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Jubilación en Chile y México. Alcances y evidencias
Felipe Merchant Fuentes; Hector Gustavo Amín Velazquez Ortiz
Felipe Merchant Fuentes; Hector Gustavo Amín Velazquez Ortiz
Jubilación en Chile y México. Alcances y evidencias
Retirement in Chile and Mexico. Scope and Evidence
Denarius. Revista de Economía y Administración, vol. 2, núm. 43, pp. 169-191, 2022
Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa, Departamento de Economía
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RESUMEN: Este trabajo se documenta por lo que ha atravesado el sistema de pensiones de Chile constituido en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), cuya organización ha tenido una enorme influencia en los sistemas de América Latina, en particular en las Afores mexicanas, aunque no ha estado exento de fallas operativas y de otra índole que han influido en su revisión durante varias ocasiones dando lugar incluso a movimientos sociales importantes.

Dado que el sistema mexicano se basa esencialmente en el chileno, es comprensible que esté sujeto al mismo tipo de observaciones que el del país andino. Así que la revisión de la AFP para entender las Afores es esencial en los eventuales costos y beneficios que implica para los trabajadores mexicanos su sistema de pensiones.

Palabras clave: G23 Fondos de pensiones, otras instituciones financieras privadas, J26 Jubilación, Política de jubilaciones J83 derechos de los trabajadores.

ABSTRACT: This paper is documented by what the Chilean pension system has gone through, constituted in the AFP, whose organization has had an enormous influence on the systems of Latin America, particularly in the Mexican Afores. Although, it has not been exempt from operational and other failures that have influenced its review on several occasions, even giving rise to social movements of particular importance.

Given that the mexican system is essentially based on the chilean, it is understandable that it is subject to the same type of observations as that of the Andean country. So the review of the AFP to understand the Afores is essential in the possible costs and benefits that their pension system implies for Mexican workers.

Keywords: G23 Pension funds, other private financial institutions, J26 retirement, retirement policy, J83 workers’ rights.

Carátula del artículo

Artículos

Jubilación en Chile y México. Alcances y evidencias

Retirement in Chile and Mexico. Scope and Evidence

Felipe Merchant Fuentes
Universidad Autónoma Metropolitana, Mexico
Hector Gustavo Amín Velazquez Ortiz
Universidad Autónoma Metropolitana, Mexico
Denarius. Revista de Economía y Administración, vol. 2, núm. 43, pp. 169-191, 2022
Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa, Departamento de Economía

Recepción: 10 Febrero 2020

Aprobación: 23 Junio 2021

1. Introducción

Desde el año 2019, Chile ha cambiado bastante en términos políticos, sociales, pero también en términos institucionales. Uno de los principales cambios se ha dado en el marco de la discusión sobre la previsión social a partir de la evidencia acumulada desde principios de los años 2000, que cristalizan las pensiones entregadas a las personas jubiladas por el sistema de capitalización individual. Crítica que irrumpe en el año 2016 -de la mano de movimiento social de trabajadores «No + AFP»- ya con poco más de una década de evidencia de las pensiones que estaban percibiendo las primeras generaciones de jubilados y jubiladas por el sistema de capitalización individual (González y Campos, 2020).

Los cambios, impulsados por la movilización social de décadas y expresada en la revuelta social de octubre de 2019, han trastocado pilares heredados por la dictadura cívico-militar, y que posteriormente fueron relegitimados por los sucesivos gobiernos de la Concertación (1990-2010). La grave crisis político-institucional, resultado del momento constituyente que significó la revuelta social (desde octubre de 2019), desembocó en un proceso institucionalizado para redactar una nueva Constitución para Chile, frente a las demandas ligadas a lo laboral, educación, jubilación, salud, vivienda y contra la violencia de género (Pérez y Osorio, 2021: 49-50; Joignant, Garretón, Somma y Campos, 2020: 15).

Además, la situación social agudizada por la emergencia sanitaria del Covid-19, el impulso de una serie de medidas contenida en una «agenda social» - como la llamó el gobierno de Sebastián Piñera - que puso en el foco las ya cuestionadas Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), se volvió una urgencia en Chile. Frente a las débiles medidas de transferencias monetarias directas, e indirectas, enmarcadas en una lógica de focalización de este tipo de subsidios, desde el congreso aparecieron proyectos de ley -con carácter de reformas constitucionales- que permitieran a las personas afiliadas y cotizantes, del sistema de capitalización individual, retirar parte de sus fondos ahorrados.

Este tipo de proyecto de ley - inédito en el país- dio paso a la posibilidad de retiros voluntarios de hasta un 10% de las cuentas individuales. Las justificaciones de este tipo de medidas versaban en anuncios de tipo «será por vez única» (Cortez-Monroy y Salinas, 2020). Hasta el momento, ya se han tramitado y aprobado tres proyectos de ley, es decir, tres reformas constitucionales que dan paso a tres retiros del 10%. El primer retiro se aprobó el 30 de junio del 2020, el segundo retiro se aprobó el 3 de diciembre de 2020, y el tercero el 19 de abril del 2021. Por último, un intento de un «cuarto retiro», que fue rechazado por un pequeño margen de votación en el Congreso nacional, a finales de noviembre de 2021, con lo cual, probablemente, se cierra la puerta a la insistencia de la posibilidad de generar más retiros de los fondos de cotizaciones individuales de las personas ocupadas, desocupadas y jubiladas en Chile.

