Secciones
Referencias
Resumen
Servicios
Descargas
HTML
ePub
PDF
Buscar
Fuente


Vicente González Arnao. Memoria que explica las razones de mi conducta política en mi patria en los años de 1808 y siguientes hasta mi retirada en Francia
Pasado y Memoria. Revista de Historia Contemporánea, núm. 18, pp. 369-424, 2019
Universidad de Alicante
Editado por: François MAGNE

Mi abuelo, Fernando González Arnao, diplomático español al servicio de la República, exiliado en su casa de Hendaya al final de la guerra civil, conservaba en un armario, entre otros documentos, esta memoria redactada por su bisabuelo paterno en línea directa y que se había tomado la pena de dactilografiar, movido quizás por el paralelismo que podía hacerse entre este antepasado también exiliado en Francia y su propia situación. Lo cierto es que, en las conversaciones familiares, hablábamos más de su vida como diplomático destinado en varios países extranjeros, y especialmente en Egipto y Japón. Sus relatos me ilusionaban y había otros personajes en la familia que destacaban y a los cuales solía reivindicar, como, por ejemplo, su abuelo materno, Fernando de Norzagaray, “virrey de Filipinas” cuya figura cautivaba al niño que era yo entonces.

Pero al antepasado Arnao se le mantenía en esta zona de sombra en la que se suele relegar a los afrancesados y a mí, como francés, me intrigaba este término del cual no entendía la significación.

Solo fue después de la muerte de mi abuelo, en 1971, al ordenar sus pertenencias, cuando descubrí estos folletos que leí, al principio sin entenderlos muy bien, por las numerosas alusiones a personajes y hechos que apenas conocía.

La situación no ha cambiado mucho desde entonces; pero me pregunté si una publicación no sería de algún interés para los historiadores.

Lo que podría ser interesante en esta memoria es que no se trata de la justificación de uno de los personajes de primera fila de aquel período. Como señala el propio don Vicente: no se trata ni de Ceballos, ni de Escóiquiz, ni siquiera de los afrancesados Azanza y O’Farril que eran unos de sus allegados, sino de un español que se preciaba de ser patriota, incluso si a partir de la designación como soberano de José, acabó siendo uno de sus más destacados servidores.

La fecha de redacción es la de 1814, en un momento en el que debía esperar que, con la vuelta de Fernando VII, conservaría su cargo. Pero, al contrario de lo que pasó con todos los gobiernos restablecidos por el tratado de Viena, solo en España los afrancesados se convirtieron en proscritos, sin ninguna esperanza de volver a su país. Creo que esta circunstancia motivó en gran parte la redacción de esta memoria, destinada a sus hijos con el propósito de consolarles de tener que llevar un apellido que le parecía deshonrado. Sin embargo, claro está que, por su contenido, su fina argumentación jurídica y su profundo análisis político, la lectura de esta memoria no está reservada únicamente a sus hijos sino que se trata, ni más ni menos, de una defensa que lleva sobre varios puntos, y reivindica la elección que hizo de obedecer a José como única solución impuesta por la prudencia política.

Esta memoria solo lleva sobre la época que va desde 1808, a partir del motín de Aranjuez, hasta su salida para Francia en 1813.

Para valorar debidamente esta larga justificación, tendría yo que conocer más precisamente todo el contexto político de esta época, así como el contexto de la posición personal de Arnao. Solo conozco elementos sueltos, por cierto, bastante numerosos, pero que no pasan de ser elementos brutos cuyo ordenamiento podría permitir valorar con mayor precisión esta memoria cuya principal característica consiste en nunca referirse directamente a la propia persona de su autor y quedarse a nivel de los principios generales que habían de guiar no solo su conducta sino, para él, la de cualquier español preocupado por el bien común de la patria.

FRANÇOIS MAGNE

París, junio de 2018

P. D. Ya existen algunas breves biografías de Arnao: la de Alberto Gil Novales en su Diccionario biográfico de España y (en línea) dos de José Ramón Urquijo Goitia, una en la Enciclopedia Auñamendi Euskomedia (3 págs.) y otra en un artículo “Vicente González Arnao, un afrancesado en la Corte de Etruria” en el que consagra las primeras páginas a “La tortuosa vida de un intelectual”. Bastante detallado, el Elogio académico de Vicente González Arnao, por Juan González Cabu-Reluz (20 de julio de 1845) transcrito por Manuel Martínez Neira (en línea) y, por lo que se refiere a los años en Francia, Aline Vauchelle-Haquet, “Un afrancesado refugiado en Francia”, Trienio, n° 9, mayo de 1987.

(Texto original en francés; traducción de Gérard Dufour).

MEMORIA QUE EXPLICA LAS RAZONES DE MI CONDUCTA POLÍTICA EN MI PATRIA EN LOS AÑOS DE 1808 Y SIGUIENTES HASTA MI RETIRADA EN FRANCIA

Alia sunt quae sapientem ferunt, etiamsi non pervertunt: ut dolor corporis, et debilitas, aut amicorum liberorumque amissio, et patriae bello fragantis calamitas. Haec non nego sentire sapientem: nec enim lapidis illi duritiam ferrive asserimus; nulla virtus est, quae non

sentias, perpeti.” SÉNECA, De constantiae sapiensis

A mis hijos.

Hijos míos: estáis en demasiada corta edad para penetraros de la importancia de este papel que os dedico. Algún día la conoceréis y si llegáis a ser padres de familia sentiréis en el corazón el estado en que se encuentra el mío al escribirlo. Vuestros abuelos y mi aplicación os habían preparado una decente fortuna, las virtudes de vuestra madre me daban toda seguridad de que llegaría intacta a vuestras manos. Arbusto pequeño en medio de elevados troncos me creía al abrigo de los impetuosos vientos que destruyen cuanto se opone a su valiente paso. Pero una horrible tempestad ha asolado a cuantos la habitaban; mas solo ahora a la vista del arco iluminado que anunciaba la serenidad del cielo, es cuando se presentan más remotas las esperanzas de salvarme y de salvaros. Este semblante abatido y triste que más de una vez contiene la expresión de vuestros afectos, estas lágrimas con que frecuentemente recibo vuestras inocentes caricias aún no expresan bastante mi dolor al veros expuestos a perecer en la miseria antes de que vuestra edad y mis cuidados os proporcionen un trabajo honesto para existir. ¿Qué será cuando reflexiono que acaso algún día, mal informados de mi conducta, os quejéis de mí y aborrezcáis el nombre que lleváis, única licencia que podré dejaros? ¿Quién sabe si en la obscuridad en la que se envuelven los sucesos a poco tiempo de verificados os hará creer que es mía la culpa de vuestra desgracia? ¿Quién sabe si alguno de los que se complacen en afligir más y más al infeliz os echará en cara el padre de quien habéis nacido para negaros el pan que le pidáis o para estorbar la beneficencia del alma generosa que se determina a haceros bien? Justo es por lo mismo satisfaceros yo a vosotros cumplidamente y daros armas para que defendáis en toda ocasión mi honor y el vuestro contra quien intentase mancharlo. Diré pues en esta memoria cuál ha sido mi conducta política durante las alternaciones de nuestra patria, explicaré las razones de ella, pintaré los objetos que he presenciado tales cuales se han presentado a mi vista. Mi profesión de jurisconsulto me obliga a entrar en cuestiones que fueran impertinentes en la pluma de otro cualquiera ciudadano. Debo saber las leyes de mi país y las reglas que la moral pública y el derecho de gentes prescriben a todo hombre constituido en sociedad. Examinaré pues los derechos de que me he creído asistido y las obligaciones que he considerado me ligaban. Si acierto en el concepto de ellas podrán serviros de lección, si mi juicio se extravía hallaréis cuando más en mí un error de entendimiento, nunca un delito capaz de avergonzaros.

París, 3 de diciembre de 1814

1. Memoria que explica las razones de mi conducta política en mi patria en los años de 1808 y siguientes hasta mi retirada en Francia

Si yo fuera uno de los que componían el Consejo del Rey Carlos IV en los últimos tiempos de su reinado, o del rey Fernando en los principios del suyo; si de cualquier modo hubiese yo tenido parte en el Tratado de Fontainebleau de 27 de octubre de 1807, en la entrada de ejércitos franceses en España, en la ocupación de las plazas más fuertes de nuestra frontera, en la funesta causa del Escorial, en la sedición de Aranjuez, en el viaje de nuestros príncipes a Bayona o en cualquiera de los demás sucesos que prepararon, fueron causa o dieron ocasión al trastorno de nuestro antiguo gobierno, habría de detenerme a examinar en cuál de tales sucesos estaba el origen de nuestros males y acreditar la inculpabilidad de mi participación en ellos. Por hallarse en este caso el Señor Cevallos, el Consejo de Castilla y el Señor Escóiquiz han publicado los manifiestos de su conducta política en aquellas circunstancias. También recientemente los Señores Azanza y O’Farril han referido con la mayor sencillez y exactitud cuanto por ellos pasó en los meses de abril, mayo y junio de 1808 en que fueron llamados a tener parte en los negocios públicos. Solo hay la diferencia entre aquellos y estos escritores que los tres primeros hablan como en su patria en fortuna y seguros de hacer correr sus apologías por todas partes con plena libertad, cuando los segundos se han visto precisados en su destierro a estudiar el modo de decir la verdad sin que se haga un crimen el leer una página de sus memorias.

Mi causa es más sencilla que todas estas. Yo fui uno de aquellos muchos españoles que viviendo tranquilos en sus casas y contentos con la suerte que en la sociedad les había cabido se hallaban de repente sin los reyes a quienes toda su vida habían fielmente obedecido y precisados a buscar su salvación propia y la de su patria entre dos gobiernos que sobre las ruinas del antiguo nuestro pretendieron el supremo mando entre nosotros, apoyándose cada cual de ellos en la fuerza de dos naciones extranjeras rivales entre sí y que se combatían a muerte de muchos años antes. Lejos de promover ni tener el menor influjo en una posición tan desgraciada sentí infinito que la revolución viniera a buscarme en el seno de mi familia y me precisara a entrar en acción cuando más me lisonjeaba con la proximidad de gozar en el resto de mis días un decoroso descanso.

Yo sabía que ningún ciudadano puede reconocer como legítimo un gobierno extraño mientras existe el propio; a ninguno le es lícito romper por sí el lazo social ni abandonar al jefe que forma el nudo de este lazo. Mas como nada hay más dañoso a los hombres que el vivir sin algún gobierno, es no solo lícito sino obligatorio en todos los ciudadanos apresurarse a anudar el mismo lazo social siempre que por una causa se halle rota la cuerda que lo formaba. Toda nave necesita un piloto, tanto más diestro cuanto más deshecha amenaza la borrasca. Si encargado por solemnes títulos fue gravemente herido del rayo, o se salvó del riesgo huyendo en el esquife, el que ocupa su puesto es tan legítimo mientras manda como el que yace en el lecho o se acogió a la costa vecina y cuantos van en el buque deben obedecerle y auxiliarle si no quieren ser sepultados en las ondas.

La tempestad que centelleaba sobre la Europa toda veinte años hacía arrebató a la España su piloto en 1808. Ningún español solicitó su desgracia, ninguno buscó otro jefe que se pusiera en el lugar de los que hasta allí la regían, ninguno quería ser súbdito de Francia ni de la Inglaterra. Pero la desgracia se verificó: los Reyes que teníamos abdicaron su corona y sus personas trocaron el esplendor y los riesgos de esta en tales circunstancias por una vida privada y tranquila a muchas leguas de sus estados. Presentáronse luego dos pretendientes a ocupar su alto puesto: uno designado por aquellos que se separaban del mando, otro elevado por su propia voluntad, ambos intrusos si esta voz significa que no eran el que anteriormente nos regía, ninguno intruso, si a esta voz se da el sentido de desleal y de enemigo de nuestros antiguos soberanos o de desconocido en las leyes que rigen las naciones en sus calamitosas circunstancias. Las en que yo me vi me forzaron a decidirme por uno de los dos partidos: medité, consulté y juré al fin por rey al que me mandaban mis legítimos reyes cesantes y al que creí convenía entonces más a los intereses de mi patria; serví bajo su mando a mi nación y a muchos de mis conciudadanos; le seguí en su próspera y adversa fortuna, pasé con él los Pirineos cuando la suerte de las armas obligó a los franceses a abandonar el territorio español y solo cesé de contarme como súbdito suyo cuando vi restablecido en el trono mi antiguo monarca. Yo creía haber llenado cumplidamente cuantas obligaciones me imponían las leyes, el honor personal y el amor a mi país y he aquí las razones que tuve para esta persuasión.

2. Examínase el valor de las renuncias y tratados de Bayona respecto de los soberanos que las firmaron

En los varios papeles que se han publicado en España se ha dado por cierto que las renuncias y tratados de Carlos IV y Fernando VII ningún derecho daban a José Napoleón para ser rey de los españoles ni autorizaban a estos de modo alguno para prestarle lícitamente obediencia. Supónenlas, por descontado, absolutamente nulas por falta de voluntad en los otorgantes atendida la fuera que padecieron al consentir en ellas; y dan por tan notoria esta nulidad que el Señor Escóiquiz supone ser objeto de risa y escarnio el producirlas en nuestra defensa. Permítaseme no acompañarlos en tan alto menosprecio. Yo miro esta cuestión como tan sumamente delicada que en mi juicio el sosiego del mundo entero pende de los principios que para resolverla se adoptaren.

No hay duda que quien ata la mano a la de un asesino que rompe con un puñal el pecho de su hermano no tiene más parte que el puñal mismo en el crimen. Pero el que por salvarse de un mal que le amenaza pasa el filo de la espada propia por el cuello del inocente habrá de responder ante Dios y los hombres si debió o no preferir el mal que evitó al que hizo por su condescendencia. En tales lances es donde se distingue el varón constante del hombre débil, San Pedro crucificado en Roma de San Pedro confundido en casa del pontífice con solo una mirada de su divino maestro. La consideración de la flaqueza humana facilita el perdón de semejantes acciones, pero no quita su imputabilidad ni impide el elogio y premio debido a la firmeza y el valor. Voluntas quamviis coacta voluntas est dicen los filósofos y por lo mismo al darnos estos la regla de nuestra conducta en los casos en que el peligro del mal puede hacer titubear nuestra elección, establecen que entre dos males físicos se prefiera el menor y entre un mal físico y otro moral suframos el primero por grave que sea1.

Entre los jurisconsultos es también un axioma que el contrato arrancado por fuerza o miedo no es malo ipso jure, sino que deja derecho para pedir su rescisión: es decir que para dejar de cumplirlo debe preceder el examen del origen y calidad de la fuerza que intervino, de los medios con que pudo o no ser evitado y del grado a que debió llevar su resistencia el que cedió.

Estas reglas para calificar las acciones de los ciudadanos particulares son harto más delicadas al aplicarse a los jefes políticos de las naciones. La dificultad, o por decir mejor la imposibilidad de llevar el conocimiento de sus reclamaciones a un tribunal pacífico donde se administre imparcial justicia, los debe hacer sumamente cautos y eminentemente firmes al tratar con sus iguales y emitir sus palabras. De su constancia o de su debilidad pende la suerte de millones de individuos y familias; el daño que al Estado ocasionaren es para ellos un mal moral propio que deben evitar a costa de su mayor mal físico; y así como no puede serles imputable la pérdida que por sus tratados sufre la nación, si fue preciso sacrificar una parte para salvar el todo, así ningún mal suyo personal debe evitarse a costa de la ruina común. En el conflicto de perecer o poner, por salvar él solo, en grave peligro de la patria, es claro el partido que debe tomar el hombre público: volverse como Regulo a Cartago o dejarse hacer pedazos en los Termópilas como Leónidas.

Pero yo supongo al jefe de un estado puesto en la justa precisión de ceder a la mayor fuerza de su enemigo. Convengo en que el derecho este, por aquella cesión, pueda y deba revocarse algún día; mas esta revocación ha de nacer del examen de la violencia irrogada y de la reclamación hecha en tiempo y sazón oportuna por la persona competente y ante los jueces y por los métodos que el derecho de las gentes tiene admitidos. Porque no hay duda que a veces las cosas han llegado a ponerse en tal punto que el bien del género humano no permite que se enmiende el mal particular de una nación sola y mucho menos el de una persona y familia por alta y estimada que sea. La quietud del mundo pide frecuentemente a cada cual de los pueblos que componen la sociedad universal sacrificios semejantes a los que cada uno de esos pueblos tiene derecho a exigir de sus particulares ciudadanos. Las contiendas políticas se acaban definitivamente o por solo el tiempo transcurrido sin reclamación de parte legítima o por la decisión expresa o tácita de las demás naciones con quienes han de vivir las que litigan. Porque Jacobo II fue despojado violentamente del trono de Inglaterra, no se armó toda la Europa ni han continuado armados hasta hoy los que al principio quisieron defender su causa. El tiempo y la aquiescencia de los demás soberanos constituye hoy a Jorge III tan legítimo rey de la Gran Bretaña como pudo serlo el desgraciado Carlos I y sus ascendientes y descendientes. De violencia se acusó y como tal2.

¿Y qué hubiera sido de Castilla en el siglo XV si cuantos defendían los derechos de la princesa Doña Juana conocida por el triste sobrenombre de la Beltraneja, no hubiesen cedido al fin a la mayor fuerza que sostenían los alegados para la ilustre Doña Isabel?

La declaración hecha por Henrique IV a favor de esta, tenía ciertamente el defecto de arrancada por el partido sedicioso que lo había depuesto en Ávila; y su competidora presentaba de un lado el reconocimiento hecho a su favor, apenas nacida, por las Cortes y por los mismos infantes Alfonso e Isabel y la confirmación dada nuevamente a este título por el rey ya postrado en el lecho de la muerte. Pero al fin ¿habían de guerrear entre sí los castellanos hasta que no quedasen dos de diferente opinión, o batirse con ellos los portugueses hasta el exterminio en defensa de la pretensión que entabló su rey Alfonso como esposo de la Doña Juana? No por cierto. A las naciones como a los particulares solo es lícito batirse para conservarse, perder un miembro por salvar el cuerpo todo, mostrar valor y constancia, no temeridad y necia obstinación, exponerse, mas no perecer a sabiendas. Este es el código de la naturaleza y del omnipotente legislador universal.

Varias son las actas de nuestros reyes que dan ocasión a la presente disputa, suponiéndolas todas hechas por fuerza y contra la voluntad. Apenas pasadas 48 horas de hacer el rey Padre la renuncia del trono dijo expresamente y repitió después con la mayor publicidad que su voluntad por forzada por el tumulto de Aranjuez en los días 17 y 19 de marzo. No me toca examinar la razón que motivó tal protesta: solo diré que hasta después de visto, todos habíamos tenido por libre y espontánea la abdicación, aunque hecha en medio de un alboroto popular, persuadiéndonos que si este alboroto ocasionó el disgusto de nuestro rey y del disgusto nació la resolución de abdicar, no por eso podía decirse que había habido una fuerza suficiente para arrancar el consentimiento. Es de observar que esta es la única acta de nuestros soberanos reclamada por su autor en tiempo al parecer oportuno y, por descontado, la única de cuya violencia nos consta de un modo auténtico y legal. Graves dudas sin embargo hubieran tenido los jurisconsultos si ante ellos se hubiera presentado la cuestión sobre la validez o insubsistencia de lo ya ejecutado en consecuencia de tal renuncia.

