Resumen: El trabajo parte de una reflexión conjunta sobre la movilización de la categoría de género por parte de las instituciones chilenas frente al tratamiento de la problemática de las violencias contra las mujeres. Su objetivo es analizar desde una perspectiva socio-histórica y socio-política cuáles han sido los factores que han propiciado una lectura lejana a los referentes teóricos feministas en el Servicio Nacional de la Mujer y de la Equidad de Género (Sernameg). Para ello, se utiliza como ejemplo el último programa puesto en marcha por Sernameg orientado a la prevención de las violencias contra las mujeres durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet (2014-2018).
Palabras clave:violencia contra las mujeresviolencia contra las mujeres,políticas públicaspolíticas públicas,génerogénero,ChileChile,prevenciónprevención.
Abstract: The present work is based on a shared reflection on the mobilization of the gender category by the Chilean institutions to address the treatment of the issue of violence against women. The objective is to analyze, from a socio-historical and socio-political perspective, which factors have led to a distant reading of the feminist theoretical referents within the National Service for Women and Gender Equity (SERNAMEG). For this purpose, the last program launched by this National Service is used as an example, oriented to the prevention of the violence against women during the second government of Michelle Bachelet (2014-2018).
Keywords: violence against women, public policies, gender, Chile, prevention.
Género y Derechos Humanos
Miradas institucionales sobre la categoría de género en materia de violencias contra las mujeres en Chile
Institutional insights on the gender category regarding violence against women in Chile
Recepción: 14 Junio 2018
Aprobación: 03 Agosto 2018
En Chile, la problemática de las violencias contra las mujeres posee una historicidad particular, pese a que su tratamiento era más bien relegado a la esfera íntima y familiar (Miranda, 2017). Los historiadores René Salinas e Igor Goicovic (1997) rinden cuenta de aquello en sus trabajos, señalando que tal ocultamiento operó a causa de la existencia de un cierto grado de tolerancia social al respecto (Sanz-Gavillon, 2014). A lo largo del siglo XX, en Chile hubo poca intervención frente a los casos de mujeres violentadas, por tanto, no es hasta los años 80 que esta temática comienza a resurgir con fuerza gracias a la movilización política de mujeres organizadas en la protesta contra la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1989).
El contexto de dictadura militar es clave dentro de la historia del pensamiento feminista en Chile (ver Kirkwood, 1983; Ríos y Godoy, 2003), ya que por primera vez se comienza a poner en evidencia que las violencias contra las mujeres no solo se ejercen dentro del ámbito privado, sino que también en el ámbito público de manera cotidiana: desapariciones, torturas, violencia sexual e impunidad, entre otros, aquejan a diversas mujeres opositoras al régimen (Sanz-Gavillon, 2014). De esta manera, muchas de ellas se reflejan en los relatos de otras, construyendo una reflexión no solamente en torno a qué significa ser mujer en este contexto, sino que problematizan que por el hecho de serlo se exponen aún más a violaciones de sus derechos humanos. Así, la demanda por mejorar sus condiciones en el hogar se entrelaza con aquella referente al estado social y político que vive el país. El eslogan “¡Democracia en el país y en la casa!”, creado por las feministas chilenas en 19831, traspasa las fronteras, no solamente reclamando el fin de la violencia doméstica, sino como un manifiesto en contra de la violencia estructural del país en aquel entonces (Gaviola, Largo y Palestro, 1994).
Con el retorno a los gobiernos civiles en 1990, luego de las elecciones de 1989, cuando ganó un candidato de centro conservador perteneciente al partido Demócrata Cristiano (DC), Patricio Aylwin (1990-1994), el Estado no tarda en diseñar instrumentos para responder a las demandas de los grupos de mujeres y feministas en materia de violencia de pareja en contexto conyugal2, que tanto ruido había causado en la década anterior. Bajo esta lógica, en 1991, se crea el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) en tanto que agencia estatal en la cual su directora goza del rango de ministra de la República (Marques-Pereira, 2005). El rol del Sernam es la promoción al interior del Estado de medidas y de leyes que ayuden a equiparar la situación de las mujeres en relación con los hombres. De modo tal, surgen tímidamente planes estratégicos de desarrollo y agendas públicas sobre los desafíos que enfrenta el país en la materia. En 1994, se publica el primer Plan de Igualdad de Oportunidades para las mujeres o PIO para el período de 1994-19993, cuando ya se plantea cuál debería ser el rol del Estado en su lucha contra las violencias machistas.
