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LA MODALIDAD DE INTERVENCIÓN AMBULATORIA DE LIBERTAD RESTRINGIDA CON ADOLESCENTES INFRACTORES A LA LEY PENAL: “INCIDENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIDA”
Alfredo Sarmiento; Claudio Ghiso; Melina Siderakis;
Alfredo Sarmiento; Claudio Ghiso; Melina Siderakis; Claudia Simone
LA MODALIDAD DE INTERVENCIÓN AMBULATORIA DE LIBERTAD RESTRINGIDA CON ADOLESCENTES INFRACTORES A LA LEY PENAL: “INCIDENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIDA”
THE MODALITY OF AMBULATORY INTERVENTION OF RESTRICTED FREEDOM WITH ADOLESCENTS OFFENDERS CRIMINAL LAW: “INCIDENCE IN THE CONSTRUCTION OF THE LIFE PROJECT”
Anuario de Investigaciones, vol. XXV, 2018
Universidad de Buenos Aires
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Resumen: El presente trabajo se enmarca en el proyecto de investigación UBACyT denominado “Intervención en el medio: Factores que inciden positivamente en el diseño y elaboración del proyecto de vida en jóvenes infractores a la ley penal”. Dicha intervención está dirigida a supervisar al adolescente al momento de egresar de dispositivos penales juveniles de privación de libertad con sus padres o referentes afectivos, promoviendo la articulación con los recursos que cuenta el entorno social en el que reside el grupo familiar. Como eje principal de la intervención en el contexto de la mencionada medida penal en libertad, se constituye el diseño y la construcción de un proyecto de vida positivo y favorecedor respecto a la posibilidad de alejar al joven del escenario transgresor, que contemple sus potencialidades como así también las probabilidades reales de concreción. Se entiende por Proyecto de Vida, tal como lo define D’Angelo Hernández (2010) “como una estructura que expresa la apertura hacia el dominio del futuro, en sus direcciones esenciales y en las áreas críticas que requieren decisiones vitales”.

Palabras clave:Adolescentes InfractoresAdolescentes Infractores,Proyecto de VidaProyecto de Vida,Medidas de Restricción de LibertadMedidas de Restricción de Libertad.

Abstract: The present work is part of the UBACyT research project called “Intervention in the environment: Factors that positively affect the design and development of the life project in young offenders of the criminal law.” The aforementioned intervention aims to supervise the adolescent when he graduates with their parents or affective referents of those juvenile penal penalties of deprivation of liberty, articulating with the resources that the social environment in which the family group resides. The main axis of intervention in the context of the aforementioned criminal measure in freedom is the design and construction of a life-enhancing project that considers the potential of each young person as well as the real possibilities of concretion. The project of life is defined as defined by D’Angelo Hernández (2010) “as a structure that expresses the openness towards the domain of the future, in its essential directions and in the critical areas that require vital decisions”.

Keywords: Offenders Teenagers, Life Project, Freedom Restriction Measures.

Carátula del artículo

Psicología Jurídica

LA MODALIDAD DE INTERVENCIÓN AMBULATORIA DE LIBERTAD RESTRINGIDA CON ADOLESCENTES INFRACTORES A LA LEY PENAL: “INCIDENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIDA”

THE MODALITY OF AMBULATORY INTERVENTION OF RESTRICTED FREEDOM WITH ADOLESCENTS OFFENDERS CRIMINAL LAW: “INCIDENCE IN THE CONSTRUCTION OF THE LIFE PROJECT”

Alfredo Sarmiento
Universidad de Buenos Aires, Facultad de Psicología, Argentina
Claudio Ghiso
Universidad de Buenos Aires, Facultad de Psicología, Argentina
Melina Siderakis
Universidad de Buenos Aires, Facultad de Psicología., Argentina
Claudia Simone
Universidad de Buenos Aires, Facultad de Psicología, Argentina
Anuario de Investigaciones, vol. XXV, 2018
Universidad de Buenos Aires

Recepción: 29 Marzo 2018

Aprobación: 17 Octubre 2018

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo es introductorio a la investigación en curso a través del Proyecto UBACyT “Intervención en el medio: Factores que inciden positivamente en el diseño y elaboración del proyecto de vida en jóvenes infractores a la ley penal” a partir de un relevamiento de carácter exploratorio, ya que se intenta establecer una perspectiva general y aproximativa sobre el tema en cuestión desarrollado por diversos autores cuyos aportes constituyen el actual estado del arte acerca de la temática de interés. Este estudio exploratorio y descriptivo se apoya en un marco referencial psico-socio-jurídico y la metodología es cualitativa.

