Artículos

Recepción: 17 Abril 2024
Aprobación: 19 Noviembre 2024
Publicación: 01 Agosto 2025
DOI: https://doi.org/10.24215/15155994e284
Resumen: El siguiente artículo analiza el rol de la familia Unzué en la implementación de la ley de suscripción popular nro. 947, establecida por el Congreso nacional argentino en 1878. El análisis se inscribe en una línea de trabajo más amplia, tendiente a identificar y reconstruir la trayectoria y los perfiles sociales de los beneficiarios de dicha normativa, que financió la Conquista del Desierto (1879-1885) a cambio de la propiedad de lotes de tierra en las llanuras pampeanas. El tratamiento de nuestro estudio de caso se organiza en tres ejes. En primer lugar, reconstruimos los orígenes de esta familia en el Río de la Plata y los rasgos de su biografía con respecto a actividades económicas y políticas. En segunda instancia, nos concentramos en la intervención y el papel de los Unzué en la ley de suscripción popular, así como en la ubicación y el volumen de tierra adquirida. En tercer y último lugar, deslizamos el foco hacia la ocupación concreta de estas tierras, el tipo de relaciones laborales que se establecieron y la producción que tuvo lugar allí.
Palabras clave: Estructura de propiedad, Tierras públicas, Mercado de tierras, Territorio.
Abstract: This article examines the trajectory and social profile of the beneficiaries of Popular Subscription Law No. 947 of 1878, a regulation that financed the Conquest of the Desert (1879-1885) in exchange for land ownership in the Pampas plains. Specifically, it presents a case study of the Unzué family, organized along three axes. First, we reconstruct the family's origins in the Río de la Plata region and their biography in terms of economic and political activities. Second, we analyze the Unzué family's participation in Popular Subscription Law and examine the location and extent of their acquired lands. Third, we focus on the specific occupation of these lands, examining the labor relations that were established and the production that took place there.
Keywords: Property structure, Public lands, Land market, Territory.
Introducción
En 1878 la ley nro. 947 puso en marcha una suscripción pública de bonos para financiar las campañas militares del ejército argentino que, al año siguiente y en el marco de la denominada Conquista del Desierto (1879-1885), avanzaron sobre los territorios indígenas de las Pampas y la Nor-Patagonia, tal como establecía una normativa de 1867.1 Aún con estas operaciones militares en curso, el Estado nacional saldó dichos bonos con la entrega de tierra “pública” en propiedad, en forma de lotes de diez mil hectáreas, a lo largo de diferentes secciones de las actuales provincias de Buenos Aires, Córdoba y La Pampa.2 Es decir, allí donde tenía lugar una parte importante de dichas campañas.
Este hecho ha sido materia de estudio desde hace algunas décadas (Barba et al., 1974, 1977; Amaral y Harispuru, 1979; Gaignard, 1989) y más recientemente se han precisado aspectos de su implementación y sus efectos en términos generales (Nagy, 2022) así como en contextos locales (Santilli, 2020; Nagy y Literas, 2024). La ley nro. 947 puede ser considerada la última iniciativa del “arsenal jurídico” (Gaignard, 1989, p. 227) elaborado por los gobiernos provinciales y nacionales para promover el acceso a la propiedad privada de la tierra, durante la etapa de organización del Estado y la existencia de la frontera sur con los territorios indígenas.
Las bases sobre las cuales se formularon estas regulaciones jurídicas asociadas a la propiedad de la tierra, en las provincias del Río de la Plata, variaron en virtud de las condiciones físicas de los recursos, las instituciones políticas existentes y de los proyectos de los sectores dirigentes (Míguez, 2007).3 En efecto, hubo una impronta provincial destacable. Esta última se observa, por ejemplo, en el peso relativo y la evolución de la colonización agrícola en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe, con respecto al acceso a la propiedad y a los usos de la tierra (Djenderedjian, Bearzotti y Martirén, 2010). En términos comparativos, en nuestra área de estudio la colonización tuvo menos vigor, dada la relevancia y vigencia de la producción ganadera –en comparación a la agricultura– desde la primera mitad del siglo XIX (Barsky y Djenderedjian, 2003; Djenderedjian, 2008; Barcos y Martirén, 2019).4 Esto se correspondió con diferencias en torno al grado de fraccionamiento de la propiedad, así como de la concentración y la escala de la producción, y por ello cabe interrogarnos en relación al “efecto social” (Míguez, 2017, p. 191) de estas trayectorias provinciales asociadas al acceso y uso de la tierra.5
Saturnino Enrique Unzué figura entre los más importantes beneficiarios de la entrega de lotes promovida por la ley nro. 947. Este hacendado y comerciante porteño, junto a sus hermanos Mariano y Santos Unzué, pertenecía a una de las familias que, vinculadas inicialmente al comercio y a la burocracia político-militar en la Colonia, diversificó y amplió fuertemente sus intereses hacia la propiedad rural a lo largo del siglo XIX (Banzato et al., 2012; Nagy y Literas, 2024).6 En este trabajo proponemos un estudio específico del caso Unzué, con el objetivo de contribuir al conocimiento del perfil social de quienes participaron de la ley de suscripción popular y, en consecuencia, se hicieron con la propiedad de la tierra en el transcurso de la Conquista del Desierto.7 Esto implica reconstruir la trayectoria de los Unzué e identificar los capitales y recursos que fueron relevantes a la hora de participar en la aplicación de esta normativa. Algunos resultados previos han sido presentados en Literas y Nagy (2024) y Nagy y Literas (2024).