La deuda dejada por la dictadura en relación con los derechos humanos, hace que la sociedad internacional esté pendiente de los avances de Chile en favor de los sectores perseguidos y oprimidos durante aquel período. Por esa razón, diversos proyectos de ley son enviados al Congreso nacional, entre ellos, en 1993, uno relativo al tratamiento de las violencias domésticas es entregado por una diputada y un diputado de izquierda4. Si bien el proyecto de ley fue presentado como de violencia doméstica, la existencia de un desacuerdo en el mundo político de esta apelación, considerada “muy cercana al lenguaje feminista”, hace que esta ley se promulgue en 1994 en tanto que ley de “violencia intrafamiliar” (Araujo, Guzmán y Mauro, 2000). El principal argumento de este cambio es que la ley al ser solo de violencia doméstica se restringe a las situaciones de las mujeres, dejando fuera todos los otros tipos de maltrato dirigidos al resto de los miembros del hogar. De esta manera, y pese a la vuelta a la democracia, se sigue promoviendo el modelo de familia tradicional y de orden social exaltados durante el régimen autoritario precedente (Tinsman, 1993; Valdivia, 2010).
El análisis del proceso de politización y luego de judicialización (Commaille, 2010) experimentado por las violencias ejercidas hacia las mujeres durante la transición a la democracia en Chile a través de la adopción de la ley de “violencia intrafamiliar” en 1994, y su posterior reforma en 2005, se vuelve fundamental, a nuestra percepción, para entender por una parte los desafíos socio-políticos que ha enfrentado la temática, pero sobre todo para comprender el proceso de construcción del sujeto de intervención. En ese mismo sentido, la puesta en marcha de instrumentos de gobierno (Lascoumes y le Galès, 2004), traducidos en programas o políticas públicas, en acciones y en el desarrollo de un discurso en torno a la temática (Miranda, Fabiola, 2015) nos conduce a interesarnos en la implementación de dispositivos gubernamentales5 (Foucault, 2001), pudiendo así develar la lectura estatal de los modos de intervención de las violencias hacia las mujeres (Miranda, 2015b). Todo lo anterior, a partir de un análisis cognitivo de política pública (Muller, 2005) que se preocupa de entender el contexto socio-político y socio-histórico como un referente (Muller, 2014) en las percepciones y representaciones de los agentes frente a la problemática6.
De este modo, el artículo se interroga, en un primer lugar, a propósito de los mecanismos intervinientes que impidieron la apropiación de la categoría de género en la ley, y en algunos casos en la acción pública misma; y en un segundo lugar, en cómo los referenciales (Muller, 2014) pueden condicionar el tratamiento estatal de la problemática.
La hipótesis sugerida es que la ola conservadora inicial que tuvo el Servicio Nacional de la Mujer propició los espacios de despolitización de la categoría de género, teniendo efectos concretos sobre la ley a tal punto que se produjo un quiebre en la enunciación de la problemática de las violencias contra las mujeres. Los referenciales conservadores han permanecido tan impregnados que incluso en los últimos años han seguido afectando los modos en los cuales el Estado enfrenta la temática en este país.
El presente análisis está basado en los resultados de dos trabajos de investigación empíricos, a saber, en la tesis doctoral titulada Action publique et justice dans le Chili post-dictatorial. Le traitement étatique des violences envers les femmes (2017), sobre el tratamiento estatal de las violencias contra las mujeres en Chile posdictatorial, donde se analiza rol de los actores públicos intervinientes en el Estado, y en la tesis de maestría titulada Discursos del Género en la formulación del Programa de Formación de Monitoras y Monitores Comunitarios en Prevención de Violencia contra las Mujeres del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (2017), sobre la movilización de la categoría de género en el proceso de diseño en el Programa de Formación de Monitoras y Monitores en prevención de violencias contra las mujeres del actual Servicio Nacional de la Mujer y de la Equidad de Género. La idea de nuestra metodología de corte cualitativa es comparar nuestros principales hallazgos7, poniendo en conversación nuestros trabajos y sometiéndolos al ejercicio de una reflexión conjunta que permite ampliar nuestros enfoques y ponerlos en diálogo desde una perspectiva crítica.
El golpe de Estado del 11 de setiembre de 1973 protagonizado por Augusto Pinochet se presenta en la época como un proceso necesario para combatir el caos social, moral y económico imperante en Chile. Caos que había sido comenzado, desde la opinión de sectores conservadores, durante el gobierno de la Unidad Popular de Allende (1970-1973) (Joignant, 2002). De este modo, el país se transforma desde una democracia socialista elegida en las urnas (Gaudichaud, 2006)8 y 9 en una dictadura conocida por sus persecuciones y violaciones a los derechos humanos de ciudadanos y ciudadanas particularmente con aquellos/as opositores/as al régimen. La brutalidad de las acciones que se llevaron contra ciertas personas de la oposición genera las primeras iniciativas de solidaridad entre familias que habían sido tocadas por la dictadura. Las nuevas redes de solidaridad se gestan entonces entre mujeres con familiares detenidos/as desaparecidos/as, con familia en el exilio, pero también entre aquellas que por vivir en sectores populares se vieron expuestas a situaciones de violencia policial cotidiana (Sanz-Gavillon, 2014). La conformación de dichas redes tiene por objeto crear espacios de apoyo entre las afectadas por la represión política y social. Así, tanto en Santiago, como en algunas provincias, emergen grupos femeninos donde las experiencias de cada una son expuestas. En consecuencia, las instancias de encuentro se van convirtiendo rápidamente en espacios de confianza y de desahogo para las mujeres. Los diálogos entre ellas no solo pasan por una problematización de la violencia que se sufre en el espacio público sino que también muchas comienzan a exponer aquellas violencias que viven en la esfera íntima de sus hogares.
