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La administración pública federal frente a la violencia de Género
Marcia Pacheco Alberto; Ruslan Posadas Velázquez
Marcia Pacheco Alberto; Ruslan Posadas Velázquez
La administración pública federal frente a la violencia de Género
The Federal Public Administration facing gendre violence
Buen Gobierno, núm. 28, pp. 90-107, 2020
Fundación Mexicana de Estudios Políticos y Administrativos A.C.
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Resumen: En el presente artículo se aborda el tema de la Violencia de Género, y su secuela perniciosa los feminicidios, como un asunto público prioritario que debe ser abordado y resuelto por la administración pública federal en México. Así mismo, se hace un recuento general sobre las principales estrategias que han asumido en la materia las últimas administraciones y la presente. Se destaca que dichos esfuerzos han sido insuficientes y que hace falta una estrategia integral que va más allá de la entrega de recursos a las víctimas directas o indirectas de la violencia de género. A ese cometido se avoca la última parte de este escrito.

Palabras clave:Violencia de GéneroViolencia de Género,FeminicidiosFeminicidios,Administración Pública FederalAdministración Pública Federal,Estrategias de Combate a la Violencia de GéneroEstrategias de Combate a la Violencia de Género,Política PúblicaPolítica Pública.

Abstract: This article discusses the issue of Gender Violence, and its pernicious sequel to feminicide, as a priority public issue that must be addressed and resolved by the federal public administration in Mexico. In addition, a general account is made about the main strategies that the last administrations and the present one have assumed in the matter. It is emphasized that these efforts have been insufficient and that a comprehensive strategy is needed that goes beyond the delivery of resources to the direct or indirect victims of gender violence. The last part of this writing is discussed to that task.

Keywords: Gender Violence, Feminicides, Federal Public Administration, Strategies to combat Gender Violence, Public Policy.

Carátula del artículo

La administración pública federal frente a la violencia de Género

The Federal Public Administration facing gendre violence

Marcia Pacheco Alberto¨*
UNAM, México
Ruslan Posadas Velázquez*
Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, México
Buen Gobierno, núm. 28, pp. 90-107, 2020
Fundación Mexicana de Estudios Políticos y Administrativos A.C.

Recepción: 31/01/20

Aprobación: 10/03/20

INTRODUCCIÓN: LA VIOLENCIA DE GÉNERO COMO ASUNTO PRIORITARIO

La Administración Pública tiene como objetivo el estudio, abordaje y solución de los asuntos públicos. Uno de esos asuntos es la seguridad pública, que tiene que ver con la preservación de la vida e integridad de la ciudadanía y la protección de sus bienes. Aunque en nuestros días, los temas de seguridad se han diversificado, y algunos son presentados como más importantes que otros, el tema de la Violencia de Género (VG)1 debe ser visto como uno de los más acuciantes problemas de los últimos años en México.

Aunque se trata de un problema público reconocido como tal desde hace más de 50 años en la “Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres” firmada en 1967, es un hecho que resulta necesario ponderar en estos tiempos dado el incremento de la violencia, en cualquiera de sus formas, contra las mujeres.

De hecho, en la época contemporánea, la Organización de las Naciones Unidas aprobó en 1993 la “Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, definiéndola en estos términos: La violencia contra las mujeres designa todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, inclusive las amenazas de tales actos, la acción o privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada.

En nuestra región, destaca la celebración de la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, mejor conocida como Belém do Pará, celebrada en Brasil en 1994, que representó un parteaguas en el propósito de erradicar la VG (Violencia de Género).

En términos generales, la VG es resultado de la prevalencia de la desigualdad entre hombres y mujeres, específicamente de la subcultura machista que se reproduce en prácticas cotidianas, y en muchos casos aplaudidas, socialmente. La forma más preocupante -y aberrante- del ejercicio de esa violencia está representada por los feminicidios.

En el presente documento se hace un recuento general sobre las principales estrategias que han asumido en la materia las últimas administraciones y la presente. Se destaca que dichos esfuerzos han sido insuficientes y que hace falta una estrategia integral que va más allá de la entrega de recursos a las víctimas directas o indirectas de la violencia de género.

1. El CONTEXTO CONTEMPORÁNEO Y LAS ACCIONES DE GOBIERNO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

En el año en el año 2002 se presentaron tres denuncias ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, acusando al Estado mexicano de omisión e irregularidades en la investigación sobre lo sucedido a Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, conformando así El caso Campo Algodonero.