Nuestro abordaje se inscribe en una línea de trabajo de más largo aliento y aún en desarrollo, consistente en la reconstrucción y el análisis prosopográfico de los adjudicatarios de tierras en el marco de la ley de suscripción popular de 1878. Es decir, nuestra tarea consiste en indagar las características comunes de un determinado grupo, mediante el estudio colectivo de una serie de aspectos o dimensiones y precisar así variables significativas en función de factores y correlaciones8 (Literas y Nagy, 2004). Con ello, buscamos definir el perfil social de los beneficiarios de dicha ley y a su vez, identificar los mecanismos a través de los cuales accedieron a la propiedad.
En primer lugar, reconstruiremos los orígenes de los Unzué en el Río de la Plata y algunos de los rasgos más generales de la biografía familiar con respecto a las actividades económicas y políticas, así como en las uniones conyugales. Al tratarse de una familia que perteneció a la elite porteña a lo largo de nuestro período de estudio y aún después de él, existe abundante bibliografía de carácter biográfico, genealógico o sociológico,9 cuya información fue contrastada y complementada con la proveniente de registros parroquiales y censales. En este primer apartado, además, esbozaremos las actividades comerciales y políticas de los Unzué y sintetizaremos sus iniciativas para acceder a la propiedad de la tierra desde la década de 1850 y hasta las vísperas de la Conquista del Desierto.10
En segundo lugar, nos concentraremos en el papel que jugaron Saturnino E. Unzué y sus hermanos Mariano y Santos Unzué, en la ley de suscripción popular que financió la Conquista del Desierto e implicó la privatización de vastas áreas de territorio indígena en las llanuras pampeanas y nor-patagónicas. Precisaremos los hechos vinculados a la amortización de sus inversiones en bonos, los actores que intervinieron y las disputas generadas para, finalmente, determinar la ubicación y hacer una estimación del volumen de tierra adquirida.11 Finalmente, aquí también aludiremos a los años que siguieron a la muerte de Saturnino E. Unzué con motivo de conocer la conservación y transferencia de su patrimonio terrateniente.12
En tercer y último lugar, deslizaremos el foco a la ocupación concreta de las tierras adquiridas por los Unzué, el tipo de relaciones laborales que se establecieron y la producción que tuvo lugar allí. Es preciso aclarar que en este caso se trata de una primera aproximación a dichos aspectos, a partir de fuentes eminentemente cuantitativas, cuyos resultados deben tomarse con cautela por cuestiones de exhaustividad.13 No obstante, se ofrece un panorama del modelo de ocupación y uso del espacio resultante de la construcción del patrimonio terrateniente de los Unzué.
Del comercio y la política, a la tierra
Francisco Unzué Echeverría nació en 1747 en la villa de Enériz, al sur de la merindad de Pamplona, en el reino de Navarra. Siendo joven migró a Buenos Aires, donde se casó con la porteña Micaela Reynoso Cuello, hija del capitán José Antonio Reynoso Arcajo, perteneciente a una familia de largo arraigo en San Isidro. Francisco Unzué Echeverría se dedicó al comercio –actividad que ya había ejercido en Cádiz, antes de migrar–, fue regidor del Cabildo y capitán de milicias (Martínez Gálvez, 1946). Al poco tiempo de contraer matrimonio, nacieron Saturnino (1789) y Marcelino (1791). El segundo fue Juez de Paz de San José de Flores y por tanto estuvo a cargo del corral y matadero de ese punto14 hasta su fallecimiento ocurrido a fines de la década de 1820. El mayor, en cambio, vivió hasta 1853.
Saturnino Unzué Reynoso se casó en 1820 con María Jacinta Rey Uzal, hija del capitán Eugenio Rey Figueroa, de una familia emparentada al gobernador Juan Manuel de Rosas (Martínez Gálvez, 1946). Tuvieron 11 hijos, pero varios fallecieron a temprana edad (Figura 1). Desde entonces, Unzué Reynoso fue en varias ocasiones Juez de Paz de la Piedad, la parroquia donde residía (1826, 1836-1837, 1839-1850), construyó fluidos nexos con el comisario de la tercera sección de la ciudad, fue considerado un “federal neto” tras participar en la Revolución de los Restauradores (1833)15 y conformó la Junta de Representantes de la provincia de Buenos Aires (1841-1851) (Gastellu, 2019). Además, fue parte de la comisión reguladora de capitales, vinculada al cobro de la Contribución Directa y de los fondos para el sostenimiento de la guerra contra los “rebeldes salvages unitarios enemigos de Nuestra Independencia”.16
A pesar de estos antecedentes, Saturnino Unzué Reynoso no aparece entre los adjudicatarios de las primeras mercedes de tierras en la frontera del río Salado, tras la Independencia (Infesta 1986), ni en los exhaustivos registros posteriores de enfiteutas de las décadas de 1820 y 1830 (Infesta 2006). Tampoco sus descendientes. Ahora bien, ¿cuándo y cómo los Unzué volcaron recursos a la adquisición de tierras?