El régimen militar, y la represión empleada por él, da paso a una problematización de las violencias contra las mujeres, facilitando el contexto para poner a la luz las desiguales relaciones de poder y la dimensión determinante de las representaciones de género en la construcción de subjetividades que propenden la vulneración de sus derechos en tanto que sujetos. De modo tal que muchas de las mujeres afectadas en términos sociales, consecuencia de una represión política y económica, se refugian en organismos de solidaridad y de caridad. Podemos destacar entre estos organismos al Comité de Cooperación para la Paz de Chile, más tarde reemplazado por la Vicaría de la Solidaridad10 (en 1976), fundado en octubre de 1973, y el Círculo de Estudios de la Mujer (CEM), creado en 1975. El CEM cuenta con un grupo de investigadoras empeñadas en producir una reflexión feminista teórica, fuertemente influenciadas por la presencia de mujeres retornadas11, quienes transmiten sus experiencias en el extranjero en situación de exilio (Marques-Pereira, 2009), lo cual ayuda al establecimiento de vínculos con el feminismo internacional12. Las retornadas permiten hacer circular el saber (Kaluszynski y Payre, 2013) a propósito del género introduciendo nuevos conceptos para pensar y analizar las relaciones entre los sexos en esta época (Marques-Pereira y Zavala de San Martin, 2009).
Todas las situaciones anteriormente descritas, sumadas a la crisis financiera que vive el país a inicios de los 1980, lleva a las mujeres a manifestarse en las calles, siendo “las primeras en marchar en contra de las violaciones a los derechos humanos y en generar redes poblacionales para la subsistencia económica” (Amar, 2007: 11). Por otra parte, los intercambios entre académicas-investigadoras y las mujeres-feministas, favorecidos por los espacios de encuentro, permiten la elaboración de un nuevo cuadro de interpretación a propósito de los roles sociales de sexo, donde la violencia de pareja comienza a ser percibida como una manifestación del sistema de dominación-sumisión que estructura a la sociedad chilena dictatorial, la cual enarbola la dominación del género masculino (Miranda, 2015).
La creación de organismos, de redes, de solidaridades entre distintas mujeres logra un eco al interior del mundo político, sobre todo, en el seno de las fuerzas políticas que se oponen al régimen militar, las cuales se unen a las manifestaciones y apoyan sus causas. En consecuencia, en 1988, gracias a la politización del movimiento, la Concertación13, que es una coalición de fuerzas políticas de centro-izquierda que se opone al régimen dictatorial, presenta un documento titulado Demandas de las Mujeres a la Democracia, en donde se exige al país que de transitar hacia la democracia es urgente contar con organismos gubernamentales que ayuden a mejorar las situaciones de desigualdades que afectan a las mujeres chilenas.
Durante las negociaciones para realización del plebiscito de 1988, consulta que buscó conocer la opinión de la ciudadanía respecto de su aprobación o bien desacuerdo con el régimen militar14, las divisiones entre las feministas comienzan a hacerse presentes. En efecto, se manifiestan grandes diferencias sobre el protagonismo dado a los partidos políticos, en la negociación con las autoridades dictatoriales “en desmedro de las organizaciones sociales” (Amar, 2007: 14). De tal forma, surge una división entre las feministas autónomas pertenecientes a las organizaciones de base populares, y las políticas ligadas a los partidos de la Concertación (Forstenzer, 2012). Si bien ambos grupos están de acuerdo con los procesos de emancipación de las mujeres, los medios para alcanzarlos y la utilización del lenguaje a través del discurso varían entre ellos.
Las feministas autónomas se oponen a negociar con el Estado, ya que consideran a éste como un ente reproductor de desigualdades debido a su herencia conservadora. Por su parte las políticas creen en las vías institucionales y comienzan a trabajar en el Estado en la conformación de instituciones de lucha contra las iniquidades que enfrentan las mujeres. Este feminismo también se conoce como institucional (Forstenzer, 2012).