Tal como hemos desarrollado en investigaciones anteriores, la privación de libertad en los dispositivos penales juveniles -tomando los aportes de Goffman, E (1979)- podrían implicar un proceso de des-identificación personal y de re-identificación con valores y hábitos propios de la subcultura institucional que impone condiciones de vida anormalizadoras, características de una institución segregativa de exclusión social. En la actualidad, los marcos jurídicos vigentes con relación a la temática resaltan que lo que antes era considerada una medida alternativa a la privación de la libertad, tendría que constituirse como primera medida, favoreciendo el egreso del joven con su grupo familiar o referentes afectivos, con el acompañamiento -en caso que así lo amerite- de una medida penal ambulatoria de libertad restringida (anteriormente conocida como Libertad Asistida/vigilada).

La ONU (Organización de las Naciones Unidas) acertadamente produjo documentos internacionales donde ha recomendado reducir la aplicación de medidas privativas de la libertad y que de imponerse, debe hacerse bajo severas restricciones, promoviendo una regulación estricta para su ejecución, que deje de manifiesto la excepcionalidad de este tipo de medidas destinadas a los jóvenes infractores. En relación a ello, las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad, adoptadas por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 45/113, (14 de diciembre de 1990), que junto con las denominadas Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), las Directrices de Riad y en particular, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (UNICEF, 2003), conforman un verdadero estatuto de protección que promueve la implementación de medidas alternativas a la privación de la libertad.

En concordancia con el marco jurídico existente en Argentina, a lo largo de estos últimos años se ha dado un giro significativo, que se ve reflejado en los datos presentados en el Relevamiento Nacional de Jóvenes Infractores a la Ley Penal que se encuentran incluidos en los distintos dispositivos penales juveniles, del año 2007 y en el último relevamiento realizado en el año 2015 (Fuente Relevamiento Sennaf- Unicef) en los cuales se puede apreciar el importante incremento de jóvenes en programas ambulatorios de libertad restringida y en consecuencia la disminución de jóvenes infractores alojados en centros privativos de la libertad.

En este sentido, se advierte un cambio sustancial en las medidas jurídico-institucionales respecto de los adolescentes transgresores, habida cuenta del aumento en la cantidad de jóvenes incluidos en medidas restrictivas y no privativas de libertad ambulatoria. Se observa que ello está sujeto a la necesidad de respetar los principios de mínima intervención y la idea de evitar la desocialización y los efectos iatrogénicos que imprime toda privación de la libertad (aspectos que ya fueron abordados por este Equipo de Investigación en estudios anteriores) mediante el establecimiento de dispositivos que garanticen el cumplimiento de los derechos recogidos en la legislación específica penal de menores vigente en nuestro país.

Teniendo en cuenta este profundo cambio de paradigma, nuestro interés direcciona a re-conceptualizar las prácticas institucionales, sobre todo aquellas que contemplen el diseño, la elaboración y la construcción de un proyecto de vida para aquellos adolescentes infractores a la ley penal.

En ese sentido, el presente artículo.

DESARROLLO
Caracterización del dispositivo penal juvenil de restricción de libertad

Consideramos que los adolescentes y jóvenes constituyen uno de los sectores más vulnerables de la población penal. Por ello, es de especial interés el segmento de adolescentes infractores a la ley penal que se encuentran incluidos en los dispositivos de restricción de libertad, comprendidos entre los 16 y menos de 18 años. Cabe señalar, que los dispositivos penales juveniles se definen como “todos aquellos establecimientos y programas responsables de la aplicación de medidas de privación y restricción de libertad, impuestas a adolescentes de hasta 18 años infractores o presuntos infractores a la ley penal, dispuestas por Juzgados Federales, Nacionales, Provinciales, Tribunales Orales, entre otros; con asiento en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” (SENNAF-UNICEF 2015).Es importante diferenciar la medida de privación de libertad definida como “toda forma de detención o encarcelamiento, así como el internamiento en un establecimiento público o privado del que no se permita salir al menor por su propia voluntad, por orden de cualquier autoridad judicial, administrativa y otra autoridad pública” (Reglas de las Naciones Unidas para la protección de menores privados de la libertad), de aquellas medidas que resultan alternativas a ésta y que se denominan medidas de restricción de libertad. En cuanto a estas, podemos distinguir dos tipos:

