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La anexión fracturada. Razones históricas de la separación de Paquera, Cóbano y Lepanto de la provincia de Guanacaste
The Fractured Annexation: The historical reasons for the separation of Paquera, Cóbano and Lepanto from the Province of Guanacaste
Revista de Ciencias Sociales (Cr), vol. III, no. 189, pp. 41-63, 2025
Universidad de Costa Rica

TEMA CENTRAL



Received: 03 March 2025

Accepted: 07 November 2025

DOI: https://doi.org/10.15517/c5pxdt94

Resumen: El objetivo del artículo es analizar las razones históricas que están detrás de la separación administrativa de Guanacaste de los territorios de Paquera, Lepanto y Cóbano consumada mediante el censo de 1864. Para su estudio se utilizó la noción de territorialidad y se contó con el soporte de fuentes municipales. Se concluye que la segregación de los territorios de la Península de Nicoya se debió al interés de la oligarquía cafetalera por apuntalar el puerto de Puntarenas durante el siglo XIX y asegurar la exportación del café; así como para consolidar la actividad comercial de Costa Rica.

Palabras clave: Costa Rica, historia, gobierno municipal, normas jurídicas, colonización rural.

Abstract: The aim of this article is to analyze the historical reasons behind the administrative separation of Guanacaste from the territories of Paquera, Lepanto and Cóbano, carried out by the 1864 census. The notion of territoriality was used for the study, and municipal sources were used for support. It is concluded that the segregation of the territories of the Nicoya Peninsula was due to the interest of the coffee-growing oligarchy to support the port of Puntarenas during the 19th century and ensure the export of coffee; as well as to consolidate the commercial activity of Costa Rica.

Keywords: Costa Rica, history, municipal government, legal norms, rural colonization.

1. Introducción

Los territorios de Cóbano, Paquera y Lepanto se ubican en el extremo sur de la Península de Nicoya. En el último tercio del siglo XIX fueron segregados de Guanacaste, desde entonces han pertenecido a la provincia de Puntarenas. Esto ha suscitado una larga discusión de tipo jurídico, pero en el plano de la investigación histórica hasta hoy no se ha producido alguna pesquisa. Por ello, este artículo tiene el objetivo de ofrecer una interpretación histórica sobre tal segregación utilizando para ello la noción de territorialidad.

Este texto se compone de tres acápites. En el primero, se hace referencia a las escasas obras producidas tanto desde la historia, el derecho y el periodismo sobre la temática en cuestión. En el segundo, se plantean las cualidades de la noción de territorialidad, la cual sirve de plataforma explicativa de la ocupación del espacio durante el siglo XIX en esa zona de Guanacaste. Finalmente, se hace una interpretación del proceso de segregación de la Península de Nicoya a partir de la consolidación de Puntarenas como el principal puerto de Costa Rica en el siglo XIX.

Las fuentes documentales de esta investigación provienen en su totalidad del Archivo Nacional de Costa Rica. En particular han sido empleadas las series: Contencioso Administrativo, Gobernación, Mapas y Planos, Alcaldía Única de Puntarenas, Congreso y la Colección de leyes y decretos.

2. Antecedentes

“Han tenido que respetar irremisiblemente los señores presidentes González Víquez, Jiménez Oreamuno y González Flores, al crear esos distritos Lepanto y Paquera, la regla constitucional que solo por ley pueden ser cariadas las divisiones territoriales”(Jaén, 2008, p. 170).

La producción historiográfica relacionada a la segregación de la punta sur de la península de Nicoya es escasa, por tanto, es imposible denominar a este acápite “Estado de la cuestión”; sino que más bien corresponde al estudio de cuatro obras de referencia que abordan marginalmente el tema. El fraccionamiento de la península de Nicoya ocurrido a raíz del censo de 1864 tiene raíces históricas que le explican. No se trata de un asunto simplemente político como se le ha tratado en los últimos tiempos (Esquivel, 2021). Tampoco se trata de asignar culpas entre los presidentes Cleto González Víquez, Ricardo Jiménez Oreamuno y Alfredo González Flores, como se ha abordado de manera simplista en algún artículo periodístico1. No obstante, en los últimos años han surgido tres investigaciones que han dado un tratamiento mejor al tema. Por ejemplo, Víctor Julio Jaén (2008), ha sido uno de los más fieles defensores del regreso de esos territorios a Guanacaste. Para ello, ha aportado sendas razones de tipo jurídico relacionadas con la historia de Guanacaste, tal como indica:

Por motivaciones que no conocemos, en 1864 fue enviado el capitán de la Comarca de Puntarenas y no el Gobernador de Guanacaste, a supervisar el censo de población en la Península. Cuando el documento oficial, un error de escritorio de la Oficina de Estadística y Censo, sumó el número de habitantes de la Península a la provincia de Puntarenas y no a Guanacaste, como debía ser. Esto permitió que, en 1915, por decreto #20 de Alfredo González Flores, se crearan los distritos de Lepanto y Paquera, en la península y que para efectos administrativos dependieran de Puntarenas. (p. 187).

Al respecto, conviene agregar que, en su enfoque, Jaén aporta elementos significativos para la comprensión del fenómeno en términos del razonamiento jurídico requerido en torno a la modificación de las delimitaciones municipales en Costa Rica. Frente al espíritu de la ley se encuentra la identidad y otras manifestaciones del regionalismo. Por ello recalca:

Guanacaste es y será un todo con identidad geográfica, cultural, política, económica, social y ecológica, características que se plasman en sus símbolos: bandera, escudo, himnos de Guanacaste y la Anexión. La agregación del Partido de Nicoya como un todo a Costa Rica se dio con dignidad por nuestros antecesores como un todo irreversible; a partir de aquí, con dignidad y lealtad también nosotros somos parte de la patria (p. 202).

Como “un error de escritorio” es catalogada la causa principal de la separación de Cóbano, Paquera y Lepanto de Guanacaste por el autor de marras. Antes bien, Valverde (2008) lo explica en perspectiva histórica desde la necesaria expansión de las actividades comerciales del naciente Puerto de Puntarenas. Desde ese punto de vista indica:

El 29 de abril de 1814 fue habilitado el puerto de Puntarenas, declarándosele Puerto principal de altura, gracias a la intervención del presbítero Florencio del Castillo, representante de Costa Rica ante las Cortes de Cádiz. El nuevo gobernador, don Juan de Dios Ayala, nombró, en julio de 1815, como primer capitán del puerto de Puntarenas, al señor don Antonio Figueroa, un nativo de las Canarias que comerciaba con San Andrés y Panamá (p. 9).

Ubicándose en otro punto de la historia nacional agrega:

Carrillo veía el puerto de Puntarenas como punto estratégico, ya que en la época estaba en auge el cultivo del café y el lugar cobraba importancia como sede de firmas de renombre. Junto a ello, el puerto en Caldera presentaba serios peligros por su insalubridad, lo que les costó la vida a muchas personas; es así como Carrillo le dio el golpe final en el decreto del 26 de febrero de 1840 (p. 10).