En marzo de 1990, se inicia un proceso de transición a la democracia, el cual es puesto en marcha por la nueva coalición de gobierno, elegida durante las elecciones de 1989: La Concertación. Lo anterior significa comenzar a materializar las demandas realizadas por las mujeres a la democracia durante los últimos años del régimen dictatorial. Bajo esta lógica y apoyándose por la asesoría de las feministas institucionales, el nuevo gobierno crea, en 1991, el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam). El Sernam es la primera institución puesta en marcha por el Estado chileno con la intención de promover la creación de políticas públicas y de leyes que favorezcan a las mujeres y sus familias15, con este objeto también se encarga de negociar con el Estado la firma y el cumplimiento de tratados internacionales en materia de equidad de género. Con todo, y pese a este gran avance, la categoría de género en tanto que categoría de análisis que moviliza la acción pública no genera consenso entre los diversos partidos políticos existentes en el país. Lo anterior, pese a su incorporación en el discurso internacional a partir de comienzos de los 90, gracias a la realización de Conferencias de Naciones Unidas (1993, 1995) y en el marco latinoamericano de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, en 1994 (Maqueda Abreu, 2006). Cabe mencionar que en la nueva coalición de gobierno también existen reticencias sobre la utilización de la categoría de género. La división se manifiesta en dos posturas que se enfrentan: una progresista, defendida principalmente por el Partido por la Democracia (PPD)16, y una conservadora, representada por el Partido Demócrata Cristiano (PDC)17, el cual mantiene lazos directos con la Iglesia católica. Todas estas diferencias impiden “la politización feminista de las relaciones de género” (Marques-Pereira, 2012: 130). Lo anterior cobra relevancia si consideramos que las dos primeras ministras del Sernam provienen del PDC18. Desde un punto de vista de estrategia política, los gobiernos concertacionistas evitan hablar de relaciones de dominación, o de desigualdad entre los sexos, debido a que son nociones ligadas al discurso feminista. Temáticas sensibles son para los gobiernos la legalización del aborto y del divorcio, estas últimas son desplazadas de la agenda pública, priorizándose materias menos conflictivas como el acceso de las mujeres al empleo remunerado o bien el tratamiento de las violencias al interior de las familias (Marques Pereira, 2012). Dicho de otro modo, el Sernam se configura como un organismo orientado a constatar “el estado de las relaciones sociales de sexo” sin proceder a “una denuncia política de las discriminaciones en términos de opresión” (Marques Pereira, 2012: 134).
De esta manera, se puede dar cuenta en qué condiciones se politiza y judicializa la problemática de las violencias contra las mujeres. El Estado de Chile inicia su lucha contra las violencias en el ámbito legal en 1994 a través de la promulgación de la primera ley de violencia intrafamiliar (Nº19325)19, luego que un grupo de diputadas y un diputado de centro-izquierda promovieran un proyecto de ley sobre las violencias domésticas. En aquel proyecto se destaca que las violencias hacia las mujeres por parte de su cónyuge “es una de las expresiones más visibles de las discriminaciones hacia [ellas]” (Biblioteca del Congreso de la Nación, 1997: 1). Debido a ciertas discrepancias sobre el tono del mensaje entregado por este proyecto, el Sernam nombra una comisión que debe encargarse de revisar el proyecto de ley, la que está compuesta en su mayoría por miembros del Partido Demócrata Cristiano. Dicha revisión implica un cambio de discurso hacia uno que se orienta a la protección de todos los miembros de las familias, sin considerar una protección especial para las mujeres (Araujo, Guzmán y Mauro, 2000). La ley se mantiene vigente en Chile durante casi una década, configurándose como un dispositivo ineficaz ya que las violencias domésticas no son consideradas delitos (Rioseco, 2004). Sumado a lo anterior, la existencia de llamados judiciales a conciliación obligatorios, en tanto que etapa del proceso judicial de los casos que llegaba a conocer la Justicia, transgredía los derechos de las víctimas (Casas y Vargas, 2011).
Frente a todas estas limitantes, en abril de 1999, dos diputadas de centro-izquierda del Partido por la Democracia (PPD), María Antonieta Saa y Adriana Muñoz, presentan un nuevo proyecto de ley en torno a las violencias intrafamiliares (Biblioteca del Congreso de la Nación, 1997: 5). No obstante, hubo que esperar casi seis años para que la nueva ley de violencia intrafamiliar o VIF (Nº20066) fuese publicada en octubre de 2005. La nueva ley VIF, pese a que mantiene su apelación, aporta nuevos avances. Entre ellos citamos: la incorporación de la noción de riesgo, que implica la dictaminación más expedita de medidas de protección para las víctimas (Casas y Vargas, 2011); la incorporación de una nueva institución encargada de la Justicia familiar: los Tribunales de Familia; por otra parte, la criminalización de la violencia intrafamiliar a través de la creación del delito de “maltrato habitual” que permite la actuación del Ministerio Público y de la Justicia penal frente a las denuncias asociadas a delitos en contexto VIF. Pese a todos estos avances, las leyes y las soluciones gubernamentales se siguen concentrando en las violencias sucedidas en el ámbito privado de las familias. Veremos algunas de las políticas desarrolladas por el Estado chileno a continuación.