Existen versiones sobre compras de tierra en Mercedes a comienzos de la década de 1850, pero no hemos hallado evidencia empírica consistente. Menos aún, hasta el momento, con respecto al supuesto de que los orígenes de la gran propiedad rural de este comerciante y funcionario porteño se debió a su vínculo político y financiero con Justo José de Urquiza, a quién habría apoyado con recursos cuando organizaba el ejército que en febrero de 1852 derrotó a Juan Manuel de Rosas. En retribución, Urquiza le habría otorgado treinta leguas de tierra que, según algunas versiones, fue el origen de su estancia en el partido de Rojas.
El punto de partida de la adquisición de tierras de los Unzué es una cuestión que excede los alcances de este trabajo y que, de hecho, es actualmente materia de investigación. No obstante, hasta el momento hemos identificado operaciones de Unzué Reynoso a fines de la década de 1830 y comienzos de la siguiente, mediante la compra de tierras a enfiteutas embargados por fidelidad política unitaria y a otros que habían adquirido derechos por boletos de premios militares, pero habían decidido deshacerse rápidamente de ellos. Es decir, en ambos casos Unzué Reynoso sorteó las restricciones legales vigentes. A partir de 1857 sus hijos, especialmente Saturnino E., comenzaron a emplear las leyes de arrendamiento y de compra para ampliar y/o regularizar sus posesiones de tierra.

En 1855 la viuda María Jacinta Rey Uzal fue censada como “dueña de casa”, en la residencia familiar de una planta y techo de azotea, sobre la calle Federación 394 –rebautizada Bernardino Rivadavia–, en la parroquia de la Piedad –donde su esposo había sido Juez de Paz– junto a su hijo mayor Saturnino E. y el resto de hermanos, entre ellos Mariano y Santos, todos solteros y nacidos en la ciudad de Buenos Aires. La ocupación laboral de Saturnino E. fue “Casa de Consignaciones”. Es difícil dudar de la veracidad de esta información porque fue él quien labró las planillas censales; algo que insinúa, además, su influencia política. La familia conservó esta vivienda hasta fines del siglo XIX y adquirió más casas, solares y terrenos urbanos, además de establecimientos rurales.
Los Unzué se dedicaron al comercio desde la primera mitad del siglo XIX y al menos desde la década de 1850, esta actividad se basó en la consignación de hacienda y “frutos del país” desde la campaña –con seguridad de los campos cuya propiedad adquirieron a partir de 1857, tal como veremos a continuación– para el suministro de mataderos y mercados de la ciudad porteña. En esta década, Saturnino E. era introductor de ganado a los corrales y mercados para el abasto de carne, cueros, sebo y grasa y de trigo –en ocasiones directamente y en otras a través de otros abastecedores–.17 Asociado a tal fin, además, era propietario de un depósito de carretas en el mercado 11 de Septiembre. Para entonces, por ejemplo, participó de una petición de la treintena de “negociantes é introductores de frutos del país” que reclamó al gobierno una autoridad en los mercados 11 de Septiembre y Constitución –los más importantes del abasto de hacienda y frutos del país para la ciudad (Literas, 2024) – para que vele por el cumplimiento de los contratos y los reglamentos.18
Al igual que Saturnino Unzué y María Jacinta Rey Uzal, Saturnino E. vivió en la ciudad de Buenos Aires, casado con Concepción Vicente Gutiérrez Capdevila, dedicado al comercio junto a sus hermanos Mariano y Santos. La provisión de bienes de consumo de los Unzué, empero, no se limitó a los mercados porteños. Muy al contrario, se extendió a las fuerzas militares que en el transcurso de la década de 1870 participaron de los diversos y numerosos conflictos asociados a la organización del Estado nacional. En 1873, por ejemplo, el gobierno nacional lo comisionó junto a Carlos Forest, militar y juez de los corrales y mataderos de la ciudad desde la batalla de Caseros (Literas, 2024), para que adquiera y provea forraje y caballos al ejército organizado para combatir la rebelión del caudillo federal Ricardo López Jordán (Domínguez, 1898). En 1874 proveyó hacienda y reses de sus campos a las fuerzas revolucionarias de Bartolomé Mitre y al ejército del Oeste de Luis María Campos19 –es decir, a ambos bandos en pugna– y en 1877 suministró reses vacunas y ganado caballar a la Guardia Nacional de los partidos de Rojas y Pergamino, por orden del gobierno.20 En 1880 volvió a hacerlo, aunque en esta ocasión para el ejército del coronel Inocencio Arias en Mercedes y a la Guardia Nacional de Rojas, así como carne y sebo para las familias de los milicianos movilizados.21 Saturnino E. reclamó posteriormente el cobro con intereses de estos bienes suministrados al Estado y como veremos, en ocasiones favoreció la adquisición de más tierra.