1. Establecimientos residenciales de libertad restringida: Se trata de instituciones que le ofrecen al adolescente infractor, un espacio contenedor convivencial que le permita continuar sus estudios en escuelas extramuros, como así también la posibilidad de insertarse laboralmente. En tales dispositivos se trabaja en pos de la revinculación familiar y la reinserción socio-comunitaria a través de un régimen semi-abierto.

2. Programas ambulatorios de libertad restringida: Su función principal es acompañar al adolescente al momento de su egreso de los dispositivos privativos y/o restrictivos de libertad, con sus padres o referentes afectivos. Se propicia la articulación con los recursos que cuenta el entorno social donde reside el joven. Estos programas parten de la conceptualización del joven como “sujeto de derechos”, manteniendo como objetivo de la intervención: la construcción de ciudadanía responsable. Al mismo tiempo, el encuadre de trabajo de estas medidas alternativas, incide en la indeterminación temporal - frecuente en una disposición tutelar- toda vez que es la intervención institucional, no judicial, la que organiza el trabajo según periodos de intervención. Debemos tener en cuenta que la viabilidad y la efectividad de la intervención dependen y se sustentan priorizando los indicadores de vulnerabilidad penal, diferenciando éstos de los de vulnerabilidad social.

Situación actual de las modalidades de intervención en las medidas penales ambulatorias de libertad

En el marco de los dispositivos penales juveniles, las medidas penales ambulatorias de restricción de libertad, constituyen una de las formas más atenuadas de intervención que realiza el Estado, como respuesta a una infracción a la ley penal cometida por un/a adolescente. En líneas generales, su objetivo es incrementar las oportunidades de reinserción de los adolescentes infractores, a través de acciones que proponen una interacción y articulación con las redes sociales propias de las comunidades.

Con relación a ello, la realidad actual en nuestro país evidencia que no existe un criterio unificado respecto de la modalidad de intervención de dichas medidas. Es así como algunas provincias priorizan la integración comunitaria del joven, para lo cual es necesario que las mismas tengan capacidad material para supervisar a los adolescentes, en función de los compromisos que han asumido frente a los estrados judiciales. Asimismo, los operadores de estos programas tienen como función acompañar a los adolescentes en el cumplimiento de aquellos objetivos, potenciando sus recursos y ofreciéndoles herramientas que coadyuven a la resolución de sus dificultades. Este segundo punto requiere que los programas articulen sus acciones con el sistema de protección de derechos, recurso con el que contará el joven una vez finalizada la medida penal.

Otras jurisdicciones, implementan una modalidad de simple monitoreo a través del cual los operadores de tales programas, se limitan a observar si el joven cumple o no con los requisitos impuestos judicialmente. En otros casos, la medida prioriza que el adolescente se incluya en actividades educativas formales y no formales.

El principal desafío de estos programas consiste en ser percibidos como sustentables y eficaces ante las autoridades judiciales, para que los jueces puedan optar por ellos, en el momento de resolver una medida destinada a los adolescentes a su cargo. Pero también existe un doble reto frente a la comunidad. Por un lado, mostrarle una herramienta eficaz para trabajar con los adolescentes infractores y alejarlos de las situaciones de riesgo, es decir, de las situaciones de vulnerabilidad socio penal, y por el otro, otorgarle a la propia comunidad, un lugar activo en ese proceso para lograr su participación a través de los agentes y las instituciones locales, teniendo en cuenta sus necesidades e intereses.

Hacia una modalidad de intervención que contemple el constructo Proyecto de Vida

Tanto las aspiraciones como las posibilidades de integración de los jóvenes infractores, se ven socavadas por un proceso más general de exclusión y desigualdad, cuyos componentes fundamentales son: escasez de oportunidades de empleo, fragilidad de las redes sociales de contención, (cambios en la configuración familiar, procesos de desintegración de las redes barriales), creciente predominio de símbolos y reglas de discriminación, segregación que definen de forma desigual la estructura de oportunidades, éxitos y fracasos sociales. Estas cuestiones caracterizan la actual problemática de los adolescentes, frente a lo cual observamos una situación de importante vulnerabilidad, la cual agrava directamente los procesos de integración social y en algunas situaciones, fomenta el aumento de la violencia y la criminalidad.

