Artículos

Factores que condicionan el desarrollo y el crecimiento de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo en México

Factors imposing conditions to the development and growth of cooperative savings and loan societies in Mexico

Ignacio Marcelino López Sandoval
Universidad Autónoma Metropolitana, Mexico
Eliyunuet López Alvirde
Licenciada en Administración, México

Factores que condicionan el desarrollo y el crecimiento de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo en México

Denarius, vol. 1, núm. 42, pp. 135-155, 2022

Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa, Departamento de Economía

Recepción: 10 Diciembre 2019

Aprobación: 03 Abril 2020

Resumen: Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAP) han sido una repuesta al problema de inclusión financiera en el país a lo largo de más de 65 años, ya que han intentado romper los círculos de pobreza que se han presentado a lo largo de varias generaciones en México. A pesar de ello, estas sociedades no han alcanzado las expectativas de los socios, de las autoridades gubernamentales ni de organismos nacionales e internacionales. Esto se debe a que la evolución del sector no ha generado las condiciones económicas y técnicas para crecer y consolidarse como verdaderas instituciones financieras. Este tipo de sociedades, en muchos casos, se han visto afectadas por factores legales, organizacionales y de desempeño, que han limitado su consolidación y las han obligado a operar en el Nivel Básico, sin ser reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, poniendo en riesgo los depósitos de los socios y generando problemas de fraudes y posibles quiebras.

Palabras clave: Desarrollo, sector financiero, SOCAPS, inclusión financiera.

Abstract: The Savings and Loan Cooperative Societies (SOCAP) have been a response to the problem of financial inclusion in the country for more than 65 years, as they have tried to break the circles of poverty that have arisen over several generations in Mexico. Despite this, these companies have not met the expectations of the partners, government authorities or national and international organizations. This is because the evolution of the sector has not created the economic and technical conditions to grow and consolidate as true financial institutions. These types of companies, in many cases, have been affected by legal, organizational and performance factors, which have limited their consolidation and forced them to operate at the basic level, without being regulated by the National Banking and Securities Commission, putting members’ deposits at risk and creating problems of fraud and possible bankruptcies.

Keywords: Development, financial sector, SOCAPS, financial inclusion.

1. Introducción

Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAP) han sido una repuesta al problema de inclusión financiera en el país a lo largo de más de 65 años, ya que han intentado romper los círculos de pobreza que se han presentado a lo largo de varias generaciones en México, en sectores de la población que no tienen acceso a los servicios de la banca comercial. A pesar de ello, no han alcanzado las expectativas de los socios, de las autoridades gubernamentales ni de organismos nacionales e internacionales. Esto se debe a que la evolución del sector no ha generado las condiciones económicas y técnicas para crecer y consolidarse como verdaderas instituciones financieras.

El objetivo de este trabajo es analizar los factores que han condicionado el desarrollo y crecimiento de las SOCAP en México. Este tipo de sociedades, en muchos casos, se han visto afectadas por factores legales, organizacionales y de desempeño, que han limitado su consolidación y las han obligado a operar en el nivel básico, sin ser reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, poniendo en riesgo los depósitos de los socios y generando problemas de fraudes y posibles quiebras.

Este trabajo se integra por dos apartados: en el primero se describen los sectores que componen el Sistema Financiero Mexicano, destacando el sector de Ahorro y Crédito Popular, donde se ubican las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, haciendo énfasis en cuáles son sus objetivos y bajo qué principios operan. Se presenta la clasificación de las SOCAP en cinco niveles: Básicas, I, II, III y IV, subrayando sus características. En el segundo apartado se analizan los principales factores que inciden en el crecimiento y desarrollo de las SOCAP.

