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LA MEMORIA COLECTIVA DE LA PROTESTA SOCIAL DEL AÑO 2021 EN COLOMBIA. UNA GARANTÍA A LA VERDAD PARA LAS VÍCTIMAS DE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS*
KELLY NATALIA MELO ANDRADE; LUIS ALFONSO TORRES ERASO
KELLY NATALIA MELO ANDRADE; LUIS ALFONSO TORRES ERASO
LA MEMORIA COLECTIVA DE LA PROTESTA SOCIAL DEL AÑO 2021 EN COLOMBIA. UNA GARANTÍA A LA VERDAD PARA LAS VÍCTIMAS DE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS*
THE COLLECTIVE MEMORY OF THE SOCIAL PROTEST IN COLOMBIA IN THE YEAR 2021. A GUARANTEE OF THE TRUTH FOR VICTIMS OF HUMAN RIGHTS VIOLATIONS
A MEMÓRIA COLETIVA DO PROTESTO SOCIAL NA COLÔMBIA EM 2021: UMA GARANTIA DA VERDADE PARA AS VÍTIMAS DE VIOLAÇÕES AOS DIREITOS HUMANOS
Ratio Juris, vol. 19, núm. 39, pp. 411-444, 2024
Universidad Autónoma Latinoamericana
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Resumen: El derecho a la verdad de las víctimas de violaciones de derechos humanos tiene diversas manifestaciones, entre ellas, la construcción de la memoria colectiva. En el presente artículo se da a conocer un estudio sobre este tipo de materialización del derecho a la verdad en el contexto de las protestas sociales de Colombia en 2021, partiendo de un análisis de sus causas, su desarrollo y las consecuencias que tuvo para esta sociedad. Asimismo, se estudia el concepto de memoria colectiva teniendo como objetivo clarificar las nociones básicas para comprender este fenómeno; además, se expone cómo se configuró este tipo de memoria en el marco de las protestas del estallido social. El presente producto de investigación se elaboró con un enfoque académico y científico, utilizando la revisión y el análisis documental como técnica de base.

Palabras clave: Derecho a la verdad, memoria colectiva, protesta social, Colombia, derechos humanos.

Abstract: The right to truth of victims of human rights violations has various manifestations, including the construction of collective memory. This article conducts a study on this type of realization of the right to truth in the context of the social protests in Colombia in 2021, based on an analysis of their causes, development, and consequences generated in this society. Likewise, the concept of collective memory is examined with the aim of clarifying basic notions to comprehend this phenomenon, and furthermore, it is outlined how this type of memory was shaped within the framework of the social unrest protests. This research was carried out through an academic and scientific approach, utilizing documentary review and analysis as the foundational technique.

Keywords: Right to truth, collective memory, social protest, Colombia, human rights.

Resumo: O direito à verdade das vítimas de violações de direitos humanos tem diversas manifestações, entre elas, a construção da memória coletiva. No presente artigo, realiza-se um estudo sobre essa forma de materialização do direito à verdade no contexto dos protestos sociais na Colômbia em 2021, partindo de uma análise de suas causas, desenvolvimento e consequências geradas nessa sociedade. Além disso, é estudado o conceito de memória coletiva com o objetivo de esclarecer algumas noções básicas para compreender esse fenômeno, expondo também como esse tipo de memória foi configurado no âmbito dos protestos do estallido social. Este produto de pesquisa foi realizado por meio de uma abordagem acadêmica e científica, utilizando a revisão e análise documental como técnica base desta investigação.

Palavras-chave: Direito à verdade, memória coletiva, protesto social, Colômbia, direitos humanos.

Carátula del artículo

Artículos de investigación

LA MEMORIA COLECTIVA DE LA PROTESTA SOCIAL DEL AÑO 2021 EN COLOMBIA. UNA GARANTÍA A LA VERDAD PARA LAS VÍCTIMAS DE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS*

THE COLLECTIVE MEMORY OF THE SOCIAL PROTEST IN COLOMBIA IN THE YEAR 2021. A GUARANTEE OF THE TRUTH FOR VICTIMS OF HUMAN RIGHTS VIOLATIONS

A MEMÓRIA COLETIVA DO PROTESTO SOCIAL NA COLÔMBIA EM 2021: UMA GARANTIA DA VERDADE PARA AS VÍTIMAS DE VIOLAÇÕES AOS DIREITOS HUMANOS

KELLY NATALIA MELO ANDRADE
Universidad Santiago de Cali, Colombia
LUIS ALFONSO TORRES ERASO
Universidad Externado de Colombia, Colombia
Ratio Juris, vol. 19, núm. 39, pp. 411-444, 2024
Universidad Autónoma Latinoamericana

Recepção: 26 Abril 2024

Aprovação: 22 Junho 2024

Publicado: 30 Novembro 2024

INTRODUCCIÓN

El presente estudio cualitativo, histórico, hermenéutico y narrativo se centra en el análisis de la memoria colectiva que surge a partir de eventos relacionados con las violaciones de derechos humanos acontecidas en Colombia durante la ola de protestas sociales del año 2021. Es fundamental reconocer que esta forma de memoria no solo constituye una expresión social, sino que además encarna el derecho a la verdad de las víctimas de abusos de derechos humanos en este contexto particular.

La noción de memoria colectiva, aunque relativamente reciente en la historia humana, se erige como un elemento para la construcción de identidades y como una defensa en contra de los relatos históricos oficiales que buscan subordinar a las poblaciones, olvidando el sentir de la comunidad. Este concepto surge en la segunda mitad del siglo XX, y se destaca por su naturaleza dinámica y su capacidad de desafiar las narrativas impuestas, permitiendo que las comunidades definan su propia historia.

En ese sentido, el enfoque de la investigación es eminentemente académico y científico, con el propósito de exponer las repercusiones que las mencionadas protestas han tenido en la sociedad colombiana, centrándose en las diversas manifestaciones de memoria colectiva que han emergido tanto en la sociedad en su conjunto como en las propias víctimas de violaciones de derechos humanos.

Asimismo, es importante subrayar que este trabajo es producto de una investigación científica sustentada en una exhaustiva revisión documental. Esta metodología ha permitido ahondar en la conceptualización y las características del derecho a la verdad de las víctimas de violaciones de los derechos humanos, así como en la naturaleza misma de la memoria colectiva. También ha posibilitado examinar en profundidad la vulneración de derechos humanos que tuvo lugar durante las protestas sociales del año 2021. Finalmente, ha facilitado la identificación de diversas narrativas y percepciones que han moldeado la memoria colectiva en torno a este trascendental acontecimiento histórico.

Teniendo en cuenta lo anterior, este artículo científico se estructura en tres ejes principales. En primer lugar, se hace una exposición sobre el derecho a la verdad de las víctimas de violaciones de los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario (DIH), haciendo un análisis desde la perspectiva de los ordenamientos jurídicos tanto nacionales como internacionales. Para ello, se explican su concepto y sus características desde una perspectiva doctrinaria, normativa y jurisprudencial. En segundo lugar, se desarrolla la temática de la memoria colectiva partiendo del punto de vista doctrinario y clarificando cuáles son sus nociones básicas y sus características. Por último, se dan a conocer los casos de violación de derechos humanos en la protesta social del año 2021 y las principales manifestaciones de memoria colectiva fruto de estos hechos, analizando estos casos a la luz teórica de todos los conceptos estudiados en los dos primeros apartados de este artículo.

DERECHO A LA VERDAD DE LAS VICTIMAS DE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS E INFRACCIONES AL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

El derecho a la verdad surge en el DIH por la necesidad de las víctimas de crímenes como la desaparición forzada, la tortura y el secuestro de conocer las circunstancias en las que se presentaron los hechos. Los convenios de Ginebra de 1949 disponen el derecho de las familias a conocer el paradero de sus integrantes y la obligación de las partes en conflicto de buscar a las personas dadas por desaparecidas (Vásquez, 2019).

