Articulo de Investigación Científica y Tecnólogica

Análisis de la jurisprudencia sobre accidentalidad laboral en el sector construcción en Colombia

Analysis of the jurisprudence on occupational accidentality in the construction sector in Colombia

Angela Paola Muñoz Ortega
Universidad Nacional Abierta y a Distancia, Colombia
Edward Yecid Torres Nova
Universidad Nacional Abierta y a Distancia, Colombia

Análisis de la jurisprudencia sobre accidentalidad laboral en el sector construcción en Colombia

Revista Colombiana de Salud Ocupacional, vol. 11, no. 2, e-7508, 2021

Facultad Ciencias de la Salud, Universidad Libre

Received: 02 June 2021

Accepted: 04 October 2021

Resumen

Introducción: En Colombia se han logrado avances normativos en seguridad y salud en el trabajo, originando una transformación en la generación de sistemas de protección y prevención de accidentes laborales, sin embargo, según estadísticas de FASECOLDA, el sector de la construcción es el que mayor accidentabilidad laboral presenta con relación a los demás sectores de la economía.

Objetivo: Analizar las sentencias de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia sobre accidentes de trabajo en el sector de la construcción en Colombia.

Métodos: Se realizó estudio cualitativo con alcance descriptivo por medio del análisis jurisprudencial de las sentencias emitidas por la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional para caracterizar el accidente de trabajo, la responsabilidad atribuida al empleador y las sanciones económicas que se aplicaron.

Resultados: Existe un exceso de confianza del empleador al implementar sistemas precarios, los cuales fueron determinantes en la ocurrencia del accidente laboral generando el pago de indemnizaciones por la culpa comprobada del empleador, además, en la jurisprudencia analizada, se presentó un alto índice de muertes a consecuencia de los accidentes laborales.

Conclusión: En gran parte de los accidentes laborales estudiados, la culpa de la ocurrencia de estos fue atribuida al empleador por incumplimiento en la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, por ello se le condenó al pago de indemnizaciones. Los costos originados por un accidente laboral son altos frente a la inversión que realiza el empleador en la implementación del mencionado sistema.

Palabras clave: Accidentes de trabajo+ salud laboral+ seguridad laboral+ riesgos laborales+ indemnización+ sentencias+ Corte Constitucional+ Corte Suprema de Justicia+ sector construcción.

Abstract

Introduction: In Colombia, regulatory advances have been made in occupational safety and health, originating a transformation in the generation of systems for the protection and prevention of occupational accidents, however, according to statistics from FASECOLDA, the construction sector is the one with the highest occupational accident rate in relation to the other sectors of the economy.

Objective: To analyze the judgments of the Constitutional Court and the Supreme Court of Justice on work accidents in the construction sector in Colombia.

Methods: A qualitative study with a descriptive scope was carried out through the jurisprudential analysis of the judgments issued by the Supreme Court of Justice and the Constitutional Court to characterize the work accident, the responsibility attributed to the employer and the economic sanctions that were applied.

Results: There is an excess of confidence of the employer when implementing precarious systems, which were decisive in the occurrence of the work accident generating the payment of compensation for the proven fault of the employer, in addition, in the case law analyzed, there was a high rate of deaths because of workplace accidents.

Conclusion: In most of the occupational accidents studied, the blame for the occurrence of these was attributed to the employer for failure to implement the occupational health and safety management system, for which he was ordered to pay compensation. The costs caused by a work accident are high compared to the investment made by the employer in the implementation of the system.

Key words: Occupational accidents, occupational health, occupational safety, occupational risk, workers compensation, Supreme Court of Justice, Constitutional court, building sector.