Pero el desacuerdo de Hijo y Padre y la situación de las cosas públicas llevaron este pleito y la suerte de las altas personas que lo disputaban a la decisión del Emperador de los franceses, a quien ambos solicitaron como su apoyo y defensor. Ocupábase entonces cabalmente este conquistador, adulado por la fortuna, del plan de acabar en España con una dinastía poco compatible con la existencia de la suya en Francia, o de poner al menos en estado de que jamás pudiera ofenderlo. Tan inesperada ocurrencia le hizo de repente convertir en negociación política lo que antes meditaba fuese triunfo de su poder armado. Así el momento que llegó Fernando a Bayona le ofreció el trueque del reino de España por el de Etruria. Negóse el joven Rey a tal propuesta, que tuvo por contraria a su reputación y a lo que debía a los españoles3.

Llegó poco después Carlos IV y empezó a hacer valer sus protestas y con ellas se mudó enteramente la posición de Fernando. No era ya un príncipe extranjero el que le exigía la renuncia; era su padre mismo que invocando los derechos de la naturaleza y de su calidad real le mandaba restituir la corona de que decía haber sido violentamente despojado. ¿Qué medio le quedaba de resistencia a tal intimación a no dar el apellido a la guerra contra su propio padre? Su entendimiento le presentó los peligros que su nombre y el bien de su nación corrían de adoptar este aventurado partido: contra su voluntad se decidió a elegir como menor mal el en que solo su persona era perjudicada. Medió fuerza, porque sin duda el rey Fernando no hubiera hecho tal renuncia a no haberse interpuesto tan grandes consideraciones, pero como la fuerza solo es reclamable cuando ni el que la irroga tiene autoridad, ni el que la padece ha dado la ocasión o el fundamento para irrogarla, puede concebirse fácilmente en qué laberinto de delicadas cuestiones se hubiera entrado el rey hijo si hubiese protestado y querido hacer valer sus protestas contra la obediencia prestada en aquel momento al rey padre.

Ello es que sea por estas u otras consideraciones, la renuncia de Fernando VII en Carlos IV fue admitida en España sin resistencia, aunque con disgusto, por las grandes esperanzas que para el bien común se habían concebido del nuevo reinado. El Consejo de Castilla que puso alguna dificultad en las actas posteriores, nada halló que reprobar legalmente en esta, y así despachó su provisión y circulares de estilo para que llegase a noticia y tuviese cumplimiento en todos los Pueblos. Al fin eran, dice en su manifiesto, decretos de mis reyes y señores, que es como si dijera: a mí no me toca examinar, puesto que mis soberanos no han provocado mi juicio, si han tenido o no suficientes razones para deshacer en Bayona lo que hicieron en Aranjuez: me lo envían hecho, veo su voluntad expresa de que se cumpla; debo pues obedecerles. Téngase presente esta acta y esta opinión del Consejo para lo que después se dirá.

Luego que el rey Carlos obtuvo la renuncia de su hijo, hizo la suya en el Emperador. La inmediación de su fecha, el tenor de sus palabras y cuantas circunstancias acompañan el tratado en que se contiene, todo manifiesta que su autor la otorgó con la más plena y deliberada voluntad: que ya tenía resuelta la abdicación antes de volverse a revestir del mando y que precisamente por llevar esta resolución a cumplido efecto insistió en que la renuncia de Fernando fuese pura y sin ningunas condiciones. Ello es cierto que de no haber tenido Carlos IV tan decidida su voluntad en este punto, con solo no haber insistido en recobrar la corona, hubiera tenido el Emperador que ejercer su prepotencia solo contra Fernando y cualquiera que fuese el éxito de la contienda entre estos se hubiera libertado el rey padre de verse forzado a otorgar lo que no quisiera o no responder de las resultas de su oposición. Yo creo con el Señor Cevallos que Carlos IV como rey y como padre sufrió gran violencia al ceder sus derechos propios y los de su familia en otra dinastía; pero viendo nosotros tan declarada su voluntad y buscados por el mismo los modos de hacerla volver o hemos de suponerle un artificio muy ajeno de su carácter o debemos creer cierto lo que dijo con repetición entonces y no ha desmentido jamás después, “que en la situación a que habían sido conducidos los negocios, no había otro medio de salvar la religión, la independencia y la integridad de la España”4.

Lo mismo debe decirse de la posterior renuncia de Fernando a sus derechos como príncipe y de la de su hermano y tío a los que respectivamente les tocaba. La calidad de sucesores al trono es claro que no podía darles mayor facilidad para vencer los inconvenientes que siendo poseedor actual el primero no había podido contrastar. Así en efecto lo reconocieron ellos mismos y así lo explicaron terminantemente en la proclama que después de ajustado su tratado con Napoleón dirigieron en 12 de mayo desde Burdeos a los españoles.

Esta importante alocución empieza dándose por sabedores de los movimientos que habían ya principado en España y agradeciendo el celo y el amor que los producía. Deseosos de instruir a los españoles de cuanto les conviene saber declaran las razones de su viaje a Bayona, de sus hechos y de sus renuncias allí, les presentan las circunstancias en que se veía España y la probabilidad de que todo esfuerzo de sus habitantes sería no solo inútil, sino funesto sirviendo solo para derramar arroyos de sangre, asegurar la pérdida de algunas provincias y de todas sus colonias ultramarinas y finalmente creen dar a la nación la mayor muestra de su generosidad, del amor que la profesan y del agradecimiento con que corresponden al afecto que la han debido “sacrificando en cuanto está de su parte sus intereses propios y personales en beneficio suyo” y adhiriendo como han adherido por un convenio particular a la cesión de sus derechos al trono “absolviendo a los españoles de sus obligaciones en esta parte” y exhortándoles, como lo hacen, a que miren por los intereses comunes de la patria “manteniéndose tranquilos”, esperando su felicidad de las sabias disposiciones y del poder del Emperador, y que prontos a conformarse con ellas, “crean que darán a su príncipe y a ambos infantes el mayor testimonio de su lealtad”.

A la vista de tan terminantes cláusulas no se concibe como el señor Escóiquiz, declarándose ahora después de seis años de su fecha autor de esta proclama, puede decir que estudió en ella el modo de protestar contra la violencia padecida y exhortar e inflamar a los españoles llamándoles a la guerra. Al decir esto debía tener presente que el capítulo tercero de su manifiesto se detiene muy particularmente a demostrar que no la cobardía sino la reflexión meditada sobre la imposibilidad de hacer otra cosa sin exponer la persona de Fernando y la suerte de España a graves males, le hizo aconsejar el viaje a Bayona. Luego siempre que se hallasen iguales motivos para renunciar, no la cobardía, sino el justo raciocinio, debían calificar de bien hecha la renuncia. Si realmente no existía esa razón poderosa, faltó altísimamente a sus deberes el Señor Escóiquiz, aconsejando al Rey que la otorgara, y si no aconsejó tal condescendencia y el rey en efecto no la tuvo, pecó mil veces más el extensor de la palabra Real, sagrada en todos tiempos y sacratísima cuando ha de servir de regla a sus súbditos en concebir de tal modo la expresión de su voluntad que cuantos la leyeran, por más suspicaces que fuesen, entendieran lo contrario de lo que sus firmantes deseaban.

Pero no: el corazón de Fernando en sus actas de Bayona, como Rey y como Príncipe estuvo muy de acuerdo con sus palabras. Repitió mientras pudo acceder a lo que se le exigía, mas cuando vio que de llevar adelante su resistencia podían venir males incalculables a su nación, hizo con singular magnanimidad el sacrificio de sus personales intereses. Ahora acabamos de ver al rey de Sajonia prisionero en el centro de los Estados de su enemigo, protestar abiertamente en defensa de sus derechos, porque consideraba dañoso a sus súbditos el nuevo orden de cosas que se le proponía; y por la inversa nada más noble halló que decir Napoleón al renunciar los cetros de Francia e Italia, sino dar por cierto que la posesión de ellos en su mano era incompatible con el reposo de ambos pueblos.

No es esto desconocer la injusticia de la agresión que dio la causa original de tales ocurrencias. En indudable que si los tratos de Napoleón con España hubieran sido siempre sinceros, si no se hubiesen aprovechado de la discordia de nuestra familia Real para apoderarse de nuestras plazas fronterizas y encaminar sobre Madrid los ejércitos que pretextaba enviar a Portugal en consecuencia del Tratado de Fontainebleau, si no hubiese convertido en ruina de la misma familia Real la protección que en su poder buscaba desde octubre de 1807 el primogénito de ella, ni Carlos IV hubiera pensado en retirarse de su Capital, ni el pueblo se habría alborotado para impedir esta retirada, ni aquel monarca hubiera renunciado en medio de esto alboroto. De consiguiente ni esta renuncia se habría sujetado nunca a su juicio y toda la ocasión de sus nuevas tramas hubiera dejado de existir. Por eso sus pretensiones de disponer de la corona de España pudieron deshacerse por nuestros reyes, pudieron protestarse los contrarios que su prepotencia arrancara, pudo pretenderse en tiempo oportuno su recisión. Mas ni Carlos IV, ni Fernando, conceptuaron útil para sí mismo o para España sus resistencias o sus protestas al principio, ni han hallado en los años posteriores razón menos peligrosa para reclamar la enmienda de su doloroso sacrificio. Por el contrario, sus relaciones pacíficas y amistosas con el Emperador de los franceses continuaron sin interrupción, a su hermano José saludaron y trataron como Rey de España y jamás se opusieron directa ni indirectamente al reconocimiento que casi todas las otras potencias europeas fueron sucesivamente haciendo de que les reemplazó en el trono.

No podían ignorar unos príncipes tan versados en la historia del mundo que estos hechos y el transcurso del tiempo llegarían acaso a privarlos enteramente de cuanto derecho les quedaba para pedir la rescisión de sus contratos5. Una paz general podía hacerse, así como se hicieron muchas parciales; y si los accidentes contrarios a los que en 1813 y 14 sucedieron hubiesen obligado a Inglaterra a reconocer, como todo el continente tenía reconocido, a Napoleón Emperador de los franceses y rey de Italia y a su hermano José rey de España, seguramente que los tratados de Bayona hubieran sido para siempre irresistibles, ni se hubiera hablado más de los vicios que a su otorgamiento o a sus antecedentes y consiguientes pudieran objetarse. Así después de más de medio siglo de guerra y de desgracias se vieron precisados Felipe III en 1609 y su hijo en 1649 a tener por legítima la independencia de las provincias unidas que empezó por una rebelión contra su soberano; y así Felipe IV tuvo que tratar como igual y como rey de Portugal al Duque de Braganza cuando los sucesos de las armas no correspondieron al valor de los derechos que contra este súbdito suyo asistían.

Por fortuna las cosas de España han sucedido muy de otra manera. El mismo que en 1808 y siguientes disponía de la suerte de muchos cetros se vio en 1814 forzado en su turno de dejar las coronas que ceñía. Fernando fue recibido en los brazos de su pueblo y ha sido saludado nuevamente por rey por todos sus iguales. Eran pues los tratados de Bayona de hecho y de derecho rescindidos y la continuación de los sucesos del mundo que dio motivo al Tratado de Valençay excusó a nuestro rey de toda esta reclamación. Mas este inesperado desenlace nada disminuye el valor que los pactos tenían mientras han existido: fueron en su tiempo válidos, aunque no fuesen irrevocables; se han rescindido ahora, pero existieron entonces. Fernando VII ha vuelto justísimamente a su trono, mas no lo ha ocupado realmente en el tiempo medio desde que lo renunció; volvemos a ser súbditos suyos, mas no lo fuimos mientras ha existido su mandato de que a otro obedeceríamos6

Decir lo contrario es desconocer los principios más comunes que gobiernan las relaciones entre soberanos y súbditos y los mismos soberanos entre sí: es querer destruir todos los medios que han encontrado los hombres para no estar en guerra abierta perpetuamente y para suavizar los males de la guerra misma mientras dura. ¿Cuál paz fijaría los derechos de las naciones si fuese lícito a la vencida en la guerra que precedió decir que su consentimiento al tratado fue forzado por las derrotas padecidas o por las mayores que la amenazaban? ¿Cuál capitulación de plaza tomada, de cuerpo de ejército rendido, salvaría a los habitantes y al soldado, si se admitiese que a estos no obligaban los pactos hechos a causa de la fuerza a que sucumbieron? Quasi vero forti viro vis possit adhiberi, que dijo Cicerón7.

3. Del valor de las mismas actas de Bayona respecto a los súbditos españoles

Los apologistas del partido que se levantó contra lo pactado por nuestros reyes con el jefe de la Francia en 1808, separándose de la eficacia que S.S.M.M. reconocieron en esos pactos respecto a sus personas y en virtud de la cual no solo no hicieron ninguna protesta ni reclamación al firmarlo ni posteriormente, sino que confirmaron constantemente su conducta política al tenor de su contenido, han supuesto que para los súbditos españoles nada debían valer ni los empeños allí contraídos por sus legítimos soberanos, ni esa conformidad de los mismos a las consecuencias de tales empeños. Fúndanse para esto principalmente en que las renuncias que nuestros reyes hicieron a la corona de nada servían sin el consentimiento de la nación. Ya en el manifiesto que el Consejo de Castilla publicó en el verano de 1808 se refiere que uno de sus individuos demostró en cierta conferencia la “monstruosidad que había en suponer que los Señores reyes padre e hijo pudiesen disponer de la soberanía”. Lo absoluto de esta proposición hace dudar si el autor de ella quiso decir que ni aun pudieron nuestros monarcas desprenderse del derecho que sus personas mismas tenían a reinar sobre nosotros. Si tal fue su concepto, no me ocurre en cuál código podría encontrarse el apoyo de su doctrina. ¿Son acaso los reyes unos esclavos que deben permanecer atados a su dorada cadena, mal que les pese, hasta exhalar el último aliento abrumados con una carga que acaso consideren superior a sus fuerzas, dañosa a su salud o contraria a sus inclinaciones y carácter? Yo bien percibo que si un príncipe disfrutó con satisfacción de los encantos del poder supremo en los tiempos prósperos de su nación, es muy reprensible si la abandona en el de riesgos y desgracias. Nuestro Rey Don Alonso ya dijo en sus leyes8 que así como el rey que guarda a sus súbditos de todo daño y se constituye muro y amparo de ellos en los peligros será amado y tenido y servido de ellos, así al que de otra manera se portase, le dará Dios todo lo contrario de esto. Y acaso en tales circunstancias la nación legítimamente representada y supuesto en ella el terrible derecho a juzgar a sus reyes podría justamente negarse a admitir una cobarde renuncia por dar leyes a una solemne destitución. Pero cuando no se teme que tal renuncia dañe al estado y mucho más cuando el hacerla se conceptúa útil al bien y utilidad de este, no se alcanza la razón por qué en el primer caso ha de ser contrariada la voluntad del renunciante y en el segundo no ha de merecer alabanzas en vez de oposición y resistencia.

La claridad de estos principios me hace creer que el sentido de la proposición mencionada es tener por ilícito en los reyes el trasladar a otro sus derechos al mando, o sea obligar a la nación a recibir por jefe al que ellos designaron en su renuncia. Esto es en efecto lo que el mismo orador del Consejo parece haber sentado más adelante suponiendo aún más monstruoso “el pensar que nuestros monarcas pudieran privar de su derecho a todas las demás personas llamadas por las leyes constitucionales en sus respectivos casos y a la nación en el correspondiente; pues era indudable que cuando se figurase la hipótesis de que todas renunciasen o faltasen se estaría en el caso de que esta usase su derecho originario e imprescriptible”. Por eso preguntaba enseguida “si habían entrado en estas cesiones y transmisiones todos los llamados por la ley y señaladamente las varias familias Reales que tienen derecho ya por la línea de Borbón, ya por la de Austria”. En otra parte dijo el mismo consejo “que cualquier novedad que se hiciese o intentase en la sucesión al trono tocaba exclusivamente a la nación y cuanto se ejecutase de otra forma era ilegal y nulo según la constitución actual de la monarquía nuestra”. También el Señor Cevallos en su manifiesto pregunta: “¿Quién habrá que no vea que aun cuando la renuncia de Carlos IV a favor de Napoleón hubiese emanado de una voluntad libre no por eso perjudicaría a los derechos de la dinastía de Borbón? ¿Quién que no sepa que a la extinción de esta y por la naturaleza de la monarquía española solo la nación puede llamar otra dinastía e introducir la forma de gobierno que gustase?”

Bien se ve luego que estas sentencias con tanta seguridad pronunciadas deben buscar su fundamento en las más delicadas cuestiones de derecho público, cabalmente en aquellas que examinan así los derechos de todas las ramas de las familias reinantes, aunque ocupen otros tronos o existan renuncias o tratados que las excluyan de alguno, como la dependencia que los pueblos deben tener de sus reyes o en la que se pretende poner a los reyes de sus pueblos mismos. Ello es que según dichos textos parece que para tener fuerza obligatoria a los españoles las actas de nuestros monarcas era preciso que concurriesen a su otorgamiento todos cuantos parientes suyos existían sobre la tierra y después de ellos toda entera la nación. Los autores de la constitución publicada en Cádiz a principios de 18129 acortaron algo este camino y sin hacer caso de los derechos de los parientes del reinante, dispusieron que este no pudiera renunciar ni aun a favor de su inmediato sucesor sin el consentimiento de las Cortes. Al fin si una ley semejante hubiera existido entre nosotros antes de 1808, hubieran tenido siquiera los Españoles una regla que seguir y solo se habría debido tomar en consideración la posibilidad o dificultades que las circunstancias ofreciesen a su puntual cumplimiento o a las consecuencias de esa falta. Porque es de notar que ni aun en aquella constitución se previene qué se haría con el rey que al hacer su renuncia se hallase fuera del territorio adonde alcanzase la autoridad de las Cortes, ni con su designado sucesor si estuviese armado con bastante fuerza para imponer silencio a esta autoridad. Pero los escritos referidos hablan de un tiempo en que tal ley no existía y así puede respondérseles con mayor facilidad.