Posteriormente, este concepto se ha desarrollado en instrumentos internacionales de forma implícita. El sistema de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) incluye el derecho en los "Principios para la protección y promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad" y los "Principios y directrices sobre el derecho de las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos y al derecho humanitario a obtener reparación". Por su parte, la convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas establece de forma expresa el derecho a la verdad bajo la garantía de conocer las circunstancias de la desaparición, los resultados de la investigación y la suerte de la persona. La resolución n.° 9/11 de la ONU contiene las prácticas que deben acoger los Estados para hacer efectivo el derecho a la verdad respecto a los archivos y expedientes sobre violaciones de los derechos humanos y la protección de testigos (Bernales, 2016).

El Comité de Derechos Humanos, en el año 1983, estableció que en casos de desaparición forzada el Estado tiene la obligación de determinar qué ha pasado con la víctima. Reconoció que el derecho a saber es una forma de hacer cesar o prevenir la tortura psicológica (ONU, 1966, artículo 7) de los familiares de víctimas de desapariciones forzadas y de ejecuciones clandestinas. Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha incorporado parámetros jurisprudenciales en la resolución de los casos que reconocen el derecho a la verdad. Se plantea que los familiares tienen derecho a conocer el destino de la víctima de desaparición forzada (Corte IDH, 1988). Dispone la obligatoriedad de esclarecer las violaciones de los derechos humanos como una garantía de los familiares que se satisface mediante la investigación y la sanción a los responsables (Corte IDH, 1998). Reconoce el derecho a la verdad como una garantía independiente, al mencionar la violación del derecho a conocer la verdad (Corte IDH, 2010). De igual forma, ha dispuesto que las víctimas de violaciones de los derechos humanos y sus familiares tienen derecho a la verdad en la dimensión individual y colectiva; por ello, también se constituye en una herramienta de reparación (Corte IDH, 2003).

Aunque el derecho a la verdad se asume en las fuentes de derecho internacional principales, la mayoría de los instrumentos se enmarcan en herramientas de soft law, es decir, no tienen carácter vinculante para los Estados. Esto suscita una disparidad frente al reconocimiento como un derecho autónomo. Para Rincón (2010), el derecho a la verdad es una garantía autónoma contemplada en el derecho internacional de los derechos humanos, en la medida en que su objetivo es establecer lo acontecido de forma amplia y detallada. Comparte el núcleo esencial con otros derechos, como el derecho a la justicia, puesto que busca conocer a los perpetradores de la violación, los móviles y la reparación en el sentido de que la verdad es una medida de satisfacción. Según Bernales (2016), es un derecho fundamental independiente desarrollado por la Corte IDH que no está sujeto a ninguna otra garantía. Se relaciona con el debido proceso, las garantías judiciales, la protección judicial y el acceso a la justicia, pero no los subsume porque el derecho a la verdad tiene finalidades distintas. Su pretensión es determinar la historia más fidedigna de un acontecimiento, y trasciende los procesos judiciales, de tal forma que no depende de una investigación ni del debido proceso en general.

Según Theodor (citado por Newman, 2009), se deben evaluar dos requisitos para verificar la obligatoriedad del derecho y su autonomía: el grado de reconocimiento del derecho en tratados o instrumentos internacionales y la adecuación de los Estados a la regla. En Colombia, el primer parámetro se demuestra con el esbozo general de los tratados e instrumentos que contienen de forma expresa e implícita el derecho a la verdad. Frente a la adaptación de los Estados a la regla en el ordenamiento interno, en Colombia se evidencia un amplio marco normativo y constitucional que acoge el derecho a la verdad. Se establece en las normas que protegen especialmente a víctimas del conflicto armado y da cuenta de la respuesta del Estado colombiano frente a las obligaciones derivadas de este derecho. Si bien es cierto que la garantía no se encuentra incorporada de forma taxativa en la Constitución Política, está integrada en normas internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, en estricto sentido mediante los tratados que reconocen los derechos humanos, y en sentido lato a través de los instrumentos que no tienen naturaleza jurídica de tratados, pero tienen valor axiológico. También se destacan los criterios estructurados en la jurisprudencia de la Corte IDH sobre el reconocimiento del derecho. La aplicación de los estándares se da a través del control de convencionalidad y se constituye en la obligación internacional de aplicar, crear e interpretar las normas nacionales de conformidad con el corpus iuris interamericano, que recae en las autoridades del poder público (Mendieta y Tobón, 2018).

Medina (2007), por su parte, define la verdad como un requisito esencial para la reconciliación a nivel colectivo, que representa el "carácter simbólico y restaurador del esclarecimiento de los hechos de violencia, la identificación y sanción de los culpables, el perdón y arrepentimiento como procesos implícitos en la búsqueda de la verdad" (p. 3). Bernales (2016) la define como "un conocimiento certero sobre una realidad determinada" (p. 9). La verdad también se relaciona con los procesos formales iniciados por el Estado, en los que se realizan declaraciones oficiales, y está en la obligación de revelar, de forma independiente, si coinciden o no con lo ocurrido. Las declaraciones encuentran diferentes formas de manifestarse, expresiones artísticas, visuales, auditivas y de escritura, debido a que la experiencia de manifestar la verdad debe satisfacer requerimientos estéticos y emocionales. El relativismo de la verdad demuestra el vínculo con la subjetividad de quien la expresa, puesto que "cualquier cosa que satisfaga el alma es verdad" (Naqvi, 2006, p. 8).

Para categorizar las definiciones sobre el derecho a la verdad referidas en el contexto de las violaciones de derechos humanos e infracciones al DIH, Uprimny y Saffon (citados por Gutiérrez y Rodríguez, 2013) consideran que hay tres tipos de verdad: 1) la verdad judicial, ofrecida en los procesos judiciales y tomada como oficial; 2) la verdad histórica, garantizada mediante mecanismos extrajudiciales como las comisiones de la verdad; y 3) la verdad social, generada por mecanismos no institucionales. La clasificación evidencia que existen múltiples mecanismos para producir la verdad y satisfacer el derecho. Todos son complementarios y necesarios para superar contextos de violaciones de derechos humanos. La verdad judicial se desarrolla en un proceso contencioso en el que hay dos partes enfrentadas: el demandante, que busca obtener una prestación, y el demandado, que refuta los hechos y el derecho. No obstante, este tipo de verdad puede limitar la reconciliación en cuanto se enfoca en las situaciones jurídicamente relevantes para el litigio sin conocer la integralidad de lo sucedido. De la misma manera, "la verdad obtenida a través del rito procesal otorga un sentido, el jurídico, a los hechos probados y cierra la posibilidad de analizarlos desde una perspectiva distinta a la jurídica" (Ortega y García, 2019, p. 56). Por tal razón, se originan dispositivos alternos extraprocesales que constituyen el complemento a la verdad judicial.

Así las cosas, no es posible configurar una verdad absoluta. Su disposición no depende simplemente del acaecimiento de los hechos, sino de la posibilidad de probarlos, teniendo en cuenta los requisitos y las dificultades que implica la ejecución de la etapa probatoria en su integralidad. En este punto se pueden omitir o invisibilizar algunas situaciones, en cuanto no son compatibles con la ritualidad procesal. Para Hunter (citado por Bernales, 2016), el proceso no tiene la finalidad de buscar la verdad. Se encarga de resolver conflictos jurídicos, y por tanto, la verdad procesal da certeza frente a un hecho y su efecto genera una decisión justa en cuanto se funda en la aplicación de la ley. De acuerdo con lo anterior, lo que se alcanza en el proceso es la convicción de la verdad y sobre ella se emite la sentencia.