Introducción

El sector construcción es uno de los sectores con los más altos índices de accidentabilidad en Colombia. Según estadísticas de FASECOLDA, 1 es el que mayor accidentabilidad laboral presenta con relación a los demás sectores de la economía, el cual ha tenido grandes costos económicos legales y políticos para las empresas del país, representa una gran repercusión económica negativa para las empresas de este sector. 2

Los motivos que llevaron a investigar el desarrollo que jurisprudencialmente se les ha dado a los accidentes laborales de la construcción posteriores al Decreto Ley 1562 del 2012, se centran en las estadísticas publicadas por la Federación de Aseguradores Colombianos, 1 donde, la información de riesgos laborales del sector de la construcción correspondiente al año 2020 indica que se presentaron 56,984 accidentes de trabajo, 56 muertes por accidentes laborales, 75 pensiones de invalidez y 1,337 indemnizaciones pagadas por incapacidad permanente parcial, así mismo, la afectación económica a la cual se pueden ver expuestos los empleadores por el pago de multas y sanciones establecidas en el Decreto 1072 de 2015, por el incumplimiento de normas en seguridad y salud en el trabajo.

En Colombia, mediante la primera ley en materia de riesgos laborales, la Ley 57 de 1915, se comenzó a identificar el concepto de los accidentes de trabajo, al establecer que el empleador era el responsable de lo ocurrido a todos los operarios con motivo de las tareas que se le asignaban. (3 Mas tarde, con la expedición la normas que se concibieron como el pilar fundamental del hoy denominado Código Sustantivo del Trabajo, se reafirmó en el artículo 216 la responsabilidad de los empleadores en el resarcimiento monetario por las lesiones causadas en un accidente laboral, cuando se compruebe su culpa; así mismo, la obligación de proteger a los trabajadores en el desarrollo de sus funciones laborales. 4Lo anterior, abrió paso a una larga trayectoria normativa (Tabla 1), frente a la evolución del concepto de accidente de trabajo no solo a nivel nacional, sino de carácter internacional, llegando a establecerse normas con criterios técnicos y específicos en dicha materia, acogidos por el estado colombiano, abriendo paso a la promulgación de la Ley 1562 del 2012 que modificó el Sistema General de Riesgos Laborales, la cual dio paso a la normativa vigente. 5

Tabla 1
Marco legal en seguridad y salud en el trabajo, Colombia
Marco legal en seguridad y salud en el trabajo, Colombia

Los accidentes de trabajo son generalmente multifactoriales. Existen muchos factores y causas por los cuales puede ocurrir un accidente laboral, 6) como: falta de control por incumplimiento de los estándares establecidos, falta de implementación de sistemas como el de seguridad y salud en el trabajo, así mismo, entre las causas, se encuentra la causa básica, que se divide en factores personales ligados al comportamiento del ser humano y a factores del trabajo relacionado al lugar de trabajo y a los procesos que en él se desarrollan. Los accidentes laborales, son el resultado de actos inseguros, por comportamientos inapropiados de los trabajadores, o por condiciones inseguras por equipos, herramientas o maquinaria defectuosa o instalaciones inapropiadas para la realización de las funciones del trabajador, lo que puede ponerlos en riesgo de sufrir un accidente laboral. 7

Dentro del análisis de jurisprudencial realizado, se desprende el criterio de los tipos de responsabilidad a los que se puede atribuir por la ocurrencia de un accidente laboral. En ese sentido, Moreno 8 indicó que en materia de riesgos laborales, se ha hecho alusión en reiteradas ocasiones a la presencia de dos clases de responsabilidad, la objetiva y la subjetiva, entendiéndose la aplicación de la primera para el reconocimiento de las prestaciones de carácter asistencial y económico por el riesgo creado a cargo de las administradoras de riesgos laborales, a partir de la ocurrencia de un siniestro con causa laboral, sin llegar a mediar el tipo de culpa que se le atribuyo al empleador. Por otro lado, se menciona una responsabilidad subjetiva, la derivada de la culpa suficientemente probada del empleador, de la que se desprende el reconocimiento de los perjuicios causados por la acción u omisión en las conductas desplegadas negligente o imprudentemente. 8 Cuando un accidente laboral es consecuencia del incumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo, el empleador podría acarrear una responsabilidad civil la cual es una responsabilidad eminentemente subjetiva por la ocurrencia del accidente de trabajo, si es comprobable su negligencia, este deberá pagar una indemnización al trabajador por daños y perjuicios según lo indica el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo. 9

Sin embargo, Lorento et al. 10, concluyeron que el exceso de confianza en la labor desarrollada es uno de los principales factores de riesgo en el sector de la construcción, además, cuanto más tiempo lleva un trabajador en el sector de la construcción, más confiado es, ya que percibe que es inmune a los accidentes laborales. Así mismo, Argüello et al. 11, analizaron la relación de las capacitaciones y la actitud hacia los riesgos laborales en el sector de la construcción, donde diseñaron una escala de actitud hacia los riesgos laborales en este sector, donde concluyeron que los directivos y en especial los mandos medios tienen amplia influencia en la consolidación de la cultura de seguridad.