Estas medidas, o reformas constitucionales, a pesar de contar con un alto apoyo popular, se frenó por medio de una negociación entre el Congreso y el gobierno. Esto último queda reforzado por las señales políticas del futuro gobierno, liderado por Gabriel Boric, ya que ha anunciado que no apoyará la política de retiro de los fondos individuales de pensiones como estrategia de ayuda social por la actual situación sanitaria.

A continuación, nos proponemos realizar una breve revisión de uno de los aspectos relacionados con el trabajo, o de la etapa del «post trabajo», que trasciende en la vida de las personas, luego del retiro de la actividad en el mercado laboral: la jubilación. Sin embargo, buscaremos abordar esta visión teleológica de las trayectorias laborales desde los aportes críticos de los conceptos de «trabajo ampliado y sujetos laborales ampliados» (De la Garza, 2005; 2011), puesto que el fomento e instalación de este sistema de seguridad social se fundamenta en la concepción de un tipo de trabajo, vinculado a características laborales como la formalidad, estabilidad y la solvencia o suficiencia de los ingresos. Es decir, desde nuestra perspectiva, el actual sistema de pensiones para la jubilación en Chile se fundamenta en una concepción de trabajo de «tipo clásico», lo cual en América Latina no ha sido, ni está cerca de ser, el tipo de trabajo más extendido en la región.

Dado lo anterior, la presente propuesta de trabajo tiene por tema de estudio revisar las condiciones de jubilación en Chile, realizando un diagnóstico crítico de los antecedentes y características del sistema de pensiones chileno, ya que este régimen de jubilación ha sido referencia y ha influido en los sistemas de pensiones de la región latinoamericana. El caso mexicano no es ajeno a esta realidad, ya que, a partir del balance chileno, reflexionaremos sobre los posibles impactos de la última reforma en materia de pensiones en México.

Este trabajo queda dividido en seis subapartados. En el primero, el lector encontrará una recopilación de antecedentes de la noción de seguridad social, tanto académicas como institucionales. El segundo, donde se aborda la relación entre la financiarización y la privatización de las pensiones; el siguiente, donde se hace un recorrido histórico del sistema de pensiones hasta nuestros días. En el cuarto subapartado se realiza una caracterización de los pensionados. El quinto esgrime una crítica al sistema de pensiones, para al final, en el último subapartado a raíz de las enseñanzas del sistema chileno, proyectar posibles escenarios en México.

2. Antecedentes de la seguridad social

En el plano académico, de conformidad con Merton (1983), el objetivo principal de un sistema de pensiones es proporcionar un nivel de vida en la jubilación comparable al que se disfrutaba durante los años de trabajo. Algunas de las características que arguye son que el trabajador pueda establecer una meta a futuro y que tales esquemas de jubilación deben estar enfocadas en tener ofertas de inversión basadas en las características de cada persona o de una generación, y adicionalmente las aportaciones deben ser prácticamente obligatorias, con un plan de contribución definida en el tiempo, pero con un sistema de elección individual para las cantidades de contribución (Merton, 1983).

Desde el plano institucional, la Declaración Universal de los Derechos Humanos estipula en su artículo 22 como un Derecho Humano la seguridad social para toda persona.

Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

En la misma línea, operacionalizando a modo de política pública, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) define la «seguridad social» como

[…] la protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia.

Según la información que dispone la OIT (2019), en su más reciente informe sobre la temática, establece que el 97% (186) de los países tiene regímenes de pensiones que entregan prestaciones monetarias de modo periódico. La misma OIT clasifica los regímenes de pensiones en dos grandes tipos: (a) contributivos, que están relacionados -con matices y diferentes modalidades- a seguros sociales administrados por los Estados, y (b) los no contributivos, que apelarán a sistemas de pensiones, o seguridad social en general (pensiones, salud, cesantía, etc.), que están basados en la responsabilidad y contribuciones individuales de los trabajadores de esos países. Es decir, el primer tipo de régimen de pensiones está basado en la responsabilidad del Estado (aunque los ingresos para tales fines provengan de actores tripartitos, trabajadores-empresarios-Estado). Y desde el otro frente, un régimen que deposita la responsabilidad de solventar las pensiones de manera individualizada (OIT, 2019: 86).

Sin embargo, la mayoría (55%) de los países que cuenta con un sistema de pensión tiene regímenes de pensiones mixtos (con elementos contributivos y no contributivos), con matices en la composición o caracterización de cada uno. La minoría, solo 12 países, tiene regímenes vinculados al ideal «no contributivo». Es decir, que se fundamentan principalmente en el ahorro de la cotización individual de cada trabajador (OIT, 2019: 86-87).

En términos globales, el 67.9% de las personas «que superan la edad legal de jubilación» perciben una pensión de vejez. En términos regionales, en América Latina y el Caribe un 70.8% de ese rango etario percibe una pensión o jubilación. La región con menos cobertura es la de África Subsahariana, cubre un 22.7% (OIT, 2019: 88). En tanto, para nuestros casos de interés, México tiene una cobertura efectiva del 50.3% y Chile un 69.2% (OIT, 2019: 147).

