Artículos
Coordinación entre los órdenes de gobierno: el caso de la Seguridad Pública en Jalisco
Coordination between levels of government: the case of the Public Security in Jalisco.
Coordinación entre los órdenes de gobierno: el caso de la Seguridad Pública en Jalisco
Espacios Públicos, vol. 20, núm. 49, pp. 1-20, 2017
Universidad Autónoma del Estado de México

Recepción: 12 Agosto 2016
Aprobación: 25 Abril 2017
Resumen: El objetivo del artículo es documentar el nivel de coordinación existente entre los órdenes federal y estatal en una política pública específica: la Seguridad Pública. Para ello, se hace una revisión teórica en torno a los aspectos relevantes para una adecuada coordinación entre entidades públicas, a partir de lo cual se presenta y analiza la estructura de los planes y programas públicos a nivel federal y el de Jalisco, destacando sus coincidencias y diferencias, mismas que se constituyen en los hallazgos del estudio. A partir de ello y mediante una revisión sistemática de las metas, instrumentos y estrategias de política, se concluye que a pesar de la gravedad del flagelo de la inseguridad en el país, y no obstante la existencia de un marco jurídico ad hoc para la coordinación, los niveles de ésta entre órdenes de gobierno en la implementación de la política de estudio siguen siendo pobres.
Palabras clave: Coordinación intergubernamental, políticas de Seguridad Pública, gobierno federal y gobierno estatal, Jalisco.
Abstract: The aim of the article is to document the level of coordination between the federal and state orders in a specific public policy: Public Security. For this, a theoretical review about the relevant aspects for proper coordination between public entities, from which it is presented and analyzed the structure of public plans and programs at the federal level and Jalisco is highlighting its matches and differences themselves that constitute the study findings. From it and through a systematic review of the goals , instruments and policy strategies, it is concluded that despite the seriousness of the scourge of insecurity in the country, and despite the existence of an ad hoc legal framework for coordination, it levels between levels of government in the implementation of the policy study remain poor.
Keywords: Intergovernmental coordination, policies Public Security, federal government and state government, Jalisco.
Introducción.
El reto de los regímenes de corte federal es alcanzar una adecuada coordinación de acciones y políticas entre sus distintos niveles de gobierno, pues el reconocimiento explícito de atribuciones gubernativas y capacidades decisionales a tales niveles genera, con indeseada frecuencia, que ellos desestimen la necesidad de coordinar acciones y complementar estrategias para el alcance de los objetivos planteados en sus procesos de planeación. En el caso de México particularmente estas atribuciones se contemplan de manera central, pero no única, los artículos 40, 115 y 116 constitucionales, y ello supone que los tres órdenes de gobierno dispongan de recursos para emprender políticas públicas y atender necesidades sociales ingentes. En este orden de ideas, se vuelve de primera importancia coordinar –o en un escenario de second best, cuando menos alinear- los planes, programas y líneas de acción de todos ellos, para eliminar así duplicidades, evitar dispendios y abatir acciones contradictorias. Lo anterior, en el marco de las atribuciones concurrentes y complementarias de los citados órdenes, y con la plena participación de los actores sociales afectados e interesados en la operación de las políticas.
No obstante que México tiene una estructura institucional federal que se remonta a la Constitución de 1857 y que se retoma en la de 1917, la consolidación del estado nacional obligó a fortalecer al poder federal en detrimento de los órdenes subnacionales, así como a afianzar al poder Ejecutivo con respecto a los otros dos poderes (González, 1975). A la postre, esto condujo a desestimar la coordinación de políticas, pues el grueso de los recursos y atribuciones –formales y fácticas- se concentraban en el gobierno federal. Al cambio de época que inicia con la pérdida de la mayoría en el Congreso federal del otrora partido hegemónico, el PRI, en el año 1997, y a su pérdida de la presidencia en el año 2,000, se comienza un proceso, aún inconcluso y con altibajos, de fortalecimiento de los órdenes locales que necesariamente obliga a la coordinación de políticas públicas entre los tres niveles de gobiernos, el federal, estatal y municipal.