Como se adelantó, los Unzué combinaron la adquisición de tierras en partidos del oeste de la campaña bonaerense (Tabla 1) y la consignación de tropas de hacienda en pie y de carretas de “frutos del país” hacia la ciudad (Literas, 2024). Según Marta Valencia (2005) inicialmente Saturnino E. y Santos compraron más de 22.000 hectáreas en Luján, Lobos y Mercedes mediante la ley de 1857; después Saturnino E. adquirió otras 2.434 hectáreas en Veinticinco de Mayo por la ley de 1864; posteriomente obtuvo más de sesenta mil hectáreas en ese mismo partido, en Rojas y Nueve de Julio, gracias a la normativa de 1867; y finalmente a través de la ley de 1871 Saturnino E. y Mariano se hicieron con casi cincuenta mil hectáreas más en esos partidos.22 En algunas operaciones lo hizo junto a Basilio Salas, Juez de Primera Instancia en lo Civil en la década de 1850.

De modo que, en las dos décadas anteriores a la ley de suscripción popular de 1878, Saturnino E. y sus hermanos adquirieron más de cien mil hectáreas en el oeste de la campaña bonaerense (Figura 2). El caso más significativo es el del partido Veinticinco de Mayo donde los Unzué fueron propietarios de más de cincuenta mil hectáreas y donde, tal como veremos, tuvo lugar la parte más importante de sus actividades ganaderas. La aplicación de la ley de cercas, caminos y tranqueras en la década de 1880, a partir de la cual los propietarios tramitaron permisos para alambrar campos y modificar vías de circulación, confirman la persistencia de derechos sobre la tierra: en 1878 Saturnino E. obtuvo permiso para cercar Los Gauchos y Vallimanca en Veinticinco de Mayo –donde en 1933 se fundó el pueblo San Enrique– y su hermano Santos el campo La Verde en este partido y Nueve de Julio; en 1879 Saturnino E. hizo lo propio con su campo en Rojas; en 1881 consiguió desviar un camino que pasaba por el interior de una propiedad en San Andrés de Giles; finalmente en 1885 Mariano alambró otro campo en Veinticinco de Mayo.23

Más tierra en el “desierto”: la ley de suscripción popular
En 1879 se adjudicaron más de trescientos noventa leguas de tierra de la segunda sección de los territorios nacionales de la provincia de Buenos Aires, la lonja occidental que se extendió sobre la última línea de frontera militar con territorio indígena. Según Enrique Barba el al. (1974), las tierras de esta sección despertaron especial interés en virtud de sus condiciones agronómicas. En efecto, incluían las zonas de agua y pastos de Trenque Lauquen, Guaminí y Carhué, enclave geopolítico indígena hasta la Conquista del Desierto, como noticiaron Julio A. Roca y otros militares de entonces. Según Daniel Santilli (2020), la distribución de tierras que ocasionó la colonización de estas tierras profundizó la desigualdad entre los propietarios.24
En enero de 1879 Pedro Frías, en representación de un conjunto de suscriptores del empréstito para la traslación de la frontera hasta el río Negro, entre ellos los hermanos Saturnino E. y Santos Unzué, exigió amortizar sus bonos con la propiedad de los lotes que eligieran en la segunda sección bonaerense (Figura 3, mapa A).25 En mayo de 1881 estas ubicaciones fueron modificadas (Figura 3, mapa B) y al día siguiente: “Los abajo firmados, propietarios de los lotes de tierra adjudicados á nuestro favor según decreto del Superior Gobierno que antecede, transferimos nuestras acciones y derechos á favor de Don Saturnino E. Unzué”.26
Cuando hablaron del acaparamiento de tierras en el marco de la aplicación de la ley de suscripción, Barba junto a otros autores, aludieron a la intervención de testaferros y “presta-nombre” (Barba et al. 1974, 228). Según dicha perspectiva, estos actores habrían facilitado la elusión del número máximo de lotes que un inversor podía reclamar al Estado como amortización de bonos según la ley de suscripción. La información de los suscriptores que cedieron sus derechos a Saturnino E. para que éste obtuviera cien leguas cuadradas de tierra apoya esta sospecha. No hay que olvidar, en efecto, que la extensión finalmente obtenida por Unzué excedió el máximo permitido por una misma persona en la ley de suscripción popular (tres áreas de un total de doce leguas cuadradas).
