho contexto, para nadie es un secreto el prestigio con el que cuentan sus cámaras y de los recursos innovadores - centros especializados en la elaboración de información, plataformas digitales y modernización constante de sus plataformas tecnológicas, entre otras - que tienen para el desarrollo de sus funciones, los cuales son permitidos debido a la continuidad que les permite ejercer sus funciones a lo largo del tiempo.
4.3. Análisis de la agrupación de la periodicidad de duración de mesas directivas con sus ejercicios presupuestales
La efectividad de las mesas directivas está asociada a su capacidad de ejercer sus funciones por medio del uso de la asignación y planificación del presupuesto para llevar a cabo sus fines dentro del Parlamento. De esta manera, es importante señalar que el ejercicio presupuestal ocurre en todos los países indistintamente del inicio del mandato de los parlamentos. Así, todos los ejercicios presupuestales comienzan el 1 de enero y terminan el 31 de diciembre del año en curso. Por tal motivo, el periodo referido al inicio del mandato parlamentario y la periodicidad de dicho mandato incide sobre el ejercicio presupuestal del parlamento. En la Tabla 3 se agruparon los países de acuerdo con el trimestre en el que inician su mandato para mostrar el nivel de desfase que tienen los países con relación a su ejercicio presupuestal, tal como se muestra a continuación:
País | Inicio del mandato | Trimestre |
Venezuela | 5-Ene | Primer |
Brasil | 1-Feb | |
Uruguay | 15-Feb | |
Argentina | 1-Mar | |
Chile | 11-Mar | |
Ecuador | 14-May | Segundo |
Paraguay | 11-Jul | Tercer |
Colombia | 20-Jul | |
Perú | 26-Jul | |
Bolivia | 6-Ago |
Así, se encontró que cinco países tienen un inicio de mandato en el primer trimestre del año (Argentina, Chiles, Brasil, Uruguay y Argentina), mientras que solo Ecuador tiene un inicio de mandato parlamentario en el segundo trimestre. De igual forma, cuatro países comienzan su periodo parlamentario en el tercer trimestre del año. Esta situación muestra que existen países en donde el proceso de formulación del presupuesto para conducir el parlamento no calza con el inicio de sus actividades, lo que conlleva a que no cuenten con las herramientas de gestión adecuadas para llevar a cabo sus funciones. Además, el problema puede ser más grave si se considera que el periodo de las mesas directivas y presidencia del parlamento es solamente de un año en la mayoría de los países de América del Sur, pues llevan a cabo acciones sobre la base de la planificación y presupuestos heredados de la anterior gestión. Este fenómeno, atravesado por los países en la región, ofrece grandes limitantes al accionar de los conductores de la actividad parlamentaria, como son la presidencia y mesas directivas en el parlamento.
5. Discusión de los resultados
El principal aporte del estudio es que la gobernanza de los parlamentos en América del Sur influye en su accionar o en la posibilidad de planificar sus acciones, en muchos casos limitando esta capacidad. Tal y como señala la evidencia, la gobernanza de los parlamentos determina la capacidad de contribuir a la aprobación de políticas públicas que sean perdurables en el tiempo, a través de la toma de decisiones que influyen sobre esta acción. En efecto, si bien la duración de las presidencias y mesas directivas de los parlamentos de América del Sur es en su mayoría relativamente corta, en la medida que exista buena gobernanza en los referidos parlamentos se puede contribuir con la planificación y ejecución de las políticas públicas orientadas a mejorar el bienestar de la población. Definitivamente, la planificación se materializa a través de normas emanadas principalmente de los parlamentos, así como de metodologías cuyas competencias recaen generalmente en el Ejecutivo.
En particular, tomando en cuenta que la gran mayoría de países en América del Sur solo tienen presidencias y mesas directivas de los parlamentos que duran un año, se observa que las prioridades de política pública desarrolladas desde las funciones que cumple el parlamento tenderán a ser de corto o, en el mejor de los casos, de mediano plazo si se considera la composición partidaria de cada parlamento. Sin embargo, en términos generales, el hecho que estas presidencias y mesas directivas del parlamento duren solo un año, muestra ser una gran limitante en el desarrollo de sus funciones.