En qué medida este objetivo de adecuada coordinación se haya atendido de manera razonable en el caso de una política pública en particular, la de Seguridad Pública, entre el orden federal y uno estatal, el de Jalisco, es lo que se estudia en este artículo, sin embargo y por razones de espacio, la investigación se constriñe al nivel de la planeación de política pública sin atender así la ejecución y evaluación de la misma.
De este modo, en el siguiente apartado se presenta una reflexión teórica en torno a la coordinación de políticas, para presentar en el tercero una revisión general de la planeación federal y estatal vigente en nuestra materia de estudio; en el cuarto apartado se ofrece un análisis de los hallazgos encontrados en esta revisión y, finalmente, en las conclusiones se presenta una reflexión de conjunto.
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS, IMPLICACIONES Y DIFICULTADES PARA SU EJECUCIÓN.
El análisis del concepto Coordinación se emprende a partir de una perspectiva política y para ello se retoman las reflexiones de Repetto (2005: 2) quien señala:
Entiendo por “coordinar” el proceso mediante el cual se va generando sinergia entre las acciones y los recursos de los diversos involucrados en un campo concreto de gestión pública, al mismo tiempo que en dicho proceso se va construyendo… un sistema de reglas de juego formales e informales a través de los cuales los actores participantes encuentran fuertes incentivos a cooperar, más allá de sus intereses e ideologías particulares, habitualmente en conflicto entre sí1.
Como se puede apreciar, la coordinación supone el establecimiento de ciertas reglas –cierta arquitectura institucional- (North, 2006), a partir de las cuales los actores involucrados encuentran razones sólidas para participar. Específicamente, el proceso tendiente a la coordinación opera cuando derive, al decir de Repetto (2005: 3):
En la fijación de prioridades.
En la asignación acordada de responsabilidades, y ello se acompañe de sus respectivos “premios” y “castigos”.
En la decisión de qué y cuántos recursos habrán de movilizarse, y
En una implementación que se aproxime de manera importante a los objetivos planteados.
El autor destaca que los factores clave para hacer cumplir los compromisos asumidos consisten en tener plena claridad sobre los acuerdos sustantivos sobre los cuáles se decide el arreglo, así como la capacidad de producir sistemas de incentivos que alienten la coordinación de esfuerzos:
Esta necesidad de promover incentivos conduce de lleno a la necesidad de fortalecer un cierto tipo de institucionalidad (normas formales e informales) que genere el interés de los involucrados en desarrollar acciones de coordinación prointegralidad (Repetto, 2005: 3).
Sin embargo, la institucionalidad alcanzada por dichos actores no consiste en una simple interrelación lineal, sino en juegos estratégicos en los que también se encuentran entrelazados otros procesos de política, mismos que están en constante redefinición sobre la base de dos factores: a. “cambios en los contextos institucionales”, y b. “cambios en los intereses e ideologías de tales actores”. En todo caso, la importancia de las instituciones no puede ser minimizada pues ellas orientan la actuación de los agentes y contribuyen a definir los recursos políticos disponibles, esto es, cuáles son los temas que se pueden o no discutir, cuáles son los compromisos adquiridos y qué tipo de sanciones y premios se dispone. Específicamente, las instituciones contribuyen de manera importante a alcanzar la coordinación aún entre actores que tienen intereses que sólo coinciden en aspectos particulares y limitados, pues ellas generan información, incentivos y sanciones para todos los involucrados, lo que a la postre alienta la estabilidad de las expectativas2. La solidez de tales expectativas, finalmente, es lo que da origen a la confianza y desarrollada ella es posible generar entornos de cooperación que propicien “compromisos creíbles” que eviten elevados costos de transacción3.