2. Las Sociedades Cooperativa de Ahorro y Préstamo

El Sistema Financiero Mexicano (SFM) integra algunos sectores como el sector bancario, el de ahorro y crédito popular, el de intermediarios financieros no bancarios, el sector bursátil, el de derivados y el de seguros y fianzas, entre otros. El sector de ahorro y crédito popular está conformado por las Sociedades Financieras Populares (SOFIPOS), por las Sociedades Financieras Comunitarias (SOFINCOS) y por las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAP). Estos tres tipos de sociedades se identifican como auxiliares del SFM y cada una tiene características específicas. Por ejemplo, las SOFINCO son entidades financieras que se ubican exclusivamente en zonas rurales. Por su parte, las SOFIPOS son entidades financieras con fines lucrativos, orientadas a las microfinanzas. Mientras el sector bancario se ha caracterizado por sus elevados niveles de rentabilidad, ya que cobran altas tasas de interés y elevadas comisiones, las SOCAP tienen el objetivo de brindar servicios financieros sin ánimo de lucro, con propiedad conjunta y control democrático a personas que no tienen acceso a los servicios financieros que brinda la banca privada, ya sea por no contar con la documentación requerida, por su nivel de ingresos o por su ubicación, que comúnmente es en lugares remotos, donde difícilmente llega la banca comercial (Ramos, 2017).

Las SOCAP se integran bajo ciertos principios cooperativos (CESOP, 2016): Ayuda mutua: se genera cuando dos o más personas cooperan entre sí para alcanzar metas individuales o colectivas.

Las SOCAP se conforman a través de las aportaciones sociales1 que realizan los socios, quienes no buscan dividendos, sino facilitar el otorgamiento de préstamos a sectores de la población no atendidos por la banca comercial. Las cooperativas contribuyen con el SFM, ya que, en lugar de distribuir los excedentes que se generan en sus actividades financieras, se aumentan los préstamos a los mismos socios, con lo que se logra obtener una sólida capitalización. Estos préstamos pueden potenciar las actividades económicas de las localidades donde operan las SOCAP, mejorando las condiciones de pobreza y marginación.

La clasificación de las SOCAP, de acuerdo con el monto total de activos medido en Unidades de Inversión (UDIS),2 se compone de cinco niveles (CONDUSEF, s.f.):

2.1 Nivel básico

Los activos de la cooperativa que se encuentra en este nivel no deben rebasar el límite equivalente en moneda nacional a 2.5 millones de UDIS. Tampoco necesitan la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que puedan realizar sus actividades de ahorro y préstamo. Sin embargo, no cuentan con el seguro de depósito, lo que implica un mayor riesgo para los socios.

Las operaciones que pueden realizar son:

Las SOCAP que rebasan los 2.5 millones de UDIS necesitan la autorización de la CNBV para poder operar, y éstas se clasifican en:

2.2 Nivel I

Las cooperativas en este nivel deben tener un monto de activos totales igual o inferior a 10 millones de UDIS.

Las operaciones que les autoriza la CNBV son, además, de las que realizan las básicas, más las siguientes:

2.3 Nivel II

El monto de activos totales para este nivel debe ser superior a 10 millones e iguales e inferiores a 50 millones de UDIS.

Las operaciones autorizadas son las señaladas en el nivel I y, además:

2.4 Nivel III

El monto de activos totales es superior a los 50 millones e iguales o inferiores a 250 millones de UDIS. Las operaciones que puede realizar una SOCAP Nivel III son las señaladas en los niveles I y II, y, además:

2.5 Nivel IV

En este último nivel, el monto de activos totales es superior a 250 millones de UDIS. Las operaciones que pueden realizar son las determinadas en los niveles I, II, III y, además:

La única cooperativa que se encuentra en nivel IV es Caja Popular Mexicana, la cual en 2018 contaba con 462 sucursales distribuidas en 261 municipios de 26 estados del país y atendía a 2.3 millones de socios (Pantaleón, 2018).

En el 2018 se contabilizaron a escala nacional 159 Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo autorizadas por la CNBV, que representan el 26.5 % de total de las SOCAP. Estas cooperativas prestaron servicios financieros a 8 millones de socios, representan el 93 % del total de los activos del sector de ahorro y crédito popular, poco más de $160 mil millones de activos, en más de 2000 puntos de atención en el país y cubriendo un 50 % de municipios de la República Mexicana. Las entidades que cuenta con el mayor número de SOCAP autorizadas son: Jalisco, Michoacán, Oaxaca, Veracruz y Guanajuato con 113, 80, 53, 49 y 45, respectivamente. Por otro lado, las que tienen menor número son: Tabasco, con 4 cooperativas autorizadas; Tlaxcala, con 3; Sonora, con 2, y Baja California Norte y Sur, con una cada entidad (CONCAMEX, 2018).