La verdad histórica permite a las víctimas vivir sus experiencias mediante la subjetividad de sus testimonios, que dan cuenta de los significados de los hechos. Permite conocer historias, valores, consecuencias y creencias sobre el sistema social, y para su materialización generalmente se acude a las comisiones de la verdad. La experiencia a nivel mundial indica que este tipo de instrumentos aporta a la indagación sobre la verdad. Tiene como finalidad explicar las causas y las consecuencias del conflicto sobre las comunidades, y contribuye al reconocimiento de las víctimas y los victimarios.

Muñoz (2020) realiza un análisis sobre la insuficiencia de lo jurídico frente al procesamiento de crímenes atroces para vislumbrar la importancia de la verdad histórica. Su argumento se basa en que el derecho penal no permite procesar crímenes atroces, ni tampoco puede tramitar el trauma ocasionado por los hechos. Afirma que la verdad judicial satisface la dimensión individual del derecho por cuanto es eminentemente reparador. Por su parte, la verdad histórica garantiza la dimensión colectiva porque busca la reconstrucción de la historia desde la experiencia de los sujetos. De igual forma, plantea que las restricciones del proceso judicial se pueden subsanar con elementos extrajudiciales que logren arribar a una verdad integral (Muñoz, 2020, p. 1). Por tanto, el derecho a la verdad solo se podrá garantizar a través de la combinación institucional de mecanismos judiciales y no judiciales, pues las verdades producidas por ellos son, presuntamente, diferentes.

Por otra parte, la verdad social se edifica desde las narrativas sociales de quienes vivenciaron los hechos para mitigar la ausencia de la verdad estatal u oficial. Así entonces, el derecho a la verdad está intrínsecamente ligado a la construcción de la memoria colectiva, que busca recomponer el pasado a través de los recuerdos. Las experiencias vividas y percibidas son fundamentales para la edificación de la memoria. Las primeras se adquieren a través de conocimientos históricos, sociales y culturales que los individuos, los grupos sociales o las clases poseen, y que son determinantes para sus reacciones mentales y sus emociones frente al acontecimiento. Las segundas comprenden los elementos históricos, sociales y culturales que las personas, los grupos o las clases toman del discurso religioso, político, filosófico, de los medios, de los textos, de los distintos mensajes culturales, en pocas palabras, del conocimiento formalizado e históricamente producido y acumulado.

A partir de la conceptualización de la verdad surge su clasificación según las implicaciones del derecho en la esfera personal y general. Newman (2009) y Rincón (2010) coinciden en la categoría de la dimensión del derecho a nivel individual y social. El derecho a la verdad individual hace referencia a la garantía para las víctimas de violaciones de derechos humanos y del DIH, y de sus familiares, de poder conocer lo sucedido respecto a las violaciones. El derecho a la verdad se extiende a los familiares de las víctimas debido a que se consideran víctimas indirectas. La dimensión colectiva se relaciona con el derecho que posee la sociedad a conocer la verdad sobre los delitos y crímenes. Frente a esta garantía los Estados tienen la obligación de recordar y salvaguardar la memoria de grupos que fomentan el negacionismo. De igual forma, la sociedad se considera como víctima, teniendo en cuenta que tanto los crímenes como el conocimiento de los hechos son de interés colectivo, para efectos de prevenir que hechos similares se vuelvan a perpetrar (Padrón et al., 2020).

LA ESTRUCTURACIÓN DE LA MEMORIA COLECTIVA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS

En la actualidad, en diferentes sectores sociales (el académico, el gubernamental, el de los líderes, etc.) se ha generado un gran interés por el concepto, el estudio y el desarrollo de la memoria colectiva, pues se evidencia la necesidad de construir un presente colectivo teniendo en cuenta el pasado, ya que la celeridad de la vida diaria nos hace olvidar lo que han vivido las comunidades y dejar atrás costumbres que constituyen algunos de los elementos más importantes que conforman la identidad colectiva. Asimismo, se debe tener en cuenta que centrarnos únicamente en el presente de una forma estoica nos puede llevar a olvidar nuestra identidad y a cometer los mismos errores del pasado.

La memoria colectiva es un concepto que podría catalogarse como reciente en la historia de la humanidad. Lo desarrolla el académico Maurice Halbwachs, quien en el año 1925 publicó su obra Memoria colectiva e hizo un estudio profundo sobre esta temática que ha servido como fundamento básico para múltiples investigaciones en esta materia.

Halbwachs (1968) estructura su obra en cuatro capítulos en los que desarrolla las relaciones entre memoria colectiva e individual, y memoria colectiva e histórica; además, establece los elementos que la configuran, como el tiempo, el espacio y la narrativa. A pesar de este gran esfuerzo, el autor citado no busca definir el concepto de memoria colectiva, y por ello, no se encuentra en sus textos una definición clara sobre su esencia. No obstante, teniendo como fundamento esta magnífica obra y partiendo de las características que provee Halbwachs en su libro, distintos estudiosos de las ciencias sociales han logrado construir una definición.

Por su parte, Ramos (2013) considera que la memoria colectiva es una restauración en el presente de hechos pasados, con un sentido y una representación propios. Por tanto, quienes recuerdan son los otros y, en consecuencia, las remembranzas son colectivas y la memoria es compartida.

Este tipo de memoria se construye a partir de elementos como el tiempo y el espacio, comunes a la colectividad y que permiten estructurar recuerdos grupales. Por su parte, Rousso (2012) manifiesta que la memoria colectiva no solo se configura con base en las representaciones del pasado, por cuanto tiene el objetivo de generar identidad a nivel social o grupal.

Luego entonces, la memoria colectiva se entiende como una actuación de naturaleza colectiva, es decir, en la que interviene una pluralidad de personas que comparten recuerdos de su historia como sociedad y buscan recrearlos desde el presente, puesto que dichos sucesos marcaron su identidad. Así las cosas, la memoria colectiva se desprende de un hecho o un acto como las guerras, los cambios económicos, tecnológicos o sociales, que generan traumas en la sociedad tanto a nivel colectivo como individualmente. Sin embargo, la memoria colectiva no se queda en contar la historia, sino que profundiza en la pregunta por qué sucedió con la sociedad después de estos sucesos, y por ello, la memoria colectiva no puede entenderse como las simples representaciones del pasado que genera una comunidad, sino como una construcción permanente de su presente, que crea unos valores o modos de mirar la realidad por parte de las personas que integran una comunidad (Rousso, 2012).

Al mismo tiempo, Ramos (2013) entiende que el objetivo de la memoria colectiva se centra en reconciliar la historia con las sociedades, puesto que permite a todos los actores de una sociedad participar en la construcción de su identidad sin importar que sus versiones no se apeguen científicamente a las narraciones históricas; no obstante, permite a los individuos ser protagonistas de la construcción del presente de su colectividad.

En consecuencia, la memoria colectiva se construye como fruto de los recuerdos de cada miembro de la sociedad, es decir, es la suma de subjetividades que aportan lo vivido o conocido sobre sucesos que marcaron a una comunidad. Estos recuerdos individuales se unen entre sí para construir esa memoria colectiva aportando desde cada versión y cada punto de vista la perspectiva de cada miembro de la comunidad sobre el recuerdo en común. Cabe destacar que, aunque todos sean diferentes, teniendo en cuenta las circunstancias particulares, serán considerados para la formación de este tipo de memoria (Ramos, 2013).