3. La financiarización de las pensiones

Si contextualizamos desde un entorno de economía global, podemos argumentar que una de las características de la fase capitalista neoliberal es la preponderancia del sistema financiero sobre otras esferas como la productiva, a lo que algunos investigadores han denominado como financiarización (De Mattos, 2016; Marcial, 2019), la cual se inserta en un mercado mundial altamente conectado respecto a las transacciones de carácter financiero.

Dentro de este contexto, entre los años 1981 y 2002, de los 192 países de que se tiene información, una pequeña cantidad de países (24) realizaron profundas reformas a sus sistemas de pensiones, en un giro hacia la privatización de sus sistemas de pensiones. En 1981, el primer país fue Chile. En específico, el primero de mayo de 1981, considerando el importante simbolismo que significó realizarlo el día internacional de los y las trabajadoras. El ministro del Trabajo y Previsión Social, de la dictadura de Augusto Pinochet, presentaba de la siguiente manera el nuevo sistema de las AFP:

Los símbolos son importantes, y escogimos el 1° de mayo [de 1981] como fecha de nacimiento del sistema privado de pensiones, para permitir a los trabajadores celebrar ese día no como uno de lucha de clases, sino como el día en que ganaron la libertad de controlar sus recursos para el retiro y se liberaron de las cadenas del seguro social estatizado (José Piñera, ministro del Trabajo y Previsión Social, citado Damián y Rosales, 2018: 131).

Según los balances de la OIT, luego de darse cuenta de las «dificultades experimentadas» por los sistemas privados «para cumplir con las expectativas», seis países decidieron revertir las reformas de privatizaciones, volviendo a sistemas de pensiones públicos y solidarios. El resto, ha realizado reformas graduales para ponderar los «riesgos» de este sistema (OIT, 2019: 104).

En Chile, recién en el año 2008, 27 años después de la privatización del sistema de pensiones, realizaron reformas para aumentar el «pilar solidario» para ponderar los «riesgos» del sistema de las Administradoras de Fondos de Pensiones, convirtiéndose así en un país con un sistema de pensiones «mixto». Es decir, se puede considerar que las AFP son en la actualidad un subsistema dentro del sistema de «seguridad social» en Chile, ya que, mediante la incorporación del «pilar solidario», el Estado se hace cargo de solventar el 60% de las pensiones de las y los jubilados con menores ingresos (González y Campos, 2020: 140). Una reforma necesaria, al comenzar a conocer la evidencia de las condiciones en las cuales se comenzaron a jubilar las primeras personas jubiladas por medio del régimen de las AFP.

4. Chile: pensiones y dictadura chilena

A modo de resumen, recordaremos tres instancias, o hechos legales, que antecedieron al actual sistema de pensiones en Chile. Tres hechos que ocurrieron en un periodo de años (1978-1980) en que se cimentó la transformación del Estado de Chile bajo la fuerza de la dictadura. El 26 de diciembre de 1978 se promulgó, por la Junta de Gobierno, el Decreto de Ley N° 2448, encomendando al Ministerio de Hacienda para modificar el sistema de pensiones. Esta promulgación permite la «implementación del sistema de pensiones de capitalización individual, en que el que se reducen las pensiones que tenía el sistema de reparto, a pensiones solamente de vejez, vejez anticipada, sobrevivencia e invalidez» (Tobar, 2018: 29).

De este modo, se cambia el rol y la responsabilidad del Estado de Chile en relación con las pensiones. Cuestiones que quedan decretas, o amarradas, por medio de la Constitución Política de Chile de 1980:

Art. 18°. El derecho a la seguridad social: La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.

De esta manera, el Estado asume un criterio garantista en el «Derecho a la Seguridad Social», relevando el rol de una responsabilidad directa, ya que solo garantizará un «acceso a las prestaciones básicas», cuestión que cambió el rol del Estado como garante de la seguridad social, que se había establecido en la Constitución del año 1925, y que se reforzó en las modificaciones constitucionales del año 1970 (Tobar, 2018: 28-29).

En la génesis de la Constitución de 1980, y la instalación del régimen de capitalización individual, primaron los intereses corporativos de quienes conducían el país en esa época, la Junta Militar, quienes representaban a las distintas ramas de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y de Orden. Lo anterior se evidencia en las actas secretas de las reuniones de la Junta Militar, donde Pinochet explícita que se debe realizar una redacción que confunda a la opinión pública sobre la no implicación de las FF.AA. y de Orden en el nuevo sistema de pensiones que se proyectaba para la población trabajadora del país.




Fuente: Citado en Kremerman y Gálvez (2021: 9) .

Un mes después de este tipo de reuniones, y de la evidencia de que sabían lo problemático en términos de su eficiencia, por medio del Decreto con fuerza de Ley (dl) 3500, que «Establece nuevo sistema de Pensiones», que mandata, como organismo responsable, al Ministerio del Trabajo y Previsión Social para estos fines. El actual sistema de capitalización individual contempla cuatro modalidades de pensión: (i) Renta Vitalicia Inmediata, (ii) Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, (iii) Retiro Programado, y (iv) Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado.