La demanda de las mujeres organizadas tanto en el interior como al margen de los partidos políticos da forma al Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), tal como se menciona más arriba. Entre los consensos, se entendía que, con su creación, el Estado contribuiría a elevar el estatus de las mujeres por medio de intervenciones en distintas materias: en derechos, en educación, salud, sexualidad, pobreza, entre otras. Sin embargo, los modos de entender las intervenciones priorizan un corte más familiarista que concentrado en el reconocimiento de las mujeres como sujetos de derechos, a pesar que el Estado de Chile ha suscrito diversos compromisos en el sistema internacional de derechos humanos20 que lo obligan a favorecer espacios libres de discriminaciones de violencias hacia las mujeres.
Bajo todos estos reparos, en la adopción de la segunda ley de VIF de 2005, el legislador mandata al Servicio Nacional de la Mujer a coordinar políticas públicas en vistas a dar cumplimiento a la legislación. De modo tal, que el Sernam asume esta responsabilidad a través del desarrollo de instrumentos que permitan dar protección a las mujeres afectadas por las violencias. Así, los avances más significativos en cuanto a políticas públicas para erradicar la violencia contra las mujeres sucedieron durante el primer mandato de Michelle Bachelet21 (2006-2010), quien hizo de la temática un eje fundamental de su campaña presidencial y de su programa de gobierno (Hernández, 2015). Incrementó en cerca de 30% el presupuesto del Sernam y expandió con ello los recursos disponibles para la atención de mujeres que estuviesen viviendo situaciones de violencia intrafamiliar (Haas, 2010).
En el mismo año de publicación de la segunda ley (2005), los centros de atención a víctimas de violencia intrafamiliar, pasan a denominarse Centros de la Mujer, instancias previstas como un lugar de orientación y de apoyo para mujeres que necesitan asesoría psicosocial y jurídica especializada. En 200722, se abren las primeras casas refugio para víctimas de violencia grave en contexto intrafamiliar conocidas como Casas de Acogida, donde mujeres en situaciones de violencia extrema pueden hospedarse con sus hijos e hijas menores de 13 años durante algunos meses. Por otra parte, en 201023, también a cargo del Sernam, comienzan a ejecutarse los “centros para hombres que ejercen violencia de pareja”, como un espacio para varones derivados desde las instancias del sistema judicial o que lleguen por propia voluntad24.
Se observan esfuerzos en el desarrollo de políticas sociales orientadas a tratar la problemática de las violencias contra las mujeres en el hogar, ya que se considera como un problema social con consecuencias económicas, personales y sociales. No obstante, y pese a las movilizaciones feministas de las décadas de los 60 y 70, a nivel global, las políticas públicas siguen sin comprender este problema como el resultado de relaciones de poder, que se reproducen por diferencias de género (Zufferey, Carole, 2009). Sin embargo, hoy en día parece imposible estudiar los dispositivos que componen la política pública sin analizar y cuestionar los argumentos subjetivos y culturales presentes en el contexto chileno25. Para ello, queremos ver cómo se moviliza la categoría de género desde el Estado a través de un nuevo dispositivo de prevención de las violencias contra las mujeres desarrollado en los últimos años.
En 2015 se incorpora a la oferta programática del Servicio Nacional de la Mujer la implementación de la primera versión del Programa de Formación de Monitoras y Monitores Comunitarios en Prevención de Violencia contra las Mujeres26. Iniciativa que se enmarca en el Plan Nacional de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres 2014-201827. La novedad de este programa es que es el primero en la historia de Sernam cuyo objetivo central y principal es la prevención de la violencia contra las mujeres. En efecto, los programas desarrollados anteriormente si bien cuentan entre sus vértices con el eje prevención, en los hechos responden a situaciones ya declaradas de violencia. El Programa de Formación de Monitoras en menos de dos años se implementó en todo el país.