Por lo que hace a los derechos de la parentela no es cosa de detenernos en su impugnación cuando en tantos años no han pensado en hacerlos valer los mismos que hablaron de ellos cuando la casa de Austria y mil otros interesados no solo callaron, sino que expresamente reconocieron al Rey de España nombrado en Bayona, cuando el gobierno no estimó justa la pretensión de la princesa de Portugal de regir el reino, y cuando finalmente la constitución allí formada arregla como les pareció a sus autores la sucesión del trono (art. 180, 181 y 182) sin hacer caso de ninguna de dichas ramas, ya, para España, extranjeras. Hablemos solo de la necesidad que se supone del consentimiento de la nación. Yo confieso haber creído siempre que cuando aquella persona o aquel cuerpo que está legítimamente constituido Jefe de una nación y la representa a la vista de las demás pacta con los jefes reconocidos de estas otras naciones, es una ley para todos y cada uno de sus súbditos respectivos que el habitante de Constantinopla queda tan obligado a cumplir la que contrató el Gran Señor, como el de Boston lo que negoció el congreso americano, y que finalmente aun asesinado en Asia el déspota o variado el landman en Suiza, no pueden desentenderse sus respectivos gobernados de lo que con otros estados firmó el muerto o destituido mientras tuvo en manos el poder y la representación nacional. El parlamento inglés acusa y castiga los ministros que no acertaron a defender o vendieron los intereses de su país en alguna negociación; mas no anula por eso el pacto negociado. ¿Ni cómo de otro modo habían de entenderse las naciones unas con otras si lo que acuerdan sus jefes reconocidos hubiera de depender del voto unánime de todos los ciudadanos individualmente?

En España en mi tiempo era el rey el único jefe de estado. No he averiguado quién lo era cuando Teodorico, Agila, Viterico y otros eran reemplazados por los que los asesinaban, o cuando las facciones de los Laras, de los Castros y semejantes asolaban a Castilla. Yo solo hallaba en 1808 puestas en vigor desde algunos siglos antes las leyes de partida, según las cuales el rey tenía el derecho exclusivo de hacer leyes, de gobernar el reino, y de hacer la guerra y la paz10. Leía en la ley 11ª, tít. 13, part. II, graves penas señaladas contra los que no observan los pactos hechos por nuestros reyes, y sentado por cierto en la ley segunda del mismo título que el señor y los vasallos son una misma cosa. Encontraba en la historia unidos varios reinos en Fernando el Magno y divididos nuevamente por sus disposiciones testamentarias y que después acá otros testamentos, enlaces y tratados de nuestros monarcas llegaron a hacer de España la árbitra del mundo en la 15 y 16 centuria y la pusieron al fin del 17 al arbitrio de las otras potencias europeas. La sangrienta guerra de sucesión era sostenida presentando el uno de los pretendientes la renuncia hecha por los progenitores de su competidor y alegando el testamento que su abuelo negoció con la corte de Carlos II. Por pactos consiguientes a nuevas guerras de nuestros reyes variaron de dueño los estados de Parma y Nápoles; y modernísimamente la renuncia de Carlos IV de sus súbditos de Luisiana proporcionó a su sobrino e hijo el reinar en los pueblos de la Etruria11. ¿Quién anticipó a Felipe II el derecho de mandarnos sino la renuncia de su padre cuando se cansó de batallas y negocios? ¿Por qué obedecieron nuestros padres a Luis I° sino porque Felipe V le cedió el mando, sea fatigado del peso de la corona, sea en la esperanza de ceñirse otra que agradaba más a sus afecciones personales? Yo veía, repito, que todas las ramas de las familias interesadas, las cuales no se acordaban de replicar nunca o si alguna se recurría se les imponía silencio ya con la persuasión, ya con las armas; veía que nuestras Cortes en sus mejores tiempos no se creyeron autorizadas para oponerse a su ejecución y sí solo para representar, pedir y quejarse ante el mismo soberano; que esta reunión tal cual fuese hacía siglos estaba aniquilada; y que las participaciones que se hacían al Consejo de Estado y de Castilla eran solo para solemnizar la publicación de las actas y facilitar su cumplimiento. Los autos acordados del Consejo eran en el último estado de nuestras cosas tan obligatorios para mí como las pragmáticas sanciones, y estas como los actos antiguos de Cortes; y aun si yo faltase a lo dispuesto por una circular o una particular orden del ministerio, los tribunales de justicia me imponían peno como desobediente.

Yo prescindo de si tan extenso poder de nuestros monarcas era o no bueno en sus principios y útil en sus efectos. Por no creerlo tal los legisladores de Cádiz elevaron las Cortes sobre la dignidad Real. Pero tengo por una verdad incontrastable que el ciudadano particular debe vivir en su país según las leyes que le rigen en la actualidad aun cuando le constase que hubo otras mejores algún día o que en adelante pudiera y debiera haberlas. Por lo tanto estoy persuadido de que el súbdito español del año 1808 no tuvo más derecho, para ir en contra de los tratados por cuyo medio sus reyes entendían salvar a costa suya propia el bien común, que el veneciano u holandés cuando sus respectivos cuerpos representantes aceptaron la cesación de sus funciones por miedo de que no perecieses la masa general del pueblo que les estaba encomendado. Más de treinta soberanos hemos visto quitar y poner en nuestros días; todos los habitantes de sus estados han seguido la suerte de sus gobiernos; ¿y solo los de España estaban obligados a levantarse contra las disposiciones del suyo?

Yo quisiera saber para ilustrar esta doctrina si plantadas las Cortes según la constitución de Cádiz establecía, se hubiese visto ese cuerpo representativo precisado por cualquier motivo a dar su consentimiento a un tratado de desmembración de una provincia o de variación de la persona o dinastía de su jefe, ¿si podría, digo, levantarse cualquier ciudadano contra la paz hecha y los tratados concluidos diciendo que para tales cosas era precisa la anuencia de la nación entera? Me inclino a creer que con dificultad habrá nadie que concediese tal derecho al particular español, súbdito del gobierno constituido en Cádiz. ¿Por dónde pues en 1808 podía ser no solo lícito sino obligatorio (pues se trata de hacer un crimen al que obró de otra manera) al mismo súbdito español el ponerse en armas contra lo que disponía la persona que en nuestro sistema a la sazón vigente era el único jefe del estado, el que representaba España respecto de las otras naciones, el lazo reconocido de nuestra unión social? Si alguno trata de resolver de otro modo esta cuestión tenía presente siempre la enorme distancia a que nuestras instituciones políticas han estado siempre de consagrar en el pueblo el derecho a la insurrección que solo se atrevió a proclamar la Convención francesa en sus más funestos días. No se acuda para eludir todas estas delicadas cuestiones, que son consecuencias necesarias del principio con que se ha querido destruir el justo fundamento de la conducta de los que obedecieron al rey señalado por las actas de Bayona, no se acuda, digo nuevamente, a decir que teniendo yo motivos para suponer forzada la voluntad de mis reyes debí interpretar sus órdenes en sentido contrario como lo hicieron los que se levantaron desde luego con el pendón de la resistencia. Ya dije arriba que es una grave injuria la que se hace al honor y carácter de los Señores Don Carlos IV y Don Fernando VII en suponer que su voluntad era contraria a lo que su voz anunciaba y ordenaba a sus pueblos. Si S.S.M.M. hubiesen creído que el movimiento de estos era útil a sus personas y a la salvación de la patria hubieran empleado en aprobarlo y sostenerlo la misma magnanimidad que mostraron en descender del trono por las consideraciones contrarias. Yo no dudé entonces ni dudo aún ahora de que nuestros reyes obraron como pensaron y que guardaron exacta consecuencia sus obras y palabras. Mas aunque lo hubiese dudado, ¿era acaso mi duda motivo suficiente para obrar en el sentido de mi interpretación? Las dificultades que se oponen a que el ciudadano particular obre a sabiendas contra los preceptos de su gobierno, esas mismas hacen ilícita igual resistencia a tales preceptos interpretándolos a su modo. Y sino, dígase cómo podría en su caso reprenderse, ni castigarse al hombre inquieto que se armó contra una disposición realmente voluntaria y bien meditada de su príncipe si alega que por cuanto él creyó no tenía este su voluntad enteramente libre cuando la ordenó, estaba autorizado a ejecutar lo contrario de lo que se mandaba? ¿No es bien claro que este fuera un principio palpable de desorganización social? Los bandos de Castilla en el turbulento reinado de Don Juan II tampoco pretextaban para justificar su desobediencia y tener en continua combustión el reino sino que el rey no tenía libertad según unos al lado de los infantes de Aragón y según otros al de Don Álvaro de Luna.

¿Y qué importa que otros creyéndose autorizados a hacer tal interpretación o por otros motivos, cualesquiera estos fueran, gritaran a las armas en algunos puntos de la península y se dijesen herederos de la potestad real y aun quisiesen decorar sus movimientos con el augusto nombre de nuestro Rey? Si ellos tuvieron aquella creencia, yo la tuve mía; si ellos se erigieron en autoridad soberana, ninguna ley me mandaba reconocer tal autoridad; y si tomaban el nombre del rey, a mí y a todos nos constaba que este nos les había dado tal encargo. ¡Fuera de que el sagrado nombre de Dios mismo se ha tomado tantas veces en el mundo para tan atroces crímenes!! Santa Liga llamaron a su reunión y en nombre de la Reina Doña Juana, suponiéndola sana de entendimiento y privada injustamente de libertad en Tordesillas, guerreaban los comuneros contra su rey Carlos. Viva el Rey y muera el mal gobierno, gritaban los amotinados en Madrid en 1766 y obligaron a dejar su Palacio a Carlos III. En nombre de la ley fue al cadalso Luis XVI en Francia y el mismo Sr. Don Fernando VII a su llegada a España ha anulado como contraria a sus respetos y autoridad la constitución de Cádiz y cuanto en relación a ella se había proclamado y ejecutado en su nombre. Toda facción busca los títulos más adecuados para atraer hacia sí la multitud, y ciertamente en España era el más a propósito para el intento el suponer que de Fernando mismo venía el impulso y por él se daba el apellido a la insurrección. ¿Pero cómo podían ser arrastrados a ella los que veían todo lo contrario, y los que llegaron a persuadirse que en su efecto en aquellas circunstancias no podía ser otra la intención de sus príncipes sino la que demostraban sus preceptos y sus acciones?

Parece pues suficientemente demostrado que lejos de haber la menor culpa de parte del ciudadano español en creer que las renuncias y tratados de sus reyes eran títulos capaces de trasladar los derechos de su dinastía a otras manos, obró muy de acuerdo con lo que el común derecho de las gentes y la constitución de nuestro estado en aquella época le prescribían; que no tuvo necesidad de aguardar a que se publicase la anuencia de todas las ramas de la casa reinante en cualquier parte del mundo donde existieran, ni a recoger los votos individuales de todos sus conciudadanos; y finalmente que no tuvo el menor fundamento legal para juzgarse obligado a proclamar la resistencia, ni seguir las banderas de los que la proclamaban.

Los que así obraron en el principio busquen donde quiera los motivos que justifiquen la resolución tomada: sean los que fueren nunca probarán que las actas de nuestros reyes en Bayona de nada podían servir para motivar la obediencia de lo que según ellas procedieron; y siempre resultará ser un absurdo el imaginar que estos no solo pudieron dejar de obedecerlas sino que faltaron a su deber en hacerlo. Añado más: que los que sostengan este absurdo en nombre del mismo rey que intervino y firmó dichas actas y que en consecuencia de ellas alzó el juramento de fidelidad a sus súbditos y les persuadió que obedecieran al sucesor que el mismo les designaba, quieren hacer cómplice a S.M. de la más inaudita mala fe, y del más culpable olvido de cuantas leyes gobiernan a los hombres en sociedad y fuera de ella.

¿Por qué? ¿No hay más sino capitular el caudillo de una hueste, salvarse él y sus alegados, por efecto de esta capitulación, mandar a su compañía que no haga más armas sino que cumpla lo capitulado como único medio de salvación común, ser el mismo caudillo exactísimo en ese cumplimiento y hacer después un crimen a sus subalternos y dependientes de haber seguido sus órdenes y obrado en consecuencia de sus promesas y sus palabras? ¿A quién puede ocurrir atribuir a un soberano semejante contradicción e injusticia? No: es imposible que aun los que abusando de la confianza del Señor Don Fernando II han cubierto ahora con su Real nombre los excesos de su espíritu de partido, se atrevan a proponer a S.M. tales contraprincipios como medios de paliar la atroz injusticia con que se nos persigue.

Yo he buscado entre cuantas leyes patrias recorren las obligaciones del súbdito para con su soberano cuál era la quebrantada por mí y los demás españoles que se sometieron a la suerte que les cupo por consecuencia de las renuncias y cesación de mando de nuestros reyes; y no he hallado alguna que califique de reprensible semejante acción. El Consejo de Castilla deseoso en agosto de 1808 de presentar un legal fundamento al partido de la resistencia no halló otro más adecuado que la ley 3., tít. 19, part. 2., y para acomodarla a su propósito se vio precisado a omitir una buena parte de su texto que a la verdad explica de muy diverso modo su sentencia. Trátase en ella del caso de un levantamiento popular contra la persona o autoridad Real en la cual dice es indispensable “guardar al rey su Señor del daño e vergüenza que nace de tal levantamiento. Ca en la guerra que le viene de los enemigos de fuera, non ha maravilla ninguna; porque non han con el debdo de naturaleza nin de Señorío. Mas de la que se levanta de los suyos mismos, de esta nace mayor deshonra, como en querer los vasallos igualarse con el Señor, é contender con el orgullosamente é con soberbia”. Sigue la ley presentando así lo peligrosa que es la tal guerra por lo mismo de ser obra de los de casa, como las funestas consecuencias y los destrozos que trae al reino entero cuando llega a encenderse. Y por todo concluye (y es solo desde aquí donde principia el texto del Consejo) que “todos deben venir luego que lo supieren a la hueste sin esperar mandato del rey y sin excepción de personas”. Bien se ve que esta ley así reintegrada supone la presencia del rey existente en su solio, resuelto a mantener el mando y precisamente contra los levantados en menosprecio de su soberana autoridad: es decir que resuelve el caso enteramente opuesto al de nuestra cuestión. Y si esto sucede con una ley que el primer tribunal de justicia español cita como “señaladamente” apropiada al intento, ¿qué será de todas las demás que acaso pueden aglomerarse por leguleyos imperitos o por litigantes acalorados?

Yo hallo en la ley 4. del mismo tít. 19, part. 2., castigados igualmente a los que dejaron de socorrer a tiempo a su rey, y con esta falta dieron lugar a que fuese muerto, herido, preso o desheredado, que aquellos por cuya culpa cayó en algunos de estos males de que le pudieron guardar y no quisieron. Veo la ley 25, tít. 21 de la misma partida, amenazar de deshonor a los caballeros que viesen prender o matar a su rey e non le acorriesen o non le diesen el caballo si el suyo le matasen, o no le sacasen de prisión pudiéndolo hacer. El que lea los manifiestos de los Señores Cevallos y Escóiquiz y la memoria de los Señores Azanza y O’Farril, se convencerá muy luego de que nada quedó por hacer a los españoles que estaban en disposición de ser útiles en defensa de su rey mientras hubo posibilidad de hacerlo con fruto, y mientras S.M. mismo no les ordenó lo contrario. Muchos otros particulares se adelantaron a indicarle medios de evasión, ya en Vitoria, ya en Bayona mismo, ofreciendo arriesgar sus personas para facilitarla. La alta prudencia del Rey consideró inútiles todos estos esfuerzos y aun perjudiciales a la salvedad de las Reales personas y a la salud de la patria. Ofreció en rescate de estos preciosos intereses los derechos de su nacimiento, lo lisonjero del poder. Mandó a todos que le imitaran y entonces, y solo entonces y con el mayor dolor, se resignaron a recibir la ley que el destino les imponía. ¿Dónde está pues la menor sombra ni de deslealtad ni de contravención u olvido de sus obligaciones?

Yo no puedo ni debo entrar en otros pormenores en esta materia porque mi situación en esa primera época de nuestros males me tenía a grande distancia de influir eficazmente ni en pro ni en contra de aquellos grandes sucesos que entonces se verificaron. Pero habiéndome visto muy luego en circunstancias de someterme a los resultados de los hechos y de los preceptos de mis reyes, no he podido excusarme de examinar el valor que a mis ojos debieron tener estos para dirigir mi conducta. Y pues he mostrado que según las reglas más conocidas de derecho público y las leyes patrias que nos regían en 1808, el particular español no pudo creerse autorizado a separarse de lo acordado y dispuesto por tales actos. Veamos si por algún otro capítulo puede censurarse esta conducta.

4. Examínase si en España hubo voto verdaderamente nacional para la guerra

No hay cosa más común en tiempos revueltos de un estado que llamar voto de la nación el grito de los facciosos que se levantan con el poder, aunque no sea sino en un villorrio y aunque aquel grito haya de ser sofocado al día siguiente por el de la otra facción que eche por tierra a los que hoy gritaban y se ponga en su lugar.

Los razonamientos hechos hasta aquí parecen haber sido irresistibles a aquellos que o miran la autoridad de los reyes como única regla de la conducta de los pueblos o temen por lo menos dar lugar a funestas aplicaciones del dogma por aquellos detestado de la siempre constante y nunca prescriptible soberanía del pueblo sobre los que gobiernan. Quiero llevar más adelante mi empeño y mirar la cuestión de la obediencia prestada al rey José como absolutamente sujeta a mi juicio particular, y dependiente del concepto que yo formase acerca de cuál lado estaba el voto verdaderamente nacional y el interés de mi patria.

Para ello es indispensable la vista a la situación en que se vio España cuando ausentes sus príncipes, cesando enteramente en el ejercicio de su poder se retiraron a los sitios que dentro de Francia les fueron designados. Hemos visto que con buen o mal derecho, por abuso o por legítima pertenencia, el hecho es que entre nosotros ningún cuerpo o persona partía con nuestro Rey la suprema autoridad; es que los negocios políticos se trataban y concluían en el secreto de su gabinete y que la paz y la guerra y la justicia y aun la justicia todo pendía en sus manos. ¿Quién pues en su falta pudo representar la nación y tomar sobre sí de un modo suficiente y legal el cargo de pronunciar su voto? Hayan sido lo que se quiera en sus ponderados tiempos las Cortes de Castilla, hace siglos se hallaban reducidas a la reunión de muy pocos vocales, mal elegidos y con mucha desigualdad tomados de las varias ciudades del reino que solo podían congregarse a la voz del rey y por el tiempo y para los objetos por él mismo designados. Pero aun esta sombra de representación nacional no fue convocada en aquella sazón por nuestros reyes ni hubo quien se resolviese a convocarla, ni la urgencia de los sucesos permitió su convocación. El Consejo de Castilla encerrándose en sus límites de tribunal de justicia, o cuerpo consultativo del monarca en lo que este pedía su dictamen, dijo entonces con repetición no ser suyo el decir las cuestiones políticas que se suscitaron. Una carta orden en que el Rey Fernando autorizaba a este cuerpo para hacer en su Real nombre la convocación de las Cortes no llegó a tiempo de poder tener ejecución y el rey mismo se tuvo por bien servido en lo que no se ejecutara12. ¿De qué lado pues pudo volverse el ciudadano español para encontrar la guía segura de sus operaciones, la senda legal de su conducta, en el supuesto de dar por nulas y despreciar altamente las acatas de sus reyes en Bayona?

Es bien sabido que, una vez trastornado el gobierno de un estado y roto el freno que mantiene en tranquilidad los pueblos, se agita en diversos sentidos la multitud, nacen tantas facciones como osados caudillos se presentan a capitanearlas y cada cual pretende tener de su lado el voto general y grita como si su voz fuese la de la nación entera. ¿Y cómo en este desorden, en esta confusa gritería, se distingue el verdadero voto nacional?