De esta manera, la Junta de Gobierno, el 4 de noviembre de 1980, estableció uno de los pilares de la dictadura que hasta el día de hoy sigue vigente en Chile. En la actualidad, en Chile existen dos sistemas totalmente diferentes, que coexisten para cumplir el objetivo de entregar «seguridad social», pero cada uno dirigido para sujetos laborales diferentes: (1) uno masivo, para el grueso de los trabajadores civiles, y otro específico (2) para los agentes de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y de Orden (Ilustración 1)


Ilustración 1
Sistemas de Pensiones en Chile
Fuente: Elaboración propia con el uso de la iconografía de The Noun Project (thenounproject.com).

Las diferencias tienen que ver con dos elementos centrales. El primero, con la cobertura masiva o específica que tiene cada sistema. Y el segundo tiene que ver con la solvencia de las pensiones que cada sistema entrega a sus pensionados dependientes. En el caso del sistema de pensiones de las FF. AA. y de Orden, que contempla a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) y la Dirección de Previsión de Carabineros (DIPRECA), se hacen cargo de 174 mil pensionados (por jubilación, pensiones y montepíos). Mientras que el sistema, o «mercado» (Kremerman y Gálvez, 2019b; 2021) o «industria» (Tobar, 2018), de capitalización individual en sus diversas modalidades (pensión básica solidaria de vejez, por vejez-edad, vejez anticipada), contemplan 1 416 017 personas (Kremerman y Gálvez, 2019a: 16-17).

En términos de la solvencia de las pensiones que entrega cada sistema, se condiciona de esta manera desde su génesis. Sin embargo, las diferencias también se han reforzado durante los últimos años. Expresión de lo anterior, se puede visualizar en los presupuestos de la nación, y su gasto en relación con la inyección de recursos para cada sistema. Según el análisis de la Fundación SOL, el presupuesto para «financiar pensiones de CAPREDENA y DIPRECA aumentó un 4.7%, mientras los recursos destinados al Pilar Solidario registran un alza de sólo 1.9%» (Kremerman y Gálvez, 2019b: 18).

Desde la entrada en marcha del nuevo sistema de pensiones en Chile, en el año 1981, se han creado 35 Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en las casi cuatro décadas de funcionamiento del sistema privatizado de pensiones. En la actualidad, se encuentran operando 7 de las 35 AFP que han sido creadas en estas más de tres décadas de funcionamiento del sistema. Esta síntesis en la oferta -y competencia- de las entidades privadas que son mandatadas para administrar las pensiones, se debe a procesos de fusión de AFP, que principalmente se han dado por medio de la compraventa de las acciones de las AFP desaparecidas por las Administradoras más longevas (desde el año 1981) del sistema de pensiones chilena.

Los procesos de fusión entre las distintas Administradoras se debieron a reuniones de accionistas, o por la declaración de quiebras de AFP pequeñas (en relación con patrimonio y cuentas administradas) que toman como una oportunidad Administradoras con un mayor patrimonio. La mayoría de los procesos de fusión, o compra, de Administradoras se dieron en el año 1995, donde se pasó de 21 AFP a 16 a finales de ese año. Luego, una segunda ola de fusiones se dio en el año 1998, pasando de 16 a 11 Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) (Ubeda, 2004: 27-28).

En la Tabla 1 se presentan las siete AFP que están operando en Chile, según las cuentas que administran, el porcentaje de comisión por la administración y el año desde que están vigentes.

Tabla 1
Afiliados activos y Pensionados por Vejez, según AFP

Fuente: Superintendencia de Pensiones. Datos actualizados al 15 de diciembre de 2021.

La AFP MODELO, la segunda más reciente que se incorpora al mercado de pensiones, cuenta con la más baja comisión. Esta AFP entra en la modalidad de licitación que realiza el Estado de Chile, que opera para las nuevas personas que ingresan al mercado de trabajo de manera legal y asalariada. Es decir, a cada nuevo trabajador que comienza a laborar con un contrato formal y escrito se le afilia automáticamente/obligatoriamente a la AFP Modelo. Sin perjuicio de lo anterior, los nuevos cotizantes se pueden cambiar a otra AFP vigente en el mercado.

En la Gráfica 1 se visualizan las proporciones en cómo se encuentran presentes las siete AFP vigentes en Chile. El 64% del total (1 189 722) de las cuentas en este sistema de pensiones está administrada por las AFP más longevas, u originarias, del sistema que parten en el año 1981.


Gráfica 1
Porcentaje (%) de Afiliados activos y Afiliados Pensionados por Vejez, según AFP

5. Constitución de sujetos laborales y previsionales

En relación con las estadísticas disponibles en la serie de datos de la Superintendencia de Pensiones de Chile, intentamos visualizar la cobertura que tiene el sistema de AFP para los trabajadores independientes. Los datos disponibles desde el año 1986 (Gráfica 2), hasta el año 2021 ha variado, de extremo a extremo, solo en 0.8% en la categoría de trabajadores independientes. Estos datos son contundentes en relación con las observaciones que tiene la OIT, que detecta la baja cobertura para los trabajadores independientes. En Chile, según los datos de la Encuesta Nacional de Empleo (ene), para el trimestre julio-septiembre 2021, se estima que en Chile existen 1 869 910 trabajadores independientes (por cuenta propia), proporcionalidad de participación, de esta categoría laboral, en la ocupación del país que se ha mantenido en las últimas décadas (Gráfica 3) . Si lo contrastamos con las cuentas de la Superintendencia de Pensiones, nos arroja que solo 41 886 trabajadores en esta condición se han afiliado al sistema de AFP.