El enfoque de Valverde, ostenta un importante elemento de valor agregado a la explicación histórica del traslado de la administración de los territorios peninsulares a Puntarenas. Es más que evidente que la inserción de Costa Rica en el mercado europeo a través del café, significó para la oligarquía la necesidad de apuntalar un puerto de exportación no solo para dicho producto, sino en general para el sostenimiento de toda la actividad comercial. El flujo comercial que se mantenía con Panamá, Perú y Chile abrió una oportunidad para migrantes extranjeros y del Valle Central para trasladarse a aquella zona y emprender sus negocios y residencia. Todos estos factores explican la declaratoria en 1847 de Puntarenas como puerto franco —libre para el comercio— lo cual fomentó la circulación de bienes, personas y embarcaciones. En medio de todo ello, tiene sentido la configuración de un área de operaciones comerciales y de residencia que incluía un espacio configurado desde el extremo sur de la Península de Nicoya —incluyendo sus islas— hasta la desembocadura del río Tárcoles (otrora puerto Landecho) (figura 1).



Figura 1.

Espectro geográfico de Puntarenas, Costa Rica, S.XIX

Fuente: Jaén, 2008, p. 170.

Como si fuera poco, el argumento de Valverde conduce al tema de la naturaleza de las poblaciones surgidas en dicho espacio geográfico. Los territorios de Paquera, Lepanto y Cóbano son catalogados por la autora como “los pueblos de la costa” pero de Puntarenas, y se caracterizan por ser surtidores de granos hacia la ciudad puerto. Incluso, la autora indica que antes de la inauguración de la carretera interamericana en 1952, una gran parte de la producción, así como las personas de las comunidades nicoyanas anexas a la península, dependían del traslado vía marítima hacia Puntarenas. Así, el punto de referencia para las actividades socio-productivas y, en general, para la vida social de dichas comunidades, se construyó a través del puerto de Puntarenas.

Trazando parangón con los argumentos de Valverde, se encuentran los aportes de Campos y Rodríguez (s.f.) a través de los cuales sostienen que las comunidades de marras se han mantenido distantes y aisladas de los focos tradicionales de población de Santa Cruz, Nicoya y Guanacaste. Las dificultades derivadas del traslado por tierra —por la ausencia de caminos— así como por lo profuso de las lluvias en su época, hizo que dichas poblaciones tuvieran más contacto con el puerto de Puntarenas. Además, indican:

Es por medio de la Hacienda Lepanto, ubicada en el lugar llamado Cabo Blanco, que el sur de la Península de Nicoya contó con un eje económico importante, punto de partida para que nuevos colonos se adentraran en esas tierras hasta entonces con una población escasa (s.f., p. 5).

Después de revisar los únicos antecedentes relacionados al tema, se logra determinar que en ellos impera —salvo en el caso de Valverde (2008)— la óptica jurídica y periodística. Por ello, corresponde poner sobre el “tapete de discusión” no solo una explicación del fenómeno en cuestión; sino también las fuentes históricas a través de las cuales es posible historizar uno de los temas no abordados tanto por la historiografía nacional como regional.

3. Territorialidad en Cóbano, Paquera y Lepanto

La noción de territorialidad es utilizada aquí para explicar el fraccionamiento político- administrativo de la península de Nicoya ocurrido en el último tercio del siglo XIX. Los postulados de Robert Sack (1986, p.19), facilitan la comprensión de los mecanismos e intenciones de los grupos humanos que toman posesión de Cóbano, Paquera y Lepanto en el periodo en estudio. Dichos espacios son progresivamente ocupados por migrantes venidos de Puntarenas, Abangares y el occidente del Valle Central. Así, van adquiriendo terrenos mediante denuncios, compras directas y heredades. Se dedican a la explotación maderera, pequeños fundos familiares y parcialmente a la cría de ganado. De manera adicional, se constituyen en productores de granos para el comercio y el sustento, no solamente suyos, sino del núcleo central de la comarca de Puntarenas.



Figura 2.

Segmento que comprende la Península de Nicoya, Costa Rica, 1906

Fuente: Archivo Nacional de Costa Rica, M y P #7146.

La figura 2 ilustra el costado sur de la península de Nicoya2 con la peculiaridad de que no registra a las comunidades sujetas a estudio, el punto más cercano reconocido por Salvador Villar —su autor— es Canjel en las inmediaciones de Lepanto. La icónica imagen refleja lo que constituye el centro de esta interpretación, es decir, que aunque dichos territorios quedaron bajo la administración de la Municipalidad de Nicoya después de 1821 y hasta el primer censo nacional de 1864, lo cierto es que fueron territorializados por pobladores provenientes desde Puntarenas.

Por lo general, la alteración de los municipios es una atribución de los cuerpos legislativos. Pero en tal decisión influyen al menos dos tipos de variables: 1. Las decisiones políticas a nivel nacional que en este caso se suscribe a la constitución de 1848 y en la cual quedan definitivamente establecidas las demarcaciones regionales mediante municipios y, 2. La relación entre el contexto político y económico, cuyos efectos son plausibles en la adopción de tendencias centralistas, autonomistas y regionalistas (Castells, 1983, p. 2159). De hecho, al celebrarse en 1924 el primer centenario de la Anexión del partido de Nicoya y Santa Cruz a Costa Rica, el gobierno de la República encargó a Víctor Cabrera la publicación de un libro alusivo a tal conmemoración. En las páginas iniciales se incorporó un mapa de Guanacaste (figura 3) que casualmente agrega a las comunidades fraccionadas de la provincia 60 años antes. Desde esta perspectiva, dicha unión recoge, por una parte, el “reclamo” del pueblo nicoyano por las decisiones políticas que mediaron en la segregación de su espacio vital, y por otra, el sentimiento de que una parte de su tierra les ha sido arrebatada.



Figura 3.

Segmento de la península de Nicoya que integra a Lepanto, Paquera y Cóbano, Costa Rica, 1924

Fuente: Archivo Nacional de Costa Rica, M y P #20656.

La dinámica de la territorialidad en los pueblos más cercanos al centro de Nicoya en los siglos XVIII y XIX difiere mucho de sus colindancias. Se refiere a la zona insular y peninsular3. Fragmentos espaciales mayormente cualificados en términos de progreso material contrastan con otros “invisibilizados” para la creación de infraestructura y valoración económica. Esta es la situación de la península respecto al resto del espacio nicoyano durante el siglo XIX. Al respecto, De Angeli et al. indican:

Es una geografía del poder, donde confluyen y se superponen distintas territorialidades con intereses, percepciones y valoraciones disímiles, que por lo tanto generan relaciones de complementación, cooperación y conflicto que se manifiestan en territorios igualmente solidarios o conflictivos. Por eso es entendido como una construcción social, resultado de procesos, productos de las luchas y conflictos sociales, y no como un mero resultado de formas espaciales aligeradas de sus influencias y determinaciones sociales (2015, p.5).

Hay que hacer notar que un territorio —en este caso la Península de Nicoya— no es una categoría inmóvil, sino el espacio en el cual se tejen relaciones sociopolíticas, prácticas socioculturales y representaciones sociales a lo largo del tiempo. Por tanto, es de interés historiar sobre la dinámica de los sujetos colectivos en su proceso de apropiación del espacio.

La llegada de colonos al extremo sur de la Península de Nicoya se ubica temporalmente en lo que Hilje (1991) ha denominado la segunda etapa del proceso colonizador agrícola de Costa Rica entre 1890-1940. Este se caracteriza por mayor vinculación del país al comercio internacional, atracción de la inversión extranjera y la concesión de tierras sin cultivar en zonas poco pobladas del país. En tal sentido, señala Salas (1987) que el Estado impulsó una política de concesión de baldíos nacionales en aras de su apropiación en zonas tanto del Valle Central como de otras regiones del país, con el fin de generar nuevas formas de financiamiento para el “nuevo Estado y el desarrollo nacional” (1987, p.72). Para ello, se aplicaron tres mecanismos de acceso a la tierra: los denuncios simples y composiciones, gracias y demasías. En cuanto al primero de ellos, indica Velásquez (2012):

Un Denuncio consiste en una serie de trámites burocráticos que se realizaban mediante un Juzgado de tierras, prolongados y de un elevado costo económico, indispensable para obtener el título real de tierras, los cuales se inician a partir de 1591 cuando se eliminan las mercedes de tierras (p. 44).