Para el 2003, Amnistía Internacional sacudía a México con la presentación del informe “Muertes intolerables: diez años de desapariciones y asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y Chihuahua”2. Cómo su nombre lo indica, dicho informe realizaba el recuento de una década 1993-2003, caracterizada por la desaparición sistemática de jóvenes mujeres, y, posteriormente, la aparición de sus cuerpos en el espacio público con huellas de tortura física y sexual, señales de extrema crueldad en el norte de México, Chihuahua, específicamente Ciudad Juárez.

Dicho documento no hablaba de feminicidio, sin embargo, otorgaba las bases que definirían dicho fenómeno social: “La brutalidad con la que los victimarios secuestran y asesinan a las mujeres en un número significante de casos va más allá del acto de matar y pone de manifiesto una de las expresiones más terribles de la violencia contra la mujer. Muchas de ellas, fueron raptadas, mantenidas en cautiverio por varios días y sujetas a los vejámenes, torturas y a la violencia sexual más terrible antes de morir, la mayoría asfixiadas por estrangulamiento o golpes… la mayoría de las víctimas son mujeres de origen humilde, algunas de ellas con hijas e hijos que mantener, que recorren en autobús largas rutas para llegar a sus lugares de trabajo o estudio. A veces, no les queda más opción que caminar solas por lotes baldíos y caminos sin iluminación, siendo más vulnerables a un posible ataque.

Estos crímenes, calificados por las autoridades como “homicidios en serie”, han conmocionado a la población del Estado de Chihuahua, ya de por si caracterizada por extremos niveles de violencia contra la mujer, incluyendo homicidios por violencia doméstica u otro tipo de violencia”3.

La denuncia sobre “El caso Campo Algodonero” junto al informe de Amnistía, lograron acaparar la atención de la opinión pública, hasta entonces el tema se había abordado desde el ámbito periodístico. Así, el gobierno de Vicente Fox, que en el 2001 había creado el Instituto Nacional de las Mujeres, respondió a la crisis instalando una mesa de trabajo interinstitucional con la finalidad de establecer políticas públicas encaminadas a prevenir y atender la violencia contra las mujeres, así como una Mesa de Diálogo y una Mesa de Técnico-Jurídica, a petición de los familiares de las víctimas y la intervención de organizaciones civiles, con la finalidad de impulsar el avance de las investigaciones sobre las desapariciones de mujeres.

Durante ese mismo sexenio 2001-2006 el gobierno federal creó el Programa Nacional por una Vida libre de Violencia, abordando el tema desde la prevención, detección, atención y marco normativo. En términos institucionales, desde la Secretaría de Gobierno se creó la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez, en la Secretaria de Salud se establecieron colaboraciones para fortalecer el Programa para la atención a la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. La Secretaría de Desarrollo Social publicó la Convocatoria por la Equidad de Género, la Prevención de la Violencia y la Promoción del Desarrollo Humano y Social en Ciudad Juárez, Chihuahua, dirigida a organizaciones de la sociedad civil, en la cual se asignaron 8 millones de pesos, iniciando así el proceso de Institucionalización de la Perspectiva de Género tal como lo indica el informe de actividades del Instituto Nacional de las Mujeres al término del sexenio4.

El reto gubernamental fue integrar la Perspectiva de Género en todas las instituciones de los tres órdenes de gobierno. Pese al señalamiento internacional sobre violencia de género en el norte del país, el tema de la prevención y atención de la violencia contra las mujeres no fue prioridad, y el gobierno federal se enfocó en realizar acciones de otorgamiento de recursos públicos a organizaciones de la sociedad civil que atienen a mujeres en situación de violencia basada en el género.

El 1 de febrero de 2007 se publica la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), convirtiéndose así en el instrumento jurídico que obligó a todas las instituciones del Estado mexicano a tomar acciones para prevenir, atender y erradicar la violencia de género, dicho instrumento desmenuza el fenómeno al definir los tipos en que se manifiesta la violencia contra las mujeres: psicológica, física, patrimonial, económica y sexual, y las modalidades donde se desarrolla: familiar, laboral y docente, en la comunidad, en las instituciones y finalmente la violencia feminicida, definiéndola como: “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”5.