Gráfica 2
Porcentaje de los afiliados activos según Tipo de cotización en relación con el total de cuentas administrativas por las AFP, año 1986-2020
Fuente: Con base en los datos de la Superintendencia de Pensiones de Chile.


Gráfica 3
Ocupados según categoria laboral en Chile, año 1986-2020
Fuente: Con base en datos del Instituto Nacional de Estadística de Chile. Serie de datos históricos, trimestres octubre-noviembre-diciembre, de la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) (años 1986-2021).

Sobre la anterior cuestión habría que profundizar con una indagación sobre la continuidad mensual de sus cotizaciones o, como se conoce comúnmente, «lagunas previsionales», ya que un indicador sería la cantidad o proporción de afiliados (cuentas individuales), y otro indicador sería la continuidad mensual de las cotizaciones de los afiliados a alguna Administradora de Fondos de Pensiones.

Estas gráficas nos entregan datos relevantes para abordar una problemática fundamental en este tipo de discusión previsional, desde la perspectiva de la sociología del trabajo, que es la concepción de trabajo, y del sujeto laboral, desde la cual se cimenta el actual sistema de pensiones chileno, ya que queda en evidencia que los y las trabajadoras independientes han quedado excluidos -desde el inicio del sistema- de una cobertura de jubilación en relación con su trabajo, por lo cual la mayoría solo podría optar por una «pensión básica solidaria de vejez», que en la actualidad no llega ni siquiera al 50% del salario mínimo (SM) en Chile.

Lo anterior se transforma en un problema no tan solo económico ni previsional, sino social, ya que esta exclusión, a la posibilidad de optar por jubilaciones por encima del salario mínimo considera, a casi un cuarto de la ocupación laboral (Gráfica 3), lo que se complejiza si se incluye la variable de la informalidad de las ocupaciones (sean dependientes o independientes). Por lo cual se hacen necesarias legislaciones que consideren los antecedentes empíricos de la dinámica laboral del país.

Esta tendencia, o persistencia de ocupaciones de carácter «independiente», no parece que sea una dinámica que se revierta, ya que desde hace varias décadas la ocupación de carácter independiente ha ido aumentando, o por lo menos se ha mantenido, principalmente en el sector de los servicios, disminuyendo la ocupación en las industrias manufactureras (De la Garza, 2005). Sin embargo, este cambio o giro hacia la ocupación en los servicios ha traído consigo también la reconfiguración de las ocupaciones, perfilándose con características cercanas a lo que actualmente se está entendiendo como precariedad laboral (Blanco y Julián-Vejar, 2019; Mora, 2012).

Al igual como se dio en los inicios de la sociología del trabajo, influida por el marxismo, siendo una referencia el tratado de sociología del trabajo de G. Friedmann y P. Navielle (1978), la centralidad de los estudios de casos y el análisis teórico se fundamentaba en los trabajadores de las industrias manufactureras y sus derivadas organizaciones colectivas, como son los sindicatos. Sin embargo, este énfasis coloca en el centro dos aspectos de interés, pero que sin duda están lejos de realizar un adecuado acercamiento a la compleja realidad sociolaboral de Chile y de los países de la región latinoamericana.

El primer aspecto en el que se centran los estudios «clásicos», que aún tienen influencia en los estudios laborales, se da a nivel de la ocupación. Es decir, las características objetivas de los trabajos o empleos, los cuales se pueden describir como ocupaciones de carácter dependientes, con cierta estabilidad laboral, con posibilidad de organización sindical y vinculados a actividades industriales. El segundo aspecto se puede problematizar como los «sujetos laborales» que trabajan en estas «ocupaciones», a los cuales se les puede caracterizar en relación con las condiciones de trabajo en las que se ocupan. Es decir, si están o no formalizados, y si están o no cubiertos por los aspectos de la seguridad social vigente en el país de análisis. Por ello, podemos hablar que se desarrolla una constitución de una diversidad de «sujetos» laborales (De la Garza, 2005: 13), los cuales divergen en sus características sociolaborales y, para nuestro caso de interés, previsionales.

Esta diversidad de sujetos laborales, en el marco de una precariedad laboral y social generalizada (Julián-Vejar, 2021), se ha dinamizado y matizado en relación con su características laborales particulares, por medio de fenómenos laborales y económicos como los es la flexibilidad laboral, por medio de la cual se ha ampliado la individualización contractual, dinámica más que significar un «nuevo fenómeno» -ya que ha existido en las distintas épocas del capitalismo- en la actualidad toma un nuevo protagonismo reforzado, y adoptado en términos de estrategias manageriales o empresariales, desde los años ochenta, con el fin de «disminuir costos, y la búsqueda de vías para aumentar la de velocidad respuesta y la mejorar de la calidad y la productividad» (Irranzo y De Paula, 2006: 269). Con estos «nuevos» objetivos, acompañado por las constantes amenazas de movilizar o trasladar los capitales de inversión, el empresariado actualiza la represión contra el «poder asociativo de los/as trabajadores/as» (Julián-Vejar, 2017: 55; Silver, 2005), como serían los sindicatos que pudieran representar los intereses de sus asociados, y poder implicarse en las discusiones y reformas previsionales.