Si bien es cierto que el sector de ahorro y crédito popular de nuestro país ha ido creciendo en los últimos 62 años, la evolución de dicho sector, formado por las 600 SOCAP existentes -incluyendo las de nivel básico-, no ha sido lineal y ha requerido de más tiempo para fomentar la inclusión financiera de la población (CONDUSEF, 2019). Esto se debe -entre muchas otras causas- a ciertos factores que restringen el crecimiento y desarrollo de las SOCAP, ligadas a elementos legales, organizacionales y de desempeño interno. Esto se refleja en que 73.5 % del total de SOCAP permanecen en nivel básico sin registrase o ser autorizadas por la CNBV y en algunos casos estas sociedades desaparecen en los primeros años de operación.

3. Factores que condicionan el crecimiento y desarrollo de las SOCAP

Dentro de los diferentes factores que han influido en el crecimiento y desarrollo de las SOCAP destacan los aspectos legales, organizacionales y de desempeño. Estos factores afectan el despegue y crecimiento de las SOCAP de nivel básico, generando posibles quiebras y fraudes en este sector. Sin embargo, también afectan el funcionamiento y desempeño de los niveles I al IV.

3.1 Factores legales

La regulación puede ser un factor que fomente el crecimiento y desarrollo al establecer derechos de propiedad y reducir costos de transacción -costos por la búsqueda de información y hacer cumplir los acuerdos y contratos (North, 1993)-. Sin embargo, un exceso de disposiciones legales también puede aumentar los costos de operación y reducir el crecimiento de empresas y agentes económicos.

Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo están reguladas principalmente por la Ley General de Sociedades Cooperativas (LGSC) y la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRAS-CAP), pero también por las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (DGAASOCAP). En éstas existe una disposición respecto al capital mínimo.3

El artículo 23 de la DGAASOCAP establece que el capital mínimo para las SOCAP de Nivel I -sujeta a la regulación formal de la CNBV-, será de 100 000 UDIS. Esto equivale a 655 000 pesos aproximadamente, con una aportación social de 1000 pesos, lo que implica que las cooperativas requerirían integrar por lo menos 655 socios (Cuadro 2), situación que se complica en los primeros años de operación. En éstos, las cooperativas se dan a conocer y establecen una reputación que puede atraer nuevos socios, siempre y cuando tengan un buen manejo de los ahorros y préstamos. Dicho monto mínimo limita a las cooperativas de nivel básico para pasar a nivel I. En muchos casos, las cooperativas de nivel básico prefieren evitar la regulación y no registrarse de manera formal en la CNBV, limitando su expansión y crecimiento. El artículo 48 establece que el capital mínimo para las SOCAP de Nivel II será de 500 000 UDIS, equivalente a 3.2 millones de pesos. En el artículo 88 se menciona que una SOCAP Nivel III deberá tener un capital mínimo de 4 000 000 UDIS, equivalentes a aproximadamente 26 millones de pesos. Por último, el artículo 133 indica que las SOCAP Nivel IV deberán tener un capital mínimo de 22 500 000 UDIS, que representa 147 millones de pesos (Cuadro 1).

Cuadro 1
Capital mínimo medido en UDIS y en pesos por nivel de las SOCAP
Capital mínimo medido en UDIS y en pesos por nivel de las SOCAP
Fuente: Elaborado con base en SOCAP (2019).

Cuadro 2
Número de socios a captar por nivel de SOCAP
Número de socios a captar por nivel de SOCAP
Fuente: Elaborado con base en SOCAP, 2019.

Alcanzar estos niveles mínimos de capital representan aportaciones sociales relacionadas con el número de socios y con la capacidad de ahorro de las localidades donde operan las cooperativas, pero sobre todo de la confianza que establezcan estas asociaciones en sus primeros años de operación. Un ejercicio para identificar el número de socios que se requerirían con dos aportaciones sociales, una de 500 pesos y otra de 1000 pesos, se presenta en el Cuadro 2.

Para conformar una SOCAP de Nivel I, es necesario integrar por lo menos a 1310 socios, con una aportación social de 500 pesos, la cual se debe cubrir en su totalidad para poder integrase en la sociedad. En el Nivel II se requerirá captar 6550 socios -con la misma aportación social. Sin embargo, si sube la aportación social a 1000 pesos por socio, se reduce a la mitad el número de miembros para establecer este nivel. No obstante, no es tan fácil captar ese número de socios en el primer año de operación. Este fundamento legal se convierte en una restricción que provoca que las cooperativas operen como Nivel Básico -y sin regulación por parte de la CNBV- hasta varios años antes de poder registrarse de manera formal. Esto implica una desventaja; la CNBV no recomienda depositar dinero en una SOCAP de Nivel Básico por la inseguridad que se puede tener al no contar con un seguro de depósitos.

La Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo en su artículo 41 indica que las cooperativas con Niveles de operación I a IV deben formar parte del Fondo de Protección. Éste es un fideicomiso denominado formalmente como Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores, el cual tiene como finalidad la supervisión de las SOCAP, realizar operaciones preventivas para evitar problemas financieros que puedan presentar estas sociedades y hacer cumplir las obligaciones referentes a los depósitos de ahorro de los socios.

El patrimonio del Fondo de Protección está integrado por (Cámara de Diputados, 2014: 28):

  1. 1. Las aportaciones que el Gobierno Federal efectúe.
  2. 2. Las cuotas que las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV estarán obligadas a realizar los términos de esta Ley. Dichas cuotas podrán ser:
    • Cuotas ordinarias de supervisión auxiliar, así como intereses moratorios que, en su caso, se generen por incumplimiento en su pago.

    • Cuotas ordinarias y extraordinarias de seguro de depósitos, así como intereses moratorios que, en su caso, se generen por incumplimiento en su pago.

    • Las cuotas a que se refieren los incisos anteriores deberán registrarse en cuentas especiales y por separado para cada inciso.

  3. 3. Los demás bienes, derechos y obligaciones que el propio fondo adquiera por cualquier título legal.

Este Fondo de Protección debe poner a disposición del público en general -por medios electrónicos- los ingresos y egresos de los conceptos correspondientes a las cuotas de supervisión auxiliar y de seguro de depósitos (cada una con cifras al cierre anual de cada ejercicio). Por su parte, las SOCAP están obligadas a pagar al Fondo de Protección las cuotas mensuales que determina el Comité de Protección al Ahorro Cooperativo, las cuales se van a una cuenta especial denominada cuenta de seguro de depósitos. Esta cuenta tiene como fin cubrir los depósitos de dinero de cada socio hasta por una cantidad equivalente a 25 000 UDIS, por persona física o moral, cualquiera que sea el número y clase de operaciones a su favor y a cargo de la misma cooperativa, en caso de que se declare su liquidación y disolución.

Además de lo anterior, en el artículo 78Bis de la Ley General de Sociedades Cooperativas se determina que las SOCAP deben agruparse en organismos cooperativos de integración y representación, los cuales hacen referencia a las federaciones y a la Confederación Nacional. Esta última, en la forma de Confederación de Cooperativas de Ahorro y Préstamo de México (CONCAMEX).

Las Federaciones se integran por la agrupación voluntaria de las SOCAP -mínimo cinco y máximo cincuenta cooperativas-, fungiendo como organismos cooperativos de integración y representación, de segundo grado.

Por su parte, la Confederación se constituye de la agrupación de todas las Federaciones de SOCAP, siendo el órgano de consulta y colaboración del Estado para diseñar, difundir y ejecutar las políticas, programas e instrumentos de fomento y desarrollo de las SOCAP y sus organismos.

3.2 Factores organizacionales

Los factores organizacionales también afectan el desempeño de las SOCAP, a partir de establecer la estructura organizacional que fomente la cooperación de los socios y las reglas que limiten el comportamiento oportunista de la estructura directiva, de tal forma que se alcancen los objetivos sociales para los cuales fueron creadas. La Ley General de Sociedades Cooperativas y las Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las SOCAP establecen, por ejemplo, que una cooperativa de Nivel I debe poseer, como mínimo, el siguiente organigrama para su correcta administración y funcionamiento.

Organigrama de una SOCAP Nivel I
Diagrama 1
Organigrama de una SOCAP Nivel I
Fuente: Elaborado con base en la Ley General de Sociedades Cooperativas y a las Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las SOCAP (2019).

La ley estipula las funciones, atribuciones y obligaciones de cada órgano, así como el número de personas que deberán integrar cada uno.