¿Quiénes cedieron sus derechos a Saturnino E.? El nexo más evidente es el de Santos, ya que era su hermano. Sin embargo, no fue el único con una relación parental previa: Francisco B. Gutiérrez era padrino –junto a la madrina Josefa Capdevilla– del hijo primogénito varón de Saturnino E., nacido en 1860 pero fallecido a temprana edad; y Eduardo Estévez era compadre ya que su hija Adela Francisca, nacida en 1879, era ahijada de Saturnino E. –y de Josefa Capdevilla– y había sido censado junto a Esteban Castaing como comerciante. En otros casos, existió un vínculo más económico y laboral: Francisco Zalama era co-propietario de tierras en Bragado; Gregorio Gallegos fue censado en 1869 junto a Santos y Mariano Unzué en la ciudad de Buenos Aires y parece haber sido socio comercial o empleado; y Pedro Frías fue el apoderado legal de todos los suscriptores y representó legalmente por cuestiones de tierras, en diferentes ocasiones, a los hermanos Unzué. De Mariano Mármol y Francisco S. Gutiérrez, en cambio, no tenemos aún información confiable. Desconocemos además si Saturnino E. pagó y cómo estas transferencias de derechos, excepto para el caso de Estévez. En junio de 1880, le abonó 495,6 $ fuertes de los fondos que el gobierno nacional le debía por el suministro de reses al ejército nacional, durante la revolución mitrista (1874).27
En junio de 1879 Saturnino E. solicitó la escrituración de estas tierras. ¿Qué sucedió en el ínterin? Según Barba et al. (1974) en mayo de 1881 surgieron conflictos entre los adjudicatarios de tierras en esta sección, por inconsistencias en los planos provisorios y definitivos por errores en la ubicación del meridiano que establecía el límite entre la provincia de Buenos Aires y las de Córdoba, La Pampa y Río Negro.28 Según su versión, Saturnino E. fue el único que solicitó modificar los planos aprobados. En un primer momento pidió 4 lotes de frente por 6 lotes de fondo, y posteriormente solicitó con éxito modificarlo por 5 lotes de frente –el lote añadido es el que corresponde a Masallé, pedido por otro particular–. De ese modo, a su vez, lograba ubicarse próximo a los pueblos de reciente creación Carhué y Guaminí. No obstante, sucedieron más hechos.
El Jefe de la Sección de la Geodesia afirmó que la transferencia de derechos por parte de los adjudicatarios de tierras a Saturnino E. era inviable si previamente no se hacían escrituras individuales y por separado y no se expedían los títulos de propiedad correspondientes –según había determinado el propio gobierno nacional–. Para finalizar añadió:
No es este el momento ni la oportunidad debida para pedir al Sr. Director se sirva llamar la atención del Superior Gobierno sobre la falta de una resolución que limite los efectos de las transferencias; pero con todo cualquier medida que se tome en este sentido podrá servir de norma para el futuro. (BCRA, ADH-CPN, c. 262, cp. 5810, f. 19)
El mismo mes de junio de 1881 el presidente Julio A. Roca otorgó por decreto a Saturnino E. los títulos definitivos de propiedad por los 25 lotes adjudicados a los suscriptores que habían cedido sus derechos, a excepción de los dos lotes perdidos por sorteo con Jorge F. Nuttal y Jorge E. Keen, ambos de origen comerciante y con intereses hacendados como los Unzué.29 En septiembre de ese año, en consecuencia, Saturnino E. pidió otros en reemplazo, linderos hacia el sudoeste, y fueron concedidos (Figura 3, mapa C). Aquí es donde los intereses de Saturnino E. colisionaron con los de Rudecindo Roca y Rufino Ortega, sus iniciales adjudicatarios. Ambos eran militares de alto rango, partícipes de la Conquista del Desierto y de seguido gobernadores: el primero del Territorio Nacional de Misiones (1882-1891), además de ser hermano del presidente, y el segundo de Mendoza (1884-1887). Sin embargo, Julio A. Roca anuló las adjudicaciones de éstos y las otorgó a Saturnino E. Unzué.
Si nos detenemos en las posiciones que ocuparon Saturnino E. Unzué y su parentela más próxima, imaginamos los vínculos que intervinieron en el desenlace de las operaciones arriba indicadas. En la primera mitad de la década de 1880, Saturnino E. ocupó cargos de la más alta responsabilidad vinculados a la administración financiera, comercial y de tierras.30 Por un lado, fue director del Banco Nacional, principal institución financiera y crediticia mixta del país (Moyano, 2019). Por otro, fue designado por Roca para determinar el nuevo camino desde el puerto de la Boca del Riachuelo hasta los almacenes del sur.31 Pero probablemente la función más relevante de Saturnino E. en estos años fue ser miembro de la Junta de Administración del Crédito Público Nacional. Este organismo dependía del Congreso nacional, estaba formado por representantes de ambas cámaras y por comerciantes o propietarios nombrados por el gobierno. Su función era garantir y vigilar la administración del crédito público y, en consecuencia, estuvo asociado a la amortización de los bonos emitidos por el Estado mediante la ley de suscripción popular para financiar la Conquista del Desierto. Mientras tanto, su hermano Mariano fue parte del directorio del Banco de la Provincia –la entidad financiera más importante de la época junto al Banco Nacional– y miembro de la comisión de Aguas Corrientes de la capital del país.
Los Unzué también tuvieron un papel relevante en el ámbito religioso, educativo y finalmente caritativo. En 1870 Saturnino E. formó parte de la infructuosa comisión destinada a recibir fondos y crear una escuela en La Verde para la población indígena liderada por el cacique Andrés Raninqueo32 y en 1879 promovió el establecimiento de una capilla, con un Padre salesiano, en sus campos de Rojas.33 A su vez, en 1872 su hermano Santos había sido uno de los principales “protectores” de la Casa de Jesús, en comunicación con el Monseñor León Federico Aneiros (Meyer Arana, 1911). En los años siguientes, miembros de la familia Unzué participaron de la dirección, organización y/o funcionamiento de la Liga de Protección a los Jóvenes, la obra Stella Maris de Mar del Plata, la Escuela Taller de San José de Flores, la Sociedad de Beneficencia, el asilo infantil de Huetel, el asilo y la escuela de la orden agustina y el Jockey Club.