De manera sintética, podemos decir que el grado y profundidad de la coordinación en la gestión de políticas públicas se encuentra mediado por el marco institucional en que operan pues, como recién se señaló, las instituciones –si funcionan adecuadamente- contribuyen a la generación de confianza entre los agentes para el cumplimiento de los compromisos asumidos. Si las reglas del juego formales e informales (las instituciones vigentes) generan una estructura de incentivos y castigos para el cumplimiento de los acuerdos para la cooperación, ésta podrá fluir de manera adecuada; a contrario sensu, si no existe tal estructura ya sea porque hay un claro desfasamiento entre las reglas formales e informales, porque los incentivos sean inadecuados o por alguna otra causa, la confianza se deteriora, el interés por mantener los acuerdos se reduce y la coordinación se debilita. Es en este sentido en el que debe entenderse la expresión de que “coordinar no sólo significa compatibilizar, sino compatibilizar con un determinado sentido” (Garnier, 2000: 16); no sólo basta establecer un lenguaje común para la coordinación, sino que es necesario también una meta común, una “fijación de prioridades” para cuyo logro todos los actores aportan compromisos.
Por su parte, y desde un enfoque asociado a la Teoría de las Organizaciones, Navarro (2013: 32) destaca cuáles sean las principales razones -así como los autores que las refieren- que favorecen la coordinación de acciones entre los agentes: reducción de la Incertidumbre (Schoorman); persecución de objetivos comunes (Schemerhorn); requerimientos legales (Bardach); problemas multidimensionales (Madoery), y finalmente, estructuras jurisdiccionales fragmentadas (Westley).
Como se habrá de ver, el entorno institucional entre los dos órdenes de gobierno de estudio, el federal y el estatal, tienen un nivel de desarrollo distinto y con ello los márgenes para establecer un esquema de coordinación sólido sobre bases creíbles se ven limitados (Pineda, 2015). De manera particular, este entorno no permite generar estímulos suficientes para la colaboración, no obstante que sí existe obligación legal para ello, como existen instancias para alcanzar los acuerdos (Arellano, 2011). Se vuelve sobre ello más abajo.
PLANEACIÓN Y PROGRAMACIÓN DE POLÍTICAS EN MATERIA DE SEGURIDAD EN MÉXICO, EL NIVEL FEDERAL Y EL DE JALISCO.
Las gestiones de gobierno en ambos, en el nivel estatal y en el federal en México duran 6 años, y existe una tendencia a hacer coincidir cronológicamente ambos periodos, como en efecto ya es el caso de Jalisco desde hace mucho tiempo4. Por otro lado, la ley exige que todos los órdenes de gobierno dispongan de un instrumento de planeación para la adecuada ejecución de sus políticas, y para el caso de ambos gobiernos, el de México y el de Jalisco, la estructura de los dos para el actual sexenio, el Plan Nacional de Desarrollo, (PND), y el Plan Estatal de Desarrollo, (PED), aparecen en las tablas 1 y 2, respectivamente, y nótese que en su parte final aparecen los objetivos planteados en materia de seguridad pública.


Ahora bien, es claro que en un plan general no se formulan todas las estrategias y líneas de acción implicadas en una política en particular, no sólo porque ello limitaría su sentido estratégico además de hacerlo demasiado engorroso, sino también porque cada dependencia –o conjunto de ellas- tienen propósitos explícitos que poco tienen que ver con la mayoría de las metas del plan; por esta razón se diseñan programas que desagregan las grandes metas, y en particular los programas de corte sectorial son aquellos que definen las políticas para un campo o sector en específico. Por lo que va a nuestro tema de interés, a nivel federal los programas involucrados son dos y ambos se sintetizan en igual número de tablas: en la 3, el Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, (PNPSVD), y en la 4, el Programa Nacional de Seguridad Pública (PNSP). Por su parte, la estructura del programa estatal, el Programa de Seguridad Ciudadana, (PSC), aparece en la tabla 5.