3.3 Consejo de Administración

El Consejo de Administración es

[…] el órgano ejecutivo de la Asamblea General y tendrá la representación de la sociedad cooperativa y la firma social, pudiendo designar de entre los socios o personas no asociadas, uno o más gerentes con la facultad de representación que se les asigne, así como uno o más comisionados que se encarguen de administrar las secciones especiales […] además, estará integrado por no menos de cinco ni más de quince personas, quienes serán nombrados o removidos, en su caso, por la Asamblea General (Cámara de Diputados, 2019: 10).

Es por ello que estará conformado por un presidente, un vicepresidente, un secretario, dos vocales, un suplente universal y un consejero independiente.

Para ser consejero, la persona deberá cubrir los siguientes requisitos (Cámara de Diputados, 2019):

Además, tiene como facultades y obligaciones las enlistadas a continuación (Cámara de Diputados, 2019: 11):

3.4 Consejo de Vigilancia

El Consejo de vigilancia

[…] será el órgano encargado de supervisar el funcionamiento interno de la cooperativa, así como el cumplimiento de sus estatutos y demás normatividad aplicable, estará integrado por no menos de tres personas ni más de siete, que serán nombradas y en su caso removidas por la asamblea general.

Deberá estar conformado por un presidente, un secretario y un vocal como mínimo (Cámara de Diputados, 2019: 12).

Entre las facultades del este consejo destacan las siguientes (Cámara de Diputados, 2019):

El tipo de funciones y atribuciones que tienen estos órganos directivos implican ciertos conocimientos y preparación técnica, financiera, de administración y dirección que las cooperativas desarrollan a partir de la práctica o de la capacitación que reciben. Aun cuando la estructura se establece de manera legal, en muchos casos las cooperativas no tienen la capacidad técnica y organizacional para realizar estas funciones, que podrían impulsar el crecimiento y autosustentabilidad de estas sociedades.

3.5 Comité de Crédito

El Comité de Crédito

[…] será la instancia responsable de la aprobación de los créditos solicitados a la Sociedad, debiendo observar los lineamientos que al efecto se establezcan en el manual de crédito. El Comité de Crédito podrá delegar dicha función en subcomités y, en su caso, en los funcionarios de la Sociedad que al efecto determine.

Estará conformado por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un vocal y un suplente universal (CNBV, 2019: 82).

3.6 Comité de Auditoría

El Comité de Auditoría tiene el objetivo de apoyar al Consejo de Administración

[…] en la definición de los lineamientos generales del sistema de control interno, así como en la verificación y evaluación de dicho sistema. Lo anterior, mediante la supervisión de las funciones de auditoría interna, fungiendo como un canal de comunicación entre el Consejo de Administración, los auditores internos y las autoridades supervisoras […] dicho comité deberá contar con un mínimo de tres miembros y cuando menos uno de ellos, quien podrá ser o no consejero, deberá tener conocimientos técnicos o experiencia en materia de contaduría, auditoría y control interno, así como poseer conocimientos sobre la operación y la normatividad aplicable a las sociedades (CNBV, 2019: 81).

Sus atribuciones son las siguientes (CNBV, 2019):

En términos legales, el número de personas que necesita una cooperativa para cubrir los órganos de dirección y control son un mínimo de 16 personas respetando lo establecido en estas disposiciones, sin considerar las otras áreas que se requieran, tales como una Gerencia General y las áreas administrativas, operativas y de cobranza que comúnmente tiene una SOCAP para su desempeño.

En términos organizacionales, se requiere una gran cantidad de personal, lo que representa un problema sumamente importante. Por lo general, las cooperativas en sus inicios no cuentan con el personal suficiente -producto del limitado número de socios-, ni tampoco los socios están capacitados en aspectos de administración, contaduría y finanzas que requieren los diferentes puestos y cargos.

Existen problemas organizacionales en términos de la administración de la SOCAP, pero también en la forma de incrementar el número de socios, a partir de los principios del cooperativismo. En términos generales, el incremento en el número de socios permite dar sustentabilidad financiera a la cooperativa y generar el crecimiento económico y desarrollo de las SOCAP.

Sin embargo, una organización interna deficiente puede desincentivar la afiliación de nuevos agremiados. En muchas SOCAP es común que estos órganos directivos generen una serie de privilegios que no reciben los socios sin ningún puesto en la SOCAP, desmotivando la incorporación de los nuevos cooperativistas y creando una división entre los miembros con niveles directivos y el resto de los agremiados.

