Instrucciones para autores/as
DEL ENVÍO DE TRABAJOS
Los autores interesados en publicar en la Revista Ius et Praxis
deberán ceñir estrictamente sus trabajos a las instrucciones que se señalan a
continuación.
Fechas de recepción de trabajos: Los manuscritos pueden ser
presentados de marzo a diciembre. No se reciben trabajos en los meses
de enero y febrero.
Forma de remitir los trabajos: Todas las colaboraciones deben ser
remitidas a través del Open Journal Systems (OJS), para lo cual deberán registrarse en nuestro
sitio web http://revistas.utalca.cl/index.php/iep.
[Damos aviso a todos los usuarios de OJS que, lamentablemente, el
sistema ha experimentado problemas técnicos que mantienen actualmente el sitio
web deshabilitado. Temporalmente, todos los nuevos ingresos -junto con las
fichas correspondientes- pueden ser remitidos por
correo electrónico a la siguiente dirección: asistente-praxis@utalca.cl. Lamentamos
los inconvenientes y agradecemos desde ya su comprensión].
La remisión, además del texto del manuscrito, debe ser acompañada
de dos fichas: la declaración de comprobación preliminar y
compromisos; y la de datos de manuscrito y autoría.
Ficha de Declaración de comprobación preliminar y compromisos
Como parte del proceso de preparación, los autores están obligados
a comprobar que su envío cumpla con todos los elementos que se muestran en la
ficha respectiva y a enviar firmada la declaración respectiva conjuntamente con el envío del manuscrito.
Se devolverán a los autores aquellos envíos que no cumplan con
estas directrices de comprobación preliminar y compromisos.
Comprobación preliminar:
Compromisos que asume el autor al postular un trabajo a la Revista
Ius et Praxis:
Declaración
de comprobación preliminar y compromisos (descargar)
Ficha de Datos de manuscrito y autoría
Esta ficha debe contener el nombre del autor(es) y la sección de la
Revista a la que postula su trabajo. Debe indicarse también el área
disciplinaria en que se inserta el trabajo. Juntamente con ello, se debe
señalar la identificación del autor/res, afiliación (con indicación de
institución, ciudad, país y correo electrónico), declaración de contribución en
caso de coautoría conforme a los criterios CRedit,
identificador ORCID activo y actualizado (https://orcid.org/)
de cada autor o coautor, y la indicación del autor de correspondencia.
La identificación de las autorías, afiliación y agradecimientos a
fondos de financiamiento deben sujetarse a las Directrices de Normalización
determinadas por ANID en 2023 (https://www.scielo.cl/novedades/documentos/Documento_directrices_SciELO_20230904.pdf).
Datos
manuscrito y autoría (descargar).
No se aceptarán trabajos sin que haya transcurrido –al
menos– un período de dos años contado desde la última publicación de un
trabajo del mismo autor/a en esta Revista (ya sea
como autor/a único o en coautoría). Si se recibe un trabajo sin que se haya
cumplido este plazo, se informará al autor de esta circunstancia y no se
iniciará su proceso editorial sino hasta que el trabajo sea enviado nuevamente
una vez transcurrido efectivamente el tiempo de dos años contados desde la
última publicación del autor/a.
Formato de los trabajos:
Las colaboraciones deben estar escritas en idioma castellano, en
páginas tamaño carta, dejando un margen de 3 cm. en todos los bordes, con
interlineado sencillo, sin espacio entre los párrafos, sin sangría en primera
línea, texto justificado, sin versalitas y letra Times New Roman
tamaño 12 para el texto y 10 para las notas.
Se recomienda que la letra cursiva se emplee para los títulos de
obras y revistas, para los títulos de fuentes, para palabras en otro idioma y
para destacar una palabra u oración del trabajo o de sus citas. No obstante, la
transcripción textual de texto de otras fuentes (por ejemplo, artículos de un
código o ley o párrafos de una sentencia) debe ir en letra
cursiva y entre comillas.
Se recomienda a los autores, especialmente en el caso de postular
su trabajo a la sección Artículos de Investigación, no abusar del
uso de transcripciones textuales, que restan carácter original e inédito al
trabajo, y no evidencian un análisis crítico.