Por otra parte, la memoria colectiva tiene una característica especial que consiste en que se reconstruye constantemente a partir de los recuerdos pasados y de las vivencias del presente que permiten edificar un futuro. Por ello, nunca podría confundirse con la historia, dado que esta busca ser objetiva y se basa en datos inmodificables que imponen a la sociedad respetarla, obviamente, teniendo en cuenta que siempre la comunican o la escriben quienes ostentan un poder dominante, como en los casos de las guerras, en las que son los vencedores quienes cuentan lo ocurrido, dejando en el olvido la versión de los perdedores. Sin embargo, la memoria colectiva no se restringe a traer al presente el pasado, sino que se encuentra viva. En ese sentido, Ramos (2013) entiende que la memoria colectiva nunca será un objeto acabado, dado que se construye continuamente y no es singular, atribuible a un solo individuo, pues cada relato aporta a la construcción de la memoria colectiva y posee validez. Por eso, cada uno de ellos se debe analizar y contextualizar, buscando identificar su finalidad, a qué público se dirige y si quien narra es una persona que tuvo una vivencia directa; además, se debe preguntar qué busca con ello. Asimismo, el autor citado menciona que en la lectura de la memoria colectiva se hace evidente que existirán múltiples relatos y versiones sobre el mismo hecho que permiten reconocer la diversidad de pensamientos, sentimientos y sensaciones que surgen en una comunidad.

Es menester resaltar que la diferencia entre la memoria colectiva y la historia oficial radica en que la primera retiene ciertas fracciones de la historia que marcaron a la colectividad y se mantiene en la conciencia social, teniendo como su única frontera la misma colectividad. Por ello, cuando los grupos olvidan ciertos sucesos o no les otorgan la relevancia que sus antepasados les daban, se puede hablar de la existencia de dos colectividades diferentes que poseen identidad propia. En cambio, la historia es la sucesión de periodos y en cada etapa todo se renueva y se dan a conocer nuevas características de cada persona, sin importar la continuidad ni lo ocurrido con cada miembro que daba forma a la identidad de la sociedad (Halbwachs, 1968).

Además, fruto de la memoria colectiva, se identificarán las relaciones de poder existentes, que mediante diversas estrategias de sometimiento social, directo o indirecto, buscan imponer una versión de la historia y hacer una narración oficial de los hechos. Sumado a esto, Ramos (2013) ha sido explícito al mencionar que la memoria colectiva "se presenta como un movimiento continuo y orgánico, que se mueve en sus propias lógicas con relación a cada grupo: sus características, sus modos de entender la realidad y sobre todo de darle un significado específico" (p. 39). Desde esta perspectiva, la singularidad de la memoria colectiva debe referirse a cada grupo social específico, puesto que cada uno tiene sus propios atributos, que son totalmente diferentes en las distintas comunidades.

Por último, Carretero et al. (2006) señalan que las expresiones sociales de la memoria colectiva en realidad siempre se manifiestan por medio de diferentes objetos, fechas de celebración o conmemoración, símbolos o creaciones artísticas, monumentos, lápidas, placas, nombres de edificios, billetes, relatos, cuentos, rituales o prácticas sociales. Estos permiten que los sujetos de la sociedad evoquen hechos del pasado que marcaron a las personas, y las impulsan a sentir, imaginar o plantearse metas sociales que sean verificables en el presente o en el futuro. Debe decirse que la memoria colectiva también ayuda a los grupos sociales a olvidar hechos trágicos o a recriminar y tomar el fiel compromiso de no permitir que se vuelvan a configurar.

Ahora bien, la memoria colectiva se forma a partir de tres elementos determinantes: 1) la relación con el espacio, 2) el vínculo con el tiempo y 3) la narrativa. El espacio es el dispositivo material que configura la memoria colectiva, porque en los lugares físicos generalmente las personas materializan sus recuerdos y logran hacer representaciones que perpetúan los acontecimientos que marcaron su historia desde el punto de vista individual o colectivo, y que permiten que la colectividad establezca una relación sentimental y simbólica con ellos. Cada aspecto del lugar cobra un significado para la colectividad, puesto que allí pudieron haber ocurrido sucesos dolorosos, o las personas pudieron haber sido amadas o defendidas de enemigos externos, lo que les trae recuerdos a los miembros del colectivo (Ramos, 2013).

Lo anterior se hace evidente en lugares en los que hay monumentos o terrenos donde ocurrieron sucesos históricos, pues basta que las personas recorran estos espacios o miren una reproducción gráfica o hablen de ellos para que recuerden y revivan la conexión que les ha permitido apropiarse de esos lugares y de su historia. Para Ramos (2013), la sociedad genera lazos de protección para esos lugares, puesto que existe una afinidad tanto física como emocional, que se denomina topofilia.

En el presente, el concepto de memoria colectiva y su relación con el espacio también se deben analizar desde las nuevas formas de colectividades virtuales, como en el caso de los grupos de individuos que generan una comunidad en el metaverso, para quienes existen espacios virtuales que les recuerdan sucesos ocurridos en esas dimensiones. Estos grupos de personas siempre tendrán presentes estos hechos que estarán dispuestos a recordar y que les sirvieron para formar su identidad, tanto individual como colectiva. Lo mismo puede evidenciarse al utilizar distintas redes sociales, como Fa-cebook, WhatsApp, Telegram, Instagram, entre otras, donde las personas hacen grupos y permanecen en contacto, formando su identidad con base en momentos vividos, por ejemplo a través de publicaciones compartidas o aportes realizados en los foros de discusión o chats grupales.

El segundo elemento que caracteriza la memoria colectiva es el tiempo que se aplica a este contexto, pues "la existencia de unos marcos temporales logra situar los recuerdos" (Ramos, 2013, p. 39). Puede ser una fecha o una época que se toma como hito para ubicar la fuente de las costumbres o de los hechos que forjaron la identidad social (Ramos, 2013). Halbwachs (1968) entiende el tiempo como "real en la medida en que tiene un contenido, es decir, que ofrece una materia de hechos al pensamiento. Es limitado y relativo, pero tiene una realidad plena" (p. 129), pues una colectividad le brinda valor a un espacio temporal siempre que hayan ocurrido sucesos que hayan marcado su historia, ya que para la formación de memoria colectiva no se tiene en cuenta únicamente su transcurrir rutinario, que no aporta ni es trascendental para la misma.

El último elemento de la memoria colectiva es el lenguaje como base fundamental para su construcción. Este permite transmitir y realizar un diálogo a nivel individual y colectivo, generando nuevos significados de los hechos o lugares que son objeto de recuerdo. Sumado a ello, el lenguaje es el único medio que nos permite recordar y generar discursos que crean realidades como base de una comunidad (Ramos, 2013).

Según Ramos (2013), los relatos permiten transmitir la memoria colectiva dado que dan a conocer la época, los lugares y los personajes que intervinieron en los hechos que les dan origen, y no se limitan a recordar en el presente hechos que marcaron el pasado de las sociedades, sino que permiten volver a revivir estos sucesos desde una nueva perspectiva y la reconstrucción de las comunidades de forma permanente.

Para Rousso (2012), un ejemplo de memoria colectiva son las "conmemoraciones (oficiales, nacionales, locales, partidarias), los monumentos, la actividad de las asociaciones recordatorias (excombatientes, exdeportados, exresistentes, etc.)" (p. 5). También pueden existir manifestaciones culturales, pinturas en murales, lugares históricos, objetos, "lápidas conmemorativas, la toponimia urbana o geográfica, los nombres que se imponen a edificios o buques, las imágenes que se imprimen en el papel moneda, mediadores literarios (relatos, mitos, etc.), o rituales (conmemoraciones, efemérides)" (Carretero et al., 2006, pp. 20-21). Estos permiten a los sujetos de la sociedad evocar hechos del pasado que marcaron a las personas y que las impulsan a sentir, imaginar o plantearse metas sociales para el presente o el futuro, teniendo en cuenta que no buscan recrear los hechos de la misma manera en que sucedieron. Además, la memoria colectiva ayuda a los grupos sociales a olvidar hechos trágicos y también a realizar actos para recriminar hechos del pasado y tomar el fiel compromiso de no permitir que se vuelvan a repetir.