En el marco de lo anteriormente expuesto, puede considerarse que la mayoría de los adolescentes infractores de la ley penal, no ha llegado a construir un proyecto de vida que les impida la reiteración de transgresiones. Es por ello que resulta necesario, poder pensar en el diseño de un proyecto propio incluyendo los conceptos de: situación social, desarrollo de las fortalezas personales del adolescente como así también de las fortalezas sociales. Todo esto, en función de promover su desarrollo de forma autónoma. Debemos considerar además de los aspectos individuales y familiares, una serie de variables ambientales que se relacionan e inciden con la transgresión a la ley penal. Entre ellas podemos referir: desmotivación hacia actividades recreativas y lúdicas, procesos educativos de baja intensidad, ineficiencia de las figuras de autoridad, incremento del consumo problemático, entre otras.

Por Proyecto de Vida, entendemos un plan que se piensa para poder llevarlo a cabo. Se refiere a lo que se desea hacer en la vida a futuro, aquello que una persona se traza con el fin de conseguir uno o varios propósitos para su existencia. En otras palabras, se asocia al concepto de realización personal, donde se lleva a las personas a definir conscientemente las opciones que puede tener para conducir su vida y alcanzar el destino que se propone.

Al decir del autor (Obujowsky, 1976) la función principal de la personalidad, es “su tendencia de orientación hacia el futuro y el logro de la autonomía”. Toda persona está inserta dentro de un contexto especifico donde existen las normas, valores, instituciones de actividad social y; es en ella que asume responsabilidades y compromisos, realizando su proyecto de vida. Es en relación a esto último, que el individuo modela y organiza sus actividades principales y estilos de vida personal, dándole existencia a su vida cotidiana.

Un Proyecto de Vida entonces, brinda un por qué y un para qué a la existencia humana, tiene por tanto un sentido y como tal, cada sujeto tendría que encontrar el propio. Esto constituye un desafío importante para todo operador que acompañe al adolescente durante el cumplimiento de alguna medida penal de restricción de libertad.

El concepto de Proyecto de Vida es definido por D’Angelo Hernández (2010) como “la estructura que expresa la apertura hacia el dominio del futuro, en sus direcciones esenciales y en las áreas críticas que requieren decisiones vitales. De esta manera, la configuración, contenido y dirección del proyecto de vida, por su naturaleza, origen y destino están vinculados a la situación social del individuo, tanto en su expresión actual como en la perspectiva anticipada de los acontecimientos futuros, abiertos a la definición de su lugar y tareas en una determinada sociedad”.

Por lo tanto, y siguiendo ésta línea de pensamiento, los proyectos de vida se construyen a través de procesos de intercambio, de comunicación y dialogo, aspectos que permiten fundar un nuevo conocimiento para que el sujeto pueda contar con herramientas que le posibiliten reflexionar sobre su autorrealización personal. Para ello es necesario promover e incentivar que el sujeto pueda proyectarse personal y socialmente, con capacidad reflexiva y creativa, que le permita realizar cambios que no sólo impactarán en sí mismo sino también en su entorno más cercano.

Es así que resulta imprescindible que el sujeto pueda tomar decisiones en forma autónoma y que las mismas sean respetuosas, no sólo de sus valores personales, sino también de los derechos de los otros integrantes de la sociedad, responsabilizándose por cada una de las conductas que realiza.

Siguiendo a D´Angelo Hernández (2010) los proyectos de vida son modelos ideales de lo que los sujetos esperan o quieren ser y hacer, lo cual toma forma concreta en la disposición real de sus posibilidades internas y externas “definiendo su relación hacia el mundo y hacia sí mismo, su razón de ser como individuo en un contexto y tipo de sociedad determinada”. En ese sentido, un elemento que se encuentra subyacente en todo diseño de un Proyecto y que funciona como motor para la elaboración del mismo, es la motivación personal de los sujetos.