En cuanto a las composiciones, se definen como “una remedida de tierras llevada a cabo por un juez competente para establecer si había demasías y acordar un pago respectivo” (Velásquez, 2012, p. 35). Ambos mecanismos fueron empleados en la zona de Paquera y Lepanto durante el siglo XIX y las primeras décadas del XX. Entre los primeros denuncios registrados en la zona de Paquera se encuentra el de Alfonso Fernieri y Demack Lemard, ciudadanos italianos que llegaron a la zona por vía marítima. En abril de 1896, los europeos se presentaron ante el juez de tierras indicando que:

En el lugar llamado Paquera hay un terreno baldío del cual denunciamos 500 hectáreas, 250 para cada uno con estos límites, al norte otros terrenos denunciados por Faustino Montes de Oca y José Rojas Sequeira, al sur y este terrenos baldíos y al oeste terrenos baldíos en la parte de 500 metros de zona marítima según el último decreto del Congreso de 1892 (Contencioso Administrativo, #4011. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio.1).

Atendiendo al mismo procedimiento, se encuentra el denuncio que el 5 de mayo de 1896 realizó Faustino Montes de Oca, también en Paquera. En su manifestación alegó que:

En el lugar llamado Paquera, distrito segundo cantón único de la comarca de Puntarenas hay un terreno baldío del que denuncia 500 hectáreas con los límites norte terrenos denunciados por Juan B. Escalante, al sur y al oeste terrenos baldíos y al oeste la zona marítima (Contencioso Administrativo, #4060. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio.1)

En atención a lo solicitado por el Sr. Montes de Oca, el juez de tierras Melchor Cañas procedió a realizar los dos procedimientos subsiguientes a saber: el nombramiento del agrimensor y la convocatoria abierta ante alguna eventual oposición. Finalmente, el denuncio fue aceptado en el mes de diciembre del mismo año.

Tal y como se ha indicado páginas atrás, una gran parte de los denunciantes de tierras en Paquera son habitantes de Puntarenas, que desean ensanchar sus actividades comerciales y productivas hacia la zona de la “costa puntarenense”. Uno de ellos es José Rojas Sequeira, quien en mayo de 1893 se apresuró a denunciar 500 hectáreas en tierras colindantes a las Fernieri y Lemard —antes citados— pero que tuvo oposición ni más ni menos de Mainor Cooper Keith y Meiggs. Dicho empresario mediante su apoderado legal, el Sr. Juan Meiggs Keith, indicó que él era el dueño legal de las tierras denunciadas por Rojas. El litigio se alargó hasta diciembre del año en mención y que al final favoreció al empresario inglés (Contencioso administrativo #4087. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio.3).

Con estos dos primeros denuncios se logra constatar la voluntad manifiesta de empresarios y comerciantes instalados en Puntarenas de apropiarse por vía legal de grandes extensiones de tierra en la zona de Paquera. El perfil de los denunciantes corresponde a empresarios ligados al comercio, interesados en la explotación agrícola y maderera y cuyo interés se centra en obtener latifundios —hasta ahora en promedio 500 hectáreas—. Dentro de dicho perfil se ubica otro de los denunciantes, el Sr. Manuel Ruissi González, quien en 1898 recurrió ante el juez de tierras para realizar un:

Denuncio de 500 hectáreas de terreno baldío en un terreno que se halla situado en Paquera jurisdicción de la Comarca de Puntarenas: por el norte el pueblo de Paquera o sea milla marítima, por el sur terrenos baldíos, por el este milla marítima y por el oeste terreno del pueblo de Gigante. Este mismo terreno fue denunciado el 30 de junio del año 1891 por la Sra. Lucila de Castel Blanch mayor de edad y de oficios domésticos y vecina de Puntarenas. Denuncio el referido terreno de conformidad con las facultades que me concede la ley artículo 540 del código fiscal y en virtud de hallarse desierto el denuncio por haber transcurrido ya más de 6 meses sin haber promovido diligencia alguna para la continuación de su denuncia. En este concepto pido a usted Sr. Juez se sirva admitir mi denuncio y darle el curso de ley correspondiente decretando se haga la publicación de los edictos como determina la ley (Contencioso Administrativo #4088. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio. 1).

Luego de varios meses de trámite judicial, finalmente el edicto en favor del Sr. Ruissi salió publicado en el diario oficial la Gaceta del 16, 17 y 21 de febrero de 1892. Cabe indicar que la Sra. Castro accedió a negociar a cambio que el denunciante se hiciera cargo de los costos legales del proceso y las mejoras introducidas por ella al terreno en cuestión. Hay tres peculiaridades que subyacen de los primeros denuncios referenciados: 1. son propiciados por pobladores de Puntarenas, no de Nicoya, lo cual denota el afán de los porteños por colonizar dicho espacio de Guanacaste, en contraste con el escaso interés de los nicoyanos por ocupar esa zona costera de su región, 2. la extensión de tierra denunciada —en promedio— es de 500 hectáreas, lo cual sugiere que además de las actividades productivas ligadas al mar, hay un interés de los “nuevos pobladores” por explotar la agricultura, en particular, la producción de granos y maderas y, 3. nótese que los denuncios se realizan en la última década del siglo XIX, es decir unos lustros antes de que Alfredo Gonzáles Flores emitiera la nueva ley de organización territorial de ١٩15, que en el “imaginario regional”, es la fuente legal de la fractura de la península de Nicoya. Estos denuncios —y otros por analizar— muestran que décadas antes de tal decisión presidencial, dichas tierras eran objeto de interés por grupos y personas radicadas en Puntarenas.

Los denuncios en la zona de Paquera se empiezan a dar entre 1880-1890. Así las cosas, en 1892 Serafín Gutiérrez se presentó ante el juez de tierras para hacer formal una denuncia de terrenos:

En el punto denominado Paquera o “río de los órganos” jurisdicción de la comarca de Puntarenas poseo y he reducido a cultivo desde hace algún tiempo con parte de agricultura y parte de pastos y cercas naturales y artificiales un terreno baldío de la república constante como de cuarenta hectáreas, próximo a los linderos al norte, sur, oeste terrenos baldíos y al este la milla marítima. Para obtener como poseedor la adjudicación de dicho terreno al tenor de lo dispuesto en el artículo 530 del código fiscal, por el presente lo denuncio en forma y expreso que admita mi solicitud y tramite con arreglo a derecho se me haga en definitiva la adjudicación de dicho baldío (Contencioso Administrativo #4024. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio. 1).