En este sentido, en este trabajo se realizó un estudio que implicó el análisis jurisprudencial de treinta sentencias emitidas por la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, las cuales se eligieron aleatoriamente según lo explicado en el método de la investigación, sobre accidentes laborales en el sector de la construcción con el fin de establecer una caracterización que incluya primordialmente el tipo de afectación y su vínculo laboral, la responsabilidad atribuida a los empleadores y la indemnización a la que tiene derecho el trabajador o sus beneficiarios.

Materiales y métodos

La presente investigación tuvo un enfoque cualitativo, ya que se busca cualificar y describir un fenómeno social, 12 con un alcance descriptivo que implicó el análisis jurisprudencial de las sentencias que han sido emitidas por la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia en el país sobre el sector de la construcción.

La población objeto de estudio fueron los trabajadores del sector de la construcción en Colombia, para la muestra, se tomaron treinta sentencias de forma aleatoria posteriores a la Ley 1562 de 2012, las cuales se eligieron ingresando a la relatoría de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y la Relatoría de la Corte Constitucional, donde se buscó la palabra clave “accidente laboral”, entre los años 2012 a 2020 y se prosiguió a su lectura, clasificando treinta sentencias que correspondían al sector de la construcción.

La fuente primaria surgió de la aplicación de un formulario de observación cualitativa. Según Hernández et al. 13, se observa para analizar profundamente una situación social, estando atento a los detalles, sucesos e interacciones.

Por medio de este formulario, se organizó cada una de las sentencias y se caracterizaron los fallos proferidos de la siguiente manera:

● Año del fallo, número de la sentencia, Corte que emitió la sentencia, hechos fácticos que motivaron el accidente de trabajo, identificación del problema jurídico que enfrenta el juzgador para dar solución al caso planteado, normas que se incumplieron según lo indicado en la sentencia, sentencia en primera, segunda instancia, sentencia final y condena, causa del accidente según el modelo de Frank Bird, tipo de afectación física que sufrió el trabajador por motivo del accidente y tipo de responsabilidad atribuida al empleador.

Dado lo anterior, se procedió a realizar un análisis cualitativo donde se tuvieron en cuenta las palabras clave y semejanza de criterios determinando la frecuencia con las que estas aparecían en el formulario de observación, para luego graficarlos, finalmente, se propusieron posibles estrategias y alternativas para minimizar la ocurrencia de accidentes laborales en este sector.

Consideraciones éticas

La presente investigación tuvo como objetivo principal realizar un análisis de la jurisprudencia sobre accidentes laborales en el sector de la construcción en Colombia. Para esta investigación no se tuvo ningún riesgo, dado que, no se realizaron encuestas ni entrevistas y además no se realizó el manejo de datos personales, ni nombre de empresas porque toda la información que se manejó es de carácter público. Dado lo anterior, no se requirió de autorización para el tratamiento de datos personales y manejo de la información conforme lo establece la Ley 1581 de 2012.

Resultados

Después de analizar los fallos proferidos por la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional en las sentencias mencionadas en la Tabla 2. Se determinó con respecto a accidentes laborales en el sector de la construcción (Figura 1), el ítem de mayor incidencia con un 39% es el pago de perjuicios materiales e inmateriales, donde, se demostró la culpabilidad del empleador en el accidente de trabajo, seguido, con un 13% se condena a demandados solidariamente, lo cual surge cuando la actividad contratada con el contratista independiente es la misma actividad que desarrolla la empresa que lo contrata, cuando ocurre el accidente laboral, la empresa contratante se convierte en responsable de las obligaciones laborales que no cumpla el contratista.

