Carta Editorial
Malas prácticas editoriales: las coautorías honoríficas, regaladas o invitadas
Durante el mes de diciembre de 2022 los medios de comunicación en México difundieron una noticia sobre un caso de plagio académico ocurrido en la Uni- versidad Nacional de México (UNAM). El hecho llamó la atención pública de manera inmediata porque la persona involucrada era una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México. El plagio había ocurrido en el año de 1987 cuando siendo estudiante en la Licenciatura en Derecho, la actual ministra presentó como propia una tesis de otro alumno que ya había sido dictaminada y aprobada el año anterior. En virtud de que los plagios académicos no caducan con el tiempo, en los medios de comunicación se acusó y se objetó el título y la habilitación legal de la ministra como jurista y su postulación para presidir la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La presión ejercida por los medios de comunicación obligó a las autorida- des del gobierno y a la propia institución educativa a pronunciarse al respecto de forma inmediata. Pese a estar en el periodo de vacaciones decembrinas las auto- ridades de la UNAM presentaron su postura y emitieron un primer comunicado en los medios públicos manifestando su preocupación por el asunto. A posteriori, tras estudiar el problema, el comité designado para revisar el caso concluiría que la tesis que había presentado la actual ministra presentaba una “alto grado de coincidencias” con otra tesis que ya había sido aprobada en el año de 1986. El análisis reveló que, aproximadamente, el 90 por ciento del contenido (incluido el título) de la tesis había sido plagiado de un trabajo que, casualmente, se había presentado el año anterior en la misma casa de estudios, en el mismo programa y con la asesoría de la misma directora de tesis. Estos últimos detalles llamaron poderosamente la atención e incrementaron las sospechas sobre el suceso. El reconocimiento de que una misma profesora había dirigido ambas tesis dejaba entrever que el problema era más grave de lo imaginado inicialmente y que, posiblemente, no se trataría de un yerro, una equivocación, o de un engaño de
una estudiante, sino, de algo mayor: de un mecanismo complejo que obraba al interior de la institución y estaba dedicado a titular estudiantes en la licenciatura en Derecho de la (UNAM) mediante tesis fraudulentas.
Para quienes estamos dedicados a la difusión y divulgación del conoci- miento científico este hecho resulta escandaloso. El plagio no solo constituye una falta académica grave, sino, ética y moral. No solo vulnera los cimientos consti- tutivos de la ciencia, sino que, además, constituye un delito, un robo, un atrope- llo mediante el cual alguien se apropia de algo que pertenece a otra persona. En este caso, una tesis, un trabajo de titulación que constituye una labor académica de relevancia para certificar el conocimiento y aptitudes adquiridas por una es- tudiante durante su formación profesional. Este caso de plagio es importante, además, por la trascendencia pública que ha adquirido. De manera que la sanción que se aplique será divulgada por todos los medios y tendrá un valor simbólico especial. Además, este caso será útil para que la UNAM adopte medidas contra estas prácticas con el fin de que en el futuro no se repitan hechos similares. Sin embargo, existe el riesgo que el delito se “encarpete” y, tal como ha sucedido en otras oportunidades, se oculte el ilícito. De suceder esto último, las instituciones involucradas estarían contribuyendo a fortalecer la pedagogía del fraude y la si- mulación en México. Los responsables de dirimir en este conflicto deberán ser conscientes de las repercusiones que una resolución inapropiada tendría entre la comunidad educativa, en especial, entre los estudiantes, quienes podrían natura- lizar e incurrir en este tipo de delitos.
Conductas no aceptables en los artículos de autorías múltiples
Es oportuno aclarar que el plagio no es la única forma de ilícito que suele come- terse en el ámbito editorial, existen otras prácticas que ocasionan daños similares o peores. Aluja y Birke (2004), en un libro que trata sobre ética en la investiga- ción científica, además del plagio mencionan numerosas “conductas éticamente inaceptables” que se cometen en el proceso de publicación. Alguna de ellas son las siguientes: fabricación de datos, falsificación de datos, esconder información relevante (para proteger el artículo de posibles críticas), llevar a cabo un análisis post hoc (es decir, analizar los datos experimentales a posteriori), presentar sólo ciertos datos (los que nos convienen), citas bibliográficas incorrectas u omitir ci- tas relevantes, excluir información relevante, someter el mismo artículos a distin- tas publicaciones, la publicación “salami” (fragmentar un manuscrito en peque- ños trabajos y publicarlos de manera independiente), duplicar las publicaciones, inflar las publicaciones, autoplagio o “refrito” (una de las más comunes), reportar un ,mismo artículo con diferentes títulos, reportar un artículo como aceptado cuando el mismo se encuentra “en prensa” y, entre otras modalidades, la autoría injustificada. Respecto las autorías injustificadas, Chamorro (2021) menciona y
analiza los siguientes tipos: las autorías regaladas, honoríficas o invitadas, el au- tor fantasma; la autoría bajo presión y la comunidad de autores. Respecto del impacto de este tipo de colaboraciones apunta lo siguiente:
La proliferación de estas prácticas desvirtúa la calidad de la información que los lectores de las revistas científicas reciben, provee falsos datos para la valoración que las entida- des financiadoras realizan sobre las instituciones e individuos, promueve erróneamente os créditos que un investigador podría recibir por su trabajo e induce a la toma de deci- siones equivocadas en materia de promociones… Todas estas conductas son tipificadas como malas prácticas investigadoras que ponen en riesgo la integridad científica de los autores implicados, las instituciones que representan y las revistas en las que publican (Apud Harvey, 2018).