Sobresale en el denuncio anterior un detalle relacionado al destino para el cual se solicitan las tierras. En su mayoría, los denunciantes indican que, en la zona de Paquera y Lepanto, las tierras se dedican a la agricultura y a granjas de subsistencia. De hecho, a finales del siglo XIX el mismo gobernador de Guanacaste reconocía que:

En las zonas de Lepanto y Corrozal de este cantón central nunca ha habido ni hay actualmente verdaderos criadores de ganado vacuno. Los vecinos acomodados son bien pocos, tienen pequeños hatos que vagan por parajes públicos y sembrados ajenos. Los más pobres poseen si acaso dos vacas de tipo criollo que suministran diariamente la leche necesaria para una docena de cuajadas. En general los pobladores han vivido de la explotación de maderas de los baldíos nacionales teniendo en descuido sus tierras ya que lo que siembran es bien poco para que aumente el acervo de consumo del país. De dos años a esta parte las zonas han despertado la codicia de las gentes del interior de la república agricultores todas. A Jicaral que es un barrio del distrito de Lepanto, han llegado más de 300 familias que se han instalado en las tierras tenidas en abandono. En la actualidad no hay otro lugar que produzca mayor cantidad de arroz y maíz que Jicaral que bordea el Golfo de Nicoya. El malestar de los viejos pobladores ha sido notorio al sentir que les rebanan las tierras que ellos tuvieron en dejación y al sentir también la acción de las autoridades que les obliga a recoger sus escasos ganados en garantía de la floreciente agricultura. A mi juicio la agricultura merece tanto apoyo como la ganadería. Las dos pueden surgir sin establecer que una vaya en mengua de la otra (Congreso. Archivo Nacional de Costa Rica #18734. Folio. 4).

Estos primeros denuncios en la zona de Lepanto ponen en evidencia una serie de elementos del proceso de territorialidad de la zona:

  1. 1. En primer término, parece que el espacio comprendido entre puerto Thiel y Pilas de Canjel se constituye en la última zona de influencia del gobierno local nicoyano, puesto que no hay evidencia que apunte a que migrantes, ganaderos u otros sujetos sociales de aquella localidad tuvieran interés por colonizar más hacia el sur de aquella franja de tierra (figura 4).
  2. 2. Los denuncios gestionados en la zona en cuestión se dan a través de la Alcaldía Única de Puntarenas, esto a pesar de que ya existía la Alcaldía unificada de Nicoya, Santa Cruz y Carrillo. Además, son protagonizados por personas que residen ya sea, en la Comarca de Puntarenas, Abangares e, incluso, el oeste del valle central.
  3. 3. Las palabras del gobernador de Guanacaste “no hay otra zona que produzca mayor cantidad de granos y maíz”, pone en evidencia que Lepanto sirve de granero para Puntarenas, que, por su condición de puerto, no tenía tierras destinadas para tal fin. De hecho, las islas de Venado, Caballo y Bejuco se ubican de frente a Lepanto y son consideradas como parte de Puntarenas —junto a San Lucas—. Por ello, 300 familias se desplazan hacia estas tierras en el periodo de estudio con el afán de poseerlas, cultivarlas y hacer su vida en ellas.
  4. 4. El pueblo de Jicaral —el más importante de Lepanto— colinda con Pilas de Canjel, específicamente el pueblo de Corrozal, que, a juicio personal, esa área funge como zona de transición entre el espacio nicoyano y el puntarenense, con la peculiaridad de que todas las tierras ubicadas hacia al noroeste se constituyen en los cantones más jóvenes de Guanacaste, es decir, Nandayure y Hojancha.



Figura 4.

Segmento que indica la dirección de los primeros denuncios en Lepanto, Puntarenas, Costa Rica

Fuente: Cabrera, 1924, p. 31.

Continuando con los denuncios en Paquera y Lepanto, se encuentra el caso del Sr. Sebastián Cubillo, quien en un interdicto que colocó ante el Juzgado de Tierras de Puntarenas, indicó que:

Hace como veinte años me estoy poseyendo un terreno dedicado a la siembra de granos y una parte de montes con maderas de construcción que he venido cuidando como propias, tiene de superficie aproximadamente ochenta y nueve hectáreas, está situada en Paquera bajo los siguientes linderos: norte, terrenos baldíos, sur posesión de Manuel Montero, este propiedad de Sebastián Ruiz y oeste la de José Ortiz. II. El Sr. Manuel Montero ha tomado posesión del terreno situado al sur del mío y ha invadido mi terreno…e hizo un rancho para habitación. Parece que tiene intención de seguir tomando más terreno del poseído por mi persona…reclamo daños y perjuicios según los artículos 701, 702 y 703 del código de procedimientos civiles…por lo tanto establezco interdicto de restitución contra el Sr. Rafel Montero Chavarría. (aporta seis testigos, la posesión ilegal ronda media manzana y valora la acción en 50 pesos). (Alcaldía Única de Puntarenas. Archivo Nacional #3051. Folio 1).

En la misma línea procesal se encuentran solicitudes colectivas de tierra con la finalidad de dedicarlas a la agricultura. Uno de esos casos fue el denuncio encabezado por Lorenzo Castro junto a otros vecinos de la “costa de Paquera”, quienes manifestaron que:

Hace como más de un año que poseemos un terreno de agricultura, pastos y montes situado en la Quebrada Seca de Paquera: norte, sur y oeste terrenos baldíos y este posesión de Sebastián Cubillo, cada uno posee una parte y el conjunto de la superficie lo calculamos en sesenta y nueve hectáreas. El Sr. Antonio Gutiérrez Pérez ha empezado en estos días a desmontar parte de la totalidad del terreno y amenaza con tomarlo todo como de su propiedad, pero nosotros tenemos derecho de posesión y de recobrar la posesión de lo perdido y de pedir garantía para impedir la invasión del terreno (De acuerdo con los artículos 697,698, 700, 701, 702 y 703 del código de procedimientos civiles) (Alcaldía Única de Puntarenas. Archivo Nacional de Costa Rica #2935. Folio. 1).

Entre los dos denuncios anteriores y el siguiente, existe una correlación en términos del periodo en el cual se hacen las solicitudes, la instancia legal en la cual se presentan y la procedencia de los y las solicitantes. Aunado a ello, es posible determinar que en el último tercio del siglo XIX se concentran en Lepanto y hacia el final del siglo —incluso las primeras décadas del siglo XX— aumentan en las áreas de Paquera y Cóbano. Una de las personas que más denuncios realizó en ambas comunidades fue la Sra. Blasa Vindas, quien residía en Puntarenas y que en julio de 1869 solicitó mediante su apoderado legal:

Un terreno baldío cerca de Lepanto en jurisdicción de Puntarenas en los sitios llamados Jicaral y Caña Blanca y corridos los trámites de ley adquirió la propiedad y le fue librado el correspondiente título. Varios individuos de esos que viven en las costas como pescadores, pobladores y salineros ocupan contra la voluntad de la Vindas parte de sus tierras y recibe de ellos infinitos males. Ella cuenta ya 23 reses perdidas por la malevolencia de sus perturbadores… (por ello solicita) se digne ordenar al Sr. Gobernador de Puntarenas libre de los que contra de su voluntad están en su propiedad, haciéndoles salir de ella en lo que recibirá en gracias y justicia (Gobernación #29580. Archivo Nacional de Costa Rica. Folio.1).

Tal y como lo muestran los denuncios de la Sra. Vindas y el Sr. Castro, las solicitudes de tierra realizadas hacia el sur de la península de Nicoya alcanzan grandes extensiones de tierra. Esto se debe a que están enfocadas en la producción de granos, maderas, ganado y parcialmente se interesan por los productos del mar y las salineras, todo ello enfocado en el mercado puntarenense y nicoyano. Otro ejemplo en esta línea se halla en la solicitud que José Mayer hizo al Juzgado de Tierras de Puntarenas, quien teniendo una hacienda en su jurisdicción indicó que:

… desea reducir a dominio particular hasta la extensión de 10 caballerías poco más o menos según en el acto de la medida…un terreno que linda al N.E con la posesión de mi poderante y relativamente al S.O.E con baldíos y al N.O.E también con tierras baldías y con las de los vecinos de Tempate y del finado Don Francisco Agueche. Advirtiendo que todos aquellos propietarios particulares no tienen título formal de propiedad…suplico se administrar el denuncio que del dicho terreno hago y por medio del Sr. Juez de la 1° instancia de la Comarca de Puntarenas mandar evacuar las diligencias que son consiguientes (Contencioso Administrativo #3916. Archivo Nacional de Costa Rica. Folio.1).