Por medio de la capacitación de agentes sociales como miembros de juntas vecinales, dirigentes/as estudiantiles y sindicales, profesoras y profesores, integrantes de organizaciones voluntarias y sociales, profesionales de la salud, entre otros, se pretende generar consciencia acerca de la violencia contra las mujeres como un problema sociocultural, e instalar conocimientos sobre los procedimientos de denuncia y acompañamiento a mujeres que estén viviendo una situación de violencia (Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, 2016). La capacitación consta de 20 horas de trabajo con un/a facilitador/a que orienta y modera las actividades de enseñanza-aprendizaje y la reflexión dialogada, más una actividad de socialización que cada monitor o monitora debe realizar en la organización en la que participa, de manera de generar una acción multiplicadora con al menos treinta personas. Solo asistiendo a la capacitación completa y realizando la acción, se obtiene la certificación.
La ejecución del programa está a cargo de los Centros de la Mujer en la mayoría de los casos, los que a su vez tienen una doble dependencia: los lineamientos de trabajo los entrega el actual Servicio Nacional de la Mujer y de la Equidad Género (Sernameg)28, por lo que los reportes de cobertura, eficacia y otros son entregados al servicio, pero los recursos son administrados por los municipios. En menor medida, el programa es ejecutado por terceros, que se adjudican las licitaciones públicas definidas por el servicio.
En el segundo mandato de Bachelet (2014-2018), si bien los asuntos de género estuvieron presentes de forma muy relevante, las propuestas del programa de gobierno no tuvieron la misma centralidad. No obstante, la temática “violencia contra las mujeres” estuvo incluida en el programa y fue trabajada por una comisión compuesta por ex colaboradoras del primer gobierno, integrantes de algunas organizaciones feministas, profesionales del sector y militantes de los partidos políticos de la Nueva Mayoría29. Según se constata en las entrevistas a las participantes del proceso de formulación, la prevención de la violencia no apareció como un eje fundamental ni en la discusión del programa ni en el texto final. Se privilegió la discusión en torno a la creación del Ministerio de la Mujer y de la redacción de una ley integral para la erradicación de la violencia contra las mujeres, a la que se le asociaría un presupuesto estable, bajo el cual se podrían amparar todas las iniciativas, entre ellas las de prevención. A partir de ahí y bajo este contexto se comienza a dibujar este programa de formación de monitores y monitoras comunitarias30:
Cuando en el 2014 [inicio del segundo gobierno de M. Bachelet] existe este giro, este tránsito, se abre la posibilidad de generar este programa, lo que más interesaba era un poco recuperar la prevención (...) dentro de la línea de acción-capacitación está el programa de formación de monitoras comunitarias (Constanza, comunicación personal, 27 de enero de 2017)31.
Desde este gobierno [de Bachelet], si lo pensamos, al incorporar el programa de monitoras comunitarias, [al apelar] a potenciar que la prevención también pasa (...) [por] la comunidad, y [porque] todas las personas que somos de esta sociedad tenemos que hacernos cargo de lo que le pasa a la vecina, lo que le pasa al niño que está en frente, es como retomar un poco el sentido comunitario, en términos de la prevención (Sofía, comunicación personal, 12 de abril de 2017)32.
Así, el propósito central del programa está en actuar de manera preventiva, ya que “busca articular y fortalecer el tejido social comunitario para prevenir la violencia contra las mujeres, quienes actuarán como agentes sociales activos y responsables dentro de sus comunidades” (Servicio Nacional de la Mujer, 2016). Entre los factores catalizadores para el surgimiento del programa, se encuentran las características del entorno, puesto que la erradicación de la violencia contra las mujeres ha sido tanto una demanda del movimiento feminista como un objetivo declarado en los instrumentos de derecho internacional relativos a la materia, y las definiciones contenidas en el programa de gobierno. Frente a esto, una funcionaria del Sernameg a nivel central declara:
...sería haber hecho oídos sordos a las recomendaciones internacionales y las orientaciones internacionales el no haber metido el tema de la prevención. Hubiese sido ridículo (Rocío, comunicación personal, 13 de abril de 2017)33.
Se constata aquí cómo los compromisos políticos en materia de tratamiento de violencias contra las mujeres comienzan a traducirse en programas, pero además cómo también la presión internacional influye, al igual que durante el proceso de transición a la democracia en la generación de acciones al respecto. Desde aquí se comprueba que la acción responde más a obligaciones adquiridas por el Estado que a voluntades políticas manifiestas en relación con la intervención en la temática de prevención. Bajo estas condiciones, se analizará brevemente cómo se inserta la categoría de género dentro del Estado en el Servicio Nacional de la Mujer.
En las últimas décadas el concepto de perspectiva de género ha sido desarrollado por instituciones internacionales que promueven su inserción en las políticas públicas34. Así, trabajar desde este enfoque implica que “las políticas públicas elaboradas tiendan a identificar las medidas a poner en marcha para luchar contra las discriminaciones promoviendo la igualdad entre los sexos” (Dauphin y Sénac-Slawinski, 2008), de modo tal que se identifiquen estereotipos y desigualdades con el fin de corregirlos. Los programas desarrollados por el Sernameg en cuanto a las violencias que afectan a las mujeres aspiran a trabajar bajo una perspectiva de género que según sus directrices busca remediar los constructos sociales que “operan como una mecanismo [de control] social que perpetúa la interiorización de la subordinación de las mujeres” (Sernam, 2012).