Yo considero que del ciudadano más celoso en cumplir las obligaciones de tal, del hombre más encendido en el amor del bien y de la gloria de su patria, nadie podrá exigir otra cosa en tan apurado lance, sino que ponga en ejercicio toda su razón y entendimiento para no equivocar el interés común con el particular suyo, que no siga la exaltación momentánea de sus pasiones en vez de escuchar el cálculo reflexivo de la prudencia; que sin fiarse demasiado en sus talentos propios consulte el voto de los hombres más distinguidos por su saber y rectitud y de los que por su situación política están en el caso de conocer más exactamente el camino del bien. No olvidará nunca que si Cicerón faltó alguna vez por excesos de circunspección y miramientos a César, la indomabilidad de Catón y el aliento de Bruto precipitaron la esclavitud de Roma, y que el severo Tácito presenta a su Agrícola por ejemplo de que la sumisión modesta, si está acompañada de talentos y de firmeza en la virtud, puede dar otra gloria no menos brillante que la de aquellos hombres impetuosos que buscaron sólo una muerte ilustre para sí mismos pero inútil para la Patria.

Los negocios de cuyo suceso pende la suerte de muchos piden más calma y más meditación que los que en solo se aventura la de un individuo particular. Un padre de familia no admite un desafío ni acomete una empresa peligrosa y sus hijos en la falta del padre o en la pérdida del patrimonio que a todos los sustenta contiene el arrebato de una pasión momentánea o el aliciente de un juego de azar o de una especulación mercantil en que corra el riesgo toda la fortuna. ¿Cuánta pues no debe ser la reflexión y cordura que debe acompañar al que ha de decidirse en los graves negocios de estado de los cuales depende la ruina y la desolación de millares de individuos y de familias? Veamos pues si en la situación en que se vio España en el año 1808 consultaron o no las explicadas reglas de prudencia cuantos de buena fe se sometieron al mando de José Napoleón. Tratemos primeramente de balancear el peso de anterioridad exterior que apoyaba este dictamen.

No puedo menos de llamar nuevamente la atención en este lugar a las actas y órdenes de nuestros reyes, no tomándolas ya como preceptos sobre lo cual antes hemos disputado, sino como motivos de persuasión como fundamentos para inclinarse a pasar por su contenido. A mí me parece que el ejemplo del que se halla en la cumbre del poder, del que por lo mismo debe conocer mejor que otro alguno el verdadero estado de las cosas públicas, del que tiene unido su interés y su gloria personal al interés y gloria de la nación, debe ser, en tales ocasiones, como la presente, de un grandísimo peso en la balanza del juicio, y que si yo veo al que tiene a su disposición los recursos del estado, al que solo su voz puede ponerlos en movimiento, al que en caso de duda podría tener para su amor propio, debo creer que tales sacrificios no se hacen sino con la mira del bien o del menos grave mal de la nación entera. Yo debo suponer además que a tan dolorosa resolución ha precedido el consejo de los hombres públicos con quienes el jefe del estado parte la carga de los negocios y de consiguiente debo ver en sus hechos, en sus palabras, incluido el voto de todos aquellos, tanto más apreciable cuanto su proximidad al trono les daba más cabal conocimiento de la situación de las cosas y mayor interés personal en sostener su propia elevación y autoridad. Tuve pues a favor del partido de la sumisión el voto de Carlos IV y su hijo y el de cuantos al uno y al otro entonces aconsejaban. Pasemos más adelante.

Al salir Fernando VII de su capital dejó constituida una junta de gobierno compuesta de todos los ministros, excepto el de Estado que se llevó cerca de su persona, y presidida del Sr. Infante Don Antonio. Al paso que estrecharon las circunstancias, llamó esta junta en su auxilio a los gobernadores de todos los consejos supremos y aun a otros individuos de estos últimos. Por medio de esta junta se llevó a efecto cuanto el rey ordenaba mientras mantuvo en su mano el cetro, y de ella, misma antes y después de la ausencia del infante Don Antonio, emanaron cuantas disposiciones obligaba a tomar sea la fuerza extranjera, que ya nos dominaba, sea la necesidad y urgencia de los acontecimientos que sin descanso se sucedían. Y cuando yo veía obrar así tanto número de españoles, tan condecorados y que al particular concepto que cada cual de ellos mereciera de luces, integridad y patriotismo, reunían el estar palpando en la actualidad los negocios y el recibir directamente las explicaciones y órdenes de nuestros soberanos, ¿pude yo estar tan prendado de mí mismo que se me lisonjeara de entender mejor y resolver con más acierto lo que entonces convenía para la salud de mi patria?

También hemos visto que el Consejo de Castilla tuvo por bueno y válido cuanto se ejecutó inclusa la renuncia del Rey Fernando en su padre; que circuló y mandó cumplir en 8 y 10 de mayo el tenor de esta acta con la acostumbrada solemnidad ya por ver en ella un decreto de su rey y señor, ya por consideraciones de conveniencia pública que explica en su manifiesto. Desde aquella fecha dice el relator de este papel que no tuvo el tribunal tan fácil condescendencia y aunque publicó y circuló muchas otras órdenes del gran Duque de Berg nombrado Lugarteniente del Reino por Carlos IV y por el Emperador, hace observar que en la fórmula de estas circulares se omitió la cláusula preceptiva; pues en vez de decir que el Consejo publicaba tal orden y mandaba su cumplimiento, solo expresaba que en cumplimiento de lo que en tal orden se mandaba la hacía publicar y circular. Y añade que el mismo redactor que aun esto lo hacía el Consejo “porque en su concepto convenía que toda la nación estuviese enterada de los pasos que se adelantaban en el plan de usurpación, para que se aumentase a la par su justa indagación y se redoblasen los esfuerzos de su lealtad”.

Confieso que siento mucho ver impresa en nombre de un cuerpo tan respetable una disculpa tan poco acomodada a la severidad de sus principios. El redactor del manifiesto conviene en que la diferencia entre la fórmula antigua y la nuevamente adoptada era solo perceptible a los inteligentes, y esto basta para juzgarla poco digna de quien hablando a toda la Nación debía usar el lenguaje claro y perceptible a la generalidad de ella. Porque a la verdad el ciudadano que no estuviese instruido del uso y valor de las fórmulas del Consejo no podía ver más en sus circulares, sino que por la misma vía por la cual otras veces se le comunicaba la voluntad de sus legítimos reyes se le hacía saber ahora la de las autoridades que pretendía haberlos reemplazado. Así el mismo redactor advierte “que se habían padecido graves equivocaciones en este punto esencialísimo”. Padeciéranlas efectivamente los menos instruidos y los que no leyesen con particular atención íntegro el contexto de las circulares; y pudieron padecerlas aun los más avisados, racionalizando así: es cierto que el Consejo no me manda que cumpla yo estas órdenes; pero el Consejo las cumple por su parte con exactitud. Ellas mismas no le mandan sino la impresión y publicación; y eso es lo que ejecuta el tribunal. Luego reconoce la autoridad de donde dimanan, luego lo que deja de hacer también lo haría si se mandase esa misma autoridad; luego no hay de su parte desaprobación o resistencia; luego nosotros debemos tener por legítimo el precepto y obedecerlo en la parte que nos toca así como él lo obedece por la suya. Difícil empeño fuera querer eludir la fuerza que este raciocinio debía hacer a todo súbdito español, mayormente cuando toda la conducta exterior de aquel cuerpo confirmaba la verdad de tales instrucciones. Léanse, sino, los varios edictos que él mismo y su Sala de Alcaldes hicieron y publicaron entonces para tener subordinado al pueblo y conciliarlo con los franceses; recuérdese su salida por las calles el día 2 de mayo para el mismo efecto; su proclama del 5 del mismo mes; la comisión de dos de sus principales individuos enviados a Bayona para disculpar con el emperador la no emisión de su voto acerca de la variación de dinastía y la preferencia que daba al Rey de Nápoles José Napoleón en el caso de haber de recaer el trono de las Españas en un príncipe de la familia imperial; la felicitación sumisa hecha al nuevo rey en nombre del cuerpo por los cuatro individuos suyos (Don Sebastián de Torres, Don Ignacio Martínez de Villela, Don Manuel de Lardizábal, Don Josef Joaquín Colón) que fueron a Bayona y alguno de los cuales acababa de recibir los honores de camarista de mano del Lugarteniente del Reino. Téngase presente que aun en el citado manifiesto hablando de la citada proclama de 5 de mayo, se dice que el Consejo hacía esta exhortación no pudiendo negarse a ello, “sin desobedecer a la junta suprema de gobierno presidida por el Señor infante Don Antonio y a los repetidos encargos del Señor Rey Don Fernando y aun sin faltar a sus más esenciales obligaciones y a lo prevenido estrechamente por las leyes. Nada puede haber más contrario a ellas que la insubordinación que es el origen de todos los males”.

Enhorabuena que el Consejo hiciese como trata de probar en aquel manifiesto, cuanto pudo evitar la pérdida de nuestros reyes. Pero ignorando el pueblo lo que pasaba a puertas cerradas en el tribunal, las reservas verbales anunciadas a los ministros, las explicaciones más o menos acaloradas entre el consejo y la junta de gobierno, o por decir mejor, dando por cierto, como debían creerlo los españoles todos, que esta y aquel hacían cuanto podían para salvar las Reales personas y la Nación, era preciso creer igualmente que lo que al fin ejecutaban en público era lo que en aquellas circunstancias era de ejecutarse como mejor o como menos nocivo. Un cuerpo de tanto influjo en el público no puede usar de los disimulos y de las evasivas que acaso fueran lícitas en un simple particular, sino que debe resistir abiertamente lo que crea digno de resistencia, manifestar clara su opinión a cuantos presume que la esperan como regla de su conducta, y tomar las precauciones necesarias para que nadie se equivoque en el concepto de sus acciones ni de sus palabras. Siendo pues todas estas, entonces, significativas de conformidad con lo que disponían nuestros reyes y con la suerte que la providencia divina parecía destinar a la Nación, tuvieron cuantos se proponían tan alto cuerpo por dechado, graves motivos de creer que el Consejo igualmente que la Junta eran de opinión de deberse ceder a tal destino.

Igual conformidad mostraron los demás Consejos Supremos, incluso el de Estado: todos ellos siguieron la marcha de los negocios según se presentaban, todos cumplimentaron y obedecieron al Lugarteniente del Reino, sus comisionados felicitaron y juraron en Bayona al rey José Napoleón, el resto de sus individuos, como los de otros cuerpos administrativos del Estado y las personas constituidas en los más notables empleos se fueron presentando igualmente en Madrid al mismo rey y ninguno probablemente hubiera dejado de hacerlo, si tan inmediatamente no se hubiera verificado la retirada a Vitoria.

Al mismo tiempo se hallaban en Bayona los primeros grandes de España, los referidos comisionados de las más altas corporaciones del reino, incluso el Consejo supremo de la Inquisición, algunos apoderados de varias ciudades principales, dos ministros del rey Fernando y otro que había servido igual destino en el reinado anterior, tres generales de órdenes religiosas, acaso las más numerosas de España, un arzobispo, un prelado y otros individuos muy distinguidos del clero secular, varios títulos de Castilla, no pocos militares de alta graduación y otras personas que por diversos respetos fueron enviados allá en virtud de órdenes del gran Duque de Berg. Los más notables de todos estos presenciaron la acta en que el Emperador de los Franceses proclamó a su hermano rey de España y así fueron los primeros que como a tal le reconocieron y cumplimentaron. Ninguno de ellos concibo yo que tuviese a dicha esta casual precedencia; así como ninguno había tenido parte en los antecedentes que la motivaban; pero todos mostraron una resignada voluntad en hacerlo y en cierto modo satisfacción en ver al menos proclamada solemnemente la integridad e independencia de la España, que era el gran objeto que se habían propuesto nuestros reyes en sus renuncias. Todos a lo menos hablaron en este sentido a los españoles en la bien razonada proclama que les dirigieron con fecha de 8 de junio.

Yo fui uno de los que ya llegaron a Bayona después de todos estos solemnes reconocimientos y alocuciones (el 22 de junio) y yo vi a cuantos habían tenido parte en ellas, y a los demás que como yo, todo lo encontraban en tan adelantado estado, recibir algún consuelo al sincero dolor que semejante trastorno les causaba a la vista de tratarse ya allí de ligar al nuevo rey con una constitución, cuyo proyecto se sometió a su examen. Así es que con el mayor celo trabajaron ya las comisiones particulares, ya la junta general en todas sus sesiones para mejorar en lo posible los artículos que el proyecto contenía, procurando asegurar la libertad política del ciudadano y plantar las bases de muchas instituciones que muy de antemano estaban reconocidas como útiles, y eran deseadas de nuestros más ilustrados patriotas.

No fue ya cuestión entonces sobre la variación de la dinastía y dominación del nuevo rey: el título primero de la Constitución que de esto habla, ya suponía a José en el trono y por lo mismo se separó ese título de toda discusión. En lo demás es notorio que cada cual explicó libremente su modo de pensar y parece que no consideraron del todo infructuosos sus esfuerzos pues en 7 de julio, todos unánimes, firmaron y juraron en manos de un arzobispo y tocando los Santos Evangelios esta constitución y al rey en cuyo nombre se promulgaba y aceptaron, en cuanto sus particulares representaciones se lo permitían, el juramento que el mismo rey prestaba de gobernar según ella y de defender la integridad y la independencia de la Nación española. He aquí pues un buen número de personas que podían dar sin duda importancia a una opinión.

Todas ellas añadirán como indudable que contribuyó infinito a confirmarlos en la idea de ser bueno cuanto hacían una carta que original tuvieron en sus manos escrita toda del puño del rey Fernando y firmada por él y los dos señores infantes que lo acompañaban. Felicitan en ella, todos tres, a José Napoleón con las palabras de más sincera cordialidad por su advenimiento al trono de España, cuya nación se le recomendaban eficacísimamente. Cuantos la leyeron la miraron como una prueba evidentísima de la persuasión en que aquellas Reales personas estaban de que en efecto el bien de la España consistía en recibir pacíficamente el nuevo orden de las cosas que sus renuncias habían preparado.

También debe aumentarse el número de votos decididos por la sumisión con el juramento enviado desde Valençay por los Señores Duque de San Carlos, Escóiquiz, Marqués de Ayerbe y Don Antonio Correa en fecha de 22 de junio. El señor Escóiquiz ha reconocido en su manifiesto esta carta por obra suya que dice estar escrita con las voces más medidas y con las más escrupulosas precauciones. El Señor Escóiquiz explicará cuando bien le venga cuáles fueron estas precauciones; mas en cuanto a las voces yo solo diré estar allí escrito y firmado por aquellos Señores “que miraban ya entonces como un deber el más urgente el rendir sus homenajes humildes a la majestad católica del rey José, asegurándole de la misma adhesión, del mismo respeto y la misma lealtad que se habían dado las más señaladas pruebas al gobierno antecedente, y creyendo que esta misma fidelidad será la garantía más segura de la sinceridad de los sentimientos que manifiestan jurando obediencia a la nueva constitución de su país y fidelidad al rey José I; que esperaban se dignaría S.M. confirmar el permiso de continuar sus servicios cerca de los príncipes retirados a Valençay que habían debido a la magnanimidad de S.M. Imperial y Real y continuarles, como este lo había ofrecido, su protección y la conservación de sus empleos en España, estando como fieles vasallos del mismo y como verdaderos españoles prontos a obedecer ciegamente la voluntad de S.M. si quisiese emplearlos en otra parte y dirigiendo, finalmente, a Dios sus ardientes y unánimes votos para que se realizasen las esperanzas de que un monarca tan justo, tan grande bajo todos los aspectos debe hacer para siempre dichosos a todos sus compatriotas y para que se digne conservar por largos y dilatados años la vida precisa de S.M. que ha destinado a realizarlas”. Cláusulas tan rendidas y tan cordiales en boca de quienes habían tenido tanta parte en las deliberaciones del rey Fernando, no dan el menor motivo a sospechar que el ánimo de sus autores dejase de sentir en efecto lo que tan esmeradamente pronunciaban.

Entre los que después han variado en diferentes épocas de partido se hizo muy general la disculpa de que sus juramentos, sus palabras y sus servicios al Rey José fueron efecto de la fuerza irresistible que se les arrancaba. Ya hemos examinado antecedentemente el valor de esta expresión tomada de la fuerza, especialmente cuando se trata de personas que han de servir de norma a la generalidad de un pueblo y cuya obligación es perecer antes que dar lugar con una injusta condescendencia al riesgo de la salud de la patria. Pero a decir verdad no se tiene noticia que hubiese por entonces necesidad de emplear tan heroico esfuerzo. El Señor Cevallos solo manifiesta haber temido la confinación en Francia, si no se hubiera sometido desde luego y aceptado el Ministerio de Negocios Extranjeros que se le encargó y en cuya calidad ordenó a todos los agentes diplomáticos españoles que reconocieran y negociaran igual reconocimiento de parte de las cortes en donde residían. Y cuando una persona de la importancia de un ministro no temió más grave mal, no es de creer que para las demás estuvieran preparados los cadalsos. ¿Ni cómo puede suponerse en la conocida constancia española, que solo por fuerza, y no por convicción íntima de obrar bien, se alistaron en aquellas banderas un Mazarredo gloria de nuestra marina y modelo de lealtad y justificación, un Azanza que supo fijar la más alta idea de probidad y acierto en los puestos donde casi todos la perdían; un O’Farril, militar insigne, diplomático distinguido, cuyo honor bien adquirido y cuya fortuna propia le hacían superior a las gestiones del poder; un Urquijo ya harto acostumbrado a sufrir la desgracia, y otros muchos a quienes la Nación conocía y estimaba mucho antes? ¿Ejercieron por pusilanimidad los Duques del Infantado y del Parque y el Príncipe de Castelfranco los primeros empleos militares y el de Gentiles-hombres de cámara del nuevo Rey? ¿Aspiró violentamente el duque de Hijar al noble cargo de Gran maestro de ceremonias, el Conde de Fernán Núñez al de Montero Mayor, el Marqués de Navia al de primer jefe de Palacio y otros muchos grandes y títulos a Gentiles-hombres u otros empleos de la Real Casa? Mucho disimularon, o por mejor decir mucho mintieron a los ojos de todo el pueblo español, si solo el miedo arrancó de ellos tantos signos externos como daban de exactitud y aun de satisfacción en el desempeño de los destinos que les cupieron. ¡Oh! No hay duda: cuantos de tan elevados personajes se decidieron entonces en Bayona y en Madrid, el príncipe Masserano y su embajada en París, el general Pardo en S. Petersburgo, el Marqués de la Romana y su ejército en las costas del Báltico, el Marqués de Almenara en Constantinopla y otros muchos ministros, cónsules y diplomáticos que en diferentes puntos de Europa juraron y aceptaron la nueva constitución y el nuevo rey, todos lo ejecutaron porque se persuadieron que así llenaban su deber en aquellas delicadas circunstancias.