Una vez efectuada la solicitud del Sr. Mayer, el Juez se encargó de publicar el edicto respectivo ante la hipotética aparición de algún oponente, pero no habiendo se procedió a nombrar al agrimensor respectivo. No obstante, en el transcurso del proceso sobresalió un detalle de no poca importancia. Al encontrarse en la medida de tierra se detectó que las propiedades no se encontraban cercadas. Ante la ausencia de ganado, no era necesario “poner cercas” para deslindar unas tierras de otras. Por ello, fue necesaria la presentación de un amparo de tierras contra Vicente Chávez en el que se anotó que:

Es cierto que los agricultores de la costa de Nicoya y en particular los vecinos de Lepanto no usan ni acostumbran a echar cercas en sus sementeras pues todos tienen posesiones abiertas y si únicamente existe en el barrio dicho cercada de alambre la finca de la Sra. Petronila Álvarez, junto con el Sr. Jesús Molina que tiene una pequeña parte de su posesión cercada (Alcaldía Única de Puntarenas #841. Archivo Nacional de Costa Rica. Folio. 7-v).

Así pues, el dictamen final del denuncio favoreció las pretensiones del Sr. Mayer quien dedicó sus tierras a la producción de granos. Llama particularmente la atención que la prioridad de quienes ostentan tierras entre Paquera y Cóbano, no tienen como prioridad el desarrollo de la ganadería. En sus testimonios se reconoce con claridad su intención de tener chacras, producción de granos y maderas, solo tangencialmente se habla de ganadería. Añádase a esto una solicitud de denuncio por parte del Sr. Mariano Ortega, quien en 1910 apuntó hacia la propiedad de unas tierras en Lepanto, que en su decir “me dediqué a desmontar y cultivar gran parte del terreno con plátanos, árboles frutales y pastos o sea zacate de Guinea” (Alcaldía Única. Puntarenas. #3100. Archivo Nacional de Costa Rica. Folio.1).

Una situación de similar factura se presentó en el “amparo de posesión” que interpuso Doña Simona Quirós contra Sebastián Cubillo, en el cual expuso que posee:

… hace más de un año en Paquera un terreno como de dos hectáreas…cultivado de plátanos y ya listo para sembrarle café…hago presente que en el barrio de Paquera y en la milla es costumbre sembrar sin cerco pues está prohibida en esa milla la cría de animales vacunos y cerdos para el objeto de evitar los daños a los que cultivan…estimo la acción en cien pesos, protesto las costas procesales y personales (Alcaldía Única de Puntarenas #937. Archivo Nacional de Costa Rica. Folio. 1).

Recapitulando, se ha podido constatar mediante la información analizada, que los denuncios realizados durante el último tercio del siglo XIX e inicios del XX entre Lepanto y Paquera, obedecen al interés de personas radicadas en Puntarenas por el desarrollo de la producción de granos y maderas para el mercado regional y pequeñas unidades productivas dedicadas al consumo familiar. Aquellos grupos familiares —que se cuentan en cientos— por lo general vivían en casas de entre ocho y diez metros de frente, montadas en basamentos de piedra y forradas en tablas con teja y zinc, con corredor en la parte frontal. Con frecuencia, dichos grupos familiares hacían gala de sus cocinas en la parte posterior de la vivienda, en donde relucían sus horcones para una mejor ventilación de sus cocinas de leña que se hacían acompañar de bellos forrajes de caña blanca.

Como se dijo, la mayor parte de la migración se genera desde el núcleo central del puerto de Puntarenas. Definen su espacio de residencia entre tierras insulares y peninsulares. Por decirlo de alguna forma, su zona agrícola se ubica cruzando el golfo de Nicoya y dentro de él obtienen los beneficios de los productos del mar. Como mecanismos de acceso a la tierra realizan denuncios simples y composiciones, muchos de ellos de gran extensión. Es evidente que entre los grandes fundos se formaron pequeños centros de población que fungían como asiento de hombres y mujeres que trabajaban la agricultura y la pesca. Por ello, conviene ahora adentrarse en las circunstancias que median en el auge y consolidación del puerto franco de Puntarenas y que inciden de manera directa en el fraccionamiento administrativo de la Península de Nicoya.

4. La relación entre el crecimiento del Puerto de Puntarenas y la disgregación de la Península de Nicoya

El segundo componente histórico implicado en la fragmentación administrativa de la Península de Nicoya respecto a la administración de Nicoya es el crecimiento que desde años previos a la independencia tuvo el puerto de Puntarenas. Ya en 1814, el ayuntamiento de San José había solicitado a las autoridades del Reino —sita en Guatemala— la necesidad de proceder a la construcción de un camino real que comunicara a Cartago con la costa del Pacífico. Una vez lograda la independencia e incorporada Costa Rica a la Federación Centroamericana, dicho objetivo se logró mediante la Ley #131 del 22 de junio de 1827 (Leyes y Decretos. Art. 10. Gobierno de Costa Rica). El proyecto venía a complementar el “camino real” hacia Nicaragua, que ya existía desde las primeras décadas del siglo XVII. De hecho, en 1834 se sumó el puerto de Caldera a los ya existentes de Bebedero, Humo y Barranca. Con ellos se mantenía constante actividad comercial hacia Nicaragua cuyo destino final era el Realejo.

La reanudación de actividades portuarias en Puntarenas tuvo que esperar hasta la llegada al poder de Braulio Carrillo (1838-1842). A pesar de que la “lengua arenosa” sufría de inundaciones con las lluvias, en 1840, el Jefe de Estado rehabilitó dicho puerto debido a la urgencia de consolidarlo para el comercio exterior (figura 5).



Figura 5.

Fragmento que comprende la zona central de Puntarenas y Puerto de Caldera, Costa Rica, 1840

Fuente: Mapa físico-político de Costa Rica. 1868. Von Frantzius. http://repositorios.cihac.fcs.ucr.ac.cr/cmelendez/handle/123456789/153

En este orden, la dinámica de Puntarenas se cruza con el destino de las comunidades de la “costa”, es decir, Paquera y Lepanto. El 30 de junio de 1841 bajo el gobierno de Braulio Carrillo se emitió el primer código civil, penal y de procedimientos4. En el artículo 14 del texto en mención, se habilita a los productores agrícolas de la “costa del mar” para que utilicen la milla reservada a sus labores, haciendo plantaciones de plátano, cacao, café, granos y añil; además, se consideró como tierras pertenecientes al dominio público aquellas comprendidas en ese espacio. En virtud de ello, el mismo gobierno de Carrillo, informó que:

Constando de todo que el punto nombrado Cabo Blanco en la costa del Golfo de Nicoya existen agricultores, con más de diez años de posesión algunos, que por esta causa y por lo dispuesto en el artículo 5 del decreto de 26 de febrero de este año debe protegérseles de preferencia a los criadores de ganado, estos que tienen el uso de tres caballerías de tierra, cuando aquellos apenas pueden disfrutar de la que cultiven, cuya naturaleza es muy diferente de las que tienen terrenos que producen pastos, que la ganadería puede criarse en el interior donde no perjudiquen a las labores o en puntos de la costa más distante del Puerto. Atendiendo también a que la mayor parte de las personas que pueden avecindarse en Puntarenas, para cuyo fomento es dado en particularidad…es la clase pobre que vive de la agricultura y jornalería cuando los criadores de ganado serían pocos por el capital que esta especulación necesita…se declara que no podrán ponerse posesiones de ganado, sino internadas a cinco leguas de la costa o sobre está a cinco leguas de Cabo Blanco (Gobierno de Costa Rica, 1840. Circular #167).