El hecho mismo que en el orden federal aparezcan dos programas distintos no es un asunto menor, y nótese que la naturaleza de ellos es distinta en un importante sentido: el PNSP (como su afín estatal, el PSC) tiene un propósito mayormente orientado a la contención, en tanto, el PNPSVD tiene una clara orientación hacia la prevención. Considérese en este sentido que una verdadera política integral en materia de Seguridad Pública tiene ambos componentes, el de la prevención de la violencia y la delincuencia, y el de la contención del delito, realizada esta última con, entre otras estrategias, intervenciones policiales oportunas sustentadas en instrumentos institucionales de inteligencia sólidos (Góngora, 2014 y Luviano, 2014). Lo que ambos programas federales muestran es que en este nivel de gobierno existe una estrategia ad hoc para cada uno de estos dos componentes, circunstancia que no aparece en Jalisco; nótese en la tabla 2 que en efecto en el PED de Jalisco el tema de la Seguridad se contempla en la Dimensión de “Garantía de Derechos y Libertad”, integrada por los programas Seguridad Ciudadana (nuestro tema de interés), Derechos Humanos, Justicia y Estado de Derecho y Protección Civil, ninguno de los cuales se encuentra referido a la prevención de la delincuencia.
Ahora bien, la eficacia, suficiencia y eficiencia de una política pública está en función de diferentes factores, pero sin duda uno de primera importancia lo es el grado en que el problema que ella busca atender está adecuadamente identificado (Stein, 2006). Entre más puntual y delimitado se encuentra el problema y –sobre todo- sus causas, puede ser enfrentado con mayor tino y efectividad, porque de este modo los siempre escasos recursos para su atención no se dispersan en acciones inconsistentes ni se distraen en expresiones secundarias del problema que poco –o nada- se relacionan con las causas que le dan origen.
Debido a lo anterior, importa precisar cuáles sean los rasgos más sobresalientes del problema de la Inseguridad Pública, tal y como aparecen en los diagnósticos de los programas citados; nótese desde ya que la forma en que se concibe un problema público delinea la manera de abordarlo, porque en su descripción –aún sin proponérselo- el diseñador de una política ya está asumiendo ciertos aspectos del mismo que son los que, en su perspectiva, deben privilegiarse para su atención5. Los citados rasgos del problema de la Inseguridad Pública en los tres programas aparecen así de manera muy apretada en la Tabla 6, y nótese que en efecto, en distinta medida los objetivos planteados en los referidos programas buscan atender tales rasgos.

LOS HALLAZGOS Y LAS AUSENCIAS EN TORNO A LA COORDINACIÓN Y ALINEACIÓN DE POLÍTICAS.
Ante el flagelo de la violencia y la delincuencia que generan un clima de generalizada inseguridad en la sociedad, no se podría exagerar la importancia de la coordinación entre los distintos niveles de gobierno para la instrumentación de políticas públicas en la materia. El punto es aún más apremiante si se considera que en el caso de México y de unos años para acá el problema de la inseguridad pública se ha venido agravando y sus expresiones son cada vez más generalizadas (Moloeznik, 2015). En el mismo sentido, la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública de 2016 reporta para México “una tasa de prevalencia delictiva de 28,202 víctimas por cada cien mil habitantes durante 2015, cifra estadísticamente equivalente a las estimadas para 2013 y 2014” (ENVPSP; 2016: 1). Para el caso de Jalisco, la misma fuente refiere una prevalencia aún mayor en un 11.2%, esto es, 31,375 víctimas.
El que la coordinación de políticas en este campo continúa siendo insuficiente se aprecia en el propio PNSP, a donde se señala que una de las raíces que explican la gravedad del fenómeno delictivo lo es:
…(la) Debilidad en la coordinación entre los tres órdenes de gobierno. Situación que contribuyó a generar un vacío de autoridad en algunas zonas del territorio nacional, cuyo resultado fue la falta de acciones efectivas que combatieran la problemática, lo que a su vez propició un contexto apto para el auge de grupos delictivos y de la economía ilegal (2014:12)6.