El otro problema organizacional depende de los incentivos necesarios para aumentar el número de socios de la cooperativa, de tal forma que se sientan propietarios de la misma y desincentive acciones oportunistas en relación con los préstamos que reciben. Es decir, establecer tasas de interés bajas para aquellos socios que requieren solicitar préstamos y ofrecer mayores tasas para los ahorradores. Si las cooperativas distribuyen los beneficios generados entre todos los socios de manera apropiada, generarán un mayor crecimiento y desarrollo de las SOCAP a partir de la participación y cooperación de todos los socios.

4. Factores de desempeño

En el desempeño económico se ven reflejados los factores legales y organizacionales, pero sobre todo se destacan los problemas técnicos, de administración y gerenciales de las SOCAP. Los problemas técnicos en el manejo de una SOCAP implican conocer elementos contables y financieros en la captación de ahorro y la disponibilidad de préstamos.

Uno de los mayores problemas que enfrentan las SOCAP en sus primeros años es la falta de conocimientos financieros para el manejo de la cooperativa, de tal forma que desde su gestación y desarrollo sea sustentable en términos económicos a partir del buen manejo de los recursos ahorrados por los socios.

En un ejercicio de simulación para evaluar la rentabilidad de las SOCAP de Nivel I se calcularon cuatro indicadores financieros. Los indicadores financieros fueron: Valor Presente Neto (VPN), Tasa Interna de Retorno (TIR), relación Beneficio-Costo (B/C) e Indicador N/K. Adicionalmente, se incluyó la Tasa Mínima de Aceptación Rentable (TMAR), que fue de 9.3 %, y la rentabilidad sobre capital (ROE) que ha tenido el sector de las SOCAP de Nivel I en los últimos años (SHCP, S.F.).

Las fórmulas utilizadas para cada cálculo fueron (Baca, 2013):

V P N = - P + F N E 1 1 + i 1 + F N E 2 1 + i 2 + F N E 3 1 + i 3 + F N E 4 1 + i 4 + F N E 5 + V S 1 + i 5 [VPN]

P = A 1 + i n - 1 i 1 + i n + V S 1 + i s [TIR]

B C = B n 1 + i n C t 1 + i n [B/C]

N K = F F 1 + i n F F 1 + i n [N/K]

Los datos que se utilizaron para calcular los indicadores financieros se obtuvieron de los Estados Financieros Proforma a cinco años, en una SOCAP Nivel I en el municipio de Chignahuapan, estado de Puebla (López, 2019). Bajo una serie de supuesto en el número de socios, en las aportaciones sociales y en la forma de gestión y administración de los recursos siguiendo las disposiciones legales, se encontraron los siguientes resultados financieros:

Cuadro 3
Indicadores financieros de SOCAP Nivel I, en Chignahuapan, Puebla
Indicadores financieros de SOCAP Nivel I, en Chignahuapan, Puebla
Fuente: Estimación propia.

El VPN de -$413 485.61 indica que esta cooperativa genera pérdidas, ya que el flujo de ingresos no es suficiente para cubrir sus inversiones y costos de operación. El criterio de este indicador es que sea mayor o igual a cero. La TIR de -36.13 % muestra que la SOCAP no es rentable, ya que no está superando la tmar de 9.3 %. Por otro lado, el indicador B/C, con un resultado de 0.95, implica que por cada peso que se está gastando únicamente se obtienen 95 centavos, teniendo pérdidas de 5 centavos (López, 2019)

Por último, el indicador N/K tuvo un resultado de 0.27; es decir, que por cada peso que se invirtió en la cooperativa inicialmente sólo se recuperan 27 centavos (López, 2019). Estos indicadores muestran el panorama financiero que enfrenta una SOCAP que va iniciando, los cuales no son muy alentadores. La mayoría de las cooperativas en sus inicios no son autosustentables: requieren de más de cinco años para obtener flujos de efectivo positivos que les permitan cubrir sus inversiones, costos operación y gastos diarios, previa la obtención de beneficios económicos para sus socios. Esta situación podría mejorar con un aumento del número de socios.

5. Consideraciones finales

El sector de cooperativas de ahorro y préstamo no ha crecido de manera lineal; es necesario un mayor esfuerzo y tiempo para lograr una verdadera inclusión financiera en la población sin acceso a los servicios financieros de la banca comercial en México. Aun cuando las SOCAP son una buena opción, existen factores que han limitado su crecimiento y desarrollo. En muchos casos, son factores inherentes a las mismas SOCAP.