Aquí vale la pena recalcar que Braulio Carrillo —antes que Jiménez Oreamuno, González Víquez y González Flores— es quien actúa con fortaleza para dotar a Puntarenas de terrenos en el extremo sur del Golfo de Nicoya y, esto ocurre veinticuatro años antes del censo que la historiografía tradicional señala como el causante del fraccionamiento de la Península homónima. Es más, la decisión de Carrillo se ve complementada posteriormente cuando Bernardo Soto (1887), da curso a una solicitud de los vecinos de Lepanto y Cabo Blanco para que se prohibiera la cría de ganado en un espacio de cinco leguas a partir de la línea costera (Leyes y Decretos, 1887, Tomo #2, pp. 349-350). Es evidente que Carrillo comparte los intereses de la oligarquía cafetalera y que en lo que respecta a Puntarenas, se inclina por consolidarlo como el puerto principal para el comercio del país. En ese contexto, se emite el decreto # 9 de 1847, en el cual se declara al Puerto de Puntarenas, puerto franco, esto es, disponible para el comercio con todas las naciones (Leyes y Decretos, 1847, Tomo 10).

De acuerdo con León (2002), el comercio exterior del país compuesto por la exportación de café, tabaco, cacao, madera, dulce y posteriormente banano, creció entre 1833 a 1893 de 3828 a 12 476 toneladas respectivamente. La mayoría de ese tráfico comercial se generó desde el puerto de Puntarenas porque el transporte a través de fletes de vapores se inició en Limón hasta 1882. Adicionalmente, comenta León: “Los vapores que comenzaron a llegar a Puntarenas en forma regular a partir de 1856, ofrecieron oportunidades de exportar a California, así como a Europa y la costa este de los Estados Unidos” (2002, p.19).

Hay que hacer notar que, en los prolegómenos del censo de 1864, Puntarenas pasa a ser una Comarca (Leyes y Decretos, 1868, #167. Artículo #4), debido a que no ostentaba la población requerida constitucionalmente para ser provincia5. No será hasta 1909 que se le otorgará dicho título mediante la ley que ordenó la división administrativa de Costa Rica (Ley #56 de 1909. Artículo 1, inciso 2).

Tal y como se ha tenido por aceptado, se ha sostenido que fue mediante el censo nacional de 1864 que se fracturó la división política-administrativa de la Península de Nicoya. Esto es correcto. En la recolección de los datos y su procesamiento se llevaron cuatro años, así que la publicación del censo se realizó hasta 1866. En cuanto al informe sobre las estadísticas de Guanacaste, los Sres. Antonio Jiménez y Baltazar Baldioceda (delegados por Guanacaste) indicaron que “debe tenerse presente que el empadronamiento de la provincia no se ha incluido la población de las islas del Golfo de Nicoya, la cual se habrá inscrito en la provincia de Puntarenas, a cuya jurisdicción aquellas han sido anexadas. Liberia, abril 2 de 1866” (República de Costa Rica, 1868, pp. 33-34). Se colige que en la denominación de “islas del golfo de Nicoya” se incluyeron los territorios de la costa de la península, ya que en ninguna otra parte del documento —salvo en los cuadros— se menciona la separación de Paquera y Lepanto.

El documento final del censo (1868) constó de seis apartados, pero solo en uno de ellos se presentó información relevante sobre el fraccionamiento administrativo de la península de Nicoya. Se trata del primero que contiene los datos sobre población en provincias, cantones, distritos y comunidades6. El único dato específico relacionado a las comunidades sujetas a investigación (tabla 1) fue que entre 1844 a 1864 la población de Guanacaste y Puntarenas se duplicó, aunado a ello se registró el traslado de “los pueblos de la costa”.


Tabla 1.

Resumen de la población, Costa Rica, 1844-1864

Fuente: Gobierno de Costa Rica (1864). Censo de población (p. 3).

En consecuencia, la transferencia administrativa de una gran parte de las islas del Golfo de Nicoya y los territorios del sur de su Península pasaron “a vista y paciencia” de todos, a Puntarenas sin que alguna autoridad se pronunciara al respecto. Sobre ello, Jaén concluye:

Ese procedimiento que resultó malvado para Guanacaste, lo hizo el austriaco Fernando Estreber, pese a que el mapa nacional del momento no contenía esa segregación territorial. No existía trazada ninguna línea limítrofe entre la comarca de Puntarenas (Puerto) y la provincia de Guanacaste en esa zona peninsular (Jaén, 2000, p. 157).

En los años siguientes, la segregación de los territorios se asumió “de oficio” en los censos realizados en 1883 y 1892 respectivamente. Pero cabe preguntarse: ¿qué ganaron las comunidades segregadas con tal acción? De acuerdo a la información disponible, se puede afirmar que la creación de infraestructura comunal se acrecentó en el último tercio del siglo XIX en Paquera y Lepanto, no así en Cóbano que tendría que esperar hasta las primeras décadas del siglo XX para recibir apoyo estatal.

Por ejemplo, —al igual que sucedía en una gran parte de Guanacaste— el fin del siglo XIX trajo la apertura de nuevas escuelas. En Paquera, se registraban en setiembre de 1896 los primeros pasos en la construcción de las escuelas de primeras letras. Por supuesto, ello estuvo a cargo de la Municipalidad de Puntarenas. Así dicha corporación:

Se ha agraciado con la donación del edificio bastante bueno nuevo y suficientemente adecuado para escuela. Dicho edificio solo aguarda el mobiliario y enseres necesarios para quedar en aptitud de poder prestar el servicio…la Junta ha comprado ya algunos pupitres, tres bancas antiguas, una pizarra y varios otros útiles con el deseo de ver si sería posible obtener por lo pronto la creación de la escuela de varones y dejar para el curso venidero la apertura de la de niñas en cuya época se habrá construido y preparado convenientemente el edificio que para tal objeto proyectan levantar (Educación #6278. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio.5).

Por otra parte, en lo referido al tema de construcción de caminos e instalación de líneas telegráficas, también se registraron avances. Paquera y Lepanto estrenaron conexión a la altura de 1910. Por aquel entonces el congreso de la República decretó:

Establecer la comunicación telegráfica con el caserío de Paquera provincia de Puntarenas continuando el alambre tendido entre Nicoya y el barrio de Santa Rita. Esta nueva sección se localiza pasando por los caseríos de Corrozal, Jicaral, Lepanto, Cabo Blanco, y Gigante del litoral S.O del Golfo de Nicoya… Artículo 2. Destinase la suma de 480 anuales para establecer la comunicación postal entre la ciudad de Puntarenas y los caseríos de Paquera y Lepanto por medio de embarcaciones menores dos veces por semana (Congreso #14956. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio.1).

Es claro que la comunicación con todos los pueblos de la República es fundamental, no solo para las diversas actividades de grupos y personas, pero también se constituye en una poderosa herramienta de control del espacio de parte de quien ostenta el poder. Esa es la motivación que muestran los vecinos de la Península a los diputados en la solicitud de fondos para la ampliación de la línea telegráfica en 1926. Tal como se observa en la figura 6:



Figura 6.