Al estudiar empíricamente los distintos programas desarrollados por el Servicio Nacional de la Mujer y de la Equidad de Género, y en específico el Programa de Formación de Monitores y Monitoras en Prevención de violencia contra las mujeres, presentado precedentemente, surgen distintas variables sobre la comprensión y uso de la categoría de género al interior del Estado. Algunas funcionarias aluden al respecto:
Yo insisto con que el género es una categoría de denuncia, pero eso tampoco me lo permiten [decir], pero al ser una categoría de análisis, te obliga a mirar el entramado internacional también, que está a la base (Rocío, comunicación personal, 13 de abril de 2017).
A mí me parece que el enfoque [de género] desde el cual se está trabajando hoy día es el adecuado, entendiendo que estamos en una institución, [y] entendiendo que hay posturas respecto de la perspectiva de género que son permeadas por los movimientos feministas, entonces hay también distintas formas de mirar y de enfrentar (Constanza, comunicación personal, 27 de enero de 2017).
La primera entrevistada manifiesta estar en una posición difícil, ya que pese a su comprensión del enfoque de género permeada por su experiencia y estudios anteriores, debe adecuarse a lo que el servicio le permite enunciar. Contrariamente, en el segundo caso, la entrevistada reconoce que si bien hay muchas maneras de entender el enfoque de género, comprende que como esto se realiza a través de una institución procede a someterse a procesos de despolitización convirtiendo al género en una categoría más relacionada a la intervención con mujeres que a exhibir relaciones de dominación. De ese modo, se entiende que la utilización de la categoría de género como categoría crítica de análisis proveniente de los planteamientos teóricos feministas (Scott, 1996) debe adecuarse a lo que permite el Estado a través de sus agentes enunciar.
Ahora bien, más allá de lo expresado anteriormente por las entrevistadas, se evidencia en la muestra que hay funcionarias que comprenden que el género como categoría de análisis suele asignarse junto con otras relaciones de poder, que lamentablemente el Estado no ha sido o no está en capacidad de poder integrar y/o operacionalizar:
Cuando me dicen “hágame este manual de capacitación para que siga la ruta de las capacitaciones de VIF [violencia intrafamiliar] a VCM [violencia contra las mujeres]”, a mí me dicen: “Básate en tres cosas”, ya, ¿cuáles son? “Derechos humanos, interseccionalidad, que obviamente surge del enfoque de género, y no la interseccionalidad que la gente cree que es un árbol de [navidad], no, interseccionalidad real, matriz de opresiones como a mí me gustaría llamar, como dice la Hill Collins (sic) y obviamente un enfoque de interculturalidad (Rocío, comunicación personal, 13 de abril de 2017).
La política pública tiene una visión superclara de las mujeres, ahora [se] está ampliando un poco, pero una visión de mujer de clase media, blanca, heterosexual, con educación media [educación secundaria]. Por tanto, todas las demás mujeres no están dentro de la política pública, entonces si la próxima administración, [es] de derecha, va a ser mucho más crudo, va a ser mucho más pensado en ese tipo de mujeres y vamos a invisibilizar a las mujeres lesbianas, vamos a invisibilizar a las mujeres inmigrantes, a las mujeres mapuches, a las mujeres indígenas (Sofía, comunicación personal, 12 de abril de 2017).
Las funcionarias aquí citadas comprenden que la categoría de género no funciona por sí misma, sino que se acompaña de otros tipos de discriminaciones, tal como lo plantean las feministas interseccionales (Cho, Crenshaw y Mccall, 2013). Con todo, dejan entrever que la política no es inclusiva sino focalizada en grupos particulares de intervención. De esta forma, a pesar que desde la teoría los fundamentos están presentes, ya que la mayoría de las entrevistadas son profesionales de las ciencias sociales, y que además han adquirido una expertise universitaria, o que en su trayectoria laboral han podido estar en contacto con situaciones de vulnerabilidad asociadas a las violencias, se deben enfrentar a la reducción que hace el Estado sobre la categoría de género que opera por una sobre focalización en las políticas públicas.
Por otra parte, otro hallazgo importante con relación al dispositivo de formación de monitoras y monitoras comunitarias, es que la apertura hacia la formación de la sociedad civil no es solo el fruto de generar instancias de difusión de la categoría de género desde el Estado a la sociedad y de las problemáticas relacionadas con ella, sino que también revela, en algunos casos, la incapacidad de este último de responder de manera eficiente y eficaz en la materia.