¿Y contra un tan extraordinario de autoridad qué era lo que se presentaba a la vista del ciudadano español para inclinarle a la opinión de la resistencia? Fácil es recordarlo y estimarlo en lo que vale.

El primer acto de resistencia fue del pueblo de Aranjuez en los días 17 y siguientes de marzo que impidió la retirada de la familia Real al mediodía de la España. Carlos IV siendo nuestro legítimo Rey lo dispuso y luego se ha visto que era el único medio de salvar por entonces las personas reales y probablemente la independencia nacional. No se olviden las demás funestas consecuencias que tuvo este alboroto, a saber la primera renuncia del rey padre, sus protestas inmediatas contra la violencia padecida, la exaltación de su ánimo contra el hijo, de quien creyó nacía el daño; los viajes de ambos a solicitar cada cual en su apoyo el voto de Napoleón, etc. Y dígase luego si aquel movimiento fue otra cosa que una verdadera sedición contra la dignidad Real movida o amparada por insensatos que ignoraban enteramente el estado de las cosas públicas.

En los mismos días otra gavilla de amotinados, en Madrid, robaban e incendiaban varias casas y espantaban o maltrataban ciertas familias; sus gritos y su indomable insubordinación obligaron al rey Fernando, apenas recibida la corona, a que se dejase ver en su capital: nueva violencia que constituyó desde aquel punto a nuestro monarca en la situación de un verdadero prisionero del ejército francés que ya ocupaba Madrid y sus contornos. ¿Quién sabe si habiéndose quedado en Aranjuez y mantenido en plena libertad hasta enterarse de los peligros que le amenazaban13 no habría preferido retirarse también como sus padres pensaban adonde estuviera en franquía para tratar de igual a igual con su enemigo o llamar cerca de sí la nación toda? Ello no hay duda que puestos nuestros reyes en Granada o Sevilla y no estando, como no estaba entonces preparado el Emperador de los franceses para la conquista de la España, se habría todo convertido en una negociación diplomática de cesión mayor o menor parte del territorio según lo indica Izquierdo, y en caso contrario tenían siempre los españoles intacto el modo de su organización social en la presencia y en la voz de sus legítimos soberanos. Pero perdida ya del modo dicho la libertad del nuevo rey, precisado por las razones que largamente expone el Señor Escóiquiz a hacer el viaje a Bayona, el mismo Fernando tuvo que amenazar de toda su indignación al pueblo de Vitoria que con tan buen deseo como ignorancia de los peligros que rodeaban a su soberano, trataba de impedir la ejecución de sus meditadas resoluciones.

Un ardor semejante al de Vitoria pero aun con menos reflexión y cordura, puso el día 2 de mayo en el mayor peligro de perderse la escogida población de la capital. El señor Infante Don Antonio auxiliado de todas las autoridades primeras del estado consiguió apagar el incendio. Los reyes padre e hijo se estremecieron en Bayona al oír su narración y escribieron y ordenaron cuanto creyeron oportuno para impedir la repetición de semejante temeridad. La parte sana de la población estuvo tan lejos de tomar parte en el alboroto que por el contrario sus honrados vecinos se juntaron de allí adelante en ordenadas patrullas acompañadas de tropa nacional y extranjera para estorbar nuevos desórdenes. Sin embargo, hoy se atribuye a este suceso la libertad de España y la Villa de Madrid ha recibido el título de heroica por lo mismo que entonces reprobaron altamente como era razón todos sus buenos pobladores y ayuntamiento y cuantos la gobernaban. ¡Raro ejemplo de variación de opiniones y de conducta!

Un hombre sin ningún carácter público y desacreditado personalmente en cuantos pueblos había tenido su vaga residencia levantó la voz de la insurrección en Sevilla, y haciendo sellar con la sangre de un caballero muy estimado la complicidad de los que se le vinieron, atropelló las autoridades establecidas, arrancó de su retiro a un magistrado respetable, de cuyo nombre necesitaba, puso en combustión a Cádiz e hizo asesinar del modo más atroz al Capitán General cuyos talentos y singulares prendas habían merecido constantemente el más alto aprecio de su rey y de cuantos le conocieron dentro y fuera de la Península. Y este fue el principio de la primera Junta Soberana de España e Indias que quiso ser tenida por árbitro absoluto de nuestro destino. Otros asesinatos a cual más feroces, todos ordenados por semejantes caudillos y ejecutado por las luces del pueblo, despojaron de su legítima autoridad cuando no de su vida a los jefes políticos y militares de Valencia, Cartagena, Badajoz, la Coruña, Granada y otras principales poblaciones, y arrastrando vilmente los sediciosos por las calles los miembros deles a su obligación, quisieron contener de algún modo el desorden, o tomar las medidas de prudencia que la situación de las cosas les dictaba, hicieron callar a todos los otros y aun obligaron a muchos a prestar sus firmas en lo mismo que su entendimiento reprobaba. Las sombras de Borja, Solano, Filangeri, Águila, Saavedra, Cevallos, Torre el Fresno, Trujillo y otras mil víctimas de menos nombre afligirán para siempre a sus infames asesinos, hállense estos sobre la tierra, o en el Imperio de le eterna noche, si en sus atroces almas cabe algún sentimiento de los que ponen la especie humana sobre los tigres y las panteras.

¿Y eran las voces que debía seguir el honrado pueblo español con desprecio de las que le dirigían sus legítimos soberanos, los hombres constituidos al frente de los negocios públicos, los sujetos más distinguidos por su saber y su probidad? ¿Era la chusma de Triana capitaneada por Tilly o la hedionda plebe cuyos cuchillos guiaba en Valencia el monstruoso Calvo, o la que encarcelaba a sus jefes en Zaragoza, o la que violando las leyes de la humanidad y el derecho de gentes en Málaga y Cartagena hacía pedazos los Cónsules extranjeros o cual otra de las que elevaron simultáneamente a las Juntas Supremas del reino, la que representaba la Nación y la que debía ser por todas obedecida? ¿En cuál de esos grupos, que estuvieron cerca de guerrear entre sí por disputarse lo sumo del mando, pudo conceptuarse que se hallaba la representación Nacional? El deforme aspecto de la anarquía, los horrores de la organización social, eso fue sí lo que se presentó a la vista de todo hombre de medianas luces, y lo que hacía estremecer a cuantos no pensaban satisfacer su ambición u otras más viles pasiones a costa de la ruina.

Puede verse algo de lo que sucedió en Valencia en la Memoria de Don José Villalobos. La Audiencia de esta Ciudad pedía dictamen al Consejo en 23 de mayo para contener los alborotos. Aun las primeras proclamas del Conde de Cervellón en Valencia y de Palafox en Zaragoza están llenas de indicaciones de la violencia con que prestaban su nombre al levantamiento. El Conde de Floridablanca enviaba a Madrid protestas de la violencia que sufría en aparecer al frente de la Junta insurreccional de Murcia.

Ardió sin embargo, no hay duda, prontamente la insurrección. Los excesos cometidos y tolerados en toda España contra la Persona, familia, allegados y protegidos del valido derrocado habían dado a un mismo tiempo la idea de que se podía menospreciar impunemente las autoridades y la evidencia de que el desorden ofrece la mejor ocasión para el robo y las venganzas. ¡Poderosos incentivos para atraer de su lado los enemigos de la subordinación de que hay no pocos en todos los países, y de otros cuantos no se interesan en el orden social que abundan infinito en donde la desigualdad de las fortunas, el estancamiento de la propiedad y las casas privilegiadas reducen la mayor parte de los habitantes a la pobreza, a la vagancia y al vilipendio!

Echadas por delante estas tropas ligeras capitaneadas por el crimen y la ignorancia, se armaron detrás de ellas dos terribles falanges al mando del fanatismo y del orgullo. Temblaron estos implacables enemigos del género humano y de le prosperidad de las Naciones a la vista de la luz que asomaba por nuestro horizonte septentrional. Hallaron mal segura su usurpada dominación y minado el fundamento de sus nocivos privilegios siempre que de cualquier modo se disminuyeran las tinieblas en que habían procurado y conseguido sepultar al noble pero incauto Pueblo Español. Así vimos muy luego a un Obispo trocando el báculo pastoral por el alfanje homicida, a varios ministros del Santuario, especialmente del clero regular, abandonado el signo de la humildad y de la paz entre los hombres para tomar la tea de la discordia y revestirse de los furores de Marte, y a algunos restos degenerados de nuestros antiguos héroes, aumentar con su nombre, ya que en los más faltaba aliento personal, el número de partidarios de aquellos otros monstruos asoladores.

Yo no dudo que algunas personas bien intencionadas fueron envueltas en este borrascoso torbellino. Ya he dicho que muchas cedieron al terror que infundía la multitud desenfrenada. Muchas otras se dejaron llevar del primer movimiento de enojo que inspiraron generalmente las malas artes por quien pudo haber hecho otro uso casi diverso de su gran poder. A otros les nacieron esperanzas de obtener con nuestras propias fuerzas y sin deberlo a influjo alguno extranjero la mejora de nuestras instituciones sociales. Mas porque haya habido condescendencia o acaloramiento bien excusables, buena fe y loable en algunos de los que se agregaron más o menos tarde al partido de la resistencia, ¿puede desconocerse que del lado de la sumisión se mostraron cuantos por su situación podían conocer mejor los intereses de la España y de cuantos más de antiguo tenían bien adquirida la opinión de prudentes y celosos por el bien de su País? Y en esta oposición de pareceres entre los que estaban en acción y el estupor y abatimiento que ocupaba los ánimos del inmenso número que callaba, ¿dónde podía buscar el habitante de España la autoridad nacional? ¿Cuál entre tan contrarios dictámenes debía seguir? ¿A cuál entre los que querían mandarle debía obedecer? Y en esta angustia ¿no es claro que era preciso decidirse por aquel gobierno que a cada cual pareciese menos funesto para su país o más a propósito para restablecer el orden social, e impedir los horrores de la anarquía? Pues veamos lo que bajo esta consideración pudo presentarse como verdadero voto nacional por ser el que se presentaba más útil o menos ruinoso por España.

5. Razones de convención pública que persuadían la adhesión al gobierno del rey designado por las acatas y tratados de Bayona

Es bien notorio el estado de decadencia y debilidad en que se hallaba nuestra Nación en la época de nuestras desgracias. Sin ejército, sin dinero, sin crédito, las rentas del estado disipadas, agobiados los pueblos de cargas insoportables, una enorme deuda contraída y obstruidos a seco del todo los manantiales de la prosperidad pública. Dominaba en Europa un hombre extraordinario al frente de una Nación poderosa. Las más fuertes potencias del continente europeo habían doblado ante este coloso la altiva cerviz. Los Jefes de muchos pueblos habían dejado de contarse en el número de Príncipes y Estados considerables incorporados en otros habían perdido su independencia y su antiguo nombre.

Numerosos y valientes ejércitos mandados en persona por sus propios Monarcas habían desaparecido a su vista, cediendo provincias y reinos enteros para aumentar el imperio del vencedor. El gobierno de España no había encontrado otro medio de salvarse sino evitando a costa de dinero y otras condescendencias la enemistad del hasta entonces invicto caudillo. Por desgracia para nosotros, o la política de este no le ofrecía seguridad suficiente en su trono, si el de España no estaba ocupado por un individuo de su propia familia, o la embriaguez de su constante fortuna le sugirió el deseo de engrandecerse con esta nueva adquisición. Sin embargo la ejecución de esta idea aparecía haberse dilatado para otro tiempo: el Tratado de Fontainebleau de 27 de octubre de 1807 aún respiraba amistad con nuestros Reyes y el que en marzo de 1808 se proponía a Izquierdo no quitaba del todo las esperanzas de que el mal no tuviese remedio alguno. Por los incidentes de Aranjuez y los disgustos que entre los Reyes padre e hijo de allí nacieron, precipitaron la empresa y dieron ocasión a substituir al proyecto de conquista la precipitada negociación de Bayona.

Ya hemos visto que la sensible resolución tomada por nuestros Príncipes fue motivada de la persuasión íntima en que se hallaban de no ser posible la resistencia a fuerzas tan superiores. Y si este concepto era bien fundado, cuando al fin las nuestras podían reunirse a la voz de su Rey, ¿qué podía esperarse cuando deshecho nuestro nudo social, divididas las provincias en facciones, dislocadas las tropas, desorganizada la administración, ocupadas por las armas francesas la Capital, un extenso país y los baluartes del Reino, no se veía de todos lados sino el incendio de las más violentas pasiones? Fácil era discurrir que al momento que se implorase el auxilio de la Gran Bretaña se la encontraría prontísima a prestarle. Era muy obvio que un enemigo poderoso y constante de la Francia aprovecharía con la mayor satisfacción este nuevo campo de batalla con su rival, abierto al mismo tiempo en que cabalmente se le habían cerrado todos los que en más de quince años de cruda guerra había buscado en el resto del continente. Por semejante cálculo los catalanes, cuando, haciendo también pedazos a su Capitán General, se rebelaron contra Felipe IV, hallaron en los celos del Cardinal Richelieu cuanto apoyo necesitaban. Así apenas llegó a oídos del gabinete inglés la noticia de los primeros movimientos de España, al momento se inundó la península de sus agentes que con sus dádivas y sus bien ponderadas promesas dieron el principal impulso a la fermentación. El atolondramiento de las Juntas que por los medios arriba dichos se crearon, no dudó de echarse sin detención y a cuerpo perdido en las manos de esta nación apellidándole luego su libertadora. No siéndoles posible tener de otro modo armas, ni dinero, ni aprestos militares, convirtieron de repente en su mayor amigo al mismo con quien a la sazón estaba España en justísima guerra; y sin los pactos previos que a la enemistad presente pusieran fin y estableciesen las bases de la alianza futura, al momento hubo ejércitos y Ministros ingleses en nuestro suelo y emisarios andaluces, gallegos y asturianos en Inglaterra.

Pero el hombre de estado, el que se detuviera a pensar con la calma del juicio sobre la posición e intereses de su Patria, ¿podría adoptar fácilmente una tan arrebatada transformación de política? Nuestra guerra con los ingleses había tenido como principio por la presa de cuatro fragatas ricamente cargadas de nuestras colonias, hecha por estos en plena paz: el origen de ella era el odio del gabinete de S. James contra cuantas naciones pudiesen aspirar a algún poder marítimo y señaladamente contra la nuestra cuyas costas en Europa y cuyas inmensas posesiones de ultramar la daban mayor proporción de rivalizarla. Este afán de obtener el dominio exclusivo de los mares, la preferencia de su comercio de industria en todo el globo, había sido el objeto de su diestra política al formar todas sus coaliciones desde que ardía la guerra continental. Todas nuestras guerras anteriores con la Gran Bretaña habían tenido igual origen e intereses. ¿Qué motivos pues se presentaban en 1808 para calificar de perfectamente sincera y protectora la amistad repentina de tan antiguo y natural enemigo? ¿O qué recursos propios podía a la sazón ostentar España para tratar de igual a igual con tan poderosa nación y mantenerla siempre con el carácter de auxiliar sin que tomara muy en breve el de dominadora? Por otra parte, aun supuesta la sinceridad de los auxilios de la Inglaterra, no bastaban estos para resistir a la fuerza del Emperador de los franceses, ¿quién podía dejar de temer las funestísimas consecuencias de esta lucha? ¿No era de recelar que o conquistada la España se convirtiera en departamentos franceses o se dividiera en trozos para indemnizar a varios Príncipes o se partiera con los ingleses mismos como precio de la paz entre ambos gigantes émulos del poder, o de otros mil modos desapareciera del número de las naciones después de ser aniquilada y destruida por todos los ejércitos combatientes?

Estas y semejantes reflexiones se presentaron con la mayor viveza al ánimo de los españoles prudentes para apartarlos de buscar el remedio de sus males en tan peligrosa alianza. No es decir esto que no les aquejasen también grandes recelos de parte de la política de Napoleón. Pero considerando a los hombres públicos como se debe por los intereses de la Nación que gobiernan y como aconseja la prudencia por sus miras y pasiones personales, todo parecía concurrir a demostrar que en no romper la antigua unión con la Francia y recibiendo en el siglo XIX como se había recibido a principios del XVIII un monarca de su dinastía hallaba España el mejor y aun el único medio de salvarse. La posición geográfica de ambas naciones había hecho un axioma de buena política su estrecha unión y amistad y la ambición particular del jefe francés era altamente lisonjeada con ver al mayor de su familia sentado en un trono de tanta importancia. Su vista siempre vuelta del otro lado del Continente, donde renovaban fácilmente las guerrillas, y fija sobre todo contra la rival de Francia y la única que no habiéndole reconocido Emperador tenía ofendido su amor propio, aseguraba, en cuanto puede asegurar el cálculo político y el conocimiento del corazón humano, que no variaba las miras sobre la España, al menos mientras aquellos grandes objetos tuviesen llamada toda su atención. Así la integridad e independencia de nuestro país no se ponía en riesgo y aun cuando más adelante fueran amenazadas, ¿quién sabe lo que hubiera podido exigir o contener el aspecto de una Nación hasta allí intacta en su territorio, en su población y en sus recursos? ¿Quién sabe cuál hubiera sido su buena suerte en la ocasión de un Congreso Europeo o lo que hubiera influido en la pacificación universal?