Adicionalmente, si bien lo antes mencionado se refiere a la posibilidad de ejecutar acciones desde el parlamento, estas se desagregan en dos ámbitos, la planificación y el presupuesto necesario para llevar a cabo estas acciones. Así, si bien están intrínsecamente relacionadas es necesario hacer la distinción pues responden a procesos de ejecución distintos. De manera que, si bien el proceso de planificación puede llevarse a cabo (ejecutarse) al iniciar el periodo que rige la presidencia y mesas directivas del parlamento, el presupuesto no. Ello debido a que la formulación del presupuesto se hace en un periodo posterior al ejercicio de las funciones de la presidencia y mesas directivas del parlamento. Y, sin embargo, se hereda el presupuesto y las acciones planificadas de la administración anterior, lo cual brinda poco margen de acción para el desarrollo de actividades propias de la administración vigente.
La situación antes mencionada es mucho más grave considerando que la mayor parte de los países de América del Sur tienen periodos de presidencias y mesas directivas de un año, y cuyos mandatos inician en distintos periodos del año. Por tal motivo, existe un descalce entre el ejercicio presupuestal y el ejercicio de funciones de la presidencia y mesas directivas del parlamento, sin embargo, ello no es necesariamente una característica negativa. En consecuencia, de ello, existen periodos de función de las presidencias y mesas directivas de los parlamentos en donde tanto su planificación como su presupuesto no responde a las necesidades de dicha administración sino a la del periodo anterior. Por tal motivo, su accionar está supeditado a las necesidades y prioridades observadas por la presidencia y mesas directivas anteriores. Dicha situación manifiesta así limitaciones en el desempeño de las funciones de la presidencia y mesa directiva de los parlamentos. Si bien este escenario adverso surge en el campo de la práctica política del legislativo, ello es parte de las consecuencias de la separación de poderes y del manejo presupuestal que viene desde el ejecutivo.
De esta manera, los hallazgos de esta investigación muestran relación con la evidencia existente, tomando en cuenta que la conducción de los parlamentos es heterogénea y responde a características particulares desde su creación[56]. Asimismo, también se destaca la capacidad de ejercer sus funciones se encuentra directamente relacionadas a su gobernanza[57]. Y, la importancia que tiene el ejercicio presupuestal para llevar a cabo estas funciones[58].
Finalmente, la agenda futura de investigación respecto de la temática abordada debe orientarse a responder las siguientes interrogantes: ¿Cómo incide la periodicidad de la presidencia y mesa directiva en la ejecución del presupuesto de los parlamentos de América del Sur? ¿Por qué es relevante la designación de las autoridades parlamentarias por todo el período parlamentario? ¿Qué mecanismos existen para fortalecer la gobernanza de los parlamentos en América del Sur?
6. Conclusiones
En América del Sur son pocos los estudios referidos a la gobernanza, los cuales están vinculados fundamentalmente al Poder Ejecutivo. De manera que, aplicar esto a los parlamentos resulta innovador y aún poco entendido. Además, la periodicidad de los órganos de gobierno de los parlamentos es un factor fundamental en su gobernanza, más un teniendo en cuenta que estos tienen una doble función administrativa y política y en el entendido que la planificación administrativa es fundamental para darle el soporte indispensable para la ejecución de las funciones parlamentarias; ergo, para otorgar los elementos necesarios para la decisión política.
En estricto, los países de América del Sur mayoritariamente eligen anualmente su presidente y mesas directivas a cargo del gobierno de sus parlamentos. Solamente, eligen a sus autoridades directivas parlamentarias por dos años Ecuador y Brasil. Este último con gran desarrollo en su labor administrativa que planificadamente contribuye al desarrollo de la toma de decisiones políticas en sus parlamentarios. Además, Chile es el único país en América del Sur que designa las autoridades parlamentarias por todo el período parlamentario como lo hacen las grandes democracias de Europa (España, Francia, Alemania) y EE.UU.
Finalmente, las características de la periodicidad de la presidencia y mesas directivas de los parlamentos afectan también su capacidad de ejercicio al estar atados al proceso de formulación y ejercicio presupuestario. Por tal motivo, hay países en donde el proceso de formulación del presupuesto para conducir el parlamento no calza con el inicio de sus actividades. Asimismo, considerando que la mayoría de los países solo cuenta con un año para el ejercicio de la presidencia y mesas directivas en el parlamento se puede observar que existen grandes limitaciones en el accionar del Poder Legislativo, al ser este órgano el encargado de dirigir las acciones del parlamento.
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Como citar este artículo | How to cite this article: CHIRINOS MARTÍNEZ, José Carlos; RODRÍGUEZ CAIRO, Vladimir. Gobernanza en los parlamentos de América del Sur: periodicidad de la presidencia, mesa directiva y ejercicios presupuestales. Revista Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo, Santa Fe, vol. 11, n. 1, ene./jun. 2024. DOI: 10.14409/redoeda.v11i1.13058.