El cuerpo de los trabajos se dividirá en secciones numeradas con
arábigos, con rúbrica justificada y separada del cuerpo de su discurso. Éste
podrá ser nuevamente subdividido en parágrafos señalados con números arábigos,
seguidos de un punto (1.). Los títulos deben ir justificados a la izquierda,
sin sangría y en negrita.
Afiliación e información de los autores:
Para facilitar el proceso de revisión anónima por pares académicos,
los autores deben señalar en la primera página de su manuscrito el nombre del
autor/es, y la información completa acerca de la afiliación académica de cada
uno, incluyendo obligatoriamente la institución en la que están adscritos,
ciudad, país y correo electrónico. En caso de haber más de una afiliación por
autor, se debe indicar la principal.
La identificación de las autorías, afiliación y agradecimientos a
fondos de financiamiento deben sujetarse a las Directrices de Normalización
determinadas por ANID en 2023. (https://www.scielo.cl/novedades/documentos/Documento_directrices_SciELO_20230904.pdf)
Se debe además indicar, en la misma hoja, el identificador ORCID
activo y actualizado.
La Revista Ius et Praxis no publica trabajos cuyo autor no sea un
académico, nacional o extranjero, es decir, es indispensable que tenga una
afiliación académica comprobable. El Equipo Editorial valorará la pertinencia
de ingresar al proceso editorial y publicar trabajos de académicos que no
tengan grado de doctor o magister.
Referencias bibliográficas:
La información bibliográfica efectivamente consultada deberá
incorporarse como nota abreviada a pie de página y como referencia completa al
final del trabajo, siguiendo rigurosamente la estructura indicada en el título
“Normas sobre referencias bibliográficas”.
La Revista Ius et Praxis publica tres tipos de trabajos: artículos
de investigación, ensayos y comentarios de jurisprudencia.
2.1. Sobre los Artículos de Investigación:
Los artículos de investigación son trabajos originales, actuales y
relevantes en algún área disciplinaria del derecho, resultado de proyectos de
investigación formalizados, o de otras investigaciones originales
significativas.
Carácter científico: Sólo se aceptarán artículos originales e
inéditos referidos en profundidad a un estudio o investigación de interés
actual en el mundo jurídico, que esté terminado o cuyo avance permita la
comunicación de sus resultados. En él se deben desarrollar análisis críticos
sustentados en argumentos consistentes, empleando bibliografía actual y
pertinente. Debe evitarse al máximo las transcripciones textuales.
Extensión: los artículos de investigación deberán tener una
extensión total máxima de 12.000 palabras, incluidas notas a pie de página,
bibliografía y apéndices en su caso. Se debe hacer uso de un mínimo de 15
textos bibliográficos actuales y pertinentes.
Título del artículo, resumen y palabras clave en dos idiomas: La
primera página del texto incluirá el título, tanto en castellano como en
inglés. Luego, se incluirá el resumen, en castellano e inglés, de una extensión
máxima de 200 palabras; y tres palabras clave o descriptores generales de la
materia tratada (en ambos idiomas), a efectos de facilitar su búsqueda y
recuperación en bases bibliográficas electrónicas.
2.2. Sobre los Ensayos:
Los ensayos deberán consistir en documentos o comentarios críticos
y argumentados de interés actual en el mundo jurídico, cuya extensión no podrá
ser superior a 10.000 palabras, incluidas notas a pie de página y apéndices en
su caso.
No se aceptaran como ensayos documentos
puramente descriptivos que no contengan una exposición argumentada sobre su
objeto de estudio.
Título del artículo, resumen y palabras clave en dos idiomas: La
primera página del texto incluirá el título, tanto en castellano como en
inglés. Luego, se incluirá el resumen, en castellano e inglés, de una extensión
máxima de 200 palabras; y tres palabras clave o descriptores generales de la
materia tratada (en ambos idiomas), a efectos de facilitar su búsqueda y
recuperación en bases bibliográficas electrónicas.