Por registros catastrales posteriores, sabemos que los derechos de propiedad adquiridos por Unzué en la zona de Carhué y Guaminí, se consolidaron y persistieron en décadas posteriores (Figura 3, mapa D). De inmediato la decisión de Roca en favor de Unzué, Pedro Frías, responsable de tramitar los títulos, escribió al ministro de Hacienda:
Ud. sabe que la población de nuestras campañas fronterizas busca expansión hacia afuera y que la demora en la definitiva escrituración de las tierras nacionales ha mantenido y mantiene un tanto paralizado aquel movimiento. (BCRA, ADH-CPN, c. 304, cp. 6397, f. 1 reverso)
En julio de 1881 varios compradores de tierras de la segunda sección –Pedro M. Moreno, Roberto Inglis Runciman y Manuel Naveira– se opusieron a la modificación de la mensura solicitada por Saturnino E. Unzué y exigieron títulos de propiedad.34 El principal argumento fue que con esa modificación Unzué acaparaba las pasturas más relevantes –por ejemplo, las de Masallé– y simultáneamente las mejor situadas –próximas a los pueblos de Guaminí y Carhué–. Una resolución posterior del presidente de la república introdujo modificaciones que dieron forma a las adjudicaciones al menos hasta inicios del siglo XX.35 Runciman perdió su adjudicación. Según el Departamento de Ingenieros la superposición de adjudicaciones había sido generada por las dificultades para establecer la línea de fronteras entre Guaminí y Carhué. Finalmente, Saturnino E. adquirió 25 lotes de tierra, que en total sumaban 250.000 hectáreas.

Mariano Unzué también participó de estas adjudicaciones y lo hizo, igual que sus hermanos, a través de Pedro Frías.37 En enero de 1879, junto a Esteban Castaing, solicitó 24 leguas en Buenos Aires, desde el fuerte Gral. Belgrano hacia Puan, en el área del arroyo Pichi-Pul, unos kilómetros al sur de las tierras adjudicadas a Saturnino E. Sin embargo, los lotes habían sido pedidos por Alejandro Leloir. Tras el sorteo, Unzué y Castaing conservaron dos de ellos y el resto fueron reubicados en el Territorio Nacional de La Pampa, que escrituraron poco después. En el caso de Unzué la ubicación fue en dirección sudoeste, en Guatraché. En 1883 Unzué obtuvo los títulos de propiedad.38 Dos elementos de interés son que, al igual que lo sucedido en el caso de Saturno E., el apoderado legal fue Pedro Frías y que uno de los adjudicatarios, Castaing, le transfirió inmediatamente las tierras.
En 1886 murió Saturnino E. Unzué. La testamentaria obrada para la sucesión y división de bienes del patrimonio entre sus herederos, es una oportunidad para contrastar lo dicho hasta el momento con respecto a la propiedad de la tierra (Tabla 2).39 Ángela Unzué de Álzaga, María Unzué de Alvear –ambas con el visto bueno de sus esposos Félix G. de Álzaga y Ángel Alvear– y Saturnino José Unzué iniciaron el juicio sucesorio –su madre, Concepción Gutiérrez, había fallecido a joven edad en 1864, al igual que el primogénito Saturnino–. Después se sumó al proceso judicial la última hija del difunto, Concepción, cuando alcanzó la adultez dado que hasta entonces su tutora era Josefa Capdevila de Gutiérrez, su abuela materna.
En 1888 se terminaron de inventariar y valuar los bienes que incluyeron establecimientos rurales y quintas, terrenos urbanos y casas, acciones en empresas –entre ellas Gas Argentino–, y depósitos en bancos nacionales e internacionales. En el caso de los establecimientos rurales se hizo incluyendo las marcas de ganado, haciendas, poblaciones, alambrados y útiles. Allí aparecieron consignadas, por ejemplo, las estancias San Jacinto, Los Gauchos, Huetel, Tordillo, Santa Clara y La Azotea, en la lonja oeste de la provincia de Buenos Aires, en los partidos de Mercedes, San Andrés de Giles, Navarro, Rojas, Veinticinco de Mayo, General Alvear, Bolívar y Nueve de Julio; así como los establecimientos La Concepción, Salliqueló y Tres Lagunas en los partidos recientemente creados de Guaminí y Adolfo Alsina. A ellos se sumó El Potrero en la provincia de Entre Ríos, sobre las costas del río Uruguay, y El Paraíso en Ramallo, en el norte bonaerense. También hubo bienes asociados al comercio agrícola y ganadero, ocupación original de los Unzué, como una grasería en Chivilcoy, títulos de La Congeladora Argentina (empresa exportadora de carne) y terrenos en Barracas al Sud –en condominio con Mariano y Santos Unzué–, Barracas al Norte y San José de Flores,40 donde probablemente funcionaron barracas y galpones donde se depositó entre otros bienes, lana de oveja –cuya propiedad se incluyó en la sucesión–.41 Restando las deudas y créditos contraídos, la valuación de los bienes ascendió a 9.656.283,63$ m/n.