Sobre esta base, ¿en qué medida se puede decir que existe ahora coordinación de acciones en el diseño e implementación de políticas en esta materia? Nuestro análisis para responder a esta interrogante abarca distintos puntos. En primer lugar se asume que una precondición para tal coordinación lo es la existencia de una adecuada alineación de políticas, lo que en efecto se puede estudiar a partir de la estructura de los planes y programas de análisis en nuestros dos órdenes de gobierno. Si no existe tal alineación, los discursos y declaraciones en materia de coordinación son insustanciales pues carecen de evidencia en una etapa sustantiva de toda política pública: la etapa de planeación. En este escenario, si hubiese evidencias de coordinación, se trataría de acciones circunstanciales y casuísticas para momentos que por su importancia tuvieron la suficiente visibilidad pública para impulsar –obligar- dicha coordinación, pero que pasado el momento se regresa al esquema de políticas inconexas entre los distintos órdenes de gobierno.
Evaluada dicha alineación se debe verificar si la ejecución de lo planeado y lo programado tiene sustento en los hechos, y ello demanda el análisis de las acciones emprendidas, tal y como ellas son reportadas por la autoridad a través de, entre otros medios, los Informes Anuales de Gobierno, Reportes Trimestrales que las Secretarías federales emiten, así como sus Informes Institucionales. Por razones de espacio no podemos detenernos en este segundo momento, pero verificado que los citados informes recogen la estructura de los instrumentos de planeación –los planes y programas de análisis- se desprende que lo planeado es razonablemente ejecutado. La coincidencia entre la planeación y la ejecución referida se finca en lo establecido en el art. 26 de la Constitución Federal (2016): “Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal”, así como en lo dicho en el art. 6 de la Ley de Planeación, en el sentido de que el presidente al rendir su Informe al Congreso deberá “hacer mención expresa de las decisiones adoptadas para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los Programas Sectoriales” (2015)7.
Si se asume la razonable coincidencia entre lo planeado y lo ejecutado, entonces se puede suponer que no sólo existe alineación –de haberla encontrado- entre planes y programas en los dos órdenes de gobierno de análisis, sino también existe un grado variado de coordinación entre sus acciones. Veamos.
Interesa en primer lugar verificar si, como en el orden federal, en el estatal también existen políticas puntuales en materia de prevención del delito, y no sólo en la contención del mismo. El hecho mismo de que a nivel estatal no existe un programa ad hoc para la prevención –como sí existe a nivel federal- no necesariamente implica que el tema esté ausente en Jalisco; por ello, detengámonos en el análisis de en qué medida los temas de la prevención, tal y como están contemplados en el PNPSVD federal, aparecen o no en la programación de Jalisco. Para que este ejercicio contribuya también al análisis de en qué medida exista coordinación o complementariedad entre las políticas federal y estatal, lo que se hace es agregar una última columna en las tablas 3 y 4, señalando si existen estrategias contempladas en la programación estatal que coincidan –y deseablemente, complementen- con la federal. Como se ve en dichas columnas, las estrategias afines aparecen citadas sólo por sus dos dígitos de identificación. Los siguientes son los hallazgos encontrados.
Uno.
Ya se dijo que no es un asunto menor la ausencia en Jalisco de un programa ad hoc para la prevención del delito, y a partir de esa ausencia lo que se encuentra –y que deseablemente correspondería con el PNPSVD federal - no tiene una estructura integral y completa, como sí la tiene el programa federal diseñado expresamente para abordar ese tema, el PNPSVD.
Dos.
Si bien el PSC de Jalisco no está enfocado a la prevención sí la contempla de manera importante, y nótese así que de los tres objetivos que se plantea, uno de ellos –el segundo- se centra en ella, y de las 12 estrategias en que se desagregan estos objetivos, cinco (el 42%) corresponden a tal objetivo.
El PNPSVD cuenta con cinco objetivos también desagregados en estrategias, y nótese en la última columna de la tabla 3 que en el primero, relativo al incremento de la corresponsabilidad ciudadana, es a donde hay más coincidencias –menciones- con el plan estatal (12 de las 32, el 38%), mismas que no sólo refieren el objetivo del plan estatal en torno a la prevención sino también los otros dos objetivos.