2.3. Sobre los comentarios de la sección Jurisprudencia:
Las colaboraciones que se presenten para ser publicadas en la
sección Jurisprudencia deberán consistir en comentarios críticos de sentencias
actuales (últimos 5 años contados desde la fecha de envío del comentario) de
tribunales de justicia nacionales, o de tribunales extranjeros o
internacionales cuyo estudio revista relevancia nacional. También pueden
consistir en comentarios críticos de líneas jurisprudenciales, cuyo análisis
revista relevancia para el área disciplinaria de que tratan. No se ingresaran a proceso editorial trabajos que consistan
mayoritariamente o de modo considerable en transcripciones textuales de
sentencias o partes de sentencias.
Los comentarios no podrán tener una extensión total superior a
8.000 palabras, incluidas notas a pie de página y apéndices en su caso.
Título del artículo, resumen y palabras clave en dos idiomas: La
primera página del texto incluirá el título, tanto en castellano como en
inglés. Luego, se incluirá el resumen, en castellano e inglés, de una extensión
máxima de 150 palabras; y tres palabras clave o descriptores generales de la
materia tratada (en ambos idiomas), a efectos de facilitar su búsqueda y
recuperación en bases bibliográficas electrónicas.
Los trabajos que no cumplan rigurosamente con todas las
normas editoriales establecidas previamente no podrán ingresar
al proceso de revisión de fondo, conforme se detalla en la información del
PROCESO DE REVISIÓN DE LOS TRABAJOS.
Ius et Praxis se basa en los estándares determinados por las normas
NCH1143.OF1999 = ISO 690:1987 sobre referencias bibliográficas, la que ha sido
declarada norma chilena oficial por Resolución N° 75
de 1999 del Ministerio de Economía, Diario Oficial de 24 de febrero de 1999; y
NCH1143/2.OF2003, correspondiente a una homologación
de la norma ISO 690-2 y que ha sido declarada norma chilena oficial por
Resolución N° 92 de 2003 del Ministerio de Economía,
Diario Oficial de 13 de marzo de 2003.
3.1. Referencias abreviadas al pie de página
Las notas y citas bibliográficas deberán colocarse a pie de cada
página, utilizando letra Times New Roman 10, en texto
justificado, sin emplear versalitas, numeradas mediante caracteres arábigos y
en formato superíndice.
Por no orientar adecuadamente al lector, no se deben utilizar
abreviaturas como «cfr.», «vid.», «oo.», «cit.», «op. cit.», «ídem», «dir.», etc.
Para referirse a un texto completo, debe citarse la totalidad de páginas que
contiene la obra citada (no usar “passim” u otra abreviatura). Cuando se
indiquen las páginas de la obra en la referencia bibliográfica, deben
utilizarse las abreviaturas “p.” y “pp.” que significan página y páginas,
respectivamente.
Se sugiere a los autores no abusar de la autocitación
y procurar una exhaustiva revisión de la bibliografía nacional.
Las notas y citas estarán construidas de la siguiente forma:
a) Referencia abreviada de obras
En las referencias abreviadas de libros, artículos de revista,
capítulos y formatos electrónicos se señalará en la nota al pie: sólo el primer
apellido del autor (en mayúsculas), el año (en paréntesis), y el número o
números de la página o de las páginas precisas en que aparece la referencia
citada.
Los lectores podrán verificar los datos completos de la referencia
en la “bibliografía citada”, al final del trabajo.
Se recomienda no efectuar citas de trabajos que no han sido
confrontados directamente por el autor, ya sea críticamente o siguiendo sus
planteamientos.
Ejemplos:
– Obras con un autor: LLANOS (1977), p. 134.
– Obras con dos autores (los apellidos se unen por medio de la
conjunción y): FRASER Y HONETH (2006), p. 20.
– Si una obra tiene tres, cuatro o más autores, se citan todos los
autores en la lista de referencias final. En las notas al pie de página se
escribe solamente el apellido del primer autor seguido de et al. (del latín et
alii: y otros), año de publicación y página respectiva: VALLESPÍN et al.
(2005), p. 31.