Ahora podemos cerrar el análisis presentado al principio del documento. Las muertes denunciadas por Amnistía Internacional y “el caso Campo Algodonero” pusieron el dedo en la llaga: México se estrenaba en el reconocimiento de la Violencia contra las Mujeres con la manifestación más extrema de esta; la violencia feminicida.

Así, mientras se desarrollaba la teoría que nos daría luz para comprender la problemática sobre la violencia contra las mujeres, el movimiento feminista sabía que el fenómeno nos pisaba los talones. Lejos de disminuir, en un proceso lógico al incremento de la violencia social, la violencia feminicida se esparció a lo largo y ancho del país, pronto Chihuahua quedaría desplazada por Veracruz y el Estado de México.

De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante el año 2019 se registraron las siguientes cifras:




Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Información sobre violencia contra mujeres, Información con corte al 30 de noviembre de 2019, en https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/informacion-sobre-violencia-contra-las-mujeres-incidencia-delictiva-y-llamadas-de-emergencia-9-1-1-febrero-2019?idiom=es consultado el 15 de enero de 2020.

Es importante señalar que la información se desprende, únicamente, de los casos que cuentan con denuncia ante el Ministerio Público y que lograron la tipificación del delito como feminicidio, por lo tanto, quedan fuera un aquellos que no lograron la tipificación del delito, y los que ni siquiera fueron denunciados.

Para Marcela Lagarde, la categoría Violencia Feminicida, proveniente del feminicidio, fue pensada para nombrar procesos que conducen al feminicidio y para comprender que se trata de procesos en el tiempo, que se suman y potencian entre sí de tal manera que es posible anticipar el feminicidio6.

Esto quiere decir que, cuando hablamos de feminicidio, estamos ante un fenómeno que puede prevenirse al detectar manifestaciones de violencia contra las mujeres que irán en incremento, como es la violencia familiar, y dentro de este rubro hay que poner especial atención a la violencia extrema, entendiéndola como la que pone en riesgo de muerte la vida de alguna mujer, niña o adolescente por razones de género.

Por ello es por lo que debemos partir del abordaje de la violencia de género desde la administración pública federal, para entender el notable incremento de la violencia feminicida en nuestro país. Aquí valdría la pena preguntarnos: ¿Cuál ha sido la respuesta de los gobiernos para atender a las mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia de género? Específicamente los programas especializados para prevenir, detectar, canalizar y atender a víctimas de esta violencia.

Anteriormente mencionábamos que durante el sexenio de Vicente Fox 2001-2006, el reto fue institucionalizar la Perspectiva de Género7. Para el sexenio de Felipe Calderón 2006-2012 el Instituto Nacional de las Mujeres reportó como uno de los principales logros la tipificación del feminicidio como un delito a nivel federal. En el objetivo estratégico número 4: Garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia8, informó que:

  1. 1. Se instaló en el 2007 el Sistema Nacional para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, compromiso establecido con la promulgación de la LGAMVLV.
  2. 2. La creación del Sistema propició la consolidación de consejos estatales de violencia.
  3. 3. Se desarrolló el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
  4. 4. Se creó el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres que viven violencia extrema
  5. 5. Se creó el fondo PROEQUIDAD, con la finalidad de fortalecer el trabajo de organizaciones sociales que trabajan brindando atención directa a víctimas de violencia, así, el informe detalla que durante ese sexenio fueron beneficiadas 50 mil 684 personas en 22 entidades federativas, sin embargo, no presenta información sobre el tipo y modalidad de violencia atendida, así como el tipo atención proporcionada.
  6. 6. Creado en el 2005, el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), otorgó recursos por 1,201.3 millones de pesos para el apoyo de 188 proyectos de prevención, detección y atención a la violencia contra las mujeres.

Durante este sexenio se puede observar que las acciones de atención directa a mujeres en situación de víctimas de violencia apenas se volvían oficiales, es decir, apenas iniciaba la materialización de los compromisos incorporados a partir de la publicación de la LGAMVL y se estableció el reto de fortalecer los Mecanismos de Apoyo de la Mujer (MAM), esto es, las instituciones a nivel regional, estatal y municipal, que en algunos casos toma forma de secretarías y en otros institutos locales.