Solicitud de proyecto de ley realizada a los diputados por los vecinos de la Península de Nicoya en Puntarenas, Costa Rica, 1926

Fuente: Congreso #14560. Archivo Nacional de Costa Rica. Folio 1.

Aunado al tema de la comunicación telegráfica y telefónica, también surge la necesidad de la construcción y ampliación de caminos en la zona. Finalizando el primer cuarto de siglo XX, el gobierno central iba disponiendo de mayores recursos para Paquera y Lepanto 7. Por ello decretó dar:

30.000 colones para arreglar los caminos de Jicaral a Dominical y de Canjel a Coyote distrito de Jicaral, cantón central de la provincia de Puntarenas y 10.000 en la construcción de los edificios escolares de Tambor y Cuajiniquil jurisdicción de Paquera y Jicaral, respectivamente del cantón central de la misma provincia (Congreso #19076. Archivo Nacional de Costa Rica. Folio. 1).

En cuanto a la comunidad de Lepanto —tal y como se indicó antes— la financiación de la obra pública del Estado llegó un poco más tarde. En dicha comunidad, en junio de 1942 se aprobó la construcción de un muelle con bodega. Luego, la composición del camino hacia Montaña Grande y río Blanco que empezó en 1955. La escuela fue construida en 1956, pero antes en 1953 se había emprendido la construcción de la plaza de deportes (Figura 7).



Figura 7.

Croquis del centro de Cóbano, Costa Rica, 1953

Fuente: Fomento #3085. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio. 24.

En las páginas anteriores se ha analizado la influencia que tuvo la consolidación del puerto de Puntarenas como el centro nodal del comercio del país, con relación a la separación de Lepanto, Paquera y Cóbano de la administración política de Nicoya. En particular, a partir del gobierno de Braulio Carrillo Colina se facilitaron incentivos —fiscales, tierras y vías de comunicación— para que migrantes pusieran sus ojos en dicha zona; así como en las islas del Golfo de Nicoya. En este sentido, su fraccionamiento político-administrativo se dio como consecuencia de la voluntad política de la clase gobernante del país. Se constata que el censo de 1864 da pie a la ocupación formal de las “tierras de la costa”, que así son vistas por los habitantes de Puntarenas. Empero, “aquellas tierras”, se encuentran ubicadas al otro extremo del Golfo. De hecho, fue posible detectar que el área de Pilas de Canjel fungió como “límite” entre las tierras administradas por una y otra provincia.

El primer censo nacional realizado en 1864, pero publicado hasta dos años después, asignó los pueblos en mención a Puntarenas y derivó en el crecimiento de su población, territorio y, sobre todo, en la consolidación de tres comunidades que tuvieron como su referente al cantón central de Puntarenas, contrariamente a Nicoya. El último tercio del siglo XIX y las primeras décadas del XX, atestiguaron la consolidación de la estructura político-administrativa y económica de dichas comunidades en función de la misma evolución del puerto de Puntarenas. Aunque la ley que consolida dicha situación se emite hasta 1915, lo cierto es que las transformaciones acontecieron al menos con cuatro o cinco décadas de antelación. Las comunidades de marras se identificaron con el gobierno local de Puntarenas, al cual acudían para gestionar la atención de sus necesidades. Así, la construcción de caminos, escuelas, agencias de policía y telégrafos, entre otras, eran canalizadas ante el gobierno central a través de aquella municipalidad. En suma, la evidencia lleva a concluir que existe una correlación directa entre el desarrollo del puerto de Puntarenas y la ocupación y explotación del espacio de las comunidades fraccionadas al gobierno local nicoyano, que está por encima de un simple error cometido por la Oficina de Estadística y Censos de Costa Rica en 1864.

5. Conclusión

A lo largo de este texto se ha analizado las razones históricas que median en la segregación de Cóbano, Paquera y Lepanto de la provincia de Guanacaste, específicamente de la administración de la municipalidad de Nicoya. Dicha acción se llevó a cabo a través del primer censo nacional realizado en 1864. Las pocas referencias bibliográficas existentes al respecto se han encargado de “repartir culpas” entre los expresidentes Alfredo González Flores, Cleto González Víquez y Ricardo Jiménez Oreamuno, como si se hubiera tratado simplemente de una decisión política. Empero, la ciencia histórica ya ha empezado a arrojar luz al respecto. Valverde (2008) en sus estudios sobre la evolución histórica de Puntarenas ha ofrecido un enfoque que supera el abordaje jurídico indicando que, en el interés de la oligarquía agroexportadora costarricense del siglo XIX se encontraba la imperiosa necesidad de consolidar un puerto franco en 1847 que facilitará la inserción del país en la lógica del comercio internacional. En ese proceso se logra comprender la configuración del espacio insular y costero de Puntarenas dentro del Golfo de Nicoya (Cfr. figura 1).

En este artículo se ha empleado la noción de territorialidad (Sack,1986) para explicar cómo sujetos individuales y colectivos provenientes de Puntarenas, Abangares y el oeste del Valle Central, hacen uso de los mecanismos de acceso a la tierra que el Estado liberal puso a su disposición para colonizar diversas zonas del país (Salas, 1987). Así es como se procede a ocupar los territorios de la Península de Nicoya, —que tomando como referencia a Pilas de Canjel— se ubican hacia el sur extendiéndose hasta Cabo Blanco (Cfr. figura 1). De manera similar ocurre con las islas de Venado, Bejuco, Caballo y San Lucas, quedando solamente la isla de Chira bajo la influencia de Nicoya. En este proceso surgirá la interrogante del porqué las tierras y costa del oeste de la península de Nicoya no fueron adscritas a Puntarenas con el censo de 1864. Son dos razones las que se consideran posibles: 1. dichos territorios involucran tanto a Santa Cruz como a Nicoya, lo cual habría supuesto la total configuración político-administrativa de la península y, 2. la distancia respecto a la ciudad de Puntarenas es mayor y la travesía marítima extensa —considerando la inexistencia de rutas terrestres— teniendo a Cabo Blanco como punto de paso obligado.

La apertura de un nuevo frente de colonización agrícola entre 1890-1940 (Hilje, 1991) coincide con la territorialización del extremo sur de la Península de Nicoya. Uno de sus elementos más emblemáticos es, que los interesados acuden al Juzgado Único de Puntarenas a realizar los denuncios de tierras, no así al creado para Nicoya, Santa Cruz y Carrillo. Esto se debió a que su punto de residencia —en la mayoría de los casos— era en el extremo este del Golfo de Nicoya. Así las cosas, de manera progresiva se fue colonizando desde el primer tercio del siglo XIX, en primer término, Lepanto, luego Paquera y, finalmente, Cóbano. Por ello, se afirma con base en evidencia histórica, que el proceso no fue homogéneo en el tiempo y que en las “tierras de la costa” puntarenense en el golfo de Nicoya tenían la función de proveer de granos, frutas, verduras y madera a la Comarca de Puntarenas. La actividad ganadera no fue el centro de la actividad productiva, tal y como ocurría en otras zonas de Guanacaste (figura 8).



Figura 8.

Mapa de la zona segregada a Guanacaste, Costa Rica, 1864

Fuente: Obregón, 2002, p. 26.

En suma, en las zonas que comprende este análisis, se estableció la gran propiedad mediante el uso de denuncios. En ellas se desarrolló la agricultura de granos y una tenue ganadería. Por el contrario, en las áreas más próximas a la costa la pesquería y las salineras marcaron la pauta. En torno a dichas grandes propiedades empezaron a surgir pequeños pueblos de peones agrícolas y trabajadores de diversa índole. Este es el origen del tejido social de las comunidades de Paquera, Lepanto y Cóbano.