En relación con estas (nuevas) estrategias manageriales o empresariales (de control), y la jerarquización de la fuerza de trabajo, sujetos laborales diferenciados, por ejemplo, al contar o no con prestaciones sociales, este tipo de relaciones laborales quedan adaptadas a cada contexto nacional (Edwards, 1994). Por ejemplo, por medio del reconocimiento y legislación de la subcontratación, u outsourcing (Leiva, 2009), o la validación del trabajo de «a honorarios» de profesionales por medio de contratos comerciales de «prestación de servicios profesionales» entre personas y empresas (Soto y Gaete, 2013), lo cual contribuye a una distorsión de la dependencia de las relaciones laborales, y de paso en la cobertura previsional, en este tipo de ocupaciones y sujetos (Irranzo y De Paula, 2006: 268).

La compleja articulación de las dimensiones descritas, entre un nivel estructural (ocupaciones) y un nivel micro (sujetos laborales), y la dinámica relacional entre estos niveles, no tan solo segmentaría el mercado de trabajo a modo simbólico, sino también en términos económicos. Ya que esta segmentación se traduce, o se hace observable, en el tipo y nivel de jubilación que están teniendo las personas que no pueden optar más que a una pensión solidaria o las personas que pudieron cotizar individualmente para su cuenta previsional.

6. (In)suficiencia de las pensiones en Chile

Mientras tanto, en términos de los montos en dinero de pensiones, en la Ilustración 2 podemos visualizar las diferencias, esta vez en promedios, de los distintos sistemas de pensiones según los sistemas que coexisten en la seguridad social chilena. En Chile, el salario mínimo (SM) actual está en $350 000 pesos chilenos ($8915 mexicanos o $US 437). Como se puede ver en la ilustración 2, las pensiones más abultadas se encuentran en la categoría «retiro de oficiales», pertinente para las pensiones de DIPRECA y CAPREDENA, que en promedio rondan los $US 2400 o los $48 000 mexicanos. Traduciéndose en salarios mínimos, serían unos 5.4 SM.


Ilustración 2
Comparación de distintas modalidades de pensión pagadas en Chile ordenadas de menor a mayor
Fuente: Fundación SOL, con base en datos solicitados por Ley de Transparencia a DIPRECA y CAPREDENA, y datos publicados por la Superintendencia de Pensiones.Nota: * Los montos de las pensiones de vejez (edad y anticipada) pagadas por las AFP y Compañías de Seguro incluyen el Aporte Previsional Solidario.** Corresponde a las pensiones de vejez para personas que cotizaron entre 25 y 30 años. (citado en Kremerman y Gálvez, 2021: 23).

En tanto, las pensiones del sistema de FF. AA. y de Orden, que son las más bajas, en promedio parten desde los $738 836 pesos chilenos, correspondiente a la categoría de retiro de «cuadro permanente», lo que en dólares se traduciría en $US 928 o unos $19 000 mexicanos. Traduciéndose en salarios mínimos, serían unos 2.1 SM chileno.

Para recién ver las pensiones del sistema masivo de capitalización individual, nos tenemos que centrar en la categoría «vejez», es decir, las personas que cumplen 65 años y 60 años, hombres y mujeres, respectivamente. En el caso de las personas que pudieron cotizar en sus fondos individuales, durante la mayoría de su etapa laboral, y de manera interrumpida (sin «lagunas previsionales») el monto promedio de las pensiones apenas supera en un 4.7% el salario mínimo actual («vejez edad para quienes cotizaron entre 25 y 30 años», ver Ilustración 2). Lo anterior nos habla de la crítica a la solvencia que presenta este sistema de pensiones masivo, que para la OIT lo categoriza como un sistema de pensiones mixtos (ya que el Estado debe absorber sus deficiencias por medio, en el caso chileno, del «pilar solidario»).

Las estimaciones que se realizaban en el año 2001 proponían que el sistema de pensiones chileno para el año 2014 iba a tener una tasa de reemplazo del 43% (Tobar, 2018: 44). Sin embargo, la reciente indagación de la Fundación SOL no entrega datos penosos y críticos. Las personas que implementaron este sistema por la fuerza en dictadura, prometieron por lo menos una tasa de reemplazo de hasta 80%, con una rentabilidad -por medio de la administración privada de los fondos de pensiones- del 5%. «La tasa de reemplazo mediana para las personas que se jubilaron durante la última década es de 20% sin subsidios del Estado, es decir, el 50% de los pensionados obtienen menos del 20». A pesar de que durante el periodo de año que va entre 1981 al 2018 la rentabilidad promedio ha sido de un 7.81%, tenemos una mediana en la tasa de reemplazo del 20% (lejos de las estimaciones que se hacían en el año 2001) (Kremerman y Gálvez, 2019a: 5).