Es importante señalar que los MAM son fundamentales para brindar atención directa, por su cercanía con la ciudadanía, son los sitios a donde acuden las mujeres en situación de víctimas a buscar orientación y apoyo, sin embargo, estas instituciones no cuentan con presupuesto para brindar atención directa de manera continua, es decir, durante los 12 meses del año, por lo que también debe concursar los mismos, a través de PROEQUIDAD y PAIMEF.

A nivel internacional, en el año 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la sentencia sobre “el caso Campo Algodonero”. En ella se determinó que el Estado mexicano era culpable por omisión al no castigar casos de violencia contra las mujeres, con dicha omisión se convierte así en responsable directo de los casos de feminicidio en Ciudad Juárez, logrando así que el mundo mirará de nuevo a México, y por lo tanto la presión internacional se volvió a hacer presente.

Dicha sentencia significó un precedente internacional que señalaba la torpe actuación de las instituciones encargadas de impartir justicia en nuestro país, pero también evidenció los factores estructurales que permiten la desaparición y muerte de las mujeres en el espacio público, es decir, zonas de alta marginación caracterizadas por la ausencia de servicios básicos como pavimentación, alumbrado y transporte público, sin embargo ningún programa de atención a nivel federal, se enfocó en atender el tema de la infraestructura y el espacio público para convertirlos en zonas seguras.

¿Qué ocurrió durante el gobierno de Enrique Peña Nieto? Él llego a la Presidencia de la República con un sentido reclamo por parte de activistas, víctimas indirectas de feminicidio, e integrantes del movimiento feminista quienes señalaron que durante el breve mandato, tres años, de Enrique Peña Nieto al frente del Estado de México, la cifra de feminicidios llegó a los 922 casos, de acuerdo con el Observatorio Nacional del Feminicidio, ocupando así el primer lugar en la media nacional, además de todo, el equipo del, a la postre, presidente de México, hizo todo lo posible por evitar la declaratoria de Alerta de Violencia de Género en dicha demarcación, entendida ésta, como: “el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad”9.

No obstante, logró la candidatura a la presidencia de la República, y, posteriormente, ocupó la misma de 2012-2018. Durante su sexenio la violencia feminicida fue tema recurrente, de acuerdo a cifras del Observatorio Ciudadano del Feminicidio tan sólo entre 2014 y 2017, fueron identificadas 8 mil 904 víctimas de feminicidio. Sólo 24% de estos casos lograron la tipificación de feminicidio, esto quiere decir que a la fecha se investigan como tal10. Como puede observarse, está información apenas cubría la mitad del sexenio pasado, por lo que ahora resulta pertinente enumerar la respuesta del gobierno federal en cuanto a la atención de víctimas de violencia de género:

  1. 1. Se otorgó continuidad al fondo PROEQUIDAD, a lo largo del sexenio, recibieron 300 proyectos de acuerdo con lo establecido en las Bases de Participación, de los cuales, una vez concluido el proceso de elegibilidad, resultaron beneficiadas 172 Organizaciones de la Sociedad Civil. En esta emisión se entregaron casi 90.9 millones de pesos a OSC para el desarrollo de proyectos con perspectiva de género11.
  2. 2. Continuó operando el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), su cobertura fue de nivel nacional y se estableció como el programa más importante para financiar acciones de atención a víctimas de violencia de género. El programa considera actividades de acompañamiento a los servicios especializados de atención de la violencia de género. De 2013 a 2018 apoyó 189 programas de prevención y atención de la Violencia de Género12.
  3. 3. Por parte de la Secretaría de Salud, a través del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, se mantuvo vigente la Asignación de Subsidios para la prestación de Servicios de Refugio para Mujeres, sus hijas e hijos, que viven Violencia Extrema y, en su caso, a sus Centros de Atención externa, a través de una convocatoria anual.

Por su parte, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador ha abordado el tema del combate de la VG de manera errática y titubeante, recordemos que el tema recientemente se posicionó en redes socio digitales y medios de información a partir de la propuesta de eliminación de recursos públicos para Refugios y Centros de Atención Externa.

Esta situación movilizó a las organizaciones de la sociedad civil y representantes de instituciones que operan dichas instancias de atención especializada de mujeres y sus hijas e hijos en situación de violencia extrema, logrando que el Presidente de la República revirara con respecto a la eliminación de dichos recursos, no obstante que hasta la fecha no exista una ruta clara sobre cómo operarán a partir de ahora. Es fundamental señalar que no se ha emitido la convocatoria de asignación de subsidios del año 2020, lo que implica que Refugios y Centros de Atención Externa están operando en números rojos.