Desconocemos aún si tras el fallecimiento de Saturnino E. y la división de sus bienes labrada en la sucesión, los establecimientos comenzaron a operar como unidades de negocio separadas o, si en cambio, se conservó una dirección centralizada. En efecto, hasta el momento contamos con indicios que sugieren una y otra posibilidad. Lo que sí sabemos es que las tierras obtenidas durante la Conquista del Desierto ampliaron y consolidaron el patrimonio terrateniente de los Unzué (Figura 4) y que, tal como se verá a continuación, la gestión continuó haciéndose desde la ciudad de Buenos Aires y con un perfil claramente vinculado a la producción de carne y lana.


El modelo: ocupación, relaciones laborales y producción
A continuación, avanzaremos en la reconstrucción de algunos aspectos de los campos de los Unzué, como las formas de ocupación, el tipo de relaciones laborales y qué se produjo allí. Lo que presentamos es una primera aproximación con respecto a una línea de investigación aún en curso.42 Obtuvimos información para los establecimientos que los hermanos Unzué tuvieron a fines del siglo XIX en Bolívar, Bragado, Veinticinco de Mayo, Nueve de Julio y el más reciente, adquirido como vimos a partir de la ley de suscripción de 1878, en Adolfo Alsina.
Además de los cascos de las estancias, que variaron en dimensión y valor, en todos estos establecimientos rurales hubo 265 puestos: poblaciones diseminadas por los campos, habitadas y a cargo de trabajadores (“puesteros”) y de sus familias, que estaban dedicados al cuidado y la vigilancia de la hacienda vacuna, lanar y caballar, y a la siembra de cereales, forraje y legumbres, a cambio de un salario u obteniendo parte de lo producido como compensación (“medianeros”). Este tipo de emplazamientos fue clave para afirmar derechos de propiedad sobre el suelo (Sesto, 2005), más aún teniendo en cuenta las dimensiones de estas propiedades. De modo que los puesteros eran la base de la organización del trabajo en las grandes estancias, bajo la autoridad de los capataces y la dirección de los mayordomos (Sábato, 1989). En el caso de los campos de los Unzué, casi en la totalidad de los casos estos puestos fueron habitados por una sola unidad familiar, aunque hubo ocasiones que lo hicieron hasta tres o cuatro (Tabla 3). Desconocemos la composición de estas unidades familiares, pero una estimación por la mínima permite conjeturar que cerca de mil personas habitaron y trabajaron en los establecimientos de los diferentes partidos –excluyendo los de Mercedes y Rojas, de los cuales todavía no tenemos información–.

La principal producción en los establecimientos de los Unzué fue la ganadería ovina, seguida de la vacuna (Figura 5). Con respecto a la primera, fue principalmente de tipo mestiza,43 de mejor lana y mayor valor, aunque en algunos casos tuvo un peso considerable la oveja criolla. Solo en un campo de Veinticinco de Mayo se crió un número considerable de ganado puro (Lincoln). Al momento del relevamiento censal, en los ocho establecimientos había 234.442 ovejas. Ese mismo año, según los registros oficiales, existían en los partidos de Bolívar y Nueve de Julio arriba de seiscientos mil cabezas de animales y en Veinticinco de Mayo –de los más importantes en términos ganaderos– 1.594.834 ovejas (Monti, 1986); algo que nos permite dimensionar la importancia de la producción ovina en los establecimientos de los Unzué.44
La hacienda vacuna también fue predominantemente mestiza (Durham y Hereford), seguida de la criolla y en muy en menor medida la pura y la destinada a la producción de leche o como animal de trabajo. En este caso, la tendencia va a contramano del conjunto de establecimientos del país, donde las especies criollas y de menor valor cuadriplicaron a las mestizas. El volumen de hacienda de esta clase alcanzó los 166.235 ejemplares.
Tanto la hacienda vacuna como la ovina tuvieron como destino el abasto y los saladeros, a través de la elaboración de carne fresca o salada para consumo, así como lana, cuero, grasa y sebo con fines industriales, tanto en la Argentina como en el mercado internacional. A ella hay que añadir el ganado caballar, no solo mestizo, criollo y puro (con distribución similar al de la hacienda ovina y vacuna) sino burros y mulas, en un volumen de 14.240 animales. Una consideración especial requiere la cría de un millar de avestruces domésticas en uno de los campos de los Unzué en Veinticinco de Mayo. La pluma de este animal fue comercializada en la segunda mitad del siglo XIX y su destino fue eminentemente la elaboración de bienes suntuarios (Hernández, [1881] 2008).