Es una injusticia atroz juzgar ahora del mérito de estos cálculos por los sucesos posteriores. Cicerón no sospechó que el engrandecimiento proporcionado por su elocuencia e influjo a Pompeyo en las difíciles circunstancias en que se hallaba Roma excitaría la ambición de César hasta concebir y ejecutar el plan de sojuzgar la república. Y porque este mal vino de aquel esperado bien, ¿diremos que el padre de su patria, el sabio a quien después de veinte siglos admiran los hombres, fue tan traidor o un imbécil? Esta es la diferencia, decía Demóstenes, entre el que aconseja y el que calumnia. El primero se muestra antes de los sucesos y se expone a los tiros de los resentimientos de los hombres y de los reveses de la fortuna; lo toma todo sobre sí. El otro calla cuando es preciso hablar y espera el momento de un desastre para levantar el grito de la acriminación y del odio. Y sin alejarnos de nuestros propios días, el astuto Senado de Venecia que por siete siglos había hecho florecer en su República en medio de las sangrientas convulsiones de los estados vecinos olvidó de repente toda su política, se convirtió en enemigo de su Patria y de su propia gloria cuando las mismas precauciones que tomó para salvar su país le pusieron a la discreción del conquistador de Italia en 1797 y le han hecho desaparecer después del número de las Naciones independientes. ¿Quién pudo por el contrario anunciar a la Holanda que su incorporación a otro imperio produciría a la vuelta de dos o tres años la restitución de su antiguo Príncipe y un aumento extraordinario de su territorio continental? El señor Escoíquiz ha dicho en defensa suya personal una verdad generalmente incontrastable: “Alguna vez el que toma todas las precauciones que la prudencia puede proporcionarle yerra. Pero ¿por esto se deberá adoptar el partido de juzgar de lo futuro temerariamente y preferirlo al de juzgar por las leyes de la prudencia que de cien veces nos hace adivinar las noventa y nueve? Solo Dios puede saber anticipadamente los sucesos contrarios a ellas; pero los hombres no tienen otras reglas seguras para adivinarlos, y siempre que se conforman con ellas, han cumplido con su obligación en cuanto está de su parte sea cual fuere el éxito”. Aplíquense estas solidas doctrinas al caso presente, y júzguese por ellas a los que creyeron que en su unión con la Francia estaban los menores peligros para nuestra nación. ¿Y con cuánta mayor razón habrán de hacernos igual justicia aquellos pocos que al alistarse en el partido de la resistencia se proponían dar a España Constitución y leyes nuevas, tales cuales ellos creían ser convenientes al bien común y a la prosperidad nacional? Ellos experimentaron muy en breve la desunión propia de toda reunión de muchos llamados a formarla por diversas pasiones e intereses. Empeñados los unos en mantener todos los abusos del poder, todos los restos de nuestra feudalidad, todos los privilegios que empobrecían y envilecían la generalidad del Pueblo por engrandecer las clases y corporaciones a que ellos pertenecían; exaltados otros por poner en práctica teorías tan halagüeñas a nuestro orgullo como superiores a nuestros esfuerzos e incompatibles con la tranquilidad y conservación de los estados, bien a la vista han estado los frutos del esfuerzo de los que verdaderamente deseasen el bien de su país. Y sino, ¿dígase qué hizo con dirección a aquellas apetecidas reformas la Junta llamada Central en los quince meses de su prófuga y precaria existencia? ¿Qué adelantaron las Cortes extraordinarias en sus interminables disputas y ejerciendo por si mismas todos los poderes? Quitar y poner regencias, suplantarse unos a otros los partidos, acabar con todos los recursos de la España, enajenar las Américas y producir una Constitución mal copiada de las que habían pasado como relámpago en nuestra vecindad, inconsecuente en sus mismos principios, y en la cual falta nada menos que el centro de unidad de acción y movimiento de la máquina política; ¿Y cómo, aun cuando hubiera sido esta obra más perfecta, se habría puesto en planta dominando entre los ejecutores mismos el número de los interesados contra la innovación? Las Cortes ordinarias que reemplazaron a las Constituyentes eran compuestas en gran parte de privilegiados y juntándose a estos los menos instruidos, sobradas ocasiones tuvieron los defensores del nuevo orden de cosas proyectado para conocer la debilidad de sus fuerzas.

Esta imposibilidad de obtener la menor de tales ventajas para nuestro país con solo nuestros medios interiores se presentó desde el principio a la vista de los españoles que aceptaron el Rey y la constitución de Bayona. Veían en esta templada, sin destruirse la Monarquía, establecida una representación nacional, contenido el desorden en el manejo de las ventas públicas y la arbitrariedad en la imposición de contribuciones, declarada la independencia y uniformidad de la administración de justicia, reducidos a términos poco dañosos los mayorazgos, y reconocidos en fin muchos principios de los que todo el mundo civilizado tiene por verdaderas fuentes y origen de la felicidad pública. Consideraron que estos pasos dados desde luego hacia el bien eran más útiles a la España que todo proyecto de mayor perfección habiendo de pagar los trances de guerra de las pasiones y de correr la ventura de vencer o ser vencido por las preocupaciones y la ignorancia. Y no dudaron que un Rey interesado en sostener lo prometido para ganarse la voluntad de los pueblos, suficientemente fuerte para vencer los obstáculos que a ello se opondrían, y rodeado, como mostraba deseo estarlo, de los sujetos de mayor opinión, de luces y conocimientos, valía más que una revolución interior comenzada por una verdadera rebelión contra las autoridades establecidas, sellada con la sangre ferozmente vertida de muchos hombres de bien. ¿Y acaso estos motivos de persuasión, cuya existencia dudo mucho haya quien se atreva a negar, el principio de nuestro desastre, desaparecieron o se debilitaron posteriormente en todo el tiempo que duró la guerra que ha asolado nuestra nada Patria?

6. Las razones que disuadían la resistencia no se debilitaron por ninguno de los acontecimientos posteriores

Los auxilios que en armas y dineros suministró la Inglaterra a los primeros levantados de Granada y Sevilla facilitaron a estos la reunión de un ejército que en Bailén obtuvo inesperadamente una completa victoria. Las armas francesas y con ellas el nuevo Rey tuvieron que retirarse a las orillas del Ebro. Nacieron con este motivo grandes esperanzas en muchos que las tenían perdidas. Redoblaron los ingleses sus esfuerzos y su diligencia, levantáronse ejércitos en varios puntos de la península, se fueron reuniendo grandes masas en Aragón y Castilla, cuantos recursos puede ofrecer el más ardiente entusiasmo, cuanto es capaz de poner en movimiento el orgullo de una señalada victoria, cuantos arrancaba al terror, y cuantos sugería el deseo de la venganza, todos se dirigieron a oponer la más declarada resistencia al destino que se nos presentaba. No pocos de los que hasta aquí había seguido y sostenido el dictamen de la sumisión se declararon por aquella otra causa, sea porque su opinión variase con los sucesos, sea porque las lisonjeras victorias del día les obscurecieron la perspectiva de lo que aventuraban para lo futuro, sea en fin por otros fines más personales y menos honestos. Pero los que por haber meditado el negocio en grande y en sus más inmediatas y remotas consecuencias no veían en la victoria obtenida sino un suceso momentáneo, y que en nada variaba el estado de la cuestión, tuvieron grande motivo para afianzar su opinión, primero en cuanto vieron pasar por sus ojos inmediatamente. Por de pronto se presentó palpable la falta de unión social, cada Junta de las que se habían abrogado el mando en varias capitales quería ser superior a las otras, o a lo menos independiente en todo el territorio a que pudiera extender su influjo. El Consejo de Castilla, único cuerpo que parecía poder sustituir la dignidad real, a lo menos mientras la Nación legítimamente reunida otra cosa no dispusiere, vio vilipendiados sus respetos, acriminada su conducta, desconocido su influjo hasta no poder dar protección a individuos, y a mostrar su dolor hallando tantos principados como Provincias, tantos tribunales supremos cuantos en cada una de ellas entendían en los varios ramos de la administración. Los mismos celos y división reinaban entre los Generales encargados del mando de los ejércitos y así como faltó muy poco para que Granada y Sevilla echasen a la suerte de las armas la supremacía de su mando, así estuvieron cerca de disputar de la misma manera Cuesta y Castaños que a la verdad eran los que más derechos presentaban para la presidencia. Solo el peligro común hizo dar treguas a estas lides quedando siempre intacto el principio de la división y del desorden.

El Consejo indicó en sus varias alocuciones a los Pueblos y a los Generales un medio de conciliación, acaso el único que podía proporcionar un centro de gobierno, sino del todo legal, el más apropiado a lo menos a lo que podía ser útil en aquellas circunstancias. Apoyado en la ley 3., tít. 15, partida II que en un caso harto diverso del trastorno total de la Monarquía, dispone que en la falta momentánea de la persona del Rey se encargue el mando a una, tres o cuando cinco personas bien escogidas, aconsejaba que las mismas Juntas por su propia autoridad creadas en las Provincias enviasen dos individuos por cada una a la Capital “para que conferenciasen sobre el plan que podría tal vez ser oportuno para fijar la representación de la nación”14.

A duras penas se resolvieron las Juntas a adoptar este débil remedio de tantos males, y aunque tarde y con nuevas discordias y aun violencias en la ejecución15 al fin se reunieron un cierto número de diputados en Aranjuez. Mas cuando se aguardaba por fruto de sus conferencias el tener una Regencia provisional y un llamamiento a Cortes generales del Reino para examinar y resolver sobre los intereses de la Nación entera, se les vio ejercer ellos mismos el supremo mando, y exigir la obediencia de todas las autoridades, incluso del mismo Consejo de Castilla que la prestó solo para aumentar la fatal discordia16.

No hubo por eso mejor unión de gobierno. Las Juntas parciales continuaron mandando en su distrito, en su ejército que cada cual armaba y el General de su elección. En la Central reinaba el mayor desacuerdo y el voto de los pocos sujetos a quienes su antecedente opinión había colocado en ella nada valía entre los díscolos osados o ignorantes. Ni aun el reglamento interior de sus sesiones llegó a ordenar esta informe reunión en el mes y medio que duraron sus sesiones en Aranjuez. Se publicó la guerra, se pusieron en movimiento los ejércitos sin ningún plan general de campaña antecedentemente discutido y adaptado. Blake en el norte de Castilla y Castaños en Navarra obraban con total independencia, y aun en los generales que en cada cual de estos ejércitos existían, pocos iban de acuerdo con lo que su Comandante en Jefe disponía.

¿Qué esperanzas pues de vigorosa defensa podía dar una disposición de cosas semejante?

Los síntomas de anarquía y de insubordinación continuaron por todas partes. Yo vi en Madrid hacer pedazos y arrastrar por las calles varios infelices a quienes ningún Magistrado pudo librar del furor de la plebe. Vi insultado y expuesto a perder no menos vilmente la vida al General Llamas que quiso contener uno de esos crímenes. Las atrocidades ejecutadas en varios pueblos de provincia con el exministro Soler, el tesorero Noruega, el canónigo Duro y otros muchos sujetos de carácter estremecían cuanto había de humano y sensato en la Capital, y en esta misma vi temblar a personas muy respetables sin hallar acogida segura contra la desenfrenada multitud. ¡Qué de fieras venganzas se satisficieron entonces! ¡Qué violaciones horrendas de cuanto hay sagrado entre los hombres! Haber recibido un favor o haber dependido de cualquier modo del que en tiempo de Carlos IV ejercía toda la autoridad; haber nacido en Francia o de padres franceses o tener la menor relación de parentesco o amistad con esta raza de hombres eran delitos castigables por cualquier asesino y del modo más vil que este acertara a inventar. Su cadáver mismo debía servir por las calles de juego y diversión al fiero vulgo hasta que sus pedazos divididos dejasen de parecer partes de cuerpo humano. Tener opinión de algún más saber, producir un dictamen menos arrebatado, pasar por más ricos que sus convecinos, autorizaba todo género de insultos y calumnias, cuando no santificaban el asesinato. Basta decir que las cárceles mismas fueron el único asilo que los más prudentes Magistrados pudieron dar a millares de víctimas para salvarlas momentáneamente de tales furores.

Entretanto el entonces Emperador de los Franceses arregló en las conferencias de Erfurt sus negocios con las grandes potencias continentales, marchó a la península con nuevos ejércitos y en dos meses destruyó todos los obstáculos que el concurso de las fuerzas de España y el empeño de la Inglaterra habían logrado oponerle. Las victorias de Espinosa de los Monteros, de Tudela de Navarra, de Burgos y Somosierra le condujeron en triunfo hasta la Capital, y la fuga precipitada del gobierno de Aranjuez, la disipación en Vélez de los restos de nuestro ejército y la desastrosa retirada del auxiliar inglés hasta embarcarse en la Coruña dejaron a la España toda a la merced y voluntad del vencedor. A gran dicha se tuvo por entonces que este convirtiera todos los derechos de conquistador hacia el único objeto de colocar en el trono a su hermano. Madrid apenas supo que el Rey José estaba a sus puertas imploró su amparo y ofreció su sumisión y juramento. Bajo este concepto obtuvo una capitulación ventajosa y para cumplir con más solemnidad reunió sus vecinos en las Parroquias. Más de veinte y siete mil de estos pusieron sus firmas ante el Santísimo Sacramento del altar reconociendo por suyo al nuevo Rey, y una diputación muy numerosa, compuesta de individuos de los primeros cuerpos del estado de aquella municipalidad fue hasta Valladolid en busca del Emperador para pedirle que permitiera a su hermano entrar en la Capital y empezar a ejercer el Real mando. Muchos pueblos principales de las Castillas y Galicia mostraron iguales deseos, y la España toda hubiera seguido este ejemplo, si un nuevo incidente no hubiera dado ocasión a resucitar muertas esperanzas, y a que en la parte meridional de la península quedase aún libre un campo de batalla a los ingleses y un lugar de refugio a aquella sombra de gobierno denominada Junta Central.

La guerra de Austria en 1809 llamó a Napoleón y sus mejores tropas al Danubio cuando podía llevarlas a Lisboa y las columnas de Hércules sin la menor cosa que le estorbase. La Inglaterra aprovechó diestramente esta oportunidad para poner a su devoción los que llevaban la voz del mano en Sevilla, para aumentar sus propias fuerzas en la península, organizar ejércitos a su sueldo en Portugal, sin descuidar al mismo tiempo la destrucción de nuestros arsenales y marina y el acabamiento de nuestra industria, de nuestro comercio y nuestras artes. Poco faltó para ocupar también desde luego las fortificaciones de Cádiz y otros puntos de la costa; mas para poder en adelante hacer esto u otra cosa que asegurara su dominación en nuestro suelo, cuidaron mucho de exponer a los riesgos las nuevas tropas que se levantaron, reservando las suyas para cuando la inferioridad de aquellas no pudiera sostener a la vista de estas el decoro y la independencia nacional. Díganlo las batallas de Medellín, Almonacid, Talavera y Ocaña en que todo el destrozo fue para los españoles, sin haberse apenas presentado en una de ellas un cuerpo de los ponderados auxiliadores.

La mala suerte de estas desastrosas jornadas confirmó a españoles ya obedientes a José más y más en la seguridad de su opinión sobre la imposibilidad de la empresa y atrajo al mismo dictamen a muchos de los hasta entonces no convencidos. Porque reflexionaban que si en un tiempo en que la fuerza de las armas francesas y la atención de sus caudillos estaba llamada a tantos centenares de leguas de nosotros, eran insuficientes todos aquellos medios para contrastar la que en España quedó, ¿qué podía esperarse sucediera para caso de poder la Francia reforzar y llevar más adelante sus legiones? Aumentaron prodigiosamente estas persuasiones con lo sucedido en el año siguiente de 1810. La paz de Viena y la estrechez de enlaces contraídos entre los dos Emperadores dejaron al de Francia en estado de enviar algún refuerzo a sus ejércitos de la península. Los desfiladeros de Sierra Morena se apoderaron en cosa de un mes de los cuatro Reinos de Andalucía. El gobierno de Sevilla se disipó del todo y solo Cádiz ayudado de su posición, exaltado por los ingleses y por las reliquias del partido resistente allí acogido, fue el pueblo que desde los Pirineos al estrecho de Gibraltar dejó de rendir su obediencia a José Napoleón. Nuevos y continuados triunfos del Mariscal Suchet en Aragón, Cataluña y Valencia pusieron sucesivamente a su discreción toda la España oriental hasta los muros de Alicante. Por manera que puede asegurarse con toda verdad que en el año 1811 apenas una octava parte de los pueblos de España dejaron de someterse. No se diga de inútil esta sumisión a motivo de la fuerza que la ocasionaba. No olvidemos que esta fuerza es la misma que se ejercitaba en todas las guerras del mundo, y sin embargo son válidos y obligan los pactos y capitulaciones entre vencedor y vencidos. Ni desconozcamos los síntomas de voluntaria y sincera sumisión que entonces se mostraron en todas partes. En la capitulación de Madrid cuidaron todas las autoridades de estipular la manutención de empleos no solo municipales sino generales de la Nación: artículo que hubiera sido muy inútil si los que lo propusieron hubiesen considerado aquella capitulación como meramente militar, o de una plaza sitiada, o hubiesen tenido por criminal todo servicio público bajo el mando del rey José. Y si el Emperador de los Franceses, por uno de sus rasgos de su precipitada política, no hubiese disuelto entonces ciertas corporaciones, entre ellas el Consejo de Castilla, ninguna de ellas hubiera desamparado sus funciones. Bajo igual persuasión continuaron en las suyas los tribunales inferiores y superiores, y los demás empleados que residían en las grandes ciudades y en los pueblos pequeños, todos los cuerpos civiles, eclesiásticos, literarios y aun regulares, mientras no fueron disueltos, todos se presentaron, felicitaron y juraron al nuevo Rey dándose contentos de librar por este medio la patria de los estragos de una conquista. En las Andalucías es indudable el júbilo con que el nuevo orden de cosas fue recibido. El gobierno de la Junta Central se había allí completamente desacreditado; las miras del gabinete inglés eran ya sobradamente conocidas, y las desgracias habían desengañado aun a muchos de los más ardientes. Sevilla y Granada se apresuraron a formar cuerpos de honor de la Real persona a pie y a caballo. Numerosas y muy escogidas Diputaciones vinieron a prestar sus homenajes en nombre de los pueblos en donde el rey no hizo ninguna residencia; los caminos y las calles de los de su tránsito se llenaban de gentes que repetían los más vivos y al parecer los más sinceros aplausos. En los más suntuosos templos resonaron los ecos de acciones de gracias al Todopoderoso solemnizados con la mayor pompa y repetidos por un inmenso pueblo dentro y fuera de su recinto. Una numerosa reunión de diputados de las más importantes poblaciones se ofreció voluntariamente y se presentó por mar y tierra a la vista de Cádiz para inclinar a este pueblo a seguir el ejemplo de su sumisión. La populosa y rica Ciudad de Valencia expresó al Mariscal Suchet su grave sentimiento de no haber logrado más antes el verse libre del desorden que devoraba todo aquel Reino; y al punto que se le permitió envió una diputación de las personas más distinguidas a Madrid, donde recibieron con la mayor complacencia gracias y distinciones. En una palabra cuantas señales puede dar un país de encontrar el fin de sus males en la suerte que se le presenta, otras tantas sin exceptuar ninguna concurrieron en los años de 1810 y 1811 a acreditar que según el voto de cuantos podían conocer el verdadero interés de la España solo podía conseguirse este objeto en una sincera sumisión. Si los millares de hombres condecorados y distinguidos por su nacimiento (o su situación política) saben que entonces hablaron y obraron en este sentido, callan ahora o dicen lo contrario, será fuerza calificarlos de los más pérfidos lisonjeros en aquella época o de los más infames enemigos de la verdad al presente.