La presente administración ha mantenido los financiamientos de PAIMEF y PROEQUIDAD, aunado a ello ha promovido la Estrategia Nacional de protección Integral para las Mujeres, niñas y adolescentes que viven violencia de género, que incluye la puesta en marcha la estrategia "Puerta Violeta", un centro de atención a mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas.13

Para marzo de 2019 el INMUJERES reportaba la apertura de 11 Puertas Violetas en Monterrey, Nuevo León; Ciudad Juárez, Chihuahua; Puruándiro, Michoacán, y Nicolás Romero, Estado de México, todas atendidas por mujeres, y están en proceso de apertura otras en San Luis Potosí, Chihuahua, Veracruz y Quintana Roo.

Esto implica una permanencia de las acciones de otorgamiento de subsidios públicos para combatir la Violencia de Género, con la salvedad de incluir como propuesta “original” la creación de las Puertas Violetas.

A partir de la información proporcionada podemos determinar que son tres las acciones fundamentales a nivel federal, para brindar atención directa a mujeres y sus hijas e hijos en situación de víctimas de violencia de género:

  1. 1. El PROEQUIDAD.
  2. 2. El PAIMEF
  3. 3. La Asignación de Subsidios para la prestación de Servicios de Refugio para Mujeres, sus hijas e hijos, que viven Violencia Extrema y, en su caso, a sus Centros de Atención externa.

¿Qué tiene en común dichas acciones para atender la violencia de género en un panorama que presenta un incremento de feminicidios?

  1. 1. Las tres representan acciones de subsidio, esto quiere decir que entregan recursos públicos a proyectos de atención directa a víctimas de violencia operados por terceros.
  2. 2. Emiten una convocatoria anual determinando las bases de participación.
  3. 3. Otorgan recursos públicos a organizaciones de la sociedad civil y entidades gubernamentales del orden estatal y municipal.
  4. 4. La asignación de recursos es temporal y anual, esto quiere de decir que en la mayoría de los casos apenas se llega a los ocho meses de financiamiento.

¿Cuáles son las diferencias?

  1. 1. El PROEQUIDAD y PAIMEF cuentan con reglas de operación.
  2. 2. La Asignación de Subsidios para la prestación de Servicios de Refugio para Mujeres, sus hijas e hijos, que viven Violencia Extrema y, en su caso, a sus Centros de Atención externa, no cuenta con reglas de operación.

Los montos: durante el 2019 el PROEQUIDAD contó con una cantidad de $2, 698, 950.00 millones de pesos, PAIMEF con $278.5 millones de pesos, y el recurso para Refugios y Centro de Atención Externa $346 millones de pesos.

HACIA DONDE REDIRECCIONAR LA POLÍTICA DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. APUNTES PARA LA REFLEXIÓN A MANERA DE CONCLUSIONES

Pareciera que un asunto público tan relevante como la erradicación de la violencia de género, y su secuela más perniciosa, la violencia feminicida, ha sido tratada por las distintas administraciones públicas federales pasadas, y la actual, como un tema que solo merece, exclusivamente, acciones de “otorgamiento de recursos públicos” para que sigan operando lo mismo instituciones públicas que organizaciones sociales.

Continuar con una estrategia así no resolverá el problema de la violencia contra las mujeres en razón de su género, pues hace falta el diseño de una política de Estado integral que contemple lo mismo aspectos preventivos, de atención y reparación del daño a las víctimas, lo mismo que procesos de reeducación social que necesariamente deben contemplarse desde la educación básica hasta consolidarse en los niveles medio superior y superior de la instrucción pública y privada, para que a largo plazo se erradique este flagelo.

Todo ello debería de insertarse dentro de una visión a largo plazo orientada a la pacificación del país, a partir de lo que conocemos como Justicia Transicional14, de otra manera resulta inútil establecer acciones por separado para atender a víctimas de violaciones en sus derechos humanos y que, dicho sea de paso, el establecimiento de la Justicia Transicional fue estandarte en la campaña del actual partido en el poder en 2018 y, hoy por hoy, se ha convertido en una estratagema, pues las acciones con respecto a la atención a víctimas se han visto minadas por la política de austeridad republicana. Esto se materializa en el recorte sin ton ni son de servicios de atención, pues se opera con menos personal, contratado por honorarios, y en instalaciones insuficientes para brindar atención a la totalidad de mujeres y sus hijas e hijos en situación de violencia.