El censo de 1864 que segregó administrativamente las tierras de la Península de Nicoya y las trasladó a Puntarenas pone en evidencia su rápido crecimiento. De hecho, en poco más de cincuenta años (de 1848 a 1909) pasó de ser Comarca a Provincia. Este ascenso administrativo conllevó su expansión hacia el Golfo y territorio de Nicoya. Para ello, se aceleró no solo la apropiación de la tierra; sino también la creación de infraestructura en esta zona del país. Por lo anterior, es válido concluir que en la creación de nuevas demarcaciones provinciales y municipales intervienen motivaciones derivadas del contexto político y económico, tal y como ha sido puesto en evidencia en este artículo.

El uso de las fuentes municipales ha sido fundamental para poner en evidencia los procesos de cambio que se gestan desde el poder central en el espectro municipal. El censo de 1864 generó profundos cambios en el devenir histórico de la península de Nicoya. No se trató solamente del traslado de la administración de tres comunidades de Nicoya a Puntarenas; sino la reconfiguración política, administrativa, económica y cultural de gran parte de los territorios e islas del espacio geográfico estudiado. Los expedientes del Juzgado Contencioso Administrativo facilitaron la compresión de los intereses y aspiraciones de grandes y pequeños propietarios de tierra, su forma de vida, cultura y visión de mundo. Esa es la razón por la cual se empleó la noción de territorialidad. En este artículo, ese ha sido el criterio orientador de la explicación y que se contrapone a la simple justificación surgida a partir de lo que fue un “un error administrativo”. En suma, son razones históricas las que están detrás de la segregación administrativa de la Península de Nicoya en el siglo XIX y que se plasman en la larga duración. Estas reiteran la importancia de rescatar dentro de los estudios históricos las relaciones entre lo local, lo regional y lo nacional.

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Notas

1. Esquivel. N. (2021). “¿Cómo se baraja el futuro de Lepanto, Cóbano, Paquera y las islas?”. La voz de Guanacaste. 24 de julio de 2024. Adicionalmente, la autora añade que los territorios peninsulares del sur se anexaron también al país en 1826, como parte del Partido de Nicoya. Esa historia les da un tiquete para sentirse guanacastecos y también a la provincia para sentir que deberían estar unidos. Este tipo de abordaje no abona a la explicación histórica de un fenómeno de tal naturaleza, amén de los errores en su cronología.
2. Este mapa fue elaborado por Salvador Villar en 1906. Es uno de los mejores mapas históricos disponibles en el Archivo Nacional de Costa Rica. A pesar de ello, es notable observar que el sur de la Península de Nicoya no contiene ninguna de las comunidades bajo nuestro estudio.
3. Esto se ha analizado en Solano (2023).
4. Código General del Estado de Costa Rica. (1840). Materia civil, penal y procedimientos. San José, Imprenta del Estado.
5. La trayectoria político-administrativa de Puntarenas es la siguiente: -Decreto 167 de 7 de diciembre de 1848 (establece a Puntarenas como cantón y cabecera de los distritos Puntarenas y Esparza).-Decreto Ejecutivo 8 de 6 de noviembre de 1851 (límite del cantón, a la vez el distrito Esparza se segrega de la Gobernación de Alajuela y se agrega a la de Puntarenas).-Decreto Legislativo 10 de 17 de setiembre de 1858 (título de ciudad).-Ley 13 de 4 de junio de 1915 (creación y límites del cantón Abangares, colindante con esta Unidad Administrativa) (Leyes y Decretos, 1915).-Ley 42 de 17 de julio de 1915 (creación y límites del cantón Montes de Oro, colindante con este cantón) (Leyes y Decretos, 1915).-Decreto Ejecutivo 45 de 14 de diciembre de 1939 (creación y límites de distrito 7 Guacimal) (Leyes y Decretos, 1939). -Ley 3549 de 20 de noviembre de 1965 (creación y límites de los distritos, Barranca y Jacó) (Leyes y Decretos, 1965).-Ley 4065 de 12 de enero de 1968 (creación y límites del distrito, Monte Verde, colindante con Tilarán) (Leyes y Decretos, 1968).-Decreto Ejecutivo 27 de 27 de abril de 1970 (crea el distrito Isla del Coco).-Decreto Ejecutivo 1897-G de 4 de agosto de 1971 (creación y límites del distrito Cóbano).-Ley 6512 de 25 de setiembre de 1980 (con el nombre “Garabito” asciende a cantón el distrito 9º, Jacó).-Ley 7422 de 18 de julio de 1994 (creación del distrito Chacarita).-Decreto Ejecutivo 23839-G de 5 de enero de 1995 (límites del distrito Chacarita).-Decreto Ejecutivo 24822-G de 27 de noviembre de 1995 (por la creación del cantón Garabito, los distritos Monte Verde, Isla del Coco, Cóbano y Chacarita ascienden a distrito 9º, 10º, 11º y 12º, respectivamente).-Decreto Ejecutivo 27396-G de 28 de setiembre de 1998 (creación del distrito Chira).-Decreto Ejecutivo 28000-G de 18 de junio de 1999 (creación del distrito Acapulco).-Ley 7909 de 14 de setiembre de 1999 (creación del distrito El Roble).-Decreto Ejecutivo 28758-G de 7 de junio de 2000 (límites del distrito El Roble).-Ley 8044, de 9 de noviembre del 2000 (creación del distrito 16°, Arancibia). Fuente: Costa Rica. División territorial administrativa. (2001). Instituto Geográfico Nacional. San José, Costa Rica.
6. No obstante, se ha ubicado un interesante libro de anotaciones sobre la península de Nicoya y las poblaciones que contiene. Se registró en 1871 y registra a las siguientes comunidades: Cabo Blanco, Boquerones, Órganos y curú, Tambor, Gigante, Jicaral, Tempate, Paquera, Río Grande, Matambú, Barrio Humo, Barrio Matina, Barrio San Antonio y San Lázaro. Como se observa incluye a comunidades del municipio de Nicoya. Su contenido comprende datos sobre el estado civil, pertenencias y situación social de las personas que viven en dichas comunidades. La persona que levantó la información no se libró de manifestar juicios de valor, lo cual deriva en una debilidad de la fuente. Pero a pesar de lo anterior, los datos que contiene podrían coadyuvar en la construcción de la historia social de estos pueblos (Cfr. Archivo Nacional de Costa Rica. Gobernación # 33580. Folios. 1-8).
7. Existe otra cantidad de obras que podrían reseñarse. Por ejemplo, en 1956 se le informó a la comunidad de Cóbano que: “Me es grato referirme a su atenta de fecha 11 de noviembre del año en curso en la que sirve solicitarnos la construcción de una cañería en esa localidad...en nuestro plan de obras a realizar durante el año próximo está incluida la cañería de esa población” (Fomento #2965. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio 1). También por solicitud de los vecinos de las poblaciones limítrofes a la provincia de Guanacaste, la población de Tambor y adyacentes, solicitó al gobierno fondos para la construcción de un muelle y mejores caminos en 1933, por tal razón se acordó: “Destinar la suma de 40.000 colones que se invertirán en la construcción de un muelle en el Puerto de Tambor y de un camino partiendo de dicho muelle y que termine en el caserío llamado Cóbano” (Fomento #16738. Archivo Nacional de Costa Rica, Folio.1,3).

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