En el entendido que la violencia contra las mujeres es de responsabilidad compartida, (...) el territorio de la comunidad es un espacio estratégico para avanzar a la prevención y en la erradicación de la violencia, [así] el énfasis de esa medida y ese programa en particular en forma de prevención, pone el acento en el territorio y en la reconstrucción del tejido social en términos de generar redes, que permitan de una u otra manera avanzar en la erradicación y prevención de situaciones de violencia contra las mujeres (...) Tenemos que las dificultades presupuestarias son otro gran elemento importante, en términos de las capacidades de lo que se pueda o no se pueda hacer. Porque si bien, en temas de violencia contra las mujeres, los equipos están permanentemente con un alto compromiso a diferencia de otras temáticas, se trabaja con mucho compromiso, con mucha voluntariedad (Estela, comunicación personal, 19 de diciembre de 2016)35.
Desde el relato, se puede entender que pese a las buenas intenciones que rodean a la política pública, las lógicas del Estado neoliberal implementado en Chile, donde el gasto de lo social es reducido, hacen que la prevención e intervención en lo relativo a las violencias contra las mujeres se realice “en la medida de las capacidades” con las que cuenta el servicio. De esta manera, se puede señalar que la inclusión de la categoría de género en la acción pública, a través de los programas que promociona y lleva a cabo Sernameg se supeditan al uso de un lenguaje técnico operativo (establecido del consenso entre las distintas facciones políticas) y en una reapropiación neoliberal de la intervención en la materia. Dicha reapropiación queda en evidencia en los bajos presupuestos estatales, como lo subrayan las funcionarias entrevistadas, pero también en una desresponsabilización del Estado en favor de traspasar ciertas acciones a la sociedad civil, entre otros. Ejemplo de aquello termina siendo el Programa de Formación de Monitores y Monitoras en Prevención de Violencia contra las Mujeres.
La categoría de género y su difusión, entonces, no solo está permeada por discursos conservadores presentes en el Estado y por una neutralidad que busca establecer el servicio respecto de ella, sino que además por condicionantes prácticas relacionadas con la falta de estructura y precariedad económica como una limitante importante destacada en la mayoría de las entrevistas. Precariedad que hace que cualquier iniciativa en prevención y tratamiento de las violencias hacia las mujeres tienda a ser más superficial que profunda.
Nuestro artículo, desde una revisión socio-histórica, comienza abordando cómo el Estado de Chile se apropia de los discursos sobre la categoría de género provenientes del mundo internacional, presentando la conflictualidad que estuvo y que sigue presente en su integración por la acción pública. Para ello, se utiliza el ejemplo del caso de la política de lucha contra las violencias hacia las mujeres, a través del análisis del último programa incorporado por el Servicio Nacional de la Mujer y de la Equidad de Género, en materia de violencias, que se preocupa de la línea de prevención integrando miembros de la sociedad civil en la difusión de acciones preventivas a nivel local.
Siguiendo los supuestos propuestos por nuestra hipótesis de investigación, podemos indicar que la categoría de género y su incorporación en la acción pública ha sido un campo de disputa entre los actores y actrices del mundo político, teniendo efectos concretos en el desarrollo de programas y en la intervención misma en el caso de las violencias contra las mujeres. Los referenciales conservadores sobre el rol de la mujer en la sociedad no solo han afectado la ley, también la acción pública en la materia. Aquello se traduce en una desconexión con los referenciales feministas, que si bien están presentes en la formación de los y las profesionales que difunden el género y su uso, dichos referenciales no logran ser integrados de manera clara en el desarrollo de programas y políticas públicas.
El ejemplo del Programa de Formación de Monitores y Monitoras en Prevención de Violencia contra las Mujeres es capaz de demostrar que los aportes de los feminismos, pese a ser nombrados incluso por sus propias diseñadoras, muchas veces no son considerados por las políticas públicas. Por tanto, podemos entender que distintas relaciones de fuerza operan a la hora de elegir los modos de intervención estatal al respecto, donde el referencial conservador sigue presente, pese a las innovaciones del último tiempo.
Esta área de intervención estatal por último muestra un proceso de neoliberalización en cuanto el Estado busca el desarrollo de una ciudadanía participativa de tales procesos como un modo de transferir y compartir responsabilidades en torno a la problemática. Si bien desde una primera aproximación lo anterior puede resultar positivo, la búsqueda de capacidades externas puede también evidenciar procesos de crisis interna que esconden detrás de ellos bajos presupuestos, restricción de personal y resistencias, entre otros. De ahí la importancia de reflexionar sobre las modalidades por las cuales se promueve la autonomización de la ciudadanía y en especial en el caso de las mujeres.