Recientemente la Ciudad de México se cimbró con el feminicidio de Ingrid Escamilla a manos de su pareja, la joven de 25 años fue apuñalada y desollada. El feminicida retiró una a una sus vísceras y órganos vitales para arrojarlos al drenaje de la alcaldía Gustavo A. Madero, posteriormente se filtró a la prensa que siete meses antes del feminicidio, Ingrid Escamilla había intentado denunciar a su pareja por la violencia que él ejercía.

El resto de la historia está en desarrollo este mes de marzo de 2020 con miles de mujeres tomando las calles para reclamar la ineptitud gubernamental, y, valdría la pena detenernos en el caso de Ingrid Escamilla para identificar dónde empezaron las torpezas administrativas.

En primer lugar, que una mujer decida buscar ayuda para denunciar que vive violencia de género, habla de un trabajo interno previo, es decir un enfrentamiento a la revolución personal y social que implica reconocer que el hombre que se ama es el mismo que violenta.

Es por lo que, cuando una servidora pública recibe por primera vez a una mujer que vive violencia, debe brindar atención profesional, oportuna y sensible, reconociendo que está en un momento clave que puede hacer la diferencia entre la desestimación del caso o bien, para que a la mujer en situación de víctima se le otorgue el seguimiento adecuado.

En segundo lugar, la persona servidora pública que brinda atención directa a víctimas, debe tener la capacidad de identificar casos de alto riesgo, pero sobre todo de hacerle saber a la mujer que atiende, el riesgo que corre de quedarse en la relación, así como proporcionarle orientación acerca del catálogo de servicios más adecuado, e incluso realizar la canalización y seguimiento del caso. Es claro que con Ingrid Escamilla nada de esto fue realizado, ni con ella, ni con las diez mujeres que alguna vez buscaron atención por parte de las instituciones y que fueron y serán asesinadas diariamente a causa de la violencia feminicida que azota a nuestro país.15

El incremento de los casos de feminicidio indica que las estrategias de atención de la VG de los gobiernos anteriores han sido insuficientes, a esto hay que agregar que la propuesta del gobierno actual no es muy diferente, por lo que, de seguir así, estaríamos navegando directamente hacia el fracaso. Si bien estas acciones de otorgamiento de financiamiento han generado cambios, es importante señalar que no son proporcionales a la cantidad de mujeres que viven VG, eso sin mencionar la falta de personal capacitado y la ausencia de un sistema funcional de referencia y contra referencia que implique la detección de casos de alto riesgo, es decir, aquellos en los que la vida de la mujer y sus hijas e hijos corre peligro, así como de canalización y seguimiento de los casos a nivel institucional pero considerando también la participación de organizaciones sociales que brindan atención directa.

Aunado a ello hay que señalar, hasta el cansancio, que la VG debe ser contemplada desde la prevención. La idea es concientizar desde el aspecto educativo a la población en general, sobre la necesidad de crear una concepción de respeto a las mujeres, así como de la igualdad que debe prevalecer entre mujeres y hombres en aspectos diversos de la vida cotidiana como las labores domésticas, la crianza de los hijos, el acceso al mercado de trabajo y las remuneraciones.

Es fundamental señalar que la igualdad y el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia no es una ideología, estamos hablando de los derechos humanos de las mujeres, por lo que las personas servidoras públicas en todos los niveles están obligadas a respetar y promover estos derechos. Aspecto que, por ejemplo, tendría que sensibilizar al Presidente de la República, quien podría utilizar el espacio de las “mañaneras” para cumplir su obligación de promover y defender los derechos humanos de las mujeres en lugar de minimizar un problema público tan serio y lacerante como el feminicidio.

Es importante hablar de erradicación de la VG y del elefante blanco que representa el sistema de impartición de justicia en este país. Hasta que no se reestructure y se elimine el lastre de impunidad, que también impregna los casos de VG, poco podremos avanzar para lograr la erradicación de dicha problemática, por lo que es necesario enfatizar la urgencia del cumplimiento de las órdenes de protección, castigar a los culpables de ejercer VG y ejecutar las sentencias de captura de feminicidas que, hoy por hoy, siguen en total libertad16, lo cual emitie el mensaje de que la violencia contra las mujeres no es delito que se persigue y mucho menos que se sancione.