No se oponga contra la generalidad y sinceridad de esta opinión los síntomas de desacuerdo que se manifestaban ya en la emigración de muchos a los pueblos no sometidos, ya en el aumento que tomaron las llamadas partidas de guerrilla, ya en el disgusto que se advirtió hacia el fin aun en las provincias obedientes. En la época en que hasta aquí nos referimos, la emigración era en su mayor parte momentánea: huían las gentes al acercarse los ejércitos vencedores por el miedo de los males que trae consigo el tránsito de la fuerza armada, especialmente en la proximidad de los sitios donde hay acciones de guerra: volvían luego que pasaba el peligro, excepto algunos que contaban con una existencia más segura en su nueva residencia. De Madrid se alejaron muchos grandes, apartados por el violento decreto de proscripción que el Emperador dio en Burgos contra diez de las casas principales y no volvieron porque la riqueza de sus estados les proporcionaba medios de vivir en otras partes. También se ausentaron hacia Sevilla en 1809 varios de los que en la Capital había quedado sin destino y por la supresión de los cuerpos a que pertenecían ya porque no tenían cabida en los que restableció o instituyó de nuevo el rey José. Allí encontraron muchos alguna colocación cerca de la Junta Central y esto les movió a continuar su peregrinación a Cádiz al ocupar el ejército francés las Andalucías. De los demás habitantes de estas fue muy pequeña la emigración y aun muchos de la parte de acá de Sierra Morena que allí se habían antes acogido volvieron entonces a sus hogares. Es decir que no por expresa contraria opinión, sino por miedo, por conveniencia propia, o por miras particulares dejaron sus casas los más de cuantos emigraron del país sometido, así como del no sujeto vinieron también no pocos a esta parte ya fatigados de seguir inútilmente otro bando, ya creyéndose más seguros en donde estaba la mayor fuerza, ya también en busca de alguna colocación. También son bien conocidas las causas del nacimiento y progreso de las llamadas partidas. No habiéndose podido, a motivo de la mencionada guerra del Austria, extender en 1809 los ejércitos franceses hasta los extremos de la península, se dio lugar a que su costosa manutención cargada sobre las Castillas después de los destrozos y males sufridos a su paso empobreciese y arruinase muchas familias, e hiciese errantes otras cuyo domicilio había desaparecido enteramente o había quedado inhabitable. Así varios individuos de ellas, ya por venganza, ya por necesidad, sintiéndose con fuerza corporal suficiente, se echaron a vivir en los caminos y despoblados de los que su atrevimiento personal armado de cualquier manera, podía proporcionarles. Muchos pueblos y ciudades pacíficos sintieron muy en breve los daños de semejantes reuniones que se cohonestaban con el pretexto de perseguir e incomodar al ejército francés; y acaso no hubieran sido tolerados por el gobierno de Sevilla si la desolación que por este género de guerra venía a España no hubiese sido muy conforme a los intereses de Inglaterra. El atractivo de esta vida errante sin sujeción a ninguna disciplina militar y con la facultad que da la fuerza armada a subsistir y enriquecerse a costa del ciudadano pacífico, fue aumentando el número de tales bandos hasta no dejar en quietud a habitante alguno de las que por su parte hacía el ejército extranjero. De ahí las columnas móviles que enviaba para arrancar víveres y contribuciones; de ahí veíanse los más acomodados habitantes robados, insultados, y destruidos sus bienes alternativamente por los unos y por los otros; de ahí solicitar muchos pueblos tener constantemente guarnición francesa a pesar de lo costosa que les era su manutención; y de ahí el despoblarse las aldeas para acogerse a las villas o ciudades más grandes e inmediatas a los cuarteles generales.

¿Y en tal estado de cosas cuál debió llegar a ser el disgusto y el abatimiento de todo español? Viendo de un lado alargarse indefinidamente una guerra tan sangrienta y asoladora; observando de otro miras muy contrarias a la integridad e independencia de nuestro territorio de parte de entrambos poderosos combatientes y sufriendo de todas vejaciones, insultos y daños incalculables, ¿qué efectos podían abrigarse en su pecho sino el del dolor y la tristeza llevados hasta el punto de la desesperación? ¿Cuál pudo ser, y fue en efecto ya entonces el verdadero voto nacional? Que se resolviera inmediatamente la cuestión disputada entre las modernas Roma y Cartago; que mandara José Napoleón en toda España, si así estaba ordenado por el destino, o fuese echado él y los franceses y los ingleses y cuantos extranjeros pisaban el suelo español, y con ellos desapareciesen también las bandas y los ejércitos españoles que lo destrozaban diciendo que lo defendían.

Este grito tan propio y natural en cuantos personalmente padecían era común aun a aquellos que por más vecinos al Gobierno de Cádiz o de Madrid parecían a los ojos del vulgo más satisfechos y afortunados. ¿Cuántos de los mejores y más ilustrados ciudadanos que componían las Cortes, o la Regencia, en aquel extremo de la Península no se estremecían al ver la marcha de los negocios públicos, la tendencia de unos demagogos a alzarse con el absoluto mando, las maquinaciones de otros por poner a la discreción de la Inglaterra nuestra suerte así como lograron poner nuestras armas a la de un generalísimo de esta Nación? Los Jefes de aquel Gobierno, elevados y destituidos, según la facción que dominaba en las Cortes, aterrados estos frecuentemente por el grito sedicioso de las Tribunas, batallando el extravío de la democracia con el furor del fanatismo hicieron más de una vez a los verdaderos amigos de su país conocer la vanidad de sus esperanzas concebidas a favor del triunfo nacional y de la mejora de nuestras instituciones sociales. Por su parte los ministros del Rey José, sus principales empleados, todos aquellos que sirviendo bajo sus órdenes se propusieron contribuir al mayor bien de su Patria, ¿cuántos no sufrieron cuando en el establecimiento de los gobiernos militares de algunas Provincias, en la independencia con que se autorizó a obrar a los Mariscales y Generales del Imperio francés, vieron amenazada la integridad e independencia de la Nación del lado mismo que tan solemnemente se había asegurado? Bien notorios fueron los esfuerzos y las relaciones hechas por el rey mismo y por cuantos le rodeaban contra los hechos que hacían sospechar tan funestas miras. Varios Ministros fueron enviados a París para conjurar semejante tempestad: el mismo José hizo igual viaje con el mismo intento; y el gobierno de Cádiz publicó en varias ocasiones documentos que acreditaban todos estos esfuerzos del partido verdaderamente nacional en defensa del honor de la libertad española en medio de las bayonetas y del poder que parecía querer destruirla.

Pero todos los arbitrios de la prudencia eran poco eficaces cuando las armas de los dos colosos que nos oprimían llegaron a ser las únicas que dictaban las leyes, y las ejecutaban. La fuerza propia de la nación había desaparecido; el gobierno que gritaba como soberano en Cádiz no tenía otro poder que el nominal conveniente a las ideas de la Inglaterra ni otra consideración pública exterior que la que proporcionaba el ascendiente que empezó a tomar la misma Nación sobre las otras del Continente. Los Soberanos que mientras la Francia les fue temible, tuvieron por buena la elevación del Rey José, y le reconocieron y saludaron de hermano, empezaron a mudar de propósito cuando hallaron su interés en coligarse nuevamente con la Inglaterra; Retiradas con este motivo las pocas tropas francesas de España, disgustado José ya por las indicadas ambiciosas miras de su hermano, ya por la conducta de los generales de este, y precisado el mismo a trocar las funciones de Rey por las de Jefe militar, tampoco podía dar a su gobierno carácter ninguno protector y estable. Así los españoles de uno y otro partido no tenían otra suerte que la de obedecer a la voz del sable siempre levantado sobre sus cabezas, y llorar todos la verdad del vaticinio de los que en 1808 anunciaron las fatales resultas de una temeraria resistencia. El único consuelo que en tal situación pudieron hallar a su dolor los buenos españoles que de algún modo se acercaban a los extranjeros era la posibilidad de hacer algún bien individual a sus conciudadanos. De los que se hallaban en semejante caso cerca del rey José puedo asegurar por experiencia propia la certeza de tales intensiones y de millares de buenos sucesos debidos al ardiente empeño de verificarlas. Prescindo de lo que Ministros y Consejeros trabajaron en orden a mejorar muchas leyes y varios objetos de administración pública. Los más de estos trabajos no llegaron a tener publicidad porque no podían llevarse a efecto alejado el ruido de las armas. Más aun ¿para suavizar los males de la guerra para templar los arrebatos, las rapiñas de los jefes? y de los subalternos militares ¿cuánto no batallaron aquellos y otros inferiores? ¿Qué hubiera sido de muchos pueblos y de millares de individuos si solo hubiesen abandonado la administración a los inspectores y comisarios franceses, si al lado de los jefes militares no hubiese habido frecuentemente españoles que intercediesen por los oprimidos, que acordasen el modo menos ruinoso de satisfacer los enormes y urgentes pedidos de los ejércitos? ¿Cuántas víctimas hubieran sido sacrificadas al arrebato y suspicacia de las comisiones militares si no hubiesen existido jueces y empleados sujetos a reglas conocidas, y que las aprovechaban para salvar la mayor parte aun de aquellos que en el rigor exigido por las circunstancias habían gravemente delinquido? ¡Ah!

¡Ahora se habrán olvidado estos grandes servicios hechos a la humanidad y a la patria! Acaso los mismos individuos y municipalidades enteras que entonces nos buscaban para protegerlos y ampararlos, que nos hallaban prontos a cuanto pudiese disminuir sus males, que mostraban la más cordial y sincera gratitud por el beneficio recibido puede ser que ahora nos acusen de cuanto les quedó que padecer por no poderse de modo alguno evitar. Así acostumbraba a raciocinar el que solo ve lo exterior de los negocios, con esa injusticia juzga el vulgo de los mismos que se afanan y exponen su vida por su bien. Así la plebe insensata de Murcia apellidó traidor y asesinó vilmente al respetable Elgueta en pago del grande beneficio que proporcionó a todo el vecindario, saliendo al frente de una Diputación a suplicar y obtener del general Sebastiani que no entrase en la Ciudad a mano armada. No pretendo quitar el mérito que contrajesen los buenos españoles que trabajaron en el mismo sentido bajo el gobierno que dominaba en Cádiz. Ni porque yo vea en la Constitución allí adoptada los errores propios de quien no junta a la lectura de los lisonjeros sueños de Platón y otros hacederos de república el conocimiento del corazón humano y la experiencia de la marcha constante de las pasiones, no por eso quiero buscar en sus autores fines criminales. Pero esa producción misma me acredita cumplidamente que cuantos en ordenarla se ocuparon no miraban ya como posible a sus esfuerzos el rescate de nuestra antigua dinastía, el restablecimiento del gobierno bajo que habíamos vivido hasta el principio de nuestras desgracias. De otra suerte no se hubiesen determinado a trastornarlo todo y convertir en una verdadera democracia lo que antes era una Monarquía casi absoluta. Si eran los derechos de Fernando y su familia los que aquel partido mantenía y representaba, ¿cómo no puso al frente de su gobierno la persona más inmediata después de los ausentes? ¿Cómo decretó nuevas y duras condiciones al mismo rey cuando volviera a ocupar el trono? ¿Cómo se excedió hasta a excluir de la sucesión a dos de los más cercanos de su dinastía?

¿Cómo…? Pero ¡ah! es solo después del inesperado desenlace que ha tenido la enmarañada serie de tantos y tan grandes negocios políticos cuando los mismos que así se olvidaban de los respetos de la dignidad Real y d los derechos de la familia que la ocupaba, esos mismos han osado insultar con los infames dictados de desleales y traidores a su Rey y a su Patria a los que siguieron la voz expresa del primero, y no ansiaron más que evitar el destrozo y ruina de la segunda. Rara iniquidad, y apenas creíble si no existiera el atroz manifiesto de tres de febrero de 1814.

Pero volvamos a nuestro propósito y examinemos el último acto de nuestra tragedia política.

7. Razones que justifican la conducta de los que habiendo reconocido por Rey a José Napoleón y servido empleos públicos bajo su mando continuaron en su obediencia hasta la restauración del Señor Don Fernando VII y se retiraron con los ejércitos a Francia

La preponderancia del poder francés en España cambió a favor de la Inglaterra en la batalla de los Arapiles, y se destruyó cumplidamente en Vitoria. Sus ejércitos hubieron de repasar el Pirineo en Junio y con ellos se retiró el Rey José y un gran número de empleados así civiles como militares. Pocos meses después, en 11 de diciembre, tuvo lugar el Tratado de Valençay por el cual se vio libre y restituido a su trono el Señor Don Fernando VII. Sorprendidos con este inesperado desenlace los que llevaban la voz del mando en Madrid, temieron que así la promesa dada por S.M. en dicho tratado como la consecuencia natural en el fin de toda discordia civil motivase la reunión de todos los partidos cerca del Rey, con lo cual era incompatible la dominación de que ellos se habían apoderado. Sea esto, o sea que exaltado en ellos por la novedad de la victoria un inesperado orgullo, se irritaron altamente por no poder llevar atados al carro de su triunfo aquellos hombres cuya bien merecida opinión vivía en España a pesar de encontrarse entonces en el partido vencido, ello es que desde que tuvieron la noticia del dicho Tratado de Valençay, se desataron en dicterios contra los ausentes, pusieron al Rey por condición expresa el que a ninguno llevase consigo y empezaron a calificar de enorme delito nuestra retirada y nuestra consecuencia hasta el fin de nuestro propósito.

Parecía que para librarnos de nuestra acriminación en esta parte bastaría alegar la resistencia que todo hombre honrado siente en sí mismo para apartarse de los juramentos que una vez pronunció, y para variar una opinión que ha tenido por cierta y segura por espacio de cinco años. Pero prescindiendo por ahora de estos bien naturales sentimientos, reflexionemos un instante sobre el valor de los motivos que podían justificar y persuadir la deserción que se pretende debíamos haber hecho del partido una vez abrazado.

La guerra que franceses e ingleses se hicieron en España varió en su última época de sucesos, mas no alteró los principios en que se había fundado nuestra opinión. Nosotros dijimos en 1808 que España por sí sola no podía resistir al poder de la Francia, y que de buscar el apoyo de la Inglaterra era hacer de nuestro suelo el teatro de la lid de estos agigantados campeones y quedar a discreción absoluta del vencedor. Creíamos además que este lo sería el emperador de los franceses, y de consiguiente que habíamos de sufrir después de los estragos de una sangrienta guerra la desventurada suerte de conquistados por el mismo que entonces nos ofrecía su alianza. Lo primero se ha verificado completamente: mil pueblos quemados y destruidos, la flor de la juventud española aniquilada, nuestras colonias en guerra con la Metrópoli, la pobreza, el luto y el llanto afligiendo nuestras familias y nuestros hogares han acreditado completamente la predicción de nuestra desventura. La de las victorias de Francia no fue menos acreditada de segura mientras su jefe no llevó centenares de miles de sus guerreros a perecer sobre el Moscova, el Vístula y el Elba. Y por lo que hace a los temores de miras poco amistosas de la Gran Bretaña respecto de nosotros, ni han faltado síntomas que demostrasen su certeza, aunque los extraordinarios sucesos que posteriormente han trastornado enteramente la política Europea no han permitido se justificasen, ni aún después de todo pueden acaso tenerse por enteramente desvanecidos.

La vuelta de Fernando VII a su trono fue del todo independiente si ya no fue contra la voluntad de los que en 1813 dominaban nuestro país; nació de verse su antiguo opresor oprimido a su vez por todas las fuerzas de la Europa unidas por motivos muy posteriores y muy diversos del de la variación de dinastía en España. ¿Qué era pues lo que aun después de las victorias de Wellington pudo convencernos de haber errado nuestra primera opinión, o de que mudando de repente de partido podríamos hacer feliz e independiente la suerte de nuestra patria? ¿Era ocasión entonces de ponernos de parte de la Inglaterra porque era victoriosa, abandonando a la Francia solo porque se hallaba abatida? Tengan presente que este abatimiento del jefe francés no era en junio de 1813 de tal naturaleza que quitase la probabilidad de ejecutar por su parte una paz ventajosísima; aún tenía entonces grandes ejércitos propios y alianzas muy poderosas; y sí bien notorio que pudo en Dresde asegurar para sí un crecido poder y algunas coronas para su familia. Y en este punto crítico, cuando todo respiraba una paz general, cuando sin duda se hubiera verificado si aquel funesto caudillo no se hubiese empeñado en mandar imperiosamente a la fortuna, ¿qué cosa más honrada, cuál más prudente pudieron ejecutar los españoles que poner su suerte a la decisión de la Europa congregada y resignar en sus manos el arbitraje de sus discordias interiores? Así pensamos sucedería cuantos entramos en Francia. Acogidos en diferentes puntos de asilo, llorando las pasadas desventuras de nuestro país, esperando el fin de ellas, del deseo de paz universal que parecía animar a cuantos guerreaban, vimos con el mayor placer adelantarse la libertad de Fernando aun más de lo que se conjeturaba, y al momento nos apresuramos a prestarle nuestro sumiso homenaje y a felicitarnos de volver a su obediencia? ¿Dónde pues está la culpa, dónde la imprudencia de semejante proceder?

Pero yo supongo que las ventajas ya obtenidas por los enemigos de la Francia en Junio de 1813 fuesen tales que hubiesen demostrado la falsedad de nuestras conjeturas. Supongo también que estuviese ya entonces patente la sinceridad y buena fe del diestro y reservado Ministerio de Gran Bretaña. En fin supongo que todo estuviese de acuerdo para convencernos de nuestros errores, y que efectivamente estuviéramos ya persuadidos de habernos groseramente equivocado. ¿Debíamos por eso el el mismo instante entregarnos neciamente a discreción de los que se mostraban nuestros implacables enemigos?

¿los vencidos en una acción de guerra se exponen al rigor del que a ellos viene la espada levantada, si pueden huir el golpe y salvarse en una capitulación?

¿Qué salvoconducto daban los ingleses ni el gobierno que bajo ellos se decía mandar en España a los que se les entregaban rendidos o desengañados?

Jamás dieron las Cortes de Cádiz un decreto que anunciase disposiciones de su parte a olvidar la división de partidos y restablecer la unión de todos los españoles. Por el contrario cuantas providencias tomaban, cuantas alocuciones entendían, cuantos hechos verificaban, todo respiraba venganza, encono y furor. Díganlo si no cuantos empleados se quedaron en Madrid en el verano de 1812, todos insultados, puestos en cárceles como facinerosos, sacados en cuerda como ladrones o asesinos hasta muchas leguas de la Capital. Díganlo cuantos en otros pueblos fueron hallados por las bandas o por los ejércitos que cruzaban el territorio. Dicterios, golpes, humillaciones de todo género, procesos arrebatados, suplicios no pocas veces y siempre amenazas tan atroces como los los suplicios, esos eran los rasgos de compasión y de confraternidad que experimentaban los que arrepentidos o imposibilitados de seguir los movimientos del ejército francés resolvían quedarse en el rincón de sus hogares.

Fuerza es que confiesen nuestros contrarios las ventajas que en esto les llevaba el gobierno del Rey José. En las épocas mismas de sus victorias, cuando casi todas las provincias de España lo reconocieron, ningún empleado del partido opuesto, ningún militar que voluntariamente rindió su espada tuvo que sufrir la menor humillación, antes raro fue el que no conservó su puesto, muchos los que mejoraron su situación, a ninguno se inquietó en lo más mínimo por sus hechos o sus derechos anteriores. Cuantos por temor o por otra causa habían abandonado su residencia eran libres de volver a ella y aun después de pasados los plazos que al ocupar el país se señalaban. Aun en la ejecución de decretos de secuestros y confiscaciones, decretos provocados también por el otro partido desde el verano de 1808 se hallaban fáciles medios de dar la administración y goce de los bienes a los particulares de los secuestrados, y por descontado se restituía cuanto no estaba vendido al que venía en cualquier tiempo a defenderlos. ¡Cuántos males se hubieran evitado si la pasión del otro partido no le hubiese hecho inaccesible a yoda idea de generosidad y a separar el tesón de las opiniones del rompimiento de todas las relaciones sociales con sus conciudadanos! Pero tengan o no por tolerables aquellos furores mientras duraba el choque de los partidos, ello es que existían, era preciso evitarlos hasta que llegara el día de la conciliación. Por justa que sea la causa del vencedor, no se aumentará la injusticia del vencido porque aguarde en paraje seguro las condiciones de la paz. Al ajustar estas se examinarán las anteriores obras de ambos combatientes y se dará el valor debido a las razones que las motivaron. En nuestro caso era bien excusado este examen, porque las causas de la división de opiniones en España eran bien notorias. La atroz persecución suscitada contra nosotros puede solo justificar se haya hecho en este papel el recuerdo de las principales. Y pues ellas acreditan que ni contra las leyes de la justicia, ni de la cordura, pasaron los que obedecieron a José Napoleón en España, no puede tenérseles por pecadores de ninguna de las consecuencias de esta determinación, inclusa la retirada final a esta otra parte de los Pirineos.