En segundo lugar de menciones (8, el 24% del total) aparece el tercer objetivo, relativo a la generación de entornos que favorezcan la convivencia, y en tercer lugar aparece el segundo objetivo, relacionado a la reducción de la vulnerabilidad ante la violencia en las zonas prioritarias, en tanto que los otros dos objetivos tienen sólo unas cuantas menciones, coincidencias.
De todo lo anterior se desprenden tres cosas: que no se puede hablar de ausencia de estrategias en Jalisco a favor de la prevención; que un número no menor de ellas sí son coincidentes con las del orden federal, pero que ellas no operan en un esquema de adecuada alineación entre los dos niveles de gobierno que permita aprovechar sinergias y desarrollar complementariedades de manera adecuada.
Tres.
La tabla 4 sintetiza los objetivos del PNSP federal y los hace coincidir con las estrategias del PSC del estado, de donde se desprenden los siguientes datos. Las principales coincidencias (menciones) entre ambos planes aparecen en el objetivo relativo al fortalecimiento de las capacidades institucionales de las policías (el 32% de las menciones); en el objetivo referido al desarrollo de esquemas de cercanía a la sociedad (también con un 32% de las menciones), y finalmente con un 26% de menciones en el objetivo relativo a la coordinación para el adecuado diseño, implementación y operación de acciones.
Resulta extraño que no se hayan encontrado coincidencias entre ambos programas en dos de los seis objetivos, y ello debería preocupar si se considera que este programa, el PNSP federal, debería tener mayores coincidencias que las encontradas en el PNPSVD en tanto que aquel, como el programa estatal de análisis, están más enfocados a la contención que a la prevención, si bien es claro que uno de tales objetivos, el del fortalecimiento de los sistemas penitenciarios, no es tocado en el programa estatal.
Cuatro.
Más allá de los datos duros recién referidos, ¿qué se puede decir de esta limitada e insuficiente coordinación de políticas en materia de Seguridad Pública a partir de nuestra discusión teórica en torno a ella? Destaca en primer lugar que la limitada alineación –que no coordinación- de estrategias no permite aprovechar las sinergias que derivan de un verdadero proceso de coordinación integral, y que en consecuencia existe una sensible ineficiencia en la ejecución de nuestra política, vista ésta como una política de Estado, y no sólo de gobierno. Si bien sí existe una alineación mínima y aproximativa en los instrumentos de planeación entre ambos gobiernos, es claro que esta solución se aleja de un escenario deseable de coordinación integral de políticas. Como se vio, la palabra sinergia es el elemento clave para entender la coordinación, no sólo porque contribuye a evitar dispendios y duplicidades, sino también y de manera importante porque genera una atmósfera de cooperación en un esquema de confianza para el logro de objetivos compartidos.
Cinco.
Ya se dijo que en un escenario de coordinación se va construyendo un sistema de reglas del juego a través del cual los actores encuentran incentivos para cooperar, y que esta cooperación va más allá de sus intereses particulares que en ocasiones se encuentran enfrentados. Sin embargo, para que tal cooperación opere debe haber una clara delimitación de prioridades así como cierta precisión en las responsabilidades asignadas, que se acompañen de alientos y sanciones –premios y castigos- para su cumplimiento; lo cierto es que tales alientos en nuestra política son francamente débiles e imprecisos. En efecto, aunque ambos, los planes y la legislación exigen acciones de coordinación, a la ausencia de ésta no se asocia mayor sanción que el no alcanzar las metas establecidas, pero es claro que con una pobre rendición de cuentas esto no genera un estímulo importante. En el mismo sentido, tampoco existe un incentivo importante para la coordinación por la disputa existente entre los órdenes de gobierno por los recursos (materiales pero también institucionales) en juego, en tanto que en nuestro país la distancia entre las reglas formales e informales deja un amplio margen para la apropiación –a veces clientelar- de tales recursos, en demérito de la coordinación.