Finalmente hay que tener cuidado con la politización del tema. Los derechos de las mujeres no son un botín político, la violencia que día a día viven miles de mujeres, niñas y adolescentes en este país debe ser abordada como un problema público que debe ser atendido de manera profesional por parte de las personas servidoras públicas de todos los niveles, lejos de lógicas partidistas y coyunturas electorales. A los partidos políticos y sus funcionarios públicos que ocuparon gobiernos anteriores, se les sugiere analizar sus acciones institucionales cuando tuvieron la oportunidad de hacer un cambio en la lucha contra la VG, y en ese análisis de autocrítica, ponderar los resultados que dichas acciones arrojaron.

Así, ante la dimensión epidémica que tiene el tema, nuestra clase política debería formar un frente común y no un panel de acusaciones estériles que lo único que hacen es entorpecer el desarrollo de una política pública integral de prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en razón de su género.

Material suplementario
Información adicional

Cómo citar: Pacheco Alberto, Marcia y Posadas Velázquez, Ruslan “La administración pública federal frente a la violencia de Género” e-ISSN:2683-1643 Revista Buen Gobierno 28. Enero –Junio 2020 Fundación Mexicana de Estudios Políticos y Administrativos A.C. México

BIBLIOGRAFÍA
Diario El Universal (2018) Prófugos al menos 244 presuntos feminicidas, https://www.eluniversal.com.mx/nacion/profugos-al-menos-244-presuntos-feminicidas
Falcón, Lidia (1992) Mujer y poder político. KIRA, España.
Lagarde, Marcela (1992) Género y feminismo. Ed. Grafistaff, España.
Lagarde, Marcela (2019) Violencias y feminismos, desafíos actuales. Colección diversidad sin violencia, México.
Martínez, Laura y Miriam Váldez (2006) Violencia de género, visibilizando lo invisible. Ed. Asociación para el Desarrollo integral de personas violadas AC, México.
Revista PROCESO (2018) “Violencia mató a casi 9 mil mujeres en trienio; solo 24% se investigó como feminicidio por omisión federal: ONG”, en https://www.proceso.com.mx/547085/violencia-mato-a-casi-9-mil-mujeres-en-trienio-solo-24-se-investigo-como-feminicidio-por-omision-federal-ong
Russell, Diana (2006) Feminicidio: una perspectiva global. Ed. CIICYH-UNAM, México.
Salguero, María (2017) Mapa interactivo sobre feminicidios. Google. México. https://vocesfeministas.mx/de-10-a-11-mujeres-fueron-asesinadas-al-dia-en-el-2019/ https://hipertextual.com/2017/04/mapa-feminicidios-mexico
Valcárcel, Amelia (1997) La política de las mujeres. Cátedra, Madrid.
FUENTES OFICIALES
Amnistía Internacional México (2013) “Muertes intolerables: diez años desapariciones y asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y Chihuahua”. En https://www.amnesty.org/es/documents/AMR41/027/2003/es/ consultado el 17 de enero de 2020.
Instituto Nacional de las Mujeres (2018) Compilación legislativa para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Ed. INM Ciudad de México.
Instituto Nacional de las Mujeres (2007) Informe de Actividades 2001-2006 Institucionalizando la Perspectiva de Género. Ed. INM, Ciudad de México.
Instituto Nacional de las Mujeres (2019) Informe de Rendición de Cuentas de Conclusión de la Administración 2012-2018. Ed. INM, Ciudad de México
Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia (2018) (Publicada en el DOF en 2007 y con última reforma en 2018), México.
Secretaría de Desarrollo Social/ Instituto Nacional de Desarrollo Social (2018) Informe de Rendición de cuentas 2012-2018. Ciudad de México, 2018.
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2019) Información sobre violencia contra mujeres en https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/informacion-sobre-violencia-contra-las-mujeres-incidencia-delictiva-y-llamadas-de-emergencia-9-1-1-febrero-2019?idiom=es consultado el 15 de enero de 2020.
Notas
Notas
1 Para efectos de la argumentación en este escrito, entendemos por Violencia de Género (VG), todo tipo de violencia cometida contra las mujeres en razón de su género.
2 Amnistía Internacional México, “Muertes intolerables: diez años desapariciones y asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y Chihuahua”, en https://www.amnesty.org/es/documents/AMR41/027/2003/es/ consultado el 17 de enero de 2020.
3 Ibídem
4 Instituto Nacional de las Mujeres, Informe de Actividades 2001-2006 Institucionalizando la Perspectiva de Género, en http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100803.pdf consultado el 18 de enero de 2020.