– En el caso que se citen dos o más obras de diferentes autores en
una misma referencia, se escriben los apellidos y respectivos años de
publicación, separados por un punto y coma dentro de un mismo paréntesis:
Varios autores (GARCÍA (2007), p. 84; NOGUEIRA (2007), p. 145; CEA (2006), p.
135) concluyeron que…
Si se citan dos o más obras de un mismo autor, publicadas en un
mismo año, se distinguirán entre sí, con letras minúsculas a), b), c), etc., a
continuación del año y dentro del paréntesis.
b) Referencia abreviada de normas jurídicas
Se deberá indicar en cada caso el número de la ley y su año.
Los lectores podrán verificar los datos completos de la ley
señalada en el listado de “normas jurídicas citadas”, al final del trabajo.
Ejemplo:
Ley N° 18.525, de 1986.
c) Referencia abreviada de jurisprudencia
Las citas de sentencias al pie de página deberán indicar el nombre
del tribunal, el rol y la fecha.
Los lectores podrán verificar los datos completos de la referencia en la
“jurisprudencia citada”, al final del trabajo.
Ejemplo:
Corte Suprema, Rol Nº 204-08, de 30 de julio de 2009.
En caso de citar jurisprudencia de otros países, se deberá ocupar
el sistema propio de referencia que utilizan las cortes y tribunales de origen
de la sentencia.
Ejemplos:
Estados Unidos: Whalen v. Roe, 429 U.S.
589 (1977).
España: STC 3349/2013.
Colombia: Sentencia T–406 de 1992, Corte Constitucional de
Colombia, M.P. Ciro Angarita Barón.
3.2. Referencias completas al final del trabajo
3.2.1. Bibliografía citada
Todas las referencias de libros, artículos de revistas, capítulos
de obras colectivas y fuentes electrónicas deberán incluirse al final del
artículo respectivo bajo el título “Bibliografía citada” (Letra times, 10).
Este listado se limitará a la bibliografía efectivamente
referenciada en el respectivo trabajo y se ordenará alfabéticamente por su
primer elemento, que es el apellido del autor (en mayúsculas), junto a su año
de publicación en paréntesis. Si se citan dos o más obras de un mismo autor,
publicadas en un mismo año, se distinguirán entre sí, con letras minúsculas a),
b), c), etc., a continuación del año y dentro del paréntesis. El o los
apellidos del autor se escribirán en mayúsculas y el nombre en altas y bajas.
En esta lista, la referencia a los artículos de revista y de capítulo de libros
hará indicación de los números de página de inicio y final.
a) Referencia de libro
Elementos: AUTOR(ES) ya sea institución o persona, / (año de
publicación): Título de la publicación, número de edición (excepto la primera)
(Lugar de publicación, Editorial), número del volumen o tomo.
LLANOS MANSILLA, Hugo (1977): Teoría y práctica del Derecho
Internacional Público (Santiago, Editorial Jurídica de Chile).
NOGUEIRA ALCALÁ, Humberto (2009): Derechos Fundamentales y
garantías constitucionales (Santiago, Editorial Librotecnia),
tomo III.
b) Referencia de traducción
Elementos: AUTOR(ES) ya sea institución o persona, / (año de
publicación): Título de la publicación, número de edición (excepto la primera)
(Traducc. Nombre del traductor, Lugar de publicación,
Editorial), número del volumen o tomo.
LE TORNEAU, Philippe (2004):
La Responsabilidad Civil (Traducc.
Javier
Tamayo Jaramillo, Bogotá, Editorial Legis).
c) Referencia de capítulo de libro
Elementos: AUTOR(ES) del capítulo (año de publicación): “Título del
capítulo”, en: Responsabilidad de la obra completa o coordinador del libro,
Título del libro (lugar de publicación/editorial), paginación.
NOGUEIRA ALCALÁ, Humberto (2010): “El principio de proporcionalidad
y su aplicación en Sudamérica
por la jurisdicción constitucional, con especial mención
al Tribunal Constitucional chileno”, en: Carbonell, Miguel (Coord.), El
principio de proporcionalidad en la interpretación
jurídica (Santiago, Librotecnia),
pp. 353-403
d) Referencia de artículo de revista
Elementos: AUTOR(es) del artículo (año):
“Título del artículo”, en: Título de la Revista (volumen, número), paginación.