Seis.
La existencia de un desigual desarrollo institucional entre los dos órdenes de gobierno, reflejado en temas tales como la transparencia, la rendición de cuentas horizontal, el apego a la legalidad, el control de la discrecionalidad para evitar la captura de las burocracias y la participación ciudadana, entre otros, (Cejudo, 2010; Álvarez, 2010, y Pineda, 2014) hace que los incentivos a la coordinación se debiliten. Lo anterior se explica porque el desigual nivel de compromiso institucional alienta la desconfianza entre ambos órdenes y con ello se desestimula la asunción de acuerdos de cooperación.
Siete.
Bajo este escenario y sobre la base de lo discutido arriba, las líneas de acción más importantes que habrían de favorecer la necesaria coordinación entre nuestros órdenes de gobierno son dos. La primera y de mayor relevancia lo es el fortalecimiento institucional de los gobiernos locales, en este caso el de Jalisco, pues ello implica no sólo el elevar sus capacidades de ejecución de políticas, sino también el fortalecer la rendición de cuentas. En particular, con esto último se desalientan las acciones discrecionalidades de los ejecutores de política y con ello se favorece la coordinación.
En segundo lugar, es necesario avanzar con mayor tino en el establecimiento de prioridades para cada uno de los órdenes sobre la base de sus ventajas competitivas pero con pleno apego al marco federal, y en este sentido es claro que los gobiernos locales no pueden enfrentar con éxito las expresiones más graves del crimen organizado, por ejemplo, pero sí pueden focalizar su acción en la recuperación del tejido social debido a lo cual, por cierto, más se lamenta la ausencia de un programa ad hoc para la prevención en Jalisco.
CONCLUSIONES.
En el régimen federal mexicano los tres órdenes de gobierno disponen de atribuciones, recursos humanos y capacidades en materia de políticas en Seguridad Pública, pero por lo que va a la coordinación entre el nivel federal y el estatal tomando como referencia a Jalisco, la alineación –y su eventual reflejo en la coordinación- de políticas es más bien pobre e inconsistente. Lo anterior no sólo impacta en el adecuado ejercicio de los recursos públicos en la materia, sino que también contraviene el diagnóstico y las estrategias formuladas en el PNPSVD.
Sin ninguna duda, este hecho se refleja en los insatisfactorios resultados de tales políticas, lo que a su vez mantiene y refuerza la desconfianza en las instituciones de seguridad pública en los distintos órdenes de gobierno, y sobre todo, mantiene los elevados índices de inseguridad. Después de haber documentado cómo en efecto los objetivos y estrategias de la planeación de políticas en nuestra materia son débiles, no sólo en las acciones de contención del delito sino también en las de corte preventivo, el artículo reflexiona sobre cómo el marco institucional en que se insertan las acciones de coordinación es inadecuado.
Lo anterior se aprecia en el hecho de que no obstante que el tema ha sido reconocido como una prioridad de política pública, no se han podido alcanzar acuerdos sólidos en torno a responsabilidades compartidas por la insuficiencia de los alientos para ello. Estos insuficientes premios a la coordinación de políticas tienen que ver con la desconfianza generada entre los dos órdenes de gobierno de estudio, misma que a su vez se explica, en parte, por el distinto nivel de desarrollo institucional que presentan. Del mismo modo, es claro que los castigos a esta insuficiente coordinación son débiles, lo que se refleja en el hecho de que no hay sanciones institucionales creíbles a ella (no obstante que la ley obliga a la coordinación de políticas) ni hay una sólida rendición de cuentas en torno a la misma. Debido a lo anterior las líneas de acción que aquí se proponen se orientan tanto al fortalecimiento institucional de Jalisco –tal y como este se explica abajo- como a una más adecuada asignación de prioridades fincada en las ventajas competitivas de cada orden de gobierno.
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Notas