Otros autores, (Deci y Ryan, 2008) ambos del Departamento de Psicología de la Universidad de Rochester -también citados por D’Angelo- hablan de “motivación autónoma y controlada” siendo la primera referida, aquella que experimenta la voluntad y un auto reconocimiento de las acciones y a su vez con una mayor persistencia en el tiempo. Por su parte, la motivación controlada está en relación con la presión de pensar, sentir o comportarse de maneras particulares, donde el comportamiento es una función de contingencia externa de premio o castigo, o bien es motivado por otros factores como la aprobación, la autoestima, evitar la vergüenza y las implicaciones de ego.

En palabras de Montedonico Godoy (2015), todo proyecto de vida se separa en tres dimensiones. “En primer lugar, están las metas, que se refieren a lo que las personas les gustaría que pasara, y las cuales pueden ser de diferentes tipos (materiales, valóricas, afectivas, etc.). Para cumplir estas metas, se establecen estrategias, las cuales no necesariamente tienen un alto nivel de coherencia o concretud, pero son los caminos que se cree que pueden facilitar la consecución de éstas, frente a lo cual se presentan habilitadores y obstaculizadores. Por último, las creencias y valores es aquello que funciona como pivote de estos planes de acción, los cuales se constituyen a partir de la subjetividad y la influencia de la sociedad, su cultura y la posición que se ocupa en el entramado social.”

Según esta autora, los proyectos de vida de los jóvenes infractores a la ley penal -dado la etapa de desarrollo que ellos transitan- no se presentan de manera categórica o tajante, sino que se relacionan en función de persistir o no con la transgresión penal. Distingue ciertos elementos importantes que orientan su camino para la elección, expresando que existen “cuatro tipos de proyectos de vida, dos de los cuales se asocian a discursos desistentes, pues han iniciado o están comenzando un proyecto de vida alejado del delito, y dos a discursos persistentes, que exponen proyectos de vida ambivalentes o que de plano plantean el delito como un estilo de vida.”

En cuanto a ello, podemos encontrar sujetos que pueden diseñar proyectos de vida desistentes los cuales podríamos pensarlos como proyectos de ruptura, es decir; el sujeto infractor rompe con su forma de vida anterior y comienza a tener una visión de futuro que no contempla la transgresión penal como modalidad de funcionamiento. En el marco de un abordaje integral, consideramos que, al acto de responsabilidad penal propio de la esfera e intervención judicial, deben contemplarse aquellas intervenciones que posibiliten en el infractor la responsabilidad subjetiva, implicancia y aceptación de un futuro.

También podemos referir la existencia de otro grupo de jóvenes que no visualizan claramente, un proyecto de vida que no los relacione con el delito pero sin embargo, lo cual no determina per se la persistencia del joven en una modalidad infractora. En ellos, la motivación y los intereses estarían orientados a lo cultural, en experimentar algo diferente de lo ilícito como contexto que más conocen dada su historia de vida. Por lo tanto, estamos en presencia de un proyecto de vida que inicia un proceso de desistimiento, concepto de uso casi exclusivo por el discurso jurídico pero que debe ser rescatado por la Psicología Jurídica, para su utilización en el campo dela transgresión juvenil dadas las posibilidades que ofrece para pensar los fenómenos que estamos abordando.

Observamos un tercer grupo de jóvenes que presentan discursos no polarizados. A diferencia del grupo anterior, estos están próximos a la continuidad delictual, en la cual los proyectos de vida aparecen originados y motivados por terceros. Intentan responder de esta manera a lo que se espera de ellos, sin tener en cuenta sus propios deseos e intereses, por lo tanto en el diseño de su proyecto de vida presentan distintos grados de ambivalencia en torno al delito.

Por último, se encuentra un grupo con proyectos de vida persistentes, en donde la actividad delictual se traduce en una estrategia para obtener seguridad, bienes, estatus social, etc., con escasa o nula capacidad de reflexionar acerca de las posibilidades de alejarse del comportamiento ilícito, pero sí con la esperanza de poder lograrlo en el futuro.

Se puede observar entonces, que tanto para los jóvenes que tienen un proyecto de vida altamente estructurado y donde no está incluido el delito, así como como para aquellos que se encuentran dentro de un contexto particular y con proyectos de vida más difusos en relación a la construcción de sus estrategias, las acciones ilícitas se constituyen como una práctica altamente arraigada en su historia y a pesar de los aspectos negativos que ella implica, otorgan un beneficio que no es dable de encontrar en otras actividades.