Tabla 2
Sentencias analizadas
Sentencias analizadas

Tipo de condena establecida por las Cortes
Figura 1
Tipo de condena establecida por las Cortes

Según la Figura 2, se presentó un alto índice de mortalidad (57% de la totalidad de las sentencias analizadas), donde según lo indican los fallos, se comprobó que el empleador no adoptó las medidas necesarias para proteger la vida e integridad del trabajador. Así mismo, con un 10% el trabajador sufrió afectaciones como lo son la fractura de columna vertebral, lesiones de ojos y lumbares por la no identificación de los peligros, evaluación y valoración de riesgos.

Afectación que sufrió el trabajador en el accidente laboral
Figura 2
Afectación que sufrió el trabajador en el accidente laboral

Son varias las causas que ocasionaron el accidente de trabajo. El no suministro o no uso de elementos de protección personal es el factor con mayor prevalencia, con un 20%, ya que los trabajadores en el momento del accidente no contaban con los elementos para la prevención de accidentes laborales, o, por lo contrario, contaban con los elementos de protección personal, pero no se supervisaba su correcto uso. En segundo lugar, se ubica la falta de capacitación e inducción con un 18%, donde se observa en las sentencias analizadas, que los trabajadores en donde se detectó esta causa realizaban tareas en las cuales no tenían ningún tipo de capacitación, como por ejemplo en trabajo en alturas ni en excavaciones (Figura 3).

Causas según el modelo de Bird
Figura 3
Causas según el modelo de Bird

En cuanto a los factores de riesgo, causantes del accidente laboral, se observa que el factor de riesgo al cual estuvieron más expuestos los trabajadores con un 30% son condiciones de seguridad - trabajo en alturas (Figura 4), dado a que esta tarea de alto riesgo no era supervisada por una persona capacitada y calificada, así mismo en algunos casos no se dotaba al trabajador de elementos de protección personal o por lo contrario no se realizaba control en el uso de estos elementos, de igual manera, no se acreditaba la certificación de la realización de cursos en trabajo en alturas por parte del trabajador. En segundo lugar, con un 23% se encuentra condiciones de seguridad - locativo, donde en uno de los casos es un compañero de trabajo el que causa un accidente a otro y se le dicto al empleador una culpa in vigilando o in eligiendo, ya que el empleador responde por el daño causado por sus representantes o trabajadores en el desarrollo de sus labores, donde las Cortes establecían que se acreditaba la omisión o falta de precaución, así mismo una confianza excesiva por parte del empleador para evitar o minimizar las consecuencias que trajeron estos accidentes laborales.

Factores de riesgo a los que estuvo expuesto el trabajador según las sentencias analizadas
Figura 4
Factores de riesgo a los que estuvo expuesto el trabajador según las sentencias analizadas

La norma más se incumplió es el Código Sustantivo del Trabajo frente al artículo 216 con un 29% (Figura 5), donde se le comprobó al empleador la culpa en la incurrencia del accidente laboral y por ello fue obligado al pago de indemnización parcial o total por perjuicios materiales y/o inmateriales, así mismo, el artículo 57 con respecto a las obligaciones especiales del empleador por no procurar a los trabajadores los locales apropiados y los elementos adecuados de protección contra los accidentes que garanticen razonablemente la seguridad y la salud de cada trabajador.

Normas que más se incumplieron según las sentencias analizadas
Figura 5
Normas que más se incumplieron según las sentencias analizadas

En segundo lugar, se ubica con un 18% el incumplimiento del artículo 56 del Decreto 1295 de 1994, porque el empleador no cumplió con la responsabilidad de prevenir los riesgos laborales, seguido con un 11% el incumplimiento de los artículos 188 y 190 de la Resolución 2400 de 1979, ya que los cables de suspensión y los cinturones o arneses de seguridad para trabajo en alturas no cumplían con las especificaciones establecidas, así mismo, con un 11% el incumplimiento de la Resolución 1409 de 2012, dado por el incumplimiento por parte del empleador del reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.