5 Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia, artículo 21, en https://www.gob.mx/conavim/documentos/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia-pdf
6 Marcela Lagarde de los Ríos, “La voz feminicidio, una clave paradigmática, Ciudad de México” en Violencias y feminismos, desafíos actuales, colección diversidad sin violencia, 1ra edición, octubre 2019, p. 213.
7 El término “Perspectiva de Género” ha dado pauta a múltiples debates en el ámbito académico, lo cual lo ha hecho confuso y retórico. Para el cometido del presente escrito, se entiende como todos aquellos esfuerzos institucionales y sociales que promueven la equidad entre los géneros y que cuestionan la primacia del género masculino sobre el género femenino.
8 Instituto Nacional de las Mujeres.
9 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 22.
10 PROCESO, Violencia mató a casi 9 mil mujeres en trienio; solo 24% se investigó como feminicidio por omisión federal: ONG. En https://www.proceso.com.mx/547085/violencia-mato-a-casi-9-mil-mujeres-en-trienio-solo-24-se-investigo-como-feminicidio-por-omision-federal-ong consultado el 19 de enero 2020.
11 Instituto Nacional de las Mujeres, Informe de Rendición de Cuentas de Conclusión de la Administración 2012-2018 en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/415886/Informe_de_Rendici_n_de_Cuentas_de_Con_Admon_2012-2018.pdf consultado el 20 de enero de 2020.
12 Secretaría de Desarrollo Social, Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL), Informe de Rendición de cuentas 2012-2018, Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), p. 31, en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/481667/Libro_Blanco_PAIMEF_final.pdf consultado 20 de enero 2020.
13 Anunciado el 26 de marzo de 2019. https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/estrategia-puerta-violeta
14. Se entiende por Justicia Transicional la serie de acciones institucionales que a futuro reparen el daño sufrido por mujeres víctimas de violencia, así como el hecho de que se erradique la violencia contra las mujeres en razón de su género.
15 10 feminicidios al día es la media calculada por especialistas de la medición del fenómeno del feminicidio, como María Salguero, creadora del mapa interactivo de feminicidios en México. Disponible en: https://hipertextual.com/2017/04/mapa-feminicidios-mexico También en: https://vocesfeministas.mx/de-10-a-11-mujeres-fueron-asesinadas-al-dia-en-el-2019/
16 El diario El Universal, realizó en el 2018, una serie de solicitudes de información pública en las que encontró que: existen 244 feminicidas que no han sido detenidos, aun cuando TODOS tiene orden de aprensión en su contra, de 2011 a 2018, han sido liberadas 661 órdenes de aprensión, de las cuales sólo se han cumplido 417. En https://www.eluniversal.com.mx/nacion/profugos-al-menos-244-presuntos-feminicidas
Notas de autor
¨* Marcia Pacheco Alberto

Es Licenciada en Ciencias Políticas y Sociales por la UNAM. Fue integrante del grupo que elaboró la propuesta de Norma Oficial Mexicana en Materia de Refugios para Mujeres y sus Hijas e Hijos en situación de Violencia Extrema. Ha sido asesora independiente en temas de profesionalización para la atención de personas en situación de víctimas. Asimismo, sistematizó el Modelo de Atención del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Ciudad de México, así como su Casa-Refugio. Contacto: marcia_pacheco09@hotmail.com.

* Ruslan Posadas Velázquez

Es Doctor en Ciencias Políticas y Sociales por la UNAM. Laboró durante ocho años en distintas áreas de la Administración Pública Federal. Actualmente es Profesor Investigador de la Academia de Ciencia Política y Administración Urbana del Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) en el Plantel “Casa Libertad”. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I. Contacto: ruslan.posadas@uacm.edu.mx.




Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Información sobre violencia contra mujeres, Información con corte al 30 de noviembre de 2019, en https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/informacion-sobre-violencia-contra-las-mujeres-incidencia-delictiva-y-llamadas-de-emergencia-9-1-1-febrero-2019?idiom=es consultado el 15 de enero de 2020.
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