La actividad agrícola en los campos de los Unzué fue subsidiaria de la ganadera, siempre llevada adelante por medianeros. Los campos de Bolívar eran propiedad de Mariano Unzué y fueron poblados por 34 puestos, pero solo en uno se consignaron actividades agrícolas: una posesión de medio centenar de hectáreas donde además de un puñado de árboles forestales se cultivó maíz, papas y alfalfa, a través de la labor de media docena de arados. Los campos de Bragado eran propiedad de Santos Unzué. Allí existieron 25 puestos, 12 de ellos dedicados además del cuidado de animales a la agricultura. En una extensión de poco más de setecientas hectáreas se sembró trigo y maíz y una porción menor de alfalfa y legumbres. De todos modos, el tamaño dedicado a la labranza fue irregular: mientras en algunos puestos fue de una o dos hectáreas, en otros superó ampliamente el centenar. En estas tierras existieron más de una veintena de arados y varias máquinas de segar y rastrillos. En los campos de Adolfo Alsina, propiedad de Ángela Unzué y Félix G. de Álzaga, solo hubo tres puestos dedicados a la agricultura: en 1.500 hectáreas se sembró maíz, trigo, alfalfa y una proporción menor de cebada, papas y legumbres, poniendo en funcionamiento más de una treintena de arados y media docena de máquinas de segar.
Esta información sugiere, en definitiva, una persistencia de la explotación ganadera –en consonancia a su vez, con las actividades comerciales de abasto y exportación que los Unzué ejercieron desde décadas previas– y de una agricultura, en cambio, limitada al forraje y el consumo de los puesteros. En otras provincias de las llanuras pampeanas el panorama fue diferente, tal como mostraron numerosos estudios (Barsky y Djenderedjian, 2003; Djenderedjian et al., 2010; Barcos y Martirén, 2019).
Conclusiones
La adquisición de tierra y, en efecto, la construcción del patrimonio terrateniente de los Unzué acompañó el proceso más general de enajenación de la tierra, primero “pública” y después privada, hacia el oeste y el sur de la provincia de Buenos Aires, en la segunda mitad del siglo XIX. Esto es así porque las operaciones de arrendamiento, y después de compra, se hicieron al compás de la legislación provincial y nacional que promovió la privatización de la tierra, en sustitución del régimen enfitéutico del rosismo y al ritmo de las dinámicas políticas y militares fronterizas.
Aun así, no solo el uso de los resortes jurídicos (que incluyó la construcción y el empleo de redes de relaciones socio-políticos) fue una condición necesaria para desplegar con éxito las estrategias y los mecanismos tendientes a obtener el derecho a la posesión y finalmente la propiedad de la tierra. Así lo muestra, por ejemplo, la disputa por las tierras de Guaminí, durante los primeros años de la Conquista del Desierto. También fue indispensable disponer de dinero, en tanto medio de cambio, para cancelar obligaciones y concretar dichas operaciones. Esto parece una obviedad, pero por entonces no era común atesorar y poner en circulación las magnitudes de dinero necesarias para hacerse con decenas de miles de hectáreas, en diferentes ocasiones y diversos partidos, en su mayoría al contado. En efecto, es de suponer que los Unzué volcaron en la tierra el dinero obtenido de las ganancias del fructífero comercio de hacienda y de “frutos del país” para el abasto de Buenos Aires, la industria saladeril y la exportación al mercado internacional. Ello, es más, tuvo un efecto multiplicador. El tipo y el destino de la producción de sus campos hacia 1895 así lo confirma.
La adquisición de tierras por parte de los Unzué no tuvo una finalidad meramente especulativa (como hubiera sucedido, por ejemplo, a través de operaciones rápidas de compra y venta) sino que consolidó un patrimonio terrateniente. Además, la reconstrucción de la trayectoria previa de esta familia confirma que fueron parte de los hacendados y comerciantes que participaron en la ley de suscripción popular que financió la Conquista del Desierto, a raíz de fuertes intereses terratenientes previos. No solo habían acompañado el proceso de enajenación territorial al ritmo de las dinámicas fronterizas, tal como se dijo anteriormente, sino que conjeturamos que estaban especialmente interesados en llevarla más hacia el oeste y el sur, tal como había planteado la ley de 1867. Es posible suponer, de hecho, que consideraran la Conquista del Desierto no como el punto de partida de un camino de enriquecimiento, vía la inversión en tierras (como sospechamos sucedió en otros casos), sino más bien como una oportunidad para consolidar el patrimonio familiar y con él sus posiciones y prerrogativas socio-políticas y económicas. No obstante, para confirmar estas hipótesis deberemos avanzar próximamente, en el análisis de fuentes de otras características.
Una última reflexión atiende a los efectos del conjunto de prácticas analizado hasta aquí. En ellas intervinieron actores, recursos y mecanismos, y tuvieron lugar en el marco de diferentes campos de relaciones e instituciones socio-políticas y económicas. A lo largo de este trabajo hemos abordado las emparentadas a la adquisición de derechos de posesión y de propiedad de la tierra, en el proceso más amplio de apropiación pública y después privada de los territorios que se extendieron, en diferentes etapas, más allá de las fronteras militares del sur argentino. Estas prácticas, además, contribuyeron en parte a dar forma a un nuevo paisaje social en las llanuras pampeanas: el de grandes establecimientos rurales, dedicados a la cría y el pastoreo de hacienda, propiedad de las elites porteñas y fuertemente vinculados al mercado nacional e internacional, poblados por numerosas familias de medieros, puesteros y peones de cuya vida, a su vez, aún resta mucho por conocer.
Roles de colaboración
Mariano Nagy: Administración del proyecto
Luciano Literas: Administración del proyecto
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