Sin embargo, la memoria colectiva no se limita a dichas manifestaciones, pues como enseña Nin (2021), "la memoria colectiva se construye y por lo tanto las aulas son el espacio propicio para debatir las tensiones, luchas y conflictos de dichos procesos" (p. 250). En ese sentido, las aulas de clase son lugares que permiten dialogar, analizar los hechos pasados y reconocer los conflictos presentes de una comunidad, buscando proponer soluciones que relacionen y rescaten la memoria colectiva.

Sumado a ello, Botero y Prieto (2016) también conciben que otra forma de construir la memoria colectiva es a través de la literatura; al respecto señalan que el escritor involucra en su narrativa una serie de tópicos culturales, sociales e históricos cuya finalidad es dar a conocer varios puntos de vista frente a unos sucesos que nos permiten reflexionar sobre los efectos y las huellas que dejaron ciertos acontecimientos en un grupo social, y de igual manera, sus efectos frente a la construcción de su identidad presente y futura.

A nivel mundial se pueden encontrar varios ejemplos de la construcción de memoria colectiva, teniendo como fundamento hechos y actuaciones que incluyeron vulneraciones de los derechos humanos. Entre ellos, el genocidio de la población judía ocurrido en la Segunda Guerra Mundial, debido al cual se creó la ONU, buscando garantizar la protección de los derechos humanos. Además, existen monumentos, fechas de conmemoración y lugares históricos que rememoran la peor atrocidad que ha sufrido la humanidad, con el propósito de que nunca se vuelvan a repetir estos actos; por ejemplo, el monumento de la Madre patria llama, ubicado en la ciudad de Volgogrado, en Rusia, que conmemora los veinticinco millones de personas de la Unión Soviética que murieron en la Segunda Guerra Mundial, y especialmente los hechos de la batalla de Stalingrado. Asimismo, los nueve de mayo de cada año se celebra en Rusia el día de la victoria en la Segunda Guerra Mundial, y se conmemora la firma de la rendición del ejército alemán. Cabe señalar que también en otros países que participaron en estos sucesos se ha construido memoria colectiva; por ejemplo, el monumento llamado La tumba del soldado desconocido, ubicado en el Arco del Triunfo en París (Francia), el Museo de Auschwitz (Polonia), el Parque Memorial de la Paz en Hiroshima (Japón), la Estatua de la rendición incondicional en San Diego (Estados Unidos), entre otros. Los monumentos, desfiles y conmemoraciones han ayudado a construir una memoria colectiva mundial que ha marcado la identidad de todos los seres humanos, buscando olvidar estos desastres del pasado, pero a la vez comprometidos con que nunca más vuelvan a ocurrir.

Asimismo, en Suramérica encontramos los horrores ejecutados por la dictadura militar de Argentina en los años setenta, lo cual generó el movimiento de las madres de la Plaza de Mayo, quienes fueron víctimas por la desaparición de sus hijos por parte de la fuerza pública; entre ellos se encontraban estudiantes, sacerdotes, intelectuales y periodistas.

LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA PROTESTA SOCIAL DEL AÑO 2021 EN COLOMBIA Y LA CONSTRUCCIÓN DE MEMORIA COLECTIVA

La génesis del denominado "estallido social" en Colombia tuvo lugar el 28 de abril de 2021, fecha en la cual se convocó a un paro nacional por parte del Comité del Paro, conformado por líderes sindicalistas y representantes de organizaciones sociales. El objetivo principal era oponerse de forma masiva al proyecto de reforma tributaria presentado por el gobierno del momento. Esta reforma se presentó en la época de la pandemia, en la que los ingresos de la población colombiana disminuyeron considerablemente y las condiciones de vida desmejoraron. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) (2021) señaló que entre 2019 y 2020 la pobreza monetaria aumentó, pues pasó del 35,7 % al 42,5 %, mientras que el coeficiente Gini pasó de 0,52 a 0,54 (Uprimny, 2022, p. 155). Este suceso fue el detonante que provocó la convocatoria para salir a las calles masivamente a protestar en contra de las políticas gubernamentales que atentan especialmente contra la clase media. Sin embargo, se extendieron los reclamos frente a problemáticas laborales, económicas y sociales. De esta forma, se infiere que la causa del estallido está relacionada con problemas sociales estructurales asociados a la desigualdad y la pobreza (Uprimny, 2022).

La crisis sanitaria y el riesgo de contagio del covid-19 no fueron un impedimento para que la ciudadanía expresara a través de movilizaciones su rechazo y su descontento. Así lo demuestra el grafiti y meme que mencionaba: "Si un pueblo sale a protestar en medio de una pandemia, es porque el gobierno es más peligroso que el virus" (Villa, 2021, p. 3). La pandemia originada por el covid-19 de alguna manera limitó el ejercicio del derecho a la protesta social. Las implicaciones sanitarias y las restricciones gubernamentales a la libre locomoción de los individuos hicieron que disminuyera la protesta; sin embargo, el ímpetu con el que la ciudadanía mostró el inconformismo con respecto a las políticas sociales y económicas superó el temor a los contagios, y personas pertenecientes a distintos gremios y sectores se volcaron de forma masiva a las calles.

En el contexto político el paro se llevó a cabo en medio de una crisis institucional. El tratamiento de la pandemia y de las protestas que se presentaron en años anteriores originó una profunda desconfianza por parte de la ciudadanía respecto a la capacidad institucional de encontrar respuestas y salidas desde los sectores gubernamentales (González, 2022).

A pesar de que las jornadas en general fueron pacíficas, la represión estatal estuvo presente desde el comienzo del paro. En el mes de mayo se retiró el proyecto de reforma tributaria, el ministro de Hacienda renunció a su cargo, se archivó la reforma a la salud y se ofrecieron matrículas gratis a jóvenes de escasos recursos económicos en las universidades públicas. El inconformismo siguió representado en las gigantescas protestas por diversas causas, como los "asesinatos de líderes sociales y guerrilleros desmovilizados, la violencia contra indígenas, afros y campesinos; la desigualdad y la pobreza, [...] por el sentimiento de no futuro de los jóvenes, o por la corrupción y la desconfianza, hasta las instituciones" (Céspedes y Acevedo citados por Uprimny, 2022, p. 137).

Entre la diversidad de actores y protagonistas del paro, un sector de los participantes conformado por jóvenes de barrios populares, que no trabajaban ni estudiaban, creó grupos denominados primeras líneas para afrontar la represión estatal. De forma paralela, se generaron bloqueos en las vías de varios barrios y ciudades. Estos lugares se denominaron puntos resistencia y se caracterizaron por ser

repertorios de acción y protesta nuevos en este tipo de movilizaciones, semejantes a una barricada: en un punto estratégico de la malla urbana, especialmente en los sectores populares, los jóvenes con el uso de piedras, troncos o alambrados bloquean la movilidad de las personas y los vehículos, alterando profundamente la normalidad cotidiana (Uprimny citado por Castillo, 2021, p. 139).