Como se observa el plagio es una de las modalidades y, lamentablemente, no es la única a la que debemos enfrentarnos en el ámbito editorial de revistas científicas.
Desde hace tiempo que en Antrópica hemos adoptado medidas para pro- tegernos del plagio y otras prácticas editoriales que perjudican a la ciencia. Tan es así que desde el primer número de la revista publicamos un artículo sobre este problema, nos referimos a la conferencia que Luis Vázquez León había presen- tado en el III Congreso Mexicano de Antropología Social y Etnología y que se tituló “Contexto e ideología en México: ¿Causas únicas del horror antropológi- co de la ética profesional?”, y en el cual se analizan casos de plagios académicos ocurridos en México (Vázquez León, 2015). Luego, en la editorial del número 4 de la revista, expusimos algunos de los ajustes que añadimos en las Normas Editoriales. Entonces propusimos lo siguiente respecto del plagio:
En Antrópica hemos decido que en caso de detectar durante el proceso de edición un trabajo que incurra en plagio, este será rechazado. Pero, en caso de que el mismo sea develado una vez publicado, procederemos de la siguiente forma: a) retirar el artículo de la red y advertir en el índice de la publicación sobre esta anomalía, o, b) mediante sellos de agua, marcar el trabajo y dejarlo en línea, expuesto públicamente. Estos ajusten están descritos en nuestras Normas Editoriales y es una forma de actuar imposible en las revistas de papel (Angelotti, 2016).
Meses después añadimos nuevas disposiciones respecto de la autoría de los ar- tículos, en particular, cuando en éstos participaban estudiantes. Nuestra preocu- pación estaba enfocada en esa modalidad peyorativa de coautoría que se conoce como “autores honorarios o regalados” y que no siempre se define, dejando un vacío normativo que facilita que se realicen prácticas poco éticas. Nuevamente modificamos las Normas editoriales y definimos al “autor” de un artículo como aquel que:
[…] construye la idea de redacción y escribe el artículo final. No consideramos autores a quienes: promocionan, estimulan, asesoran, patrocina, revisan, leen, corrigen, partici- pan, sugieren o modifican un artículo de un autor (ver Normas editoriales).
Como se observa, nuestra postura era muy clara y en la misma dejábamos en expuesto que no permitiríamos que “asesores o tutores” sean agregados (por cor- tesía u otros motivos) como autores de un artículo académico. La condición de tutor o asesor no debería ser condición suficiente y necesaria para ser incluido como coautor en los artículos de los estudiantes. Máxime, sabiendo que la revista cuenta con una sección especial para los alumnos en formación que pretenden publicar su primer trabajo académico (sección que denominamos “Liminal”).
Pese a lo antes dicho, a las actualizaciones de las Normas Editoriales y a la creación de la sección liminal, durante el último año recibimos varios artículos de autoría múltiple que generaron sospechas debido a que dejaban entrever una gran “disparidad académica entre sus integrantes”. Por “disparidad académica” nos referimos a la diferencia de grado entre los integrantes del trabajo. Así, por ejemplo, recibimos un trabajo de autoría múltiple en el cual un estudiante de li- cenciatura figuraba como el autor principal y dos coautores con grado de doctor (un SNI II y otro con SNI III) que figuraban como coautores. Este trabajo llamó nuestra atención. Razón por la cual, inmediatamente nos comunicamos con el autor principal para que nos aclarara la relación que había entre todos los autores. Allí nos enteramos de que el trabajo correspondía a los avances de sus tesis y que los doctores que lo acompañaban eras sus asesores. En virtud de que el artículo se postulaba para la sección de “artículos liminales”, fue que propusimos al estu- diante que sólo aceptaríamos el artículo si solo él figuraba como autor. Finalmen- te, los “coautores” desistieron de participar y el artículo se publicó con el nombre del estudiante. Luego, recibiríamos otros trabajos similares. En uno de ellos, los “coautores” no aceptaron nuestra propuesta y el artículo fue retirado de la revista.