HERNÁNDEZ, Antonio María (2002): “La inconstitucionalidad del
corralito financiero y bancario”, en: Revista Ius et Praxis (Año 2, N° 2), pp. 141-164.
e) Referencia a documentos en formato electrónico
Elementos: AUTOR(ES) del documento (año): “Título del documento”,
en: datos de la fuente electrónica en que se encuentra. Disponible en: enlace
al sitio electrónico [fecha de visita].
CARNEVALI RODRÍGUEZ, Raúl (2006): “Criterios para la punición de la
tentativa en el delito de hurto a establecimientos de autoservicio.
Consideraciones político criminales relativas a la pequeña delincuencia
patrimonial”, en: Política Criminal (Nº1, Año 2). Disponible en:
http://www.politicacriminal.cl/n_01/pdf_01/a_2.pdf [visitado el 28 de febrero
de 2008].
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (2009): “Informe
Sobre Desarrollo Humano Superando Barreras: movilidad y desarrollo humano”.
Disponible en: http://hdr.undp.org/en/media/HDR_2009_ES_Complete.pdf [visitado
el 28 de febrero de 2008].
Por regla general, la información de la fuente se puede obtener del
propio documento. La fecha de consulta es imprescindible para los documentos en
línea.
3.2.2. Jurisprudencia citada
Se deberá considerar al final del trabajo un listado de todas las
referencias jurisprudenciales, bajo el título: “Jurisprudencia citada” (Letra
times, 10). Dicho listado se limitará a las sentencias efectivamente citadas en
el trabajo. Las sentencias se ordenarán cronológicamente (desde la más antigua)
y si existen diversas sentencias en el mismo tiempo, se ordenarán
alfabéticamente por el nombre de las partes, si correspondiere.
Elementos:
Nombre de las partes o indicación de reserva (año): Tribunal que la
dictó/ fecha con indicación de día, mes y año (tipo de acción y procedimiento
correspondiente), Rol (salvo que la causa sea reservada), en: Identificación de
la sede de edición en que ha sido publicada la sentencia, indicaciones de
volumen, año, secciones y página; o enlace al sitio web en el que se encuentra
la sentencia.
Canal 13 S.A. con Consejo Nacional De Televisión
(2022): Corte de Apelaciones de Santiago 10 de mayo de 2022 (contencioso
administrativo), Rol N° 155-2021, en: www.pjud.cl.
Reservada (2017): 7° Juzgado Civil de Santiago 05 de julio de 2017
(rectificación de partida de nacimiento), en:
https://2019.vlex.com/#vid/tras-presentar-reparos-registro- 845717653.
En caso de que una sentencia haya sido publicada por dos sedes
editoriales distintas, el autor deberá citar exclusivamente aquella que utilizó
en su trabajo.
En caso de citar jurisprudencia de otros países, se deberá ocupar
el sistema propio de referencia que utilizan las cortes y tribunales de origen
de la sentencia.
Ejemplos:
Estados Unidos: Whalen v. Roe, 429 U.S.
589 (1977).
España: STC 3349/2013.
Colombia: Sentencia T–406 de 1992, Corte Constitucional de
Colombia, M.P. Ciro Angarita Barón.
3.2.3. Normas jurídicas citadas
Se deberán considerar al final del trabajo, en un listado, todas
las referencias legales o normativas, bajo el título: “Normas jurídicas
citadas” (Letra times, 10). Dicho listado se limitará a las normas
efectivamente citadas o referidas en el trabajo.
Elementos: Tipo de norma, número de la norma, denominación oficial,
si la tiene. Título de la publicación en que aparece oficialmente, fecha de
publicación con indicación de día, mes y año.
Ley N° 18.525, sobre importación de
mercancías al país. Diario Oficial, 30 de junio de 1986.
“Revista de Acceso Abierto”