De las 30 sentencias que fueron analizadas, en dieciocho de estas se estableció una responsabilidad civil, se comprobó la culpa del empleador en la ocurrencia del accidente, se condenó al pago de una indemnización total y ordinaria, por perjuicios tanto materiales como inmateriales según el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo, a su vez en otras 7 sentencias se les atribuyó al empleador una responsabilidad de índole laboral, donde se reconocieron al trabajador algunas de las prestaciones económicas y asistenciales a cargo de la ARL y en algunos casos al mismo empleador. Finalmente, los accidentes estudiados en las restantes sentencias que no tuvieron aplicación a ninguna de las responsabilidades por parte del empleador se debieron a causas propias del trabajador.

Así mismo, con respecto al tipo de trabajo realizado al momento del accidente se identificó en las sentencias estudiadas que el de mayor incidencia es el trabajo en alturas, lo cual, es causado por actos inseguros ya sea por falta de entrenamiento o por comportamientos inapropiados del trabajador, o por condiciones inseguras por no contar con las herramientas, elementos de protección personal o instalaciones apropiadas que cumplan normas de seguridad establecidas en la Resolución 1409 de 2012.

Dados los anteriores resultados, se procedió a proponer las siguientes orientaciones estratégicas para reducir los accidentes laborales en el sector de la construcción:

Discusión

Los grandes inconvenientes presentados en las sentencias estudiadas, son en su mayoría los agentes generadores de los accidentes de trabajo en el sector de la construcción, siendo estos considerados como la falta de prevención por el no suministro o uso de los elementos de protección personal, el incumplimiento de las normas establecidas en la Figura 5, normativa vigente en seguridad y salud en trabajo como el Decreto 1072 de 2015, Resolución 312 de 2019, entre otras, por parte de las empresas, además, la no verificación y vigilancia de los procedimientos en esa área, pues es bien sabido que, no se trata solo de tener documentado el sistema, sino también de vigilarlo y velar porque se cumpla a cabalidad con los procedimientos estipulados para dirimir los riesgos existentes.

A consecuencia de lo anterior, la suma de los valores que debieron pagar las dieciocho empresas condenadas frente a las indemnizaciones tasadas por daños materiales e inmateriales, se determinó un valor de $ 4,595,327,478, lo que muestra a los empleadores que los costos de un accidente son altos y por ello, es mejor invertir en prevención que pagar por indemnización, por ello, es importante tener en cuenta la propuesta para la evaluación del impacto económico de la siniestralidad laboral en el sector de la construcción, 17 cuya finalidad es concientizar a las gerencias de las empresas de construcción invertir en prevención, generar cultura de capacitación e información adecuada para los autores involucrados.

Además de todos los generadores de accidentes de trabajo antes descritos, se observó que otro de los puntos débiles de las empresas donde ocurrió el accidente laboral, es la falta de capacitación e inducción, no se puede dejar a un lado la importancia de que un trabajador conozca los riesgos y los peligros a los que está expuesto, como prevenirlos, el que tenga conciencia de la cultura del autocuidado, el instruir al trabajador en los conocimientos básicos como lo son sus funciones, los procedimientos empresariales, que conozcan a que ARL están afiliados, como reportar un accidente, como reportar un peligro o riesgo, como actuar frente a un accidente de trabajo, la falta de capacitación puede traer como consecuencia que el trabajador realice mal sus labores y que probablemente se accidente por una causa laboral.

Por otra parte, en el análisis de las sentencias se observó un exceso de confianza del empleado, este exceso de confianza tiene una relación con los accidentes de trabajo, 10 los trabajadores entre más experiencia laboral adquieren, mayor es su confianza, lo que puede conllevar a un descuido reflejado en la no utilización de los elementos de protección personal, el desarrollo de actividades peligrosas sin supervisión requerida y la no asistencia a las capacitaciones pertinentes, excusando la ausencia de estos en la falta de ocurrencia de accidentes a lo largo de su vida laboral. Sin embargo, no solo se presume el exceso de confianza por parte de los trabajadores, sino también de los empleadores, ya que como se mencionaba anteriormente, solo implementan el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo frente a la documentación, con el fin de darle cumplimiento a la norma en dichos temas, mas no se evidencia la ejecución del mismo, obstaculizando el desarrollo del ciclo PHVA esencial para la mejora continua, presumiendo que sus procedimientos son los correctos y no necesitan ser revisados y actualizados constantemente, (10) trayendo como consecuencia, el que ocurran accidentes laborales con un alto índice de mortalidad, tal como se evidenció en el análisis de las sentencias (en el 57% de las sentencias analizadas), el accidente de trabajo causó la muerte del trabajador, hecho que no solo se debe analizar por lo económico, sino también por la afectación moral que esto genera en las familias de cada uno de los trabajadores.