Lo sucedido nos llenó de preguntas ¿Por qué motivo comenzamos a reci- bir este tipo de artículos de autores múltiples?
Una posible respuesta se vincula con las exigencias administrativas de los investigadores, en particular, de aquellos a quienes se les evalúa su labor acadé- mica y deben rendir informes en los cuerpos académicos (C.A.) relacionados al Programa para el Desarrollo Profesional Docente (PRODEP). Los investigadores de estos C.A. son “obligados” a trabajar en equipo y a publicar artículos colec- tivos y, más aún, condena la labor de los investigadores individuales. De hecho, en los denominados “cuerpos académicos” es común que los integrantes “pre- senten” productos académicos en forma colectiva. Así se ha visto, por ejemplo, congresos o seminarios académicos en los cuales hay ponencias con 3, 4 y hasta 5 académicos por ponencia, y lo mismo ocurre con los artículos científicos. De manera que, de un tiempo a esta parte, las coautorías múltiples en las ciencias sociales comenzaron a proliferar como “algo natural” e inobjetable y los C.A. tienen gran responsabilidad de esta modalidad.
Es importante señalar por qué los docentes e investigadores desean par- ticipar en los C.A. La razón es sencilla, porque algunas instituciones vinculan sus programas de estímulos económicos (en la UADY le denominan “becas al desempeño” y que implican un sobresueldo mensual muy importante, hay veces que duplica el salario) a la producción registrada en los C.A. De allí, entonces, la desesperación de algunos académicos por contar con este tipo de trabajos colec- tivos apócrifos.
Por lo señalado, y en virtud del aspecto negativo que tienen este tipo de participaciones en coautorías, en Antrópica hemos decidido establecer nuevos criterios objetivos para definir la autoría de un artículo académico y, mediante los mismos, detectar e impedir la publicación de las denominadas “autorías rega- ladas, honoríficas o invitadas”. La idea es generar un instrumento que posibilite definir (de la manera más justa y objetiva) al autor/a/s de los artículos que se presentan en la revista. Tras una consulta realizada con los integrantes del Con- sejo Asesor de la revista y haber consultado artículos sobre la materia (Centro de Bioética. 2010; Chamorro, 2021; Credit, Mcnutt, M.K., et al, 2018 y Nassi-Calò, 2018), desde el presente número adoptaremos los siguientes criterios para definir al autor/a de un artículo académico (en ciencias sociales):
Autor/a es/son quien/es:
1) Concibe y diseña el artículo académico (incluye la metodología y marco teórico).
2) Obtiene y analiza la información (bibliográfica, hemerográfica, docu- mental, de archivo y/o de campo) del artículo.
3) Redacta el manuscrito (borrador y final).
4) Es responsable del contenido.
5) Establece contacto con la revista y envía la versión preliminar y final del
manuscrito.
Hay quienes sostienen que el/la coautor/a deberían participar, al menos, en los primeros cuatro puntos y, en caso de no hacerlo, es decir, participar sólo en algu- nos de ellos, debería ser mencionado en los “créditos” respectivos, pero no ser calificado como coautor/a. Esta última postura nos parece apropiada y es la que adoptaremos en nuestra publicación. Ojalá otras revistas amigas se sumen a esta iniciativa y logremos establecer códigos comunes de publicación. ֍
Referencias
ALUJA, MARTÍN Y ANDREA BIRKE (2003) El papel de la Ética en la in- vestigación científica y la educación superior. México. Academia Mexi- cana de Ciencias.
CENTRO DE BIOÉTICA. Facultad de Medicina Clínica Alemana Universi- dad del Desarrollo. “dudas al definir autorías de publicaciones en revistas científicas”. https://medicina.udd.cl/centro-bioetica/noticias/2010/06/29/ dudas-al-definir-autorias-de-publicaciones-en-revistas-cientificas/
CHAMORRO, ALBERTO (2021). “¿Quién es el autor? Las autorías múl- tiples, criterios y lineamientos”, en: Revista Española de Documen- tación Científica. 44 (2), abril-junio 2021. https://presidencia.gva.es/ documents/166658342/173107667/Ejemplar+44-02/bbf4b145-3bcd- 45bd-8238-7e097a392da2
NASSI-CALÒ, LILIAN “Criterios de autoría preservan la integridad en la comunicación científica”. https://blog.scielo.org/es/2018/03/14/crite- rios-de-autoria-preservan-la-integridad-en-la-comunicacion-cientifica/#. Y7RZS3bMJPY