Este paro se caracterizó por la pluralidad de sus actores y por que sus protagonistas provienen de distintos sectores, lo que generó la concentración de multiplicidad de reclamaciones y distintas formas de expresión. Cabe señalar que no contaban con líderes de organizaciones que los representaran en sus exigencias, no compartían rótulos ideológicos y se movilizaron a través de medios sociales. La amplia participación también fue un distintivo de las protestas; los manifestantes usaban diversas herramientas para gestionar sus reclamos sin parámetros preestablecidos (Umaña, 2021).

En un Estado democrático, y en especial en un Estado social de derecho, la lógica del sistema exige que se dispongan normas constitucionales y que se reconozcan los derechos subjetivos y los mecanismos materiales para efectivizar las garantías fundamentales. Sin embargo, en Estados con "democracias débiles", caracterizados por la inestabilidad institucional y la falta de efectividad que evidencian las violaciones de los derechos humanos (Uprimny, 2022), la exclusión, el desfavorecimiento y la vulnerabilidad se constituyen en la generalidad. Por ello, se requiere que la respuesta institucional frente a las reivindicaciones sociales sea acorde con las normas que protegen los derechos fundamentales a nivel interno e internacional.

Así las cosas, la respuesta institucional frente a las protestas se atendió mediante la represión policial. El Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) disolvió las manifestaciones, al igual que los bloqueos que no generaban perturbaciones mayores (Uprimny, 2022). En el sometimiento muchos manifestantes fueron privados de la libertad, y la fuerza pública se extralimitó en el uso de la figura del traslado por protección, que permite a la policía desplazar a una persona a un lugar seguro, denominado centro de traslado, para protegerla cuando se encuentre en riesgo o ponga en riesgo a terceros. Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la policía realizó más de siete mil traslados por protección (Uprimny citado por CIDH, 2021). En el transcurso de las protestas se denunciaron la represión y el abuso de la fuerza contra los manifestantes en las movilizaciones pacíficas.

Esto se evidencia en las cifras sobre violaciones de derechos humanos documentadas y sistematizadas por la ONG Temblores, la Defensoría del Pueblo, Indepaz1 y la organización internacional Human Rights Watch (HRW).2

En algunas circunstancias la acción de la fuerza pública y el ESMAD se desarrolló en contravía de las disposiciones constitucionales respecto a sus funciones en la intervención para asegurar la convivencia. Esto conllevó una transgresión de los derechos humanos de los manifestantes que afectó su vida, su libertad y su integridad personal. Varias organizaciones gubernamentales y no gubernamentales se encargaron de sistematizar y documentar lo acontecido respecto a las violaciones de los derechos humanos a través de cifras que, si bien no son uniformes, muestran una tendencia en el número de víctimas y derechos afectados. Para ilustrar las afectaciones se tomará el informe de la ONG Temblores, que recoge la mayoría de las categorías de derechos vulnerados.

Temblores, junto al Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social e Indepaz, estructuró un informe sobre la violación sistemática de la Convención Americana y los alcances jurisprudenciales de la Corte IDH con respecto al uso de la fuerza pública contra la sociedad en Colombia. En el documento se relacionan los estándares dispuestos por la Corte IDH respecto a la protesta social y las obligaciones frente al uso de la fuerza, y se realiza un contraste analítico sobre las actuaciones de las autoridades gubernamentales en las protestas desarrolladas entre el 29 de abril y el 31 de mayo de 2021, con el fin de establecer si el Estado colombiano ha cumplido con los parámetros dispuestos por el órgano judicial del sistema interamericano y con los deberes estatales respecto al derecho a la protesta.

En cuanto al uso de la fuerza por parte de los agentes encargados de controlar las protestas, las organizaciones manifiestan que de acuerdo con los estándares de la Corte IDH esta se debe usar bajo los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad para que sea el último recurso que se utilice. Sin embargo, en las normas reglamentarias sobre el uso de la fuerza se menciona la necesidad, pero no se hace alusión a la fuerza como un medio que deba ser usado en última instancia, lo que hace que esta se emplee de forma abusiva y desproporcionada, tal como lo corroboran las estadísticas sobre personas lesionadas con arma de fuego y víctimas de homicidio.

En el documento se reconoce la sistematicidad de algunas prácticas violentas usadas por la fuerza pública en contra de la vida y la integridad de los manifestantes, y el incumplimiento de los estándares interamericanos y las obligaciones estatales, como se expresa a continuación: se registran 184 situaciones en las que se accionaron armas de fuego; 70 personas recibieron impactos de arma de fuego; se encontraron 20 personas muertas por impactos de armas de fuego (Indepaz, 2021, p. 19); 193 casos de "armamentos en contra de los cuerpos de las personas manifestantes" (Indepaz, 2021, p. 21); el dispositivo Venom fue utilizado en las protestas de 2021 por primera vez, se trata de un "lanzador múltiple de proyectiles con capacidad para 30 cartuchos" (Indepaz, 2021, p. 24). La utilización de esta arma fue descalificada por HRW debido a su uso indiscriminado y lesivo para controlar las protestas; el lanzamiento indiscriminado de aturdidoras y gases lacrimógenos por parte del ESMAD en barrios residenciales y dentro de viviendas ha afectado tanto a quienes están en el espacio público manifestándose o realizando cualquier otra actividad como a personas que se resguardan dentro de sus domicilios (Indepaz, 2021, p. 28); se registraron 119 casos de vulneración al principio de publicidad en los procedimientos policiales; 50 casos de hostigamiento y agresión; 29 casos de hostigamiento a civiles por grabar y 40 en los que al menos hay un policía sin identificación (Indepaz, 2021, p. 33). Se reportaron 25 hechos de violencia sexual y 6 de género en contra de las personas que protestaban (Indepaz, 2021, p. 40); y se registraron 65 casos de lesiones oculares en contra de manifestantes.

Ante este panorama, se debe insistir en que la fuerza pública debe proteger a los ciudadanos y actuar de acuerdo con los principios de necesidad, proporcionalidad y legalidad. No obstante, el desconocimiento de los parámetros constitucionales y convencionales para ejercer la labor ha hecho que se violen los derechos humanos de los manifestantes. Las actuaciones ilegales legitiman a los afectados para activar los mecanismos judiciales que garanticen la justicia, la verdad y la reparación. Sin embargo, el antecedente sobre la materialización de los derechos en este tipo de casos no es alentador. La ONG Temblores ha documentado 34 homicidios desde la creación del escuadrón móvil antidisturbios. En años recientes (2019) Human Rights Watch informó que en las manifestaciones se presentaron actos de violencia por parte de los manifestantes y que hubo un uso indebido de "armas menos letales" por parte de miembros del ESMAD. Establece que la Fiscalía se encuentra investigando 72 casos de abuso policial, pero no hay imputación por los delitos cometidos.

Las cifras demuestran que la obligación de los Estados de investigar, juzgar y sancionar no se cumple con la debida diligencia que estos casos ameritan, lo que afecta a otro tipo de derechos, como el derecho a la verdad, que están relacionados directamente con el acceso a la justicia. El núcleo esencial de la verdad implica conocer lo que sucedió en determinada situación vulneratoria de derechos humanos, comprometiendo así a los Estados a investigar y juzgar a los responsables, con el fin de encontrar un punto de coexistencia entre la verdad jurídica y la verdad real.

No obstante, si bien el derecho a la verdad tiene un componente objetivo que se funda en evidenciar la verdad judicial, también es cierto que las cifras de impunidad en Colombia y la congestión del sistema impiden que la justicia sea eficiente y eficaz en muchos casos. Por tanto, se genera la necesidad de crear mecanismos alternos que permitan visibilizar la verdad histórica desde las narrativas sociales de quienes vivenciaron los hechos para mitigar la ausencia de la verdad estatal u oficial.

Así entonces, el derecho a la verdad está intrínsecamente ligado a la construcción de la memoria colectiva, la cual en palabras de Halbwachs (1968) busca recomponer el pasado a través de los recuerdos y la experiencia vivenciada por un individuo, una comunidad o un grupo.