ALGUNAS CONCLUSIONES

De acuerdo a lo desarrollado precedentemente y teniendo en cuenta que las medidas penales ambulatorias de restricción de libertad, requieren de la conformación de programas de intervención en el medio - destinados a supervisar y a acompañar al adolescente infractor durante el periodo en el que su causa penal se encuentra en curso - , surge necesario reconceptualizar las prácticas existentes, a los efectos de que las mismas puedan resultar beneficiosas para los jóvenes destinatarios.

Hemos caracterizado los dispositivos penales juveniles de restricción de libertad, como así también explicitado la situación actual de las distintas modalidades de intervención de los programas ambulatorios de libertad restringida (medida penal en territorio), con el fin de considerar el constructo Proyecto de Vida como un eje prioritario a tener en cuenta en los diferentes abordajes que un adolescente infractor pueda recibir mientras se encuentre atravesado legalmente.

Es importante resaltar que los programas destinados a intervenir en el medio externo deberían contemplar para el diseño, elaboración y construcción de un proyecto de vida, la singularidad del caso por caso (esto es identificar las potencialidades con la que cuenta el sujeto como así también las posibilidades reales de concreción), condiciones que no escapan a la realidad y contexto social en el que ellos se desarrollan al tiempo que deberían contar con operadores idóneos formados especialmente en la temática, conjuntamente con los demás efectores del sistema de responsabilidad penal juvenil y promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescentes que provean al joven infractor, las herramientas necesarias para su mejor desarrollo social.

Si bien somos conscientes que el trabajo de formación y orientación dirigido a la construcción de proyectos de vida en los adolescentes infractores a la ley penal, puede constituirse como un escenario sumamente complejo, también sabemos que surge como necesario el acompañamiento por parte del adulto referente del programa, a los efectos que pueda constituirse en un “otro significativo” que le brinde herramientas para que los jóvenes puedan evitar la reiteración de actuaciones transgresoras.

El hecho de que algunos programas de intervención en el medio no contemplen la construcción de un proyecto de vida para cada sujeto que se encuentra incluido en los mismos, nos obliga a replantearnos acerca de los distintos abordajes que se les brinda a estos adolescentes, repensar y reflexionar acerca de los distintos dispositivos que se encuentran en vigencia y también analizar la capacitación que reciben los agentes encargados del acompañamiento de dichos jóvenes.

Ello ha motivado a este equipo de investigación a direccionar en la profundización de la temática mediante el diseño de la actual investigación de tipo descriptivo, en tanto se propone conocer, describir y analizar los factores que favorecen el diseño y elaboración de un proyecto de vida positivo para evitar la reiteración de conductas transgresoras en el contexto del cumplimiento de una medida penal ambulatoria y en territorio. Se trata de un diseño no experimental, ya que es una investigación sistemática y empírica.

La muestra será probabilística intencional y está conformada por 50 operadores con trayectoria relevante en la temática que se desempeñen en programas de restricción de libertad e intervención en el medio, tanto en Provincia de Buenos Aires como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de otras provincias jurisdicciones de nuestro país, con las que se ha podido establecer planes de trabajo conjunto.

Para relevar la información a sistematizar, se procederá a diseñar una encuesta, cuyas respuestas se presentaran como una escala Likert con el objeto de medir la valoración respecto al aporte de las variables seleccionadas en el fortalecimiento de un proyecto de vida que aleje a los adolescentes del escenario más complejo por el que fueron incluidos en la intervención de la transgresión a la ley penal a partir del análisis de un caso relacionado directamente con la estrategia investigativa.

Hasta la fecha se ha diseñado el marco teórico y se ha procedido a la elaboración del instrumento que se encuentra en instancias de validación operativa, es decir, comprobar que los procedimientos que se usarán para relevar las variables seleccionadas, arrojarán los resultados que serán válidos para el análisis de la hipótesis propuesta. Por este medio se establece la confiabilidad del instrumento y de la muestra. En una segunda etapa del estudio que se llevará a cabo durante el año 2019 se procederá a recolectar y sistematizar la información obtenida, presentar los datos correspondientes y elaborar las conclusiones a partir de su análisis.

Material suplementario
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