Los tres factores más importantes que influyen en el crecimiento y desarrollo de las SOCAP son los factores legales, organizacionales y de desempeño. El aspecto legal es una de las principales restricciones que hace que las cooperativas financieras operen en el Nivel Básico, sin regulación formal por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. En los primeros años es difícil que las cooperativas cumplan con la disposición legal del capital mínimo para el Nivel I, a partir de las aportaciones de los socios.

En el aspecto organizacional, se requiere una gran cantidad de personal por disposiciones legales. Esta situación también es difícil de atender en los primeros años de operación, ya que los integrantes de la cooperativa no cuentan con el personal técnico y directivo suficiente para integrar los órganos que el marco legal establece. Es decir, existen problemas organizacionales en términos de la administración de la SOCAP, pero también problemas en la forma de incrementar el número de socios, a partir de los principios del cooperativismo. En términos generales, el incremento en el número de socios permite dar sustentabilidad financiera a la cooperativa y fomenta el crecimiento económico y el desarrollo de la SOCAP. Sin embargo, una organización interna deficiente de los órganos directivos puede desincentivar la afiliación de nuevos agremiados. En muchas SOCAP es común que estos órganos directivos generen una serie de privilegios que no reciben los socios sin ningún puesto en la sociedad, desmotivando la incorporación de los nuevos socios y creando una división entre los directivos y el resto de los agremiados.

El otro problema organizacional depende de los incentivos para aumentar el número de socios de la cooperativa que se sientan propietarios de esta asociación en relación con los préstamos que reciben.

En el aspecto de desempeño, al iniciar operaciones y por problemas de gestión y administración se complica para las SOCAP obtengan resultados financieros positivos. Esta situación limita que sean autosustentables y, por ende, son factibles de quebrar en el corto plazo. Si el número de socios y la capitalización no aumenta por un mal desempeño financiero, no podrán crecer ni distribuir y reinvertir los excedentes mediante préstamos y beneficios a los socios.

Estos tres factores afectan de manera directa a las SOCAP, ocasionando que no sean cooperativas autorizadas para su operación, con el riesgo de que se pierdan los depósitos de los socios. Al no ser reguladas por la CNBV, no cuentan con un seguro de depósitos y no existen los incentivos para ahorrar con confianza en este tipo de sociedades, limitando el crecimiento de las SOCAP.

Referencias bibliográficas

Baca, G. (2013). Evaluación de Proyectos. (7ª edición). México: McGraw-Hill, 387. (Consultado el 5 de octubre de 2020). <http://iindustrialitp.com.mx>.

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CONCAMEX (2018). Las cooperativas ayudan a vivir mejor. Boletín Informativo CONCAMEX. (Consultado el 1 de octubre de 2020). <http://concamex.coop/>.

CONDUSEF (s.f.). Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Clasificación. Gobierno de México. (Consultado el 30 de septiembre de 2020). <https://www.condusef.gob.mx>.

CONDUSEF (2019). Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. (Consultado el 30 de septiembre de 2020). <https://www.condusef.gob.mx>.

López, E. (2019). Estudio de factibilidad social y sustentabilidad económica para establecer una Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo (SOCAP) Nivel I, en el municipio de Chignahuapan, Estado de Puebla. Proyecto Terminal para obtener la Licenciatura en Administración. Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Cuajimalpa.

North, D. (1993): Instituciones, cambio institucional y desempeño económico. México: Fondo de Cultura Económica.

Pantaleón, I. (2018). Caja Popular Mexicana prevé llegar a 3 millones de socios en 2018. Forbes México. (Consultado el 1 de octubre de 2020). <https://www.forbes.com.mx/>.

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SHCP (s.f.). Evolución de la rentabilidad en el sector SOCAP y áreas de oportunidad recurrentes. (Consultado el 5 de octubre de 2020). <https://www.gob.mx/>.

Notas

1 La aportación social de las s oca p oscila entre los $500 y $1000 pesos por cada nuevo socio.
2 El valor de la u d i se ubicó en $6.549579 el 30 de septiembre de 2020 (BANXICO, 2020).
3 Este capital mínimo se compone de las aportaciones sociales de los socios, que en promedio pueden oscilar entre los $500 y $1000 pesos.
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