Cuando de cualquier modo se acaban las discordias civiles, cesa la animosidad que las producía y todos deben reunir sus esfuerzos para sanar las llagas que ha padecido la Patria. Siempre se han desertado las proscripciones de Mario y Sila, se ha colmado de elogios la clemencia de César, y aun hoy no se perdona la mancha de Augusto de haber permitido el asesinato de Cicerón, no obstante de haberse cometido este crimen antes de la cabal pacificación de Roma. Y si tal juicio merecen las acciones de los jefes de un partido contra los cuales personalmente se han batido los del opuesto, y cuya reacción, podían temer a cualquier momento, ¿cuál deberá formarse de lo que conviene hacer a un Príncipe cuyo ejemplo y cuyos consejos, ya que no se les quiera llamar preceptos obligatorios, fueron seguidos por un gran número de sus fieles vasallos y consentidos en larga temporada por las cinco sectas partes de sus pueblos? ¿A qué enorme distancia de sucesos y contradicción no se halló nuestro Rey Carlos I en los tumultuosos movimientos de los comuneros de Castilla y con todo solo exceptuó unas ochenta personas de la amnistía general que publicó para todos los levantados? Aun de las exceptuadas cuidó no se indagase su paradero, y se cuenta en singular gloria suya que, habiéndole dicho un cortesano donde se hallaba uno de los que fueron sus enemigos, le respondió: “Mas valiera que a él le dijeseis que yo estaba aquí: yo nada tengo porque temerle, y él puede temer de mí todo lo peor”.

La buena política aconseja lo mismo que la justicia y la magnanimidad en casos semejantes. Así en el Tratado de Utrech se aseguró el olvido de cuanto había pasado en España entre los secuaces de Felipe V y Carlos III, se pactó la manutención en los honores y dignidades de que los vencidos disfrutaban, y se procuró por todos los medios posibles no dar nuevos motivos de llanto a las familias que ya tenían suficientes con lo padecido mientras cruzaron el suelo español tantos ejércitos extranjeros y nacionales. El Tratado de Viena de 1725 aseguró a los secuaces del vencido alemán hasta las dignidades que este le concedió en el poco tiempo que pudo decirse Rey en posesión de nuestro suelo. Así ahora la paz de Europa, fundada en París el día 30 de Mayo de 1814, se tuvo por principio necesario el no recordar ni indagar nada de lo anteriormente sucedido, y estimar a los millones de ciudadanos que en tantos años de trastorno general han seguido diversas opiniones y obedecido a diversos dueños, no por cosa alguna de cuantas hicieron y pensaron sino por las virtudes o vicios personales que mostraron en cualquiera de esas situaciones, y por las esperanzas que cada uno puede ofrecer de ser útil a su Patria.

Fieles ejecutores de este acuerdo general cuantos monarcas se ven hoy restituidos a sus tronos entregan su confianza y elevan a distinguidos cargos a cuantos encuentran dignos de su aprecio en cualquiera de los anteriores partidos; y reciben en premio las bendiciones de todos sus súbditos como interesados en que así se establezca y consolide la paz interior. Solo los consejeros de Fernando VII encuentran crímenes que castigar en sus compatriotas de todas opiniones; solo ellos ven la seguridad del trono en alejar lo más posible un crecidísimo número de los que le veneran; solo ellos cifran el bien de nuestra Nación, la curación de las profundas llagas que siete años de guerra y de desgracias incalculables han hecho, en fomentar los odios y la animosidad de los partidos que existieron, en formar otros nuevos que no se conocían, en perpetuar el dolor de millares de familias dignas del mayor aprecio, en convertir en cárceles los Pueblos, en delatores y perseguidores a los más unidos en parentesco o amistad y en sembrar la desconfianza y el recelo entre cuantos habitan el suelo español. Los ejemplos que recuerda la historia no son lecciones dignas de su estudio y meditación. Los que ofrecen a nuestra vista los actuales Soberanos de Europa son en su fatal perspicacia groseros errores d política. Si por esta persecución se pierden diez o doce mil jefes de familia, muchos muy apreciables por su probidad y talentos, seis cientos mil dicen ellos perdió nuestra agricultura y nuestra industria con la expulsión de los Moriscos.

Si por efecto de esa desunión interior, de esa mutua desconfianza, no hay vida en el comercio, ni en las artes, si se destruyen las relaciones sociales entre los propios y las que toda Nación culta mantiene con los extraños, no importa: Castilla se vio ya destrozada por los bandos de sus Magnates algún día, y toda España fue en el siglo 17 esclava en su casa de la superstición y del orgullo, y la presa de que disponían a su antojo los gabinetes europeos para cuando faltare Carlos II.

¡Ojalá que la amada Patria mía no la atraigan hoy semejantes y aún más injustos hechos, iguales males y desventuras! Por mi parte seguro en mi conciencia de haber satisfecho hasta aquí cuanto el honor y la obligación exigen de todo buen ciudadano, moriré cumpliendo con el único deber que me resta, llorar amargamente las desgracias que temo para España y felicitarme conmigo mismo si alcanzo los s de su prosperidad y de su gloria.

***

NOTA

por Gérard Dufour

Vicente González Arnao afirmó en la dedicatoria de la memoria que precede que la escribió para justificar su conducta política entre 1808 y 1813 ante sus hijos. Miraba hacia muy lejos: los cinco niños que le había dado hasta entonces su esposa (le nacerá otro, Jacobo, en 1815), María del Carmen, Manuel Silvestre, María Pilar, Vicente Mariano y Antonia Ramona, todos nacidos en Madrid, tenían entonces respectivamente nueve, siete, seis, cuatro y un poco menos de dos años y, como señaló el propio Arnao, estaban “en demasiado corta edad para penetrarse de la importancia de este papel” que les dedicaba.

Semejante afirmación hubiera podido ser un mero pretexto para justificar la publicación de un texto “trascendente a la mayoría de los españoles refugiados en Francia” (como dijo, con menos razón, otro afrancesado, Juan Antonio Llorente en su Defensa canónica y política). Pero Vicente González Arnao ni hizo imprimir su memoria ni, por lo visto, nunca tuvo la intensión de ponerla a disposición del público. Pero se puede observar toda la importancia que concedía a este manuscrito por la caligrafía de la copia de este documento que hizo realizar por un amanuense y es de la calidad de las que se usaban cuando se hacía trascribir algún libro raro con el propósito de disponer de una pieza única que ofrecer a quien se merecería tamaño obsequio. Sin embargo, pese a la manifiesta voluntad del autor de disponer de un ejemplar perfectamente presentado, se pueden observar en el texto alguna que otra tachadura y añadidura y, sobre todo, el final es de otra letra, mucho menos cuidada y artística que la anterior, quizás la del propio autor.

Este cambio de copista y el hecho de que Arnao no hizo encuadernar ricamente el manuscrito no pueden explicarse por motivos económicos puesto que, según sabemos por los estudios que se le consagraron hasta hoy, su situación no cesó de mejorar desde su llegada a París. Tampoco deben interpretarse estas constataciones como una pérdida de interés de González Arnao por su justificación ya que la conservó hasta su muerte, en 1845, o sea durante 30 años. Pasó entonces a manos de su hijo menor, Jacobo González Arnao y Elejalde, y desde entonces sus descendientes la conservaron piadosamente de generación en generación.

Llegó así a manos de M. François Magne, arquitecto de profesión, e historiador de vocación, que tanto se apasionó por la vida y hechos de su antepasado que siguió sus huellas por cualquier sitio donde pudieran hallarse, especialmente en los archivos parisinos, de los cuales llegó a ser uno de los mejores conocedores (por no decir el mejor, a secas) por lo que se refiere al exilio de los josefinos. Pero sus desvelos no se limitaron a estos archivos y supo explotar, con la misma pasión, entusiasmo, rigor, método y tesón los recursos digitales que hoy tenemos a nuestra disposición y tanto nos facilitan la vida… complicándola al abrir a la par tantos nuevos horizontes.

Se puso en contacto conmigo en 2016 mandándome, de forma totalmente desinteresada, unos documentos importantes que se me habían escapado cuando estaba preparando mi tesis sobre Juan Antonio Llorente, defendida hace ya 40 años. Se mostró tan modesto, que tuve todas las dificultades del mundo para hacerle admitir que estas nuevas aportaciones las teníamos que explotar conjuntamente. Pero al cabo de varios meses, logré persuadirle de participar en esta empresa cuyos resultados se presentarán al público lo más pronto posible.

M. François Magne me habló también de su antepasado, Vicente González Arnao, y de esta Memoria justificativa que tenía en su posesión. Le confirmé el interés que suponía la publicación de tan importante documento y se puso a la obra con el mayor entusiasmo. Desgraciadamente, la terrible enfermedad que le llevó en diciembre de 2018 no le dejó tiempo sino para la transcripción del texto que hizo, no a partir de la copia dactilografiada realizada por su abuelo, sino del original (modernizando la ortografía y, de ser necesario, la puntuación, pero respetando el uso tan significativo de las mayúsculas y minúsculas) así como para redactar la breve presentación que lo precede y en la que evoca su descubrimiento del manuscrito redactado por su tatarabuelo. Pero no pudo, como quería, ni contextualizar la obra, ni, eventualmente, aportar algunas precisiones sobre el autor a partir de otros documentos originales que tenía en su posesión.

Así y todo, el trabajo de M. François Magne no habrá sido inútil: esta Memoria… de Arnao viene a completar el número ya bastante importante de justificaciones escritas por josefinos que hasta hoy teníamos a nuestra disposición (las redactadas por Amorós, Azanza y O’Farrill, Llorente, Mas, Muriel, Reinoso, Fr. Miguel de Santander, el marqués de Arneva, el marqués de Almenara así como un anónimo de 1816). La mayor originalidad, de este escrito como anotó M. François Magne, es que cuando se presenta como una justificación personal (Memoria que explica las razones de mi política en mi patria en los años de 1808 y siguientes hasta mi retirada en Francia –el subrayado es evidentemente nuestro), Arnao no habla casi para nada de sí mismo, limitándose a precisar que había llegado tarde a la Asamblea de Bayona, cuando José ya había sido designado como nuevo soberano de España. Como ya dicho, su justificación no es “trascendental en varios puntos al mayor número de españoles refugiados en Francia”, sino a todos y cada uno de ellos. En efecto, Arnao no funda su argumentación en actos individuales, sino en una posición colectiva estrictamente fundada en el derecho derivado de las renuncias a la corona de España hechas en Bayona tanto por Carlos IV como por Fernando VII. No es de extrañar, dada su formación intelectual y profesional. Pero ello le llevó a silenciar (o le permitió ocultar) algún que otro episodio de su vida que no se aviene muy bien con la firmeza de principios de la que hace alarde en su escrito.

Así, cuando, después de la batalla de Bailén, José I no tuvo más remedio que tomar las de Villadiego, Arnao no fue de los pocos participantes en la asamblea de Bayona (Amorós, Ángulo Arribas, Azanza, marqués de Casa Calvo, Cea, Cladera, duque de Frías, Garriga, Gómez Hermosilla, Isla, Llorente, Romero, Saiz y Urquijo,) que siguieron al “rey errante” hasta Vitoria. Como la mayoría de los que habían jurado la Constitución por gracia de la cual el hermano de Napoleón pretendía reinar en España, se pasó después de Bailén sin el menor problema (al menos aparentemente) al bando fernandino e incluso manifestó su apoyo a la lucha contra el ejército francés haciendo donativos para el mantenimiento del ejército de Castilla la vieja. Así, el 4 de noviembre de 1808, la Gazeta de Madrid señaló que Arnao había contribuido con un vale de 150 pesos y un pagaré de réditos de vales atrasados de un valor de 2.327 reales con 28 maravedíes. La cantidad (un total de 4.570 reales con 28 maravedíes) no era astronómica (la Gazeta de Madrid del 20 de septiembre había anunciado, por ejemplo, que el comisario general de Cruzada, Martínez de Bustos, había hecho un donativo de 10.000 reales en vales y efectivo). Pero, incluso si el valor de los vales Reales era tambaleante, no era nada desdeñable puesto que correspondía (según nos indica la Gazeta de Madrid del 18 de marzo de 1808) a la que cobraba anualmente un cirujano en una villa de un poco menos de 700 almas como Villalpando de Campos (Zamora).

Al principio del punto sexto de su Memoria, Arnao declaró que, después de Bailén, “no pocos de los que hasta allí habían seguido y sostenido el dictamen de la sumisión se declararon por aquella otra causa, sea porque su opinión variara con los sucesos, sea porque las lisonjeras ventajas del día les obscurecieron la perspectiva de lo que aventuraban para lo futuro, sea en fin por otros fines más personales y menos honestos”. ¿En qué categoría pues debemos clasificarlo a la luz de este donativo? Muy posiblemente, su conducta fue dictada por el miedo a sufrir represalias por su papel activo en Bayona y si volvió a ponerse a la disposición de José cuando Napoleón, usando del derecho de conquista y no ya en virtud de un pacto constitucional que consideraba roto por la rebelión, repuso a su hermano en el trono, no fue tanto por las obligaciones jurídicas contractadas en junio de 1808 sino porque estimó (como la mayoría de los madrileños) que no se podía resistir a la fuerza y que José constituía un mal menor. Pero es evidente que necesitamos más información al respecto y que, pese a su título, no la hallamos en la justificación política de nuestro jurista.

Otra sorpresa nos proporciona la Memoria justificativa de Arnao: cuando firmó la dedicatoria el 3 de diciembre de 1814, citó abundante y precisamente la obra del mismo tipo de Azanza y O’Farril, que fecharon del 14 del mismo mes, y salió al año siguiente, precisamente en marzo, según evidencian los trabajos de Aline Vauchelle-Haquet que se funda en el depósito legal y el anuncio de la obra en la Bibliographie de la France (Les ouvrages en langue espagnole publiés en France entre 1814 et 1833, 1985, p. 204). ¿Empezó Arnao su trabajo por la dedicatoria? ¡Sería un caso verdaderamente único! ¿Le comunicaron Azanza y O’Farril su manuscrito antes de darlo por definitivamente acabado? Nos parece más probable. Máxime si pensamos que, según consta por una copia de su partida de bautismo que poseía también M. Magne, la confianza entre Arnao y Azanza era tal que este fue el padrino de su hijo Jacobo. Zanjar esta cuestión permitiría ver más claro en las relaciones que pudieron tener entre sí los refugiados españoles en París, un tema que, pese al magnífico trabajo realizado por Juan López Tabar con sus Famosos traidores… (2001), queda por estudiar detenidamente y para el cual nuestro malogrado amigo François Magne (q.e.p.d.) estaba mejor preparado que nadie para tratarlo.

Indudablemente, la justificación de Arnao tiene algún parentesco con la Memoria de Azanza y O’Farril. Pero también tiene sus puntos de originalidad y el menos importante no es el trato positivo que nuestro jurista reservó tanto a la Constitución de Cádiz como a los que la elaboraron y entre los cuales admitió que hubo “buenos españoles”. En una época tan temprana como diciembre de 1814, esta actitud ecuánime no fue tan frecuente, o mejor dicho, fue excepcional entre los afrancesados refugiados en Francia. Habrá que tenerla en cuenta para examinar las complejas relaciones que se establecieron entre exjosefinos y liberales durante el Trienio liberal. Pero eso ya es harina de otro costal.

Notas

1 Arriano sobre Epict. Lib. I, cap. 17. “Cuando yo te amenazo con la muerte dices que te hago fuerte y te engañas. No es la muerte con que yo te amenazo quien te decide a hacer tal o tal cosa, eres tú mismo quien se determina libremente a obrar así porque tienes por mejor hacer tal cosa que correr el riesgo de perder la vida. Luego es tu propia opinión quien te fuerza, es decir que una voluntad fuerza a la otra”. Y al cap. 19 “Nada puede forzar la voluntad sino ella misma”. La misma doctrina se halla en el canon merito quaritur cap. 15, §1 en el Nemo autem dist. 21 en el Ita. ne cap. 32, § 5 en el cap. Super eo de usuris y otros.
2 El Sr. Palacios Rubios que escribió una obra en defensa de esta ocupación no halló otra sino la que habiendo declarado el rey de Navarra la guerra al Papa, mereció el despojo del reino, sin que le pudiese valer la alegación de que el miedo de las armas francesas le obligó a tomar partido.
3 Véanse las instrucciones del Señor Cevallos a Don Pedro Labrador en el apéndice del manifiesto del primero.
4 Véanse las Cartas de Carlos IV a su hijo en el apéndice del manifiesto del Señor Cevallos.
5 Pufendorf, Lib. 7, cap.7, párrafo 4, dice que el usurpador que ha echado de su reino al legítimo monarca «est obligé de rendre la couronne à celui qu’il en a dépouillé, tant que celui-ci, ou ses héritiers, sont encore au monde, ou du moins jusqu’à ce qu’ils aient manifestement renoncé à toutes leurs prétentions; et c’est ce que l’on présume, lorsqu’il s’est passé un fort long espace de temps sans qu’ils aient témoigné faire le moindre effort pour recouvrer le royaume».
6 Pufendorf, Lib. 7, cap. 7, párrafo 4, A continuación de lo copiado arriba dice: “Mais cela (la reclamación de derechos que puede hacer el rey despojado) n’empêche pas que pendant même que l’usurpateur a encore acquis aucun titre capable de mettre sa conscience en repos, les sujets ne soient pas indispensablement tenus de lui rendre l’obéissance qu’ils lui ont promise”.
7 De officiis, Lib. 3, cap. 30.
8 Lib. 2, tít. 10 y ley 3, tít. 11, partida 2.
9 Art. 172
10 Ley 12, tít. 1, part. 1a; ley 6, tít. 1, part. 2a, ; ley 5, tít. 15, part. 2a..
11 Véase también la proclamación de la reina de Etruria de 10 de diciembre de 1807. Gaceta de Madrid de 8 de enero de 1808.
12 Véase la memoria de los Señores Azanza y O’Farril.
13 Véase la carta de Izquierdo.
14 Véase la circular de 4 de agosto a los Presidentes de las Juntas y la carta de remisión de su manifiesto a las Provincias.
15 Lo sucedido con Valdés y Cuesta.
16 Véase la respuesta del Sr. Fiscal.


Buscar:
Ir a la Página
IR
Visor de artículos científicos generados a partir de XML-JATS4R por