En el transcurso del estallido social de 2021 se evidenciaron distintas acciones colectivas que permitieron resignificar los elementos de la memoria, como el territorio, y construir diferentes narrativas frente a representaciones creadas por la ciudadanía en torno a los lugares y los monumentos de memoria. Entre los meses de abril y julio de 2021 se derribaron diferentes estatuas en algunas ciudades; esta práctica la inició el pueblo misak, cuando derrocó la estatua de Belalcázar. El objetivo de estas acciones, según González (2023), fue darles otro significado a la conquista y la colonización, y romper con los símbolos establecidos desde la institucionalidad; por tanto, "es el posicionamiento contra la hegemonía cultural: contra una memoria decidida por otros, no autónoma, no autoconstruida" (González, 2023, p. 6,). En ese sentido, las estatuas hacen parte de la memoria histórica, pero no formaban parte de la memoria colectiva de los pueblos indígenas; por ello, se decide dotar de nuevo significado a los monumentos en el presente para replantear el pasado con una perspectiva hacia un futuro en el que se supere la idea de la "herida colonial" (González, 2023, p. 7).

Según González (2023), los procesos de resignificación de los símbolos se vieron acompañados de intervenciones artísticas. Por ejemplo, en el Morro de Tulcán se ponían en práctica el arte popular, la performance y rituales indígenas. En otros lugares de Colombia, como Bogotá y Cali, los signos se acompañaron de nuevas estéticas mediante las cuales se reivindican luchas actuales, como las pañoletas violeta y los círculos de la palabra. También se nombraron de forma distinta los espacios donde se encuentran los emblemas. En Bogotá, la llamada Avenida Jiménez fue renombrada como Avenida Misak.


Figura 13.1
Avenida Jiménez en la ciudad de Bogotá
Fuente: González (2023).

Cali tampoco fue ajena a los procesos de renombramiento y ocupación de espacios. En esta ciudad se denominó Puerto Resistencia a lo que antes se llamaba Puerto Rellena. Nombrar de forma distinta los espacios es un indicativo de que el uso de la zona está reconfigurado y de que los individuos se sienten representados en la nominación respecto a los proyectos comunes. La génesis de este proceso surge con las acciones violentas realizadas por la fuerza pública en contra de los manifestantes. Así se originaron la falta de legitimidad y el actuar inconstitucional de los agentes estatales, y la desconfianza por parte de la ciudadanía; por tanto, se vio la necesidad de realizar acciones colectivas conducentes a la protección de los manifestantes, como la conformación de los denominados grupos de primera línea. Luego, las dinámicas de criminalización de la protesta y la necesidad de protección dieron lugar a la agrupación popular en torno a la posibilidad de suplir y gestionar los requerimientos básicos de subsistencia, como la alimentación, la educación, la salud, etc. En este recorrido surge la idea de crear un monumento que represente ese momento coyuntural y que no se pueda borrar. De esta forma, "se les ocurrió hacer una mano izquierda, pero que empuñara la palabra resistencia, que no fuera cerrada, tanto por temas de estructura como por querer crear un icono en la ciudad" (Guiza, 2023, p. 47). El monumento a la resistencia se inauguró el 13 de junio de 2021 en un acto artístico y con la presencia de miles de personas.


Figura 13.2
Monumento a la Resistencia
Fuente: Guiza (2023).


Figura 13.3
Espacio denominado Puerto Resistencia
Fuente: Guiza (2023).

Entre las diferentes manifestaciones de la memoria colectiva que dejó el paro colombiano de 2021, existe una expresión que surgió gracias a los avances tecnológicos de la época y que resultó muy acorde con las circunstancias en que se presentaron las protestas en América Latina. Se trata de los memes, entendidos como patrimonio documental colombiano y fuente de memoria colectiva de estos hechos.

Lo anterior a primera vista puede causar extrañeza en algunos lectores; no obstante, en estudios recientes de las ciencias sociales se acepta este tipo de documentos digitales como fuente de memoria colectiva. Para entender lo anterior, en primer lugar, debe recordarse que vivimos en una era digital y que existen nuevas formas de capturar y transmitir los sucesos históricos. Sin embargo, se aclara que, aunque se reconoce el valor histórico y cultural de los memes, se necesita un trabajo más amplio para conservarlos y acceder a ellos. Es clave salvaguardarlos, debido a su naturaleza efímera, como documentos que capturan la memoria colectiva, las identidades individuales de los seres humanos y momentos socioculturales específicos que contienen recuerdos y situaciones culturales y políticas (Giovine y Romero, 2022).

Explicado lo anterior, es necesario partir de una definición del término meme, que de acuerdo con Giovine y Romero (2022) se entiende como

un documento (digital), en tanto cuenta con un soporte (electrónico) y un mensaje, que puede ser gráfico, textual o ambos. Comunica una idea, una opinión, un sentir, y documenta un hecho o un evento determinado, sucedido en un momento y dentro de una sociedad, a través de códigos culturales populares, propios de cada grupo social. Por tanto, su valor documental se sustenta en las características particulares de la información que registra y transmite (social, cultural, política, estética, ideológica), con la cual se identifican los creadores y divulgadores, y que cristaliza un hecho relevante para esa comunidad en el momento de creación y divulgación del meme (p. 28).

Según esto, el meme siempre tiene una naturaleza documental y digital, se comparte mediante imágenes o texto, o una mezcla de los dos formatos, contiene un mensaje jocoso o de opinión frente a hechos o decisiones que se presentan en una comunidad y tiene como objetivo documentar estos hechos. Adicionalmente, una de las cualidades de los memes es que son transformados constantemente por las personas que intervienen en su réplica, y únicamente se mantienen en la memoria aquellos que poseen un mensaje que ha marcado la mente de los individuos, ya sea por su contenido trascendental o por su capacidad de generar risas o ironía (García, 2022).

De igual manera, García (2022) resalta entre las principales características que han permitido que los memes sean tan virales y formen parte de la identidad social que son expresiones cortas y concretas, por lo que quienes los reciben no tardan en analizar su mensaje y comprenderlo. En cuanto a la elaboración de memes no podemos afirmar que el único que interviene es el autor de este documento, pues en ese sentido Giovine y Romero (2022) han considerado que la producción y la difusión de memes es una tarea compartida entre el autor y las personas que deciden modificar o compartir el mensaje; asimismo, se incluye a los sujetos que deciden darle "me gusta" a este tipo de imágenes, con lo cual se construye una identidad colectiva alrededor de estos mensajes.

Cabe anotar que en el diseño de la mayoría de los memes se utiliza material que se ha elaborado previamente, como imágenes, videos, etc., el cual se añade o se modifica para transmitir el mensaje que pretende el autor (García, 2022). Igualmente, este autor ha señalado que los memes cumplen diversas funciones en la sociedad, entre ellas, una de naturaleza comunicativa, puesto que dan a conocer hechos importantes o llamativos de una comunidad por medio de chistes o imágenes alusivas, y también permiten relacionarse entre familiares o conocidos por medio de las redes sociales, de tal manera que se crean espacios de humor y de discusión (García, 2022).

Centrándose en la época del Paro Nacional, se debe considerar que se registraron muchos hechos que se dieron a conocer por medios digita les, creando memoria colectiva, y por ello García (2022) plantea que con lo ocurrido en el Paro Nacional de 2021 se pudo verificar cómo los avances tecnológicos han influido en la memoria colectiva; entre ellos, las tecnologías de la información y las redes sociales, que jugaron un papel crucial en la manera en que se recuerdan estos eventos. La gran cantidad de datos generados y la variedad de formatos digitales permitieron documentar los acontecimientos del Paro Nacional, proporcionando recursos que hoy podemos consultar para entender nuestro pasado y reflexionar sobre el futuro de nuestra sociedad.