Hoy día, sobre el 50% de las pensiones que son percibidas se están entregando por medio de las instituciones que conforman el pilar «contributivo» de los sistemas de pensiones en Chile. Sin embargo, aún quedan resabios de pensionados que perciben ingresos por medio de instituciones de pensiones «no contributivas» para civiles, como es el Instituto de Previsión Social (IPS), que aglutina a las personas que pudieron/decidieron quedarse en el sistema de reparto anterior, representando una institución que hasta el momento tiene una función de transición de los pensionados o jubilados con el sistema antiguo. Específicamente el IPS dejará de existir como tal cuando se acabe la «necesidad» por la cual se creó: esperar que muera la generación jubilada por medio del sistema antiguo.

7. Experiencia para México

Los datos que caracterizan el actual sistema de pensiones en Chile demuestran dos grandes problemas que considerar para discutir soluciones en relación con las pensiones. La primera trata la insuficiencia de las pensiones entregadas a las personas jubiladas, ya sean pensiones básicas solidarias y las pensiones por vejez, ya sea de personas que tuvieron lagunas previsionales y de personas que pudieron cotizar ininterrumpidamente durante su etapa laboral activa, ya que la mayoría de estas se encontraría por debajo del salario mínimo en Chile.

Además, de las evidentes diferencias de pensiones que existen para los trabajadores que se encuentran cubiertos por el sistema de AFP, frente al otro sistema previsional que coexiste y que entrega cobertura a las personas que en las Fuerzas Armadas y de Orden, lo cual representa una segmentación social que ha permanecido desde la dictadura.

El segundo problema que ha sido transversal desde el inicio del sistema ha sido la no cobertura de las personas que se ocupan de manera independiente. Haciendo el alcance para el caso mexicano, la serie de datos de las personas afiliadas a las Afores, sistema homólogo al de AFP en Chile, según su categoría de dependencia laboral se muestra la misma tendencia. Sin embargo, con una exclusión mayor en el caso de los trabajadores/as independientes.

A pesar de la rotunda presencia de cuentas administradas por las Afores de trabajadores «dependientes», no todas, y ni siquiera la mayoría de estas, están cotizando activamente. Según los datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), del primer trimestre del 2019, la mayoría de los/as «trabajadores/as asalariados y subordinados» no tiene la posibilidad de ahorrar para el retiro o la pensión. Según los datos de esta entrega trimestral, del total (36 864 968 personas) de esta categoría de trabajadores del mercado laboral mexicano solo un 46.5% (17 160 353 personas) tiene la posibilidad de cotizar, por medio de su trabajo, para su plan de retiro, ya sea por la modalidad del SAR o AFORE.


Gráfica 3
Porcentaje de trabajadores dependientes* e independientes según el total de cuentas administrativas por Afores, año 1997-2019
Fuente: Con base en las series históricas del CONSAR.*Trabajadores Registrados, Trabajadores IMSS, Trabajadores ISSSTE, Trabajadores Asignados, Trabajadores Asignados con Recursos Depositados en Siefores, Trabajadores Asignados con Recursos Depositados en Banco de México.

Haciendo un pequeño cruce de variables, nos podemos percatar de una tendencia mundial, que sería la feminización de la pobreza o de la precariedad, del total que declara que sí puede cotizar (17 160 353 personas) mediante la modalidad SAR o AFORE, el 60.3% (10 345 259) son hombres, mientras que el restante 39.7% (6 815 094) son mujeres.

En el caso de Chile, según los datos de la encuesta homóloga, Encuesta Nacional de Empleo (ENE), el 82.4% (5 119 749) del total de los trabajadores asalariados y subordinados (6 210 113) cotizan en el sistema previsional o pensiones. Pero hablando en relación con el total de las personas ocupadas (7 659 651), las personas que están cubiertas por el sistema previsional representan un 66.8%. Esta proporción duplica la proporcionalidad que está cubierta por el ahorro previsional con el caso de México. Realizando el cruce con la variable de sexo de los trabajadores, un 58% (2 969 442) de las personas que sí cotizan son hombres, mientras que el 42% (2 150 307) son mujeres. Datos que nos ofrecen un panorama similar, en estos términos, con el caso mexicano.

A pesar de que haya diferencias en la cobertura que logra el sistema de pensiones en cada país, se asemejan mucho en el objetivo principal de estos regímenes: la insuficiencia en la tasa de reemplazo de los salarios. En Chile, tras casi cuatro décadas desde que se privatizó la jubilación, en la actualidad ya se han pensionado las personas que han podido cotizar casi toda una vida laboral activa (entre 25 y 30 años), sin que la mayoría de ellos/as logre satisfacer la condición de salario mínimo. A pesar de la reforma realizada en el 2008 (Chile), que incorporó un pilar solidario, no logran superar el umbral del salario mínimo.