Así mismo, para el año 2020 según FASECOLDA, 1) en el sector de la construcción se presentaron 56,984 accidentes de trabajo, 56 muertes por accidentes laborales, 75 pensiones de invalidez y 1,337 indemnizaciones pagadas por incapacidad permanente parcial, de lo cual, según los resultados de las sentencias analizadas, se puede considerar que en mayor medida son consecuencia de factores de riesgo a los que estuvo expuesto el trabajador de este sector, como lo son: condiciones de seguridad (trabajo en alturas, locativo y mecánico), así mismo, fenómenos naturales (derrumbes), del mismo modo, el incumplimiento frecuente de la normativa en seguridad y salud en el trabajo como la Resolución 1016 de 1989, Resolución 2400 de 1979, Resolución 3673 de 2008, Resolución 1409 de 2012, Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 de 2019, entre otras.

Es preocupante que en la actualidad algunas empresas aún no han implementado, actualizado o gestionado el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y otras no están acatando las disposiciones referentes al Sistema General de Riesgos Laborales, lo cual se pudo observar en los resultados de esta investigación, es alarmante que existan normas de esta área en Colombia desde el año 1915 y que a la fecha aún no se atiendan y se afecten vidas por falta de interés de los actores involucrados.

La limitación presentada en este estudio fue el entender la terminología jurídica de las sentencias, lo cual implicó para los autores la necesidad de consultar a expertos jurídicos y así entender el contexto semántico y jurídico de términos específicos para llegar a un correcto entendimiento de los fallos emitidos por las Cortes, para después, trasladar esta información al contexto del área de seguridad y salud en el trabajo.

Dados los hallazgos encontrados, para una próxima investigación, se sugiere realizar un estudio sobre las causas específicas de la accidentalidad en trabajo en alturas, así mismo, realizar un análisis sobre el exceso de confianza tanto del trabajador como del empleador en los accidentes laborales de este sector.

Conclusiones

Al realizar el análisis de los fallos proferidos por las Cortes con respecto a los accidentes de trabajo en el sector de la construcción en Colombia, se concluye que en el 83% de los accidentes, la culpa fue atribuida a los empleadores, lo que trajo sanciones económicas para estos, aumentando los costos que deben asumir por consecuencia de no cumplir con lo establecido en la normativa en seguridad y salud en el trabajo. Estos costos se dividen en indirectos, como lo son: el tiempo perdido por el trabajador accidentado, pago de salario a un trabajador que no está prestando el servicio en la empresa por su lesión, el tiempo de las personas que ayudan al trabajador en el momento del accidente, costo del trabajo extra necesario, costos del tiempo de investigación del accidente entre otros, así mismo los costos directos donde al empleador se les condenó el pago por indemnización por perjuicios materiales e inmateriales, gastos médicos y cargos legales. 18 Lo que permite evidenciar que los costos originados por un accidente laboral son altísimos frente a las inversiones que debe hacer cada organización en el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para evitar ese tipo de situaciones, así mismo que para los empleadores el cumplimiento de la normativa colombiana pasa a un segundo plano, siendo considerado el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, como un gasto imprevisto y muchas veces como un requisito más por cumplir en el desarrollo funcional de las empresas.

Por último, se debe resaltar que el empleador no puede trasladar la responsabilidad del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo a los encargados de esta área, el que le asigne responsabilidades a estas personas y que la normativa así lo exija, no exonera a la empresa del cumplimiento, ejecución, inversión y realización de todas las actividades del sistema y del cumplimiento de las normas en riesgos laborales, según lo establece el artículo 15 de la Resolución 4927 de 2016. 18

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Author notes

Autor de correspondencia: langelamunoz_o@hotmail.com

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