Además, este autor ha considerado que para lograr informar sobre los hechos acontecidos en el Paro Nacional se utilizaron diferentes formatos, como fotografías, pódcasts, videos, afiches, prensa, blogs, reportes, afiches, plataformas digitales y memes. Sin embargo, los memes se destacaron por capturar la atención general del país, multiplicándose rápidamente por su naturaleza humorística y su capacidad de reflejar la esencia del paro de una forma rápida y eficaz (García, 2022). Desde esa perspectiva, se puede entender que los memes obtuvieron ese lugar protagónico en la formación de memoria colectiva del Paro Nacional puesto que se caracterizan por su naturaleza graciosa y por la facilidad con que se pueden compartir por internet.

En los memes se refleja la identidad colectiva de gran parte de nuestro país, la cual contiene un mensaje de inconformidad del pueblo frente a las decisiones políticas, su situación económica, la violencia estatal y el olvido del sector pobre de la población. Esta actividad tuvo un auge a nivel digital, pues la réplica de memes en las redes sociales se hacía cada segundo, buscando actualizar los acontecimientos del paro, mostrar la inconformidad y manifestarse frente a las decisiones del gobierno (García, 2022).

A continuación, se dan a conocer algunos ejemplos de los memes que se produjeron en el paro de 2021:


Figura 13.4
Meme publicado durante el paro del año 2021
Nota: La imagen muestra un meme creado en medio de la protesta social del año 2021, y hace referencia al contexto de la virtualidad, que era utilizada en los trabajos y en el ámbito académico debido a la pandemia del covid-19.Fuente: García (2022).


Figura 13.5
Meme publicado durante el paro del año 2021
Nota: La imagen muestra un meme creado durante la protesta del año 2021, en el que una persona que supuestamente se encuentra en una marcha no huele los olores de los gases que lanza la fuerza pública para la dispersión de multitudes; se trata de una sátira por la situación de la pandemia del covid-19, que produce la pérdida del olfato.Fuente: García (2022).


Figura 13.6
Meme publicado durante el paro del año 2021
Nota: La imagen muestra un meme durante la protesta del año 2021, en el que una reconocida periodista, que entrevistó a un ministro promotor de la reforma tributaria, que fue una de las causas del estallido social, se arrepiente de haber preguntado por el precio de una docena de huevos, pues a su pregunta el funcionario público respondió con un valor totalmente desfasado.Fuente: García (2022).

CONCLUSIONES

En el presente artículo se describió el concepto de memoria colectiva como una actuación de naturaleza comunitaria, en la que cada persona comparte sus recuerdos de eventos que marcaron la historia de una sociedad, buscando construir su identidad presente. La memoria colectiva se desprende de sucesos como guerras, cambios económicos y victorias que generan alteraciones individuales o colectivas, teniendo en cuenta que no se trata de contar una historia, sino de analizar qué le generó a la sociedad y cómo repercute en el presente. Cuando una sociedad olvida sucesos o cambia su relevancia se puede considerar que existen dos colectividades diferentes. En la memoria colectiva pueden existir varios relatos de unos mismos hechos sin necesidad de que todos coincidan, pues esto hace evidente la diversidad de pensamientos, sentimientos y sensaciones dentro de una comunidad.

Además, gracias a la memoria colectiva se identifican las relaciones de poder existentes, que mediante diversas estrategias de sometimiento social, directo o indirecto, buscan imponer una versión de la historia y hacer una narración oficial de los hechos. Tres elementos fundamentales configuran la memoria colectiva: el espacio o el objeto que sirve para recordar o traer al presente hechos que identifican a la sociedad (por ejemplo, símbolos o creaciones artísticas, como monumentos, lápidas, placas, nombres de edificios, billetes, relatos, cuentos, rituales, prácticas sociales); el tiempo, que no se toma de forma cronológica, sino únicamente como un hito en la construcción de la citada memoria (por medio de diferentes objetos, fechas de celebración o conmemoraciones); y el lenguaje, que es el vehículo de transferencia de los recuerdos.

La memoria colectiva se diferencia de la historia puesto que la primera es dinámica y se construye desde la individualidad, buscando desmitificar la historia, que es lineal y la escriben siempre los ganadores, quienes pretenden imponer su visión de lo sucedido frente a una comunidad. Además, se identifica que la memoria colectiva se ha construido a partir de eventos en los que ha habido vulneraciones de los derechos humanos, tanto a nivel mundial, como continental, y por último, se demuestran las diferentes manifestaciones mediante las cuales los ciudadanos construyen memoria colectiva a partir de los sucesos acontecidos en el estallido social del año 2021. Esto, a raíz de la necesidad de comprender la verdad histórica de los hechos y brindar un significado distinto a los espacios y símbolos ocupados por la comunidad, que mantienen una visión de país común, pero sin olvidar los hechos que generaron violaciones de los derechos humanos.

Material suplementar
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Notas
Notas
* Este artículo es resultado del proyecto de investigación terminado en el año 2024, denominado “La verdad como herramienta para la construcción de memoria colectiva en afectaciones a derechos humanos en el marco de la protesta social en Colombia en el año 2021”. Grupo de investigación DIDS del programa de Derecho de la Universidad Cesmag. Línea de investigación: Derecho, innovación y desarrollo social. Investigador principal: Luis Alfonso Torres Eraso. Coinvestigadora: Kelly Natalia Melo Andrade. Institución financiadora de la investigación: Universidad Cesmag.
1 Hasta el 8 de mayo la ONG Temblores reportó 39 casos de homicidio en los que el presunto agresor es miembro de la fuerza pública, 278 hechos de violencia física, 12 hechos de violencia sexual cometidos por miembros de la fuerza pública, 963 detenciones arbitrarias, 356 intervenciones violentas en el marco de protestas pacíficas, 28 víctimas de agresiones oculares y 111 casos de disparos con arma de fuego.
2 Sobre la situación de violencia se presentan las siguientes cifras: 43 homicidios, 6 casos de violencia sexual, 1023 detenidos, 980 desaparecidos, 105 personas que continúan desaparecidas y 1130 heridos.

Figura 13.1
Avenida Jiménez en la ciudad de Bogotá
Fuente: González (2023).

Figura 13.2
Monumento a la Resistencia
Fuente: Guiza (2023).

Figura 13.3
Espacio denominado Puerto Resistencia
Fuente: Guiza (2023).

Figura 13.4
Meme publicado durante el paro del año 2021
Nota: La imagen muestra un meme creado en medio de la protesta social del año 2021, y hace referencia al contexto de la virtualidad, que era utilizada en los trabajos y en el ámbito académico debido a la pandemia del covid-19.Fuente: García (2022).

Figura 13.5
Meme publicado durante el paro del año 2021
Nota: La imagen muestra un meme creado durante la protesta del año 2021, en el que una persona que supuestamente se encuentra en una marcha no huele los olores de los gases que lanza la fuerza pública para la dispersión de multitudes; se trata de una sátira por la situación de la pandemia del covid-19, que produce la pérdida del olfato.Fuente: García (2022).

Figura 13.6
Meme publicado durante el paro del año 2021
Nota: La imagen muestra un meme durante la protesta del año 2021, en el que una reconocida periodista, que entrevistó a un ministro promotor de la reforma tributaria, que fue una de las causas del estallido social, se arrepiente de haber preguntado por el precio de una docena de huevos, pues a su pregunta el funcionario público respondió con un valor totalmente desfasado.Fuente: García (2022).
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