En México, aún faltan varios años para que se evidencien los resultados de las Afores, a un corte que logre cumplir con las condiciones estipuladas por estas: las 1000 semanas de cotización, lo cual se traduciría en 19 años, bajo este tipo de régimen de pensión. Pero el futuro no parece muy auspicioso, si consideramos el proyecto original que se aplicó en Chile, que ni con 25 a 30 años de cotización se consigue un SM. En México, durante el presente año se ha comenzado a debatir y a proponer elevar el porcentaje de cotización de los trabajadores, como también de proyectar la posibilidad de aumentar las edades mínimas (para hombres y mujeres) como condición para jubilarse.

En relación con lo anterior, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) realiza las estimaciones de cuánto impactaría el aumento de la edad de jubilación de 65 a 68 años, en términos del monto de la pensión en pesos. Las mejoras que se podrían presentar con esta modificación de ley se reflejarán en un aumento de 6.7% en los pesos que, de cada pensión en promedio, han pasado de $3843 a $4101 (CONSAR, 2019: 10).

Mediante la revisión de los datos que pudimos citar, también nos aparece una dimensión que se podría problematizar como una desigualdad en la cobertura, ya que los sistemas de pensiones privatizados tienen un sesgo estructural en su objetivo - generar pensiones de vejez solventes- para los trabajadores independientes. Cuestión que la OIT observa y comenta como un problema y desafío para la mayor parte de los sistemas de pensiones centrados en el pilar de no-contributivo. Es decir, en los sistemas de pensiones que se basan principalmente en el ahorro o cuentas individuales de trabajadores cotizantes (OIT, 2019: 98).

Este problema estructural, sobre la incorporación de los trabajadores a cuenta propia, puede vincularse como expresión de que los sistemas de pensiones se han fundamentado en una noción limitada del trabajo y de los sujetos laborales, lo cual urge ampliar esta concepción para reconocer la diversidad de sujetos laborales (independientes, informales, trabajo de reproducción, familiar no remunerado, entre otras expresiones) (De la Garza, 2005). Quienes pueden tener característica de dependencia económica, aunque sean «independientes», ligado a las características de esta posición en la ocupación, como son los salarios variables, múltiples clientes/«empleadores», trabajo a domicilio, entre otras características. Cuestiones donde la OIT también ha caracterizado y realizado recomendaciones para los Estados, con el fin de ampliar la cobertura de la seguridad social de estas personas.

En Chile y en México, la pirámide demográfica se está invirtiendo (la gente vive más y tienen menos hijos), lo que presenta importantes desafíos para cumplir con el derecho humano de la seguridad social, y en este caso de la jubilación digna o decente de los trabajadores que salen o quieren salir del mercado de trabajo. Hasta el momento, la receta de la privatización de la seguridad social, y de otros aspectos que podrían ser considerados como derechos sociales, sus resultados dejan mucha distancia con las expectativas que plantean, lo que puede derivar en malestar social. Malestar que, en los últimos dos años, en Chile se tradujo en conflicto social abierto y que ha derivado en un proceso constituyente inédito en términos de la composición de las personas que han sido mandatadas para redactar la nueva Constitución del país, considerando la paridad de género y cupos reservados de representantes de pueblos indígenas, como una solución institucional al conflicto social que quedó en evidencia desde octubre de 2019.

Material suplementario
Referencias
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Referencias legislativas
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Notas



Fuente: Citado en Kremerman y Gálvez (2021: 9) .

Ilustración 1
Sistemas de Pensiones en Chile
Fuente: Elaboración propia con el uso de la iconografía de The Noun Project (thenounproject.com).
Tabla 1
Afiliados activos y Pensionados por Vejez, según AFP

Fuente: Superintendencia de Pensiones. Datos actualizados al 15 de diciembre de 2021.

Gráfica 1
Porcentaje (%) de Afiliados activos y Afiliados Pensionados por Vejez, según AFP

Gráfica 2
Porcentaje de los afiliados activos según Tipo de cotización en relación con el total de cuentas administrativas por las AFP, año 1986-2020
Fuente: Con base en los datos de la Superintendencia de Pensiones de Chile.

Gráfica 3
Ocupados según categoria laboral en Chile, año 1986-2020
Fuente: Con base en datos del Instituto Nacional de Estadística de Chile. Serie de datos históricos, trimestres octubre-noviembre-diciembre, de la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) (años 1986-2021).

Ilustración 2
Comparación de distintas modalidades de pensión pagadas en Chile ordenadas de menor a mayor
Fuente: Fundación SOL, con base en datos solicitados por Ley de Transparencia a DIPRECA y CAPREDENA, y datos publicados por la Superintendencia de Pensiones.Nota: * Los montos de las pensiones de vejez (edad y anticipada) pagadas por las AFP y Compañías de Seguro incluyen el Aporte Previsional Solidario.** Corresponde a las pensiones de vejez para personas que cotizaron entre 25 y 30 años. (citado en Kremerman y Gálvez, 2021: 23).

Gráfica 3
Porcentaje de trabajadores dependientes* e independientes según el total de cuentas administrativas por Afores, año 1997-2019
Fuente: Con base en las series históricas del CONSAR.*Trabajadores Registrados, Trabajadores IMSS, Trabajadores ISSSTE, Trabajadores Asignados, Trabajadores Asignados con Recursos Depositados en Siefores, Trabajadores Asignados con Recursos Depositados en Banco de México.
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